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NORMAS LEGALES. Sumario PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO. Año XXVII - Nº 11242

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NORMAS LEGALES

www.elperuano.com.pe

EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431829 Año XXVII - Nº 11242

CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

R. Leg. N° 29641.- Resolución Legislativa que autoriza al Señor Presidente de la República para salir del territorio

nacional el día 1 de enero de 2011 431832

Ley N° 29642.- Ley de creación del Parque Industrial de

Iquitos 431832

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 338-2010-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Brasil y encargan su Despacho a

la Ministra de Justicia 431834

Res. Nº 321-2010-PCM/SD.- Inscriben a la Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ, en el Registro de Mancomunidades

Municipales 431834

Res. Nº 322-2010-PCM/SD.- Inscriben a la Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande en el Registro

de Mancomunidades Municipales 431836

Fe de Erratas Anexo D.S. N° 111-2010-PCM 431837 AGRICULTURA

R.D. Nº 57-2010-AG-SENASA-DSV.- Establecen requisitos sanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plántulas in vitro de frambuesa de origen y

procecencia Chile 431837

AMBIENTE

Fe de Erratas D.S. N° 021-2010-MINAM 431838 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RR.SS. N°s. 167 y 168-2010-MINCETUR.- Modifi can RR.SS. N°s 158 y 161-2010-MINCETUR que autorizaron viajes de representantes de PROMPERÚ a Chile y los

EE.UU. 431838

DEFENSA

R.S. N° 625-2010-DE/FAP.- Autorizan viaje de personal militar FAP a Brasil, en comisión de servicios 431839

R.M. Nº 1516-2010-DE/SG.- Designan representantes titular y alterno de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ante el Grupo de Trabajo Intersectorial (GTI) para el diseño del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura 431840 RR.MM. Nºs. 1517, 1518 y 1519-2010-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de

Brasil y EE.UU. 431840

ECONOMIA Y FINANZAS

D.S. N° 269-2010-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, para fi nanciar asignación económica excepcional a docentes benefi ciarios del Programa Nacional de

Formación y Capacitación Permanente 431842

EDUCACION

R.S. N° 042-2010-ED.- Aprueban convenio de encargo entre el Ministerio y la OEI para la realización de proceso de selección para la impresión de cuadernos de trabajo y documentos para las áreas de comunicación y matemática de primer y segundo grado de educación primaria 431843 R.S. N° 043-2010-ED.- Aprueban convenio de encargo entre el Ministerio y la OEI para la realización de procesos de selección para la ejecución del Programa de Especialización en diversas áreas, en el marco del Programa Nacional de

Formación y Capacitación Permanente 431844

R.S. N° 044-2010-ED.- Aprueban convenio de encargo entre el Ministerio y la OEI para la realización de proceso de selección correspondiente al servicio de impresión de textos de módulos de comprensión lectora 431845 R.M. Nº 0370-2010-ED.- Aprueban Convenios de Cooperación Institucional entre el Ministerio y diversos Institutos de Educación Superior Pedagógicos Públicos para el desarrollo del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente para el año 2010, II Grupo del Programa Básico

431846 R.M. Nº 0408-2010-ED.- Aprueban Normas para la Organización, Ejecución y Evaluación del Proceso de Admisión a los Institutos y Escuelas de Educación Superior en las carreras de formación docente 431847 R.M. Nº 0420-2010-ED.- Designan Jefa de la Ofi cina de

Becas y Crédito Educativo 431847

ENERGIA Y MINAS

R.S. N° 079-2010-EM.- Constituyen derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre predio de propiedad del Estado Peruano ubicado en el departamento de Ica,

solicitado por Congas Perú S.A.C. 431848

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NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431830

R.M. Nº 554-2010-MEM/DM.- Imponen servidumbre de electroducto para línea de transmisión a favor de concesión defi nitiva de transmisión de la que es titular

Electrodunas S.A.A. 431852

JUSTICIA

D.S. N° 020-2010-JUS.- Aprueban transferencia gratuita del dominio privado estatal del Instituto Nacional Penitenciario a favor del Ministerio de Justicia 431853 D.S. N° 021-2010-JUS.- Amplían vigencia del Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010 hasta el 31

de diciembre de 2011 431853

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

R.M. Nº 820-2010-MIMDES.- Designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de

Matucana 431854

PRODUCE

R.M. Nº 349-2010-PRODUCE.- Ofi cializan designación de miembro del Consejo Directivo del CITEmadera, en representación de la Asociación de Industriales Madereros

y Afi nes de Loreto 431854

RELACIONES EXTERIORES

R.S. N° 542-2010-RE.- Nombran Secretario General del

Ministerio 431855

R.S. N° 543-2010-RE.- Dan por terminado el nombramiento de Embajador concurrente ante la República de Chipre y

ante la República de San Marino 431855

SALUD

R.S. N° 030-2010-SA.- Modifi can R.S. N° 008-2009-SA que autorizó viaje de profesional del Ministerio a Colombia 431856 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO RR.SS. N°s. 031 y 032-2010-TR.- Modifi can RR.SS. N°s 029 y 030-2010-TR que autorizaron viaje de integrantes de delegación peruana a reunión en Chile 431856 R.M. Nº 332-2010-TR.- Designan representante del Ministerio ante la Mesa de Trabajo Multisectorial constituida mediante R.M. N° 308-2009-PCM 431857

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. Nº 598-2010-MTC/03.- Otorgan concesión a TELEMAG PERÚ S.A.C. para prestar servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República

431858 R.M. Nº 599-2010-MTC/03.- Otorgan concesión a Telecomunicaciones TV Mazuko S.A.C. para prestar servicios públicos de telecomunicaciones en todo el

territorio de la República 431859

R.M. Nº 600-2010-MTC/03.- Declaran resuelto contrato de concesión suscrito con persona natural para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable y dejan sin efecto la R.M. N° 528-2005-MTC/03 431860 R.VM. Nº 929-2010-MTC/03.- Modifi can Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de

Ancash 431861

R.VM. Nº 930-2010-MTC/03.- Otorgan a Andina de Radiodifusión S.A.C. la renovación de la autorización para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión por televisión en VHF en la localidad de Iquitos 431862

R.VM. Nº 933-2010-MTC/03.- Otorgan autorización a la Municipalidad Provincial de Paita para prestar servicio de

radiodifusión sonora educativa en FM 431863

R.VM. Nº 935-2010-MTC/03.- Otorgan autorización a Drum Set Radio E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en el distrito de

Máncora, provincia de Talara 431865

R.D. Nº 4253-2010-MTC/28.- Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en FM en la localidad de Callahuanca - Santa Eulalia del departamento de Lima serán otorgadas

mediante concurso público 431866

VIVIENDA

R.M. Nº 205-2010-VIVIENDA.- Aprueban Modelo de Estatuto para el funcionamiento de las Organizaciones Comunales que prestan los servicios de saneamiento en los Centros Poblados Rurales y el Modelo de Reglamento de Prestación de los Servicios de Saneamiento 431867 R.M. Nº 207-2010-VIVIENDA.- Aprueban los “Lineamientos para la Regulación de los Servicios de Saneamiento en los Centros Poblados del Ámbito Rural”, la “Guía para la Elaboración del Plan Operativo Anual y Presupuesto Anual” y el “Procedimiento para el Cálculo de

la Cuota Familiar” 431868

ORGANISMOS EJECUTORES

AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA

Res. Nº 122-2010.- Aceptan renuncia y encargan funciones de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de

PROINVERSIÓN 431868

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. Nº 097-2010-OS/PRES.- Aprueban medidas en materia de personal y en materia de bienes y servicios 431869 Res. Nº 286-2010-OS/CD.- Aprueban Tipifi cación de infracciones y escala de multas y sanciones de seguridad y salud ocupacional para las actividades mineras 431870

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL

Res. Nº 070-2010-OEFA/PCD.- Aprueban Directiva para la Formulación, Ejecución y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Evaluación y

Fiscalización Ambiental 431879

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 384-2010-CE-PJ.- Crean Juzgados de Paz Letrado en Comisarías de los Distritos Judiciales de Lima,

Lima Sur, Lima Norte y Callao 431879

Res. Adm. Nº 392-2010-CE-PJ.- Disponen traslado de magistrado a una plaza de Juez Superior de la Corte

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NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431831

Res. Adm. Nº 411-2010-CE-PJ.- Disponen que Juez Superior Titular asuma la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios para el período 2011-2012 y disponen que se proceda a nueva elección de Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de

dicho Distrito Judicial 431881

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 018-2010-CED-CSJLN/PJ.- Establecen especialización de juzgados de paz letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y dictan disposiciones

complementarias 431882

Res. Adm. Nº 019-2010-CED-CSJLN/PJ.- Disponen presentar solicitudes al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial relativas a procesos que se inicien a favor de adolescentes infractores y niños en abandono moral o material y de procesos en trámite en Juzgados del Módulo

Básico de Justicia de Condevilla 431885

Res. Adm. Nº 978-2010-P-CSJLI-PJ.- Disponen la permanencia de juez supernumeraria del Trigésimo Noveno Juzgado Civil de Lima durante licencia por salud

de magistrada 431885

ORGANOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. Nº 5002-A-2010-JNE.- Dan por concluido el proceso de Elecciones Regionales del año 2010 y proclaman a

Presidentes Regionales electos 431886

Res. Nº 5004-2010-JNE.- Aprueban Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos con Motivo de las Elecciones Generales del Año 2011 431887 Res. Nº 5011-2010-JNE.- Aprueban Reglamento del

Registro Electoral de Encuestadoras 431905

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

R.J. Nº 1077-2010-JNAC/RENIEC.- Delegan funciones registrales a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Alfonso Ugarte, distrito de Padre Márquez, provincia de Ucayali, departamento de Loreto 431908

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. Nº 17238-2010.- Autorizan al Banco Continental a realizar operaciones con derivados de crédito por cuenta propia o de terceros, bajo la modalidad de Credit Default

Swaps 431909

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO

Ordenanza Nº 086-2010-CR/GRH.- Aprueban modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones

del Archivo Regional Huánuco 431910

Ordenanza Nº 093-2010-CR/GRH.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Órgano Desconcentrado del Gobierno Regional Huánuco 431910 Ordenanza Nº 104-2010-CR-GRH.- Aprueban modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional Huánuco 431911

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Ordenanza Nº 028-2010-GR.LAMB./CR.- Constituyen el Consejo Regional Multisectorial de Desarrollo Social de

Lambayeque 431912

Ordenanza Nº 029-2010-GR.LAMB./CR.- Aprueban el programa “Consejero por un Día” destinado a la participación de instituciones educativas públicas y

privadas de la Región Lambayeque 431913

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA R.D. Nº 202-2010/DREM.M-GRM.- Autorizan por tiempo indefi nido a Tecnológica de Alimentos S.A. para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica 431914

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Acuerdo Nº 487.- Ratifi can la Ordenanza N° 446-MDMM de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, que regula el régimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al Ejercicio 2011 431915 Acuerdo Nº 488.- Ratifi can Ordenanza que regula el régimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2011 en el distrito de Puente Piedra 431915 R.J. Nº 001-004-00002191.- Aprueban Tabla de Valores Unitarios de Obras Complementarias para el año 2011 431916 MUNICIPALIDAD DE ATE

Acuerdo Nº 056.- Aprueban desafectación de uso de suelo para fi nes de vivienda de lote de terreno ubicado en el Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, distrito de Ate 431920 Acuerdo Nº 057.- Desaprueban desafectación de uso de suelo para fi nes de vivienda de lote de terreno ubicado en el Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, distrito de Ate 431921 D.A. Nº 018.- Disponen que Personas Jurídicas de Transporte Público de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores que prestan servicio en el distrito de Ate, se adecuen a estudio técnico sobre zonas de trabajo y

paraderos de transporte público 431922

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza Nº 446-MDMM.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 414-MDMM relativa a los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2011 431923

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Ordenanza Nº 167.- Aprueban Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Año

2011 431927

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Res. Nº 177-2010-MDSJL-GDU/SGHU.- Aprueban proyecto de habilitación urbana de terreno ubicado en el

distrito 431928

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA

Ordenanza Nº 00061/MDSA.- Prorrogan vigencia de Ordenanza que aprobó los costos y estimación de ingresos del servicio de emisión mecanizada, determinación, actualización de valores y distribución correspondiente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 431930

(4)

NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431832

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N° 29641

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

PARA SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL

EL DÍA 1 DE ENERO DE 2011

El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102º, inciso 9), y 113º, inciso 4), de la Constitución Política del Perú; en el artículo 76º, inciso j), del Reglamento del Congreso de la República; y en la Ley núm. 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional el día 1 de enero de 2011, con el objeto de viajar a la República Federativa de Brasil, a fi n de participar en la ceremonia de transmisión de mando en la que asumirá la presidencia de ese hermano país la señora Dilma Rouseff.

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre de dos mil diez.

CÉSAR ZUMAETA FLORES

Presidente del Congreso de la República

ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 28 de diciembre de 2010

Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia

Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros

583553-1

LEY Nº 29642

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE CREACIÓN DEL PARQUE

INDUSTRIAL DE IQUITOS

Artículo 1º.- Objeto de la Ley

Créase el Parque Industrial de Iquitos, ubicado en la provincia de Maynas, departamento de Loreto, con el objeto de realizar actividades productivas de apoyo a la micro y pequeña empresa, generar empleo sostenible, asociatividad y desarrollo económico y social regional.

Artículo 2º.- Declaración de necesidad pública y preferente interés nacional

Declárase de necesidad y utilidad pública, así como de preferente interés nacional y regional, la implementación y ejecución del Parque Industrial de Iquitos.

Ordenanza Nº 00062/MDSA.- Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios

Municipales del Ejercicio 2011 431930

D.A. Nº 009-2010/MDSA.- Aprueban modifi caciones del TUPA de la Municipalidad, correspondiente a los Ítem de la Subgerencia de Obras Privadas, Control Urbano y

Defensa Civil 431931

D.A. Nº 00010-2010/MDSA.- Modifi can Directiva que establece Procedimientos para la Ejecución y Control del Programa de Sorteos Vecino “Santanitense” Puntual 431931

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VEGUETA

Ordenanza Nº 06-2010-C/MDV.- Suspenden licencias relacionadas a proyectos y construcciones que afecten áreas naturales protegidas del distrito de Végueta

431932

SEPARATAS ESPECIALES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

Res. N° 283-2010-OS/CD- Procedimiento para la Supervisión del Cumplimiento de la Normativa sobre Contribuciones Reembolsables en el Servicio Público de

Electricidad 431787

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA

Acuerdo N° 086-10-MDP y Acuerdo N° 503.- Ordenanza que regula los Arbitrios Municipales para el Año 2011 431802

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ordenanza N° 368-MSS y Acuerdo N° 509.- Régimen Tributario de los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del Ejercicio 2011 en el distrito de Santiago de

(5)

NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431833

Artículo 3º.- Ubicación del Parque Industrial de Iquitos

El Gobierno Regional de Loreto, en concordancia con la Ley núm. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, determina la zona, dentro de su jurisdicción, donde se establece el Parque Industrial de Iquitos, la cual debe contar con el respectivo saneamiento físico legal.

Para tal efecto, coordina con los representantes de las micro, pequeñas y medianas empresas a instalarse, para ubicar, delimitar y expandir el Parque Industrial de Iquitos.

Artículo 4º.- Ejecución de la infraestructura básica El Gobierno Regional de Loreto y la Municipalidad Provincial de Maynas priorizan la ejecución de la infraestructura básica y demás acciones necesarias para la instalación y adecuado funcionamiento del Parque Industrial de Iquitos.

Artículo 5º.- Consejo Directivo del Parque Industrial de Iquitos

El Parque Industrial de Iquitos cuenta con un Consejo Directivo integrado por los siguientes representantes:

1. Un (1) representante del Gobierno Regional de Loreto, quien lo preside.

2. Un (1) representante de la Municipalidad Provincial de Maynas.

3. Tres (3) representantes de las micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en el Parque Industrial de Iquitos.

Los cargos de los miembros del consejo directivo tienen una duración de dos (2) años y no son materia de reelección inmediata. Se ejercen ad honórem.

Se autoriza al consejo directivo para que convoque la formación de un comité consultivo ad honórem, conformado por representantes del Ministerio de la Producción, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Cámara de Comercio local, gremios más representativos de las micro, pequeñas y medianas empresas instaladas en el Parque Industrial de Iquitos y otras instituciones que promueven el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Artículo 6º.- Funciones del Consejo Directivo del Parque Industrial de Iquitos

El Consejo Directivo del Parque Industrial de Iquitos tiene las siguientes funciones:

1. Implementar, administrar y desarrollar el Parque Industrial de Iquitos.

2. Seleccionar, instalar y gestionar las áreas por actividades productivas para la óptima utilización de las capacidades instaladas en el Parque Industrial de Iquitos.

3. Dotar, implementar, organizar y desarrollar la infraestructura y equipamiento necesario para el funcionamiento del Parque Industrial de Iquitos.

4. Realizar estudios de mercado para determinar las potencialidades y la rentabilidad que permitan el óptimo desarrollo del Parque Industrial de Iquitos.

5. Promover la capacitación, asistencia técnica, fi nanciamiento, desarrollo empresarial y preparación científi ca y tecnológica de las micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en el Parque Industrial de Iquitos, con la participación de instituciones públicas y privadas.

6. Celebrar convenios y contratos nacionales e internacionales para el cumplimiento de los objetivos del Parque Industrial de Iquitos.

7. Controlar y administrar el patrimonio del Parque Industrial de Iquitos.

8. Vender o arrendar los lotes del Parque Industrial de Iquitos a micro, pequeños y medianos empresarios.

9. Establecer un sistema de consulta, vía Internet, para proporcionar información sobre infraestructura, localización geográfi ca, vías de acceso, mercados y oferta de productos y servicios, en coordinación con la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú).

10. Elaborar y aprobar el reglamento interno. 11. Otras que establezca el reglamento interno.

Artículo 7º.- Responsabilidad social en el desarrollo económico

El Consejo Directivo del Parque Industrial de Iquitos realiza las gestiones pertinentes para mantener la tarifa actual de electricidad para uso industrial y comercial y para que el concesionario garantice el suministro de energía eléctrica al Parque Industrial de Iquitos de manera efi ciente, oportuna y de acuerdo a su capacidad instalada.

Facúltase al Consejo Directivo del Parque Industrial de Iquitos para gestionar con las empresas que explotan petróleo y gas en el departamento de Loreto y las empresas de generación, transmisión y comercialización de energía eléctrica, para que en función a su responsabilidad social en el desarrollo económico local, aporten con el cincuenta por ciento (50%) del financiamiento de la energía eléctrica utilizada en el Parque Industrial de Iquitos.

Artículo 8º.- Recursos del Parque Industrial de Iquitos

Constituyen recursos del Parque Industrial de Iquitos:

1. Los que se obtengan producto de la administración de su patrimonio.

2. Los fondos provenientes de préstamos y convenios de fi nanciación que se realicen con instituciones públicas y privadas.

3. Los aportes de sus integrantes. 4. Donaciones y legados.

5. Otros que se le asigne y obtenga conforme a ley.

Artículo 9º.- Criterios para el establecimiento del Parque Industrial de Iquitos e instalación de empresas

Para la identificación y ubicación de las zonas y áreas destinadas al Parque Industrial de Iquitos, así como para la autorización a empresas para que se instalen y operen, rige lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley núm. 28183, Ley Marco de Desarrollo de Parques Industriales.

Artículo 10º.- Destino de los predios que conforman el Parque Industrial de Iquitos

Las construcciones existentes dentro del Parque Industrial de Iquitos no pueden ser destinadas a casa habitación, pudiendo disponer, cuando se requiera, de una construcción con un área mínima para permitir el funcionamiento, el mantenimiento y seguridad de las empresas que se instalen, según lo disponga el Consejo Directivo del Parque Industrial de Iquitos. Este órgano destina un área con infraestructura sufi ciente para atender las demandas de capacitación y práctica laboral de los residentes en edad de trabajo, asistencia técnica y apoyo empresarial.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA.- Cumplimiento de la normativa municipal

El Parque Industrial de Iquitos debe cumplir con las disposiciones municipales de zonifi cación, compatibilidad de uso y demás sobre la materia.

SEGUNDA.- Normas complementarias

El Gobierno Regional de Loreto dicta las disposiciones complementarias que sean necesarias para el adecuado funcionamiento del Parque Industrial de Iquitos. En lo que le sea aplicable, y no esté contemplado en la presente Ley, se considera lo prescrito en la Ley núm. 28183, Ley Marco de Desarrollo de Parques Industriales.

DISPOSICIÓN

COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

ÚNICA.- Instalación del Consejo Directivo del Parque Industrial de Iquitos

El Consejo Directivo del Parque Industrial de Iquitos debe instalarse, a convocatoria del Gobierno Regional de Loreto, dentro de los treinta (30) días posteriores a la vigencia de la presente Ley.

(6)

NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431834

DISPOSICIÓN

COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.- Derogación

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil diez.

CÉSAR ZUMAETA FLORES

Presidente del Congreso de la República

ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia

Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros

583553-2

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

Autorizan viaje del Ministro de

Relaciones Exteriores a Brasil y

encargan su Despacho a la Ministra de

Justicia

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 338-2010-PCM Lima, 28 de diciembre de 2010

CONSIDERANDO:

Que el Perú tiene una relación bilateral privilegiada con el Brasil, la misma que se ha fortalecido en los últimos años a través de una mayor integración efectiva con proyectos concretos y específi cos, lo que se explica en razón de nuestros intereses comunes y a la pertenencia a diversos mecanismos regionales y hemisféricos, además de intereses específi cos como países amazónicos y megadiversos;

Que, a fi n de consolidar esta relación, y en señal del hermanamiento entre nuestros pueblos, el señor Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, participará en la ceremonia de transmisión de mando que se realizará en la ciudad de Brasilia, en la cual asumirá funciones como nuevo Presidente de la República Federativa de Brasil la señora Dilma Rouseff, sucediendo así al Presidente Luis Inácio Lula Da Silva, el día 1 de enero de 2011;

Que, en ese sentido, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde a la

República Federativa de Brasil, para que acompañe al señor Presidente de la República en la citada actividad;

De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, así como la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2011;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, el 1 de enero de 2011, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa.

Artículo 2º.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al presupuesto del Ministerio de Relaciones exteriores.

Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la señora Ministra de Estado en el Despacho de Justicia, señora Rosario Fernández Figueroa, en tanto dure la ausencia del titular.

Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia

Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores

583553-6

Inscriben a la Mancomunidad Municipal

Turística de Matara, Namora, Llacanora

y Jesús - MANLLAJ, en el Registro de

Mancomunidades Municipales

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 321-2010-PCM/SD Lima, 23 de diciembre de 2010 VISTOS:

El Ofi cio Nº 001-2010- MMT-MANLLAJ/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 009-2010-A-MDLL de la Municipalidad Distrital Llacanora; la Ordenanza Municipal Nº 005-2010-MDM de la Municipalidad Distrital Matara; la Ordenanza Municipal Nº 003-2010-MDN de la Municipalidad Distrital Namora; la Ordenanza Municipal Nº 012-2010-MDJ de la Municipalidad Distrital Jesús; el Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”; y el Informe Nº 037-2010–PCM/SD-OGI-MIRA; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la

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NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431835

fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;

Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;

Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Llacanora, Matara, Namora y Jesús, en la Provincia y Departamento de Cajamarca;

Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica: visión, misión, valores, ámbito territorial, eje priorizado, objeto, objetivos, horizonte de planeamiento y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación;

Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ” describe los siguientes objetivos: a) Fortalecer la identidad y el desarrollo de una cultura turística, en el ámbito territorial de la Mancomunidad Municipal; b) Posicionar el circuito turístico de la Mancomunidad Municipal a nivel regional y nacional; c) Mejorar la calidad de la prestación de los servicios turísticos; d) Promover la conformación y fortalecimiento de las MYPES prestadoras de servicios; e) Promover el fortalecimiento de capacidades y asistencia técnica, en las municipalidades intervinientes, en torno al desarrollo del Sector Turismo; f) Ejecutar acciones con entidades del gobierno local provincial y regional, para apalancar recursos en proyectos de desarrollo turístico de alcance interdistrital; g) Intercambiar experiencias o promover la asistencia técnica, a través de la fi rma de convenios, con instituciones privadas de ámbito nacional o regional; h) Favorecer el desarrollo de actividades sociales y culturales, que contribuyan al desarrollo turístico, en el ámbito territorial de la Mancomunidad Municipal; i) Impulsar la conformación de circuitos turísticos, y de productos y servicios turísticos, que consoliden un turismo sostenible, ecológico, cultural y receptivo; j) Impulsar el mercado turístico defi niendo productos y servicios correlacionados a la cultura; k) Promover la participación de la sociedad civil en actividades que den impulso al desarrollo turístico; l) Gestionar recursos para implementar proyectos de desarrollo turístico en el ámbito territorial de la Mancomunidad Municipal; y m) Promover la asignación de un porcentaje del presupuesto participativo distrital, en las municipalidades intervinientes, orientados a la ejecución de proyectos y acciones que favorezcan el desarrollo turístico;

Que, asimismo, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Fomento de la cultura, el turismo sostenible, la inversión privada, el empleo y la competitividad productiva; b) Protección y conservación del ambiente para favorecer el turismo y c) Promover y ejecutar proyectos de desarrollo turístico, de impacto interdistrital;

Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones generales: a) Proveer de servicios básicos y de infraestructura necesaria para el fomento del turismo; b) Promover dentro de las municipalidades intervinientes, la emisión de normas

municipales a favor del desarrollo turístico en sus distritos; c) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión, y de protección de los productos y circuitos turísticos identifi cados y d) Valorar los principales recursos turísticos en el ámbito territorial de la Mancomunidad Municipal. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Diseñar un plan estratégico para el desarrollo económico sostenible del distrito y un plan operativo anual de la municipalidad, e implementarlos en función de los recursos disponibles y de las necesidades de la actividad empresarial de su jurisdicción, a través de un proceso participativo, especialmente para la materia de Turismo; b) Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos, a fi n de mejorar la competitividad, especialmente en materia de Turismo; c) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción, sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, especialmente para fomentar el turismo sostenible; y d) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, especialmente en materia de Turismo; y como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos; colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identifi cación, registro, control, conservación y restauración; b) Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente; y c) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes;

Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución;

Que, mediante el Acta de Constitución de Vistos, los alcaldes de las Municipalidades Distritales de Llacanora, Matara, Namora y Jesús, acordaron la constitución de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”, la aprobación de su Estatuto y la designación del primer Presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General;

Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Llacanora, Matara, Namora y Jesús, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

Que, acorde con el Informe Nº 037-2010–PCM/ SD-OGI-MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ” en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;

(8)

NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431836

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal

Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”; integrada por las Municipalidades Distritales de Llacanora, Matara, Namora y Jesús, en la Provincia y Departamento de Cajamarca; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública.

Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo

Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”, como sigue:

- Presidente: Víctor Manuel Cerna Vásquez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Jesús,

- Director: Roberto Llamoga Ramírez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Llacanora,

- Director: Ramiro Alejandro Bardales Vigo, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Matara,

- Director: José Wílmer Briones Álvarez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Namora,

Artículo 3º.- Registro de Anexos

Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”, en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Artículo 4º.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd.

Artículo 5º.- Vigencia

La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros

583059-1

Inscriben a la Mancomunidad Municipal

de Distritos Rurales Río Grande en

el Registro de Mancomunidades

Municipales

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 322-2010-PCM/SD Lima, 23 de Diciembre de 2010 VISTOS:

El Oficio N° 044-2010/PRE/MDRG; el Informe Técnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 037-2010-MPA-CH de la Municipalidad Provincial Aymaraes; la Ordenanza Municipal Nº 010-2010-MDCAR-AYM de la Municipalidad Distrital Caraybamba; la Ordenanza Municipal Nº 029-2010-MD.COTARUSE. AYM de la Municipalidad Distrital Cotaruse; la Ordenanza Municipal Nº 042-2010-MDSAÑ de la Municipalidad Distrital Sañayca; el Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande”; y el Informe Nº 038-2010–PCM/ SD-OGI-MIRA; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;

Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;

Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Caraybamba, Cotaruse y Sañayca, en la Provincia de Aymaraes, y la Municipalidad Provincial de Aymaraes, en el Departamento de Apurímac;

Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos, horizonte de planeamiento y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, y desarrollo económico local.;

Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande” describe los siguientes objetivos: a) Promover y ejecutar proyectos de alcance interdistrital; b) Procurar mejores niveles de efi ciencia y efi cacia en la gestión municipal para la prestación de servicios públicos locales; c) Promover el fortalecimiento de las capacidades técnicas y administrativas, de los equipos municipales; d) Gestionar recursos fi nancieros para la ejecución de proyectos de desarrollo económico, productivo, cultural y social; y e) Implementar las normas de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información.;

Que, asimismo, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Promover, fortalecer y mejorar las cadenas productivas con potencial competitivo; b) Fomento de la inversión privada y promoción del empleo; c) Promover, facilitar y consolidar procesos participativos, e instancias de vigilancia, coordinación y transparencia; d) Promover la participación vecinal en el desarrollo local; y e) Gestionar la atención de los factores condicionantes de salud;

Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción, sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito; y b) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: Gestionar la atención primaria de salud, así como construir y equipar postas médicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados que los necesiten, en coordinación con las municipalidades provinciales, los centros poblados y los organismos regionales y nacionales pertinentes;

(9)

NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431837

Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución;

Que, mediante el Acta de Constitución de Vistos, los alcaldes de las Municipalidades Distritales de Caraybamba, Cotaruse y Sañayca, y de la Municipalidad Provincial de Aymaraes, acordaron la constitución de la “Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande”, la aprobación de su Estatuto y la designación del primer Presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General;

Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Caraybamba, Cotaruse, Sañayca y la Municipalidad Provincial de Aymaraes, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

Que, acorde con el Informe Nº 038-2010–PCM/SD-OGI-MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la “Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande” en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal

Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande”; integrada por las Municipalidades Distritales de Caraybamba, Cotaruse y Sañayca, en la Provincia de Aymaraes, y la Municipalidad Provincial de Aymaraes, en el Departamento de Apurímac; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública.

Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo

Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande”, como sigue:

- Presidente: Jacinto Taipe Huamaní, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Caraybamba,

- Director: Sebastián Gonzalo Carbajal Zegarra, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Aymaraes,

- Director: Alejandro Rojas Llacsa, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Cotaruse,

- Director: Iván Cortez Terrazas, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sañayca,

Artículo 3º.- Registro de Anexos

Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal de Distritos Rurales Río Grande”, en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Artículo 4º.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El

Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd.

Artículo 5º.- Vigencia

La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización

583060-1

FE DE ERRATAS ANEXO - DECRETO SUPREMO

Nº 111-2010-PCM

Mediante Ofi cio Nº 781-2010-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Anexo del Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, publicado en la edición del 19 de diciembre de 2010.

En el numeral 7 Nombramiento a través de Proceso Abreviado (pág. 431210)

DICE:

7.2 Emisión de Resolución de Nombramiento (...)

La Resolución de Nombramiento deberá ser emitida dentro del presente ejercicio presupuestal.

DEBE DECIR:

7.2 Emisión de Resolución de Nombramiento (...)

La Resolución de Nombramiento deberá ser emitida por el Titular del Pliego de cada entidad.

583552-1

AGRICULTURA

Establecen requisitos sanitarios

de necesario cumplimiento en la

importación de plántulas in vitro de

frambuesa de origen y procedencia

Chile

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 57-2010-AG-SENASA-DSV La Molina, 20 de diciembre de 2010

VISTO:

El Informe Técnico Nº 008-2010-AG-SENASA-DSV/ SARVF de fecha 14 de octubre de 2010, el cual busca establecer los requisitos fi tosanitarios para la importación de plántulas in vitro de frambuesa (Rubus idaeus L.) de origen y procedencia Chile; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria;

(10)

NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431838

Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos fi to y zoosanitarios en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi carán a la Organización Mundial del Comercio;

Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fi tosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importación al país de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante Órgano de Línea Competente;

Que, el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 09-2010-AG-SENASA-DSV señala cinco categorías de riesgo fi tosanitario, donde están agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros artículos reglamentados cuyo riesgo fi tosanitario aumenta en forma ascendente;

Que, ante el interés de la empresa Procesadora S.A.C. en importar al país plántulas in vitro de frambuesa (Rubus

idaeus L.) procedente de Chile; la Subdirección de Análisis

de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, inició el respectivo estudio con la fi nalidad de establecer los requisitos fi tosanitarios para la importación del mencionado producto emitiendo el informe del visto;

Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fi tosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG – Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG – Reglamento de Cuarentena Vegetal, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG - Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, la Resolución Directoral Nº 09-2010-AG-SENASA-DSV y con el visto bueno de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Establecer los requisitos fi tosanitarios de necesario cumplimiento en la importación plántulas in vitro de frambuesa (Rubus idaeus L.) de origen y procedencia Chile de la siguiente manera:

1. Que el envío cuente con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certifi cación y embarque en el país de origen o procedencia.

2. El envío deberá venir acompañado de un Certifi cado Fitosanitario ofi cial del país de origen, en el cual se consigne:

2.1 Declaración adicional:

2.1.1 El material procede de plantas madres que previo análisis de laboratorio se encuentran libres de:

Apple mosaic virus, Arabis mosaic virus, Prunus necrotic ringspot virus, Raspberry bushy dwarf virus.

3. Los envases serán nuevos, transparentes, herméticamente cerrados y que contengan un medio de cultivo estéril.

4. El importador deberá contar con su Registro de Importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente.

5. Inspección fi tosanitaria en el punto de ingreso al país.

6. El Inspector del SENASA tomará una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del SENASA, con el fi n de descartar la presencia de las plagas enunciadas en la declaración adicional del producto. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.

7. El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de 12 meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido por parte del SENASA a una (2) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una (1) inspección obligatoria fi nal para el levantamiento de la

cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino fi nal del producto.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General

Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

582376-1

AMBIENTE

FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO

Nº 021-2010-MINAM

Mediante Ofi cio Nº 778-2010-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 021-2010-MINAM, publicado en nuestra edición del día 21 de diciembre de 2010.

Artículo 2º.- Publicación

DICE:

“(...) y en el Portal del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI (www.oefa.gob.pe), (...).”

DEBE DECIR:

“(...) y en el Portal del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI (www.senamhi.gob.pe), (...).”

583551-1

COMERCIO EXTERIOR

Y TURISMO

Modifican RR.SS. Nºs. 158 y

161-2010-MINCETUR que autorizaron viajes de

representantes de PROMPERÚ a Chile

y los EE.UU.

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 167-2010-MINCETUR Lima, 28 de diciembre de 2010

Visto el Ofi cio Nº 491-2010-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 158-2010-MINCETUR, publicada el 20 de noviembre de 2010, se autorizó el viaje del señor Ricardo Manuel Limo del Castillo, quien presta servicios en PROMPERÚ, a la ciudad de Viña del Mar, República de Chile, del 23 al 26 de noviembre de 2010, para que participe en la Reunión Anual de la Red Iberoamericana de Organismos de Promoción de Comercio Exterior;

Que, según el Memorándum Nº 462-2010/PROMPERÚ/ SG-OAF, de la Ofi cina de Administración y Finanzas de PROMPERÚ, el costo de los pasajes aéreos para la realización del viaje del señor Limo del Castillo sufrió una variación respecto al monto fi jado en la fecha de reserva, en cuya razón es necesario modifi car la Resolución Suprema Nº 158-2010-MINCETUR, autorizando el gasto adicional por dicho concepto;

(11)

NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431839

De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funcione del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modifi car, con efi cacia anticipada al 20 de noviembre de 2010, el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 158-2010-MINCETUR, en la parte referida a la autorización del costo de los pasajes aéreos del señor Ricardo Manuel Limo del Castillo, autorizando el monto adicional de US$ 815,28 (Ochocientos quince con 28/100 Dólares Americanos).

Artículo 2º.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Suprema Nº 158-2010-MINCETUR.

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia

Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo

583553-14

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 168-2010-MINCETUR Lima, 28 de diciembre de 2010

Visto el Ofi cio Nº 492-2010-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.

CONSIDERANDO

Que, mediante Resolución Suprema Nº 161-2010-MINCETUR, publicada el 26 de noviembre de 2010, se autorizó, entre otros, el viaje de la señora Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim, quien presta servicios en PROMPERÚ, a las ciudades de New York, Boston y New Orleans, Estados Unidos de América, del 29 de noviembre al 13 de diciembre de 2010, para que participe en el evento “Puerta a Puerta en la Costa Este de Estados Unidos”;

Que, según el Memorándum Nº 477-2010/ PROMPERÚ/SG-OAF, de la Ofi cina de Administración y Finanzas de PROMPERÚ, el costo de los pasajes aéreos para la realización del viaje de la señora Quezada Bamberger de Hakim sufrió una variación respecto al monto fi jado en la fecha de reserva, en cuya razón es necesario modifi car la Resolución Suprema Nº 161-2010-MINCETUR, autorizando el gasto adicional por dicho concepto;

De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar, con eficacia anticipada al 26 de noviembre de 2010, el artículo 2º de la Resolución

Suprema Nº 161-2010-MINCETUR, en la parte referida a la autorización del costo de los pasajes aéreos de la señora Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim, autorizando el monto adicional de US$ 594,76 (Quinientos noventa y cuatro con 76/100 Dólares Americanos).

Artículo 2º.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Suprema Nº 161-2010-MINCETUR.

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia

Encargada del Despacho

de la Presidencia del Consejo de Ministros

EDUARDO FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo

583553-15

DEFENSA

Autorizan viaje de personal militar FAP

a Brasil, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 625-2010-DE/FAP Lima, 28 de diciembre de 2010

Visto, el Oficio NC-60-G841-Nº 2774 de fecha 20 de diciembre de 2010, del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-60-SGFA-Nº 6766 del 22 de diciembre de 2010, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú;

CONSIDERANDO:

Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Federativa de Brasil, al Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, quienes conformarán la tripulación de la Aeronave Principal BOEING 737-528 FAP 356, Aeronave Alterna BOEING 737-528 FAP 352, con la fi nalidad de trasladar al señor Presidente Constitucional de la República y Comitiva Ofi cial a la ciudad de Brasilia, el 01 de enero de 2011;

Que, el pago correspondiente a la presente autorización, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y,

De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Federativa de Brasil, al Personal Militar FAP que se detalla a continuación, quienes conformarán la tripulación de la Aeronave Principal BOEING 737-528 FAP 356, Aeronave Alterna BOEING 737-528 FAP 352, con la fi nalidad de trasladar al señor Presidente Constitucional de la República y Comitiva Ofi cial a la ciudad de Brasilia, el 01 de enero de 2011:

(12)

NORMAS LEGALES

Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010

431840

AVION PRINCIPAL

AERONAVE BOEING 737-528 FAP 356

TRIPULACION PRINCIPAL

Comandante FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA Piloto Comandante FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA Piloto Comandante FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES Copiloto Empleado Civil FAP LUIS ALFREDO MUÑOZ VIGNES Piloto Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser Empleada Civil FAP IVANNA TUESTA SANONI Hostess TRIPULACION ALTERNA

Mayor FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO Piloto Empleada Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess Empleada Civil FAP ELIZABETH MARIEL FIGUEROA PARRA Hostess AVION ALTERNO

AERONAVE BOEING 737-200 FAP 352

TRIPULACION PRINCIPAL

Coronel FAP RAUL GUSTAVO CASTELLARES ROSAS Piloto Comandante FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ Piloto Comandante FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO Piloto Mayor FAP ROBERTO ARMANDO MEDINA ORMEÑO Copiloto Técnico Inspector FAP MANUEL ARTURO TUÑOQUE BELLODAS Mecánico Técnico de 1ra. FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA Mecánico Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser Empleada Civil FAP LIZABETH MARIEL FIGUEROA PARRA Hostess TRIPULACION ALTERNA

Coronel FAP EUSTAQUIO RIOS DEL AGUILA Piloto Comandante FAP RICARDO ABSALON GUERRA DIAZ Piloto Técnico Inspector FAP NICOLAS ARTURO DAMIAN CHANGANA Piloto Empleada Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess Empleada Civil FAP IVANNA TUESTA SANONI Hostess

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle:

Viáticos

US $ 200 x 01 día x 09 Personas

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados.

Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias.

Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, Comuníquese y Publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia

Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros

JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa

583553-7

Designan representantes titular y

alterno de la Dirección General de

Capitanías y Guardacostas ante el

Grupo de Trabajo Intersectorial (GTI)

para el diseño del Sistema Nacional

de Información Forestal y de Fauna

Silvestre del Ministerio de Agricultura

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1516-2010-DE/SG Lima, 27 de diciembre de 2010

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos de Norteamérica (APC Perú - EEUU), nuestro país se comprometió implementar medidas tendientes a cumplir con dicho acuerdo, siendo uno de ellos, el establecimiento de un sistema para controlar los productos forestales y de fauna silvestre;

Que, en ese sentido se conformó un Grupo de Trabajo Intersectorial (GTI) para el diseño del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre, el mismo que considero integrar un Grupo de Trabajo Técnico (GTT) dedicado exclusivamente a la elaboración de los lineamientos generales del Módulo de Control Forestal y de Fauna Silvestre (SNIC);

Que, dicho grupo de trabajo viene elaborando el “Mapa de Procesos de la Situación Actual de los Mecanismos de Control Forestal y de Fauna Silvestre”, viendo la necesidad la participación de representantes de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas.;

Que, mediante el Ofi cio G.500-5829 de fecha 22 de diciembre de 2010 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina, se ha propuesto la designación de dos representantes de la Marina de Guerra del Perú- Dirección General de Capitanías y Guardacostas, por lo que resulta necesaria la designación, mediante la expedición de la Resolución Ministerial correspondiente, de los representantes ante el Grupo de Trabajo Intersectorial (GTI) para el diseño del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Supremo Nº 001-2008-DE y la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar al Capitán de Navío Jorge Vargas Guerra y Capitán de Fragata Eduardo Mosqueira Medina, como representantes titular y alterno, respectivamente, de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, ante el Grupo de Trabajo Intersectorial (GTI) para el diseño del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura.

Artículo 2º.- El personal designado en la presente resolución, informará a la Secretaría General del Ministerio de Defensa, sobre el desarrollo de las actividades que realice en calidad de representante ante el mencionado Grupo de Trabajo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa

583419-1

Autorizan ingreso al territorio de la

República de personal militar de Brasil

y EE.UU.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1517-2010-DE/SG Lima, 27 de diciembre de 2010

Referencias

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