PRÉSTAMOS NUEVO CRÉDITO MIVIVIENDA
CONCEPTOS, FÓRMULAS Y EJEMPLOS
OFICINA PRINCIPAL: Av. Canaval y Moreyra N° 452 – 454, San Isidro – Teléfonos: 513-6000 Fax: 513-7030 Swift: BDCMPEPL WEB SITE: www.bancomercio.com E-MAIL: [email protected]
Fecha de actualización: 04 de diciembre de 2020
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FÓRMULA PARA LA LIQUIDACIÓN DE INTERESES Y PAGOS PARA PRÉSTAMONUEVO CRÉDITO MIVIVIENDA I) CONCEPTOS FINANCIEROS
Nota de interés: Las tasas y sus rangos de aplicación, comisiones, gastos e ITF del presente documento son referenciales y pueden variar en función al comportamiento del mercado y/o disposiciones en materia tributaria. Consulte el tarifario del producto para más información. En primer lugar, antes de iniciar el proceso de descripción de las fórmulas y ejemplos, se presenta la definición de los conceptos financieros a utilizar para la determinación de la cuota del préstamo.
Monto del crédito: (P), representa el monto total de la deuda del cliente con el Banco de Comercio y está compuesto por el importe desembolsado; es decir, el monto solicitado por el cliente.
Período de gracia: (G), es el período que comprende entre la fecha de desembolso del préstamo y la fecha que corresponde al mes inmediato anterior a la fecha de pago de la primera cuota. Durante este período el cliente no paga cuota por el préstamo; sin embargo, los intereses compensatorios que se generen serán financiados por el banco en las mismas condiciones del crédito.
Tasa de interés efectiva anual: (TEA), es la tasa de interés del crédito contraído por el cliente y se expresa en términos efectivos anuales. El cálculo del costo del interés es sobre la base de un año de 360 días.
Número de cuotas del crédito: (N), es el número de cuotas a pagar por el crédito contraído. Cuota mensual: (R), es el importe fijo a cancelar mensualmente según el cronograma de pagos. Considera la amortización del saldo capital, intereses, comisiones y gastos que se incluye en la cuota total.
Amortización del período: (Amort), es el reembolso o devolución mensual del crédito contraído. Interés del período: (INT), es el interés mensual pagado por el deudor, determinado en función de la tasa de interés efectiva anual, el saldo de capital y el número de días transcurridos. Seguro de desgravamen: (Sd), es el seguro que cubre la deuda que el cliente y/o su cónyuge tienen en la entidad financiera ante la eventualidad de fallecimiento. Se calcula mensualmente sobre el saldo capital de la deuda.
Seguro del bien: (Sb), es el seguro de Incendios contra todo riesgo (o seguro del bien) cubre al inmueble contra todo riesgo. Se calcula mensualmente sobre el valor asegurable desde la entrega del inmueble para bienes futuros y desde el inicio del crédito para bienes terminados. Comisión por envío físico de estado de cuenta (Co): Por el servicio mensual de envío físico de estado de cuenta a la dirección consignada por el cliente, conteniendo la siguiente información: i) información general del préstamo (tasa, número de cuotas pagadas y por pagar); ii) detalle desagregado de la última cuota pagada; y iii) el saldo de capital del préstamo a la fecha de emisión del estado de cuenta. Adicionalmente se informa la fecha de pago de la siguiente cuota.
Tasa de costo efectiva Anual: (TCEA), Es la tasa expresada en términos anuales, que representa el costo total de un producto activo. El cálculo del costo efectivo del crédito implica aplicar el proceso de actualización o valor presente de todas las cuotas futuras del préstamo en la fecha de desembolso. El cálculo de la TCEA considera la amortización del saldo capital, intereses, comisiones y gastos que se incluye en la cuota total.
Vivienda Tradicional: Vivienda unifamiliar o vivienda que forma parte de una Edificación multifamiliar o conjunto Residencial o Quinta, financiada con programas y/o productos financieros administrados por el FMV, capaz de satisfacer las necesidades básicas de la(s) persona(s)que la habita(n). En caso la vivienda cuente con estacionamiento y/o depósito independizados, el valor total de la vivienda es a suma de los valores de la vivienda y la(s) respectiva(s) unidad(es) inmobiliaria(s).
Vivienda Sostenible: Vivienda Tradicional financiada con programas y/o productos financieros administrados por el FMV y que ha tomado en cuenta en su concepción y ejecución, entre otros, criterios de eficiencia hídrica y energética, de diseño bioclimático, manejo de residuos, utilización de eco materiales y que contribuya a la sostenibilidad urbana en su entorno.
Bono del Buen Pagador (BBP), es una ayuda económica no reembolsable que se otorga a los clientes con el fin de incrementar su cuota inicial y obtener un préstamo menor. El bono se calcula en función del valor de la vivienda según los rangos establecidos por ley. El bono solo aplica para el producto Nuevo Crédito MIVIVIENDA.
Certificado de Elegibilidad, documento que emite la entidad designada por el Fondo MIVIVIENDA S.A. para calificar un proyecto inmobiliario como sostenible.
Grado, criterios y requisitos del certificado de elegibilidad de proyecto inmobiliario sostenible. Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 29667, se debe considerar el Impuesto a las Transacciones Financieras equivalente a 0.005% sobre el valor de la operación.
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II) FÓRMULAS Y EJEMPLOSPRODUCTO: PRÉSTAMO NUEVO CRÉDITO MIVIVIENDA CON BONO DEL BUEN PAGADOR (BBP)
A) EN CASO DE CUMPLIMIENTO (PRÉSTAMOS VIGENTES):
CONCEPTO PARAMETRO
Valor del Bien o Edificación (Vb): S/ 190,000
Tipo de edificación: Tradicional
Cuota inicial (7.5%): S/ 14,250
Cuota inicial Bono del Buen Pagador (BBP):
S/ 18,300
Monto del crédito a financiar: (P0) S/ 157,450
Período de gracia: (G) 30 días
Tasa de interés efectiva anual: (TEA) 10.95%
Tasa de seguro desgravamen: (tsd) 0.066% mensual
Modalidad de seguro de desgravamen Individual (Titular) Tasa de seguro del bien o inmueble: (tsb) 0.304% anual
Número de cuotas del crédito: (N) 180
Fecha de desembolso (FD) 30/12/2020
Fecha de pago de primera cuota (FP1) 26/02/2021
Frecuencia de pago Último día útil de cada mes
Comisión de envío de físico de E/C (Co) S/ 2.50
1. Cálculo del monto del crédito
1.1 Cálculo de la Cuota Inicial, de acuerdo con lo establecido por la ley vigente1.
El valor de la vivienda: desde S/ 60,000 hasta S/ 427,600.
Aporte: mínimo de 7.5% y máximo al 30% del valor de la vivienda. Fórmula:
Cuota Inicial = (Valor de la Vivienda) * (Aporte) Ejemplo:
Cuota Inicial = 190,000 * 7.5% Cuota Inicial = S/ 14,250
1 Según D.S. Nº 007-2020-VIVIENDA, vigente a partir de 16.05.2020, se dispuso como medida temporal reducir el aporte mínimo del cuota inicial a un nivel de 7.5% del valor de la vivienda. Esta medida será aplicada de manera excepcional hasta el 31.12.2020.
1.2 Cálculo del Bono del Buen Pagador (BBP), depende del valor de la vivienda según los rangos establecidos por ley
Valor de vivienda BBP Tradicional* Premio PBP BBP Sostenible** Desde S/ 60,000 hasta S/ 85,700 S/ 24,000.00 S/ 0.00 S/ 29,000.00 Mayores S/ 85,700 hasta S/ 128,300 S/ 20,000.00 S/ 0.00 S/ 25,000.00 Mayores S/ 128,300 hasta S/ 213,800 S/ 18,300.00 S/ 0.00 S/ 23,300.00 Mayores S/ 213,800 hasta S/ 316,800 S/ 6,800.00 S/ 3,200.00 S/ 15,000.00 (*) Medida aplicada de manera excepcional y temporal según Decreto Supremo N° 007-2020-VIVIENDA (**) Se aplica S/ 5,000 a los valores del BBP de Vivienda Tradicional
En este caso dado que la edificación es del tipo “tradicional” y el valor del bien es de S/ 190,000, corresponde un bono de buen pagador de S/ 18,300.
BBP = S/ 18,300
1.3 Cálculo del monto del crédito: Fórmula:
P0 = (Valor del Bien o Edificación) – (Cuota Inicial) – BBP
Ejemplo:
P0= 190,000 – 14,250 - 18,300
P0 = S/ 157,450
2. Para el cálculo de la tasa de interés efectiva diaria (TED) se utiliza la siguiente fórmula:
Ejemplo: se calcula la tasa de interés efectiva diaria (TED) a partir de una tasa de interés anual de 13.20%(TEA), de la siguiente manera:
𝑇𝐸𝐷 = (1 + 0.1095)3601 − 1 𝑇𝐸𝐷 = 0.000289 1 ) 1 ( 360 1 − + = TEA TED
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3. El interés mensual en cualquier periodo (INTt), se calcula tomando como datoinicial a la tasa de interés diaria (aquella que se halló en el punto anterior), considerando el número de días transcurridos del mes (“t”). De la siguiente manera:
Ejemplo: se procede a calcular los intereses transcurridos del primer período (58 días después de la fecha de desembolso) de la siguiente manera:
𝐼𝑁𝑇1= 152,700 × ((1 + 0.1095) 58 360− 1)
𝐼𝑁𝑇1 = 2,658.05
En caso los intereses del mes superen el valor cuota se procede a efectuar un proceso de aplicación de intereses y capital mensual, en un importe máximo, acorde al valor mensual de la cuota, siguiendo el siguiente orden de prelación:
✓ Cobro de intereses.
✓ Amortización de capital.
4. El seguro de desgravamen mensual en cualquier periodo (Sdt) se calcula sobre el saldo de capital2, considerando el número de días“ t” del mes, de la siguiente manera:
Sin perjuicio de ello, acorde a la metodología de conversión del seguro de desgravamen en cuotas fijas, se procede a llevar al día de hoy (“valor presente”) los pagos futuros que se efectuarían mes a mes por este concepto y a su vez, se calcula su equivalente en términos fijos a través de la siguiente fórmula:
Dónde: Sdi, es el seguro de desgravamen mensual decreciente de cada período y fi,
es el factor de actualización de cada período mensual.
Ejemplo: se procede a calcular el seguro de desgravamen del primer período (58 días después de la fecha de desembolso) de la siguiente manera:
2 Cabe señalar, que por fines de calce del adeudado los cálculos del seguro de desgravamen se realizan sobre el saldo mensual del adeudado COFIDE.
) 1 ) 1 (( + 360 − = t t t P TEA INT ) 1 ) 1 (( + 30 − = t t t P Sd Sd
= =
=
180 1 180 1 i i i i if
f
Sd
Sd
𝑆𝑑
1= 157,450 × ((1 +
0.066
100
)
58 30− 1)
𝑆𝑑
1= 199.85
En un primer momento, considerando una tasa de seguro de desgravamen mensual (tsd) de 0.066%, se obtiene un importe de S/ 199.85 como seguro de desgravamen para el primer período (Sd1). Si se repite este proceso hasta el último período (180) del
cronograma de pagos, procederemos a calcular los respectivos Sd2, Sd3, Sd4 y así
sucesivamente hasta Sd180. Enseguida se aplica la metodología de conversión del
seguro de desgravamen mensual en un importe fijo (Sd), a través del uso de la siguiente fórmula:
𝑆𝑑 =
∑
𝑆𝑑
𝑖× 𝑓
𝑖 180 𝑖=1∑
180𝑖=1𝑓
𝑖=
6,785.80
89.24355
= 76.04
De esta manera, el proceso de cálculo realizado para hallar el seguro de desgravamen fijo mensual (Sd), se resume en el cuadro adjunto:
5. El seguro del bien o edificación en cualquier periodo (SbT) se calcula en términos anuales sobre el valor del bien edificación (Vb), considerando la tasa de seguro del bien (tsb) de la siguiente manera:
Sin perjuicio de ello, acorde a la metodología de conversión del seguro del bien en cuotas fijas, se procede a llevar al día de hoy (“valor presente”) los pagos futuros que se efectuarían año a año por este concepto y a su vez, se calcula su equivalente en términos fijos a través de la siguiente fórmula:
Dónde: SbT, es el seguro del bien anual constante de cada período; fj*, es el factor de
tsb
Vb
Sb
T
=
= =
=
180 1 14 0*
i i T T Tf
f
Sb
Sb
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actualización de similar período anual (adelantado); fi,es el factor de actualización decada período mensual (vencido).
Ejemplo: se procede a calcular el seguro del bien del primer período (en la fecha de desembolso) de la siguiente manera:
En principio, considerando una tasa de seguro del bien anual (tsb) de 0.304%, se obtiene un importe de S/ 577.32 como seguro del bien para el primer período anual (Sb1). Si se repite este proceso hasta el último período anual (T=14) del cronograma de
pagos, procederemos a calcular los respectivos Sb2, Sb3, Sb4 y así sucesivamente hasta
Sb14. Enseguida se aplica la metodología de conversión del seguro del bien anual en un
importe fijo (Sb), a través del uso de la siguiente fórmula:
𝑆𝑏 =
∑
𝑆𝑏
𝑇× 𝑓
𝑇 14 𝑇=1∑
180𝑖=1𝑓
𝑖=
4,582.93
89.24355
= 51.35
De esta manera, el proceso de cálculo realizado para hallar el seguro del bien fijo mensual (Sb), se inicia trayendo a valor presente los flujos anuales del seguro del bien (SbT) tal como se resume en el cuadro adjunto:
=
100
304
.
0
000
,
190
1Sb
32 . 577 1 = SbEn seguida, el proceso de cálculo realizado para hallar el seguro del bien fijo mensual (Sb), se culmina comparando el valor presente de los flujos anuales SBT con la suma
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6. El cálculo de la cuota fija mensual (R) se determina de la siguiente manera:El siguiente diagrama de cuotas en el tiempo, muestra los siguientes componentes: • El período de gracia (G) =30 días
• La fecha de desembolso
• Las fechas de pago de cuotas que son el último día útil de cada mes • El número de cuotas del préstamo = 180 cuotas
A continuación, para hallar el cálculo de las cuotas del préstamo se debe aplicar el concepto de equivalencia financiera en el tiempo, el cual permite traer a valor presente (hoy) las cuotas que se pagarán en el futuro e igualarlo al valor del préstamo solicitado. Para ello, es necesario considerar que en la fecha de desembolso se debe cumplir lo siguiente:
Préstamo (Po) = Valor Presente de las Cuotas Futuras
La igualdad entre el monto del préstamo (Po=S/157,450 en el ejemplo) y las 180 cuotas
a pagar, se calcula haciendo uso de un proceso de valorización al día de hoy de las cuotas futuras, en función a la tasa de interés pactada (TEA=10.95% en el ejemplo) y considerando, también, el número de días que han transcurridos entre la fecha de pago de las cuotas y la fecha desembolso (30/12/20 en el ejemplo), de la siguiente manera:
=
+
=
N
t
t
i
TEA
R
P
1
360
/
0
)
1
(
De lo anterior, el cálculo de la cuota mensual se expresa de la siguiente manera: 𝑅 = 𝑃𝑜 (1 + 𝑇𝐸𝐴)−58360+ (1 + 𝑇𝐸𝐴) −91 360+ (1 + 𝑇𝐸𝐴) −121 360+. . . +(1 + 𝑇𝐸𝐴) −5479 360 + (1 + 𝑇𝐸𝐴) −5510 360
Donde al reemplazar el monto del préstamo y la tasa de interés pactada se obtiene:
𝑅 = 157,450 (1 + 10.95%)−58360+ (1 + 10.95%) −91 360+ (1 + 10.95%) −121 360+. . . +(1 + 10.95%) −5479 360 + (1 + 10.95%) −5510 360
De esta manera, se obtiene que el valor de la cuota (R) asciende a S/ 1,764.27, la cual se deberá pagar durante el período del crédito (180 meses):
𝑅 =
157,450
89.24355
= 1,764.27
Adicionalmente, se deberá incluir los gastos por seguro de desgravamen (Sd), seguro del bien (Sb) y si se considera una comisión mensual por envío físico del estado de cuenta (Co) de S/2.50 se tiene una cuota total mensual (RT) de S/ 1,894.163:
𝑅𝑇 = 1,764.27 + 76.04 + 51.35 + 2.5 = 1,894.16
7. La amortización de capital mensual “Amortt” en cualquier periodo “t” se calcula en base a la cuota fija mensual del cronograma de pagos “R” y el interés mensual
3Adicionalmente, en el pago de la cuota mensual se agregará el 0.005% de ITF.
Co Sb Sd R
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(INTt), de similar período, considerando el número de días corridos del mes, de la siguiente forma:Ejemplo: se procede a calcular la amortización del primer período (62 días después de la fecha de desembolso) de la siguiente manera:
𝐴𝑚𝑜𝑟𝑡1= 1,764.27 − 1,764.27
Este resultado se explicó en el acápite 3, sobre cálculo del interés, en donde se mencionó, que los intereses correspondientes a la fecha de primer pago de cuota (62 días después del desembolso) excedían al valor de la cuota mensual. En ese sentido, a manera de ejemplo la primera cuota permite recuperar íntegramente intereses y por ende no se genera amortización de capital en dicho período.
A continuación, se muestra un resumen del cronograma de pagos de 180 cuotas, en el que se detalla las cuotas mensuales; así como, la amortización de capital, el interés, seguro de desgravamen, seguro del bien y la comisión de envío físico de E/C mensual:
8. El cálculo de la tasa de costo efectivo anual (TCEA):
• Concepto: La tasa de costo efectiva anual (TCEA) es la tasa interna de retorno del crédito que permite igualar el valor presente de las cuotas futuras totales (RT)
con el monto otorgado en préstamo al cliente; y se obtiene haciendo uso del criterio de equivalencia financiera en el tiempo. Para ello, es necesario considerar que en la fecha de desembolso se debe cumplir lo siguiente:
t t Cuota R INT Amort = ( )− 1 1 Cuota(R) INT Amort = − 00 . 0 1= Amort
Préstamo (Po) = Valor Presente de las Cuotas Futuras
Con la finalidad de poder hallar la TCEA, se iguala el monto del préstamo (Po= S/ 157,450 en el ejemplo) y el valor presente (actual) de las 180 cuotas a pagar,
las cuales están en función a la tasa de costo efectiva anual del crédito (TCEA), a la cuota cuyo valor (RT) es de S/ 1,894.16 en el ejemplo; y al número de días transcurridos
entre la fecha de pago de las cuotas y la fecha desembolso (30/12/20 en el ejemplo), de la siguiente manera:
Al resolver el diagrama anterior y repitiendo varias veces el proceso se obtiene que la tasa de costo efectiva anual (TCEA) que permite igualar el valor presente de las cuotas con el valor del préstamo otorgado es de 12.34% anual, la cual es mayor a la tasa de interés anual de 10.95% pactada para fines de nuestro ejemplo.
Nota: Esto último se explica porque las condiciones de crédito del ejemplo explicativo consideran el cobro de seguro de desgravamen, seguro del bien y de la comisión del envío físico del estado de cuenta.
=
+
=
N
t
t
T
TCEA
R
P
1
360
/
0
)
1
(
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B) EN CASO DE INCUMPLIMIENTO (PRÉSTAMOS VENCIDOS):Cuando una deuda no es pagada en la fecha pactada, se cobra la penalidad por incumplimiento de pago (PIP) y el interés compensatorio (TIC) por los días de atraso. La penalidad por incumplimiento de pago (PIP), es una comisión de 4.00% y se aplica sobre el monto impago (cuota total no pagada). Esta comisión tiene un monto mínimo de S/ 40 y un máximo de S/ 100. Esto último de acuerdo con las condiciones suscritas. El interés compensatorio vencido se calcula sobre la cuota no pagada (que incluye amortización más interés de la cuota). El cálculo se aplica sobre la cuota no pagada y considera la tasa de interés compensatoria pactada en el contrato y el número de días de retraso.
Ejemplo: se asume que el cliente no realizó el pago de la tercera cuota cuyo vencimiento es el 30/04/2021 y tuvo un retraso en el pago de 10 días.
CONCEPTO PARAMETRO
Monto de cuota total no pagada: (C3) S/ 1,894.16
Monto total de amortización más interés de la cuota del mes original: (Cb3)
S/ 1,764.27
Tasa de interés compensatoria: (TIC) 10.95%
Penalidad por incumplimiento de pago: (PIP)
4.00% (Min S/ 40.00; Max S/ 100.00)
N° días de incumplimiento de pago: (N) 10
Fecha de vencimiento de tercera cuota (FP3)
30/04/2021
Para el cálculo de liquidación de la cuota total de un determinado período (CTi), por los días de atraso, se emplearía la siguiente fórmula:
𝐼𝑛𝑡. 𝐶𝑜𝑚𝑝 = 1,764.27 × ((1 + 0.1095)
10/360− 1)
Para el caso del ejemplo, reemplazando los datos se tiene:
𝐼𝑛𝑡. 𝐶𝑜𝑚𝑝 = 5.10
𝑃𝐼𝑃 = 𝑀𝐴𝑋(1,894.16 × 4%, 40)
𝑃𝐼𝑃 = 75.77
La liquidación final de la cuota total (CTi) es de S/ 1,975.03, equivalente a la suma de la cuota vencida (S/ 1,894.16), más los intereses compensatorios (S/ 5.10) y penalidad de incumplimiento de pago (S/ 75.77) generados durante los diez días de atraso.
PIP
Comp
Int
C
CT
i=
i+
.
+
PIP
TIC
C
C
CT
i=
i+
i
((
1
+
)
n/360−
1
))
+
C) CASO DE PREPAGO EN FORMA TOTAL DEL CREDITO MIVIVIENDA ANTES DE LOS CINCO AÑOS: REEMBOLSO DEL BONO DE BUEN PAGADOR (BBP) De acuerdo al Reglamento del Bono del Buen Pagador emitido por el Fondo MIVIVIENDA4 una de las causales de Reembolso del Bono del Buen Pagador es cuando
se prepague a la IFI o el FDI en forma total el crédito MIVIVIENDA antes de los cinco (05) años de desembolsado el subpréstamo.
Siguiendo con los parámetros del ejemplo explicativo, el cálculo del monto del BBP a reembolsar incluyendo intereses legales, asumiendo que el saldo del préstamo se cancela en su totalidad de manera anticipada al término del tercer año, sería de la siguiente forma:
CONCEPTO PARAMETRO
Tasa de Interés legal efectiva (*) 1.04%
Fecha de desembolso 30/12/2020
Fecha de cancelación anticipada 31/01/2024
Intereses Legales proyectados (**) S/ 602.43
Monto total estimado al 30.06.2023 S/ 18,902.43
(*) Información al 04.12.2020.
(**) Se asume que la tasa de interés legal efectiva al 04/12/2020 no varía para fines del ejemplo.
El cronograma con los efectos de la cancelación anticipada se resume a continuación:
Por lo tanto, el cliente además de cancelar el monto calculado por el Banco por la cancelación anticipada deberá también considerar dentro del pago, el reembolso del BBP más intereses legales. En consecuencia, la TCEA se incrementaría a 15.57% anual.
4 Reglamento del Bono del Buen Pagador aprobado mediante Acuerdo de Directorio N° 004-03D-2018 de fecha 08.02.2018 y Resolución de Gerencia General N° 007-2019/FMV-GG.
Fecha de actualización: 04 de diciembre de 2020
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PRODUCTO: PRÉSTAMO NUEVO CRÉDITO MIVIVIENDA CON BONO DEL BUEN PAGADOR (BBP) Y BONO MIVIVIENDA SOSTENIBLE (BMS)A) EN CASO DE CUMPLIMIENTO (PRÉSTAMOS VIGENTES):
CONCEPTO PARAMETRO
Valor del Bien o Edificación (Vb): S/ 190,000
Tipo de edificación: Vivienda sostenible
Grado: G1
Cuota inicial (7.5%): S/ 14,250
Cuota inicial Bono del Buen Pagador (BBP):
S/ 18,300 Cuota inicial Bono MIVIVIENDA
Sostenible (BMS):
S/ 5,000
Monto del crédito a financiar: (P0) S/ 152,450
Período de gracia: (G) 30 días
Tasa de interés efectiva anual: (TEA) 10.95%
Tasa de seguro desgravamen: (tsd) 0.066% mensual
Modalidad de seguro de desgravamen Individual (Titular) Tasa de seguro del bien o inmueble: (tsb) 0.304% anual
Número de cuotas del crédito: (N) 180
Fecha de desembolso (FD) 30/12/2020
Fecha de pago de primera cuota (FP1) 26/02/2021
Frecuencia de pago Último día útil de cada mes
Comisión de envío de físico de E/C (Co) S/ 2.50
9. Cálculo del monto del crédito
1.4 Cálculo de la Cuota Inicial, de acuerdo con lo establecido por la ley vigente5.
El valor de la vivienda: desde S/ 60,000 hasta S/ 427,600.
Aporte: mínimo de 7.5% y máximo al 30% del valor de la vivienda. Fórmula:
Cuota Inicial = (Valor de la Vivienda) * (Aporte) Ejemplo:
Cuota Inicial = 190,000 * 7.5% Cuota Inicial = S/ 14,250
5 Según D.S. Nº 007-2020-VIVIENDA, vigente a partir de 16.05.2020, se dispuso como medida temporal reducir el aporte mínimo del cuota inicial a un nivel de 7.5% del valor de la vivienda. Esta medida será aplicada de manera excepcional hasta el 31.12.2020.
1.5 Cálculo del Bono del Buen Pagador de Vivienda Sostenible (BBP Sostenible) depende del valor de la vivienda según los rangos establecidos por ley:
Valor de vivienda BBP Tradicional* Premio PBP BBP Sostenible** Desde S/ 60,000 hasta S/ 85,700 S/ 24,000.00 S/ 0.00 S/ 29,000.00 Mayores S/ 85,700 hasta S/ 128,300 S/ 20,000.00 S/ 0.00 S/ 25,000.00 Mayores S/ 128,300 hasta S/ 213,800 S/ 18,300.00 S/ 0.00 S/ 23,300.00 Mayores S/ 213,800 hasta S/ 316,800 S/ 6,800.00 S/ 3,200.00 S/ 15,000.00 (*) Medida aplicada de manera excepcional y temporal según Decreto Supremo N° 007-2020-VIVIENDA (**) Se aplica S/ 5,000 a los valores del BBP de Vivienda Tradicional
El Bono del Buen Pagador de Vivienda Sostenible (BBP Sostenible) será de aplicación a los proyectos que cuenten con certificación sostenible. Se determina de acuerdo al nivel de certificación obtenida por el proyecto inmobiliario y al monto del financiamiento:
En nuestro ejemplo, dado que la edificación es del tipo “vivienda sostenible” y el valor del bien es de S/ 190,000, corresponde un bono de buen pagador de S/ 18,300 y adicionalmente un bono de vivienda sostenible de S/ 5,000; es decir, un BBP sostenible de S/ 23,300.
BBP Sostenible = S/ 23,300 1.6 Cálculo del monto del crédito:
Fórmula:
P0 = (Valor del Bien o Edificación) – (Cuota Inicial) – BBP Sostenible
Ejemplo:
P0= 190,000 – 14,250 - 23,300