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Convenio de Colaboración para la Adquisición de Sellos de Goma, que celebran por una parte la Secretaría de Desarrollo Económico, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, representada en este acto por Edgar Rosas Chávez, Director de Administración en dicha Dependencia, con la asistencia de Gustavo Jiménez Pérez, Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales, Gabriela Medina García J.U.D de Recursos Materiales y José Antonio Álvarez García, J.U.D. de Servicios Generales en lo sucesivo “Área Requirente y Administradora del Convenio” y como testigo Hugo Sebastián Gutiérrez Hernández Rojas, Director Jurídico, todos ellos servidores públicos de “La Secretaría” y por la otra parte la Entidad Paraestatal Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V., a la que en lo sucesivo se denominará “Comisa”, representada legalmente por el C. Francisco Castillo Ordaz, Apoderado Legal; mismas que de manera conjunta se les denominará como “Las Partes”; de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas:D E C L A R A C I O N E S
I. Declara “La Secretaría” por conducto de su representante:
I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública de la Ciudad de México, de conformidad con lo dispuesto por la fracción III del artículo 15 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, cuyas funciones son el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades económicas en los sectores industrial, comercial y de servicios, entre otras.
I.2. Que de conformidad con lo establecido en la Circular Uno 2015, numeral 4.1.2 Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, esta Secretaría no comete forma alguna de discriminación, sea por acción u omisión, por razones de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de
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salud, religión, opiniones, preferencia o identidad sexual o de género, estado civil, apariencia exterior o cualquier otra análoga, en la formalización de éste convenio.I.3. Que su representante
el
C. Edgar Rosas Chávez fue nombrado Director de Administración en “La Secretaría” por el otrora Oficial Mayor del entonces Distrito Federal Edgar Armando González Rojas, el 16 de enero de 2013, por lo que acredita su personalidad con el nombramiento respectivo. Asimismo manifiesta que las facultades que tiene conferidas, no le han sido revocadas.I.4.-Que mediante oficio número SEDECO/DJ/170/2015 de fecha 31 de marzo de 2015 el Director Jurídico de “La Secretaría”, hace del conocimiento que, atendiendo a lo establecido en los oficios números CJSL/DGJEL/1653/2014, OM/CGAA/DEAJ/000555/2014 y OM/DGRMSG/DA/266/2015 de fechas 07 y 23 de abril de 2014 y 24 de marzo de 2015, signados por la Directora Jurídica y de Estudios Legislativos, adscrita a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales así como el Director de Apoyo Jurídico y la Directora de Adquisiciones ambos de la Oficialía Mayor del entonces Distrito Federal, respectivamente; con fundamento en el artículo 101 G, fracciones X y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; el Director de Administración tiene facultades para suscribir contratos y convenios de adquisición, arrendamiento, prestación de servicios y aquellos documentos relacionados con los mismos, así como los actos que regula la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
El Director de Administración en “La Secretaría” suscribe el presente convenio única y exclusivamente en su carácter de representante, en atención a la personalidad jurídica que hace referencia la Declaración I.3, así como el párrafo que antecede.
I.5 Que requiere adquirir sellos de goma a fin de que las Unidades Administrativas de “La Secretaría” reciban los documentos que sean presentados en sus oficinas.
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I.6 Que el presente convenio se realiza de conformidad con lo establecido por el artículo 1°, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal que la parte conducente establece: “No estarán dentro del ámbito de aplicación de esta Ley, los contratos que celebren entre sí las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal…”.I.7 Que cuenta con la autorización de suficiencia presupuestal en la requisición número 12/05-16, y afecta la partida presupuestal 2111 “Materiales, útiles y equipos menores de oficina”.
I.8 Que señala como domicilio oficial el ubicado en Avenida Cuauhtémoc 898, primer piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II. Declara “Comisa”.
II.1. Que es una Entidad Paraestatal del Gobierno de la Ciudad de México, constituida de acuerdo con las leyes de nuestro país como Sociedad Anónima de Capital Variable, mediante escritura pública número 14,081 de fecha 8 de agosto de 1978, pasada ante la fe del Notario Público número 12 del Municipio de Tlalnepantla, Estado de México, Lic. Luis Ibarrola Cervantes y se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal bajo el número 377, a fojas 361, del tomo tercero, 1084, de la sección de comercio, el cinco de diciembre de 1978, así como en la relación de entidades paraestatales que forman parte de la Administración Pública de la Ciudad de México.
II.2. Que dentro de su objeto social se encuentra la impresión por cualquiera de los medios conocidos actualmente, por lo que en este acto pone sus servicios a disposición de “La Secretaría”, ya que cuenta con plena capacidad legal, técnica y económica para celebrar el presente convenio.
II.3. Que el C. Francisco Castillo Ordaz, se desempeña como Apoderado Legal de “Comisa” y que, acredita sus facultades para suscribir el presente convenio, con copia
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simple del Poder Notarial número 16,882 de fecha 14 de abril de 2016, pasada ante la fe del Notario Público número 210 de la Ciudad de México, Lic. Ricardo Cuevas Miguel, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio con el folio mercantil 9000349, el 15 de abril de 2016, dichas facultades no le han sido modificadas o revocadas en forma alguna. Así mismo, se identifica con credencial para votar número 0000026613403 expedida por el extinto Instituto Federal Electoral (IFE), hoy Instituto Nacional Electoral (INE).II.4. Que su Registro Federal de Contribuyentes es el número CMI780808H12, expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II.5- Manifiesta bajo protesta de decir verdad que de conformidad con lo que establece el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, está al corriente en el pago de sus impuestos, derechos, aprovechamientos y productos.
II.6. Que para el ejercicio y cumplimiento de los derechos y obligaciones a su cargo que se deriven del presente instrumento, señala como domicilio oficial el ubicado en la calle General Victoriano Zepeda Número 22, Colonia Observatorio, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11860, Ciudad de México.
III. Declaran “Las Partes”:
III.1. Que en este acto se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan y la capacidad legal para celebrar el presente convenio.
III.2. Que en virtud de las declaraciones que anteceden, es su deseo celebrar el presente convenio, obligándose recíprocamente en sus términos y someterse a lo dispuesto por los diversos ordenamientos encargados de regular los actos jurídicos de esta naturaleza.
III.3.- Que manifiestan bajo protesta de decir verdad que en este convenio no existe error, dolo, lesión, mala fe, violencia, ni vicio alguno del consentimiento y que lo celebran de acuerdo con su libre voluntad.
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Expuesto lo anterior, las partes se obligan al tenor de las siguientes:C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO.
“Las Partes” convienen que el objeto del presente instrumento es la adquisición de sellos de goma, mismos que “Comisa” se obliga a proporcionar a “La Secretaría” de conformidad con la solicitud, que para tal efecto le haga llegar “La Secretaría” a través de la Dirección de Administración.
SEGUNDA.- MONTO TOTAL DEL CONVENIO.
“La Secretaría” pagará a “Comisa” en concepto de la adquisición de sellos de goma, la cantidad de $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) cantidad que incluye el 16% del Impuesto al Valor Agregado.
TERCERA.- CONDICIONES Y FORMA DE PAGO.
"La Secretaría" pagará a “Comisa” por cada uno de los sellos requeridos, entregados conforme a lo pactado en el presente convenio y recibidos a su entera satisfacción, mismos que se acomparañarán de la documentación soporte que “Comisa” entregue a "La Secretaría" por los sellos de goma que ampare la factura con motivo del presente convenio.
Los pagos se efectuarán a través de cuentas por liquidar certificadas, transferencias electrónicas o cheque nominativo. este último deberá ser recogido en el domicilio que señale "La Secretaría", por la persona que “Comisa” previamente autorice para tal efecto.
El pago por los sellos proporcionados por “Comisa”, a entera satisfacción de “La Secretaría” no deberá exceder de treinta días calendario, a partir de la fecha de entrega del
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trabajo a satisfacción de "La Secretaría", y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.La o las facturas deberán elaborarse a nombre del Gobierno del Distrito Federal (GDF-SEDECO), R.F.C. GDF9712054NA y anotar como domicilio: Plaza de la Constitución s/n, Centro de la Ciudad de México, Área 1, Código Postal 06000, Ciudad de México.
“Comisa” deberá presentar las facturas en las oficinas de la J.U.D. de Servicios Generales por ser el “Área Requirente y Administradora del Convenio”, para que las valide con los bienes entregados a través de la remisión y/o supervisión o acta entrega firmada de conformidad; una vez validados los bienes y las facturas, se enviarán estas últimas a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.
“Las Partes” convienen en que para el supuesto que se realicen pagos en exceso a “Comisa”, ésta deberá reintegrar los remanentes, más los intereses correspondientes, conforme a una tasa que será igual a la establecida por el Código Fiscal del Distrito Federal.
CUARTA.- DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES.
La adquisición del material consistirá en sellos de goma para las diferentes áreas de la Secretaría de Desarrollo Económico.
QUINTA.- OBLIGACIONES DE “COMISA”.
A) Prestar por su cuenta y riesgo la elaboración de los sellos de goma objeto del presente instrumento legal.
B) Presentar a “La Secretaría” en un plazo breve las cotizaciones y plazos de entrega de los sellos solicitados por ésta.
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C) Elaborar todos los sellos de goma que le encomiende “La Secretaría”, previasolicitud correspondiente de “La Secretaría”, en los términos establecidos en el presente convenio.
D) Entregar a “La Secretaría”, los sellos de goma que ésta le encomiende, dentro del término que “Comisa” determine en las cotizaciones que se presenten a la “La Secretaría” y que esta última otorgue su aprobación.
E) Entregar la o las facturas debidamente requisitadas en la J.U.D. de Servicios Generales, “Área Requirente y Administradora del Convenio”, en “La Secretaría”, así como la documentación soporte (remisión), del trabajo de impresión a cobrar.
SEXTA.- OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”.
A) Aprobar en su caso las cotizaciones que “Comisa” presente con motivo de las solicitudes de adquisición de sellos de goma de “La Secretaría”.
B) En caso de aceptar la cotización, deberá a la brevedad, otorgar su visto bueno en el original mecánico del trabajo a imprimir en el sello de goma, ya que en caso de no contar con la aprobación de éste, no habrá posibilidad de iniciar la producción, sin que ello implique responsabilidad para “Comisa”.
C) Pagar en tiempo y forma el precio pactado en los términos señalados en cada una de las cotizaciones, aprobadas mediante el pedimento del servicio correspondiente, acorde a lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio.
D) Informar de inmediato y por escrito a “Comisa”, por conducto del Titular de la J.U.D. de Servicios Generales, “Área Requirente y Administradora del Convenio”, cualquier anomalía que se observe sobre la calidad de los bienes objeto del presente convenio, así como de los tiempos de entrega de los sellos de goma requeridos.
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SÉPTIMA.- INTERVENCIÓN DE LA SECRETARÍA.“La Secretaría”, a través de la J.U.D. de Servicios Generales, “Área Administradora del Convenio”, enviará a “Comisa” las solicitudes de elaboración de sellos de goma, por escrito o por algún medio electrónico o sistema.
OCTAVA.- ENTREGA DE LOS MATERIALES DE DIFUSIÓN Y/O BIENES.
“Comisa” estipulará en cada cotización que envíe a “La Secretaría”, los plazos de entrega de los sellos de goma, entregándolos en la oficina de la J.U.D. de Servicios Generales, “Área Requirente y Administradora del Convenio”, ubicada en Avenida Cuauhtémoc 899, primer piso, Colonia del Valle, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03100, Ciudad de México, debidamente empacado.
NOVENA.- VIGENCIA.
La vigencia del presente convenio comprende del 23 de mayo al 31 de diciembre de 2016.
DÉCIMA.- DE LAS RELACIONES LABORALES.
“Comisa” será el único responsable de las obligaciones derivadas de su relación laboral con el personal que designe para la elaboración de los sellos de goma que se compromete a entregar a “La Secretaría”, por lo que responderá a todas las reclamaciones o demandas que en materia civil, laboral, de seguridad social, fiscal e inclusive de derechos de autor, que presentare dicho personal en su contra o en contra de “La Secretaría”, no pudiendo considerársele como patrón solidario o sustituto, quedando fuera de toda responsabilidad en asuntos relacionados con el personal de “Comisa”, comprometiéndose a exentar de toda responsabilidad a “La Secretaría”.
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“Las Partes” convienen en que, a partir del inicio de la vigencia del presente Convenio, designarán a sus representantes, con el fin de que vigilen la correcta ejecución de sus obligaciones.DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES.
Las situaciones no previstas en el presente Convenio y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen en el mismo serán pactadas de común acuerdo por “Las Partes” y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir de la fecha de su suscripción.
DÉCIMA TERCERA.-. DE LA INTERPRETACIÓN.
“Las Partes” manifiestan que el presente instrumento es un producto de la intención de conjuntar esfuerzos y recursos, por lo que cualquier controversia derivada de la ejecución del mismo la resolverán, cuando sea posible, de común acuerdo a través del dialogo y la concertación.
DÉCIMA CUARTA.-. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
“Las Partes” manifiestan que la obligaciones y derechos contenidos en este instrumento legal, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento; sin embargo, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y cumplimiento del mismo, acuerdan someterse a los Tribunales competentes con circunscripción en la Ciudad de México, renunciando a la competencia y jurisdicción que pudiera corresponder en razón de sus domicilios presentes o futuros.
Enteradas las partes del contenido, efectos y alcance legal del presente instrumento legal, lo firman por triplicado en la Ciudad de México, el día 23 del mes de mayo de 2016.
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Por “La Secretaría” Por “Comisa”
Edgar Rosas Chávez Director de Administración
Francisco Castillo Ordaz
Apoderado Legal de Corporación Mexicana de Impresión S.A. de C.V.
Con la asistencia de:
Gustavo Jiménez Pérez
Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales
Gabriela Medina García J.U.D. de Recursos Materiales
José Antonio Álvarez García J.U.D. de Servicios Generales
“Área Requirente y Administradora del Convenio”
Testigo:
Hugo Sebastián Gutiérrez Hernández Rojas Director Jurídico
Esta foja de firmas es parte integrante del convenio número CONVENIO/SEDECO/08/2016, relativo a la Adquisición de Sellos de Goma para la Secretaría de Desarrollo Económico.