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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A CORUÑA

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL

DE A CORUÑA

Acta de la sesión ORDINARIA

celebrada por la EXCMA. CORPORACIÓN PROVINCIAL el 29 de mayo de 2009

(2)

Orden del día de los asuntos que se van a tratar en la sesión Plenaria ordinaria que se celebrará el viernes, día 29 de mayo de 2009, a las DOCE HORAS.

ASUNTOS Actas

1.-Toma de posesión de la diputada del PP doña Esther González Vázquez. 2.-Aprobación del acta de la sesión anterior, nº 4/09, de 24 de abril.

3.-Toma de conocimiento de las resoluciones dictadas por la Presidencia, de la nº 6.501 a la nº 8.700, de 2009.

4.-Proposición de la Presidencia sobre la renuncia al cargo del Diputado provincial Don Ricardo García-Borregón Millán.

Cooperación y Asistencia a Municipios

5.-Aprobación de la 2ª fase de la anualidad 2009 del Plan de Cooperación con los ayuntamientos (PCC) 2008/2011.

6.-Aprobación del proyecto reformado de la obra “CP 0514 Arteixo-Caión 8,65-10,25- CP 3003 0,36-0,83” del Ayuntamiento de Arteixo, incluida en el Programa de Red Viaria Local adicional 3/2008. Código: 08.2403.0511.0.

7.-Aprobación del proyecto reformado de la obra “Travesía Besada-Apeadero mg. Izdo.” del Ayuntamiento de Miño, incluida en el Plan de Obras y Servicios (POS) 2008. Código: 08.2100.0180.0.

8.-Aprobación del proyecto reformado de la obra “Saneamiento Pontenova-A Garea” del Ayuntamiento de Ames, incluida en el Plan de Obras y Servicios (POS) 2008. Código: 08.2100.0006.0.

9.-Aprobación de los proyectos reformados de las obras “Af. Acd. Pista Mazas-Quintas”, código: 07.3100.0251.0, y “Af. Acd. Pista Veiga Brea-Igrexa Luou”, código: 07.3100.0252.0, del Ayuntamiento de Teo, incluidas en el Plan de Cooperación Provincial (PCP) 2007.

10.-Aprobación de la modificación del proyecto de la obra “Saneamiento en Cervo” del Ayuntamiento de Cedeira, incluia en el Plan de Obras y Servicios (POS) 2009. Código: 09.2100.0073.0.

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11.-Formalización del convenio de colaboración entre la Diputación Provincial y el Ayuntamiento de Mesía para financiar las obras incluidas en el proyecto de instalación terreno de juego de hierba artificial en el campo de fútbol municipal de Visantoña. 12.-Formalización de un convenio de colaboración entre la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad de Santiago de Compostela y el Ilustre Colegio de Abogados y de Procuradores de Santiago de Compostela y la Diputación Provincial para financiar los gastos de realización de prácticas de alumnos de la Escuela de Práctica Jurídica en los departamentos de Urbanismo de los ayuntamientos de la provincia de A Coruña y de adquisición de material necesario para su ejecución (para el curso académico 2008/09 y 2009/10).

13.-Formalización de un convenio entre la Excma. Diputación Provincial de A Coruña y la Confederación Galega de Persoas con Discapacidade (COGAMI) para la cesión de uso de locales en el Colegio A Milagrosa.

14.-Aprobación definitiva del expediente de cesión de uso de la parcela nº 34 del Polígono Industrial de Sabón-Arteixo al Ayuntamiento de Arteixo para la construcción de instalaciones de equipamientos deportivos.

15.-Aprobación definitiva del expediente de alteración del cambio de calificación de la parcela nº 39 del Polígono de Sabón y aprobación inicial del expediente de cesión de uso al Ayuntamiento de Arteixo.

16.-Modificación de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares que habrán de regir para la contratación mediante procedimiento abierto con multiplicidad de criterios de valoración y contratación con un único criterio de valoración: factor precio, de las obras comprendidas en los planes provinciales.

17.-Aprobación de la segunda modificación del proyecto de la obra “Remodelación del Parque de Rosalía de Castro” del Ayuntamiento de Noia, incluida en el Plan de inversiones locales (PIL) 2005. Código 05.3200.0149.0

Infraestructuras viarias: vías y obras provinciales

18.-Modificación del acuerdo de aprobación provisional del Plan de Travesías 2008 1ª fase 2ª relación integrado por el proyecto “Mejora de la seguridad viaria de la E.P. 7304 de Xaras a Olveira, P.K. 1,64 a P.K. 3,99. Ribeira (0811300006.0).

19.-Aprobación del Plan de Vías Provinciales 2009 cuarta fase, integrado por los proyectos:

-Mejora de la seguridad viaria en la D.P. 3801 Sigüeiro a San Mauro (Oroso)

-Acondicionamiento de la D.P. 3404 Serra de Outes a Dumbría entre os PK 31+230 a 31+710 (Dumbría.

-Acondicionamiento de la D.P. 3404 de Serra de Outes a Dumbría. Tramo 1R: INT D.P: 3404 a INT AC-199 (DUMBRÍA).

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-Terminación de mejora de la seguridad viaria, D.P. 3802 de Ordes a Pontecarreira PK 0+560 al PK 2+140 (Ordes).

-Ampliación y mejora de la seguridad viaria en la D.P. 2205 San André de Teixido a A Pedra P.K. 0+000 a 1+560 (Cedeira).

Y solicitar a la Xunta de Galicia de declaración de la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las citadas obras.

20.-Aprobación inicial del Plan de Travesías 2009, 3ª fase integrado por los proyectos: -Travesía en la D.P. 5903 Ordes a Portomouro por Pontechonia remodelación y supresión de las barreras (Ordes).

-Mejora de la seguridad viaria DP 0604 PK 11+750 a PK 12+910 (Arzúa).

-Acondicionamiento de la DP 1202 de Trobe a intersección con la N-525 entre los PK 4+180 a 4+420 (Boqueixón).

-Mejora de la seguridad viaria en la DP 7401 Urdilde a Antequeira entre los PK 0+000 al 0+302 senda peatonal de Urdilde (Rois).

21.-Aprobación del Plan de Vías Provinciales 2009 quinta fase integrado por el proyecto “Seguridad viaria en la DP 3006 acceso a A Zapateira del PK 1+960 al 2+740 margen izquierdo”.

Economía, Hacienda y Especial de Cuentas

22.-Proyecto Dorna. (Desarrollo organizado y sostenible de recursos en el noroeste atlántico).

23.-Convenio con la Fundación Taller de Solidaridad, para la financiación de un proyecto de cooperación internacional al desarrollo en la República Democrática del Congo.

24.-Modificación de la Base 48ª de las de ejecución del Presupuesto Provincial del ejercicio 2009 referida a las subvenciones nominativas.

25.-Informe sobre la fiscalización posterior hecha a los recursos propios y de otros entes públicos correspondiente al ejercicio 2008.

26.-Actas de comprobación de los estados de situación a 31 de diciembre de 2008 y de las operaciones realizadas durante el ejercicio 2008 en las zonas recaudatorias.

27.-Propuesta de la prestación a los ayuntamientos de la provincia del Servicio de Instrucción de los expediente por sanciones municipales de tráfico.

Promoción Económica, Empleo y Turismo

28.-Aprobación del convenio con el Ayuntamiento de Boiro para promover la inversión en promociones turísticas.

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29.-Modificación del convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, sobre la financiación de los gastos, derivados del incremento de la plantilla del parque de bomberos de Santiago.

30.-Aprobación aportación provincial a la 1ª fase del Plan de ayuda a los ayuntamientos “Plan de renovación y mejora del Comercio Gallego”.

ACTUACIÓN DE CONTROL MOCIONES

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A CORUÑA

SESIÓN ORDINARIA DE LA EXCMA. CORPORACIÓN PROVINCIAL EN PLENO DEL 29 DE MAYO DE 2009

En el salón de sesiones del Palacio Provincial de A Coruña, el día 29 de mayo de 2009, se ha reunido la Excma. Corporación Provincial para celebrar sesión ordinaria.

CONCURRENTES

PRESIDE EL ILMO. SR.:

DON SALVADOR FERNÁNDEZ MOREDA PSOE

ASISTEN LOS SRES. DIPUTADOS SIGUIENTES:

DON JOSÉ ANTONIO BAAMONDE LÓPEZ PP

DON ALFONSO BALSEIRO GÓMEZ PP

DOÑA CARMEN BORBUJO MARTÍNEZ PP

DON XOÁN MANUEL CABO PÉREZ BNG

DON JOSÉ LUIS FERNÁNDEZ MOURIÑO PP

DON ADOLFO GACIO VÁZQUEZ PP

DOÑA MARÍA MONTSERRAT GARCÍA CHAVARRÍA PSOE

DON JOSÉ LUIS GARCÍA GARCÍA PSOE

DON JOSÉ LUIS GARCÍA GOROSTIZU PP

DON JOSÉ GARCÍA LIÑARES PSOE

DOÑA CARIDAD GONZÁLEZ CERVIÑO PSOE

DOÑA ESTHER GONZÁLEZ VÁZQUEZ PP

DON ANTONIO SALVADOR LAGARES PÉREZ PSOE

DON JOSÉ MANUEL LÓPEZ VARELA PP

DON JOSÉ FEDERICO NOGUEIRA FERNÁNDEZ PSOE

DOÑA ROSANA PÉREZ FERNÁNDEZ BNG

DON PEDRO PIÑEIRO HERMIDA PSOE

DON BERNARDINO H. RAMA SEOANE PSOE

DON JOSÉ MANUEL REY VARELA PP

DON XOÁN MANUEL SANDE MUÑIZ BNG

DON JOSÉ MANUEL SANTOS MANEIRO PP

DOÑA SILVIA SEIXAS NAIA BNG

DOÑA MARÍA DEL PILAR SOUTO IGLESIAS PSOE

DONA ÁNGELES VÁZQUEZ MEJUTO PP

DOÑA MARGARIDA VÁZQUEZ VERAS BNG

DON JESÚS VEIGA SABÍN PP

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DON PABLO VILLAMAR DÍAZ BNG No asisten los Sres. García-Borregón Millán y Pequeño Castro.

Actúa como secretaria accidental, doña Mª Amparo C. Taboada Gil, Oficial Mayor de la Corporación y está presente el Interventor General, don José Manuel Pardellas Rivera.

Abierto el acto a las doce horas y cinco minutos, el Sr. Secretario procede a leer los asuntos incluidos en el orden del día, en relación a los cuales, por unanimidad, excepto en los casos en que se indique, se adoptaron los siguientes acuerdos:

1.-TOMA DE POSESIÓN DE LA DIPUTADA DEL PP DOÑA ESTHER GONZÁLEZ VÁZQUEZ.

Sra. Secretaria Accidental

El pasado 8 de mayo se recibió en la Secretaría General de la Diputación una credencial expedida por el Presidente de la Junta Electoral Central en la que se acredita que fue designada diputada provincial doña Mª Esther González Vázquez en sustitución, por renuncia, de doña Pilar Farjas Abadía, por figurar como suplente en la lista de candidatos presentada por el Partido Popular a las elecciones locales de 27 de mayo de 2007.

Por otro lado, doña Mª Esther González Vázquez cumplió lo dispuesto en el artículo 75.7 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que señala que todos los miembros de las Corporaciones locales formularán antes de la toma de posesión declaración sobre causa de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o les pueda proporcionar ingresos económicos y formularán, así mismo, declaración de sus bienes patrimoniales.

La Sra. González Vázquez entra en el salón de sesiones y toma posesión de su cargo, jura el desempeño de éste leyendo la fórmula, se le impone seguidamente la medalla de la provincia como atributo de su cargo de diputada provincial.

Sr. Presidente

Vamos a continuar con el Pleno con el orden del día que ya conocen, y quiero pedirle disculpas a los Sres. y Sras. Diputados por presidir con estas gafas, no es un acto de descortesía, me acaban de operar el ojo derecho y tengo alguna molestia, así que disculpen ustedes.

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2.-APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR, Nº 4/09, DE 24 DE ABRIL.

Se presta aprobación al acta de la sesión anterior, nº 4/09, de 24 de abril.

3.-TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR LA PRESIDENCIA, DE LA Nº 6.501 A LA Nº 8.700, DE 2009.

La Corporación toma conocimiento de las resoluciones dictadas por la Presidencia, de la nº 6.501 a la nº 8.700, de 2009.

4.-PROPOSICIÓN DE LA PRESIDENCIA SOBRE LA RENUNCIA AL CARGO DEL DIPUTADO PROVINCIAL DON RICARDO GARCÍA-BORREGÓN MILLÁN.

Por unanimidad, se presta aprobación a la siguiente proposición de la Presidencia:

“1.- Tomar conocimiento de la renuncia presentada a su cargo por el diputado provincial don Ricardo García-Borregón Millán.

2.- Como consecuencia del punto anterior, declarar la vacante de diputado provincial. 3.- Poner en conocimiento de la Administración electoral la vacante existente, a los efectos de sustitución prevista en el artículo 208 de la Ley 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General.»

5.-APROBACIÓN DE LA 2ª FASE DE LA ANUALIDAD 2009 DEL PLAN DE COOPERACIÓN CON LOS AYUNTAMIENTOS (PCC) 2008/2011.

Por unanimidad, se presta aprobación al siguiente dictamen de la Comisión: “Vistos los proyectos y demas documentación presentados por los ayuntamientos de la provincia destinatarios del Plan de cooperación cos concellos (PCC) 2008-2011, cuyas Bases reguladoras fueron aprobadas mediante acuerdo plenario de 30 de mayo de 2008 y publicadas en BOP nº 128 de 5 de junio de 2008,

1.- Aprobar a 2ª fase de la anualidad 2009 do Plan de cooperación cos concellos (PCC) 2008-2011 cuyas cifras globales de financiación son las que se indican a continuación, y cuya relación de obras figura en el Anexo I a este acuerdo:

Nº de obras 11

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FINANCIACIÓN

Aportación municipal 132.048,11

Aportación Diputación 1.883.914,26

Total 2.015.962,37

2.- Aprobar los correspondientes proyectos.

3.- La contratación y la ejecución de las obras se realizará por los ayuntamientos de acuerdo con las instruciones que figuran en las bases 7, 8 e 9 de las reguladoras del Plan.

4.- Disponer la exposición pública mediante la inserción de un anuncio en el BOP para los efectos de que durante un plazo de 10 días se puedan presentar las alegaciones o reclamaciones que se consideren oportunas.

5.- Remitir el expediente a la Xunta de Galicia y a la Comisión Galega de Cooperación Local para los efectos de la coordinación prevista en la Ley de Administración Local de Galicia.

6.- Una vez transcurrido el indicado plazo de 10 días de exposición pública y remisión a informe, sin que se presentaran reclamaciones o alegaciones, se considerará definitivamente aprobado el Plan.”

PCC- PLAN DE COOPERACIÓN CON LOS AYUNTAMIENTOS 2008/2011

2ª Fase de la anualidade 2009

Anexo 1: Obras de la 2ª fase anualidad 2009 del Plan de Cooperación Provincial (PCC) 2008/2011

AYUNAMIENTO Código de obra DENOMINACIÓN DIPUTACIÓN AYTO. TOTAL

ABEGONDO 09. 3300. 0093. 0 ABASTECIMIENTO AGUA A MONTOUTO 116.959,15 12.995,46 129.954,61

116.959,15 12.995,46 129.954,61

CABANA 09. 3300. 0094. 0 AMPL.RED SAN.ABAST. AGUA CESULLAS 165.551,73 18.403,68 183.955,41

165.551,73 18.403,68 183.955,41

CARNOTA 09. 3300. 0095. 0 AMPL.RED SAN. LIRA. TRAMO AGROBELLO 90.000,00 10.000,00 100.000,00

90.000,00 10.000,00 100.000,00 CURTIS 09. 3300. 0096. 0 ABAST. Y SAN. EN CURTIS, CIENCASAS Y OTROS 115.213,61 6.977,22 122.190,83 09. 3300. 0097. 0 ABAST. Y SAN. EN AS MINGUEIRAS, GODULFES Y O. 115.213,61 14.005,41 129.219,02

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230.427,22 20.982,63 251.409,85

IRIXOA 09. 3300. 0098. 0 ABAST. AGUA EN AMBROA Y A VIÑA 294.141,48 15.481,14 309.622,62

294.141,48 15.481,14 309.622,62

LOUSAME 09. 3300. 0099. 0 SANEAMIENTO EN CERQUIDES Y CASTRO 92.865,79 7.134,21 100.000,00

92.865,79 7.134,21 100.000,00

OZA DOS RIOS 09. 3300. 0100. 0

MEJORA RED

MUNICIPAL AGUAS EN

OZA 189.998,31 9.999,91 199.998,22

189.998,31 9.999,91 199.998,22

SANTISO 09. 3300. 0101. 0 SANEAMIENTO EN MOURAZOS 96.302,06 5.068,53 101.370,59

96.302,06 5.068,53 101.370,59

VAL DO DUBRA 09. 3300. 0102. 0 CAPTACIÓN Y DEPOSITO EN RIAL Y OTRO 498.078,94 26.214,68 524.293,62

498.078,94 26.214,68 524.293,62

VILARMAIOR 09. 3300. 0103. 0

AMPL. RED ABAST. TORRES-DOROÑA-LIÑARES 109.589,58 5.767,87 115.357,45 109.589,58 5.767,87 115.357,45 TOTAL ACUMULADO 1.883.914,26 132.048,11 2.015.962,37 AYUNTAMIENTOS NUMERO DE 10 NUMERO DE OBRAS 11

6.-APROBACIÓN DEL PROYECTO REFORMADO DE LA OBRA “CP 0514 ARTEIXO-CAIÓN 8,65-10,25- CP 3003 0,36-0,83” DEL AYUNTAMIENTO DE ARTEIXO, INCLUIDA EN EL PROGRAMA DE RED VIARIA LOCAL ADICIONAL 3/2008. CÓDIGO: 08.2403.0511.0.

Por unanimidad, se presta aprobación al siguiente dictamen de la Comisión: “Visto el proyecto reformado de la obra "CP 0514 Arteixo-Caión 8,65-10,25 -CP 3003 0,36-0,83" del ayuntamiento de Arteixo, incluida en el Programa de Red Viaria Local adicional 3/2008. Código: 08.2403.0511.0, que fue presentado por el director de las obras, y que representa un incremento en su presupuesto de contrata.

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1º.- Aprobar por un importe total de 170.596,30 € el proyecto reformado de la obra "CP 0514 Arteixo-Caión 8,65-10,25 -CP 3003 0,36-0,83" del ayuntamiento de Arteixo, incluida en el Programa da Red Viaria Local adicional 3/2008, código: 08.2403.0511.0, que fue aprobado mediante Resolución de la Presidencia de 28 de noviembre de 2008.

2º.- Aprobar, asimismo, la modificación de su financiación debido al incremento experimentado en el presupuesto del proyecto reformado que representa la cantidad de 24.026,82 € a precios de contrata, siendo el incremento de 17.539,53 € a precios de adjudicación, (código: 08.2403.0511.1). El incremento se financia íntegramente por la Diputación con cargo a la partida 0501/511E/60101 del presupuesto provincial vigente que corresponde a la Red Viaria Local, y en la que existe saldo suficiente para financiar el incremento experimentado por el proyecto reformado.

Así los datos de financiación total de la obra quedan como sigue: CP 0514 Arteixo-Caión 8,65-10,25-CP 3003 0,36-0,83

Proyecto inicial Proyecto reformado Diferencia

08.2403.0511.0 08.2403.0511.1

Diputación f. Propios 146.569,48 170.596,3 24.026,82

Estado 0 0 0

TOTAL 146.569,48 170.596,3 24.026,82

3º.- Disponer la exposición pública mediante la inserción de un anuncio en el BOP a efectos de que durante el plazo de 10 días puedan presentarse las alegaciones o reclamaciones que se consideren oportunas.

4º.- Remitir el expediente a la Xunta de Galicia y a la Comisión Gallega de Cooperación Local para los efectos de la coordinación prevista en los arts. 112 y 188 y siguientes de la Lei 5/1997, de Administración Local de Galicia.

5º.- Una vez transcurrido el indicado plazo de 10 días de exposición pública y remisión a informe, sin que se presenten reclamaciones o alegaciones, se podrán proseguir las actuaciones.”

7.-APROBACIÓN DEL PROYECTO REFORMADO DE LA OBRA “TRAVESÍA BESADA-APEADERO MG. IZDO.” DEL AYUNTAMIENTO DE MIÑO, INCLUIDA EN EL PLAN DE OBRAS Y SERVICIOS (POS) 2008. CÓDIGO: 08.2100.0180.0.

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“Aprobar el proyecto reformado de la obra "Travesía Besada-Apeadero mg. izdo." (código:08.2100. 0180.0) del Ayuntamiento de Miño, incluida en el POS 2008, con un presupuesto de contrata de 203.337,95 €, que aunque no supone modificación de su presupuesto total ni cambio da finalidad de la obra, sí implica una variación interna de partidas presupuestarias superior al 30%.”

Código Ayuntamiento Denominación Diputación F.propios

Diputación Préstamo

Estado Ayuntamiento Presupuesto Total 08.2100.0180.0 Miño Travesía

Besada-Apeadero mg. izdo. 85.830,23 59.084,55 24.576,19 33.846,98 203.337,95

8.-APROBACIÓN DEL PROYECTO REFORMADO DE LA OBRA “SANEAMIENTO PONTENOVA-A GAREA” DEL AYUNTAMIENTO DE AMES, INCLUIDA EN EL PLAN DE OBRAS Y SERVICIOS (POS) 2008. CÓDIGO: 08.2100.0006.0.

Por unanimidad, se presta aprobación al siguiente dictamen de la Comisión: “Aprobar el proyecto reformado de la obra "Saneamiento Pontenova-A Garea" (código:08.2100.0006.0) del ayuntamiento de Ames, incluida en el POS 2008, con un presupuesto de contrata de 155.885,73 €, que aunque no supone modificación de su presupuesto total ni cambio de la finalidad de la obra, sí implica alteración del trazado inicial previsto en el proyecto original.”

Código Ayuntamiento Denominación Diputación F. Propios

Diputación Préstamo

Estado Ayuntamiento Presupuesto Total 08.2100.0006.0 Ames Saneamiento

Pontenova-A Garea 65.430,65 45.041,72 18.735,08 26.678,28 155.885,73

9.-APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS REFORMADOS DE LAS OBRAS “AF. ACD. PISTA MAZAS-QUINTAS”, CÓDIGO: 07.3100.0251.0, Y “AF. ACD. PISTA VEIGA BREA-IGREXA LUOU”, CÓDIGO: 07.3100.0252.0, DEL AYUNTAMIENTO DE TEO, INCLUIDAS EN EL PLAN DE COOPERACIÓN PROVINCIAL (PCP) 2007.

Por unanimidad, se presta aprobación al siguiente dictamen de la Comisión: "Vistos los proxectos reformados de las obras "Af. acd. pista Mazas-Quintas", código: 07.3100.0251.0, y "Af. acd. pista Veiga Brea-Igrexa Luou", código: 07.3100.0251.0, del Ayuntamiento de Teo, incluídas en el Plan de cooperación provincial (PCP) 2007 que fueron presentados por el Concello de Teo y que representan una minoración en sus presupuestos de contrata.

1º.- Aprobar el proyecto reformado de la obra "Af. acd. pista Mazas-Quintas", del Ayuntamiento de Teo, incluída en el Plan de Cooperación provincial 2007 (Código: 07.3100.0251.0), que fue aprobado mediante acuerdo plenario adoptado el 24 de mayo de 2007 con un presupuesto de 49.838,70 € sobre presupuesto de contrata y 37.384,00

(13)

€ sobre presupuesto de adjudicación, y que supone una disminución, en relación con el presupuesto inicialmente aprobado, por importe de 5.530,27 € sobre presupuesto de contrata y 4.148,26 € sobre presupuesto de adjudicación.

"Af. acd. pista Mazas-Quintas" Ayuntamiento de Teo (Código

07.3100.0251.0)

Presupuesto Proyecto Inicial a precios de contrata

Presupuesto

reformado a precios de contrata

Diferencia

Diputación f.p. 55.368,97 49.838,7 -5.530,27

TOTAL 55.368,97 49.838,7 -5.530,27

2º.- Aprobar el proyecto reformado de la obra "Af. acd. pista Veiga Brea-Igrexa Luou", del Ayuntamiento de Teo, incluída en el Plan de Cooperación provincial 2007 (Código: 07.3100.0252.0) que fue aprobado mediante acordo plenario adoptado el 24 de mayo de 2007 con un presupuesto de 41.465,00 € sobre presupuesto de contrata y de 31.500,96 € sobre presupuesto de adjudicación, y que supone una disminución, en relación con el presupuesto inicialmente aprobado, por importe de 4.019,08 € sobre presupuesto de contrata y de 3.053,29 € sobre presupuesto de adjudicación.

"Af. acd. pista Veiga Brea-Igrexa Luou" Ayuntamiento de Teo (Código

07.3100.0252.0) Presupuesto Proyecto Inicial a precios de contrata reformado a precios de contrata Presupuesto Diferencia

Diputación f.p. 45.484,08 41.465 -4.019,08

TOTAL 45.484,08 41.465 -4.019,08

3º.- Disponer la exposición pública mediante la inserción de un anuncio en el BOP a efectos de que durante el plazo de 10 días puedan presentarse las alegaciones o reclamaciones que se consideren oportunas.

4º.- Una vez transcurrido el indicado plazo de 10 días de exposición pública y remisión a informe, sin que se presentasen reclamaciones o alegaciones, se podrán proseguir las actuaciones."

10.-APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE LA OBRA “SANEAMIENTO EN CERVO” DEL AYUNTAMIENTO DE CEDEIRA, INCLUIA EN EL PLAN DE OBRAS Y SERVICIOS (POS) 2009. CÓDIGO: 09.2100.0073.0.

Por unanimidad, se presta aprobación al siguiente dictamen de la Comisión: “Aprobar la modificación del proyecto de la obra "Saneamiento en Cervo" del Ayuntamiento de Cedeira, incluida en el Plan de Obras y servicios (POS) 2009, código: 09.2100.0073.0, que no representa variación en su presupuesto total ni cambia su objeto, pero implica una alteración del contenido del proyecto al modificar el lugar de ubicación de la EDAR inicialmente previsto."

Código Ayuntamiento Denominación Diputación F. Propios

Diputación Préstamo

Estado Ayuntamiento Presupuesto Total 09.2100.0073.0 Cedeira Saneamiento en Cervo 39.719,58 27.881,47 11.742,91 4.176,04 83.520

(14)

11.-FORMALIZACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL Y EL AYUNTAMIENTO DE MESÍA PARA FINANCIAR LAS OBRAS INCLUIDAS EN EL PROYECTO DE INSTALACIÓN TERRENO DE JUEGO DE HIERBA ARTIFICIAL EN EL CAMPO DE FÚTBOL MUNICIPAL DE VISANTOÑA.

Por unanimidad, se presta aprobación al siguiente dictamen de la Comisión: “Considerando que concurren circunstancias de interés provincial que justifican la excepcionalidad para la formalización del convenio, atendiendo al objeto y finalidad de la actividad a realizar:

Aprobar la formalización de un Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial y el Ayuntamiento de Mesía para financiar las obras incluidas en el proyecto de instalación área de juego de hierba artificial en el campo de fútbol municipal de Visantoña, con una aportación de la Diputación Provincial de 158.000,00 euros, lo que supone un porcentaje de financiación del 82,96 %, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 0202/432Y/762.01.”

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A CORUÑA Y EL AYUNTAMIENTO O DE MESIA PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN EL PROYECTO DE INSTALACION ÁREA DE JUEGO DE HIERBA ARTIFICIAL EN EL CAMPO DE FUTBOL MUNICIPAL DE VISANTOÑA

En A Coruña, a Reunidos

De una parte el Excmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de A Coruña, Don Salvador Fernández Moreda

Y de otra parte Sr. Mariano Iglesias Castro, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Mesia.

Los comparecientes intervienen en uso de las facultades que, por razón de sus cargos, les están atribuidas

M A N I F I E S T A N

Dado el interés coincidente de la Diputación y del Ayuntamiento de Mesia, ambas partes

A C U E R D A N

Formalizar el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN conforme a las siguientes cláusulas:

I- OBJETO

El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre la Diputación de A Coruña y el Ayuntamiento de Mesía para la financiación de la obra PROYECTO DE INSTALACION ÁREA DE JUEGO DE HIERBA ARTIFICIAL

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EN EL CAMPO DE FUTBOL MUNICIPAL DE VISANTOÑA, tal como aparece definida la misma en el proyecto redactado por Julio C. Rojo Martínez, (Ingeniero de Caminos col. Nº 3871).

El Ayuntamiento de Mesía, en su condición de promotor de la obra, se obliga a obtener con carácter previo las autorizaciones administrativas que fuesen necesarias, y a satisfacer las tasas e impuestos que se devenguen por tal causa.

II.- PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.

El presupuesto total de la ejecución de contrata de la obra, según el proyecto técnico al que se hace referencia en la cláusula anterior, desglosado con el siguiente detalle:

P. E.M: 296905,60 euros

GASTOS GENERALES : 38597,73 euros BENEFICIO INDUSTRIAL: 17814,34 euros

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO: 56530,83 euros

PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA: 409848,50 euros

III.- FINANCIACIÓN PROVINCIAL Y OTROS INGRESOS QUE SE OBTENGAN O APORTEN PARA LA MISMA FINALIDAD .

1. La Diputación de A Coruña financiará el presupuesto de las obras, tal como se define en la cláusula anterior, con una aportación máxima de 340000,00 euros, lo que representa un porcentaje del 82,96%.

2. En el caso de que el gasto justificado no alcanzase el importe total previsto en la cláusula segunda, la Diputación sólo aportará el importe que represente el 100% de la cantidad efectivamente justificada. Ahora bien, si la cantidad justificada resulta inferior al 75 por ciento del presupuesto previsto en la cláusula segunda, se entenderá que la finalidad básica de la subvención no fue cumplida y se perderá el derecho al cobro de la misma.

3. La Diputación Provincial financiará exclusivamente los gastos derivados del contrato de ejecución de las obras y, así pues, no serán subvencionables los gastos redacción de proyectos, tributos devengados por la obtención de licencias, dirección de las obras, coordinación de seguridad y salud, control de calidad, etc). Tampoco se financiarán los incrementos de gasto derivados de modificados, reformados o liquidaciones de la obra. 4. El importe de la financiación provincial se hará efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 0202/432E/762.01, en la que la Intervención provincial ha certificado que existe crédito suficiente sobre el que se ha contabilizado la correspondiente retención de crédito.

5. La subvención de la Diputación es compatible con la percepción de otras subvenciones o ayudas, públicas o privadas, que la entidad beneficiaria obtenga para la misma finalidad, siempre que su importe, junto con el de la subvención provincial, no supere en ningún caso el importe total del gasto efectivamente justificado.

6. En el caso de que la concurrencia de ayudas o subvenciones supere el importe del gasto efectivamente justificado, se minorará la aportación provincial en el importe necesario para darle estricto cumplimiento al apartado anterior.

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1. En la condición de promotor, le corresponderá al Ayuntamiento de Mesía el otorgamiento del contrato de ejecución de las obras descritas en el proyecto al que hace referencia la cláusula primera.

2. En el procedimiento de contratación, el Ayuntamiento de Mesia ajustará toda su actuación a lo dipuesto en la legislación de contratos del sector público, y con arreglo a los pliegos tipo aprobados por la Diputación Provincial de A Coruña.

V.- PUBLICIDAD DE LA FINANCIACIÓN PROVINCIAL.

1.Durante la ejecución de las obras y hasta su final y recepción, el Ayuntamiento de Mesía estará obligado a colocar un cartel que sea visible al menos a una distancia de 25 metros en el que, sin perjuicio de otras indicaciones, figure el anagrama de la Diputación y el importe de la subvención concedida.

2. Terminada la obra, se deberá colocar una placa en lugar visible en la que se deje constancia de la fecha de inauguración de la obra y de la financiación provincial. El texto estará redactado en gallego.

VI.- LA JUSTIFICACIÓN NECESARIA PARA RECIBIR LA APORTACIÓN PROVINCIAL.

1. La aportación de la Diputación le será abonada al Ayuntamiento de Mesía a medida que se vayan expidiendo las correspondientes certificaciones de obra, aplicándose sobre su importe el coeficiente de financiación provincial. A tal efecto, el Ayuntamiento de Mesia deberá aportar la siguiente documentación (documentos originales o, en su caso, debidamente compulsados):

·Certificación del acuerdo de aprobación de la certificación de obra y del reconocimiento de la obligación, expedida por el órgano competente.

·Original o copia compulsada de la certificación de obra y de la factura

·Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según lo dispuesto en la cláusula OCTAVA.

·Declaración de otras ayudas o subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad

·Designación de cuenta bancaria en el modelo aprobado por la Diputación Provincial y debidamente certificado por la entidad financiera.

2. Al mismo tiempo, con la última certificación de obra, se deberá aportar acta de recepción y acreditación, en su caso, del cumplimiento de las obligaciones de publicidad previstas en la cláusula QUINTA (mediante la presentación de fotografías diligenciadas en el reverso).

VII.- TÉRMINO PARA LA FINALIZACIÓN DE LAS OBRAS Y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.

1. Las obras que son objeto de financiación provincial, tal como están descritas en el proyecto técnico indicado en la cláusula PRIMERA, deberán estar terminadas al menos TRES MESES antes del vencimiento del período de vigencia del presente convenio establecido en la cláusula DÉCIMOTERCERA.

2. Una vez terminadas las obras, el Ayuntamiento de Mesía deberá presentar la justificación documental a la que se refiere la cláusula SEXTA en el plazo máximo DE

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UN MES a contar a partir de la finalización de aquellas y, en cualquier caso, DOS MESES antes del vencimiento del período de vigencia del convenio establecido en la cláusula NOVENA.

3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.3 del Reglamento de la Ley de subvenciones (Real decreto 887/2006, del 21 de julio), transcurrido este último plazo sin que se haya recibido justificación alguna, la Unidad gestora le remitirá un requerimiento al Ayuntamiento de Mesía para que la presente en el plazo improrrogable de QUINCE DÍAS. La falta de justificación de la subvención en este plazo excepcional conllevará la pérdida de la subvenciones y demás responsabilidades previstas en este convenio y en la legislación aplicable al respecto. Aún así, la presentación de la justificación en este plazo adicional no eximirá al Ayuntamiento de Mesía de la sanción que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de subvenciones y en la Base 54.6ª de las de ejecución del Presupuesto de la Diputación, le pueda corresponder.

4. El abono de la subvención se materializará mediante ingreso en la cuenta de la entidad financiera indicada por el Ayuntamiento de Mesia en la documentación aportada. Y si hubieran transcurrido más de cuatro meses desde la adecuada y correcta justificación de los compromisos adquiridos sin que hubiera cobrado el importe que le corresponda, el Ayuntamiento de Mesía tendrá derecho al abono de los intereses de demora, al tipo de interés legal, que se devenguen desde la finalización del plazo de cuatro meses hasta el momento en el que se haga efectivo el pago.

VIII.- CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y SU ACREDITACIÓN.

1. El Ayuntamiento de Mesía deberá estar al día, con carácter previo a la firma de este convenio, y luego, con carácter previo al pago de la subvención, en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, con la Comunidad autónoma, con la Diputación Provincial de A Coruña, y con la Seguridad Social.

2. La acreditación del cumplimiento de dichas obligaciones podrá realizarse mediante declaración responsable expedida autorizada por el órgano competente, mediante la presentación de los correspondientes certificado o bien autorizando a la Diputación a que obtenga telemáticamente los correspondientes certificados.

3. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Diputación Provincial se determinará de oficio por estas.

IX.- DESTINO Y MANEJO DE LOS FONDOS RECIBIDOS.

1. El Ayuntamiento de Mesia destinará los fondos recibidos al pago de los justificantes de gasto presentados.

2. Con el fin de garantizar un adecuado control de la aplicación de los fondos, el pago deberá quedar acreditado documentalmente mediante la utilización de transferencia bancaria, tarjeta de débito o crédito, cheque nominativo o cualquier otro medio que deje constancia de la fecha de pago y de la identidad del perceptor. Sólo excepcionalmente se podrá realizar el pago en metálico para gastos de hasta 150,00€, en los que no resulte imposible la utilización de uno de los medios anteriormente indicados.

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X.- CONTROL FINANCIERO DE LA DIPUTACIÓN Y DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL EXTERNO.

1. Conforme a lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y en los artículos 41 y siguientes de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia, el Ayuntamiento de Mesía podrá ser escogido por la Intervención provincial para la realización de un control financiero sobre la subvención pagada, con el fin de acreditar la efectiva aplicación de los fondos a la finalidad para la que fueron concedidos, la correcto financiación de la actividad y el cumplimiento de todas las demás obligaciones formales y materiales que le impone el presente convenio de colaboración.

2. Al mismo tiempo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 6/1985, de 24 de junio, del Consello de Contas de Galicia, el Ayuntamiento de Mesía queda sometida a los procedimientos de fiscalización que lleven a cabo el Consello de Contas de Galicia o, en su caso, según lo previsto en la Ley orgánica 2/1982, de 12 de mayo, a los procedimientos de enjuiciamiento contable que pueda incoar el Tribunal de Cuentas, y a cualquier otro órgano de control, nacional o europeo.

XI.- REINTEGRO, INFRACCIONES Y SANCIONES.

1. El incumplimiento de alguna de las cláusulas previstas en el presente convenio de colaboración podrá conllevar la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como al pago de los intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se conforme la procedencia del reintegro. El procedimiento de reintegro se iniciará de oficio en su tramitación se seguirá lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y en los artículos 91 y siguientes de su Reglamento (R.D.887/2006, del 21 de julio), dándole en todo caso audiencia al interesado.

2. Sin perjuicio de lo anterior, dicho incumplimiento también podrá ser constitutivo de alguna de las infracciones tipificadas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, o en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, siéndole de aplicación el cuadro de sanciones previstos en las normas citadas y en la Base 54ª de las de Ejecución del Presupuesto de la Diputación.

3. De conformidad con lo dispuesto en la Base 54.6 de las de Ejecución del Presupuesto de la Diputación, el retraso en la realización de las obras conllevará una sanción de un 10 por 100 del importe de la subvención con el límite de 75,00 € si el retraso no excede de tres meses. Si el retraso en la realización de las obras actividad excede de tres meses, la sanción será de un 20 por 100 de la subvención otorgada con el límite de 150,00 €. 4. Y si el retraso se produce en el plazo de justificación y no excede de un mes, la sanción prevista en la Ley se impondrá en el grado mínimo y será del 10 por 100 del importe de la subvención otorgada con el límite de 75,00 €. Si excede de un mes y no llegase a tres, la sanción se impondrá en su grado medio y será del 20 por 100 del importe de la subvención otorgada con el límite de 400,00 €. Y si la extemporaneidad de la justificación excede de tres meses, la sanción se impondrá en su grado máximo y supondrá el 30 por 100 del importe de la subvención, sin que pueda superar el importe de 900,00 €.

XII.- INCORPORACIÓN AL REGISTRO PÚBLICO DE SUBVENCIONES Y PUBLICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA.

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1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y demás normativa de desarrollo, los datos de la subvención concedida y la identificación del Ayuntamiento de Mesia serán remitidas a la Intervención general del Estado, para que sean incorporados a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con la exclusiva finalidad prevista en dicho precepto.

2. Al mismo tiempo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia, la Diputación le remitirá la misma información a la Consellería de Economía e Facenda, con fines de que la incorpore al Registro público de ayudas, subvenciones y convenios de la Comunidad Autónoma de Galicia.

3.Según lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, la concesión de la subvención al Ayuntamiento de Mesía será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña y en la página web dicoruna.es

4. Un ejemplar de este convenio, debidamente firmado, será incorporado al Registro de convenios que depende del Servicio de Patrimonio y Contratación de la Diputación. XIII.- VIGENCIA DEL CONVENIO, PRÓRROGA O MODIFICACIÓN.

1. El presente convenio de colaboración producirá efectos desde su firma y conservará su vigencia durante el plazo de un año a contar a partir de la firma del presente convenio.

2. Previa solicitud del Ayuntamiento de Mesía, realizada al menos dos meses antes de la fecha indicada anteriormente, el convenio podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de ambas partes tomado antes de que expire su vigencia inicial y previos los informes preceptivos de la Unidad gestora, del Servicio de Patrimonio y Contratación, de la Secretaría y de la Intervención de la Diputación.

3. También por acuerdo expreso de ambas partes y por causa debidamente justificada, y previos los mismos informes indicados en el apartado anterior, el convenio podrá ser objeto de modificación.

XIV.- NATURALEZA, INTERPRETACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.

1, El presente convenio tiene naturaleza administrativa y para resolver las dudas que surjan en la interpretación de sus cláusulas se aplicarán las disposiciones contenidas en la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, general de Subvenciones, y en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia. Supletoriamente se aplicará la legislación de contratos del sector público.

2. Para el seguimiento coordinado de la ejecución del presente convenio se creará una comisión de seguimiento formada por dos representantes de cada una de las instituciones nombrados por el Presidente de la Diputación y el del Ayuntamiento de Mesía, respectivamente.

3. Le corresponderá a los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa, según la distribución de competencias prevista en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, el conocimiento de las cuestiones litigiosas que puedan surgir como consecuencia del presente convenio.

Se hace constar que el presente convenio fue aprobado por Resolución de la Presidencia de fecha de de dos mil ocho.Y en prueba de conformidad, firman por cuadruplicado ejemplar el presente convenio, en el lugar y fecha indicados en el

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encabezamiento.

EL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A CORUÑA

EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MESÍA

Fdo.: Salvador Fernández Moreda Fdo.: Mariano Iglesias Castro

12.-FORMALIZACIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA DE LA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA Y EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS Y DE PROCURADORES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL PARA FINANCIAR LOS GASTOS DE REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE ALUMNOS DE LA ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA EN LOS DEPARTAMENTOS DE URBANISMO DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE A CORUÑA Y DE ADQUISICIÓN DE MATERIAL NECESARIO PARA SU EJECUCIÓN (PARA EL CURSO ACADÉMICO 2008/09 Y 2009/10).

Por unanimidad, se presta aprobación al siguiente dictamen de la Comisión: “Considerando que concurren circunstancias de interés provincial que justifican la excepcionalidad para la formalización del convenio, atendiendo al objeto y finalidad de la actividad a realizar:

Aprobar la formalización de un Convenio de colaboración entre la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad de Santiago de Compostela y el Ilustre Colegio de Abogados y de Procuradores de Santiago de Compostela y la Diputación Provincial para financiar los gastos de la realización de prácticas de alumnos de la Escuela de Práctica Jurídica en los Departamentos de Urbanismo de los ayuntamientos de la provincia de A Coruña y de adquisición de material necesario para su ejecución (para el curso académico 2008/09 y 2009/10), con una aportación de la Diputación Provincial de 96.000,00 euros, lo que supone un porcentaje de financiación del 100%, que se financiará:

- 9.000 euros (4.500 euros para la anualidad de 2009 y 4.500 euros para la anualidad de 2010) con cargo a la aplicación presupuestaria 0202/451F/789/01

- 87.000 euros (43.500 euros para la anualidad de 2009 y 43.500 euros para la anualidad de 2010) con cargo a la aplicación presupuestaria 0202/451F/489.01”

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA DE LA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA Y DE LOS ILUSTRES COLEGIOS DE ABOGADOS Y DE PROCURADORES DE SANTIAGO DE

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COMPOSTELA Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL PARA FINANCIAR LOS GASTOS DE LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE ALUMNOS DE LA ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA EN LOS DEPARTAMENTOS DE URBANISMO DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE A CORUÑA Y DE ADQUISICIÓN DE MATERIAL NECESARIO PARA SU EJECUCIÓN (para el curso académico 2008/09 y 2009/10)

En A Coruña, la de 2009. . REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Senén Barro Ameneiro, Rector Magnífico de la Universidad de Santiago de Compostela y representante legal de este según lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el artículo 87 de los Estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela (Decreto 28/2004, de 22 de enero del Xunta de Galicia); y el Excmo. Sr D. Evaristo Nogueira Pol, Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Santiago de Compostela, facultado por el artículo 48.2º del Estatuto General de la Abogacía Española (RD 658/2001,de 22 de junio). Ambos actúan en calidad de Presidentes del Consejo Directivo de la Escuela de Práctica Jurídica de Santiago de Compostela, a tenor del dispuesto en la cláusula sexta del convenio de colaboración firmado entre ambas instituciones el 29 de noviembre de 1994.

De otra parte, el Excmo. Sr. D Jesús Salvador Fernández Moreda, Presidente de la Excma. Diputación de A Coruña, actuando en el ejercicio de las competencias atribuidas, por la Ley 7/1985, del 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, del 18 de abril.

Todas las partes se reconocen capacidad para firmar el presente convenio de colaboración y a tal efecto.

MANIFIESTAN:

PRIMERO.- La Escuela de Práctica Jurídica de Santiago de Compostela fue creada por la Universidad en colaboración con los Ilustres Colegios de Abogados y de Procuradores de Santiago de Compostela, como el centro de especialización profesional a través del cual estas instituciones ofrecen a los licenciados en Derecho, la formación práctica necesaria en el ámbito del derecho público y del derecho privado, para facilitar su incorporación al mercado laboral propio de las profesiones jurídicas y, más en particular, cara al ejercicio de la abogacía y de la procuraduría, además de colaborar en las labores de actualización de conocimientos de los profesionales en ejercicio (formación continua) y de los alumnos de la licenciatura en Derecho (practicum).

Un modo de realizar estas prácticas es el conocimiento de los problemas mediante supuestos concretos y reales que se puedan presentar en la actuación ordinaria de las personas físicas y jurídicas.

SEGUNDO.- La Diputación de A Coruña es consciente de que los ayuntamientos de la provincia, dentro de la ampliación de sus servicios a la comunidad y concretamente en el área de urbanismo, vienen precisando la colaboración de licenciados en Derecho que realicen labores de asesoramiento en diversas materias relativas al desarrollo de su actividad ordinaria.

TERCERO

.- Consideran las partes firmantes de gran importancia, poner en ejecución un plan conjunto que permita proporcionar práctica jurídica en las diversas ramas del Derecho a

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los alumnos de la Escuela de Práctica Jurídica de Santiago de Compostela, a la vez que se contribuye al fortalecimiento de los servicios urbanísticos de los ayuntamientos de la provincia de A Coruña.

CUARTO

. - Que la Diputación de A Coruña tiene entre sus objetivos un modelo de desarrollo basado en la colaboración con los ayuntamientos, en el que las políticas que se van a desarrollar han de estar lógicamente ligadas a ellos. Deben ser los ayuntamientos los que les ofrezcan servicios públicos que proporcionen un mayor bienestar y una mejor calidad de vida a sus vecinos. Son pues, los ayuntamientos la Administración más próxima al ciudadano, los que han de dar respuesta en primera instancia a sus necesidades. Es por esto que el esfuerzo de la Diputación debe estar destinado a apoyar y colaborar con los ayuntamientos, sobre todo en un tema tan importante como es el urbanismo.

Que el artículo 193 de la Ley 5/1997, del 22 de julio, de Administración local de Galicia, establece que las entidades locales gallegas adecuarán su actuación a los siguientes principios: b) La colaboración, la cooperación y el auxilio que pudiesen precisar coyunturalmente para el eficaz cumplimiento de sus tareas.

Asimismo el artículo 195 de la misma Ley 5/1997 señala que la colaboración y la cooperación podrán realizarse mediante: h) La suscripción de convenios.

QUINTO.- Mediante este Acuerdo, la Diputación de A Coruña financiará las prácticas en los servicios de urbanismo de los ayuntamientos de la provincia de A Coruña, que previa suscripción del correspondiente convenio con la Escuela de Práctica Jurídica de Santiago de Compostela, acojan en su seno a los alumnos de la misma, encargándoles la realización de estudios, informes, escritos, consultas, gestiones de expedientes, etc, en determinadas materias que sirvan, de un lado, para la práctica jurídica de los alumnos de la Escuela y, al mismo tiempo, resulten de utilidad para los Departamentos de Urbanismo de los ayuntamientos.

En consecuencia con el anteriormente expuesto, ambas partes formalizan el presente Convenio de colaboración con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS: PRIMERA.-. OBJETO

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre las partes para la ejecución de un plan conjunto, que permita proporcionar práctica jurídica y especialización profesional en Urbanismo y Administración local a los alumnos de la Escuela de Práctica Jurídica de Santiago de Compostela, a la vez que se contribuye al fortalecimiento de los servicios urbanísticos de los ayuntamientos de la provincia de A Coruña, reforzando una de las carencias puestas de manifiesto por los ayuntamientos y colaborando a un cambio cara a un urbanismo de calidad, en el que la formación es prioritaria. SEGUNDA.- DESIGNACIÓN DE ALUMNOS

La Escuela de Práctica Jurídica, designará a los alumnos más idóneos para la realización de las prácticas en el seno de las Concejalías de Urbanismo de los ayuntamientos con los que suscriba el correspondiente convenio. La designación se efectuará de acuerdo con los criterios de distribución acordados previamente entre ambas partes, y deberá contar con la

conformidad del representante de la institución receptora.

La labor realizada por los alumnos no tendrá en ningún caso carácter vinculante para la institución que los acoge.

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Los ayuntamientos podrán utilizar todo el material, estudios, análisis, etc. que sean realizados por los alumnos a lo largo de la experiencia profesional.

TERCERA.- COORDINACIÓN.

Para llevar adelante la puesta en práctica de este convenio, la dirección del trabajo, el seguimiento y asesoramiento del alumnado, coordinar la distribución de los alumnos en las dependencias de las Concejalías de Urbanismo de los ayuntamientos y lograr su mejor estancia y el correcto aprovechamiento de este plan, por parte de la Escuela de Práctica Jurídica actuarán como coordinadores su Director y la profesional, Dª María Dolores Méndez Torres. Asimismo, por parte de la Diputación actuará como coordinador el jefe del servicio de Patrimonio y Contratación D. Luis Jaime Rodríguez Fernández. CUARTA.- DESARROLLO.

El número de alumnos que las Concejalías de Urbanismo de los ayuntamientos admitan anualmente para la consecución de los objetivos previstos en este convenio, así como la duración del período de prácticas a realizar por los alumnos en los correspondientes servicios dependientes de los ayuntamientos, el horario en el que se efectuarán las mismas y la labor concreta que desarrollarán, se establecerán de mutuo acuerdo por las partes firmantes.

La Escuela de Práctica Jurídica, remitirá a la Diputación de A Coruña, un ejemplar de los convenios que, a su vez firme con los ayuntamientos de la provincia de A Coruña, para la puesta en marcha de esta actividad.

Terminado el período de prácticas, los ayuntamientos expedirán un certificado acreditativo del grado de cumplimiento de las obligaciones y trabajos encargados a los alumnos. Este certificado será tenido en cuenta a la hora de obtener el título correspondiente que expida la Escuela de Práctica Jurídica.

QUINTA.- COMPROMISOS DE LAS PARTES.

La Diputación de A Coruña financiará anualmente las prácticas en los servicios de urbanismo de los ayuntamientos de la provincia de A Coruña, que previa suscripción del correspondiente convenio con la Escuela de Práctica Jurídica de Santiago de Compostela, acojan en su seno a los alumnos de la misma, encargándoles la realización de estudios, informes, escritos, consultas, gestiones de expedientes, etc, en determinadas materias que sirvan, de un lado, para la práctica jurídica de los alumnos de la Escuela y, al mismo tiempo, resulten de utilidad para los Departamentos de Urbanismo de los ayuntamientos, reforzando así una de las carencias en sus servicios puestas de manifiesto por los ayuntamientos.

La Diputación de A Coruña financiará las prácticas en los servicios de urbanismo de los ayuntamientos de la provincia de A Coruña de un máximo de veinte alumnos de la Escuela de Práctica Jurídica de Santiago de Compostela, estableciéndose un importe a cobrar por cada alumno en concepto de indemnización por los gastos de desplazamientos y manutención de 180 € al mes (indemnización que se podrá distribuir por la dirección de la Escuela de forma que cada alumno cobre un mínimo de 140 € al mes, más una cantidad variable en función del quilometraje), exceptuando el período entre el 15 de julio y el 15 de septiembre. Estas cantidades serán pagadas a los alumnos por la Escuela de Práctica Jurídica, una vez sea ingresado su importe en la Escuela de Práctica Jurídica. La Diputación abonará dicho importe con carácter trimestral a la Escuela de Práctica Jurídica en su parte proporcional, previa justificación de la actividad realizada. La aportación se realizará por el número real de alumnos que realicen las prácticas en el período correspondiente.

Excepcionalmente, cuando el tutor designado por un ayuntamiento y la dirección de la Escuela consideren más conveniente para un mejor aprovechamiento de las prácticas proceder su concentración en un período de tiempo inferior el ordinario de diez meses/año, se podrá

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acordar realizarlas en un período mínimo de tres meses. En tal caso, debe garantizarse que el número de horas totales a realizar por el alumno no será inferior a las que haría de seguirse el sistema ordinario. Las cantidades establecidas en concepto de indemnización para cobrar por el alumno durante el período ordinario, se satisfarán en su totalidad al terminar el período excepcional.

Asimismo se establece la cantidad de 400 € al mes, exceptuando el período comprendido entre el 15 de julio y el 15 de septiembre, por no ser lectivo en la Escuela de Práctica Jurídica, como contribución a los gastos de coordinación que generará la puesta en funcionamiento y mantenimiento de la actividad objeto del convenio.Dicho importe se abonará por la Diputación la Escuela de Práctica Jurídica con carácter trimestral y previa justificación de la actividad realizada.

La Diputación financiará igualmente con una cantidad de 4.500 € al año, la adquisición del material necesario para desarrollar la actividad, tal como bibliografía, fotocopias, material informático y audiovisual, mobiliario, acondicionamientos menores de sus instalaciones, etc.). Y con una cantidad de 3.500 € al año financiará una parte de los costes de la formación de los alumnos en la materia urbanística que llevará a cabo la Escuela. La Diputación, previa certificación emitida por la Secretaria de la Escuela, ingresará trimestralmente las cantidades correspondientes en la cuenta previamente designada al efecto por la Escuela de Práctica Jurídica.

Los alumnos tendrán un seguro médico y de accidentes que será a cargo de la Escuela de Práctica Jurídica y que cubrirá estas contingencias.

La Escuela de Práctica Jurídica Santiago de Compostela se compromete, de ser necesario, a designar a profesionales colaboradores de la misma para las labores de dirección, seguimiento y asesoramiento del alumnado con objeto de hacer posible el correcto desarrollo de las tareas adscritas a este convenio.

El nombramiento de alumno en prácticas no establece ninguna relación laboral o funcionarial con la Universidad de Santiago ni con la Diputación de A Coruña o con los ayuntamientos, y no implica ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación de sus beneficiarios a la plantilla de la Universidad de Santiago de Compostela ni de los ayuntamientos y la Diputación de A Coruña.

La Escuela de Práctica Jurídica se compromete a destinar los fondos percibidos al objeto concreto para el que se conceden, y la Diputación de A Coruña podrá comprobar, cuando lo estime pertinente, la ejecución de las actividades objeto del presente convenio. SEXTA.- OTRAS OBLIGACIONES.

Previamente a la realización del pago, la Escuela de Práctica Jurídica deberá presentar certificación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.

En ningún caso será posible la concurrencia de esta ayuda con otras ya que se financia el 100% del coste efectivamente realizado.

SÉPTIMA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.

Se creará una comisión mixta con funciones de seguimiento y evaluación del desarrollo del convenio, que asumirá, además, las funciones de coordinación entre las administraciones e instituciones firmantes, así como la función interpretadora del citado convenio resolviendo cuantas dudas puedan surgir en su ejecución.

Esta Comisión estará integrada por parte de la Diputación de A Coruña por el supervisor nombrado para el seguimiento de las actuaciones; por parte de los ayuntamientos, por el representante que, en su caso designen, y por parte de la Escuela de Práctica Jurídica, por

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el Director de la misma y por el profesional designado por el centro para colaborar en la coordinación de la actividad .

Asimismo, las partes se comprometen a resolver amigablemente las diferencias que hubieran podido surgir, a través de esta Comisión de Seguimiento.

A título enunciativo, esta Comisión tendrá como funciones hacer el seguimiento y evaluación del desarrollo del convenio, exercitando las funciones de coordinación entre las administraciones e instituciones firmantes, así como interpretar el convenio y resolver cuantas dudas puedan surgir en su ejecución.

OCTAVA.- RESPONSABILIDAD.

El alumno no asumirá nunca directamente la responsabilidad de las labores que realice, sino que deberá actuar siempre bajo la supervisión del personal designado por el Ayuntamiento y de ser preciso, por los profesionales colaboradores de la Escuela de Práctica Jurídica que estas designe.

El hecho de que el alumnado realice su labor en los ayuntamientos, no supondrá ningún tipo de responsabilidad para los ayuntamientos, ni para la Diputación de A Coruña. NOVENA.- PRESUPUESTO.

La Diputación de A Coruña se compromete a la financiación del presupuesto de la actividad que asciende a un total de 48.000€ al año con una vigencia de dos años, ascendiendo el importe global del convenio a 96.000€. ( lo que representa un coeficiente de financiación del 100%, ). De acuerdo con el siguiente desglose:

CONCEPTO IMPORTE EJ 2009 APLICACION EJ 2009 EJ 2010 APLICACION EJ 2010 Desplazamientos, manutención, etc. 180 €/mes x 20 alumnos x 10 meses/año 72.000 36.000 0202/451F/489.01 36.000 0202/451F/489.01

Parte de los costes de formación de los alumnos en materia urbanística y administrativa

7.000 3.500 0202/451F/489.01 3.500 0202/451F/489.01

Coordinación

400 €/mes x 10 meses/año 8.000 4.000 0202/451F/489.01 4.000 0202/451F/489.01 Adquisición del material necesario

para el desarrollo de la actividad

9.000 4.500 0202/451F/78901 4.500 0202/451F/78901

El total del importe a abonar no excederá de la cantidad señalada anteriormente, aún en el caso de que los gastos no financiados fuesen superiores a los presupuestados.

El importe de la aportación de la Diputación de A Coruña, en concurrencia con otros ingresos no podrá superar el importe total de los gastos realizados.

En el caso de que no se justifique la totalidad de los gastos, se minorará la aportación de la Diputación de A Coruña.

DÉCIMA.- VIGENCIA.

El plazo de vigencia del presente convenio es de dos años contados desde la fecha de su firma

De ser necesario para ambas partes, se podrá ampliar el número de alumnos a realizar prácticas en los ayuntamientos, para lo que se tramitará la correspondiente modificación y ampliación del presupuesto del presente convenio.

(26)

También se podrá extinguir la vigencia del convenio por el mutuo acuerdo de las Administraciones intervinientes, así como por decisión unilateral de alguna de ellas cuando se produzca por la otra un incumplimiento grave acreditado de las obligaciones asumidas. UNDÉCIMA.- CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO.

El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente convenio constituirá causa suficiente para la resolución del mismo.

Este convenio tiene carácter administrativo, y las cuestiones que puedan surgir en relación con él serán competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Se hace constar que el presente convenio fue aprobado por acuerdo plenario en sesión celebrada el día de dos mil nueve.

En prueba de conformidad, ambas partes firman por cuadruplicado ejemplar el presente convenio, en el lugar y fecha señalados al inicio.

EL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A CORUÑA

EL

Fdo.- Salvador Fernández Moreda Fdo.

13.-FORMALIZACIÓN DE UN CONVENIO ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A CORUÑA Y LA CONFEDERACIÓN GALEGA DE PERSOAS CON DISCAPACIDADE (COGAMI) PARA LA CESIÓN DE USO DE LOCALES EN EL COLEGIO A MILAGROSA.

Por unanimidad, se presta aprobación al siguiente dictamen de la Comisión: “Considerando que concurren circunstancias de interés provincial que justifican la excepcionalidad para la formalización del convenio, atendiendo al objeto y finalidad de la actividad a realizar:

1º) Aprobar la formalización de un convenio de colaboración entre la Diputación Provincial de A Coruña y la Confederación Gallega de Personas con Discapacidad (COGAMI) para la cesión de uso de local en el Colegio A Milagrosa, cuyo texto figura como anexo. Dichos locales se destinarán a la realización de cursos de formación para la mejora de la capacitación laboral de personas con discapacidad y la impartición de diferentes planes y actuaciones de inserción profesional, social y laboral.

2º) Facultar al Presidente para la ejecución del presente acuerdo.”

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A CORUÑA Y LA CONFEDERACIÓN GALEGA DE PERSOAS

CON DISCAPACIDADE (COGAMI) PARA LA CESIÓN DE USO DE LOCALES

(27)

Número /2009 En A Coruña, de dos mil nueve, en el Palacio Provincial, sede de la Diputación de A Coruña

REUNIDOS

De una parte el Ilmo. Sr. Don Salvador Fernández Moreda, Presidente de la Excma. Diputación provincial de A Coruña.

Y

De otra, Don Anxo Queiruga Vila, Presidente de la Confederación Galega de Persoas con Discapacidade (COGAMI), con DNI 76778938Q

EXPONEN

1º. La Confederación Galega de Persoas con Discapacidade (COGAMI) es una asociación sin ánimo de lucro que tiene como finalidad coordinar y promover la defensa de los intereses de las personas con discapacidad, con el fin de conseguir la máxima atención social a la problemática que representan.

La Confederación Galega de Persoas con Discapacidade (COGAMI) figura inscrita en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Xunta de Galicia, con el número F-01786. Asimismo, en virtud de la Orden INT/1769/2004, de 17 de mayo, la citada entidad ha sido declarada de utilidad pública (BOE nº 142, de 12 de junio de 2004)

La Confederación Galega de Persoas con Discapacidade (COGAMI) tiene por objeto (artículo 4 de los Estatutos):

- Fomentar la unión de las personas con discapacidad, facilitándoles los medios para conseguir su dignificación y respeto.

- Intercambio, orientación y exposición de todo cuanto afecte a la problemática de las personas con discapacidad con el fin de conseguir la máxima atención social.

- Promover iniciativas de capacitación laboral para las personas con discapacidad, ajustadas a un marco laboral normalizado, mediante la celebración, concertada o no, con otras entidades, de cursos de capacitación laboral.

(28)

- Participar, promocionar y crear iniciativas empresariales que primen la inserción laboral de las personas con discapacidad, en puestos de trabajo adaptados a sus capacidades y en condiciones de igualdad de deberes y derechos con los demás trabajadores, conforme a la legislación vigente.

- La Confederación tiene como fines la promoción, participación y puesta en marcha de todas aquellas actividades de carácter cultural que faciliten, directa o indirectamente, la inserción social de las personas con discapacidad, así como todo tipo de iniciativas deportivas.

- El fomento para la unidad de las personas con minusvalía mediante el asesoramiento en la constitución de Asociaciones, Federaciones, etc.…, así como reunir en su seno a todas las organizaciones que persigan sus mismos fines.

- El establecimiento de servicios propios de asesoramiento, de asistencia social, jurídica y legislativa, así como los que sean necesarios para el buen desarrollo de la Confederación.

2º. La Confederación Galega de Persoas con Discapacidade (COGAMI) tiene previsto realizar las siguientes actuaciones:

- Cursos de formación para la mejora de la capacitación laboral de personas con discapacidad. Prioritariamente, irán dirigidos a aquellas personas que por accesibilidad, capacidad de aprendizaje, ayudas técnicas u otras condiciones relacionadas con su problemática tienen limitado su acceso o dificultades de aprovechamiento de los cursos de formación normalizados existentes.

- Se impartirán diferentes especialidades del Plan de Inserción Profesional (Plan FIP) de la Xunta de Galicia, así como otros cursos similares dirigidos a la mejora de la inserción laboral de personas con discapacidad (tanto para desempleados como para ocupados)

- Estos cursos serán complementados por una oficina del Servicio de Orientación Laboral (centro colaborador del Servicio Galego de Colocación), en la que se trabajará tanto en la motivación de la persona con discapacidad, como en su formación para la búsqueda de empleo, así como en la captación de ofertas de trabajo a través de contactos periódicos con aquellas empresas susceptibles de emplear a personas con discapacidad demandantes de empleo.

- Asimismo, se contempla la puesta en marcha de talleres prelaborales para posibilitar el acceso al empleo de aquellas personas con mayores dificultades de inserción, así como servicios complementarios de rehabilitación, respiro familiar, voluntariado,…, que contribuyan a la inserción social y laboral de dicho colectivo.

3º. La Diputación reconoce la importancia de los citados fines para los intereses provinciales y considera oportuno contribuir a su consecución mediante la cesión de uso de locales del Colegio La Milagrosa.

Por todo lo expuesto, acuerdan formalizar el presente convenio con arreglo a las siguientes

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