CONTRATACION CON EL
ESTADO
CONTRATACIÓN
ESTATAL
CONTRATACION
•
Definición del contrato estatal.
•
Régimen legal de los contratos estatales.
•
Principios de la contratación estatal.
•
Campo de aplicación (Estado vs personas).
•
Inhabilidades e incompa8bilidades
•
Banco de programas y proyectos.
•
Plan anual de adquisiciones.
•
Cer8ficado de disponibilidad presupuestal.
MODALIDADES DE
CONTRATACION
•
Modalidades de selección:
–
Licitación pública.
–
Selección abreviada.
–
Concurso de méritos.
–
Contratación directa.
EVALUACION DE PROPUESTAS
•
Evaluación de propuestas:
–
Requisitos habilitantes.
–
Subsanabilidad.
–
Factores de ponderación.
–
Precio ar8ficialemnte bajo.
–
Evaluación.
–
Informe de evaluación.
DEFINICIÓN DEL CONTRATO ESTATAL
• Tipos de contratos públicos:– De obra: trabajos materiales.
– C o n s u l t o r í a : e s t u d i o s
diagnós8cos, fac8bilidades, gerencia de obra, interventorías, ejecución de diseños.
– P r e s t a c i ó n d e s e r v i c i o s :
profesionales y de apoyo a la ges8ón.
– Concesión: prestación, operación,
explotación, organización de un servicio publico, entre otros.
– Encargos fiduciarios.
– Derivados del ejercicio de la
v o l u n t a d : c o m o d a t o , compraventa, dación en pago, arrendamiento, etc.
U n a c u e r d o d e
voluntades que respeta
la autonomía de la
administración y el
c o n t r a 8 s t a , s e
perfecciona con el
acuerdo entre el objeto
y la contraprestación,
el cual se debe elevar a
escrito.
RÉGIMEN LEGAL DE LOS CONTRATOS
ESTATALES
LEY 80 DE 1993
(Estatuto general
de contratación)
Ley 1150 de
2007
Ley 1474 de
CAMBIOS REPRESENTATIVOS DE LA
LEY 1150 DE 2007
• Formulación del principio de selección obje8va.
• Modificaciones a los procesos de selección.
• Criterio de oferta más favorable para cada modalidad de selección. (aspectos técnicos, económicos, menor precio, técnicos exclusivos, consultoría).
• Asignación de riesgos asumidos de manera compar8da con los contra8stas.
• Elimina las cer8ficaciones de sistemas de ges8ón de calidad como objeto de calificación o requisito para par8cipar en licitaciones y/o concursos.
• Fortalecimiento de la contratación electrónica (SECOP).
• Apoyo a las Mipymes.
• Contratación con organismos internacionales.
• Verificación documental de condiciones de los proponentes a cargo de las Cámaras de Comercio (RUP).
• Publicación de los estudios previos.
• Adjudicación obligatoria en audiencia pública en los Procesos de licitación pública.
PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN
ESTATAL
•
Principio de trasparencia.
•
Principio de economía.
•
Principio de responsabilidad.
•
Principio de ecuación contractual.
•
Principio de selección obje8va.
PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA
•
Contenido en el arSculo 24 de la ley 80 de 1993.
•
Consiste en que la ac8vidad contractual debe
realizarse de manera pública e imparcial, a fin de
garan8zar la igualdad de oportunidades en el
acceso a la contratación, la escogencia obje8va
de los contra8stas y la moralidad administra8va,
tanto por parte de los funcionarios como de los
ciudadanos interesados en la contratación.
PRINCIPIO DE ECONOMÍA
•
Contenido en el arSculo 25 de la ley 80 de
1993.
•
Se busca imprimir agilidad al proceso de
contratación pública, para lo cual se
suprimen trámites, requisitos y
autorizaciones innecesarios que
entraban, encarecen y dilatan dicho
proceso.
PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD
•
Contenido en el arSculo 26 de la
ley 80 de 1993.
•
Relacionado con el principio de
transparencia, busca garan8zar
la moralidad, la rec8tud y la
diligencia en la ac8vidad
contractual de la administración.
PRINCIPIO DE LA ECUACIÓN
CONTRACTUAL
•
Contenido en el arSculo 27 de la ley 80 de 1993.
•
En los contratos estatales se mantendrá la
igualdad o equivalencia entre los derechos y
obligaciones surgidos al momento de proponer o
de contratar, de tal manera que si dicha igualdad
o equivalencia se rompe por causas no
imputables a quien resulte afectado, las partes
adoptarán en el menor 8empo posible las
medidas necesarias para su restablecimiento.
RUPTURA DEL EQUILIBRIO ECONÓMICO
CONTRACTUAL
•
EL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
incumplimiento de las
obligaciones y deberes que corresponden a una de las partes
(mayor costo).
•
LA TEORÍA DEL HECHO DEL PRÍNCIPE:
se presenta cuando la
en8dad pública (el príncipe) agrava por un hecho suyo las
condiciones de ejecución del contrato.
•
LA TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN:
cuando se rompe el equilibrio
económico por causa de un hecho excepcional e imprevisible,
independiente del contrato y de las voluntades de las partes
(guerra, crisis, hecho natural, entre otros).
•
LAS SUJECIONES MATERIALES IMPREVISTAS:
aquellas dificultades
materiales que se presentan estrechamente relacionadas con la
ejecución del contrato y que aunque pudieran ser previsibles por la
administración, aparecen de manera imprevista para el contra8sta,
haciendo más dihcil y gravosa dicha ejecución.
PRINCIPIO DE LA
INTERPRETACIÓN CONTRACTUAL
•
ArSculo 28 de la ley 80 de 1993, derogado por el
arSculo 32 de la ley 1150 de 2007.
•
Consiste en que la interpretación de las normas
sobre contratos estatales rela8vas a procedimientos
de selección y escogencia de contra8stas y en la de
las cláusulas y es8pulaciones de los contratos, se
tendrán en consideración los fines y los principios de
que trata el estatuto.
PRINCIPIO DE SELECCIÓN OBJETIVA
•
ArSculo 29 de la ley 80 de 1993.
•
La escogencia del contra8sta debe
hacerse a favor de aquel que hace el
ofrecimiento más favorable a la en8dad y
a los fines que ella busca, sin tener en
consideración factores de afecto o de
interés y en general, cualquier clase de
mo8vación subje8va.
PRINCIPIO DE PLANEACIÓN
•
I m p l i c a q u e l a g e s 8 ó n
contractual del Estado debe
estar precedida por el
desarrollo de los estudios,
análisis, diseños y demás
ges8ones que permitan definir
con certeza las condiciones del
contrato a celebrar y del
p r o c e s o d e s e l e c c i ó n
per8nente, con el fin de que la
necesidad que mo8va la
contratación sea sa8sfecha en
el menor plazo, con la mayor
calidad y al mejor precio
posible.
ELEMENTOS:
FacUbilidad: lo que se planee
debe ser realizable.
C o m p r o m i s o : p r e v e n i r
mediante una serie de acciones, el cumplimiento de involucrados en una decisión
Inherente: la programación es
n e c e s a r i a e n c u a l q u i e r organización humana y es propia de la administración.
Limitante: factores que
puedan llegar a limitar o a frenar el alcance de los obje8vos perseguidos por la administración.
ETAPAS DE LA CONTRATACIÓN
ESTATAL
DE
ETAPA DE PLANEACIÓN
•
Es la en8dad pública la
responsable principal
d e l a c a l i d a d y
v e r a c i d a d d e l a
información porque ella
es quien la elabora,
corrige, perfecciona y
luego exhibe o publica
para la lectura de los
futuros oferentes.
CAMPO DE APLICACIÓN (ESTADO VS
PERSONAS)
•
Entendida para la contratación estatal en la
PERSONAS NATURALES
•
Son personas todos
los individuos de la
especie humana,
cualquiera que sea
s u e d a d , s e x o ,
es8rpe o condición.
PERSONAS JURÍDICAS
•
Persona fic8cia, capaz de
e j e r c e r d e r e c h o s y
contraer obligaciones,
a d e m á s d e s e r
representada judicial y
extrajudicialmente.
CONSORCIOS Y UNIONES
TEMPORALES
El arSculo 7
ode la ley
80 de 1993 (Estatuto
G e n e r a l d e
Contratación de la
A d m i n i s t r a c i ó n
Pública) definió los
consorcios y las
uniones temporales.
CONSORCIOS Y UNIONES
TEMPORALES
Acuerdo de voluntades donde dos o más
personas jurídicas y/o naturales se unen sin
formar una persona jurídica diferente para de
este modo hallar una manera de op8mizar
recursos, aprovechando las cualidades y
calidades técnicas, administra8vas, financieras o
de infraestructura de cada uno de ellos.
ELEMENTOS CONSORCIOS Y UNIONES
TEMPORALES
•
Dos o más integrantes.
•
Finalidad específica.
•
Temporal.
•
Ánimo de colaboración.
•
A c8 vi d a d es co n e x a s o
similares.
•
No 8ene persona jurídica
propia.
•
Recursos comunes.
CONSORCIO
• Cuando dos o más personas de forma conjunta presentan una misma propuesta para l a a d j u d i c a c i ó n , celebración y ejecución, de un contrato.
• Solidaridad obligaciones contractuales.
• Las actuaciones, hechos y omisiones afectan a todos los miembros que la conforman.
UNIÓN TEMPORAL
C u a n d o 2 o m á s
personas de forma conjunta presentan una misma propuesta para la adj-cel-ejec.
Solidaridad obligaciones
contractuales.
Las sanciones por el
incumplimiento de la propuesta y el contrato s e i m p o n d r á n d e a c u e r d o c o n l a par8cipación en la ejecución.
INHABILIDADES E
INCOMPATIBILIDADES
•
ARTÍCULO 8 LEY 80/93
–
Los inhabilitados.
–
Quien celebró contrato estando inhabilitado.
–
Quienes dieron lugar a la caducidad.
–
Quienes por sentencia fueron condenados a
interdicción de derechos y funciones públicas.
–
Sancionados disciplinariamente con des8tución.
INHABILIDADES E
INCOMPATIBILIDADES
•
ARTICULO 8 LEY 80/93
–
Los servidores públicos.
–
Cónyuges, 2° grado consanguinidad o afinidad con
otro proponente.
–
Personas declaradas responsables por delitos de
peculado, concusión, prevaricato, cohecho y se
extenderá a las sociedades de que sean socias
tales personas.
INHABILIDADES E
INCOMPATIBILIDADES
•
TAMPOCO PODRÁN PARTICIPAR EN LICITACIONES, NI
PODRÁN CELEBRAR CONTRATOS:
–
Quienes son miembros de las juntas, consejos direc8vos o
servidores de la en8dad contratante (nivel direc8vo, asesor o
ejecu8vo y se ex8ende 1 año a par8r del re8ro).
–
Quienes tengan vínculo de parentesco hasta el segundo grado
de consanguinidad, segundo afinidad o primero civil con los
servidores públicos de alto nivel, control interno, etc.
–
Las personas jurídicas en las que 8ene par8cipación el servidor
COMPETENCIA PARA CELEBRAR
CONTRATOS
EL BANCO DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS
•
En 1985 un diagnós8co realizado a nivel
nacional sobre el uso de los recursos
públicos comprome8dos en inversión,
refleja existencia de problemas.
PROBLEMAS AL NO TENER UN BANCO
DE PROGRAMAS Y PROYECTOS
•
Instancias nacionales se enteraban tardíamente
de mejores opciones de inversión por
desconocimiento.
•
Proyectos rechazados en algún nivel eran
aceptados en otros.
•
Manejo personal y no ins8tucional de
información de proyectos.
•
Duplicidad de esfuerzos en preinversión.
•
Escasa confiabilidad y calidad de la información.
•
Manejo no sistemá8co de la información.
DESARROLLO DE LOS BANCOS DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS
•
SE PRESENTA EL:
–
Sistema Nacional de Ges8ón de Programas y
Proyectos de Inversión Pública de Colombia. (SINAGEP
del D.N.P.), dos etapas.
•
DEFINICIÓN: Conjunto de ac8vidades
seleccionadas como viables previamente
evaluadas social, técnica y económicamente,
registradas y sistema8zadas en el Departamento
Nacional de Planeación. Decreto 111 de 1996.
¿Qué son los Bancos de Programas y
Proyectos Territoriales?
Son sistemas de información sobre programas y
proyectos de inversión pública, viables técnica,
financiera, económica, social, ins8tucional y
ambientalmente, suscep8bles de ser
financiados o cofinanciados con recursos de los
Presupuestos Nacional, Departamental, Distrital
o Municipal.
FUNCIONES DE LOS BANCOS DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS
•
Definir estrategias para la operación de los bancos de
proyectos de inversión pública territorial.
•
Consolidar información sobre la inversión pública
(preinversión y seguimiento) territorial.
•
Promover acciones para consolidar cultura de
planeación, presupuestación, control, seguimiento y
evaluación de resultados a par8r de programas y
proyectos a nivel territorial.
•
Definir con el Bpin procesos de capacitación y
asistencia técnica en teoría de proyectos,
metodologías y marco conceptual de bancos de
proyectos.
FLUJOGRAMA DE LA CREACION DE
UN BANCO DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS
Proponente: comunidad, entes privados, descentralizados o secretarias, corporaciones de elección popular, etc.Revisión de información básica: en las secretarias oficinas de planeación. Viabilidad de los programas y proyectos. Radicación del programa o proyecto en la secretaria de planeación.
Registro del banco de programas y
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
•
Sirve para:
– I d e n 8 fi c a r , r e g i s t r a r ,
programar y divulgar sus necesidades de bienes, obras y servicios.
– Diseñar estrategias de
contratación, basadas en agregación de la demanda.
– Dar trasparecía a los procesos
de contratación que la en8dad pretende desarrollar en el año.
– Comunicar de manera ágil y
oportuna los requerimientos de obras, servicios y bienes para que futuros proveedores par8cipen en el proceso.
Es una lista de bienes, obras y
servicios que pretende una
Entidad adquirir durante el año,
utilizando el Clasificador de
Bienes y Servicios establecido
en Colombia Compra eficiente.
Elaboración del plan anual de
adquisiciones
•
Se tendrá en cuenta:
– El presupuesto de gastos de años anteriores – Recepción y consolidación de laInformación de los programas y proyectos que requieran las diferentes aéreas contempladas en el Plan Acción.
– Clasificador de Bienes y
S ervi ci o s es ta b l eci d o en Colombia Compra.
– Que se deberá publicar antes
del 31 de enero de cada año y actualizarse por lo menos una vez l año.
Procedimiento General:
Jefe de cada área iden8ficara sus
necesidades (bienes obras y servicios) de años anteriores.
Indicar el valor es8mado de los
bienes obras y servicios requeridos para el siguiente año, y su respec8vo clasificador de bienes y servicios de Colombia compra.
El futuro plan se debe ajustar al
presupuesto de gastos y a las par8das presupuestales respec8vas.
El plan de podrá modificar,
actualizar o excluir, puesto que es de naturaleza informa8va.
Códigos UNSPSC
•
The United Na8ons Standard Products and Services Code® -
UNSPSC - Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones
Unidas, es una metodología uniforme de codificación u8lizada para
clasificar productos y servicios fundamentada en un arreglo
jerárquico y en una estructura lógica.
¿Por qué Colombia debe adoptar el
sistema de codificación de UNSPSC?
•
Es de fácil adaptación
•
Es generalizado y
reconocido a nivel
mundial
•
Es electrónico
•
P r o m u e v e l a
an8corrupción
•
Facilita la labor de los
compradores
Se debe tener en
cuenta que en un
proceso contractual
p u e d e i n c l u i r l a
compra de múl8ples
bienes y/o servicios,
por lo tanto, se deben
i n c l u i r t o d o s l o s
códigos UNSPSC de los
bienes y servicios a
contratar.
CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL
•
Definición:
Es un documento de ges8ón financiera y
presupuestal que permite dar certeza sobre la
existencia de una apropiación disponible y libre
de afectación para la asunción de un
compromiso.
¿Qué es una apropiación Presupuestal ?
Las apropiaciones presupuestales son
autorizaciones máximas de gasto que el ente
administra8vo aprueba para ser comprome8das
durante la vigencia fiscal respec8va. Después
del 31 de Diciembre de cada año estas
autorizaciones expiran y en consecuencia no
podrán comprometerse, adicionarse,
transferirse ni contracreditarse.
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS
Son aquellos análisis, documentos y trámites
que deben adelantar las en8dades públicas
antes de contratar, bajo cualquiera de las
modalidades que señala la ley o el manual
interno que se aplique, en el caso de aquellas
en8dades no cobijadas por el estatuto.
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS
•
ESTUDIOS PREVIOS:
– L o s e s t u d i o s y documentos previos son el soporte para elaborar el proyecto de pliegos, los pliegos de condiciones, y e l c o n t r a t o . D e b e n permanecer a disposición del público durante el desarrollo del Proceso de Contratación y contener los siguientes elementos, además de los indicados para cada modalidad de selección.
ANALISIS DEL SECTOR:
Es el análisis necesario
para conocer el sector
rela8vo al objeto del
P r o c e s o d e
Contratación desde la
p e r s p e c 8 v a l e g a l ,
comercial, financiera,
organizacional, técnica,
y de análisis de riesgo.
La En8dad Estatal debe
dejar constancia de
este análisis en los
D o c u m e n t o s d e l
Proceso
ANALISIS DEL SECTOR
•
CONTENIDO:
–
Aspectos generales:
•
Económico: Análisis de datos de: productos incluidos dentro
del sector; agentes que componen el sector; gremios y
asociaciones que par8cipan en el sector; Cifras totales de
ventas, etc.
•
Técnico: Las condiciones técnicas y tecnológicas del objeto
del Proceso de Contratación.
•
Regulatorio: La En8dad Estatal debe iden8ficar la regulación
aplicable al objeto del Proceso de Contratación, tanto la que
influye en el mercado del bien, obra o servicio, como la que
regula la ac8vidad de los proveedores y compradores de
manera par8cular
ANALISIS DEL SECTOR
•
CONTENIDO:
–
Estudio de la oferta:
•
¿Quién vende? La En8dad Estatal debe iden8ficar los
proveedores en el mercado del bien, obra o servicio, así
como sus principales caracterís8cas como tamaño
empresarial, ubicación, esquemas de producción y
comportamiento financiero.
•
¿Cuál es la dinámica de producción, distribución y entrega
de bienes, obras o servicios? La En8dad al determinar los
parScipes en la producción, comercialización y distribución
de los bienes puede mejorar la eficiencia y la economía de
las adquisiciones.
ANALISIS DEL SECTOR
•
CONTENIDO:
– Estudio de la demanda:
• ¿Cómo ha adquirido la En8dad Estatal en el pasado este bien, obra o servicio? La En8dad Estatal debe analizar el comportamiento de sus adquisiciones anteriores del bien, obra o servicio, teniendo en cuenta>
– Modalidad de selección del contra8sta.
– Objeto del contrato. Can8dad del bien, obra o servicio. Autorizaciones, permisos y licencias requeridas para su ejecución, y cuando el contrato incluye diseño y construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto.
– Valor de los contratos y forma de pago. Número de contratos suscritos para el efecto y vigencias de los mismos.
– Presupuesto con cargo al cual han sido ejecutados los contratos (inversión o funcionamiento) y si ha habido lugar a vigencias futuras.
– Oferentes que han par8cipado en los procesos de selección y contra8stas.
– Comportamiento de los contra8stas e imposición de sanciones.
– Condiciones de pago establecidas en los contratos. Cronogramas. Tiempos y lugares de entrega acordados.
•
CONTENIDO:
–
Estudio de la demanda:
•
¿Cómo adquieren las En8dades Estatales y las
empresas privadas este bien, obra o servicio? En el
estudio de demanda Colombia Compra Eficiente
sugiere iden8ficar y analizar los Procesos de
Contratación de En8dades Estatales que han adquirido
en el pasado el bien, obra o servicio para extraer las
mejores prác8cas e información per8nente para el
Proceso de Contratación.
ESTUDIOS PREVIOS
Los estudios y documentos previos son el
soporte para elaborar el proyecto de pliegos,
los pliegos de condiciones, y el contrato. Deben
permanecer a disposición del público durante
el desarrollo del Proceso de Contratación y
contener los siguientes elementos, además de
los indicados para cada modalidad de
selección.
ESTUDIOS PREVIOS Y SU CONTENIDO
–
1. La descripción de la necesidad que la En8dad Estatal pretende
sa8sfacer con el Proceso de Contratación.
–
2. El objeto a contratar, con sus especificaciones, las
autorizaciones, permisos y licen-cias requeridos para su
ejecución, y cuando el contrato incluye diseño y construcción, los
documentos técnicos para el desarrollo del proyecto.
–
3. La modalidad de selección del contra8sta y su jus8ficación,
incluyendo los funda-mentos jurídicos.
–
4. El valor es8mado del contrato y la jus8ficación del mismo.
Cuando el valor del contrato esté determinado por precios
unitarios, la En8dad Estatal debe incluir la forma como los calculó
y soportar sus cálculos de presupuesto en la es8mación de
aquellos.
ESTUDIOS PREVIOS Y SU CONTENIDO
–
5. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable.
–
6. El análisis de riesgo y la forma de mi8garlo.
–
7. Las garanSas que la En8dad Estatal contempla exigir
en el Proceso de Contratación.
–
8. La indicación de si el Proceso de Contratación está
cobijado por un Acuerdo Comercial.
ESTUDIOS PREVIOS
La descripción de la necesidad que la EnUdad Estatal pretende
saUsfacer con el Proceso de Contratación.
•
Donde se explicará el porqué, para qué, necesidad que
deberá estar ajustada a las ac8vidades propias de la En8dad
bien sean misionales o de apoyo, al Plan de Acción, Plan
Opera8vo, Plan Estratégico, Plan Anual de Adquisiciones,
Plan de Capacitación y Bienestar Social, y al Presupuesto.
•
La función de compras debe estar orientada a
sa8sfacer las necesidades de la En8dad Estatal y a
obtener el mayor valor por el dinero público. En
consecuencia, la En8dad Estatal debe entender
claramente y conocer, cuál es su necesidad y cómo
puede sa8sfacerla.
ESTUDIOS PREVIOS
El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licen-cias requeridos para su ejecución, y cuando el contrato incluye diseño y construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto.
• En este numeral, se deberá hacer la caracterización del bien o servicio a contratar, haciendo su descripción, la cual debe ser clara, detallada y precisa, cumpliendo a cabalidad con las especificaciones técnicas del bien o servicio que se solicitó en el requerimiento e indicando la marca del elemento ofrecido, cuando ello sea indispensable o inevitable. La can8dad, es donde se indica el número de arSculos que se requieren.
• También es importante la procedencia, indicando si el producto ofrecido es nacional o sin el producto ofrecido es importado. En cuanto a los precios unitarios, cada ítem o producto que se desee co8zar debe tener un valor unitario en pesos colombianos.
ESTUDIOS PREVIOS
La modalidad de selección del contraUsta y su
jusUficación, incluyendo los funda-mentos
jurídicos.
•
Expresar cuál de las modalidades de selección
aplica para el objeto que se pretende ejecutar,
el porqué de dicha modalidad y la norma donde
se encuentra 8pificada, enunciado la causal
respec8va.
ESTUDIOS PREVIOS
El valor esUmado del contrato y la jusUficación del mismo. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, la EnUdad Estatal debe incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la esUmación de aquellos.
• Para la determinación del valor es8mado del contrato y del presupuesto
oficial deberá realizarse previamente un estudio de mercado, es8mando los tributos que afectan el valor del contrato.
• El Estudio de Mercado es la recolección de información relevante (precio,
especificaciones técnicas, entre otras) de los posibles proveedores, con el fin de establecer presupuestos más reales para la adquisición de bienes y servicios en las diferentes contrataciones que se adelantan.
• Los tributos principales que podrían tenerse en cuenta son el impuesto al
valor agregado (IVA), toda vez que existe una gran variedad de impuestos que de alguna manera afectan en menor o mayor escala la realidad del estudio y que deben ser analizados para cada caso en par8cular, de acuerdo con el bien o servicio.
ESTUDIOS PREVIOS
El valor esUmado del contrato y la jusUficación del mismo. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, la EnUdad Estatal debe incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la esUmación de aquellos.
• Los bienes o servicios co8zados se entenderán con IVA incluido, cuando
corresponda, salvo cuando se trate de posibles oferentes inscritos en el Régimen simplificado. El posible oferente debe indicar el porcentaje liquidado por dicho impuesto y adicionarlo al subtotal obteniendo el costo total de la oferta y en caso de que el bien o servicio se encuentre exento de dicho impuesto deberá indicarlo.
• También debe tener en cuenta que si pertenece al Régimen Simplificado,
pero el producto está gravado según el Estatuto Tributario, posteriormente la Personería de Medellín debe calcular la retención del impuesto a las ventas, el cual varía de acuerdo con la tarifa a la cual esté gravado el bien o servicio, incrementando así el presupuesto oficial total, porque al precio final de la propuesta/co8zación habría que sumarle este concepto.
ESTUDIOS PREVIOS
Los criterios para seleccionar la oferta más
favorable.
•
Se deberán enunciar cuales van a ser los
criterios que permi8rán iden8ficar la oferta más
favorable, de conformidad con la subsección 2
del ar8culo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de
2015.
ESTUDIOS PREVIOS
Ar8culo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015.
•
En8dad Estatal debe determinar la oferta más
favorable teniendo en cuenta las normas
aplicables a cada modalidad selección del
contra8sta.
•
La oferta más favorable teniendo en cuenta: (a)
la ponderación de elementos de calidad y
precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b)
la ponderación de los elementos de calidad y
precio que representen la mejor relación
costo-beneficio.
Los criterios para seleccionar la oferta más
favorable.
ArUculo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015.
• Las condiciones técnicas y económicas mínimas de la oferta.
• Las condiciones técnicas adicionales que representan ventajas de calidad o
de funcionamiento, tales como el uso de tecnología o materiales que generen mayor eficiencia, rendimiento o duración del bien, obra o servicio.
• Las condiciones económicas adicionales que representen ventajas en
términos economía, eficiencia y eficacia, que puedan ser valoradas en dinero.
– Ejemplo: forma de pago, descuentos por adjudicación de varios lotes, descuentos por variaciones en programas de entregas, mayor garanSa del bien o servicio respecto de mínima requerida, servicios o bienes adicionales y que representen un mayor grado de sa8sfacción para en8dad, entre otras.
• El valor en dinero que la En8dad Estatal asigna a cada ofrecimiento
técnico o económico adicional, para permi8r la ponderación de ofertas presentadas.
• La En8dad Estatal debe calcular relación costo-beneficio cada oferta
restando del precio total ofrecido los valores monetarios asignados a cada una de las condiciones y económicas adicionales ofrecidas.
• Mejor relación costo-beneficio para En8dad Estatal es la de la oferta que
ESTUDIOS PREVIOS
El análisis de riesgo y la forma de miUgarlo.
•
Es el conjunto de acciones que permite a la en8dad
iden8ficar y evaluar aquellos eventos internos y
externos que puedan impedir el cumplimiento del
objeto contractual. Para dicho análisis se deberá tener
en cuenta aspectos básicos como la situación actual,
legal, económica, financiera y contractual para la
recolección previa de información que sirva de base
para la asignación.
•
Corresponde al ordenador del gasto, quien 8ene la
necesidad o quien delegue para ello, con el apoyo de
los Asesores en Contratación realizar el análisis de los
riesgos que puedan presentarse durante y con ocasión
de la ejecución del contrato.
ESTUDIOS PREVIOS
El análisis de riesgo y la forma de miUgarlo.
•
El arSculo 4 de la Ley 1150 de 2007 establece
que la En8dad Estatal debe “incluir la
es8mación, 8pificación y asignación de los
riesgos previsibles involucrados en la
contratación” en los pliegos de condiciones o su
equivalente.
ESTUDIOS PREVIOS
El análisis de riesgo y la forma de miUgarlo.
•
La administración o el manejo del riesgo debe
cubrir desde la planeación hasta la terminación
del plazo, la liquidación del contrato, el
vencimiento de las garanSas de calidad o la
disposición final del bien; y no solamente la
8pificación, es8mación y asignación del riesgo
que pueda alterar el equilibrio económico del
contrato.
ESTUDIOS PREVIOS
El análisis de riesgo y la forma de miUgarlo.
•
Las En8dades Estatales para reducir la exposición del
Proceso de Contratación frente a los diferentes Riesgos que
se pueden presentar, debe estructurar un sistema de
administración de Riesgos teniendo en cuenta los siguientes
aspectos:
–
(a) Los eventos que impidan la adjudicación y firma del
contrato como resultado del Proceso de Contratación.
–
(b) Los eventos que alteren la ejecución del contrato.
–
(c) El equilibrio económico del contrato.
–
(d) La eficacia del Proceso de Contratación, es decir, que
la En8dad Estatal pueda sa8sfacer la necesidad que
mo8vó el Proceso de Contratación.
–
(e) La reputación y legi8midad de la En8dad Estatal
ESTUDIOS PREVIOS
Para que sirve analizar los riesgos en la
contratación estatal.
• Proporcionar un mayor nivel de certeza y conocimiento para la toma de decisiones relacionadas con el Proceso de Contratación.
• Mejorar la planeación de con8ngencias del Proceso de Contratación.
• Incrementar el grado de confianza entre las partes del Proceso de Contratación.
• Reducir la posibilidad de li8gios.
ESTUDIOS PREVIOS
Estructura de la administración de riesgos
•
Establecer el contexto en el cual se adelanta el
Proceso de Contratación:
– El punto inicial es iden8ficar el contexto en el cual interactúa la
En8dad Estatal para conocer el ambiente social, económico y polí8co, e iden8ficar (i) sus propios Riesgos; (ii) los Riesgos comunes a sus Procesos de Contratación; y (iii) los Riesgos del Proceso de Contratación en par8cular.
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Estructura de la administración de riesgos
• IdenUficar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación:
• Una vez establecido el contexto, la En8dad Estatal debe iden8ficar e
incluir en la matriz propuesta los Riesgos del Proceso de Contratación.
• Esta iden8ficación de los Riesgos puede par8r además de fuentes
como por ejemplo los planes estratégicos, planes de acción, reportes de desempeño, presupuestos, Riesgos iden8ficados por otras En8dades Estatales.
• Una vez iden8ficados los Riesgos del Proceso de Contratación, la
En8dad Estatal debe clasificarlos según su clase, su fuente, la etapa del Proceso de Contratación en la que se encuentra el Riesgo, y su Tipo, así:
ESTUDIOS PREVIOS
Estructura de la administración de riesgos
• IdenUficar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación:
• Su clase:
– General: es un Riesgo de todos los Procesos de Contratación adelantados por la En8dad Estatal, por lo cual está presente en toda su ac8vidad contractual. – Específico: es un Riesgo propio del Proceso de Contratación objeto de análisis.
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Estructura de la administración de riesgos
• IdenUficar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación:
• Su fuente:
– Interno: Es un Riesgo asociado a la operación, capacidad, o situación par8cular de la En8dad Estatal.
– Externo: Es un Riesgo del sector del objeto del Proceso de Contratación, o asociado a asuntos no referidos a la En8dad Estatal (desastres económicos, existencia de monopolios, circunstancias electorales).
ESTUDIOS PREVIOS
Estructura de la administración de riesgos
• IdenUficar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación:
• La etapa:
– Planeación: la etapa de planeación está comprendida entre la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y la fecha en la cual se decide con8nuar o no con el Proceso de Contratación. Durante esta etapa, la En8dad Estatal elabora los estudios previos y el proyecto de pliegos de condiciones o sus equivalentes.
• La modalidad de contratación es adecuada para el bien servicio u obra necesitado.
• El valor del contrato corresponde a los precios del mercado.
• La descripción del bien o servicio requerido es claro.
• El Proceso de Contratación cuenta con las condiciones que garan8cen la transparencia, equidad y competencia entre los proponentes.
• El estudio de mercado permite iden8ficar los aspectos de oferta y demanda del mercado respec8vo.
• El diseño del Proceso de Contratación permite sa8sfacer las necesidades de la En8dad Estatal, cumplir su misión y si es coherente con el cumplimiento de sus obje8vos y metas.
ESTUDIOS PREVIOS
Estructura de la administración de riesgos
• IdenUficar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación:
• La etapa:
– Selección: la etapa de selección está comprendida entre el acto de Apertura del Proceso de Contratación y la Adjudicación o la declaración de desierto del Proceso de Contratación.
• Falta de capacidad de la En8dad Estatal para promover y adelantar la selección del contra8sta, incluyendo el riesgo de seleccionar aquellos que no cumplan con la totalidad de los requisitos habilitantes o se encuentren incursos en alguna inhabilidad o incompa8bilidad.
• Riesgo de colusión.
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Estructura de la administración de riesgos
• IdenUficar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación:
• La etapa:
– Contratación: Una vez adjudicado el contrato objeto del Proceso de Contratación, inicia la etapa de contratación en la cual se debe cumplir con el cronograma previsto para la celebración del contrato, el registro presupuestal, la publicación en el SECOP y el cumplimiento de los requisitos para el perfeccionamiento, ejecución y pago. En esta etapa los Riesgos frecuentes son los siguientes:
• Riesgo de que no se firme el contrato.
• Riesgo de que no se presenten las garanSas requeridas en los Documentos del Proceso de Contratación o que su presentación sea tardía.
• Riesgos asociados al incumplimiento de la publicación o el registro presupuestal del contrato.
• Riesgos asociados a los reclamos de terceros sobre la selección del oferente que retrasen el perfeccionamiento del contrato.
ESTUDIOS PREVIOS
Estructura de la administración de riesgos
• IdenUficar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación:
• La etapa:
– Ejecución: la etapa de ejecución inicia una vez cumplidos los requisitos previstos para iniciar la ejecución del contrato respec8vo y termina con el vencimiento del plazo del contrato o la fecha de liquidación si hay lugar a ella. Esta etapa puede extenderse cuando hay lugar a garanSas de calidad, estabilidad y mantenimiento, o a condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes.
– En esta etapa se cumplen con las obligaciones previstas en el contrato, permi8endo el logro del objeto del Proceso de Contratación; en consecuencia los Riesgos frecuentes son los asociados al cumplimiento del contrato y el logro del objeto propuesto, el rompimiento del equilibrio económico del contrato, los asociados a la liquidación y terminación del contrato y aquellos relacionados con el incumplimiento de la norma8va posconsumo.
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Estructura de la administración de riesgos
• IdenUficar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación:
• Su Tipo: El Documento Conpes 3714 de 2011 clasifica los Riesgos de acuerdo con los siguientes 8pos 8 :
– Riesgos Económicos: son los derivados del comportamiento del mercado, tales como la fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimiento y especulación de los mismos, entre otros.
– Riesgos Sociales o Polí8cos: son los derivados de los cambios de las polí8cas gubernamentales y de cambios en las condiciones sociales que tengan impacto en la ejecución del contrato.
– Riesgos Operacionales: son los asociados a la opera8vidad del contrato, tales como la suficiencia del presupuesto oficial, del plazo o los derivados de procesos, procedimientos, parámetros, sistemas de información y tecnológicos, equipos humanos o técnicos inadecuados o insuficientes.
ESTUDIOS PREVIOS
Estructura de la administración de riesgos
• IdenUficar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación:
• Su Tipo: El Documento Conpes 3714 de 2011 clasifica los Riesgos de acuerdo con los siguientes 8pos 8 :
– Riesgos Financieros: son (i) el riesgo de consecución de financiación o riesgo de liquidez para obtener recursos para cumplir con el objeto del contrato, y (ii) el riesgo de las condiciones financieras establecidas para la obtención de los recursos, tales como plazos, tasas, garanSas, contragaranSas, y refinanciaciones, entre otros.
– Riesgos Regulatorios: derivados de cambios regulatorios o reglamentarios que afecten la ecuación económica del contrato.
– Riesgos de la Naturaleza: son los eventos naturales previsibles en los cuales no hay intervención humana que puedan tener impacto en la ejecución del contrato, por ejemplo los temblores, inundaciones, lluvias, sequías, entre otros.
ESTUDIOS PREVIOS
Estructura de la administración de riesgos
• IdenUficar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación:
• Su Tipo: El Documento Conpes 3714 de 2011 clasifica los Riesgos de acuerdo con los siguientes 8pos 8 :
– Riesgos Ambientales: son los derivados de las obligaciones legales o reglamentarias de carácter ambiental, así como de las licencias, planes de manejo o de permisos y autorizaciones ambientales, incluyendo tasas retribu8vas y compensatorias, obligaciones de mi8gación, tareas de monitoreo y control, entre otras.
– Riesgos Tecnológicos: son los derivados de fallas en los sistemas de comunicación de voz y de datos, suspensión de servicios públicos, nuevos desarrollos tecnológicos o estándares que deben ser tenidos en cuenta para la ejecución del contrato, obsolescencia tecnológica.
ESTUDIOS PREVIOS
• Evaluar y calificar los Riesgos:
Una vez cumplidos los pasos anteriores, la En8dad Estatal debe evaluar cada uno de los R i e s g o s i d e n 8 fi c a d o s , estableciendo el impacto de los mismos frente al logro de los obje8vos del Proceso de Contratación y su probabilidad de ocurrencia.
ESTUDIOS PREVIOS
• Evaluar y calificar los Riesgos: Una vez cumplidos los pasos anteriores, la En8dad
Estatal debe evaluar cada uno de los Riesgos iden8ficados, estableciendo el impacto de los mismos frente al logro de los obje8vos del Proceso de Contratación y su probabilidad de ocurrencia.
ESTUDIOS PREVIOS
• Evaluar y calificar los Riesgos:
Finalmente, la valoración completa del Riesgo permite establecer una categoría a cada uno de ellos para su correcta ges8ón
ESTUDIOS PREVIOS
Estructura de la administración de riesgos
•
Asignar y tratar los Riesgos:
Generalmente las medidas
para tratar los Riesgos son acciones o ac8vidades
específicas para responder a los eventos, para lo cual se
sugiere preparar un plan de tratamiento para
documentar cómo se enfrenta cada uno de los Riesgos
(ver matriz), incluyendo acciones, cronogramas,
recursos (personal, información) y presupuesto,
responsabilidades, necesidades de informes y reportes
y de monitoreo.
ESTUDIOS PREVIOS
Estructura de la administración de riesgos
• Monitorear y revisar la gesUón de los Riesgos.
– La En8dad Estatal debe realizar un monitoreo constante a los Riesgos del Proceso de Contratación pues las circunstancias cambian rápidamente y los Riesgos no son está8cos. La matriz y el plan de tratamiento deben ser revisadas constantemente y revisar si es necesario hacer ajustes al plan de tratamiento de acuerdo con las circunstancias.
ESTUDIOS PREVIOS
• Matriz de riesgos:ESTUDIOS PREVIOS
Las garanlas que la EnUdad Estatal contempla
exigir en el Proceso de Contratación.
•
Las garanSas son instrumentos de cobertura de
algunos Riesgos comunes en Procesos de
Contratación. El obje8vo de la presente guía es
definir lineamientos y orientar a las En8dades
Estatales en las caracterís8cas de cada una de
las clases de garanSa previstas en las normas
de contratación, sus diferencias y los aspectos a
considerar en los Procesos de Contratación
sujetos al Decreto 1082 de 2015.
ESTUDIOS PREVIOS
Las garanlas que la EnUdad Estatal contempla exigir
en el Proceso de Contratación.
•
Las garanSas son instrumentos de cobertura de
algunos Riesgos comunes en Procesos de
Contratación. El obje8vo de la presente guía es
definir lineamientos y orientar a las En8dades
Estatales en las caracterís8cas de cada una de las
clases de garanSa previstas en las normas de
contratación, sus diferencias y los aspectos a
considerar en los Procesos de Contratación sujetos
al Decreto 1082 de 2015.
ESTUDIOS PREVIOS
Las garanlas que la EnUdad Estatal contempla
exigir en el Proceso de Contratación.
•
Los proponentes o contra8stas para garan8zar
el cumplimiento de sus obligaciones frente a
En8dades Estatales en Procesos de
Contratación pueden otorgar, a su elección,
cualquiera de las siguientes garanSas: (i)
contratos de seguro, (ii) fiducia mercan8l de
garanSa o (iii) garanSas bancarias o cartas de
crédito stand by.
ESTUDIOS PREVIOS
Tipos de garanlas y cobertura.
•
Los proponentes o contra8stas para garan8zar
el cumplimiento de sus obligaciones frente a
En8dades Estatales en Procesos de
Contratación pueden otorgar, a su elección,
cualquiera de las siguientes garanSas: (i)
contratos de seguro, (ii) fiducia mercan8l de
garanSa o (iii) garanSas bancarias o cartas de
crédito stand by.
ESTUDIOS PREVIOS
¿Todos los contratos estatales deben estar cubiertos por
una garanla?
En las modalidades de selección de contratación directa y
mínima cuanSa así como en la contratación de seguros, la
En8dad Estatal debe jus8ficar la necesidad de exigir o no
la cons8tución de garanSas.
En las demás modalidades de selección son obligatorias
las garanSas de seriedad de la oferta y cumplimiento. La
garanSa de responsabilidad civil extracontractual es
obligatoria en los contratos de obra y en aquellos en que
por su objeto o naturaleza la En8dad Estatal lo considere
necesario, con ocasión de los Riesgos del contrato.
ESTUDIOS PREVIOS
¿Todos los contratos estatales deben estar cubiertos por
una garanla?
En las modalidades de selección de contratación directa y
mínima cuanSa así como en la contratación de seguros, la
En8dad Estatal debe jus8ficar la necesidad de exigir o no
la cons8tución de garanSas.
En las demás modalidades de selección son obligatorias
las garanSas de seriedad de la oferta y cumplimiento. La
garanSa de responsabilidad civil extracontractual es
obligatoria en los contratos de obra y en aquellos en que
por su objeto o naturaleza la En8dad Estatal lo considere
necesario, con ocasión de los Riesgos del contrato.
ESTUDIOS PREVIOS
¿Cuáles Riesgos se deben cubrir mediante garanlas en
los Procesos de Contratación?
Selección:
El oferente debe otorgar garanSa de seriedad
de la oferta amparando los siguientes eventos:
–
No ampliación de la vigencia de la garanSa cuando el
plazo para la adjudicación o suscripción del contrato
sea prorrogado, siempre que esa prórroga no exceda
de tres (3) meses.
–
Re8ro de la oferta después de vencido el plazo para su
presentación.
–
No suscripción del contrato sin justa causa por parte
del adjudicatario.
–
La no cons8tución de la garanSa de cumplimiento del
ESTUDIOS PREVIOS
¿Cuáles Riesgos se deben cubrir mediante garanlas
en los Procesos de Contratación?
Contratación y ejecución:
En esta fase la garanSa
debe cubrir los Riesgos derivados del incumplimiento
del contrato. Esta garanSa puede cubrir todos o
algunos de los siguientes amparos según las
condiciones del objeto del contrato:
–
Buen manejo y correcta inversión del an8cipo.
–
Devolución del pago an8cipado.
–
Cumplimiento del contrato.
–
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e
ESTUDIOS PREVIOS
¿Cuáles Riesgos se deben cubrir mediante garanlas
en los Procesos de Contratación?
Obligaciones posteriores a la ejecución:
En esta fase
se cubren los Riesgos que se presenten con
posterioridad a la terminación del contrato y sus
amparos son:
–
Estabilidad y calidad de la obra.
–
Calidad del servicio.
ESTUDIOS PREVIOS
¿Cómo se hacen efecUvas las garanlas?
De acuerdo con el Decreto 1510 de 2013 las garanSas que respaldan el cumplimiento de un contrato pueden hacerse efec8vas cuando se presenta un incumplimiento atribuible al contra8sta en las obligaciones pactadas que dan lugar a la declaratoria de incumplimiento, la caducidad del contrato, la imposición de multas y la efec8vidad de la cláusula penal.
Si existe incumplimiento, la En8dad Estatal debe expedir un acto administra8vo que lo declare. En los procedimientos administra8vos sancionatorios o conminatorios la En8dad Estatal debe vincular al contra8sta y al asegurador del contrato. Cuando la garanSa es un patrimonio autónomo, garanSa bancaria o carta de crédito stand by no es necesario que la En8dad Estatal vincule a la fiduciaria o al emisor al procedimiento sancionatorio o conminatorio.