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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

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GACETA OFICIAL DEL

DISTRITO FEDERAL

Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal

DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 31 DE ENERO DE 2013 No. 1534 Ter

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Secretaría de Finanzas

♦ Acuerdo por el cual se da a conocer el calendario mensual de recaudación por cada concepto de ingreso, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013 3

Secretaría de Salud

♦ Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación 2013 del Programa de Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las personas residentes en el Distrito Federal que carecen de seguridad social laboral,

a cargo de la Secretaría de Salud del Distrito Federal 13

♦ Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación 2013 del Programa de Apoyo para Personas de Escasos Recursos que Requieren de Material de Osteosintesis, Prótesis, Órtesis, Apoyos Funcionales y Medicamentos fuera del Cuadro Básico y catálogo institucional de la Secretaría de Salud del Distrito Federal 22

Programa de Prevención y Atención de la Violencia de Género 32

♦ Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Atención Integral de Cáncer de Mama,

a Cargo de la Secretaría de Salud del Distrito Federal 36

Delegación Coyoacán

♦ Reglas de Operación del Programa Social de Mantenimiento de Unidades Habitacionales de la Delegación

Coyoacán para el Ejercicio Fiscal 2013 42

Delegación Iztacalco

♦ Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación de los Programas de Desarrollo Social, a cargo

de la Delegación Iztacalco para el Ejercicio Fiscal 2013 48

Delegación Tláhuac

♦ Programa Tláhuac por la Educación 60

♦ Programa Ayudas Económicas al Fomento de la MÚSICA en Tláhuac 66

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Índice

Viene de la Pág. 1

♦ Programa de Otorgamiento de Ayudas Económicas y/o en Especie por Única Ocasión para la Realización de

Eventos Culturales 71

♦ Programa de Deporte Recreativo y Competitivo en Tláhuac 75

♦ Programa de ayuda Económica para la Compra de Medicamentos, Prótesis, Aparatos Ortopédicos, Material de Curación y/o pago de Intervención Quirúrgica a Personas en Situación de Vulnerabilidad, de la Delegación

Tláhuac 80

♦ Programa de Ayudas para Servicios Funerarios a personas en situación de vulnerabilidad, de la Delegación

Tláhuac 85

♦ Programa de Ayuda Económica a Personas con Discapacidad Permanente de la Delegación Tláhuac 90

♦ Programa de Ayudas Alimentarias a Familias de Alta y muy Alta Vulnerabilidad Social de la Delegación Tláhuac 96

♦ Equidad y Género en Tláhuac 101

♦ Programa JÓVENes Tláhuac 105

♦ Programa Mujeres Capacitadoras de Tláhuac 109

♦ Desarrollo Rural y Social Sustentable y Sostenible en Tláhuac 113

♦ Programa para Mejorar el Bienestar Social para las Familias en Tláhuac 135 Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal

♦ Aviso por el que se da a conocer las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, ciclo escolar 2012-2013, Prepa Sí 140

♦ Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Seguro Contra Accidentes Personales de

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

ACUERDO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL CALENDARIO MENSUAL DE RECAUDACIÓN POR CADA CONCEPTO DE INGRESO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE INGRESOS DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013

EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, con

fundamento en lo dispuesto por los artículos 1°, 87, 94, párrafo primero y 95 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 7°, párrafo primero, 15, fracción VIII, 16, fracción IV y 30, fracciones IV, VI, IX, y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6° del Código Fiscal del Distrito Federal, 22 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, 1° de la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013; y

CONSIDERANDO

Que el 31 de diciembre de 2012 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2013 aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal con fecha 31 de diciembre del mismo año, la cual en su artículo 1° establece los conceptos y las cantidades estimadas de la recaudación de los ingresos que la Administración Pública del Distrito Federal percibirá en el ejercicio.

Que el artículo 22 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal prevé que la Secretaría de Finanzas publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal de que se trate, el calendario mensual de recaudación desglosado por cada concepto de ingreso, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ingresos aprobada por la Asamblea.

Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con fecha 17 de enero de 2013, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo por el que se da a conocer a los gobiernos de las entidades federativas la distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2013, de los recursos correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”, en el cual se señala el monto mensual de recursos que recibirá el Distrito Federal por dichos conceptos con excepción del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, cuya asignación específica por Entidad Federativa fue publicada el 25 de enero del año en curso en el DOF a través de los “Criterios de asignación, de fórmulas y variables para la distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal del Ejercicio Fiscal 2013 y el resultado de la aplicación de la fórmula de distribución por entidad federativa”.

Que para cumplir la obligación mencionada he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL CALENDARIO MENSUAL DE RECAUDACIÓN POR CADA CONCEPTO DE INGRESO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE INGRESOS DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013

ÚNICO.- Se da a conocer el calendario mensual de recaudación desglosado por concepto de ingreso, de conformidad con lo

establecido en la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, mismo que se acompaña como Anexo de este Acuerdo y que se denomina “Calendario Mensual por cada Concepto de Ingreso para el Ejercicio Fiscal 2013”.

TRANSITORIOS

ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.

Ciudad de México, a los 30 días de enero de 2013.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, EDGAR ABRAHAM

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C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013 T O T A L 4,066,521,019.0 2,770,790,532.0 2,715,364,125.0 2,511,381,026.0 1,922,991,812.0 2,347,395,612.0 1,918,787,875.0 2,230,677,945.0 1,925,639,610.0 2,166,790,520.0 1,930,741,167.0 2,634,835,806.0 29,141,917,049.0 1. Predial 2,197,921,853.0 1,272,088,958.0 534,301,037.0 707,775,566.0 468,438,758.0 839,993,833.0 513,560,099.0 775,906,024.0 399,016,488.0 702,169,609.0 388,340,444.0 800,058,796.0 9,599,571,465.0

2. Sobre Adquisición de Inmuebles 276,801,662.0 235,601,640.0 314,728,823.0 285,546,155.0 305,012,638.0 344,006,321.0 291,868,058.0 349,728,320.0 338,532,877.0 331,407,930.0 384,795,057.0 521,963,498.0 3,979,992,979.0

3. Sobre Espectáculos Públicos 7,040,186.0 3,057,425.0 8,677,897.0 11,385,353.0 4,457,605.0 4,220,968.0 6,104,654.0 13,604,404.0 13,350,128.0 22,242,496.0 21,311,935.0 17,481,192.0 132,934,243.0

4. Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos 13,898,871.0 17,484,471.0 28,633,883.0 13,415,212.0 12,859,642.0 24,405,236.0 11,753,916.0 26,159,125.0 14,970,071.0 14,001,965.0 29,968,349.0 44,973,286.0 252,524,027.0

5. Sobre Nóminas 1,436,054,089.0 1,009,130,191.0 1,059,378,806.0 1,069,519,585.0 1,002,645,623.0 1,034,520,776.0 990,641,339.0 962,136,476.0 1,054,673,805.0 992,276,284.0 991,548,970.0 1,149,196,680.0 12,751,722,624.0

6. Sobre Tenencia o Uso de Vehículos 119,869,664.0 218,072,735.0 751,992,053.0 404,414,741.0 112,080,506.0 81,121,527.0 86,100,220.0 83,610,874.0 84,855,547.0 84,233,210.0 92,577,812.0 79,818,358.0 2,198,747,247.0

7. Por la Prestación de Servicios de

Hospedaje 14,934,694.0 15,355,112.0 17,651,626.0 19,324,414.0 17,497,040.0 19,126,951.0 18,759,589.0 19,532,722.0 20,240,694.0 20,459,026.0 22,198,600.0 21,343,996.0 226,424,464.0

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013

II. Contribuciones de Mejoras 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

I. Impuestos del Gobierno del Distrito Federal Calendario Mensual por Concepto de Ingreso para el Ejercicio Fiscal 2013

Pesos

II. Contribuciones de Mejoras

Calendario Mensual por Concepto de Ingreso para el Ejercicio Fiscal 2013

(5)

T O T A L 899,826,018.0 623,691,875.0 1,266,313,099.0 824,364,493.0 964,441,201.0 682,226,510.0 1,015,961,226.0 705,531,790.0 1,043,157,699.0 712,451,227.0 973,816,596.0 808,463,625.0 10,520,245,359.0 1. Por la Prestación de Servicios por el

Suministro de agua

579,035,100.0 264,685,281.0 590,964,900.0 282,726,859.0 609,375,012.0 308,693,754.0 640,624,988.0 318,286,468.0 648,375,450.0 344,927,254.0 584,012,003.0 419,392,652.0 5,591,099,721.0

2. Por la Prestación de Servicios del Registro Público de la Propiedad o del Comercio y del Archivo General de Notarías

80,600,423.0 87,631,799.0 92,704,080.0 75,256,624.0 103,087,245.0 101,421,406.0 104,780,250.0 105,299,160.0 92,580,008.0 99,102,080.0 111,636,044.0 126,849,347.0 1,180,948,466.0

3. Por los Servicios de Control Vehicular 127,087,648.0 159,387,972.0 442,704,976.0 352,725,085.0 118,212,754.0 135,930,167.0 132,595,520.0 148,146,302.0 147,140,549.0 141,932,408.0 134,002,273.0 131,574,420.0 2,171,440,074.0 4. Por los Servicios de Grúa y Almacenaje

de Vehículos.

18,421,535.0 17,681,621.0 19,525,568.0 18,211,349.0 20,829,354.0 21,866,687.0 20,520,972.0 20,186,120.0 20,314,139.0 22,281,287.0 20,437,242.0 20,009,946.0 240,285,820.0

5. Por el Estacionamiento de Vehículos en la Vía Pública

3,752,153.0 3,762,693.0 4,035,154.0 3,704,391.0 4,112,318.0 4,232,105.0 4,219,824.0 4,456,333.0 3,915,116.0 4,161,733.0 4,039,579.0 3,934,436.0 48,325,835.0

6. Por el Uso o Aprovechamiento de Inmuebles

7,826,348.0 10,345,246.0 4,304,961.0 2,572,945.0 2,599,621.0 2,689,011.0 2,646,266.0 3,182,374.0 2,336,846.0 2,378,745.0 3,591,181.0 2,679,441.0 47,152,985.0

7. Por Cuotas de Recuperación por Servicios Médicos

589,514.0 573,964.0 604,322.0 291,037.0 541,923.0 725,289.0 693,986.0 679,752.0 590,747.0 624,558.0 612,289.0 530,753.0 7,058,134.0

8. Por la Prestación de Servicios de Registro Civil

19,177,640.0 16,772,696.0 17,061,958.0 14,723,870.0 15,438,518.0 15,437,386.0 16,814,871.0 19,001,364.0 15,482,522.0 16,533,597.0 15,150,163.0 11,544,819.0 193,139,404.0

9. Por los Servicios de Construcción y Operación Hidráulica y Por la Autorización para Usar las Redes de Agua y Drenaje

4,923,654.0 6,142,313.0 7,088,739.0 8,349,694.0 7,425,674.0 8,636,560.0 10,411,549.0 8,134,844.0 9,442,622.0 7,460,115.0 8,768,690.0 11,114,036.0 97,898,490.0

10. Por los Servicios de Expedición de Licencias

19,334,903.0 31,967,606.0 33,252,336.0 32,951,322.0 32,470,602.0 49,561,042.0 33,187,618.0 44,937,617.0 51,544,102.0 47,809,116.0 40,419,550.0 52,967,956.0 470,403,770.0

11. Por los Servicios de Alineamiento y Señalamiento de Número Oficial y Expedición de Constancias de Zonificación y Uso de Inmuebles

4,082,895.0 4,885,743.0 5,482,699.0 4,612,941.0 4,900,870.0 5,525,754.0 5,549,556.0 5,414,722.0 4,663,769.0 4,662,300.0 4,626,309.0 2,368,477.0 56,776,035.0

12. Descarga a la Red de Drenaje 23,570,607.0 6,188,234.0 28,258,534.0 5,424,857.0 31,274,231.0 4,936,046.0 29,574,200.0 9,731,593.0 31,196,434.0 5,454,228.0 29,317,618.0 9,895,714.0 214,822,296.0

13. Por los Servicios de Recolección y Recepción de Residuos Sólidos

1,431,553.0 1,200,039.0 1,506,388.0 958,364.0 1,211,515.0 1,473,784.0 1,090,653.0 1,417,154.0 1,284,438.0 1,352,008.0 1,037,739.0 980,817.0 14,944,452.0

14. Por la Supervisión y Revisión de las Obras Públicas Sujetas a Contrato, así como la Auditoría de las mismas.

1,592,162.0 1,837,404.0 7,078,324.0 5,443,619.0 3,739,730.0 4,308,436.0 3,464,886.0 3,812,753.0 6,945,415.0 4,295,983.0 6,380,573.0 8,651,687.0 57,550,972.0

(6)

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013

IV. Contribuciones No Comprendidas en las

Fracciones Precedentes 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013

V. Accesorios 62,854,396.0 41,644,634.0 85,321,225.0 53,174,638.0 43,238,570.0 52,056,232.0 41,910,274.0 68,198,103.0 56,254,555.0 57,109,371.0 67,655,596.0 92,821,822.0 722,239,416.0

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013

T O T A L 472,492,861.0 554,647,123.0 461,418,093.0 565,342,973.0 771,600,861.0 922,979,951.0 835,417,048.0 1,223,940,581.0 1,141,998,172.0 1,341,850,746.0 1,158,431,885.0 1,420,746,363.0 10,870,866,657.0

Por la prestación de servicios que corresponden a funciones de derecho privado

379,691,600.0 475,390,793.0 345,929,239.0 415,807,342.0 627,131,461.0 726,288,280.0 642,060,703.0 661,623,402.0 711,319,435.0 832,414,554.0 752,509,701.0 1,071,302,001.0 7,641,468,511.0

a) Policía Auxiliar 200,900,245.0 245,923,973.0 164,822,240.0 198,728,686.0 415,715,675.0 471,223,690.0 415,805,245.0 435,056,120.0 425,454,009.0 507,991,633.0 431,820,140.0 472,943,493.0 4,386,385,149.0

b) Policía Bancaria e Industrial 178,791,355.0 229,466,820.0 181,106,999.0 217,078,656.0 211,415,786.0 255,064,590.0 226,255,458.0 226,567,282.0 285,865,426.0 324,422,921.0 320,689,561.0 598,358,508.0 3,255,083,362.0

c) Otros 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Por uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado

92,801,261.0 79,256,330.0 115,488,854.0 149,535,631.0 144,469,400.0 196,691,671.0 193,356,345.0 562,317,179.0 430,678,737.0 509,436,192.0 405,922,184.0 349,444,362.0 3,229,398,146.0

a) Tierras y construcciones 50,628.0 124,747.0 443,223.0 53,233,923.0 817,400.0 414,140.0 681,464.0 129,147,988.0 2,376,876.0 701,999.0 1,306,032.0 1,910,661.0 191,209,081.0

b) Enajenación de muebles e inmuebles 51,000,000.0 15,000,000.0 16,200,000.0 20,000,000.0 30,000,000.0 97,000,000.0 107,000,000.0 328,200,000.0 328,200,000.0 400,000,000.0 300,000,000.0 291,134,872.0 1,983,734,872.0

c) Planta de asfalto 11,771,000.0 15,393,000.0 45,273,000.0 27,164,000.0 61,571,000.0 60,665,000.0 53,422,000.0 56,138,000.0 46,233,000.0 58,800,000.0 52,516,000.0 17,834,000.0 506,780,000.0

d) Productos de aplicación automática 10,070,384.0 12,066,786.0 12,548,898.0 12,364,848.0 14,036,682.0 14,142,017.0 11,369,329.0 13,936,335.0 12,947,796.0 13,584,643.0 13,896,733.0 14,176,312.0 155,140,763.0

e) Venta de Hologramas de la Verificación Vehicular Obligatoria

19,711,422.0 36,353,423.0 40,670,848.0 36,108,260.0 37,881,225.0 24,301,491.0 20,616,114.0 34,627,865.0 40,670,848.0 36,108,260.0 37,881,225.0 24,301,491.0 389,232,472.0

f) Otros productos 197,827.0 318,374.0 352,885.0 664,600.0 163,093.0 169,023.0 267,438.0 266,991.0 250,217.0 241,290.0 322,194.0 87,026.0 3,300,958.0

V. Accesorios

Calendario Mensual por Concepto de Ingreso para el Ejercicio Fiscal 2013

Pesos

VI. Productos del Gobierno del Distrito Federal

Calendario Mensual por Concepto de Ingreso para el Ejercicio Fiscal 2013

(7)

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013 T O T A L 469,335,140.0 319,573,780.0 412,991,496.0 284,791,602.0 240,490,113.0 241,114,415.0 474,834,371.0 391,066,064.0 388,375,026.0 388,171,992.0 314,704,452.0 339,373,646.0 4,264,822,097.0

1. Multas de Tránsito 17,169,452.0 25,144,693.0 45,924,137.0 40,449,652.0 41,313,113.0 40,914,937.0 25,835,428.0 39,159,674.0 31,888,513.0 33,874,380.0 31,482,305.0 29,953,117.0 403,109,401.0

2. Otras Multas Administrativas, así como las Impuestas por Autoridades Judiciales y Reparación del daño denunciado por los Ofendidos

36,206,844.0 27,515,901.0 41,030,857.0 39,339,110.0 48,136,684.0 42,074,562.0 49,294,481.0 35,870,405.0 39,714,082.0 49,091,129.0 39,719,760.0 43,661,816.0 491,655,631.0

3. Recuperación de Impuestos Federales 69,269,786.0 50,646,868.0 98,804,433.0 67,300,013.0 52,402,512.0 40,043,226.0 45,463,899.0 75,046,667.0 70,287,188.0 54,229,321.0 83,057,624.0 104,530,456.0 811,081,993.0

4. Venta de Bases para Licitaciones Públicas 593,096.0 281,154.0 512,174.0 2,049,384.0 899,576.0 914,495.0 586,186.0 517,817.0 515,667.0 740,062.0 295,571.0 659,385.0 8,564,567.0

5. Aprovechamientos que se Destinen a la Unidad Generadora de los mismos.

9,592,882.0 11,982,738.0 12,026,658.0 11,032,986.0 12,918,957.0 11,237,193.0 13,056,576.0 13,408,978.0 13,061,949.0 13,355,955.0 11,119,761.0 15,200,972.0 147,995,605.0

6. Sanciones, Responsabilidades e Indemnizaciones.

629,703.0 183,468.0 798,177.0 173,318.0 397,780.0 84,323.0 298,296.0 213,082.0 78,484.0 102,500.0 111,850.0 529,046.0 3,600,027.0

7. Resarcimientos 146,157.0 90,996.0 13,746.0 36,514.0 118,394.0 54,331.0 104,188.0 74,576.0 44,264.0 19,219.0 97,803.0 96,388.0 896,576.0

8. Seguros, Reaseguros, Fianzas y Cauciones. 3,914,054.0 1,668,465.0 1,146,262.0 956,015.0 1,529,622.0 3,121,870.0 1,019,750.0 1,366,732.0 1,493,371.0 1,572,518.0 980,926.0 753,714.0 19,523,299.0

9. Donativos y Donaciones. 353,596.0 374,113.0 687,178.0 344,903.0 146,295.0 849,213.0 344,756.0 361,691.0 265,402.0 324,802.0 214,067.0 748,918.0 5,014,934.0

10. Sobre Tierras y Construcciones del Dominio Público.

10,323,596.0 10,321,738.0 19,597,312.0 9,360,723.0 9,360,687.0 9,766,433.0 9,360,708.0 10,844,495.0 11,064,237.0 10,702,065.0 10,328,663.0 10,433,509.0 131,464,166.0

11. Otros No Especificados. 321,135,974.0 191,363,646.0 192,450,562.0 113,748,984.0 73,266,493.0 92,053,832.0 329,470,103.0 214,201,947.0 219,961,869.0 224,160,041.0 137,296,122.0 132,806,325.0 2,241,915,898.0

VII. Aprovechamientos del Gobierno del Distrito Federal

Calendario Mensual por Concepto de Ingreso para el Ejercicio Fiscal 2013 Pesos

(8)

T O T A L 370,360,126.0 303,875,562.0 370,475,972.0 359,598,105.0 339,774,167.0 316,496,877.0 349,170,202.0 314,833,464.0 352,787,965.0 323,343,932.0 348,663,490.0 375,110,230.0 4,124,490,092.0

1. Por la participación de la recaudación del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos

35,260,125.0 38,104,442.0 57,048,309.0 61,749,909.0 23,843,272.0 19,500,967.0 16,830,547.0 23,517,470.0 19,748,989.0 22,544,438.0 16,480,127.0 38,354,784.0 372,983,379.0

2. Por la Participación de la Recaudación del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos

119,334,563.0 73,107,432.0 75,443,698.0 89,959,633.0 81,144,302.0 88,538,303.0 85,007,456.0 80,775,999.0 88,761,554.0 87,298,710.0 100,848,110.0 114,804,198.0 1,085,023,958.0

3. Por incentivos de fiscalización y gestión de cobro

9,724,376.0 14,254,920.0 35,874,994.0 18,377,178.0 29,482,600.0 21,548,814.0 16,634,183.0 17,952,831.0 29,823,870.0 15,650,926.0 15,922,899.0 18,670,902.0 243,918,493.0

a) Por el Impuesto al Valor Agregado 3,579,362.0 4,558,960.0 4,008,564.0 3,408,208.0 4,931,813.0 3,394,117.0 2,863,537.0 3,433,195.0 4,094,906.0 2,400,452.0 2,806,368.0 4,080,958.0 43,560,440.0

b) Por el Impuesto al Activo 336,356.0 831,014.0 278,742.0 485,324.0 103,093.0 659,129.0 206,678.0 954,108.0 150,637.0 699,846.0 152,349.0 759,417.0 5,616,693.0

c) Por el Impuesto Especial a la Producción y Servicios

0.0 131,479.0 234,322.0 114,370.0 201,723.0 314,058.0 255,588.0 49,297.0 142,666.0 970,607.0 67,313.0 106,291.0 2,587,714.0

d) Por Gastos de Ejecución 21,843.0 8,519.0 17,640.0 12,433.0 155,489.0 128,738.0 71,754.0 29,110.0 96,686.0 23,838.0 56,051.0 58,651.0 680,752.0

e) Por el Impuesto sobre la Renta 1,302,987.0 2,797,009.0 3,941,811.0 2,597,088.0 14,330,608.0 4,109,435.0 3,252,566.0 3,250,213.0 3,380,003.0 2,640,986.0 4,547,700.0 3,700,542.0 49,850,948.0

f) Otros 4,483,828.0 5,927,939.0 27,393,915.0 11,759,755.0 9,759,874.0 12,943,337.0 9,984,060.0 10,236,908.0 21,958,972.0 8,915,197.0 8,293,118.0 9,965,043.0 141,621,946.0

4. Por la Participación de la Recaudación de Impuestos Federales

48,722,298.0 27,794,202.0 57,862,552.0 35,761,098.0 56,078,894.0 31,448,701.0 56,614,291.0 30,692,773.0 55,920,359.0 34,717,558.0 61,576,650.0 48,736,044.0 545,925,420.0

a) Respecto del Régimen de Pequeños Contribuyentes

33,840,420.0 11,829,113.0 37,173,524.0 10,418,852.0 36,474,255.0 9,435,193.0 35,599,790.0 9,428,559.0 35,341,774.0 10,628,506.0 36,604,578.0 10,739,583.0 277,514,147.0

b) Por el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, respecto del Régimen Intermedio

3,426,859.0 3,263,606.0 3,491,335.0 4,137,205.0 3,596,474.0 3,258,286.0 3,458,147.0 3,139,755.0 3,072,263.0 3,352,963.0 4,021,178.0 4,139,771.0 42,357,842.0

c) Por el Impuesto sobre la Renta por Enajenación de Bienes Inmuebles y Construcciones

11,455,019.0 12,701,483.0 17,197,693.0 21,205,041.0 16,008,165.0 18,755,222.0 17,556,354.0 18,124,459.0 17,506,322.0 20,736,089.0 20,950,894.0 33,856,690.0 226,053,431.0

5. Por Multas Administrativas Impuestas por Autoridades Federales No Fiscales

2,575,942.0 4,010,312.0 2,190,947.0 1,666,387.0 1,555,130.0 4,354,937.0 3,191,496.0 2,517,558.0 2,177,352.0 2,742,155.0 1,980,080.0 2,712,114.0 31,674,410.0

6. Por la Administración de las Cuotas de Gasolina y Diesel

115,474,192.0 107,338,536.0 102,788,184.0 112,825,116.0 108,408,234.0 111,844,932.0 131,630,501.0 120,110,885.0 117,097,129.0 121,128,843.0 112,591,573.0 112,566,506.0 1,373,804,631.0

7. Fondo de Compensación del ISAN 39,268,630.0 39,265,718.0 39,267,288.0 39,258,784.0 39,261,735.0 39,260,223.0 39,261,728.0 39,265,948.0 39,258,712.0 39,261,302.0 39,264,051.0 39,265,682.0 471,159,801.0

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013

IX. Productos Financieros 26,920,527.0 31,186,546.0 31,115,750.0 35,408,943.0 37,010,100.0 28,665,600.0 24,478,197.0 22,544,864.0 18,748,228.0 33,580,622.0 24,252,945.0 33,046,576.0 346,958,898.0

IX. Productos Financieros

Calendario Mensual por Concepto de Ingreso para el Ejercicio Fiscal 2013

(9)

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013 T O T A L 4,409,395,523.0 5,721,973,150.0 4,304,667,025.0 4,405,009,083.0 4,296,542,784.0 4,095,356,524.0 4,657,270,790.0 4,116,240,408.0 4,342,057,838.0 4,400,411,539.0 3,912,688,986.0 4,315,983,279.0 52,977,596,929.0

1. Fondo General de Participaciones 3,827,131,497.0 5,209,052,188.0 3,853,295,942.0 3,769,736,495.0 3,851,478,127.0 3,657,388,854.0 4,023,076,170.0 3,681,060,426.0 3,891,837,758.0 3,780,261,332.0 3,488,246,348.0 3,869,201,143.0 46,901,766,280.0

2. Fondo de Fomento Municipal 213,651,285.0 278,948,296.0 216,051,676.0 211,254,515.0 226,118,601.0 207,484,878.0 226,283,794.0 206,804,204.0 218,823,612.0 226,524,239.0 195,246,247.0 216,547,258.0 2,643,738,605.0

3. Participaciones en IEPS 88,367,462.0 96,736,979.0 98,083,720.0 80,871,467.0 81,710,369.0 93,247,105.0 92,308,496.0 91,140,091.0 94,160,781.0 92,610,216.0 91,960,704.0 92,999,191.0 1,094,196,581.0

4. Fondo de Fiscalización 280,245,279.0 137,235,687.0 137,235,687.0 343,146,606.0 137,235,687.0 137,235,687.0 315,602,330.0 137,235,687.0 137,235,687.0 301,015,752.0 137,235,687.0 137,235,687.0 2,337,895,463.0

XI. Transferencias Federales

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013

T O T A L 1,109,289,669.0 1,076,933,241.0 1,466,492,176.0 1,253,279,506.0 1,244,073,264.0 1,394,377,870.0 1,238,067,544.0 1,184,356,442.0 1,296,182,395.0 1,338,413,422.0 1,391,712,104.0 1,203,272,837.0 15,196,450,470.0 1. Aportaciones Federales 924,289,669.0 846,971,473.0 878,712,992.0 893,648,927.0 900,821,592.0 904,697,993.0 895,246,770.0 867,849,383.0 885,738,617.0 897,810,795.0 887,559,753.0 917,977,101.0 10,701,325,065.0

a) Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud.

313,619,263.0 236,300,736.0 268,042,255.0 282,978,190.0 290,150,855.0 294,027,256.0 284,576,033.0 257,178,649.0 275,067,880.0 287,140,056.0 320,235,159.0 350,652,494.0 3,459,968,826.0

b) Fondo de Aportaciones Múltiples. 40,731,141.0 40,731,472.0 40,731,472.0 40,731,472.0 40,731,472.0 40,731,472.0 40,731,472.0 40,731,469.0 40,731,472.0 40,731,472.0 40,731,472.0 40,731,475.0 488,777,333.0

c) Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal.

43,346,143.0 43,346,143.0 43,346,143.0 43,346,143.0 43,346,143.0 43,346,143.0 43,346,143.0 43,346,143.0 43,346,143.0 43,346,145.0 0.0 0.0 433,461,432.0

d) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

375,706,000.0 375,706,000.0 375,706,000.0 375,706,000.0 375,706,000.0 375,706,000.0 375,706,000.0 375,706,000.0 375,706,000.0 375,706,000.0 375,706,000.0 375,706,010.0 4,508,472,010.0

e) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas.

150,887,122.0 150,887,122.0 150,887,122.0 150,887,122.0 150,887,122.0 150,887,122.0 150,887,122.0 150,887,122.0 150,887,122.0 150,887,122.0 150,887,122.0 150,887,122.0 1,810,645,464.0

2. Programas con Participación Federal 185,000,000.0 229,961,768.0 587,779,184.0 359,630,579.0 343,251,672.0 489,679,877.0 342,820,774.0 316,507,059.0 410,443,778.0 440,602,627.0 504,152,351.0 285,295,736.0 4,495,125,405.0

a) Convenios con la Federación. 185,000,000.0 229,961,768.0 587,779,184.0 359,630,579.0 343,251,672.0 489,679,877.0 342,820,774.0 316,507,059.0 410,443,778.0 440,602,627.0 504,152,351.0 285,295,736.0 4,495,125,405.0

b) Fideicomiso para la Infraestructura de los Estados

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

c) Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Pesos

Calendario Mensual por Concepto de Ingreso para el Ejercicio Fiscal 2013

(10)

T O T A L 854,275,009.0 839,068,241.0 892,728,190.0 873,664,590.0 870,707,890.0 851,700,202.0 876,658,308.0 882,144,358.0 880,769,040.0 1,011,857,505.0 1,046,102,286.0 1,097,665,604.0 10,977,341,223.0 1. Organismos de Transporte 454,258,645.0 431,058,329.0 457,802,320.0 459,440,453.0 468,859,648.0 456,044,266.0 464,388,621.0 483,827,057.0 468,680,786.0 599,715,517.0 623,620,845.0 651,164,415.0 6,018,860,902.0

Sistema de Transporte Colectivo (Metro)

391,000,602.0 372,487,887.0 389,137,998.0 393,123,342.0 404,499,624.0 387,322,695.0 396,377,424.0 423,249,756.0 397,365,528.0 531,320,447.0 560,337,495.0 553,777,202.0 5,200,000,000.0

Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal

23,661,582.0 22,315,141.0 23,701,983.0 23,657,638.0 24,438,248.0 23,716,477.0 30,683,903.0 25,738,655.0 24,455,353.0 26,523,360.0 25,172,274.0 56,198,883.0 330,263,497.0

Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal

33,122,922.0 32,551,301.0 33,108,339.0 33,193,934.0 36,217,776.0 35,125,094.0 30,923,294.0 31,134,646.0 35,005,905.0 37,441,710.0 34,385,615.0 31,308,330.0 403,518,866.0

Fideicomiso para el Fondo de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público del Distrito Federal

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Metrobús 6,473,539.0 3,704,000.0 11,854,000.0 9,465,539.0 3,704,000.0 9,880,000.0 6,404,000.0 3,704,000.0 11,854,000.0 4,430,000.0 3,725,461.0 9,880,000.0 85,078,539.0

2. Organismos de Vivienda 63,067,531.0 78,786,784.0 107,911,857.0 97,893,130.0 105,997,001.0 94,118,060.0 108,789,017.0 97,036,215.0 111,466,565.0 114,294,693.0 111,761,401.0 93,122,501.0 1,184,244,755.0

Instituto de Vivienda del Distrito Federal

63,067,531.0 78,786,784.0 107,911,857.0 97,893,130.0 105,997,001.0 94,118,060.0 108,789,017.0 97,036,215.0 111,466,565.0 114,294,693.0 111,761,401.0 93,122,501.0 1,184,244,755.0

3. Organismos de Educación, Salud y Asistencia Social

7,553,367.0 11,093,851.0 10,497,052.0 3,510,626.0 7,718,697.0 12,067,249.0 5,729,272.0 3,265,864.0 4,244,760.0 7,796,529.0 10,320,227.0 6,445,810.0 90,243,304.0

Servicios de Salud Pública del Distrito Federal

1,150,694.0 1,148,531.0 829,032.0 755,703.0 856,165.0 857,394.0 1,043,795.0 1,110,928.0 1,008,103.0 745,567.0 938,339.0 1,009,114.0 11,453,365.0

Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal

6,402,673.0 9,945,320.0 9,668,020.0 2,754,923.0 6,862,532.0 11,209,855.0 4,426,877.0 2,154,936.0 3,236,657.0 7,050,962.0 9,381,888.0 5,436,696.0 78,531,339.0

Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Procuraduría Social del Distrito Federal 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 258,600.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 258,600.0

Instituto de la Juventud 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Instituto de las Mujeres 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Consejo de Evaluación del Desarrollo Social

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Instituto de Ciencia y Tecnología 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Fideicomiso Educación Garantizada 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Instituto del Deporte del Distrito Federal

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

4. Organismos Cajas de Previsión 236,169,900.0 236,169,900.0 236,169,899.0 236,169,900.0 236,169,900.0 238,559,344.0 242,057,466.0 242,057,466.0 242,057,465.0 242,057,466.0 242,057,466.0 291,117,661.0 2,920,813,833.0

Caja de Previsión para los Trabajadores a la Lista de Raya del Distrito Federal

78,554,257.0 78,554,257.0 78,554,257.0 78,554,257.0 78,554,257.0 78,554,257.0 78,554,257.0 78,554,257.0 78,554,257.0 78,554,257.0 78,554,257.0 78,554,257.0 942,651,084.0

Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal

112,525,984.0 112,525,984.0 112,525,984.0 112,525,984.0 112,525,984.0 114,915,429.0 118,413,550.0 118,413,550.0 118,413,550.0 118,413,550.0 118,413,550.0 167,473,746.0 1,437,086,845.0

Caja de Previsión de la Policía Auxiliar del Distrito Federal

(11)

del Distrito Federal Fondo de Desarrollo Económico del Distrito Federal

471,229.0 692,002.0 692,003.0 804,392.0 804,392.0 949,481.0 825,981.0 804,392.0 832,491.0 832,490.0 862,688.0 863,867.0 9,435,408.0

Corporación Mexicana de la Impresión S.A. de C.V.

51,088,042.0 42,850,319.0 37,449,876.0 39,249,176.0 10,130,716.0 8,051,819.0 9,409,316.0 7,912,466.0 9,409,316.0 7,202,407.0 8,700,119.0 12,081,035.0 243,534,607.0

Servicios Metropolitanos S.A. de C.V. 27,234,977.0 19,322,196.0 22,360,151.0 19,430,685.0 21,256,588.0 20,362,775.0 19,423,094.0 18,614,235.0 18,845,257.0 18,648,826.0 18,173,087.0 18,291,851.0 241,963,722.0

Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México

6,840,534.0 6,503,458.0 5,373,068.0 5,373,408.0 7,218,474.0 9,044,319.0 8,841,973.0 16,599,547.0 12,709,027.0 9,014,622.0 17,625,584.0 7,563,844.0 112,707,858.0

Fideicomiso para el Mejoramiento de las Vías de Comunicación

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México

107,033.0 107,033.0 107,034.0 107,033.0 107,033.0 107,034.0 107,033.0 107,033.0 107,034.0 107,033.0 107,033.0 106,634.0 1,284,000.0

Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Fondo Ambiental Público del Distrito Federal

0.0 0.0 5,000,000.0 5,000,000.0 5,000,000.0 5,000,000.0 5,000,000.0 5,000,000.0 5,000,000.0 5,000,000.0 5,000,000.0 5,000,000.0 50,000,000.0

Fondo Mixto de Promoción Turística 151,509.0 242,699.0 151,509.0 242,699.0 151,509.0 314,289.0 151,509.0 242,699.0 151,509.0 242,697.0 170,654.0 487,764.0 2,701,046.0

Fondo de Seguridad Pública del Distrito Federal

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Fideicomiso de Recuperación Crediticia III

6,467,408.0 6,515,162.0 7,309,194.0 5,377,139.0 6,047,773.0 5,806,963.0 5,837,824.0 5,176,554.0 5,903,096.0 5,470,135.0 6,298,764.0 10,099,877.0 76,309,889.0

Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito

5,677.0 966,087.0 61,619.0 158.0 11,619.0 0.0 977,547.0 6,047.0 169.0 6,462.0 6,473.0 0.0 2,041,858.0

Fideicomiso Museo Arte Popular 259,200.0 467,696.0 472,696.0 578,693.0 577,193.0 679,032.0 653,052.0 591,693.0 619,343.0 639,468.0 636,442.0 825,492.0 7,000,000.0

Fideicomiso Museo del Estanquillo 0.0 0.0 110,000.0 0.0 110,000.0 100,000.0 180,000.0 140,000.0 180,000.0 100,000.0 180,000.0 100,000.0 1,200,000.0

Fideicomiso Ciudad Digital 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Fideicomiso Complejo Ambiental Xochimilco

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Fideicomiso Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia

111,621.0 3,803,605.0 771,167.0 132.0 49,415.0 0.0 3,790,753.0 266,643.0 65,309.0 232,247.0 91,590.0 0.0 9,182,482.0

Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V.

350,485.0 350,485.0 350,485.0 350,485.0 350,485.0 350,485.0 350,485.0 350,485.0 350,485.0 350,485.0 350,485.0 350,495.0 4,205,830.0

Escuela de Administración Pública 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Instituto para la Atención y Previción de las Adicciones de la Ciudad de México

7,851.0 8,635.0 8,260.0 6,481.0 17,447.0 15,086.0 15,365.0 15,962.0 16,428.0 16,428.0 9,428.0 9,428.0 146,799.0

Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Fondo para el Desarrollo Económico y Social de la Ciudad de México

(12)

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013

XIII. Remanentes del Ejercicio Anterior 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013

XIV. Endeudamiento Neto 0.0 0.0 0.0 555,555,555.0 555,555,555.0 555,555,555.0 555,555,555.0 555,555,556.0 555,555,556.0 555,555,556.0 555,555,556.0 555,555,556.0 5,000,000,000.0

C o n c e p t o Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total 2013

TOTAL 12,741,270,288.0 12,283,384,684.0 12,006,887,151.0 11,721,570,514.0 11,286,426,317.0 11,487,925,348.0 11,988,111,390.0 11,695,089,575.0 12,001,526,084.0 12,329,536,432.0 11,724,325,063.0 12,876,875,344.0 144,142,928,190.0

Calendario Mensual por Concepto de Ingreso para el Ejercicio Fiscal 2013

Pesos Pesos

XIV. Endeudamiento Neto

Calendario Mensual por Concepto de Ingreso para el Ejercicio Fiscal 2013

Pesos

(13)

SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL

DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, Secretario de Salud del Distrito Federal con fundamento en los artículos

87,89 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; artículos 15 Fracción VII, 16 Fracción IV y 29 Fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, artículos 7 Fracción VII y 26 Fracción XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 32,33 y 34 de la ley del Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículo 50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal emito el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN 2013 DEL PROGRAMA DE ACCESO GRATUITO A LOS SERVICIOS MEDICOS Y MÉDICAMENTOS A LAS PERSONAS RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL QUE CARECEN DE SEGURIDAD SOCIAL LABORAL, A CARGO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL, QUE A CONTINUACIÓN SE LISTAN:

C O N S I D E R A N D O

La protección del derecho a la salud esta reconocida en la legislación local en la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, la Ley de Salud del Distrito Federal y la Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las personas residentes en el Distrito Federal que carecen de seguridad social laboral “

( LAGSMMDF).

Con la LAGSMMDF y su Reglamento se consagra la protección de la salud como un derecho social universal y se fijan las obligaciones para las autoridades capitalinas de promover, proteger y garantizar su cumplimiento. Con ello se convirtió la protección de la salud en derecho exigible por los residentes del Distrito Federal. A través de la LAGSMMDF, se legisló sobre el papel del Gobierno como sujeto obligado de garantizar el derecho a la protección de la salud en el DF y se obliga al ejecutivo y legislativo locales a asignar recursos en salud suficientes para garantizar este derecho mediante un presupuesto anual actualizado al índice de inflación no menor al presupuesto de la Secretaría de Salud del Distrito Federal del año inmediato anterior.

La Ley de Salud del Distrito Federal, expedida el 26 de Agosto del 2009, reconoce a la Gratuidad como uno de los principios del derecho a la protección de la salud (Art. 3 fracción III) y que los servicios de atención médica que otorgue el Gobierno del Distrito Federal, así como los medicamentos asociados al segundo nivel de atención, serán otorgados de manera gratuita a los usuarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la LAGSMMDF (ART. 9).

La Secretaría de Salud del Distrito Federal (SSDF) con relación a la LAGSMDF desarrolla el Programa de Servicios Médicos y Medicamentos Gratuitos (PSMMG), el cual tiene como objetivo otorgar gratuitamente los servicios integrales que se ofrecen en la Secretaría de Salud del Distrito Federal (SSDF) y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal (SSPDF), además de proporcionar gratuitamente los medicamentos necesarios para el tratamiento, establecidos en el Cuadro Básico y Catálogo Institucional de Medicamentos de la SSDF. Debe destacarse que los servicios incluyen atenciones preventivas, curativas y de rehabilitación para todos los grupos de edad y ambos sexos incluyendo las acciones integradas por grupo etáreo.

El enfoque de los Derechos Humanos y de Género, de la Ley de Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos se hará con énfasis, en la disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad y calidad profesional de los servicios médicos y tratamientos, generando así indicadores para poder medir su eficacia.

I. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA Dependencias:

Secretaría de Salud del Distrito Federal como Organismo Público Centralizado y

Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal como Organismo Público Descentralizado

Entidad: Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal Unidades Administrativas:

Dirección General de Planeación y Coordinación Sectorial Dirección de Políticas de Salud, Planeación y Evaluación

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Dirección de Sistemas Institucionales y Comunicaciones Dirección General de Administración

Dirección de Recursos Financieros en la Secretaría de Salud

Unidades Técnico Operativas:

Secretaría de Salud del Distrito Federal Subsecretaría de Servicios Médicos e Insumos Dirección General de Servicios Médicos y Urgencias Dirección de Atención Hospitalaria

Jefatura de Unidad Departamental de Gratuidad Dirección de Medicamentos, Insumos y Tecnología

Entidad: Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal, como Organismo Público Descentralizado. Unidades Administrativas:

Coordinación de Programación y Operación Coordinación de Recursos Financieros

Unidades Técnico operativas:

Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal, Organismo Público Descentralizado. Dirección Ejecutiva de los Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal

Dirección de Atención Médica

II.- OBJETIVOS Y ALCANCES.

Alcances.- Contribuir a mejorar la atención y prevención de la población abierta del Distrito Federal, sin seguridad social

laboral y mejorar los niveles de salud, con un enfoque universal, equitativo y avanzar en la garantía del derecho a la salud.

Objetivo General

Garantizar el acceso a los servicios de salud integrales que prestan en las unidades médicas y los centros de salud del Gobierno del Distrito Federal, incluyendo el acceso a los tratamientos prescritos en las mismas, sin costo anticipado o al momento de requerirlos para los residentes del Distrito Federal que carecen de seguridad social laboral, de conformidad con los recursos presupuestales asignados a la Secretaría de Salud del Distrito Federal, como Organismo Público Centralizado y los Servicios de Salud Pública como Organismo Público Descentralizado.

Objetivos Específicos

9 Inscribir a las familias y personas no-aseguradas residentes en el Distrito Federal y proporcionar su cedula de afiliación familiar que las acredite como derechohabientes de los servicios integrales que prestan los centros de salud y las unidades hospitalarias del Gobierno del Distrito Federal.

9 Afiliar con enfoque de Derechos Humanos y de Género a la población con discapacidad, población callejera, población indígena, población Lésbico, Gay, Bisexual, Transgénero, Transexual, Travestí e Intersexual (LGTTTI), personas adultas mayores, migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo, y victimas de trata de personas.

9 Proporcionar sin costo los servicios auxiliares de diagnóstico cuando los médicos tratantes de los centros de salud y unidades hospitalarias del Gobierno del Distrito Federal lo prescriban como parte del tratamiento médico y de acuerdo con los recursos institucionales autorizados.

9 Otorgar los servicios médicos que prestan en los centros de salud y las unidades hospitalarias del Gobierno del Distrito Federal, desde el nivel preventivo, de diagnóstico, curativo y de rehabilitación y que deberán estar prescritos como parte del tratamiento médico y de acuerdo con los insumos y recursos institucionales autorizados.

9 Otorgar los medicamentos a los titulares y sus dependientes de acuerdo a las guías terapéuticas, el Cuadro Básico y el Catálogo Institucional de Medicamentos, autorizados para hospitales y centros de salud por el Gobierno del Distrito Federal.

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Población objetivo.

Es la población abierta, que carece de seguridad social laboral y es residente en el Distrito Federal que aproximadamente son 3,900,000 habitantes, a la fecha el 86 por ciento de la población ya está incorporada (3,355,287 hasta diciembre del 2012) .

III.- META FÍSICA:

Afiliación y Prestación de Servicios.

• Realizar con oportunidad 75,000 afiliaciones a las personas residentes del Distrito Federal, sin seguridad social laboral durante el 2013.

• Otorgar en las unidades médicas y centros de salud 4,858,973 consultas Generales y de especialidad. • Otorgar atención médica a través de 153,341 egresos hospitalarios.

• Desarrollar 9,748 pláticas en las unidades médicas y centros de salud, a fin de difundir y promover la Ley de Acceso a los Servicios Médicos y Medicamentos Gratuitos a la población usuaria de los servicios.

• Otorgar el medicamento de acuerdo al Cuadro Básico y Catálogo Institucional de Medicamentos publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como sus actualizaciones.

• Efectuar a la población beneficiaria del Programa de Gratuidad, un total de 724,191 estudios de rayos X, así como 9,338,391 estudios de laboratorio y gabinete, con la finalidad de complementar su diagnóstico terapéutico.

IV.-PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL

La Secretaría de Salud cuenta con un techo presupuesto total de $7, 866,121,281, en la Secretaría de Salud y en los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.

V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO.

• Ser residentes del Distrito Federal

• No estar afiliados a las instituciones de Seguridad Social Laboral.

Acceso.

El proceso de afiliación se realizara en el servicio de Trabajo Social de los centros de salud y unidades hospitalarias del Gobierno del Distrito Federal, cabe señalar que no esta condicionado a un proceso de enfermedad o urgencia, la afiliación correspondiente.

• Podrán acceder a los servicios y medicamentos gratuitos con la presentación de su Cédula de Afiliación Familiar, Credencial de Gratuidad o Reposición de Cédula de Afiliación.

Selección.

Los criterios de selección para ser beneficiarios de este programa serán únicamente: Ser residentes del Distrito Federal carentes de seguridad social laboral.

VI. LOS PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN. Registro de Afiliación.

Para el registro al proceso de afiliación en los Centros de Salud y Unidades Médicas del Gobierno del DF.

• El registro de las personas residentes en el Distrito Federal que carecen de seguridad social laboral podrá realizarse de manera individual como titular una vez cumplida la mayoría de edad, como titular de familia, cuando se tengan dependientes y en este último supuesto los menores de edad cuando procreen hijos.

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• Para registrarse en el padrón de las unidades médicas del Gobierno del Distrito Federal lo siguiente es requisito : A) Acreditar ser residente del Distrito Federal, para lo cual deberá entregar una copia simple del comprobante de

domicilio vigente, gas, teléfono, predial o credencial de elector.

B) Acreditar la identidad del solicitante y en su caso de cada uno de los dependientes, para lo cual se deberá entregar copia simple de alguna identificación oficial, la credencial de elector, pasaporte, o cartilla del servicio militar nacional para los mayores de edad y acta de nacimiento ó constancia escolar con fotografía en el caso de menores de edad.

C) No estar afiliado a instituciones de seguridad social laboral (IMSS. ISSSTE, SEDENA, ISEMYN, U OTRAS). Esta última condición no aplica para personas mayores de 68 años o más, beneficiarios de LA TARJETA DE PENSIÓN ALIMENTARIA.

D) Los menores de edad que hayan constituido su propia familia y las madres solteras menores de edad, también podrán registrarse como titulares, para el acceso gratuito a los servicios médicos y medicamentos del Gobierno del Distrito Federal, previa presentación de las copias fotostáticas de los siguientes documentos: identificación escolar oficial o constancia escolar con fotografía, comprobante de domicilio y certificado de nacimiento de los hijos hasta los seis meses, acta de nacimiento después de seis meses de edad.

E) Las personas mayores de 68 años y más inscritas al “Programa de la Tarjeta de Pensión Alimentaria”, no requerirán registrarse para el acceso gratuito a los servicios médicos y medicamentos del Gobierno del DF. Para recibir los servicios y medicamentos bastara con presentar su tarjeta del Programa y su identificación oficial con firma (IFE, pasaporte, cartilla de servicio militar, cédula profesional y licencia).

F) Firmar la cédula de afiliación familiar que se proporciona y es requisitada por personal de trabajo social de las unidades médicas del Gobierno del Distrito Federal.

• Las personas indigentes, niños en situación de calle, niños abandonados, indígenas o aquellos que por su condición sean sujetos de asistencia social, y no puedan acreditar su identidad ni su dirección, deberán acudir a la Oficina de Trabajo Social de las Unidades Médicas del Gobierno del Distrito Federal para que se verifique su condición, y se procede a su registro en el padrón. En caso de que cualquiera de ellos cuente con algún tipo de tutoría institucional podrán registrarse, debiendo presentar el soporte documental que den los (avales institucionales).

• La presentación de todos y cada uno de los requisitos antes señalados debe hacerse en las unidades médicas del Gobierno del Distrito Federal, en el área de Trabajo Social donde se revisarán y en su caso de estar cubiertos los requisitos se procederá a la entrega de la cédula de afiliación y al registro del titular y en su caso de sus dependientes en el padrón.

• Hasta en tanto no sea expedida la credencial de gratuidad al titular y en su caso a sus dependientes podrán acreditar su derecho al acceso gratuito a los servicios médicos y medicamentos de acuerdo al Cuadro Básico y Catalogo Institucional mediante la cédula de afiliación familiar o la reposición de la Cédula de Afiliación.

• El registro para el acceso gratuito deberá ser realizado por familia o individualmente, a través del llenado del formato Cedula de Afiliación. A partir de ese momento los usuarios se convierten en titulares o dependientes registrados para el acceso gratuito a los servicios médicos y medicamentos del Gobierno del Distrito Federal.

• Ninguno de los trámites para el registro, implicará costo alguno para los beneficiarios.

• El usuario que NO cumpla con las condiciones para el Acceso gratuitos a los servicios médicos y medicamentos gratuitos del Gobierno del Distrito Federal, podrá tener derecho a todos los servicios médicos y auxiliares mediante un pago de cuota de recuperación según se estipula en el Manual de Cuotas de Recuperación.

• Si el titular tiene cinco hijos o mas menores de 18 años estos deberán ser anotados en la cédula complementaria de Afiliación Familiar.

(17)

De los Servicios Médicos.

• Los Servicios Médicos a los que tienen acceso los titulares y dependientes, en los Centros de Salud del Gobierno del Distrito Federal son:

• En los 217 Centros de Salud y Clínicas de Especialidad. a) Consulta Externa General y de Especialidad b) Estudios de Laboratorio y de gabinete disponibles. c) Control del Embarazo

d) Consulta Odontológica

e) Actividades preventivas y de promoción a la salud.

f) Medicamentos de acuerdo al Cuadro Básico y Catálogo Institucional de Medicamentos.

• En las 32 Unidades Hospitalarias del Gobierno del Distrito Federal que conforma el segundo nivel de atención, en el cual se proporcionan las especialidades básicas: cirugía general, medicina interna, Gineco-obstetricia y Pediatría, así como especialidades complementarias: otorrinolaringología, traumatología y ortopedia y dermatología. Y áreas de apoyo, anatomía patológica, laboratorio clínico, anestesiología y radiología. Así como la atención de urgencia y el otorgamiento de medicamentos de acuerdo al Cuadro Básico y Catálogo Institucional.

NOTA: Para consultar el Catálogo de especialidades por unidad hospitalaria, debe ingresar a la página

www.salud.df.gob.mx.

ESTE PROGRAMA NO INCLUYE: OTROS INSUMOS PARA LA SALUD TALES COMO; MATERIAL DE OSTEOSÍNTESIS, ÓRTESIS, PRÓTESIS O AYUDAS FUNCIONALES Y CIRUGÍAS ESTÉTICAS.

VII. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD.

Las quejas y denuncias vinculadas a la operación del Programa son canalizadas a las instancias competentes, en términos de las disposiciones normativas y administrativas aplicadas para cada caso:

Por escrito: Libremente el usuario puede acudir para que a través de los formatos establecidos para tal fin, procurando

proporcionar la información indispensable que permita dar el curso legal respectivo a cada caso, como es el nombre del peticionario, denunciante o quejoso, localidad, relación sucinta de los hechos, fecha, nombre de la persona o servidor público contra quien vaya dirigida la inconformidad y la institución a la que pertenezca. La población podrá depositar sus quejas, sugerencias y felicitaciones en los siguientes medios e instancias:

• Buzones fijos que se encuentren instalados en las unidades médicas de la Secretaría de Salud;

• Personalmente ante las Dirección Jurisdiccional Sanitaria y/o Unidad Hospitalaria de la Secretaría de Salud, además puede acudir a los Módulos de Atención Ciudadana, ubicados en las unidades hospitalarias de la Secretaría del Gobierno del Distrito Federal.

• Ante la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal. • www.contraloría.df.gob.mx

• Órgano de control interno en la Secretaría de Salud GDF.

Por teléfono: A través del sistema de atención telefónica de lunes a viernes, llamando a los números telefónicos:

• Secretaría de Salud del Gobierno del Distrito Federal 51320900 Ext. 1374, de 8:00 hrs. a 15:00 hrs. • Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal, al teléfono: 51321200 ext. 1586 de 8:00 a 20:00 hrs.

Por medios electrónicos a las direcciones electrónicas:

www.salud.df.gob.mx

(18)

VIII.-MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD. De los Derechos de los beneficiarios.

Los titulares y los dependientes tienen los siguientes Derechos:

• Estar registrados en el padrón de las unidades médicas del Gobierno del Distrito Federal. • Acceder equitativamente e indiferenciadamente a los servicios con calidad y oportunidad. • Recibir atención médica continua y de calidad.

• Salvaguardar la confidencialidad sobre su estado de salud y datos personales, en apego a la Ley de Protección y Datos Personales para el Distrito Federal.

Las Obligaciones de los Titulares y sus dependientes son:

• Presentar identificación oficial y credencial de gratuidad o cédula de afiliación o reposición de la cédula de afiliación, para acreditarse y poder recibir los servicios médicos, de diagnóstico y medicamentos.

• Utilizar correctamente la cédula de afiliación, credencial de gratuidad o reposición de la cédula de afiliación.

• Proporcionar información completa, veraz y debidamente soportada con los documentos oficiales, para verificar su identificación y domicilio.

• Informar personalmente o notificar por escrito al área de Trabajo Social del Centro de Salud de Adscripción, cualquier cambio en sus datos, tales como: el ingreso a la seguridad social, fallecimiento, nacimiento de hijos, cambio de domicilio.

• Acceder a la verificación y validación de la información solicitada por la Secretaría, relacionada con la documentación que lo acredite como titular.

• Cumplir con las recomendaciones, prescripciones, tratamientos o procedimientos de salud preescritos por el médico tratante.

• Dar un trato respetuoso al personal médico, paramédico y administrativo y auxiliar de las unidades médicas, y al resto de los titulares, usuarios y acompañantes.

• Respetar las normas y procedimientos institucionales para el acceso a los servicios, atención médica y a los medicamentos.

• Reportar al centro de salud de adscripción el extravió o robo de la credencial de gratuidad o de la cédula de afiliación, con la finalidad de recuperar una reposición de la misma, ya sea en la Jurisdicción Sanitaria que corresponda o en la JUD de Gratuidad.

Son causas de baja del padrón de beneficiarios, los titulares y dependientes lo siguiente:

• Si resulta falsa, alterada o apócrifa la documentación presentada al momento de acceder a los servicios médicos o para surtir los medicamentos. , sin menoscabo de las acciones legales que correspondan.

• Si un dependiente registrado ya ha cumplido la mayoría de edad.

• En caso de alterar la cédula de afiliación familiar ó de la credencial de gratuidad.

• En caso de identificar que el titular o alguno de sus dependientes no cumpla con los requisitos de residencia en el Distrito Federal o de Aseguramiento a la seguridad social laboral.

• Cuando el personal de los diferentes servicios involucrados en los procedimientos para el acceso gratuito a los servicios médicos y medicamentos del Gobierno del Distrito Federal, identifique a una persona que presenta la Cedula de Afiliación Familiar, Credencial de Gratuidad o Reposición de otro titular, se procederá a la baja y se recogerá el documento.

IX.-MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES.

La evaluación interna del Programa de Servicio Médico y Medicamentos Gratuito, estará vinculado los lineamientos establecidos por el Consejo de Evaluación de Desarrollo Social del Distrito Federal, sobre todo para realizar la evaluación de operación. El diseño metodológico se basará en las categorías de análisis, de eficacia, eficiencia y calidad. Cabe señalar que se incorporarán los indicadores de cobertura y operación, descritos en las propias reglas de operación. Las unidades administrativas vinculadas al proceso de evaluación interna estarán adscritas a los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal y la Secretaría de Salud del Distrito Federal.

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INDICADORES. Eficacia de Cobertura.

• Porcentaje de afiliación de la población sin seguridad social laboral

De Operación.

• Porcentaje de cobertura de servicios

• Variación de los servicios médicos otorgados (comparativo entre el ejercicio actual y el ejercicio inmediato anterior)

• Porcentaje de consulta externa otorgada • Porcentaje de atención de urgencias otorgadas • Porcentaje de egreso hospitalarios otorgados • Porcentaje de rayos X realizados

• Porcentaje de exámenes de laboratorios realizados

• Porcentaje de presupuesto ejercido en adquisición de medicamentos

Indicador de Género.

• Porcentaje de mujeres titulares en el padrón de Beneficiario

X. LAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.

La participación social, se entenderá como aquella manera que los integrantes de Asociaciones, Comités Vecinales u otros organismos, soliciten su acceso al Proceso de Afiliación, dirigida a sus integrantes, a través de la solicitud por escrito para identificar el número de solicitantes y definir la estrategia de afiliación, toda vez que se identifique que cubren con los requisitos establecidos por este programa Será importante además solicitar su colaboración para conocer a través de la encuesta de la satisfacción de usuarios, la percepción de la atención médica proporcionada en los Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal y/o la Secretaría de Salud del Distrito Federal, toda vez que sus integrantes hayan sido incorporados al Programa de Servicio Médico y Medicamentos Gratuitos.

XI. ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES.

Con el fin de dar cumplimiento al Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y con el propósito de contribuir a la complementariedad de acciones con otros programas y aprovechar la información contenida en el padrón para focalizar otros apoyos, la Secretaría de Salud difunde a través de su página de Internet www.salud.df.gob.mx, información relativa al listado a los beneficiarios del Programa por Delegación Política, así como los resultados de las evaluaciones externas que permitan a otras instituciones, la retroalimentación de nuestra experiencia en el diseño y aplicación del mismo.

Además el programa de Gratuidad propicia la articulación de sus acciones con otros programas de Desarrollo Social orientados a mejorar la calidad de vida de la población prioritaria y vulnerable que reside en el Distrito Federal.

Los programas más recurrentes complementarios al de Gratuidad son: Adultos Mayores y la Pensión Alimentaria, Discapacidad, Niños Talento, Personas en Condición de Violencia de Género, Población derivada de la Comisión de Derechos Humanos entre otras instancias.

GLOSARIO.

Atención de urgencias.- Conjunto de acciones médicas y no médicas que se otorgan desde el primer contacto con el titular

del derecho al acceso gratuito a los servicios médicos y medicamentos en el ámbito prehospitalario, con el fin de brindarle las condiciones necesarias para la sobrevivencia y estabilización, así como la atención hospitalaria.

Carpeta de Afiliación.- Expediente que se abrirá en las unidades médicas del Distrito Federal por cédula de afiliación que

(20)

Cédula de Afiliación.- Formato oficial con número de folio, que constituye la clave de control de las personas que se

inscriben para tener acceso gratuito a los servicios médicos y medicamentos, la cual contiene entre otros el nombre de los titulares y de los menores de edad que forman parte del hogar y tengan una relación de parentesco y discapacitados que no puedan valerse por si mismos que habiten en el mismo domicilio del titular.

Credencial de Gratuidad.- Es la tarjeta plástica que expide la Secretaría de Salud del Distrito Federal a los titulares y

beneficiarios que junto con la credencial de elector deben presentar en las unidades médicas del Distrito Federal para recibir los servicios médicos y medicamentos a que se refiere el presente reglamento;

Gratuidad.- El acceso a los servicios de salud disponibles en las unidades médicas del Gobierno del Distrito Federal y a los

medicamentos asociados a los tratamientos prescritos en las mismas, sin costo anticipado o al momento de requerirlos, para los residentes del Distrito Federal que carezcan de seguridad social laboral, de conformidad con los recursos presupuestales asignados a la Secretaría de Salud del Distrito Federal.

Dependientes.- Los cónyuges, concubinas, concubinos, hijos menores de edad sin descendencia, los menores de edad que

forman parte del hogar y tengan una relación de parentesco y discapacitados que no puedan valerse por si mismos, que habiten en el mismo domicilio que el titular.

Medicamentos asociados.- Son los prescritos por el médico tratante para el adecuado tratamiento y reestablecimiento de la

salud de los titulares y dependientes.

Padrón.- Es el listado de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, que contiene el registro de los titulares y los

dependientes, con derecho al acceso gratuito a los servicios médicos y medicamentos asociados disponibles en las unidades médicas del Gobierno del Distrito Federal.

Titular.- Persona residente del Distrito Federal que carece de seguridad social laboral, que cumplió con los requisitos

señalados en el presente documento y se encuentra registrado en el padrón de la Secretaría de Salud del Distrito Federal la cual tiene derecho al acceso gratuito a los servicios médicos y medicamentos asociados.

Titular de Familia.- Los padres y tutores que aparecen como titulares en el padrón de la Secretaría de Salud del Distrito

Federal.

Unidades Médicas del Gobierno del Distrito Federal.- Son las unidades de atención primaria y de hospitalización del

Gobierno del Distrito Federal en las que se otorgan los servicios médicos y medicamentos asociados a los titulares del derecho a que se refiere el presente documento.

Médico Tratante.- El adscrito a las unidades médicas del Gobierno del Distrito Federal que trata directamente el

padecimiento del titular del derecho al que se refiere el presente documento.

Primer nivel de Atención (Centros de Salud). Lo integran las unidades que proporcionan atención médica de tipo integral,

preventiva y curativa apoyado en estudios de laboratorio y gabinete de baja complejidad, así como la promoción a la salud, educación para la salud, y fomento sanitario dirigido a problemas de salud más frecuentes.

Segundo nivel de atención (Hospitales).-Está conformado por las Unidades Hospitalarias que proporcionan las

especialidades básicas: cirugía general, medicina interna, Gineco-obstetricia y Pediatría, así como especialidades complementarias: otorrinolaringología, traumatología y ortopedia y dermatología . Y áreas de apoyo, anatomía patológica, laboratorio clínico, anestesiología y radiología. Así como la atención de urgencia y el otorgamiento de Medicamentos de acuerdo al Cuadro Básico y Catálogo Institucional.

Sistema de referencia y contrarreferencia.- Es el procedimiento de coordinación entre las unidades operativas de los tres

niveles de atención médica para facilitar el envío y recepción de pacientes con el propósito de brindar dicha atención médica de forma oportuna, integral y con calidad.

(21)

TRANSITORIO

Único.- Publíquense las presentes Reglas de Operación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México, Distrito Federal a 22 de Enero del 2013

(Firma)

_____________________________________________

DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

(22)

SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL

JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, Secretario de Salud del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 87, 89 y

115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15, fracción VII, 16, fracción III, IV, y VII y 28 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 34 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, emito el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN 2013 DEL PROGRAMA DE APOYO PARA PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS QUE REQUIEREN DE MATERIAL DE OSTEOSINTESIS, PRÓTESIS, ÓRTESIS, APOYOS FUNCIONALES Y MEDICAMENTOS FUERA DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL.

C O N S I D E R A N D O

La misiòn de la Secretarìa de Salud del DF es hacer realidad el derecho a la protecciòn a la salud y avanzar en la vigencia de la gratuidad, la universalidad y la integralidad en la atención de la salud, mediante una polìtica de salud que construye el camino para asegurar este derecho a partir del fortalecimiento de los servicios de salud y su financiamiento solidario. En este marco, la poblaciòn a la que están orientados los servicios, es la que carece de seguridad social laboral, población que tienen los grupos sociales más vulnerables, que requieren no solo el apoyo para la atención de las enfermedades que presentan sino que además necesitan el apoyo para atender secuelas de los padecimientos, o apoyos para insumos o medicamentos que no son aportados por los cuadros básicos de la Secretaría de Salud.

La población usuaria de los servicios de la Secretaría de Salud del Distrito Federal,presentan algunos problemas de salud que requieren de sillas de ruedas, lentes, aparatos auditivos, medicamentos y material de osteosíntesis,que por las condiciones socieconómicas de la familia no pueden adquirir, haciendo más díficiles las condiciones de sobrevivencia de estas personas.

El programa de apoyo ha permitido completar los servicios médicos considerados en la Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Medicos y Medicamentos a las personas Residentes en el Distrito Federal que carecen de Seguridad Social Laboral.

Por ello la Secretaria de Salud del Gobierno del Distrito Federal, ha considerado a partir del 2007 a la fecha, denominarlo Programa Social con la finalidad de consolidar este beneficio a la población usuaria de las Unidades Hospitalarias y Centros dd Salud, y complementar su atención médica, a través del “PROGRAMA DE APOYO PARA PERSONAS DE

ESCASOS RECURSOS QUE REQUIEREN LA DOTACIÓN DE MATERIAL DE OSTEOSINTESIS, PROTESIS, ORTESIS Y AYUDAS FUNCIONALES Y MEDICAMENTOS FUERA DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO INSTITUCIONAL”, mediante el establecimiento de procedimientos que permite analizar y dictaminar el grado de

atencion de solicitudes que se reciben de manera urgentes de las unidades hospitalarias del Gobierno del DF o de otras instancias no gubernamentales vínculadas con la Coordinación Interinstiticional de esta Secretaría de Salud, las cuales invariablemente estaràn sujetas al criterio mèdico,criterio social y de residencia, ademàs del administrativo, para la solicitud de apoyos requeridos y en su caso atender la solicitud.

I. Dependencia o Entidad Responsable del Programa

Dependencias: Secretaría de Salud del Distrito Federal como Organismo Público Centralizado. Entidad: Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal, Organismo Público Descentralizado. Unidades Administrativas:

Dirección General de Planeación y Coordinación Sectorial Dirección de Políticas de Salud, Planeación y Evaluación Dirección de Sistemas Institucionales y Comunicaciones

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