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DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA SUMARIO

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Academic year: 2021

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(1)

I

DISPOSICIONES GENERALES

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Organización administrativa. Corrección de errores del Decreto 1/2018, de 10 de enero, por el que se regula la prestación del servicio en la modalidad no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura ... 5746

II

AUTORIDADES Y PERSONAL

1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

Consejería de Educación y Empleo

Ceses. Nombramientos. Orden de 30 de enero de 2018 por la que se sustituye a Vocales del Observatorio para la Convivencia Escolar en Extremadura ... 5747

EXTREMADURA

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2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS

Servicio Extremeño de Salud

Concurso de traslados. Resolución de 31 de enero de 2018, de la Dirección Gerencia, por la que se hace pública la convocatoria de concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en la Categoría de Celador/a en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud ... 5748

Universidad de Extremadura

Concurso de méritos. Resolución de 29 de enero de 2018, de la Gerencia, por la que se anuncia la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de puesto de trabajo vacante en el Organismo ... 5804

III

OTRAS RESOLUCIONES

Presidencia de la Junta

Emigración. Ayudas. Decreto del Presidente 26/2017, de 11 de diciembre, por el que se convocan las ayudas a las comunidades extremeñas en el exterior y a sus federaciones para el ejercicio 2018 ... 5808

Emigración. Ayudas. Extracto del Decreto del Presidente 26/2017, de 11 de diciembre, por el que se convocan las ayudas del Programa I para comunidades extremeñas en el exterior durante el 2018 ... 5839

Emigración. Ayudas. Extracto del Decreto del Presidente 26/2017, de 11 de diciembre, por el que se convocan las ayudas del Programa II para las federaciones de comunidades extre-meñas en el exterior durante el 2018 ... 5841

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Oferta de Empleo Público. Resolución de 8 de febrero de 2018, de la Vicepresidenta y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuer-do del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 6 de febrero de 2018 por el que se aprueba la oferta pública extraordinaria y adicional para la estabilización del empleo temporal de personal estatutario del Servicio Extremeño de Salud ... 5843

(3)

Consejería de Economía e Infraestructuras

Instalaciones eléctricas. Resolución de 17 de enero de 2018, del Servicio de Ordena-ción Industrial, Energética y Minera de Cáceres, por la que se otorga a Energía de Miaja-das, SA, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construc-ción, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “LSMT a 22 kV y CT de 630 kVA en parque Pozo Vela para mejora de la calidad de suministro en Miajadas”. Ref.: 10/AT-9030 ... 5852

Instalaciones eléctricas. Resolución de 17 de enero de 2018, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Cáceres, por la que se otorga a Iberdrola Distribución Eléctrica, SAU, autorización administrativa previa, autorización administrativa de construc-ción y reconocimiento en concreto de la utilidad pública, de las instalaciones correspondien-tes al proyecto denominado “Reforma de la LAMT “Cilleros” de la STR “Moraleja” de 20 kV derivación a CT “Gundín 2”, en el paraje de las Pedrizas del término municipal de Moraleja”. Ref.: 10/AT-0778-1 ... 5856

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio

Planeamiento. Resolución de 22 de diciembre de 2016, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, relativa a la modificación puntual n.º 33 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Valencia de Alcántara, consistente en la creación de una “Zona XXX Residencial alineada de baja densidad”, en calle Mérida y calle Extremadura ... 5861

Sentencias. Ejecución. Resolución de 16 de enero de 2018, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 175/2017, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz en el recurso contencioso-administrativo trami-tado por el procedimiento abreviado n.º 204/2017 ... 5877

Sentencias. Ejecución. Resolución de 16 de enero de 2018, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 190/2017, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Badajoz en el recurso contencioso-administrativo trami-tado por el procedimiento abreviado n.º 182/2017 ... 5878

Impacto ambiental. Resolución de 17 de enero de 2018, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyec-to de “Concesión de aguas superficiales del Canal de Orellana con destino a riego de 164,20 ha” cuyas promotoras son D.ª M.ª Luisa y D.ª Guadalupe González Morales-Arce. Expte.: IA17/1398 ... 5879

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IV

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 7 de Cáceres

Notificaciones. Edicto de 17 de enero de 2018 sobre notificación de sentencia dictada en el procedimiento ordinario n.º 413/2016 ... 5897

V

ANUNCIOS

Consejería de Economía e Infraestructuras

Infraestructura eléctrica municipal. Anuncio de 9 de enero de 2018 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas al amparo del Decreto 180/2016, de 8 de noviem-bre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de la infra-estructura eléctrica en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Convocatoria 2017-2018 para las entidades locales de la provincia de Badajoz ... 5899

Infraestructura eléctrica municipal. Anuncio de 9 de enero de 2018 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas al amparo del Decreto 180/2016, de 8 de noviem-bre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de la infra-estructura eléctrica en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Convocatoria 2017-2018 para las entidades locales de la provincia de Cáceres ... 5903

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio

Información pública. Anuncio de 5 de enero de 2018 sobre calificación urbanística de construcción de vivienda unifamiliar aislada. Situación: parcela 406 del polígono 2. Promoto-ra: D.ª Josefa Prieto Bohoyo, en Villanueva de la Vera ... 5907

Ayuntamiento de Cáceres

Planeamiento. Anuncio de 31 de enero de 2018 sobre aprobación definitiva de la modifica-ción del Plan General Municipal en parcela sita en avda. Juan Pablo II ... 5907

Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata

Pruebas selectivas. Anuncio de 24 de enero de 2018 sobre bases para la provisión por el sistema de acceso de promoción interna de una plaza de Oficial de la Policía Local ... 5908

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I

DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

CORRECCIÓN de errores del Decreto 1/2018, de 10 de enero, por el que se

regula la prestación del servicio en la modalidad no presencial, mediante la

fórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma de

Extremadura.

(2018040012)

Advertido error en el Decreto 1/2018, de 10 de enero, por el que se regula la prestación del servicio en la modalidad no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administra-ción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado en el Diario Oficial de Extrema-dura número 10, de 15 de enero 2018, se procede a efectuar su oportuna rectificación: En la página 1582, apartado 3. a.4.del artículo 22, donde dice:

“Por tener a otro familiar a cargo directo hasta el segundo grado de consanguinidad o afini-dad con discapaciafini-dad reconocida, grado y nivel de dependencia declarada, siempre que exis-ta relación de convivencia y no desempeñe actividad retribuida: 4 puntos por cada uno”. Debe decir

“Por tener a otro familiar a cargo directo hasta el segundo grado de consanguinidad o afini-dad con discapaciafini-dad reconocida o grado y nivel d e dependencia declarada, siempre que exista relación de convivencia y no desempeñe actividad retribuida: 4 puntos por cada uno”.

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II

AUTORIDADES Y PERSONAL

1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

ORDEN de 30 de enero de 2018 por la que se sustituye a Vocales del

Observatorio para la Convivencia Escolar en Extremadura.

(2018050035)

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Decreto 28/2007, de 20 de febrero, el nombramiento y cese de los miembros del Observatorio para la Convivencia Escolar en Extremadura, que se integren en el órgano colegiado a propuesta de las entidades y órganos participantes, se efectuará mediante orden de la titular de la Consejería de Educación. Asimismo el citado artículo establece que la duración del mandato será de cuatro años.

A tenor de lo expuesto, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el 36 f) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

D I S P O N G O : Primero.

Cesar a los siguientes Vocales del Observatorio para la Convivencia Escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura:

— D. Juan Ramón Modia López, en representación de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos/as de Centros Públicos (FREAPA-CP).

— Dña. Rosa María Martín Latorre, en representación de UGT Extremadura. Segundo.

Nombrar como vocales del Observatorio para la Convivencia Escolar en Extremadura a: — D. José María Fagúndez Fernández, en representación de Asociaciones de Madres y Padres

de Alumnos/as de Centros Públicos (FREAPA-CP).

— Dña. Eva María González González, en representación de UGT Extremadura. Mérida, 30 de enero de 2018.

La Consejera de Educación y Empleo, MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN

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2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS

SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD

RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2018, de la Dirección Gerencia, por la que

se hace pública la convocatoria de concurso de traslado para la provisión de

plazas básicas vacantes en la Categoría de Celador/a en las Instituciones

Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.

(2018060261)

Hallándose vacantes plazas de personal estatutario en la categoría de Celador/a de los centros e instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, que están debidamente dotadas presupuestariamente, corresponde llevar a efecto, por el procedimiento de concurso, la provisión definitiva de las mismas.

Así pues, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 78 y 79 del Real Decreto Legislati-vo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, y en el Decreto 12/2007, de 23 de enero, por el que se regula el sistema de selección de personal estatutario y de provisión de plazas básicas y singularizadas del Servicio Extremeño de Salud, modificado por Decreto 17/2011, de 10 de febrero, a los efectos de permitir la movilidad del personal estatutario fijo en este Servicio de Salud, esta Dirección Gerencia, en uso de las competencias atribuidas por el artí-culo 4, letra m) de los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud apro-bados mediante Decreto 221/2008, de 24 de octubre, ha dispuesto realizar la presente convocatoria con sujeción a las siguientes,

BASES Primera. Normas Generales.

1.1. Se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de perso-nal estatutario en la Categoría de Celador/a que se relacionan en el anexo II de esta resolución, así como las resultas de las plazas básicas vacantes que se produzcan al obtener nuevo destino los concursantes que fueran propietarios de las mismas, como consecuencia de la tramitación del procedimiento del concurso, incluyéndose dichas resultas en el presente concurso de manera automática y simultánea, siempre que no estén sometidas a procesos de amortización o reconversión.

1.2. Los participantes podrán solicitar, siempre que reúnan los requisitos exigidos, cuantas vacantes se incluyen en el anexo II y las resultas de plazas que pudieran derivar del concurso, de acuerdo con lo dispuesto en la base 3.2. de la presente convocatoria.

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1.3. El concurso se regirá por las presentes bases, por lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, y por el Decreto 12/2007, de 23 de enero, por el que se regula el sistema de selección de personal estatutario y de provisión de plazas básicas y singularizadas del Servicio Extre-meño de Salud, modificado por Decreto 17/2011, de 10 de febrero. La presente convo-catoria vincula a la Administración, a la comisión encargada de valorar los méritos y a quienes participen en las mismas.

Segunda. Requisitos de los participantes.

2.1. Podrá participar en el presente concurso de traslado el personal estatutario fijo del Sistema Nacional de Salud con nombramiento en propiedad en la misma categoría o equivalente a la que se concursa excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión, que, a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

a) En activo o con reserva de plaza.

b) En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza.

Para determinar las equivalencias de la categoría convocada se estará conforme a lo dispuesto en el artículo 6 y en el anexo del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización (BOE n.º 83, de 7 de abril de 2015), que se reproduce respecto de la categoría convocada en el anexo I de esta resolución.

2.2. El personal afectado por el proceso de estatutarización que no se haya integrado, podrá participar en el presente concurso de traslado, siempre que presente su opción de estatutarización junto con la solicitud de participación en el concurso, de conformidad con el Decreto 203/2006, de 28 de noviembre, por el que se estable-cen procedimientos para la integración del personal funcionario y laboral que presta servicios en el Servicio Extremeño de Salud en el régimen de personal estatutario de los Servicios de Salud.

La solicitud de opción de estatutarización se adjuntará conforme al modelo que figura como anexo V y estará condicionada, en todo caso, a la obtención de alguna de las plazas solicitadas en el concurso.

2.3. En función de la situación en la que se encuentre el participante, serán requisitos para ser admitido en el concurso los siguientes:

2.3.1. En activo o con reserva de plaza: Se encuentra en esta situación el personal estatutario fijo con nombramiento en propiedad en la misma o equivalente categoría a la que se concursa, que se encuentre desempeñando con carácter

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definitivo o tenga reserva de plaza de esa categoría en cualquier Servicio de Salud. Este personal deberá haber tomado posesión de la plaza desde la que concursa, con un año de antelación, como mínimo, a la finalización del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

El personal que se encuentre en situación que conlleve derecho a reserva de plaza, podrá participar en este concurso para la obtención o cambio de reserva de plaza, en los términos legalmente establecidos, sin que ello implique necesa-riamente su reingreso al servicio activo, debiendo, en tal caso, manifestar en el plazo posesorio la opción de permanecer en la misma situación.

2.3.2. En situación distinta de la de activo y sin ostentar reserva de plaza: El personal estatutario fijo que se encuentre en esta situación deberá reunir los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día de presentación de solicitudes.

Si el personal procediera de la situación de excedencia voluntaria contemplada en los apartados a) y c) del artículo 67 del Estatuto Marco, deberá acreditar la permanencia en dicha situación durante un tiempo mínimo de dos años.

2.3.3. El personal que se encuentre en situación de reingreso provisional en plaza dependiente del Servicio Extremeño de Salud, tendrá la obligación de participar en este concurso y deberá solicitar, al menos, todas las plazas vacantes ofertadas en el anexo II correspondientes al Área de Salud donde le fue concedido el rein-greso provisional.

Los concursantes que no obtengan plaza, habiendo solicitado todas las convoca-das del mismo Área de Salud donde le fue concedido el reingreso provisional, podrán optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas vacantes disponibles, o pasar nuevamente a la situación de excedencia volunta-ria. Dicha opción deberá ejercitarse una vez publicada la resolución definitiva del concurso y, en todo caso, con carácter previo a la toma de posesión del adjudica-tario de la plaza desde la que concursa.

El personal en situación de reingreso provisional al servicio activo que no partici-pe en este concurso, así como aquél que, aún habiendo participado, no hubiese solicitado todas las plazas a que hacen referencia los párrafos anteriores y no haya obtenido destino definitivo, pasará a una nueva situación de excedencia voluntaria en el plazo de tres días hábiles desde la resolución del concurso, inclu-so en el supuesto de que la plaza que viniese ocupando no hubiera sido adjudica-da en dicho concurso, y deberá permanecer en la situación de excedencia volun-taria al menos dos años.

2.4. Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán reunirse a la finali-zación del plazo de presentación de la solicitud y mantenerse hasta la toma de posesión en la plaza adjudicada. En caso contrario, se perderán todos los derechos derivados de la convocatoria.

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Tercera. Solicitudes y documentación.

3.1. Los interesados en participar en el presente concurso cumplimentarán su solicitud en la siguiente dirección de internet https://convocatoriasses.gobex.es. Una vez cumplimen-tada vía internet, deberá ser impresa y presencumplimen-tada en cualquiera de los lugares citados en el párrafo siguiente, cumpliendo, en todo caso, las instrucciones que, para su cumpli-mentación, figuran en el anexo IV de esta resolución.

La solicitud junto con la documentación acreditativa a la que se refiere esta base, se dirigirá a la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud, Avda. de las Américas n.º 2, 06800 Mérida, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura cuya presen-tación podrá hacerse en cualquiera de las Oficinas de Registro integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes o por cualquiera de las forma previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el empleado de Correos antes de ser certifica-das. En todo caso requerirá su presentación, en tiempo y forma, del impreso de solici-tud, con arreglo a lo indicado en la presente base.

3.1.1. Durante el plazo de presentación de instancias los concursantes podrán modificar o desistir de sus solicitudes mediante nueva instancia, que anulará totalmente las anteriores. Finalizado dicho plazo no se admitirá modificación alguna en la rela-ción de plazas solicitadas.

3.1.2. No obstante, los interesados podrán renunciar a la participación en el concurso hasta el momento de la constitución de la Comisión de Valoración, la cual se anunciará con 10 días naturales de antelación a través de internet en la dirección https://convocatoriasses.gobex.es. Los concursantes reingresados al servicio activo con carácter provisional en plaza dependiente del Servicio Extremeño de Salud, que desistieran de su participación en el concurso, serán declarados de oficio en la situación de excedencia voluntaria.

3.1.3. No serán tenidas en cuenta las solicitudes que contengan alguna enmienda, tachadura o raspadura, que impida identificar alguno de los datos que resulten imprescindibles para su admisión en el proceso.

3.2. Los participantes deberán indicar en la solicitud, por orden de prelación, las vacantes a las que optan, especificando a tal fin el código o códigos de las plazas de Atención Primaria o Gerencia que figuran en el anexo II, y/o el código o códigos de los Hospitales que figuran en el anexo IV.

Las vacantes que se produzcan a resultas como consecuencia del desplazamiento de algún propietario, podrán solicitarse también, ordenándose por orden de preferencia, de

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forma previa, posterior, o alternándose con las vacantes ofertadas en el concurso, espe-cificando el código o códigos de las plazas de Atención Primaria o Gerencia que figuran en el anexo III, y/o el código o códigos de los Hospitales que figuran en el anexo IV, aunque a priori, en dichos centros no se hayan ofertado plazas, pero pudiendo producir-se vacantes con posterioridad.

3.3. Documentación preceptiva que se debe acompañar a las solicitudes. A) De carácter general:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o autorización expre-sa, marcando el apartado reservado para ello en el anexo IV de solicitud, para que sea el órgano instructor quien compruebe de oficio los datos de identidad personal mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI), dependientes del Ministerio de Hacienda y Función Pública, conforme al Decreto 184/2008, de 12 de septiembre, por el que se suprime la obligación para los interesados de presentar la fotocopia de los documentos identificativos oficiales en los procedi-mientos administrativos de la Administración de la Junta de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.

b) Fotocopia compulsada del nombramiento en propiedad como personal estatutario fijo en la categoría a la que se concursa. En el caso de opción de estatutarización, se deberá acompañar fotocopia compulsada del nombramiento como funcionario o laboral fijo.

c) Documentación acreditativa de los méritos de acuerdo con lo establecido en la base quinta de esta resolución.

B) De carácter especial:

a) Los concursantes que se encuentren en situación de servicio activo o en otras situaciones que conlleven reserva de plaza deberán aportar, además de la docu-mentación citada en el apartado A, la siguiente:

— Fotocopia compulsada del documento en el que figure la diligencia de toma de posesión de la última plaza básica desempeñada con carácter definitivo, y, en su caso, fotocopia compulsada del documento que genera el derecho a la reser-va de plaza.

El personal procedente de otros Servicios de Salud deberá aportar certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, salvo que hayan pres-tado su consentimiento, marcando para ello la casilla correspondiente confor-me al anexo VIII, con objeto de que la Administración compruebe que carece de antecedentes penales respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

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b) Los concursantes en situación de excedencia, que no conlleve reserva de plaza, deberán aportar, además de la documentación citada en el apartado A, la siguiente:

— Fotocopia compulsada de la resolución de la concesión de la excedencia.

Aquellos concursantes que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por no haber obtenido destino tras ser declarados en expectativa de destino en el proceso extraordinario de consolidación de empleo establecido en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, adjuntarán a su solicitud fotocopia del Boletín Oficial en el que se publicó la concesión de dicha excedencia.

— El personal procedente de otros Servicios de Salud deberá presentar, junto con la resolución de excedencia, certificación acreditativa de que continúa en esta situación el día de la publicación de la presente convocatoria.

— Declaración de no haber sido separado del servicio de cualquiera de las Admi-nistraciones Públicas ni de estar inhabilitados para el desempeño de funciones públicas, sólo en los casos cuando el personal procediera de la situación de excedencia voluntaria contemplada en el artículo 67 del Estatuto Marco.

— Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, salvo que hayan prestado su consentimiento, marcando para ello la casilla correspondien-te conforme al anexo VIII, con objeto de que la Administración compruebe que carece de antecedentes penales respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

c) Los concursantes que hayan reingresado al servicio activo con carácter provi-sional deberán aportar, además de la documentación citada en el apartado A, la siguiente:

— Fotocopia compulsada de la resolución de reingreso al servicio activo con carác-ter provisional, así como de la correspondiente toma de posesión.

d) Los concursantes que procedan de la situación de suspenso impuesta como conse-cuencia de sentencia firme condenatoria, acompañarán a la solicitud de participa-ción en el concurso testimonio de la autoridad judicial sobre el cumplimiento de la pena impuesta.

e) El personal afectado por el proceso de estatutarización que no se haya integrado podrá optar por estatutarizarse debiendo aportar además de la opción de estatu-tarización que figura como anexo V, la titulación requerida para el acceso a la categoría en que corresponda integrarse según las tablas de homologaciones que figuran como anexo II del Decreto 203/2006, así como las certificaciones referidas en el artículo 3.8.2. c) del Decreto 203/2006 y que se reproduce como anexo VI en esta resolución.

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f) Además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales en los términos previstos en los apartados anteriores, los aspirantes que tengan otra nacionalidad distinta a la española y aquellos que gozaran de doble nacionali-dad, deberán aportar certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, traducido al caste-llano y legalizado de acuerdo con los Convenios Internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

3.4. En el plazo de presentación de solicitudes aquellos requisitos no acreditados darán lugar a la exclusión provisional del concursante. Así mismo, no serán tenidos en cuenta para su baremo, los méritos no alegados por el interesado, ni tampoco aquellos cuya acredi-tación documental no haya sido aportada en plazo y/o de conformidad con lo estipulado en la base quinta punto dos.

No obstante, cuando en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias el participante no disponga de la documentación necesaria, ésta podrá ser sustituida por una copia de su solicitud al órgano correspondiente registrada dentro de plazo, debien-do, en este último caso, presentar la referida documentación dentro de los veinte días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta. Admisión de los concursantes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud publicará en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales, de las Gerencias de Área y en la página web https://convocatoriasses.gobex.es la resolución conteniendo la relación provisional de concursantes admitidos y excluidos, con expre-sión del nombre, apellidos, DNI y la causa de excluexpre-sión, en su caso.

4.2. Los errores materiales, de hecho o aritméticos podrán rectificarse en cualquier momento de oficio o a instancia de los interesados, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administra-ciones Públicas.

En todo caso, la resolución a la que se refiere el apartado anterior establecerá un plazo de diez días hábiles para que los concursantes excluidos provisionalmente puedan subsanar los defectos que motivaron su exclusión respecto de la documen-tación preceptiva que debe acompañarse a la solicitud, de conformidad con el artí-culo 68.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitiva-mente excluidos del proceso.

4.3. Transcurrido el plazo de subsanación, la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud publicará, en los mismos lugares de exposición de la relación provisional, la rela-ción definitiva de los concursantes admitidos y excluidos.

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4.4. Si durante el transcurso del proceso de provisión convocado, la Comisión de Valoración o el órgano convocante tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien se hubiera producido variaciones en las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado. La Secretaría General, de forma motivada, podrá en su caso, declararlo excluido del concurso de traslado.

Quinta. Baremo de méritos y acreditación.

5.1. La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas, se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Antigüedad.

Por cada mes completo de servicios prestados en plaza en propiedad perteneciente a la categoría a la que se concursa, en centros o Instituciones Sanitarios Públicos de los Estados miembros de la Unión Europea: 0,15 puntos.

Se tendrá en cuenta el tiempo trabajado desde que se obtiene la plaza en propiedad de la categoría a la que concursa, incluyéndose las situaciones de servicio activo, incluido el reingreso provisional y las situaciones administrativas que conllevan reser-va de la plaza y las situaciones de excedencia que dan derecho al cómputo del tiem-po a efectos de antigüedad.

Al personal que haya resultado integrado o al que opte por integrarse al concursar en el régimen estatutario de conformidad con el Decreto de integración 203/2006, de 28 de noviembre, se le reconocerá todo el periodo de antigüedad en el cuerpo, escala o categoría laboral de procedencia como prestado en la categoría estatutaria en la que haya resultado integrado o en la que resulte integrarse.

Asimismo, al personal que haya resultado integrado en el régimen estatutario de conformidad con la normativa respectiva del resto de los Servicios de Salud, se aten-derá a lo dispuesto en la misma, así como en las correspondientes resoluciones de integración.

2. Experiencia profesional.

2.1. Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría a la que se concursa, con carácter temporal, incluida la promoción interna temporal, en centros o Instituciones Sanitarios Públicos de la Unión Europea: 0,15 puntos. 2.2. Por cada mes completo de servicios prestados en otra categoría distinta de

gestión y servicios a la que se concursa en centros o Instituciones Sanitarios Públicos de la Unión Europea: 0,020 puntos.

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2.3. Por cada mes completo de servicios prestados desempeñando Jefaturas de Unidad de Gestión y Servicios en centros o Instituciones Sanitarios Públicos de la Unión Europea: 0,016 puntos.

Para los apartados, 1, 2.1, 2.2. y 2.3. se tendrán en cuenta las situaciones de servi-cio activo, además de las situaservi-ciones de excedencia por cuidados de familiares y excedencia por razón de violencia de género durante el tiempo que se mantenga reserva de puesto, así como las reducciones de jornadas por razones de maternidad o de conciliación personal, familiar y laboral se computarán como si se hubieran pres-tado al 100 % de la misma.

3. Permanencia en la plaza.

Por cada mes completo de permanencia, como personal estatutario fijo, en la última plaza obtenida con carácter definitivo en la categoría a la que se concursa, se otorga-rá 0,04 puntos.

Para el personal estatutario que haya estado o esté en situación que conlleve derecho a reserva de plaza, se entenderá que durante el tiempo de permanencia en dicha situación estuvo o está, respectivamente, desempeñando una plaza equivalente a la reservada.

Al personal que opte por integrarse al concursar en el régimen estatutario de confor-midad con el decreto de integración anteriormente mencionado, así como el personal que haya resultado integrado en el régimen estatutario, se le computará la perma-nencia como prestada en la categoría estatutaria en la que haya resultado integrado o en la que resulte integrarse.

4. Actividades de Formación Continua y Ocupacional: puntuación máxima 5 puntos. a) Por diplomas o certificados obtenidos en actividades directamente relacionados

con el contenido de la plaza a proveer, con independencia del promotor, y acredi-tados por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud. b) Por diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté directamente

relacionado con el de la plaza a proveer, tal y como a continuación se indican: 1. Los organizados y/o impartidos por las Administraciones Públicas, Colegios

Profesionales o Universidades.

2. Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administra-ciones Públicas y de Formación Ocupacional.

3. Los organizados o impartidos por las Organizaciones Sindicales o sus fundacio-nes al amparo de los Convenios suscritos con la Administración General de Estado, con las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con el extinto

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INSALUD o con los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, o bien que hayan sido reconocidos o subvencionados por los mismos, siempre que dichas circunstancias consten en el propio título o diplomas, o bien se certifi-quen debidamente.

Todos los cursos se valorarán por cada crédito con 0,10 puntos.

La puntuación de los cursos de formación realizados se regirá por el sistema de créditos, de tal manera que los cursos de formación aportados por los interesados en los que solo vengan las horas de formación éstas se traducirán a créditos. A los efec-tos anteriores un crédito equivale a 10 horas de formación. En caso de que los cursos aportados vengan tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración, siempre y cuando tengan cinco o más horas de duración.

Se establecerá en 50 el máximo de créditos valorables, es decir, el límite de 5 puntos se alcanzará con 50 créditos.

La duración de los cursos deberá ser acreditada por el solicitante, no asignándole puntuación alguna por los cursos alegados cuya duración no esté debidamente acreditada.

5.2. Para la acreditación y posterior valoración de los méritos se tendrán en cuenta las siguientes normas:

a) Los méritos de antigüedad y experiencia se acreditarán por el propio aspirante, mediante certificación actualizada original o fotocopia compulsada expedida por el órgano competente donde se hayan prestado dichos servicios. Dichos certificados deberán indicar la causa y el porcentaje de reducción de la jornada en su caso.

Los servicio s prestados por el personal que haya sido integrado en el Sistema Nacio-nal de Salud, así como los servicios prestados en centros integrados, tendrán la misma consideración que los prestados en dicho sistema, siendo indiferente la fecha de integración del centro, es decir, serán valorables los servicios prestados antes de la integración.

Se valorarán los servicios prestados con independencia de que se hubiesen prestado bajo régimen estatutario, funcionarial o laboral.

b) No podrán valorarse, en caso de coincidencia en el tiempo, la antigüedad ni los servi-cios prestados de más de uno de los apartados del baremo, computándose en este caso el más favorable al participante, salvo aquellos a los que hace referencia el apartado 2.3. sobre Jefaturas de Unidad de Gestión y Servicios, que sí computarán adicionalmente. Asimismo serán excluyentes aquellos periodos de servicios prestados que hayan sido computados a efectos de antigüedad en el apartado 1.

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c) La permanencia en la plaza se acreditará por el propio aspirante, mediante certifica-ción original o fotocopia compulsada, expedida por el órgano competente, o bien se estará a la fecha de la última toma de posesión con carácter definitivo de la plaza desde la que concursa.

d) Respecto a la actividad formativa, la duración de los cursos y actividades formativas deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante cuando la duración del curso venga determinada en días, la Comisión de Valoración valorará 5 horas por día de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso, no valorándose los cursos realizados de fecha a fecha. La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o fotocopia compulsada de los mismos.

e) Todos los méritos se baremarán hasta el día de publicación de la presente convocato-ria en el Diario Oficial de Extremadura.

5.3. En caso de empate en la puntuación total, se resolverá a favor del concursante con mejor puntuación en cada uno de los apartados del baremo y por su orden. Por último, si el empate no pudiera dirimirse aplicando los criterios anteriores, se resolverá según el resultado del sorteo de la letra publicado mediante Resolución de 17 de julio de 2017, de la Dirección General de Función Pública (DOE n.º 141, de 24 de julio), en el que se establece que el orden de prelación de los aspirantes, en caso de empate, comenzará por la letra “C”. En caso de ceses de personal inte-rino o personal fijo en desempeño temporal por incorporación de los concursantes en las plazas adjudicadas hubiera que dirimir un empate, se aplicará la letra mencionada y sin perjuicio de aplicar en primer lugar y siempre las normas aplica-bles al caso concreto.

Sexta. Comisión de Valoración.

6.1. Los méritos serán valorados por la Comisión de Valoración nombrada al efecto y cuya composición figura en el anexo VII. Las Organizaciones Sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad podrán designar, cada una, un observador sindical para asis-tir a las reuniones de la comisión.

Todos los miembros de la Comisión de Valoración, tanto titulares como suplentes, osten-tarán la condición de personal funcionario de carrera, o estatutario fijo de las Adminis-traciones Públicas o de los Servicios de Salud, o de personal laboral fijo de los centros vinculados al Sistema Nacional de Salud.

La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que, en calidad de asesores, actuarán con voz pero sin voto. La Secre-taría General del Servicio Extremeño de Salud podrá limitar el número de asesores a intervenir.

(18)

6.2. La Comisión de Valoración ajustará su actuación a lo dispuesto en la normativa vigente reguladora de los órganos colegiados, debiendo abstenerse de intervenir cuando concu-rra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los partici-pantes podrán recusar en cualquier momento a los miembros de la comisión, en los casos previstos anteriormente.

6.3. La Comisión de Valoración tendrá la categoría segunda de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.2 del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Séptima. Resolución del concurso.

7.1. La comisión valorará los méritos acreditados por los concursantes con referencia al día de la publicación de la convocatoria. La Comisión de Valoración deberá comunicar a los participantes la causa de la no baremación de sus méritos acreditados y presentados, para que los interesados procedan a subsanarlos en el plazo de diez días hábiles, de tal forma que, una vez transcurrido dicho plazo y resueltas las incidencias referidas a la subsanación de los méritos, la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud, a propuesta de la Comisión de Valoración, dictará resolución provisional del concurso, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y a través de internet en la dirección http://convocatoriasses.gobex.es conteniendo las puntuaciones y destinos provisional-mente asignados, y con apertura de un plazo de quince días hábiles para la presenta-ción de alegaciones, que no tendrán carácter de recurso.

7.2. Resueltas las alegaciones formuladas contra la resolución provisional, la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud dictará resolución definitiva, a propuesta de la Comisión de Valoración, que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, conteniendo las puntuaciones, los destinos definitivos y los recursos que caben contra la misma.

Octava. Irrenunciabilidad.

Los destinos obtenidos mediante concurso de traslados son irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución de un procedi-miento de movilidad voluntaria convocado por otra Administración Pública. En tal caso, debe-rá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adju-dicación del destino o certificado expedido por el centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión.

Novena. Cese y toma de posesión.

9.1. Los concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempe-ñen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la resolución

(19)

definitiva del concurso salvo en los casos de disfrute de permiso o licencia reglamen-taria, en cuyo caso el cómputo del plazo para el cese se contará a la finalización de dicho permiso o licencia.

9.2. El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles a partir del día del cese, si las plazas son del mismo Área de Salud; diez días hábiles, si cambia de Área de Salud, y de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino. A estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con indepen-dencia de que sea en condición de destino definitivo, adscripción, destino provisional o comisión de servicio, si bien los plazos anteriormente citados no serán de aplicación en el caso de obtener plaza en la misma institución, centro o localidad donde se presta servicios.

En el caso de que la adjudicación de plaza suponga reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde el día de la publicación de la reso-lución definitiva.

9.3. Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.

9.4. Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, siendo declara-do en dicha situación por el Servicio de Salud en que prestaba servicios, quien no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos.

No obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas por el Servicio Extremeño de Salud, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso, el interesado deberá incorporarse a su nuevo destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.

9.5. El Gerente de Área del Servicio Extremeño de Salud donde preste servicios el personal estatutario que hubiera obtenido nueva plaza podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, debiendo comunicárselo a la Geren-cia de Área a que ha sido destinado y a la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud.

Excepcionalmente, a propuesta de la Gerencia de Área del Servicio Extremeño de Salud donde venga prestando servicios el personal estatutario y siempre que sea por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, apreciadas en cada caso por la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud, podrá aplazarse la fecha de cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga a que se refiere el apartado anterior. En tal caso, y siempre que la retribución de la plaza obtenida fuera superior a la de la plaza de origen, el personal estatutario tendrá derecho a ser indemnizado por cuantía igual a la diferencia retributiva correspondiente a partir de la finalización del primer mes de prórroga.

(20)

9.6. No obstante, con carácter excepcional y siempre que medien razones justificadas, la resolución del concurso de traslado podrá determinar la fecha concreta de cese y toma de posesión de todos los aspirantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado cuarto de esta base.

9.7. Los traslados derivados de este concurso tienen carácter voluntario y no generan dere-cho alguno a ninguna clase de indemnización.

Décima. Norma final.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que resulte competente según lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. No obstante, con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante el Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administra-ciones Públicas, y en los artículos 102 y 107 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero (DOE n.º 35, de 26 de marzo, y BOE n.º 92, de 17 de abril), del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Interpuesto recurso de reposición, no podrá interpo-nerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Mérida, 31 de enero de 2018.

El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, CECILIANO FRANCO RUBIO

(21)

A N E X O I

CATEGORÍA/S EQUIVALENTE/S Y CATEGORÍA DE REFERENCIA

CATEGORÍA CONVOCADA DENOMINACIÓN DE LA CATEGORÍA DE REFERENCIA CATEGORIA/S EQUIVALENTE/S

CELADOR/A CELADOR/A (*) CELADOR/A/ CELADOR SUBALTERNO

(*) Nota final del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización: El acceso a estas categorías de referencia por movilidad, precisará en primer lugar que el aspirante se encuentre encuadra-do, en la especialidad o categoría específica en la que ostente nombramiento como personal estatutario fijo, en una de las categorías sobre las que se establece equivalencia; que se oferten plazas y así se describan y enumeren las plazas concretas ofertadas por cada servicio de salud que promueva la convocatoria, de modo y manera que no se pueda producir, en ningún caso, el acceso de un efectivo de una especialidad a la de otra. Por ello, tanto en las categorías de referencia de “Titulado Especialista en” como en la de “Técnico Superior Espe-cialista en” o en la de “Técnico de Salud Pública en” deberá atenderse a la titulación y espe-cialidad concreta de cada profesional. Por ello habrá de observarse en éstas que, aun compartiendo la denominación genérica en la categoría de referencia, sólo podrá optarse por movilidad a la categoría equivalente de la misma especialidad y titulación de acceso a la categoría en la que se ostenta nombramiento estatutario fijo. Así, en ningún caso, podrá acceder un Titulado Superior Especialista en una especialidad concreta a una plaza de Titula-do Superior Especialista de otra especialidad o, un Técnico Superior Especialista en una disci-plina concreta a una plaza de Técnico Superior Especialista de otra titulación.

(22)

A N E X O I I

VACANTES

ÁREA DE SALUD DE BADAJOZ

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones

1BP2500009 Celador/a

de Apoyo Área de Badajoz

CS PUEBLONUEVO DEL GUADIANA

1BP2500050 Celador/a

de EAP Z.S.- Alburquerque CS ALBURQUERQUE

1BP2500052 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Alburquerque CS ALBURQUERQUE 1BP2500053 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Alburquerque CS ALBURQUERQUE 1BP2500016 Celador/a

de EAP Z.S.- Alconchel CS ALCONCHEL

1BP2500054 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Alconchel CS ALCONCHEL 1BP2500055 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Alconchel CS ALCONCHEL 1BP2500056 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Alconchel CS ALCONCHEL 1BP2500017 Celador/a de EAP Z.S.- Ciudad Jardín

(23)

1BP2500023 Celador/a de EAP

Z.S.- San Fernando

(Badajoz) CS SAN FERNANDO

1BP2500024 Celador/a

de EAP

Z.S.- San Fernando

(Badajoz) CS SAN FERNANDO

1BP2500044 Celador/a de EAP Z.S.- San Vicente de Alcántara CS SAN VICENTE ALCANTARA 1BP2500049 Celador/a de EAP Z.S.- Suerte de

Saavedra (Badajoz) CS SUERTE DE SAAVEDRA

1BP2500051 Celador/a

de EAP Z.S.- Barcarrota CS BARCARROTA

1BP2500057 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Barcarrota CS BARCARROTA 1BP2500058 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Barcarrota CS BARCARROTA 1BP2500059 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Barcarrota CS BARCARROTA 1BP2500060 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Jerez de los

Caballeros CS JEREZ CABALLEROS

1BP2500061

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Jerez de los

Caballeros CS JEREZ CABALLEROS

1BP2500062

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- La Roca CS LA ROCA DE LA SIERRA

1BP2500063

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- La Roca CS LA ROCA DE LA SIERRA

1BP2500064

Celador/a de Atención Continuada

(24)

1BP2500036 Celador/a

de EAP Z.S.- Montijo CS MONTIJO

1BP2500065

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Oliva de la

Frontera CS OLIVA DE LA FRONTERA

1BP2500066

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Oliva de la

Frontera CS OLIVA DE LA FRONTERA

1BP2500067

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Oliva de la

Frontera CS OLIVA DE LA FRONTERA

1BP2500068

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Oliva de la

Frontera CS OLIVA DE LA FRONTERA

1BP2500069 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Pueblonuevo del Guadiana CS PUEBLONUEVO DEL GUADIANA 1BP2500070 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Pueblonuevo del Guadiana CS PUEBLONUEVO DEL GUADIANA 1BP2500071 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Pueblonuevo del Guadiana CS PUEBLONUEVO DEL GUADIANA 1BP2500072 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- San Vicente de Alcántara CS SAN VICENTE ALCANTARA 1BP2500073 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- San Vicente de Alcántara CS SAN VICENTE ALCANTARA 1BP2500074 Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Santa Marta CS SANTA MARTA DE LOS BARROS

1BP2500075

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Santa Marta CS SANTA MARTA DE LOS BARROS

(25)

1BP2500076

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Santa Marta CS SANTA MARTA DE LOS BARROS

1BP2500077

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Talavera la Real CS TALAVERA LA REAL

1BP2500078

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Talavera la Real CS TALAVERA LA REAL

1BP2500079 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Villanueva del Fresno CS VILLANUEVA DEL FRESNO 1BP2500080 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Villanueva del Fresno CS VILLANUEVA DEL FRESNO 1BP2500081 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Villanueva del Fresno CS VILLANUEVA DEL FRESNO 1BP2500082 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Villanueva del Fresno CS VILLANUEVA DEL FRESNO PLAZAS DE GERENCIA CÓDIGO UBICACIÓN 1BG2500006 GERENCIA DE BADAJOZ

PLAZAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA

(26)

ÁREA DE SALUD DE MÉRIDA

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones 2BP2500007 Celador/a de EAP Z.S.- Almendralejo-San José CS ALMENDRALEJO 2BP2500008 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Almendralejo-San José CS ALMENDRALEJO 2BP2500027 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Almendralejo-San José CS ALMENDRALEJO 2BP2500028 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Almendralejo-San José CS ALMENDRALEJO 2BP2500010 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Aceuchal CS ACEUCHAL 2BP2500030 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Aceuchal CS ACEUCHAL 2BP2500014 Celador/a

de EAP Z.S.- Mérida I CS MERIDA URBANO I

2BP2500020 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Calamonte CS CALAMONTE 2BP2500031 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Calamonte CS CALAMONTE

(27)

2BP2500032 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Calamonte CS CALAMONTE 2BP2500026 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Cordobilla de Lacara CS CORDOBILLA DE LACARA 2BP2500033 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Cordobilla de Lacara CS CORDOBILLA DE LACARA 2BP2500029 Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Mérida Norte CS MERIDA NORTE

2BP2500036 Celador/a

de EAP Z.S.- Mérida Norte CS MERIDA NORTE

2BP2500037 Celador/a

de EAP Z.S.- Mérida Norte CS MERIDA NORTE

2BP2500034 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Hornachos CS HORNACHOS 2BP2500035 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- La Zarza CS LA ZARZA 2BP2500038 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Villafranca de los Barros CS VILLAFRANCA DE LOS BARROS

PLAZAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA

COMPLEJO HOSPITALARIO- HOSPITAL DE MÉRIDA 55

BANCO REGIONAL DE SANGRE 1

COMPLEJO HOSPITALARIO-HOSPITAL TIERRA DE BARROS

(28)

ÁREA DE SALUD DE DON BENITO- VILLANUEVA DE LA SERENA

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones

3BP2500029 Celador/a

de EAP Z.S.- Alonso Martín (DB) CS JOSE MARIA ALVAREZ 3BP2500032 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Campanario CS CAMPANARIO 3BP2500036 Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Herrera del Duque CS HERRERA DEL DUQUE

3BP2500030

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Navalvillar de Pela CS NAVALVILLAR DE PELA

3BP2500033

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Orellana la Vieja CS ORELLANA LA VIEJA

3BP2500034

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Orellana la Vieja CS ORELLANA LA VIEJA

3BP2500035 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Siruela CS SIRUELA 3BP2500031 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Talarrubias CS TALARRUBIAS

(29)

3BP2500007 Celador/a de Atención Continuada PAC Villanueva de la Serena CS VILLANUEVA DE LA SERENA II; CS VILLANUEVA DE LA SERENA I 3BP2500026 Celador/a de EAP Z.S.- Villanueva de la Serena II CS VILLANUEVA DE LA SERENA II

PLAZAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA

HOSPITAL DE DON BENITO – VILLANUEVA DE LA SERENA 30

(30)

ÁREA DE SALUD DE LLERENA-ZAFRA

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones 4BP2500007 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Azuaga CS AZUAGA 4BP2500020 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Azuaga CS AZUAGA 4BP2500008 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Fregenal de la Sierra CS FREGENAL DE LA SIERRA 4BP2500021 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Fregenal de la Sierra CS FREGENAL DE LA SIERRA 4BP2500022 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Fregenal de la Sierra CS FREGENAL DE LA SIERRA 4BP2500023 Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Fuente de Cantos CS FUENTE DE CANTOS

4BP2500024 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Fuente de Cantos CS FUENTE DE CANTOS; CS ZAFRA; CS MONESTERIO; CS LOS SANTOS DE MAIMONA; CS LLERENA; CS FUENTE DEL MAESTRE; CS FREGENAL DE LA SIERRA; CS AZUAGA

(31)

4BP2500025

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Fuente del Maestre CS FUENTE DEL MAESTRE

4BP2500026

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Fuente del Maestre CS FUENTE DEL MAESTRE

4BP2500027

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Fuente del Maestre CS FUENTE DEL MAESTRE

4BP2500028 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Monesterio CS MONESTERIO 4BP2500029 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Monesterio CS MONESTERIO 4BP2500030 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Los Santos de Maimona CS LOS SANTOS DE MAIMONA 4BP2500031 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Los Santos de Maimona CS LOS SANTOS DE MAIMONA 4BP2500032 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Los Santos de Maimona CS LOS SANTOS DE MAIMONA 4BP2500033 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Los Santos de Maimona CS LOS SANTOS DE MAIMONA

PLAZAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA

HOSPITAL DE LLERENA 18

(32)

ÁREA DE SALUD DE CÁCERES

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones

5BP2500030

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Arroyo de la Luz CS ARROYO DE LA LUZ

5BP2500031

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Arroyo de la Luz CS ARROYO DE LA LUZ

5BP2500005 Celador/a de EAP Z.S.- Cáceres-La Mejostilla CS LA MEJOSTILLA 5BP2500009 Celador/a de EAP Z.S.- Cáceres - Zona

Norte CS MANUEL ENCINAS

5BP2500028 Celador/a de EAP Z.S.- Cáceres - Zona Norte CN MALPARTIDA CACERES 5BP2500029 Celador/a de EAP Z.S.- Cáceres - Zona Norte CN MALPARTIDA CACERES 5BP2500012 Celador/a

de EAP Z.S.- Cáceres - Zona Sur CS SAN JORGE ZONA SUR

5BP2500016 Celador/a de EAP Z.S.- Cáceres - Zona Centro CS CACERES ZONA CENTRO 5BP2500017 Celador/a

de EAP Z.S.- Casar de Cáceres CS CASAR CÁCERES

5BP2500020 Celador/a

de EAP Z.S.- Logrosán CS LOGROSAN

5BP2500022 Celador/a

de EAP Z.S.- Miajadas CS MIAJADAS

5BP2500032

Celador/a de Atención Continuada

(33)

5BP2500033 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Miajadas CS MIAJADAS 5BP2500034 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Miajadas CS MIAJADAS 5BP2500023 Celador/a

de EAP Z.S.- Trujillo CS TRUJILLO

5BP2500024 Celador/a

de EAP Z.S.- Trujillo CS TRUJILLO

5BP2500035 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Valencia de Alcántara CS VALENCIA DE ALCANTARA 5BP2500036 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Valencia de Alcántara CS VALENCIA DE ALCANTARA 5BP2500027 Celador/a

de EAP Z.S.- Zorita CS ZORITA

PLAZAS DE GERENCIA

CÓDIGO UBICACIÓN

5BG2500002 GERENCIA DE CÁCERES

5BG2500006 GERENCIA DE CÁCERES

PLAZAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA

COMPLEJO HOSPITALARIO DE CÁCERES 53

(34)

ÁREA DE SALUD DE CORIA

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones

6BP2500007 Celador/a

de EAP Z.S.- Moraleja

CS MORALEJA (TURNO DE TARDE)

PLAZAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA

(35)

ÁREA DE SALUD DE PLASENCIA

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones 7BP2500003 Celador/a de EAP Z.S.- Aldeanueva del Camino CS ALDEANUEVA DEL CAMINO 7BP2500018 Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Cabezuela del Valle CS CABEZUELA DEL VALLE

7BP2500019

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Cabezuela del Valle CS CABEZUELA DEL VALLE

7BP2500005 Celador/a

de EAP Z.S.- Jaraíz de la Vera CS JARAIZ DE LA VERA

7BP2500022

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Jaraíz de la Vera CS JARAIZ DE LA VERA

7BP2500023

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Jaraíz de la Vera CS JARAIZ DE LA VERA

7BP2500020 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Hervás CS HERVAS 7BP2500021 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Hervás CS HERVAS 7BP2500024 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Montehermoso CS MONTEHERMOSO

(36)

7BP2500025 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Montehermoso CS MONTEHERMOSO 7BP2500014 Celador/a de Atención Continuada

Pac Único de Plasencia Pac Único de Plasencia

7BP2500016

Celador/a de Atención Continuada

Pac Único de Plasencia Pac Único de Plasencia

PLAZAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA

(37)

ÁREA DE SALUD DE NAVALMORAL DE LA MATA

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones

8BP2500009

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Losar de la Vera CS LOSAR DE LA VERA ; CN JARANDILLA VERA

8BP2500010

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Losar de la Vera CS LOSAR DE LA VERA ; CN JARANDILLA VERA 8BP2500011 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Talayuela CS TALAYUELA 8BP2500012 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Talayuela CS TALAYUELA 8BP2500013 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Villanueva de la Vera CS VILLANUEVA DE LA VERA 8BP2500014 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Villanueva de la Vera CS VILLANUEVA DE LA VERA

(38)

PLAZAS DE GERENCIA CÓDIGO UBICACIÓN 8BG2500001 GERENCIA DE NAVALMORAL DE LA MATA 8BG2500002 GERENCIA DE NAVALMORAL DE LA MATA

PLAZAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA

(39)

A N E X O I I I

RESULTAS

ÁREA DE SALUD DE BADAJOZ

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones

1BP2500001

Celador/a de Atención Continuada

PAC Perpetuo Socorro PAC Perpetuo Socorro

1BP2500002

Celador/a de Atención Continuada

PAC Perpetuo Socorro PAC Perpetuo Socorro

1BP2500004

Celador/a de Atención Continuada

PAC Perpetuo Socorro PAC Perpetuo Socorro

1BP2500014

Celador/a de Atención Continuada

PAC Perpetuo Socorro PAC Perpetuo Socorro

1BP2500015 Celador/a

de EAP Z.S.- Alburquerque CS ALBURQUERQUE

1BP2500018 Celador/a

de EAP

Z.S.- Ciudad Jardín

(Badajoz) CS Ciudad Jardín

1BP2500019 Celador/a de EAP Z.S.- El Progreso (Badajoz) CS EL PROGRESO 1BP2500020 Celador/a de EAP Z.S.- El Progreso (Badajoz) CS EL PROGRESO 1BP2500021 Celador/a

(40)

1BP2500022 Celador/a

de EAP Z.S.- La Paz (Badajoz) CS LA PAZ

1BP2500025 Celador/a

de EAP

Z.S.- San Roque

(Badajoz) CS SAN ROQUE

1BP2500026 Celador/a

de EAP

Z.S.- San Roque

(Badajoz) CS SAN ROQUE

1BP2500027 Celador/a de EAP Z.S.- Valdepasillas (Badajoz) CS VALDEPASILLAS 1BP2500028 Celador/a de EAP Z.S.- Valdepasillas (Badajoz) CS VALDEPASILLAS 1BP2500029 Celador/a de EAP Z.S.- Zona Centro

(Badajoz) CS BADAJOZ ZONA CENTRO

1BP2500030 Celador/a

de EAP

Z.S.- Zona Centro

(Badajoz) CS BADAJOZ ZONA CENTRO

1BP2500048 Celador/a

de EAP

Z.S.- Cerro Gordo

(Badajoz) CS CERRO GORDO

1BP2500031 Celador/a

de EAP Z.S.- Gévora CS GEVORA

1BP2500032 Celador/a

de EAP

Z.S.- Jerez de los

Caballeros CS JEREZ CABALLEROS

1BP2500033 Celador/a

de EAP

Z.S.- Jerez de los

Caballeros CS JEREZ CABALLEROS

1BP2500034 Celador/a

de EAP Z.S.- Montijo CS MONTIJO

1BP2500035 Celador/a

de EAP Z.S.- Montijo CS MONTIJO

1BP2500037 Celador/a

de EAP Z.S.- Montijo CS MONTIJO

1BP2500038 Celador/a

de EAP Z.S.- Montijo CS MONTIJO

1BP2500039 Celador/a

(41)

1BP2500040 Celador/a

de EAP Z.S.- Olivenza CS OLIVENZA

1BP2500041 Celador/a

de EAP Z.S.- Olivenza CS OLIVENZA

1BP2500042 Celador/a

de EAP Z.S.- Olivenza CS OLIVENZA

1BP2500043 Celador/a

de EAP Z.S.- Olivenza CS OLIVENZA

1BP2500045 Celador/a de EAP Z.S.- San Vicente de Alcántara CS SAN VICENTE ALCANTARA 1BP2500046 Celador/a

de EAP Z.S.- Santa Marta

CS SANTA MARTA DE LOS BARROS

1BP2500047 Celador/a

de EAP Z.S.- Talavera la Real CS TALAVERA LA REAL

PLAZAS DE GERENCIA CÓDIGO UBICACIÓN 1BG2500001 GERENCIA DE BADAJOZ 1BG2500002 GERENCIA DE BADAJOZ 1BG2500003 GERENCIA DE BADAJOZ 1BG2500004 GERENCIA DE BADAJOZ 1BG2500005 GERENCIA DE BADAJOZ

(42)

ÁREA DE SALUD DE MÉRIDA

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones 2BP2500009 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Almendralejo-San José CS ALMENDRALEJO 2BP2500011 Celador/a de EAP Z.S.- Almendralejo-San Roque CS ALMENDRALEJO-SAN ROQUE 2BP2500012 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Guareña CS GUAREÑA 2BP2500013 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Guareña CS GUAREÑA 2BP2500024 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Hornachos CS HORNACHOS 2BP2500015 Celador/a

de EAP Z.S.- Mérida I CS MERIDA URBANO I

2BP2500016 Celador/a

de EAP Z.S.- Mérida II CS MERIDA URBANO II

2BP2500023

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Mérida II CS MERIDA URBANO II

2BP2500019 Celador/a

de EAP Z.S.- Mérida III

CS MERIDA III - OBISPO PAULO

(43)

2BP2500018

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Mérida Norte CS MERIDA NORTE

2BP2500017 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- La Zarza CS LA ZARZA 2BP2500021 Celador/a de EAP Z.S.- Villafranca de los

Barros CS VILLAFRANCA BARROS

2BP2500022 Celador/a

de EAP

Z.S.- Villafranca de los

(44)

ÁREA DE SALUD DE DON BENITO-VILLANUEVA

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones

3BP2500001

Celador/a de Atención Continuada

PAC Don Benito CS JOSE MARIA ALVAREZ

3BP2500002

Celador/a de Atención Continuada

PAC Don Benito CS JOSE MARIA ALVAREZ

3BP2500003

Celador/a de Atención Continuada

PAC Don Benito CS JOSE MARIA ALVAREZ

3BP2500004

Celador/a de Atención Continuada

PAC Don Benito CS JOSE MARIA ALVAREZ

3BP2500005 Celador/a de Atención Continuada PAC Villanueva de la Serena CS VILLANUEVA DE LA SERENA II ; CS VILLANUEVA DE LA SERENA I 3BP2500006 Celador/a de Atención Continuada PAC Villanueva de la Serena CS VILLANUEVA DE LA SERENA II; CS VILLANUEVA

DE LA SERENA I 3BP2500008 Celador/a de Atención Continuada PAC Villanueva de la Serena CS VILLANUEVA DE LA SERENA II; CS VILLANUEVA

DE LA SERENA I 3BP2500009

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Cabeza del Buey CS CABEZA DEL BUEY

3BP2500010

Celador/a de Atención Continuada

(45)

3BP2500011 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Campanario CS CAMPANARIO 3BP2500012 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Castuera CS CASTUERA 3BP2500013 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Castuera CS CASTUERA 3BP2500014 Celador/a de EAP Z.S.- Alonso Martín

(DB) CS JOSE MARIA ALVAREZ

3BP2500015 Celador/a

de EAP Z.S.- Don Benito Oeste CS DON BENITO OESTE

3BP2500016

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Santa Amalia CS SANTA AMALIA

3BP2500017 Celador/a

de EAP Z.S.- Don Benito Oeste CS DON BENITO OESTE

3BP2500018

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Herrera del Duque CS HERRERA DEL DUQUE

3BP2500019

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Navalvillar de Pela CS NAVALVILLAR DE PELA

3BP2500023 Celador/a de EAP Z.S.- Pedro de Valdivia (VS I) CS VILLANUEVA DE LA SERENA I 3BP2500024 Celador/a de EAP Z.S.- Pedro de Valdivia (VS I) CS VILLANUEVA DE LA SERENA I 3BP2500020 Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Santa Amalia CS SANTA AMALIA

3BP2500021

Celador/a de Atención Continuada

(46)

3BP2500022 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Talarrubias CS TALARRUBIAS 3BP2500025 Celador/a de EAP Z.S.- Villanueva de la Serena II CS VILLANUEVA DE LA SERENA II 3BP2500027 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Zalamea de la

Serena CS ZALAMEA DE LA SERENA

3BP2500028

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Zalamea de la

Serena CS ZALAMEA DE LA SERENA

PLAZAS DE GERENCIA

CÓDIGO UBICACIÓN

3BG2500001 GERENCIA DE DON BENITO

3BG2500002 GERENCIA DE DON BENITO

(47)

ÁREA DE SALUD DE LLERENA-ZAFRA

PLAZAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

CÓDIGO Función Centro de Trabajo/

Ubicación Observaciones 4BP2500003 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Azuaga CS AZUAGA 4BP2500019 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Azuaga CS AZUAGA 4BP2500006 Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Fuente de Cantos CS FUENTE DE CANTOS

4BP2500009 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Fregenal de la Sierra CS FREGENAL DE LA SIERRA 4BP2500010 Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Fuente de Cantos CS FUENTE DE CANTOS

4BP2500011

Celador/a de Atención Continuada

Z.S.- Fuente del

Maestre CS FUENTE DEL MAESTRE

4BP2500004 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Llerena CS LLERENA 4BP2500012 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Llerena CS LLERENA 4BP2500013 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Llerena CS LLERENA

(48)

4BP2500018 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Llerena CS LLERENA 4BP2500001 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Monesterio CS MONESTERIO 4BP2500014 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Monesterio CS MONESTERIO 4BP2500002 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Zafra I CS ZAFRA I 4BP2500005 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Zafra I CS ZAFRA I 4BP2500015 Celador/a

de EAP Z.S.- Zafra I CS ZAFRA I

4BP2500016 Celador/a

de EAP Z.S.- Zafra I CS ZAFRA I

4BP2500017 Celador/a de Atención Continuada Z.S.- Zafra II CS ZAFRA II PLAZAS DE GERENCIA CÓDIGO UBICACIÓN 4BG2500001 GERENCIA DE LLERENA-ZAFRA.- HOSPITAL DE LLERENA 4BG2500002 GERENCIA DE LLERENA-ZAFRA.- HOSPITAL DE LLERENA

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