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ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE TOLEDO EL DIA 29 DE ABRIL DE 2009

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ACTA DE LA SESION ORDINARIA

CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE TOLEDO

EL DIA 29 DE ABRIL DE 2009

ASISTENTES: EXCMO. SR. ALCALDE.

D. EMILIANO GARCIA -PAGE SANCHEZ

CONCEJALES:

D. ANGEL FELPETO ENRIQUEZ. D. AURELIO SAN EMETERIO FERNÁNDEZ.

D. FRANCISCO JAVIER NICOLAS GOMEZ. Dª. ANA Mª. SAAVEDRA REVENGA. D. FRANCISCO JAVIER MARTÍN CABEZA.

D. GABRIEL GONZALEZ MEJIAS. Dª. MILAGROS TOLON JAIME.

CONCEJAL-SECRETARIO: D. RAFAEL PEREZAGUA DELGADO.

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO EN FUNCIONES: D. CESAR GARCIA -MONGE HERRERO.

En las Casas Consistoriales de la ciudad de Toledo, siendo las dieciocho horas del día veintinueve de abril de dos mil nueve; bajo la Presidencia del Excmo. Sr. Alcalde, D. Emiliano García-Page Sánchez, se reunieron los Sres. arriba nominados, miembros de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo, asistidos por el Sr. Concejal-Secretario, D. Rafael Perezagua Delgado; por el Sr. Secretario General de Gobierno en funciones, D. César García -Monge Herrero y por el Sr. Interventor General Municipal, D. Rafael Bielsa Tello; al objeto de celebrar sesión ordinaria del citado órgano Corporativo, para el ejercicio de las atribuciones que le corresponden de conformidad con el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/03, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, y cuyo Orden del Día fue reglamentariamente cursado.

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ORDEN DEL DIA

1º.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.-

Conocido el Borrador del Acta de la sesión anterior, celebrada con carácter de ordinaria el día veintidós de abril de 2009 –que se ha distribuido con la convocatoria- es aprobado por unanimidad de los Sres. asistentes; con la rectificación del punto nº “6º.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL FORMULADA EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CON TRAMITACIÓN ORDINARIA CONVOCADO PARA LA CONTRATACIÓN DE “SELECCIÓN DE TERCERO PARA OCUPACIÓN PRIVATIVA DE DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL CON DESTINO A LA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE TRES (3) QUIOSCOS Y SUS CORRESPONDIENTES TERRAZAS EN “LA PERALEDA” EN TOLEDO”.- en el sentido de incorporar a la parte dispositiva del acuerdo el siguiente texto:

“Los concesionarios deberán comprometerse al cumplimiento de los horarios y aportar el contrato de limpieza”.

Todo ello, en cumplimiento de las previsiones que se contienen en el artº. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

AREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO, PROMOCION ECONOMICA, REGIMEN INTERIOR, EMPLEO Y TURISMO 2º.- APROBACION DE PLIEGO DE CLAUSULAS E INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD PARA LA “FORMALIZACION DE UN PRESTAMO PARA FINANCIAR EL PLAN DE INVERSIONES DEL EJERCICIO 2009”.-

UNIDAD GESTORA: GABINETE DE ESTUDIOS ECONOMICO-FINANCIEROS.

PROCEDIMIENTO: NEGOCIADO CON PUBLICIDAD. TRAMITACION: ORDINARIA.

CONDICIONES DE LA OPERACIÓN:

o Importe: lote único: 2.385.000,00 euros.

o Finalidad lote único: Plan de Inversiones ejercicio 2009. o Plazo de duración de la operación: Máximo de doce (12)

años contados a partir de la fecha de formalización del contrato, siendo los dos primeros de carencia y los diez restantes de amortización.

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o Periodos de carencia de 3 a 4 semestres, dependiendo de la fecha de formalización.

o Tipo de interés: variable con referencia al Euribor a seis meses.

o Criterios de adjudicación: tipo de interés ofertado e interés de demora sobre descubiertos.

DOCUMENTACION QUE INTEGRA EL EXPEDIENTE:

o Propuesta formulada por la Concejalía Delegada del Area de Hacienda en los términos indicados, de fecha 22 de abril de 2009.

o Informe del Gabinete de Estudios Económico-Financieros, sobre características de la operación, carga financiera en el ejercicio 2009, ratios financieros al 16 de abril de 2009 con la indicación de que si bien la operación no tiene que ser autorizada por los órganos competentes del Ministerio de Hacienda, sin embargo se cree conveniente que se actualice el Plan Económico-Financiero 2008-2011.

o Pliego de Cláusulas Económico Administrativas particulares que ha de regir la operación, mediante procedimiento negociado con publicidad.

o Informe jurídico favorable (con observaciones) emitido por la jefatura del Servicio de Contratación y Patrimonio en fecha 24 de abril de 2009.

o Fiscalización conforme (con observaciones) de la Intervención General Municipal (Rfª. Nº 1.886, de 27 de abril de 2009).

En función de cuanto queda expuesto, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

- Aprobar el Pliego de Cláusulas Económico Administrativas particulares elaborado para regir la contratación, mediante procedimiento negociado con publicidad, de formalización de un préstamo por importe de 2.385.000,00 euros; para financiar proyectos de inversión incluidos dentro del Presupuesto de la Corporación 2009.

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3º.- REVISIÓN DE PRECIOS DEL SERVICIO DE PELUQUERIA DEL CLUB MUNICIPAL DE LA TERCERA EDAD DE SANTA MARIA DE BENQUERENCIA.-

La jefatura del Servicio de Patrimonio y Contratación informa al respecto lo siguiente:

PRIMERO.- Dª María Pilar Martínez García -Osorio, concesionaria del servicio de peluquería del Club Municipal de referencia, ha presentado solicitud de revisión de precios de conformidad con la estipulación séptima del contrato de explotación de fecha 5 de agosto de 2004, prorrogado mediante addenda de 16 de junio de 2008, por un periodo de dos años (hasta el 5 de agosto de 2010).

SEGUNDO.- El Economista Municipal ha informado la solicitud señalando que corresponde la revisión de todos los precios en función de la variación que experimente el IPC el año anterior o fórmula que lo sustituya, siendo el IPC de agosto 2007 a agosto 2008 de 4,9 %.

Asimismo el mencionado informe indica que aunque el contrato no recoge expresamente la revisión del canon de 300 euros, durante la prórroga del contrato el canon se tendría que revisar con el mismo IPC.

TERCERO.- Se ha dado trámite de audiencia a la concesionaria del servicio sin que haya presentado alegaciones.

Por lo expuesto , la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda: 1.- Aprobar lar revisión solicitada, conforme al anexo que se acompaña al informe del Sr. Economista Municipal de fecha 17 de marzo de 2009.

2.- Revisar el canon anual de 300 euros con el mismo IPC aplicado a la revisión de precios (4,9 %), resultando un canon para el periodo 06.08.2008 al 05.08.2009 de 314,70 €.

4º.- PRORROGA Y REVISIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO DE “PRESTACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE TECNICO SICAL-GPR (PERIODO 2009).-

UNIDAD GESTORA: INTERVENCIÓN GENERAL MUNICIPAL. Importe anual: 1.622,40 €.

DOCUMENTACION QUE INTEGRA EL EXPEDIENTE:

• Contrato suscrito con la empresa “AYTOS CPD, S.L.” sobre el asunto referenciado, que contempla un plazo de duración del contrato de dos años (2007/2008), con posibilidad de prórroga expresa por otros dos más. El mencionado contrato contempla como fórmula de revisión de precios la variación experimentada por el IPC en el ejercicio anterior.

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• Petición y aceptación de la empresa “AYTOS CPD, S.L.”, admitiendo la prórroga en los términos propuestos.

• Informe jurídico favorable emitido por la jefatura del Servicio de Contratación y Patrimonio.

• Fiscalización conforme de la Intervención General Municipal (Rfª. Nº 1.637, de 16 de abril de 2009).

Por cuanto queda expuesto, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

PRIMERO.- Aprobar un gasto por importe de 1.622,40 €.

SEGUNDO.- Aprobar la prórroga así como la revisión de precios del contrato de “PRESTACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE TECNICO SICAL-GPR” para el periodo 2009.

5º.- ELEVACION A DEFINITIVA DE LA ADJUDICACION PROVISIONAL ACORDADA EN EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PARA LA CONTRATACION DE LOS “SERVICIOS DE NOTIFICACIONES DE LA TESORERIA MUNICIPAL Y SERVICIOS POSTALES”.-

Vista la documentación que integra el expediente, entre otra:

• Propuesta formulada por la Unidad Gestora de la Tesorería Municipal con fecha 16 de marzo de 2009, de autorización y disposición de gasto en el importe de 93.997,90 euros, I.V.A. incluido, a favor de la “SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A.”, para la prestación de los servicios de que se deja hecha referencia en el epígrafe.

• Contrato a suscribir entre el Ayuntamiento de Toledo y la “Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A.”, con efectos de 1 de enero de 2009. • Informe jurídico favorable del Servicio de Contratación y Patrimonio de fecha 23 de marzo de 2009.

• Fiscalización, de confo rmidad, de la Intervención General Municipal de fecha 1 de abril de 2009 (referencia nº 1372).

Acuerdo de la JUNTA DE CONTRATACIÓN de 2 de abril de 2009 sobre adjudicación provisional del contrato de que se trata a favor de la “SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A.” en el precio de 93.997,90 euros, I.V.A. incluido para el presente año 2009.

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Adjudicar DEFINITIVAMENTE el contrato relativo a “SERVICIOS DE NOTIFICACIONES DE LA TESORERIA MUNICIPAL Y SERVICIOS POSTALES”, a favor de la “SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A.” en el precio de 93.997,90 euros (I.V.A. incluido) para el presente año 2009.

6º.- SUSTITUCIÓN EN LA DENOMINACIÓN DE LA CALLE LAGUNA DE ARCAS, EN LA URBANIZACIÓN III FASE RESIDENCIAL DEL POLÍGONO SANTA MARIA DE BENQUERENCIA; ASIGNÁNDOSE ESTA DENOMINACIÓN AL “VIAL 10” DE LA MISMA URBANIZACIÓN.-

En relación con el asunto de referencia, el Arquitecto Técnico adscrito al Servicio de Patrimonio INFORMA:

Primero.- La Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2006, en su acuerdo núm. 19 aprobó la denominación a los viales y calles peatonales de la III Fase Residencial del Polígono Santa María de Benquerencia.

Segundo.- Entre esas denominaciones, figura el nombre “Calle Laguna de Arcas”, correspondiendo a la vía que en el proyecto de urbanización se identifica como “Vial 9”, integrada en la calle Río Cascajoso.

Tercero.- Una vez desarrollada la zona, pierde sentido diferenciar entre el peatonal “Vial 9” y la Calle Río Cascajoso, al no existir elemento diferenciador que los separe.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y de conformidad con la propuesta que formula el Técnico informante; la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

Primero.- Suprimir del “Vial 9” la denominación “Calle Laguna de Arcas”, adquiriendo este vial la numeración de la calle Río Cascajoso, en la que se integra.

Segundo.- Asignar a la continuación de la Calle Río Fresnedoso, coincidente con el “Vial 1”, la denominación de “Calle Laguna de Arcas”, a efectos de evitar posibles confusiones; dado que actualmente la calle Río Fresnedoso queda interrumpida por el Polideportivo Municipal (pista de atletismo).

7º.- APROBACIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL CONSORCIO DE LA CIUDAD DE TOLEDO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN DEL ARCHIVO MUNICIPAL DE TOLEDO-AÑO 2009”.-

Proyecto de Convenio:

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Ø Obligaciones de las partes: corresponde al Ayuntamiento subvencionar el proyecto a través de una cantidad que no superará los 30.000,00 €. A su vez, el Consorcio de la Ciudad de Toledo financiará dicho proyecto con una cantidad que no superará los 26.000,00€.

Vista la documentación obrante en el expediente, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda “dejar sobre la mesa” el presente asunto.

8º.- APROBACION DEL PROYECTO DENOMINADO: ESCUELA TALLER “TOLEDO ROMANO”.-

Tras la experiencia desarrollada a lo largo de diferentes ciclos y los resultados obtenidos en formación, inserción de jóvenes en el mundo laboral y rehabilitación de patrimonio en nuestra ciudad; dando un salto cualitativo importante, ajustándonos a la Resolución del 16 de marzo del 2009 publicada el 2 de abril de 2009, por la que se convocan programas plurirregionales; la Concejal Delegada de Empleo, Turismo y Promoción Económica propone la aprobación del proyecto referido en el epígrafe, solicitando para ello subvención al Ministerio de Trabajo e Inmigración por importe de 1.358.854,50 euros.

Conocida la documentación que integra el expediente, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda aprobar el Proyecto de que se trata así como la solicitud de subvención al Ministerio de Trabajo e Inmigración para su financiación.

AREA DE GOBIERNO DE URBANISMO, VIVIENDA, INFRAESTRUCTURAS Y MEDIO AMBIENTE 9º.- EXPEDIENTES SOBRE LICENCIAS URBANISTICAS (7).-

Vistos los informes técnicos emitidos al efecto así como las propuestas de resolución que formula la Unidad Gestora de la Sección de Licencias y Actuación Urbanística sobre los expedientes que más abajo se especifican; la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

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9.2) PRIMERO: Conceder licencia de obras a la Entidad IBERDROLA DISTRIBUCION ELECTRICA S.A.U. (Expte. 512/08) para REPOSICION DE SERVICIOS 20 Kv POR AFECCION AL TRAZADO DE LA RONDA SUROESTE DE TOLEDO (modificación de tres tramos de líneas aéreas de media tensión en: enlace de la nueva vía con la Ctra. N-401 y Autovía de los Viñedos; enlace con la Ctra. De Toledo a Albarreal de Tajo en paraje “Los Lavaderos”; y enlace con Ctra. Toledo-Avila en paraje “Venta del Hoyo”), con arreglo al proyecto técnico presentado visado en 07.11.08.

SEGUNDO: Aprobar la liquidación provisional del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras en la cantidad de 6.478,99.- €, cuota que resulta de la aplicación del tipo de 4 % sobre el presupuesto de ejecución material y cuya Base Imponible se fija en la cantidad de 161.974,66.- €, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 4.

9.3) PRIMERO: Autorizar la ampliación de la licencia de obras concedida a Dª ROCIO A. BAQUERO NORIEGA (Expte. 11/09) para REHABILITACION DE VIVIENDA en el núm. 3 de la Cuesta de Santa Ana, con arreglo a la documentación técnica aportada visada en 27 de marzo de 2009; quedando la presente licencia sujeta a los siguientes condicionantes:

- Con una antelación mínima de 5 días respecto del inicio de las obras, deberá ponerse en contacto con la empresa contratada por este Ayuntamiento, la Entidad ENTORNO Y VEGETACION, S.A. al objeto de posibilitar su supervisión arqueológica.

SEGUNDO: Aprobar la liquidación provisional del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras en la cantidad de 176,98.- €, cuota que resulta de la aplicación del tipo de 4 % sobre el presupuesto de ejecución material y cuya Base Imponible se fija en la cantidad de 4.424,55.- €, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 4.

9.4) PRIMERO: Conceder licencia de obras a UNAUTO, S.L. (Expte. 83/09) para AMPLIACION DE INSTALACIONES EN LA ESTACION BASE DE AUTOBUSES URBANOS (SUMINISTRO DE GAS NATURAL COMPRIMIDO PARA LOS AUTOBUSES) en la Calle Molinos de Viento núm. 3, conforme al proyecto técnico visado el 9 de marzo de 2009; quedando la misma sujeta a los siguientes condicionantes:

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- Una vez finalizada la obra presentará certificado final de la misma, con presupuesto actualizado, suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente.

SEGUNDO: Aprobar la liquidación provisional del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras en la cantidad de 16.233,12.- €, cuota que resulta de la aplicación del tipo de 4 % sobre el presupuesto de ejecución material y cuya Base Imponible se fija en la cantidad de 405.827,96.- €, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 4.

9.5) PRIMERO: Conceder licencia de obras a “DOS GENERACIONES, S.L.” (Expte. 623/07) para ADAPTAR LOCAL COMERCIAL PARA BAR RESTAURANTE en la Calle Santa Fé, conforme al proyecto modificado visado el 13 de noviembre de 2008 y con sujeción a los siguientes condicionantes:

- La presente licencia sólo contempla la ejecución de la obra civil. La instalación y funcionamiento de la actividad deberá ser autorizada a través de la concesión de la licencia de apertura, por lo que la ejecución de la obra queda expresamente supeditada a las medidas correctoras que, en su caso, resulten de la tramitación de dicha licencia, y la incidencia que las mismas puedan tener en relación con aquéllas.

- Por localizarse la intervención en lugar afectado por lo previsto en el artículo 21 de la Ley de Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha, antes de proceder al inicio de las obras deberá garantizarse su control arqueológico conforme a las instrucciones que establezca la Dirección General de Patrimonio Cultural. Debiéndose tener en cuenta la Resolución de la citada Dirección General de fecha 24 de junio de 2008.

- Una vez finalizada la obra presentará certificado final de la misma, con presupuesto actualizado, suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente.

SEGUNDO: Aprobar la liquidación provisional del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras en la cantidad de 8.127,97.- €, cuota que resulta de la aplicación del tipo de 4 % sobre el presupuesto de ejecución material y cuya Base Imponible se fija en la cantidad de 203.199,30.- €, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 4.

9.6) En relación con el expediente de obras nº 359/04, la Unidad Gestora de la Sección de Licencias y Actuación Urbanística emite informe en base a los siguientes antecedentes:

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provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 4.617,25.-€ (3,65% sobre la Base Imponible de 126.500,00.-€).

- Liquidación definitiva del citado impuesto aprobada en virtud de Resolución de la JGCT de 11 de febrero de 2009, por importe de 14.292,23.-€ (3,65% sobre una Base imponible de 391.568,00.-€), obteniéndose por tanto una vez descontada la cantidad ya liquidada en concepto de liquidación provisional, una cuota tributaria diferencial de 9.674,98.-€, a satisfacer por la citada Entidad; ello en base a la documentación técnica aportada y al informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales en 9 de febrero de 2009.

- Recurso potestativo de reposición interpuesto por representante de la citada Entidad en tiempo y forma contra ésta última resolución, basado en las siguientes alegaciones:

• El coste total de las obras correspondientes tanto a las dos naves objeto del presente expediente como a dos naves contiguas (objeto del expt. 360/04), es inferior a la valoración que figura en el informe técnico que ha servido de base a la aprobación de la liquidación definitiva, según se justifica con la aportación de diferentes documentos contables pertenecientes a la empresa.

• Del coste de ejecución resultante de los cálculos realizados, deben descontarse determinados gastos, tales como licencias y honorarios profesionales, según detalle que se acompaña.

- Informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales en fecha 14 de abril en curso, indicando los criterios empleados en la elaboración de la liquidación definitiva; en este sentido -según se señala - el módulo de valoración empleado es el que figura en la Ordenanza Fiscal nº 4 del año 2008 (año estimado de ejecución de la obra), que establece un valor básico de 370,99.-€/m2, y que es variable según el uso de la edificación y nivel de calidad de la misma.

Asimismo se hace constar que para el uso de nave industrial se ha fijado un coeficiente corrector de valor 1,00 aplicable sobre el módulo anterior; habiéndose considerado igualmente que la entreplanta y planta alta de las naves se han adaptado y/o acondicionado para uso administrativo adscrito al uso industrial. En este caso, el coeficiente aplicable sería de valor 1,20 sobre el módulo de valoración. Así se obtienen unos módulos de valoración de: 370,99€/m2 aplicable a la superficie de nave industrial y 445,19 €/m2 aplicable a la superficie de nave con uso administrativo.

Por último se indica que en este caso concreto se han adoptado valores inferiores a los anteriores, dado que las naves son de utilización industrial, pero sin un uso definido y concreto para una actividad determinada.

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En consonancia con lo anterior, considerando que según lo dispuesto en el artº 103.1.b) del texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por R.D. 2/2004, de 5 de marzo, una vez finalizada la construcción, instalación u obra y teniendo en cuenta su coste real y efectivo, el Ayuntamiento, mediante la oportuna comprobación administrativa, modificará, en su caso, la base imponible……….practicando la correspondiente liquidación definitiva”.

Y considerando que a los efectos señalados, la Ordenanza Fiscal nº 4 en su artº 4 establece los parámetros y/o módulos de valoración que deben ser considerados para determinar el coste de ejecución material de las obras, fijándose que, en todo caso, éste deberá ser igual o superior al coste de referencia que se determina en la propia ordenanza y así se ha efectuado por los Servicios Técnicos Municipales según se ha acreditado con el informe emitido al efecto; la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

Ø Desestimar el recurso de reposición interpuesto por la Entidad DAFESA, S.L. contra la aprobación de la liquidación definitiva del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras devengado por la “ADAPTACION DE NAVES INDUSTRIALES “C” Y “D” SIN USO DEFINIDO” en la C/ Río Valdecelada c/v C/Río Marchés nº 112, ratificando la misma en la cantidad de 14.292,23.-€ (obteniéndose en consecuencia una cuota tributaria diferencial de 9.674,98.-€, cuyo ingreso deberá efectuarse en este Ayuntamiento); por resultar ajustada a derecho, toda vez que según consta en los informes emitidos por los Servicios Técnicos Municipales, el cálculo del coste real y efectivo de las obras objeto de impugnación por la Entidad recurrente ha sido efectuado de conformidad con lo señalado en la Ordenanza Fiscal nº 4 Reguladora del citado impuesto.

9.7) En el expediente de obras nº 360/04, la jefatura de Sección de Licencias y Actuación Urbanística emite informe base a los siguientes antecedentes:

- Resolución adoptada por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de octubre de 2004, sobre concesión de licencia a la Entidad DAFESA, S.L. para la ejecución de obras de “ADAPTACION DE NAVES INDUSTRIALES “A” y “B” SIN USO DEFINIDO” en la C/ Río Valdecelada c/v C/Río Marchés nº 112“, aprobándose una liquidación provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 5.842,88.-€ (3,65% sobre la Base Imponible de 160.079,00-€).

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una vez descontada la cantidad ya liquidada en concepto de liquidación provisional, una cuota tributaria diferencial de 13.246,16.-€, a satisfacer por la citada Entidad; ello en base a la documentación técnica aportada por la entidad recurrente y al informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales en 9 de febrero de 2009.

- Recurso potestativo de reposición interpuesto en tiempo y forma por representante de la citada Entidad contra ésta última resolución, basado en las siguientes argumentaciones:

• El coste total de las obras correspondientes tanto a las dos naves objeto del presente expediente como a dos naves contiguas (objeto del expt. 359/04), es inferior a la valoración que figura en el informe técnico que ha servido de base a la aprobación de la liquidación definitiva, según se justifica con la aportación de diferentes documentos contables pertenecientes a la empresa.

• Del coste de ejecución resultante de los cálculos realizados, deben descontarse determinados gastos, tales como licencias y honorarios profesionales, según detalle que se acompaña.

- Informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales en fecha 14 de abril en curso, indicando los criterios empleados en la elaboración de la liquidación definitiva; en este sentido -según se señala - el módulo de valoración empleado es el que figura en la Ordenanza Fiscal nº 4 del año 2008 (año estimado de ejecución de la obra), que establece un valor básico de 370,99.-€/m2, y que es variable según el uso de la edificación y nivel de calidad de la misma.

Asimismo se hace constar que para el uso de nave industrial se ha fijado un coeficiente corrector de valor 1,00 aplicable sobre el módulo anterior; habiéndose considerado igualmente que la entreplanta y planta alta de las naves se han adaptado y/o acondicionado para uso administrativo adscrito al uso industrial. En este caso, el coeficiente aplicable sería de valor 1,20 sobre el módulo de valoración. Así se obtienen unos módulos de valoración de: 370,99.-€/m2 aplicable a la superficie de nave industrial y 445,19 .-370,99.-€/m2 aplicable a la superficie de nave con uso administrativo.

Por último se indica que en este caso concreto se han adoptado valores inferiores a los anteriores, dado que las naves son de utilización industrial, pero sin un uso definido y concreto para una actividad determinada.

En virtud de todo lo expuesto, el Técnico que suscribe informa que la valoración realizada se ajusta al coste efectivo y real de la obra ejecutada.

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Y considerando que a los efectos señalados, la Ordenanza Fiscal nº 4 en su artº 4, establece los parámetros y/o módulos de valoración que deben ser considerados para determinar el coste de ejecución material de las obras, fijándose que, en todo caso, éste deberá ser igual o superior al coste de referencia que se determina en la propia ordenanza y así se ha efectuado por los Servicios Técnicos Municipales según se ha acreditado con el informe emitido al efecto; la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

Ø Desestimar el recurso de reposición interpuesto por la Entidad DAFESA, S.L. contra la aprobación de la liquidación definitiva del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras devengado por la “ADAPTACION DE NAVES INDUSTRIALES “A” Y “B” SIN USO DEFINIDO” en la C/ Río Valdecelada c/v C/Río Marchés nº 112, ratificando la misma en la cantidad de 19.089,04.-€ (obteniéndose en consecuencia una cuota tributaria diferencial de 13.246,16.-€ cuyo ingreso deberá efectuarse en este Ayuntamiento); por resultar ajustada a derecho, toda vez que según consta en los informes emitidos por los Servicios Técnicos Municipales, el cálculo del coste real y efectivo de las obras objeto de impugnación por la Entidad recurrente ha sido efectuado de conformidad con lo señalado en la Ordenanza Fiscal nº 4 Reguladora del citado impuesto.

10º.- SOLICITUDES DE LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACION (2).- 10.1) En relación con la solicitud de licencia de Primera Utilización de “Reforma de vivienda unifamiliar”; formulada por D. JUAN ANTONIO PEREZAGUA MARTÍN, en C/ Golondrina nº 98 (Cigarrales de Vistahermosa), la Unidad Gestora de la Sección de Licencias y Actuación Urbanística emite el siguiente:

I N F O R M E

PRIMERO.- La Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo, en sesión ordinaria celebrada el 28 de enero de 2009, concedió licencia de obras a D. Juan Antonio Perezagua Martín (Expte. 431/08) para reforma de vivienda unifamiliar en la Parcela 98 de la Urbanización “Cigarrales de Vistahermosa”.

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TERCERO.- Girada visita de inspección, los Servicios Técnicos Municipales emiten informe favorable, de fecha 27 de abril de 2009, observando que se han concluido las obras conforme al Proyecto de legalización visado en fecha 9 de junio de 2008, aprobado en Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo de fecha 28 de enero de 2009 y al Certificado final de obra visado en fecha 24 de abril de 2009, con Nº Registro de Entrada 12.276.

Igualmente, consta informe favorable emitido por la Jefatura del Servicio de Obras e Infraestructuras, de fecha 12 de marzo de 2009, señalando que no existe inconveniente ya que no se han detectado deficiencias en la vía pública.

CUARTO.- En el presente expediente se cumplen las prescripciones contenidas en la vigente Ordenanza Municipal de Licencias de Primera Utilización de Edificios (publicada en el nº 93 del B.O.P. de Toledo, de 26 de abril de 1993), así como la modificación del artº. 3.2 (publicada en nº 241 del B.O.P. de Toledo, de 20 de octubre de 1999) y la modificación al apartado segundo del artículo tercero (publicada en nº 43 del B.O.P. de Toledo, de 23 de febrero de 2004) de la precitada Ordenanza, por lo que no existe inconveniente en acceder a lo solicitado.

Por todo ello, y en su virtud, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

PRIMERO.- Conceder licencia a D. JUAN ANTONIO PEREZAGUA MARTÍN de Primera Utilización para Reforma de vivienda unifamiliar, en C/ Golondrina nº 98 (Cigarrales de Vistahermosa).

SEGUNDO.- Elevar a definitiva la liquidación provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras efectuada en su día con motivo del otorgamiento de la licencia de referencia.

10.2) En relación con la solicitud de licencia de Primera Utilización de “Edificio de 12 viviendas, garajes y trasteros”; formulada por RESIDENCIAL LOS AZACANES, S.L., en C/ Azacanes nº 35, la Sección de Licencias y Actuación Urbanística emite el siguiente:

I N F O R M E

PRIMERO.- La Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo, en sesión ordinaria de fecha 3 de marzo de 2004, otorgó licencia a la citada Entidad para la ejecución de las obras indicadas en el encabezamiento, conforme al Proyecto de ejecución visado en fecha 13 de mayo de 2003, y documentaciones complementarias visadas en fechas 23 de diciembre de 2003 y 16 de febrero de 2004.

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SEGUNDO.- Con fecha 18 de agosto de 2008, la Mercantil interesada solicita licencia de Primera Utilización, aportando al efecto: Certificado y presupuesto final actualizado de obra expedido por Técnico director de obra y visado por el Colegio Oficial correspondiente, documento acreditativo de presentación del Modelo 902 de Declaración de Alteración de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Certificación expedida por la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones acreditativa del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el R.D. 401/03, de 4 de abril (Reglamento regulador de las citadas infraestructuras) y copia de licencia municipal de obras.

TERCERO.- Girada visita de inspección, los Servicios Técnicos Municipales emiten informe favorable, de fecha 23 de abril de 2009, observando que se han concluido las obras, con arreglo a la documentación técnica aprobada, estimando asimismo, la existencia de una diferencia de valoración de la construcción, con respecto al presupuesto de ejecución material presentado, que arroja un incremento del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en la cantidad de 3.747,78 € a favor del Ayuntamiento de Toledo.

Igualmente , consta informe favorable emitido por la Jefatura del Servicio de Obras e Infraestructuras, de fecha 27 de abril de 2009, señalando que no existe inconveniente en la concesión de la licencia ya que las deficiencias comunicadas con anterioridad, han sido corregidas.

CUARTO.- En el presente expediente se cumplen las prescripciones contenidas en la vigente Ordenanza Municipal de Licencias de Primera Utilización de Edificios (publicada en el nº 93 del B.O.P. de Toledo, de 26 de abril de 1993), así como la modificación del artº. 3.2 (publicada en nº 241 del B.O.P. de Toledo, de 20 de octubre de 1999) y la modificación al apartado segundo del artículo tercero (publicada en nº 43 del B.O.P. de Toledo, de 23 de febrero de 2004) de la precitada Ordenanza, por lo que no existe inconveniente en acceder a lo solicitado.

Por todo ello, y en su virtud, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

PRIMERO.- Conceder licencia a RESIDENCIAL LOS AZACANES, S.L. para la Primera Utilización de Edificio de 12 viviendas, garajes y trasteros, en C/ Azacanes nº 35.

SEGUNDO.- El funcionamiento del garaje-aparcamiento incluido en la presente edificación, deberá ser objeto de solicitud y obtención en este Ayuntamiento de la correspondiente licencia municipal de apertura.

(16)

Habida cuenta que la cuota satisfecha en la liquidación provisional de dicho tributo ascendió a la cantidad de 15.860,20 €, la cuota tributaria diferencial que habrá de satisfacer el interesado asciende a la cantidad de 3.747,78 €.

11º.- SOLICITUDES DE LICENCIA DE APERTURA (2).-

11.1) En relación con el expediente nº 8/08-M sobre solicitud de concesión de licencia de apertura, en cumplimiento de lo establecido en el artº. 169.4.c) de la Ley 2/98 de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha (en adelante L.O.T.A.U.), la Jefe de la Sección de Licencias y Actuación Urbanística emite el presente informe jurídico, basado en los siguientes

A N T E C E D E N T E S

1º. Los informes técnicos favorables emitidos, de conformidad con lo establecido en el artº. 30 y siguientes del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (en adelante R.A.M.I.N.P.) por:

- El Sr. Jefe de la Sección de Instalaciones Urbanas, de fecha 16 de abril de 2008.

- La Técnico de Sanidad Ambiental, de fecha 18 de marzo de 2008.

- La Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad, de fecha 5 de marzo de 2008.

- El acuerdo favorable adoptado por la Comisión Provincial de Saneamiento, en sesión celebrada el día 30 de junio de 2008.

2º. La Resolución nº 2106, de fecha 16 de julio de 2008, de la Concejalía de Urbanismo, autorizando la instalación de los elementos que se contienen en el proyecto técnico aportado por el interesado.

3º. Los informes técnicos favorables emitidos de conformidad con lo establecido en el artº 34 del R.A.M.I.N.P., tras la visita de comprobación efectuada por:

- El Sr. Jefe de la Sección de Instalaciones Urbanas de fecha 23 de abril de 2009, quedando supeditado el desarrollo de la actividad a las características y elementos relacionados en documento adjunto.

- La Técnico de Sanidad Ambiental, de fecha 21 de abril de 2009.

Y teniendo en cuenta los siguientes

FUNDAMENTOS JURIDICOS

(17)

SEGUNDO.- La adecuación del emplazamiento, solicitud y proyecto que integran el expediente a lo dispuesto al efecto en el vigente R.A.M.I.N.P.

TERCERO.- Lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 9 Reguladora de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente: CONCEDER LICENCIA DE APERTURA PARA LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE ACTIVIDAD dedicada a LABORATORIO DE PRÓTESIS DENTAL, en PLAZA VIRGEN DEL SAGRARIO Nº 2, de esta Ciudad, a SALVADOR LÓPEZ NAVARRO, conforme al proyecto visado en fecha 5 de febrero de 2008 y demás documentación técnica complementaria; supeditándose la efectividad de la misma a los siguientes condicionantes:

1. Cumplimiento de cuantas medidas correctoras ha impuesto la Comisión Provincial de Saneamiento, que son las contempladas en el proyecto técnico e inscripción como productor de residuos peligrosos en la Delegación Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

2. El desarrollo de la actividad se ajustará a las características y elementos relacionados en documento adjunto, del que se dará traslado al solicitante.

3. Conforme determina el Decreto 72/1996, de 24 de junio, regulador de las Hojas de Reclamaciones de los consumidores y usuarios, el establecimiento deberá disponer de hojas de reclamaciones debidamente selladas y numeradas.

Asimismo, deberá colocarse en el establecimiento -de forma visible y legible para el público- un cartel indicativo que informe de la existencia de dichas hojas de reclamaciones a disposición de los

consumidores y usuarios. Las

hojas de reclamaciones y los carteles informativos se ajustarán al modelo dispuesto en la Orden de la Consejería de Sanidad de 28 de julio de 1997, modificada con posterioridad por Orden de la citada Consejería de 22 de octubre de 2003.

11.2) En relación con el expediente nº 280/078-I sobre solicitud de concesión de licencia de apertura, en cumplimiento de lo establecido en el artº. 169.4.c) de la Ley 2/98 de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha (en adelante L.O.T.A.U.), la Jefe de la Sección de Licencias y Actuación Urbanística emite el presente informe jurídico, basado en los siguientes

A N T E C E D E N T E S

1º. Los informes técnicos favorables emitidos, de conformidad con lo establecido en el artº. 30 y siguientes del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (en adelante R.A.M.I.N.P.) por:

- El Sr. Jefe de la Sección de Instalaciones Urbanas, de fecha 6 de octubre de 2008.

(18)

- El dictamen favorable emitido por la Ponencia Técnica Municipal de Saneamiento, en sesión celebrada el día 16 de octubre de 2008.

2º. La Resolución nº 3297, de fecha 13 de noviembre de 2008, de la Concejalía de Urbanismo, autorizando la instalación de los elementos que se contienen en el proyecto técnico aportado por el interesado.

3º. Los informes técnicos favorables emitidos de conformidad con lo establecido en el artº 34 del R.A.M.I.N.P., tras la visita de comprobación efectuada por:

- El Sr. Jefe de la Sección de Instalaciones Urbanas de fecha 23 de abril de 2009, quedando supeditado el desarrollo de la actividad a las características y elementos relacionados en documento adjunto.

- La Técnico de Sanidad Ambiental, de fecha 20 de abril de 2009.

Y teniendo en cuenta los siguientes

FUNDAMENTOS JURIDICOS

PRIMERO.- El cumplimiento de los trámites de procedimiento previstos en los arts. 169.2.b) de la Ley 2/98, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha (L.O.T.A.U.) y artº 30 y siguientes del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre (R.A.M.I.N.P.).

SEGUNDO.- La adecuación del emplazamiento, solicitud y proyecto que integran el expediente a lo dispuesto al efecto en el vigente R.A.M.I.N.P.

TERCERO.- Lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 9 Reguladora de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

CONCEDER LICENCIA DE APERTURA PARA LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE ACTIVIDAD dedicada a OFICINA PROFESIONAL, en RONDA DE BUENAVISTA Nº 39-PORTAL 8, LOCAL 195-C, de esta Ciudad, a LAJUEL INGENIERÍA, S.L., conforme al proyecto visado en fecha 27 de diciembre de 2004 y demás documentación técnica complementaria; supeditándose la efectividad de la misma a los siguientes condicionantes:

1. Cumplimiento de cuantas medidas correctoras ha impuesto la Ponencia Técnica Municipal de Saneamiento, de las que se dará traslado al solicitante.

2. El desarrollo de la actividad se ajustará a las características y elementos relacionados en documento adjunto, del que se dará traslado al solicitante.

(19)

Asimismo, deberá colocarse en el establecimiento -de forma visible y legible para el público- un cartel indicativo que informe de la existencia de dichas hojas de reclamaciones a disposición de los consumidores y usuarios. Las hojas de reclamaciones y los carteles informativos se ajustarán al modelo dispuesto en la Orden de la Consejería de Sanidad de 28 de julio de 1997, modificada con posterioridad por Orden de la citada Consejería de 22 de octubre de 2003.

12º.- SOLICITUDES DE OCUPACION DE LA VIA PUBLICA PARA FINES LUCRATIVOS (26).-

Comprobado que el interesado dispone de licencia municipal de apertura del establecimiento.

Vistos los informes favorables emitidos por la Inspección de la Policía Local y el Servicio de Recaudación Municipal.

Habiéndose dado cumplimiento a los trámites previstos en el art. 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, de conformidad con lo establecido al respecto en la Ordenanza Fiscal nº. 21 Reguladora de la Tasa por aprovechamientos especiales y utilización privativa del dominio público local, así como en la Ordenanza Fiscal nº. 15 de Gestión, Recaudación e Inspección.

Habida cuenta que corresponde a la Junta de Gobierno Local la competencia con carácter general para el otorgamiento de licencias, en aplicación de lo dispuesto en el art. 127 de la Ley 7/05, de 2 de abril reguladora de las bases de Régimen Local, en su nueva redacción dada por la Ley 57/03 de 16 de diciembre, de medidas para la modernización de Gobierno Local.

Y de conformidad con la propuesta que formula la Unidad Gestora de la Sección de Licencias y Actuación Urbanística sobre cada uno de los expedientes que más abajo se relacionan; la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

12.1) Conceder licencia a D. Angel González Sánchez (Expte. 2/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINA DE REFRESCOS en C/ Colombia nº 13, con arreglo a las siguientes determinaciones:

A) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 1 m2.

B) LA UBICACIÓN SERA SOBRE LA ACERA, ADOSADA A LA PARED DEL ESTABLECIMIENTO.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

(20)

C) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 1 m2.

D) LA UBICACIÓN SERA SOBRE LA ACERA, ADOSADA A LA PARED DEL ESTABLECIMIENTO.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.3) Conceder licencia a “HIJOS DE CATALINO ESCALANTE, S.L.” (Expte. 4/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINAS DE REFRESCOS en Paseo de Merchán nº 3, con arreglo a las siguientes determinaciones:

E) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 2 m2.

F) LA UBICACIÓN SERA COMO EN TEMPORADAS ANTERIORES. Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.4) Conceder licencia a “CAFETERIA MADRID, C.B.” (Expte. 6/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINAS DE REFRESCOS en C/ Marqués de Mendigorría nº 7, con arreglo a las siguientes determinaciones:

G) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 2 m2.

H) LA UBICACIÓN SERA COMO EN TEMPORADAS ANTERIORES. Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.5) Conceder licencia a Dª. Paula Martín Gómez (Expte. 7/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINAS DE REFRESCOS en C/ Marqués de Mendigorría nº 5, con arreglo a las siguientes determinaciones:

I) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 2 m2.

J) LA UBICACIÓN SERA SOBRE LA ACERA, ADOSADA A LA PARED.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.6) Conceder licencia a “HOSTO, S.A.” (Expte. 8/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINAS DE REFRESCOS en C/ Duque de Ahumada nº 2; con arreglo a las siguientes determinaciones:

K) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 5 m2.

L) LA UBICACIÓN SERA SOBRE LA ACERA, ADOSADA A LA PARED.

(21)

12.7) Conceder licencia a “RUEDOTOL, S.L.” (Expte. 10/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINA DE REFRESCOS en C/ Agén nº 15 , con arreglo a las siguientes determinaciones:

M) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 1 m2.

N) LA UBICACIÓN SERA COMO EN EJERCICIOS ANTERIORES. Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.8) Conceder licencia a “SERVICIOS HOSTELERIA BAUGAR, S.L.” (Expte. 11/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINAS DE REFRESCOS en Avda. Barber nº 8, con arreglo a las siguientes determinaciones:

O) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 3 m2.

P) LA UBICACIÓN SERA COMO EN EJERCICIOS ANTERIORES, SIN OBSTACULIZAR EL TRANSITO DE PEATONES Y VEHICULOS. Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.9) Conceder licencia a Dª. Mª. Angeles Dueñas García -Quismondo (Expte. 15/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINA DE REFRESCOS en Paseo de San Eugenio nº 14, con arreglo a las siguientes determinaciones:

Q) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 2 m2.

R) LA UBICACIÓN SERA ADOSADA A LA PARED.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.10) Conceder licencia a Dª. Francisca Navarro Díaz (Expte. 17/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINA DE REFRESCOS en Plaza de Aquisgrán, con arreglo a las siguientes determinaciones:

S) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 1 m2.

T) LA UBICACIÓN SERA COMO EN TEMPORADAS ANTERIORES. Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.11) Conceder licencia a “TECNOTRON, S.A.” (Expte. 9/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINA PHOTOMATON en C/ Marqués de Mendigorría nº 7, con arreglo a las siguientes determinaciones:

U) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 2 m2.

(22)

12.12) Conceder licencia a D. Dionisio Paniagua Martín (Expte. 6/máquinas/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MAQUINA DE REFRESCOS en C/ Río Alberche nº 40, con arreglo a las siguientes determinaciones:

W) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 1 m2.

X) LA UBICACIÓN SERA SOBRE LA CALZADA, COMO EN TEMPORADAS ANTERIORES.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.13) Conceder licencia a Dª. Paula Martín Gómez (Expte. 10/OB/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con OBJETOS DE PROPAGANDA (maceteros) en C/ Covarrubias nº 2, con arreglo a las siguientes determinaciones:

Y) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 2 m2.

Z) LA UBICACIÓN SERA SOBRE LA CALZADA, JUNTO AL BORDILLO.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.14) Conceder licencia a Dª. Julia Herrero Martín (Expte. 7/q/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con QUIOSCO DE HELADOS en Avda. de Portugal, con arreglo a las siguientes determinaciones:

AA) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 4 m2.

BB) LA UBICACIÓN SERA COMO EN TEMPORADAS ANTERIORES. Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.15) Conceder licencia a Dª. Francisca Navarro Díaz (Expte. 5/q/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con QUIOSCO DE HELADOS en Plaza de Aquisgrán, con arreglo a las siguientes determinaciones:

CC) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 4 m2.

DD) LA UBICACIÓN SERA COMO EN TEMPORADAS ANTERIORES. Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.16) Conceder licencia a D. José Vicente Tordera Fragua (Expte. 58/ob/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con OBJETOS DE PROPAGANDA (postalero) en Carretera de Circunvalación, con arreglo a las siguientes determinaciones:

EE) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 4 m2.

FF) LA UBICACIÓN SERA ADOSADO AL QUIOSCO.

(23)

12.17) Conceder licencia a “TOLEDO PROSUM, C.B.” (Expte. 17/ob/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con OBJETOS DE PROPAGANDA (maceteros) en Paseo de San Juan de los Reyes, con arreglo a las siguientes determinaciones:

GG) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 1 m2.

HH) LA UBICACIÓN SERA COMO EN TEMPORADAS ANTERIORES, A AMBOS LADOS DE LA PUERTA DEL ESTABLECIMIENTO.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.18) Conceder licencia a Dª. Marta Castella Arriero (Expte. 40/ob/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con OBJETOS DE PROPAGANDA (macetero) en Pza. de Barrionuevo nº 6, con arreglo a las siguientes determinaciones:

II) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 1 m2.

JJ) LA UBICACIÓN SERA ADOSADA A LA PARED DEL ESTABLECIMIENTO Y SOBRE LA CALZADA.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.19) Conceder licencia a D. Francisco Manuel Linares Fermín (Expte. 28/ob/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con OBJETOS DE PROPAGANDA en C/ Joaquín de Lamadrid nº 11, con arreglo a las siguientes determinaciones:

KK) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 1 m2. LL) LA UBICACIÓN SERA ADOSADA A LA PARED.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.20) Conceder licencia a Dª. Dolores Rebollo Peña (Expte. 4/q/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con QUIOSCO DE HELADOS en Paseo de Federico García Lorca, con arreglo a las siguientes determinaciones:

MM) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 4 m2.

NN) LA UBICACIÓN SERA COMO EN TEMPORADAS ANTERIORES. OO) LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE LICENCIA QUEDA

(24)

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.21) Conceder licencia a Dª. Carmen del Río García (Expte. 03/qm/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MARQUESINA Y QUIOSCO en Plaza del Granadal , con arreglo a las siguientes determinaciones:

PP) LA SUPERFICIE A OCUPAR SERA: 24 y 5 m2, respectivamente. QQ) LA UBICACIÓN SERA COMO EN AÑOS ANTERIORES.

RR) LA PRESENTE LICENCIA SE CONCEDE SUPEDITADA EN TODO CASO A LAS OBRAS DE REMODELACION QUE SE TIENE PREVISTO EJECUTAR EN LA ZONA, DEBIENDOSE, POR TANTO, CON ANTERIORIDAD A SU INICIO, PROCEDER A LA RETIRADA DE LA INSTALACION Y CESAR EN LA ACTIVIDAD.

SS) ASIMISMO, TODA VEZ QUE SE TRATA DE UNA INSTALACION QUE NO SE AJUSTA AL MODELO DE QUIOSCO HOMOLOGADO APROBADO AL EFECTO POR ESTE AYUNTAMIENTO, TAL Y COMO SE LE HA COMUNICADO A LA INTERESADA DE MANERA REITERADA EN AÑOS SUCESIVOS; EN LO QUE SE REFIERE A FUTURAS TEMPORADAS, SE ESTUDIARA POR LA CORPORACION MUNICIPAL LA CONVENIENCIA Y PROCEDENCIA DE LA CITADA INSTALACION, ADOPTANDOSE LA RESOLUCION QUE PROCEDA CON RESPECTO A SU PERMANENCIA Y, EN SU CASO, PROCEDIMIENTO A SEGUIR CON RESPECTO A SU ADJUDICACION.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.22) Conceder licencia a “MANUELA CORONADO, S.L.” (Expte. 144/m/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MARQUESINA EN UNA SUPERFICIE DE 20 M2, EN CALLE SANTA FE Nº 1; SEGÚN EL CROQUIS ADJUNTO; PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE MARZO Y 31 DE OCTUBRE DE 2009 .

SEGUNDO.- Una vez transcurrido el periodo para el que se concede licencia (marzo-octubre) procederá, con carácter inmediato, a la retirada de la marquesina, dejando expedito el suelo público que hubiera venido ocupando, retirando todos los elementos en él instalados sin que pueda ser ocupado de nuevo hasta la obtención de la preceptiva licencia correspondiente al ejercicio 2010. Supuesto de incumplimiento y previa inspección, la Policía Local queda facultada para efectuar subsidiariamente la retirada de la instalación, con cargo al interesado.

(25)

12.23) Conceder licencia a “SOBREMANTELES 99, S.L.” (Expte. 60/m/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MARQUESINA EN UNA SUPERFICIE DE 20 M2, EN LA PLAZA DEL SECO; SEGÚN EL CROQUIS ADJUNTO, A FIN DE NO OBSTACULIZAR EL ACCESO A LAS VIVIENDAS Y PASO DE PEATONES; PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE MARZO Y 31 DE OCTUBRE DE 2009 .

SEGUNDO.- Una vez transcurrido el periodo para el que se concede licencia (marzo-octubre) procederá, con carácter inmediato, a la retirada de la marquesina, dejando expedito el suelo público que hubiera venido ocupando, retirando todos los elementos en él instalados sin que pueda ser ocupado de nuevo hasta la obtención de la preceptiva licencia correspondiente al ejercicio 2010. Supuesto de incumplimiento y previa inspección, la Policía Local queda facultada para efectuar subsidiariamente la retirada de la instalación, con cargo al interesado.

TERCERO.- Comunicar al interesado que durante el periodo comprendido entre los días 1 al 31 de julio (ambos inclusive) del presente año, deberá proceder al pago del SEGUNDO PLAZO de la tasa por ocupación del dominio público – cuyo primer plazo ingresó en su día – mediante el impreso de autoliquidación que le será facilitado en el Registro General de este Ayuntamiento o mediante transferencia bancaria, APORTANDO EN AMBOS CASOS Y EN DICHO PERIODO, JUSTIFICANTE DE SU INGRESO, EN EL NEGOCIADO DE PLANEAMIENTO UBICADO EN LA SEGUNDA PLANTA DEL PALACIO DE CARACENA.

Transcurrido el periodo señalado, EN CONSECUENCIA A PARTIR DEL DÍA 1 DE AGOSTO SIGUIENTE, por el Servicio de Gestión Tributaria se efectuará la liquidación que proceda con los recargos e intereses correspondientes, en aplicación de lo señalado en los artículos 161.4) en relación con el 26 y 28) de la Ley 58/03, de 17 de diciembre, General Tributaria. Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.24) Conceder licencia a José Martínez Navarro (Expte. 107/m/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MARQUESINA EN UNA SUPERFICIE DE 20 M2, EN C/ ALJIBILLO Nº 4; SOBRE LA CALZADA, AL IGUAL QUE EN TEMPORADAS ANTERIORES, FACILITANDO EN TODO MOMENTO EL ACCESO AL “VADO-“ DE DICHA CALLE, A FIN DE NO OBSTACULIZAR EL ACCESO A LAS VIVIENDAS Y PASO DE PEATONES; PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE MARZO Y 31 DE OCTUBRE DE 2009 .

(26)

correspondiente al ejercicio 2010. Supuesto de incumplimiento y previa inspección, la Policía Local queda facultada para efectuar subsidiariamente la retirada de la instalación, con cargo al interesado.

TERCERO.- Comunicar al interesado que durante el periodo comprendido entre los días 1 al 31 de julio (ambos inclusive) del presente año, deberá proceder al pago del SEGUNDO PLAZO de la tasa por ocupación del dominio público – cuyo primer plazo ingresó en su día – mediante el impreso de autoliquidación que le será facilitado en el Registro General de este Ayuntamiento o mediante transferencia bancaria, APORTANDO EN AMBOS CASOS Y EN DICHO PERIODO, JUSTIFICANTE DE SU INGRESO, EN EL NEGOCIADO DE PLANEAMIENTO UBICADO EN LA SEGUNDA PLANTA DEL PALACIO DE CARACENA.

Transcurrido el periodo señalado, EN CONSECUENCIA A PARTIR DEL DÍA 1 DE AGOSTO SIGUIENTE, por el Servicio de Gestión Tributaria se efectuará la liquidación que proceda con los recargos e intereses correspondientes, en aplicación de lo señalado en los artículos 161.4) en relación con el 26 y 28) de la Ley 58/03, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.25) Conceder licencia a Fernando Sánchez Cabello (Expte. 87/m/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MARQUESINA EN UNA SUPERFICIE DE 25 M2, EN C/ AIROSAS Nº 1; SEGÚN EL CROQUIS ADJUNTO; PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE MARZO Y 31 DE OCTUBRE DE 2009 .

SEGUNDO.- Una vez transcurrido el periodo para el que se concede licencia (marzo-octubre) procederá, con carácter inmediato, a la retirada de la marquesina, dejando expedito el suelo público que hubiera venido ocupando, retirando todos los elementos en él instalados sin que pueda ser ocupado de nuevo hasta la obtención de la preceptiva licencia correspondiente al ejercicio 2010. Supuesto de incumplimiento y previa inspección, la Policía Local queda facultada para efectuar subsidiariamente la retirada de la instalación, con cargo al interesado.

(27)

Transcurrido el periodo señalado, EN CONSECUENCIA A PARTIR DEL DÍA 1 DE AGOSTO SIGUIENTE, por el Servicio de Gestión Tributaria se efectuará la liquidación que proceda con los recargos e intereses correspondientes, en aplicación de lo señalado en los artículos 161.4) en relación con el 26 y 28) de la Ley 58/03, de 17 de diciembre, General Tributaria. Todo ello, sin perjuicio de las condiciones de carácter general aprobadas para este tipo de instalaciones.

12.26) Conceder licencia a Fernando Sánchez Cabello (Expte. 93/m/09 V.P.) para ocupación de la vía pública con MARQUESINA EN UNA SUPERFICIE DE 30 M2, EN PLAZA DE LA ESTRELLA; SEGÚN EL CROQUIS ADJUNTO; PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE MARZO Y 31 DE OCTUBRE DE 2009 .

SEGUNDO.- Una vez transcurrido el periodo para el que se concede licencia (marzo-octubre) procederá, con carácter inmediato, a la retirada de la marquesina, dejando expedito el suelo público que hubiera venido ocupando, retirando todos los elementos en él instalados sin que pueda ser ocupado de nuevo hasta la obtención de la preceptiva licencia correspondiente al ejercicio 2010. Supuesto de incumplimiento y previa inspección, la Policía Local queda facultada para efectuar subsidiariamente la retirada de la instalación, con cargo al interesado.

TERCERO.- Comunicar al interesado que durante el periodo comprendido entre los días 1 al 31 de julio (ambos inclusive) del presente año, deberá proceder al pago del SEGUNDO PLAZO de la tasa por ocupación del dominio público – cuyo primer plazo ingresó en su día – mediante el impreso de autoliquidación que le será facilitado en el Registro General de este Ayuntamiento o mediante transferencia bancaria, APORTANDO EN AMBOS CASOS Y EN DICHO PERIODO, JUSTIFICANTE DE SU INGRESO, EN EL NEGOCIADO DE PLANEAMIENTO UBICADO EN LA SEGUNDA PLANTA DEL PALACIO DE CARACENA.

(28)

AREA DE GOBIERNO DE GESTION DE LOS SERVICIOS

13º.- PROPUESTA DE ACUERDO DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL EN EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD CONVOCADO PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SUMINISTRO DE MATERIALES DE FERRETERÍA AÑO 2009”.-

Vista la documentación que integra el expediente de su razón, entre otra:

Ø Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo de fecha 11 de marzo de 2009, de aprobación de Pliegos de Condiciones y de inicio del expediente de contratación.

Ø Acta de la Junta de Contratación, actuando como Mesa de Contratación, de apertura de las proposiciones económicas formuladas, de fecha 13 de abril de 2009.

Ø Informe de valoración de las proposiciones formuladas, emitido por la Unidad Gestora del Servicio de Obras e Infraestructuras de fecha 14 de abril de 2009.

Ø Propuesta de acuerdo formulada por La JUNTA DE CONTRATACIÓN, DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL en el contrato de que se trata en los términos siguientes:

o .-LOTE I: A favor de “FINDETOSA” en el importe total máximo de 57.000 euros, I.V.A. incluido, y con un porcentaje de descuento del 32 por 100 (artículos del Anexo 1), y del 35 por 100 (artículos del Anexo 2).

o .- LOTE II: A favor de la empresa “CABELLO MÁQUINAS Y EQUIPOS, S.L.” en el importe total máximo de 26.000 euros, I.V.A. incluido, y con un porcentaje de descuento del 33 por 100 (artículos del Anexo 1), y del 60 por 100 (artículos del Anexo 2).

Ø Fiscalización conforme de la Intervención General Municipal (Referencias números 1.858 y 1.859, respectivamente; de 24 de abril de 2009).

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente: Ø Adjudicar provisionalmente el contrato de “SUMINISTRO DE

MATERIALES DE FERRETERÍA AÑO 2009”, en los

términos siguientes:

(29)

- .- LOTE II: A favor de la empresa “CABELLO MÁQUINAS Y EQUIPOS, S.L.” en el importe total máximo de 26.000 euros, I.V.A. incluido, y con un porcentaje de descuento del 33 por 100 (artículos del Anexo 1), y del 60 por 100 (artículos del Anexo 2).

14º.- TOMA DE CONOCIMIENTO DE SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA EN RELACION CON SANCIONES IMPUESTAS A ESTE AYUNTAMIENTO POR LA CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL TAJO.-

14.1) TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA, DE 26 DE MARZO DE 2009, QUE ANULA LA SANCIÓN IMPUESTA A ESTE AYUNTAMIENTO, POR IMPORTE DE 12.000€, POR LA CONFEDERACIÓN HIDROGRAFICA DEL TAJO EN EXPDTE D-9639-S.- La Unidad Gestora del Servicio de Obras e Infraestructuras, con el visto bueno de la Concejalía Delegada del Area, informa con respecto al asunto que nos ocupa; lo siguiente:

Con fecha de 30 de Marzo de 2004, la Confederación Hidrográfica del Tajo, en adelante CHT, incoa expediente sancionador D-9639-S a este Ayuntamiento por vertidos de aguas residuales al Río Tajo ocurridos el día 4 de Febrero de 2004.

Formuladas alegaciones por la Sección Administrativa de Obras e Infraestructuras, en las que, entre otras cuestiones, se denunciaba la indefensión producida al Ayuntamiento por la imposibilidad de practicar un análisis dirimente sobre las muestras tomadas por la Confederación, habida cuenta de que por el tiempo transcurrido entre dichas tomas y la notificación de la incoación del procedimiento sancionador, las muestras había n perdido sus propiedades, siendo las mismas la única prueba de cargo del expediente; las mismas se desestiman, mediante Resolución de 7 de Marzo de 2005 de la CHT, por la que se impone una sanción a este Ayuntamiento por importe de 12.000€.

Frente a dicha resolución se interpone recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, cuyo fallo anula la sanción impuesta, precisamente por el vicio de indefensión denunciado; por lo que procede instar la devolución de la cantidad de 12.000.-€ descontada de la participación en los tributos del Estado a instancias de la Confederación, y reclamar los intereses devengados desde el momento de tal compensación.

(30)

14.2) TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA, DE 26 DE MARZO DE

2009, QUE ANULA LA SANCIÓN IMPUESTA A ESTE AYUNTAMIENTO, POR

IMPORTE DE 6.000€, POR LA CONFEDERACIÓN HIDROGRAFICA DEL TAJO

EN EXPDTE D-9639-T; MINORANDO SU CUANTÍA A 240,40€.-

La Unidad Gestora del Servicio de Obras e Infraestructuras, con el visto bueno de la Concejalía Delegada del Area, informa con respecto al asunto de que se deja hecha referencia en el epígrafe; lo siguiente:

Con fecha de 30 de Marzo de 2004, la Confederación Hidrográfica del Tajo, en adelante CHT, incoa expediente sancionador D-9639-T a este Ayuntamiento por reutilización de agua residual depurada destinada al riego de parques y jardines durante 2003, sin autorización administrativa de dicha Confederación.

Formuladas alegaciones por la Sección Administrativa de Obras e Infraestructuras, en las que, entre otras cuestiones, se señalaba que en el proyecto que sirvió de base a la autorización de vertido figuraba la reutilización de agua para riego de parques y jardines del Polígono Industrial, y que, en caso de que se estimase que se había incurrido en infracción, al no solicitar autorización ad hoc, ésta debía ser la prevista para las infracciones leves, en su grado mínimo; 240,40€, mediante Resolución de 7 de Marzo de 2005, de la CHT; se desestiman las mismas por la CHT y se impone una sanción a este Ayuntamiento por importe de 6.000€.

Frente a dicha resolución se interpone recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, cuyo fallo anula la sanción impuesta, al no haber respetado el principio de proporcionalidad en la graduación de la sanción, reduciendo ésta a 240,40€, declarando el incumplimiento por este Ayuntamiento de la obligación de haber solicitado la correspondiente autorización administrativa para tal reutilización; por lo que procede instar la devolución de la cantidad de 5759,60.- € descontada de la participación en los tributos del Estado a instancias de la Confederación, y reclamar los intereses devengados desde el momento de tal compensación.

(31)

15º.- APROBACION TECNICA DE MEMORIAS VALORADAS CORRESPONDIENTES A OBRAS HIDRAULICAS A EJECUTAR POR “TAGUS SERVICIOS INTEGRALES”; EMPRESA CONCESIONARIA DEL SERVICIO PUBLICO DE “ABASTECIMIENTO, DISTRIBUCIÓN DE AGUA Y ALCANTARILLADO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TOLEDO, MEDIANTE GESTIÓN INDIRECTA EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA”.-

PROPUESTA SOBRE APROBACIÓN TECNICA DE:

Memorias valoradas correspondientes a la ejecución de las siguientes obras:

- “Colocación de un nuevo colector general en la Plaza de San Vicente en el Casco Histórico de Toledo“, por importe de 21.074,09 €.

- “Ampliación y reposición de un nuevo colector de saneamiento en el margen derecho del Arroyo Carrasco, en la Urbanización de Vistahermosa”, por importe de 201.128,13 €.

Y su adjudicación a “TAGUS SERVICIOS INTEGRALES”.

UNIDAD GESTORA: SERVICIO DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS. CARÁCTER DE LAS OBRAS: AMPLIACIÓN Y/O MEJORA.

DOCUMENTACION QUE INTEGRA EL EXPEDIENTE:

- Contrato formalizado con la UTE “FACSA-GRAVESA”, hoy con el nombre “TAGUS SERVICIOS INTEGRALES”, que tiene por objeto la Gestión del Servicio Público de “Abastecimiento, distribución de agua y alcantarillado en el término municipal de Toledo, mediante gestión indirecta en régimen de concesión administrativa”, formalizado en 10 de marzo de 2006 que contempla un plazo de duración de 25 años.

- Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo de fecha 11 de abril de 2007, sobre aprobación del Programa de Inversiones cuatrienal 2006-2009 en relación al contrato antes referido.

- Propuesta formulada por el Servicio de Obras e Infraestructuras referenciada en el epígrafe del presente informe, que contempla: o Propuesta.

o Proyecto de la obra a ejecutar. o Acta de replanteo previo.

o Informe justificativo suscrito por el Jefe del Servicio de Obras e Infraestructuras, que contempla la ejecución de las obras propuestas con cargo al Plan de Inversiones cuatrienal aprobado antes citado.

(32)

- Informe jurídico favorable emitido por la jefatura del Servicio de Contratación y Patrimonio en fecha 28 de abril de 2009; con las siguientes Observaciones:

Dado que la propuesta formulada se encuadra genéricamente en el Plan de Inversiones cuatrienal 2006-2009, a su conclusión se practicará liquidación del mismo en el sentido que proceda por el Servicio de Obras e Infraestructuras; poniendo de manifiesto su grado de ejecución.

Habida cuenta de lo anterior, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Toledo acuerda lo siguiente:

PRIMERO.- Aprobar técnicamente las Memorias valoradas correspondientes a la ejecución de las siguientes obras:

- “COLOCACIÓN DE UN NUEVO COLECTOR GENERAL EN LA PLAZA DE SAN VICENTE EN EL CASCO HISTÓRICO DE TOLEDO“, por importe de 21.074,09 €.

- “AMPLIACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN NUEVO COLECTOR DE SANEAMIENTO EN EL MARGEN DERECHO DEL ARROYO CARRASCO, EN LA URBANIZACIÓN DE VISTAHERMOSA”, por importe de 201.128,13 €.

SEGUNDO.- Adjudicar las obras comprendidas en las Memorias que al presente se aprueban a la empresa “TAGUS SERVICIOS INTEGRALES”; concesionaria del servicio público de “ABASTECIMIENTO, DISTRIBUCIÓN DE AGUA Y ALCANTARILLADO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TOLEDO, MEDIANTE GESTIÓN INDIRECTA EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA”.

Todo ello, sin perjuicio de las observaciones formuladas por el Servicio de Contratación y Patrimonio en su informe de 28 de abril de 2009.

AREA DE GOBIERNO DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS, JUVENTUD Y DEPORTES

16º.- APROBACION DE BASES Y CONSIGUIENTE PRESUPUESTO DEL CONCURSO DE ORNAMENTACION DEL RECORRIDO PROCESIONAL DEL CORPUS CHRISTI Y CALLES ADYACENTES AÑO 2009.-

DOCUMENTACION QUE INTEGRA EL EXPEDIENTE:

Referencias

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