Oficio No. 3897/2020
Guanajuato, Gto , a 29 de abril de 2020
OFICIO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS.
(CFAF)
CONTRIBUYENTE: FAMA CONSORCIO, S.A. DE C.V.
DOMICILIO: CALLE BOULEVARD ADOLFO LOPEZ MATEOS PONIENTE, NÚMERO 1554, COLONIA RENACIMIENTO, C.P. 38044, CELAYA, GUANAJUATO.
DOCUMENTOS A NOTIFICAR:
• MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN OFICIO: 3359/2020
FECHA DE EMISIÓN: 13 DE ABRIL DEL 2020
AUTORIDAD EMISORA: DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN
• ACTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO Y EMBARGO FECHA EN QUE FUE LEVANTADA: 17 DE ABRIL DE 2020 En la ciudad de Guanajuato, Guanajuato a los 29 días de abril del año 2020.
Vistas las razones asentadas por los C.C. Ministros Ejecutores María Maura Galvan Rodriguez y Sonia Lourdes Alvarez Solis adscritas a la Dirección de Ejecución, dependiente de la Dirección General de Ingresos de la Secretaria de Finanzas, Inversión y Administración del Gobierno del Estado de Guanajuato, en las actas circunstanciadas de fechas 16 y 17 de abril del 2020 relativas a la imposibilidad práctica y legal de llevar a cabo la notificación personal al C. Representante legal de Fama Consorcio, S.A. de C.V. en virtud de que desaparecio del domicilio fiscal señalado para efetos del Registro Federal de Contribuyentes, colocándose así en el supuesto previsto en la fracción I11 del articulo 134 del Código Fiscal de la Federación, por lo que se ordena realizar la notificación de la resolución anteriormente descrita en los estrados del Centro de Gobierno de Celaya, Guanajuato ubicada en Prolongación Miguel Hidalgo No. 1119, Colonia Las Fuentes, Código Postal 38040, Celaya, Guanajuato, y en la página electrónica de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración del Gobierno del Estado de Guanajuato, http://www.finanzas.quanaivato.gob.myJ en el apartado de notificaciones por estrados. Lo anterior, con fundamento en el artículo 139 del Código Fiscal de la Federación, vigente; 1, 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente; así como Octava fracción I incisos d) y e) y II inciso a) en las cláusulas Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, párrafos primero y cuarto del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Guanajuato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 2015, vigente a partir del 29 de julio de 2015; artículos 13, fracción II; 17, primer y último párrafos; 18, primer párrafo y 24, fracción II, incisos a), b) y d), de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato vigente; 3°, primer párrafo, fracción VIII, y último párrafo; 4°, segundo párrafo y 65 del Código Fiscal para el Estado de Guanajuato vigente; 1°, 2°, primer párrafo fracción II, inciso b), numeral 4; 10 primer párrafo; 11, 12, 46, primer párrafo fracción IV y 51, primer párrafo fracciones II, IV, VI, VII, VIII, X, XII y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 120, Tercera Parte, en fecha 27 de julio del 2012, vigente a partir del 01 de septiembre del 2012, reformado mediante Decreto Gubernativo número 20, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 204, Cuarta Parte, en fecha 21 de diciembre del 2012 y mediante Decreto Gubernativo número 161, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 103, Segunda Parte, en fecha 28 de junio del 2016, reformado mediante decreto gubernativo número 230, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 142, segunda parte, en fecha 17 de julio de 2018.
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Grandeza de México
Por lo anterior, se hace constar que se procede a notificar por estrados el documento que se indica, al contribuyente que enseguida se detalla:
CONTRIBUYENTE NUMERO DE EXPEDIENTE DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA
REPRESENTANTE LEGAL DE" DRAF-C-0009/14 MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN
FAMA CONSORCIO, S.A. DE C.V." OFICIO NO. 3359/2020 Y ACTA DE
REQUERIMIENTO DE PAGO Y EMBARGO DE FECHA 17 DE ABRIL DE 2020.
Dicho documento se fija el día 29 de abril de 2020 en los estrados del Centro de Gobierno de Celaya, Guanajuato, ubicado en calle Prolongación Miguel Hidalgo No. 1119, Colonia Las Fuentes, Código Postal 38040, Celaya, Guanajuato y publicado además el documento citado el mismo día en la página http://www.finanzas.guanaivato.gob.mx/en el apartado de notificaciones por estrados y directamente en la página http://200.33.114.120/Estrados/estrados.php, el plazo de 15 dias que establece el artículo 139 del Código Fiscal de la Federación vigente, contará del día 30 de abril de 2020 al 22 de mayo del 2020, no contando los días 01,02,03,05,09,10, 16 y 17 de mayo de 2020, por ser inhábiles, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación Vigente.
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SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN
C
Grandeza de México
Oficio No.: 3359/2020
Asunto: Se acuerda ampliación de embargo.
Guanajuato, Gto., a 13 de abril de 2020.
MANDAMIENTO DE EJECUCION (AMPLIACIÓN DE EMBARGO) (CFAF)
Datos del contribuyente:
FAMA CONSORCIO S.A. DE C.V.
R.F.C.
FCO010207T58
Domicilio:
CALLE BOULEVARD ADOLFO LOPEZ MATEOS PONIENTE NUMERO 1554, COLONIA
RENACIMIENTO, C.P. 38044, CELAYA, GUANAJUATO
Datos de la resolución a ejecutar:Resolución:
DRAF-C-0009/14
Importe Histórico:$ 13,720.00
Fecha de emisión:
20 DE ENERO DE 2014
Autoridad emisora:
DIRECCIÓN REGIONAL DE AUDITORÍA FISCAL "C"
Fecha de la Notificación:
24 DE ENERO DE 2014
C.C. MARIA MAURA GALVAN RODRIGUEZ Y/O SONIA LOURDES ALVAREZ SOLIS Y/O DIANA TERESA JUÁREZ JUÁREZ Y/O Y/O ELISEO JUÁREZ LÓPEZ Y/O LAURA BEATRIZ CALVILLO CORREA Y/O FRANCISCO EUGENIO CANO SANTOYO Y/O PABLO GALLARDO ALFARO Y/O ALICIA VERONICA VILLEGAS LAZO.
Con fundamento en los artículos 14, 16 y 31 fracción IV de la Constitución Política de tos Estados Unidos Mexicanos:
numerales 13, 17-A, 21, 65, 145, primer párrafo, 150, 151, 152 primer y segundo párrafo y 154 del Código Fiscal de la Federación, vigente; 14 de la Ley de Coordinación Fiscal: asi como, en las cláusulas Primera, Segunda. Tercera, Cuarta, párrafos primero y cuarto, Octava, fracciones I, incisos d) y e) y II, inciso a). del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Guanajuato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 2015 y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 31 de julio de 2015, vigente a partir del 29 de julio de 2015: artículos 13, fracción II: 17, primer y último párrafos: 18, primer párrafo y 24, fracción II, incisos a), b) y d), de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato vigente: 32, primer párrafo, fracción VIII, y último párrafo: 42, segundo párrafo y 65 del Código Fiscal para el Estado de Guanajuato vigente; 12, 22, primer párrafo, fracción II, inciso b). numeral 4: 10 primer párrafo: 11, 12, 46 primer párrafo, fracción IV y 51, fracciones II, IV, VI, VII, VIII, X, XII y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaria de Finanzas, Inversión y Administración, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 120, Tercera Parte, en fecha 27 de julio del 2012, vigente a partir del 01 de septiembre del 2012, reformado mediante Decreto Gubernativo número 20, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 204, Cuarta Parte, en fecha 21 de diciembre del 2012 y mediante Decreto Gubernativo número 161, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 103, Segunda Parte, en fecha 28 de junio del 2016, reformado mediante Decreto Gubernativo número 230, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 142, Segunda Parte, en fecha 17 de julio del 2018. se le designa como ministro ejecutor para que de manera individual o conjunta practique la diligencia de requerimiento de pago y embargo, así como cualquier otra diligencia dentro del procedimiento administrativo de ejecución, respecto del crédito fiscal exigible derivado de la resolución señalada al rubro de este oficio y que le fue notificado al contribuyente el día 24 DE ENERO DE 2014, según constancia que obra en el expediente
DRAF-C-0009/14
abierto a su nombre ante esta autoridad, para que se constituya en el domicilio del deudor a requerirlo dei pago del importe total del crédito actualizado, con sus accesorios legales, y en el caso de que el deudor no acredite haber- 1 -
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SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN
realizado el pago. proceda al embargo de bienes suficientes propiedad del contribuyente. o en su caso de la negociación. y de ser necesario, la ampliación del embargo. para hacer efectivo el crédito a su cargo, con sus accesorios legales, levantando el acta correspondiente.
Siendo necesaria la ampliación del embargo trabado en fecha 26 de marzo de 2014 previo citatorio, en virtud de que el bien señalado no ha sido entregado por el depositario, ya que no se ha podido continuar con el Procedimiento Administrativo de Ejecución, toda vez que no sea realizado la remoción de depositario como se advierte en el oficio EJE- 00396/2020 de fecha 14 de enero de 2020 y actas circunstanciadas de fechas 20 de enero de 2020 y 24 de enero de 2020. ya que no se ha podido localizar al contribuyente, por lo que al no haber sido cubierto ni garantizado el. crédito fiscal numero DRAFC-0009/14 es por lo que resulta necesario la ampliación del embargo.
Se le hace saber que en el supuesto de que el deudor o cualquier otra persona con quien se entienda la diligencia le impidiere materialmente el acceso al domicilio donde deba practicarse esta o al lugar donde se encuentren los bienes, siempre que el caso lo requiera, se le autoriza para solicitar el auxilio de la policía o de otra fuerza pública, para llevar a cabo el procedimiento administrativo de ejecución con fundamento en el articulo 162 del Código Fiscal de la Federación, vigente.
En caso de que la persona con quien se entienda la diligencia no abriere las puertas del inmueble que se señale para el embargo o en las que se presuma que existen posibles bienes muebles susceptibles de embargo, con fundamento en el artículo 163 del Código Fiscal de la Federación, vigente, y en virtud del previo acuerdo fundado del Dirección de Ejecucución en funciones de Jefe de la Oficina Ejecutora, se le autoriza para que ante la presencia de dos testigos sean rotas las cerraduras que fueren necesarias para que el depositario tome posesión o para que siga adelante la práctica de la diligencia que se le encomienda.
Lic. Hé F e Robles El. e Ejecución
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C.c.p. ExpeÉiente C.c.p. Minutario
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Grandeza de México
SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN
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ACTA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO (CFAF)
Datos del. contribuyente: FAMA CONSORCIO S.A. DE C.V.
R.F.C. FC0010207T58
Domicilio: CALLE BOULEVARD ADOLFO LOPEZ MATEOS PONIENTE NUMERO 1554 COLONIA RENACIMIENTO. C.P. 38044, CELAYA, GUANAJUATO
Datos de la resolución a ejecutar:
Resolución: DRAF-C-0009/14 Importe Histórico: $ 13.720.00
Fecha de emisión: 20 DE ENERO DE 2014
Autoridad emisora: DIRECCIÓN REGIONAL DE
AUDITORÍA FISCAL "C"
Fecha de la Notificación: 24 DE ENERO DE 2014
En la ciudad de cp.A...aqp, Guanajuato, siendo las horas del día 11 del mes de 'Abv- P — del 2020, el suscrito ministro 119. 9utor
C. María Maura gálván Rodrí uez en cumplimiento al mandamiento deejecución número .5315(11.W20 de fecha N _Q
Pr11 CSTZO, y con fundamento en elartículo 152, primer y segundo párrafo, del Códi,go is al l Federa *ón, vigente, me constituí legalmente en el domicilio ubicado en la calle _e_cmi\LVQYD \ con
número exteriori..5"52-knúmero interior _—_, Colonian0-C-IY-c\IQ-r•k- CZ— Código PostalB_OL\‘-1 de esta ciudad.
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Cerciorado de ser su domicilio, de acuerdo coin el pombre y número de la cal y ade ás con los si• lentes
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y habiendo constatado con el (la)
C. • persona con la que se entiende la diligencia, y
quien se identifica con , y ésta haber manifestado que es correcto el domicilio. Confirmado lo anterior, procedo a identificarme como Ministro Ejecutor
C. Maria Maura Galván Rodríguez adscrito a la Dirección de Ejecución dependiente de la Dirección General de Ingresos con laconstancia de habilitación
número DGI-07A-83-2020 de fecha 01 DE ENERO DE 2020, convigencia por el periodo del
01 de ENERO del 2020 al 30 de JUNIO del 2020, expedida por el C.P. Sergio Daniel Espinosa Soto, Director General de Ingresos de la Secretaría de Finanzas Inversión y Administración, con fundamento en los artículos 1°, 2° Primer Párrafo, fracción II, inciso b), numeral 4, 7. 8, Párrafos Segundo y Tercero, 9, Primer Párrafo Fracción VI, 10, Primer y Tercer Párrafos, 11, 12, 46, Primer Párrafo Fracciones IV y VII y 47, Primer Párrafo Fracción XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 120, Tercera Parte, en fecha 27 de julio del 2012, vigente a partir del 01 de septiembre del 2012, reformado mediante Decreto Gubernativo número 20. publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 204, Cuarta Parte, en fecha 21 de diciembre del 2012 y mediante Decreto Gubernativo número 161, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 103, Segunda Parte, en fecha 28 de junio del 2016, reformado mediante Decreto Gubernativo número 230, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 142, Segunda Parte,-1-
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SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN
en fecha 17 de julio del 2018; en la que aparece la firma autógrafa del mismo, así corno una fotografía que concuerda con los rasgos fisonómicos del suscrito.
Acto seguido solicité la presencia del C.1p9r.uerka41110 de EPO-115t LO k1Eot2L10 Ikát0P/ a efecto de realizar la diligencia de ampliación de embargo respecto de la resolución cuyos datos se han detallado en el preámbulo del
presente, apersonándose el C. quien dijo ser
quién se identifica con credencial , con domicilio
número expedida por
en
acreditando la personalidad con que se ostenta con el documento notarial número expedido ante la fe del notario público --- de quien manifiesta bajo protesta de decir verdad que dichas facultades no le han sido modificadas, revocadas ni suspendidas total o parcialmente a la fecha y quien
señaló que la ryz , ,a
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A continuación, con fundamento en tos artículos 17-A, 21, 145, primer párrafo; 150, 151 y 154 del Código Fiscal de la Federación; 1, 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente; así corno, en las cláusulas Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, párrafos primero y cuarto, Octava, fracciones I, incisos d) y e) y II, inciso a), del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Guanajuato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 2015 y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 31 de julio de 2015, vigente a partir del 29 de julio de 2015; artículos 3, 13, fracción II; 17, primer y último párrafos; 18, primer párrafo y 24. fracción II, incisos a), b) y d), de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato vigente; 39, primer párrafo, fracción VIII, y último párrafo; 4º, segundo párrafo y 65 del Código Fiscal para el Estado de Guanajuato vigente; 1º, 2º, primer párrafo, fracción II, inciso b), numeral 4; 10 primer párrafo; 11, 12, 46 primer párrafo, fracción IV y 51, fracciones II, IV, VI, VII, VIII, X, XII y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaria de Finanzas, Inversión y Administración, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 120, Tercera Parte, en fecha 27 de julio del 2012, vigente a partir del 01 de septiembre del 2012, reformado mediante Decreto Gubernativo número 20, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 204, Cuarta Parte, en fecha 21 de diciembre del 2012 y mediante Decreto Gubernativo número 161, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 103, Segunda Parte, en fecha 28 de junio del 2016, reformado mediante Decreto Gubernativo número 230, publicado en el. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 142, Segunda Parte, en fecha 17 de julio del 2018; procedo a la práctica de la diligencia ,de ampliación de embargo, en virtud de que los bienes embargados en la diligencia de fecha TkIJO-Y/,0121k,_1-1. -- resultaron insuficientes para cubrir el(los) crédito(s) fiscal(es) número(s):- ..b.(1)3/1_ 1-1,entregándole al comareciente un ejemplar con firma auttryala glel mandamiento por
de e'cugiónee l isr l celo número, i tQ n3 2= .5.3 .5: 1/hc,c 2-0e2-0 jle nueferzo ha te 1 130 3jit.:-hoz_er_ LOS 7-021C . Lexpedido
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De conformidad con el último párrafo del artículo 155 del Código Fiscal de-la Federación, se le hace saber al C. persona con quien se entiende la diligencia, el derecho que le concede la Ley para que designe dos apercibiéndolo, que en caso de no hacerlo, o si bien, al terminar la diligencia los
--- testigos
testigos designados se negasen a firmar, así se hará constar por el suscrito, sin que tales circunstancias afecten la legalidad del presente acto; enterado, manifestó que SÍ ( ), NO-(-)designa testigos, por lo que él mismo ( ) o el suscrito ministro ejecutor 4-)r-designa al C. quien se identifica con credencial número expedida por en la que aparece su foto, nombre y firma, y
tiene su domicilio en y al C. quien se
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SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN
identifica con credencial número expedida por en la que aparece su foto, nombre y firma y tiene su domicilio en
Acto continuo, el ministro ejecutor C. Maria Maura Galván Rodríguez, hace del conocimiento de la persona con quien se entiende esta diligencia. queÁiene derecho a señalar bienes sobre los que se trabará el embargo. con la finalidad de cubrir el créditonr2Irc-e9y sus accesorios, conforme a lo dispuesto en el articulo 155 del Código Fiscal de la Federación, vigente, apercibiéndolo que de no señalarlos o no respetar el orden establecido en el citado articulo, el suscrito ministro ejecutor procederá a señalarlos en términos del artículo 156 del mismo ordenamiento; a lo cual manifiesta que: Si -(---)- NO (_) señala bienes, por tanto: -(---Y• él ____rn ____,( ,, )cl suscrito ministro ejecutor, leOltl_el los) siquiente(s) mismo___
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SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN
El ministro ejecutor C. María Maura Galván Rodríguez, en cumplimiento al mandato de ejecución declara
formalmente embargado(s) el (los) bien(es) antes precisados, los que quedan en depósito del C.
quien se identifica con credencial número de
fecha , expedida por en l a que parece su
fotografía, nombre y firma, con domicilio en z y señalando como domicilio de
deposito el ubicado en la calle de con número exterior
número interior Colonia Código Postal en
la ciudad de , designado por en términos del
último párrafo del articulo 153 del Código Fiscal de la Federación, vigente.
El C. , acepta el cargo de depositario de los bienes embargados y protesta su fiel y estricto cumplimiento, comprometiéndose a conservarlos en este domicilio y a disposición de la Secretaría de Finanzas Inversión y Administración, persona a quien se le hace saber y queda enterada de las sanciones previstas en el artículo 112 del Código Fiscal de la Federación, vigente. para los depositarios que dispongan para sí o para otro u otros del bien o los bienes depositados, de su producto o de las garantías que de cualquier crédito fiscal se hubiere constituido.
Para los efectos del artículo 137 del Código Fiscal de la Federación, se hace constar que (SI) u (-N9)-„precedió citatorio, mismo que se dejó para que esperara al suscrito en esta hora y fecha, en poder del (la) C.
quien dijo ser del
contribuyente, quien
(sí)o (no) se identificó con
--„..____--- -
gon lo anterior, se da por terminada la presente diligencia siendo las 1L....:55 horas del día_G__ del mes de
1i_ del añoZ.07-0_, firmando las personas que en ella intervinieron y quisieron hacerlo, entregando un ejemplar de esta acta a la persona con la que se entendió la diligencia conforme lo dispone el primer párrafo del artículo 152 del Código Fiscal de la Federación, vigente.
ido ro -5 i-k•tr\-e vakWt) COR c o-V-e_ •
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