Resumen "Crítica Del Derecho Del Estado De Hegel" de Marx Resumen "Crítica Del Derecho Del Estado De Hegel" de Marx
En la filosofía del derecho de Hegel se da, según Marx, un misticismo lógico, misticismo En la filosofía del derecho de Hegel se da, según Marx, un misticismo lógico, misticismo panteísta. No se postula la realidad como ella es, sino otra realidad, la meramente lógica. La panteísta. No se postula la realidad como ella es, sino otra realidad, la meramente lógica. La relación entre familia, sociedad civil y Estado es pensada desde una "actividad imaginaria" relación entre familia, sociedad civil y Estado es pensada desde una "actividad imaginaria" (actividad interna). Siendo que familia y sociedad civil son premisas de la formación del (actividad interna). Siendo que familia y sociedad civil son premisas de la formación del Estado, Hegel afirma lo contrario, pero para Marx la formación del Estado sólo es posible Estado, Hegel afirma lo contrario, pero para Marx la formación del Estado sólo es posible desde la relación de familia y sociedad civil (natural-artificial (espiritual)). En Hegel el desde la relación de familia y sociedad civil (natural-artificial (espiritual)). En Hegel el supuesto productor, el Estado, es convertido en producto del producto; el Estado se escinde, supuesto productor, el Estado, es convertido en producto del producto; el Estado se escinde, pasa
pasa a a ser ser finito finito en en su su material material para para ser ser infinito; infinito; la la realidad realidad se se torna torna fenómeno,fenómeno, particularidad del
particularidad del entendimiento, pentendimiento, pero la ero la Idea Idea no no posee posee más contenido más contenido que que este fenómeno.este fenómeno. La Idea no tiene más fin que sí misma (es meramente interna), lo lógico (interiorizado) La Idea no tiene más fin que sí misma (es meramente interna), lo lógico (interiorizado) (325). Lo importante es que Hegel erige siempre la Idea en sujeto, haciendo del sujeto real (325). Lo importante es que Hegel erige siempre la Idea en sujeto, haciendo del sujeto real predicado,
predicado, y y el el desarrollo opera desarrollo opera siempre siempre por epor el l lado lado del del predicado predicado (→ para (→ para lo lo sustancial osustancial o ide
ideal)al), , en en HegHegel el lo lo priprimormordial no dial no es es artarticuiculaclación ión polpolítiítica ca sinsino o la la ideidea a absabstrtractacta a de de lala articulación política (326). Se trata solamente de encontrarse con la idea pura y simple, y no articulación política (326). Se trata solamente de encontrarse con la idea pura y simple, y no de especificar las determinaciones fundamentales del Estado político. Se parte de la idea de especificar las determinaciones fundamentales del Estado político. Se parte de la idea abstracta cuyo desarrollo en el Estado es la "constitución política" y en ella Hegel pretende abstracta cuyo desarrollo en el Estado es la "constitución política" y en ella Hegel pretende llegar a la cualificación de la "idea- organismo" como constitución política. Pero no se llegar a la cualificación de la "idea- organismo" como constitución política. Pero no se tie
tiende nde el el puenpuente te que que liligue gue necenecesarsariamiamentente e la la ideidea a gengeneraeral l a a la la ideidea a detdetermerminainada da deldel organismo del Estado. Hegel cree dar contenido al Estado hablando de organismo y con organismo del Estado. Hegel cree dar contenido al Estado hablando de organismo y con ello cree asegurar la constitución política, pero el organismo no es aquí predicado, sino ello cree asegurar la constitución política, pero el organismo no es aquí predicado, sino sujeto. No se habla del contenido de la constitución sino de la Idea y se cree hallar su sujeto. No se habla del contenido de la constitución sino de la Idea y se cree hallar su contenido y realidad, lo cual es mistificación. Según Hegel el contenido de la constitución contenido y realidad, lo cual es mistificación. Según Hegel el contenido de la constitución se halla logrado por la naturaleza del concepto, pero entonces, ¿qué diferencia el organismo se halla logrado por la naturaleza del concepto, pero entonces, ¿qué diferencia el organismo político
político del del organismo organismo animal? animal? El El que que los los poderes poderes del del estado estado son son los los momentos momentos de de lala constitución política es un hecho empírico y no una síntesis, desarrrollo de un contenido constitución política es un hecho empírico y no una síntesis, desarrrollo de un contenido determinado o descubrimiento político, como trata de mostrar Hegel. Lo que hace Hegel es determinado o descubrimiento político, como trata de mostrar Hegel. Lo que hace Hegel es reducir la constitución política a la idea de organismo, no desarrolla el pensamiento desde reducir la constitución política a la idea de organismo, no desarrolla el pensamiento desde el objeto-pre
Se trata de
Se trata de asignaasignar a r a la constitla constitución una relación con la ución una relación con la idea de modo idea de modo que aquella es meroque aquella es mero eslabón de la vida de la idea en sí misma. No se pretende justificar críticamente la eslabón de la vida de la idea en sí misma. No se pretende justificar críticamente la naturaleza interna de la constitución política, sino que el alma del objeto (de los objetos) es naturaleza interna de la constitución política, sino que el alma del objeto (de los objetos) es aquí el alma del Estado que existe predestinada antes que exista el cuerpo, el cual es pura aquí el alma del Estado que existe predestinada antes que exista el cuerpo, el cual es pura apariencia (328). El concepto es el hijo en la idea dios padre, el agente, lo determinante que apariencia (328). El concepto es el hijo en la idea dios padre, el agente, lo determinante que es la idea, principio activo, concepto e idea son abstracciones sustantivadas. El Estado es es la idea, principio activo, concepto e idea son abstracciones sustantivadas. El Estado es primero
primero realidad realidad abstracta abstracta o o sustancialidad, sustancialidad, segundo segundo es es necesidad necesidad en en cuanto cuanto se se escinde escinde enen las
las difdifereerencincias as conconceptceptualuales es de de su su actactiviividad, dad, que que por por estesta a actactiviividad/dad/sussustantancialcialidaidadd (universalidad abstracta) son determinaciones reales fijas (330); Marx afirma que aquí se (universalidad abstracta) son determinaciones reales fijas (330); Marx afirma que aquí se muestra el presupuesto místico de la abstracción, y muestra esta en la descomposición de muestra el presupuesto místico de la abstracción, y muestra esta en la descomposición de un párrafo:
un párrafo:
1) el espíritu que se sabe y se quiere es la sustancia del Estado, el espíritu culto, conciente 1) el espíritu que se sabe y se quiere es la sustancia del Estado, el espíritu culto, conciente de sí es el sujeto y es el fundamento: independencia del Estado,
de sí es el sujeto y es el fundamento: independencia del Estado,
2) que el interés general, y en él el mantenimiento de los intereses particulares, es el fin 2) que el interés general, y en él el mantenimiento de los intereses particulares, es el fin general y contenido de este espíritu, la sustancia que forma el ser del Estado, la naturaleza general y contenido de este espíritu, la sustancia que forma el ser del Estado, la naturaleza estatal del espíritu que se sabe y
estatal del espíritu que se sabe y se quiere,se quiere, 3) que
3) que el espíritel espíritu culto que u culto que se sabe y se sabe y se quiere, la sustancise quiere, la sustancia a que forma el "ser" del que forma el "ser" del EstadoEstado,, sólo logra la realización de su contenido abstracto en su diferenciación como actividad sólo logra la realización de su contenido abstracto en su diferenciación como actividad "ramificada".
"ramificada".
La sustancialidad o necesidad se determina: La sustancialidad o necesidad se determina: 1) primero como fin general del Estado 1) primero como fin general del Estado 2) segundo como los poderes
2) segundo como los poderes ramificados (diferenciados y articulados)ramificados (diferenciados y articulados) 3) tercero como el espíritu culto que
3) tercero como el espíritu culto que es predicado de su predicado es predicado de su predicado (la sustancialidad)(la sustancialidad)
El verdadero sujeto o punto de partida es el espíritu, y partiendo de él se deberían luego El verdadero sujeto o punto de partida es el espíritu, y partiendo de él se deberían luego habe
haber r detdetermerminainado do sus sus difdifereerencincias, as, su su concontentenidoido: : los los difdifereerententes s podpodereeres, s, su su modmodo o dede reali
realizarsezarse, , la existencila existencia a real o real o matermaterial de ial de este espírieste espíritu, lo tu, lo cual Hegel, según Marx, evita acual Hegel, según Marx, evita a toda costa. El "ser real" aparece como último predicado del sujeto abstracto. Para Hegel la toda costa. El "ser real" aparece como último predicado del sujeto abstracto. Para Hegel la constitución política es la constitución del Estado y el proceso su vida orgánica en relación constitución política es la constitución del Estado y el proceso su vida orgánica en relación consigo mismo, y es en cuanto individualidad, "realidad excluyente" entre otros, unidad consigo mismo, y es en cuanto individualidad, "realidad excluyente" entre otros, unidad que se exterioriza como tal en sus diferencias. Lo único que hace Hegel es reducir la que se exterioriza como tal en sus diferencias. Lo único que hace Hegel es reducir la consti
Se trata de
Se trata de asignaasignar a r a la constitla constitución una relación con la ución una relación con la idea de modo idea de modo que aquella es meroque aquella es mero eslabón de la vida de la idea en sí misma. No se pretende justificar críticamente la eslabón de la vida de la idea en sí misma. No se pretende justificar críticamente la naturaleza interna de la constitución política, sino que el alma del objeto (de los objetos) es naturaleza interna de la constitución política, sino que el alma del objeto (de los objetos) es aquí el alma del Estado que existe predestinada antes que exista el cuerpo, el cual es pura aquí el alma del Estado que existe predestinada antes que exista el cuerpo, el cual es pura apariencia (328). El concepto es el hijo en la idea dios padre, el agente, lo determinante que apariencia (328). El concepto es el hijo en la idea dios padre, el agente, lo determinante que es la idea, principio activo, concepto e idea son abstracciones sustantivadas. El Estado es es la idea, principio activo, concepto e idea son abstracciones sustantivadas. El Estado es primero
primero realidad realidad abstracta abstracta o o sustancialidad, sustancialidad, segundo segundo es es necesidad necesidad en en cuanto cuanto se se escinde escinde enen las
las difdifereerencincias as conconceptceptualuales es de de su su actactiviividad, dad, que que por por estesta a actactiviividad/dad/sussustantancialcialidaidadd (universalidad abstracta) son determinaciones reales fijas (330); Marx afirma que aquí se (universalidad abstracta) son determinaciones reales fijas (330); Marx afirma que aquí se muestra el presupuesto místico de la abstracción, y muestra esta en la descomposición de muestra el presupuesto místico de la abstracción, y muestra esta en la descomposición de un párrafo:
un párrafo:
1) el espíritu que se sabe y se quiere es la sustancia del Estado, el espíritu culto, conciente 1) el espíritu que se sabe y se quiere es la sustancia del Estado, el espíritu culto, conciente de sí es el sujeto y es el fundamento: independencia del Estado,
de sí es el sujeto y es el fundamento: independencia del Estado,
2) que el interés general, y en él el mantenimiento de los intereses particulares, es el fin 2) que el interés general, y en él el mantenimiento de los intereses particulares, es el fin general y contenido de este espíritu, la sustancia que forma el ser del Estado, la naturaleza general y contenido de este espíritu, la sustancia que forma el ser del Estado, la naturaleza estatal del espíritu que se sabe y
estatal del espíritu que se sabe y se quiere,se quiere, 3) que
3) que el espíritel espíritu culto que u culto que se sabe y se sabe y se quiere, la sustancise quiere, la sustancia a que forma el "ser" del que forma el "ser" del EstadoEstado,, sólo logra la realización de su contenido abstracto en su diferenciación como actividad sólo logra la realización de su contenido abstracto en su diferenciación como actividad "ramificada".
"ramificada".
La sustancialidad o necesidad se determina: La sustancialidad o necesidad se determina: 1) primero como fin general del Estado 1) primero como fin general del Estado 2) segundo como los poderes
2) segundo como los poderes ramificados (diferenciados y articulados)ramificados (diferenciados y articulados) 3) tercero como el espíritu culto que
3) tercero como el espíritu culto que es predicado de su predicado es predicado de su predicado (la sustancialidad)(la sustancialidad)
El verdadero sujeto o punto de partida es el espíritu, y partiendo de él se deberían luego El verdadero sujeto o punto de partida es el espíritu, y partiendo de él se deberían luego habe
haber r detdetermerminainado do sus sus difdifereerencincias, as, su su concontentenidoido: : los los difdifereerententes s podpodereeres, s, su su modmodo o dede reali
realizarsezarse, , la existencila existencia a real o real o matermaterial de ial de este espírieste espíritu, lo tu, lo cual Hegel, según Marx, evita acual Hegel, según Marx, evita a toda costa. El "ser real" aparece como último predicado del sujeto abstracto. Para Hegel la toda costa. El "ser real" aparece como último predicado del sujeto abstracto. Para Hegel la constitución política es la constitución del Estado y el proceso su vida orgánica en relación constitución política es la constitución del Estado y el proceso su vida orgánica en relación consigo mismo, y es en cuanto individualidad, "realidad excluyente" entre otros, unidad consigo mismo, y es en cuanto individualidad, "realidad excluyente" entre otros, unidad que se exterioriza como tal en sus diferencias. Lo único que hace Hegel es reducir la que se exterioriza como tal en sus diferencias. Lo único que hace Hegel es reducir la consti
predicado
predicado del del sujeto idea, sujeto idea, siendo qusiendo que e realmente la realmente la relación relación es es al al revés. Prevés. Pone one el el alma alma antesantes del cuerpo y este como mera apariencia. Idea y concepto: abstracciones sustantivadas. Aquí del cuerpo y este como mera apariencia. Idea y concepto: abstracciones sustantivadas. Aquí se trata no del estado de la cosa, sino de la cosa del Estado, en las determinaciones se trata no del estado de la cosa, sino de la cosa del Estado, en las determinaciones siguientes:
siguientes: 1)
1) el el esespípíriritu tu culculto to conconscscieientnte e de de sísí, , que sabe y que sabe y actactúa úa cocomo mo susujejeto to dedel l fifin n y y de de susu realización.
realización.
2) el interés general conteniendo
2) el interés general conteniendo el interés particular el interés particular
3) los diferentes poderes como realización del fin del Estado, donde él se realiza y ellos 3) los diferentes poderes como realización del fin del Estado, donde él se realiza y ellos quedan como cosas accesorias:
quedan como cosas accesorias:
1) como realidad abstracta o sustancialidad 1) como realidad abstracta o sustancialidad
2) tal relación pasa a ser relación de necesidad (realidad sustancial→ relación sustancial) 2) tal relación pasa a ser relación de necesidad (realidad sustancial→ relación sustancial) 3) la relación sustancial es propiamente concepto, subjetividad.
3) la relación sustancial es propiamente concepto, subjetividad.
Hegel dice que el Estado como tal se escinde en sus diferencias. Hegel muestra que la Hegel dice que el Estado como tal se escinde en sus diferencias. Hegel muestra que la cons
constitituctución ión debe debe adecadecuaruarse se en en su su rearealilizacización ón al al móvmóvil il mismistitificficado ado del del penspensamamientientoo abstracto (332); la razón de la constitución es la lógica abstracta y no el concepto propio del abstracto (332); la razón de la constitución es la lógica abstracta y no el concepto propio del Estado, en vez del concepto de la constitución política se obtiene la constitución política Estado, en vez del concepto de la constitución política se obtiene la constitución política "del" concepto. no es el pensamiento el que se ajusta a la realidad del Estado sino al revés. "del" concepto. no es el pensamiento el que se ajusta a la realidad del Estado sino al revés. En §274 Hegel afirma que la conciencia de un pueblo determinado debe atenerse a la En §274 Hegel afirma que la conciencia de un pueblo determinado debe atenerse a la cons
constitituctución ión estestataatal, l, perpero o MarMarx x sossostietiene ne antante e estesto o que que la la conconstistituctución ión debdebieriera a ser ser lala construcción progresiva al servicio del desarrollo del hombre
construcción progresiva al servicio del desarrollo del hombre real.real.
a) respecto al poder soberano Marx plantea que en los §s 272-275 (donde Hegel sostiene a) respecto al poder soberano Marx plantea que en los §s 272-275 (donde Hegel sostiene que la constitución política es el poder soberano en la unidad del Monarca) que el postulado que la constitución política es el poder soberano en la unidad del Monarca) que el postulado de la soberanía es falso, pues no es consecuente erigir este poder complejo en un sujeto, el de la soberanía es falso, pues no es consecuente erigir este poder complejo en un sujeto, el mon
monarcarca. a. CuaCuando ndo HegHegel el dicdice e que que el el priprincincipio diferpio diferencenciadiador or del poder del poder es es comcomo o tal latal la decisión como "autodeterminación", lo único que dice es que la "voluntad individual real" decisión como "autodeterminación", lo único que dice es que la "voluntad individual real" es el poder soberano (334). El momento de la decisión última o autodeterminación se es el poder soberano (334). El momento de la decisión última o autodeterminación se divorcia de la generalidad del contenido y de la "particularidad de la deliberación" y así es divorcia de la generalidad del contenido y de la "particularidad de la deliberación" y así es voluntad real como arbitrio, o bien
voluntad real como arbitrio, o bien el arbitrio es el poder soberano (o el arbitrio es el poder soberano (o viceversa). En §276 laviceversa). En §276 la rea
realidlidad ad de de los momentlos momentos os es es equequivaivalenlente te a a la la orgorganianizacización ón del del cuecuerpo rpo orgorgániánico. co. LosLos poderes
poderes y y asuntos asuntos particulares particulares no no pueden pueden tener tener más más título título de de legitimidad legitimidad que que el el hallarsehallarse determinados en la idea del todo, sólo deben partir de su "poder". Pero, dice Marx, lo que determinados en la idea del todo, sólo deben partir de su "poder". Pero, dice Marx, lo que
no hace Hegel es explicar cómo ha de ponerse en obra esta relación, pues su explicación y no hace Hegel es explicar cómo ha de ponerse en obra esta relación, pues su explicación y fundamentación es necesaria en la medida que el estado es donde debe imperar la razón fundamentación es necesaria en la medida que el estado es donde debe imperar la razón conciente. Hegel hace pasar por racional la "pura necesidad sustancial interior" (en §277). conciente. Hegel hace pasar por racional la "pura necesidad sustancial interior" (en §277). Si los asuntos y poderes son propios y privativos y se enlazan a las personas que los Si los asuntos y poderes son propios y privativos y se enlazan a las personas que los manejan, entonces sí son propiedad privada. Estos son ejercidos por particulares en su manejan, entonces sí son propiedad privada. Estos son ejercidos por particulares en su dimensión objetiva, según Hegel su vínculo con el Estado, pero Marx sigue refutando: es dimensión objetiva, según Hegel su vínculo con el Estado, pero Marx sigue refutando: es falso que los individuos estén unidos externamente al Estado (en su objetividad), que el falso que los individuos estén unidos externamente al Estado (en su objetividad), que el est
estado ado apaaparezrezca ca de de forforma ma extexternerna a y y forfortuituita ta en en ellello o (pa(parcircialmalmenteente), ), puepues s ellellos os son lason la reali
realización de la zación de la cualicualidad esencial del Estado, de dad esencial del Estado, de donde sucede que están unidos al donde sucede que están unidos al estadoestado por e
por el presupuesto l presupuesto de de la Idea la Idea sustancial exteriorizándose. sustancial exteriorizándose. Este absurdo Este absurdo y falsedad y falsedad se da se da enen la medida que Hegel ve el Estado
la medida que Hegel ve el Estado como "abstrcomo "abstracto para sí", por lo que contraacto para sí", por lo que contrapone a él lapone a él la individualidad particular, olvidando que esa individualidad es humana y que el estado y sus individualidad particular, olvidando que esa individualidad es humana y que el estado y sus poderes son
poderes son funciones humanas. funciones humanas. Olvida que Olvida que la esencia la esencia de la de la personalidad individual personalidad individual residereside no
no en en una una memera ra acactitivividadad d paparcrceleladada, a, sisino no en en su su cucualalididad ad sosocicial al y y que los que los asasununtotos s yy act
activiividaddades es estestataatales les son son modmodos os de de "ex"exististirir" " y y "ac"actuatuar" r" de de las cualilas cualidadedades s socsocialiales es deldel hombr
hombre. e. De donde De donde los individuolos individuos, como s, como exponenexponentes de tes de las actividalas actividades estatales deben ser des estatales deben ser considerados desde su cualidad social y no desde su cualidad privada.
considerados desde su cualidad social y no desde su cualidad privada.
En §278 Hegel afirma que la soberanía se constituye en las determinaciones de asuntos y En §278 Hegel afirma que la soberanía se constituye en las determinaciones de asuntos y poderes
poderes en en la la unidad unidad del del Estado. Estado. El El despotismo despotismo hace hace primar la primar la sustitución dsustitución de e la la ley ley por por lala voluntad particular, en cambio, la ley como tal establece la relación y dependencia de las voluntad particular, en cambio, la ley como tal establece la relación y dependencia de las esferas en los "propios fines y modos de obrar" interrelacionados en la finalidad del todo esferas en los "propios fines y modos de obrar" interrelacionados en la finalidad del todo [He
[Hegel gel prepretentende de mosmostratrar r la la parpartiticulaculariridad dad mimisma sma comcomo o uniuniverversalsalidaidad d de de la la IdeIdea]; a]; estestaa idealidad de la relación se expresa de dos modos:
idealidad de la relación se expresa de dos modos:
1) en la paz, las esferas buscan la "consecución de sus intereses", los cuales confluyen en la 1) en la paz, las esferas buscan la "consecución de sus intereses", los cuales confluyen en la necesidad inconsciente de la cosa para el mantenimiento del todo.
necesidad inconsciente de la cosa para el mantenimiento del todo.
2) en conjunto con 1, que la acción directa desde arriba, dándose como "coacción", obliga a 2) en conjunto con 1, que la acción directa desde arriba, dándose como "coacción", obliga a las esferas a relacionarse: la coacción como "concepto simple de la soberanía" obliga a las las esferas a relacionarse: la coacción como "concepto simple de la soberanía" obliga a las esferas a cohesionarse en el organismo, cob
esferas a cohesionarse en el organismo, cobrando entonces legitimidad y realidad.rando entonces legitimidad y realidad.
Marx: este idealismo no constituye un sistema consciente y racional , o se impone "desde Marx: este idealismo no constituye un sistema consciente y racional , o se impone "desde arriba" como la coacción externa dominante sobre la vida privada [su producto] o se da arriba" como la coacción externa dominante sobre la vida privada [su producto] o se da como el resultado inconsciente y ciego del egoísmo, la realidad de este sistema es la como el resultado inconsciente y ciego del egoísmo, la realidad de este sistema es la
"situación de guerra", el egoísmo (intra estatal, social) y no se trata de la paz que afirma Hegel, y sólo en las situaciones de guerra cobra su supuesta realidad [pues es real como abstracción impuesta como dominación, pero no tiene un fundamento de realidad racional]; por tanto, la soberanía, el idealismo del Estado, sólo existe como "necesidad exterior",
necesidad inconsciente, Idea (§ 279). La soberanía, en su primer momento, es sólo "certeza de sí", subjetividad cierta de sí y autodeterminación abstracta (infundada de la voluntad) y en ella reside la decisión última, pero la subjetividad es sólo como sujeto, sólo ahí está la "unidad del Estado", el momento absolutamente decisivo del individuo monarca, donde los tres momentos del concepto del Estado son en y para sí.
(335) (al §279). Lo primero significa que el pensamiento general de esta idealidad, pensamiento "triste", debe ser la obra autoconciente de los sujetos, existir parra ellos y en ellos. De haber partido de los sujetos como base real del Estado, Hegel no habría necesitado "subjetivizar místicamente" al Estado. El que la subjetividad es sólo como sujeto es místificación. Hegel procede así:
1) primero sustantiviza los predicados, los pone en lugar del sujeto (pone la subjetividad, personalidad)
2) y luego, por operación mística, convierte en sujeto el predicado
la existencia del predicado es el sujeto; por lo tanto, el sujeto es la existencia de la subjetividad. Hegel sustantiva los predicados poniéndolos aparte de la sustantividad real, el sujeto. Pero Hegel cree lo contrario, y no parte del sujeto real para luego determinar su objetivación. Lo que se convierte en Hegel en sujeto es la sustancia mística, y el sujeto real es sólo un momento suyo. En Hegel el portador del υποκειµενονdel sujeto real es la idea misma, de donde se parte. Hegel cae en un dualismo (idea-sujeto) al no considerar lo general como determinado en la esencia real, en lo real finito, existente, o no ve en lo uno real el verdadero sujeto de lo infinito (hombre-dios [Feuerbach]). Así, a la soberanía se la considera independientemente, se la objetiva y luego se la pretende objetivar por una "auto-subjetivación" propia, siendo que ella no es más que el espíritu objetivado de los sujetos del Estado. el §279, dice Marx, sólo puede ser comprendido (para la sensatez del razonamiento) como "el" sujeto que son muchos sujetos en sus relaciones, pues todas las relaciones políticas no pueden ser "absorbidas" en una persona individual, esto es ilusorio. No puede constituir el "alma común" del Estado [pero Marx plantea que Hegel no trata de
decir eso]. La "decisión decisiva" no es otra cosa que la decisión arbitraria, el arbitrio de la voluntad, el "capricho".
[Hegel primero ha dicho que la soberanía es la idealidad, "determinación real de las partes por la idea del todo", pero ahora hace esta idealidad arbitraria y abstracta en la decisión
última y el capricho, decisión última de la voluntad que es la "unidad como tal". Para Hegel el Estado debe poseer individualidad, pero Marx plantea que esta es sólo el momento "natural" del Estado (su primera unidad, exterior, cada individuo abstraído...), esta unidad sólo es en el monarca porque en él, como "un" individuo, logra la constitución de los tres momentos del concepto, pero la individualidad no es sólo un individuo, y si se le concede a Hegel esto, sucede que la individualidad se decide en un individuo frente a todos los otros en la apariencia de ser la individualidad.] (338) lo mismo no es racional deducir que la legislación, generalidad real para sí, se da en un individuo particular. Hegel convierte todos los atributos del monarca constitucional de la Europa actual en "autodeterminaciones absolutas de la voluntad". no dice que la voluntad del monarca es la decisión última, sino que la decisión última es el monarca. La primera afirmación es empírica y la segunda tergiversa lo empírico para hacerlo axioma metafísico.
Hegel confunde los dos sujetos:
1) la soberanía como subjetividad cierta de sí, y 2) la subjetividad como arbitrio de la voluntad
para poder construir la idea como "individualidad-individuo"
Según Marx, Hegel no pretende razonar una unidad verdaderamente racional e individual [el espacio de acción para la dominación y no la objetividad de la articulación sociopolítica]; Marx critica la observación del §279, en realidad, conforme al curso que Hegel dio a las cosas, la personalidad abstracta del derecho abstracto vuelve a aparecer constantemente, antes como el propietario egoísta de la sociedad civil, aquí como la personalidad del Estado, y Hegel no debe sorprenderse de que la persona real reaparezca insistentemente como la esencia del Estado, pues son los hombres, las personas las que forman el Estado, y si debería haberse admirado de que la persona-Estado aparezca de la forma abstracta similar en que aparece la persona privada. Hegel define monarca como la encarnación de la soberanía del Estado, la "conciencia corpórea" del Estado, por lo que todas las demás conciencias quedan subordinadas y por tanto excluidas del Estado o
incluidas en él sólo como determinadas por esta conciencia. El monarca es soberanía de la personalidad, y el único contenido que da Hegel al monarca es el "así lo quiero" o el
momento del arbitrio de la voluntad [que sin embargo se plantea como articulación]. Esta persona abstracta es la "razón de Estado" y la "conciencia de Estado": el Estado soy yo.
Sabemos que la personalidad y subjetividad se deciden en la persona-sujeto, de ello no hay duda, pero Hegel debiera añadir "en muchos unos"; el predicado, la esencia jamás agota la esfera de su existencia en un uno, sino en "muchos unos". Por el contrario: Hegel concluye: la personalidad del Estado sólo es real en una persona, el monarca. El razonamiento de Hegel es este:
1) puesto que la subjetividad sólo es real como sujeto 2) y el sujeto es real sólo como uno
3) luego, la personalidad del Estado es real como una persona
Es cierto que la personalidad es una abstracción de la persona, pero la persona es sólo personalidad como la idea real, genérica de las personas. Hegel dice que la persona moral,
familiar (natural) sólo lleva la personalidad de forma abstracta, en cambio, en el Estado, la personalidad es concreta y real en totalidad. Para Marx aquí hay una gran confusión, pues
lo que se debe pretender políticamente es que el sujeto abandone una forma abstracta y desarrolle las conformaciones genéricas en las que dé existencia a su contenido, a su propio ser. Se trata de buscar la realización concreta de la persona y de que cobre realidad la razón de la persona y no el concepto abstracto. Hegel afirma que el concepto del monarca es el más difícil de comprender para el entendimiento, ya que este se mantiene encerrado en sus determinaciones singulares, por lo que sólo conoce:
- fundamentos
- puntos de vista finitos
- deducción a base de fundamentos, etc.
Y lo cierto (para Hegel) es que el concepto del monarca no es deducido sino que parte de sí mismo, "su derecho es incondicionado pues proviene de Dios" (341), Marx responde que toda existencia necesaria parte de sí misma: tanto es el monarca como el piojo del monarca. Por esto, Hegel no dice nada específico acerca del monarca. Si el monarca es la soberanía del estado lo es con o sin pueblo; si es el representante de esta soberanía, la unidad del pueblo, entonces es sólo representante y producto del pueblo. "El Estado es algo abstracto,
el pueblo es lo concreto y la soberanía es una cualidad viva de él". Hegel afirma que la soberanía popular está condicionada por la del monarca, pues pueblo sólo lo hay en la articulación del Estado y sin ello es masa informe, Marx afirma ante esto que en Hegel hay ideas confusas y vagas abstracciones, pues opone soberanía del pueblo a soberanía estatal siendo que antes ha afirmado que la soberanía sólo existe en el Estado, pero, dice Marx, lo esencial está en saber:
1) si no será unas ilusión la soberanía absorbida por el monarca. Soberanía del pueblo o del monarca, esta es la pugna.
2) puede que hallan dos, pero han de ser cualitativamente distintas y antagónicas. Para Hegel el pueblo sin el Estado es masa informe sin determinaciones concretas: tribunales, estamentos, soberanía, gobierno, magistraturas, etc. Pero esto es para Marx simple tautología, obviedad. (342)
La Democracia es la verdad de la Monarquía. La monarquía deviene democracia como inconsecuencia consigo misma, pro en la democracia el momento monárquico no es inconsecuente, está subsumido. En la democracia los momentos cobran la organización que les corresponde, cada uno de ellos es sólo un momento del todo: el demos. En la monarquía toda la estructura se construye a partir y en referencia a un punto fijo, quieto. La democracia es la constitución genérica, es contenido y forma; la monarquía es una forma que falsea el contenido, en la monarquía el pueblo aparece subsumido bajo una de las determinaciones de esta, la constitución política, en la democracia la constitución es sólo determinación de lo esencial: del pueblo: es "autodeterminación del pueblo"; en la monarquía se da el pueblo de la constitución política, en la democracia al revés, donde es el hombre real, el pueblo como las relaciones concretas de los hombres, relaciones sociales, estableciéndose como su propia obra. La constitución política es sólo un momento del pueblo y no forma en sí al Estado. Hegel parte del Estado y convierte al hombre en el
Estado subjetivado. La democracia parte del hombre y convierte al Estado en el hombre objetivado, la democracia es la esencia de toda constitución política, el hombre socializado como una constitución política particular. La democracia es a las otras formas lo que el género a sus especies, es para las otras formas de estado como su "antiguo testamento". El hombre no existe en gracia a la ley sino al revés. Las otras constituciones son determinadas formas particulares de Estado. La democracia es en su principio material su principio
formal. Ella es la verdadera unidad de lo general y lo particular. Hegel acierta en pensar la sociedad civil, la familia, el contrato, el matrimonio como formas abstractas de existencia frente al Estado político (sólo que cree estar pensando el Estado como tal), el cual se comporta ante ellas como la "forma organizativa" (reflexión determinante, limitativa), unas veces negando, otras afirmando y careciendo de contenido él mismo. La democracia es del pueblo, su forma y contenido, existencia del pueblo en su organización. Como forma es la organización total y como contenido las relaciones que son esa forma total. En todo los gobiernos no democráticos la constitución, la ley articulada es lo dominante, pero en realidad no domina, esto es, no penetra las esferas no políticas de modo material (344). Pero la democracia sólo es la autodeterminación del pueblo como constitución, ley, y este Estado y la constitución son el "contenido material" del pueblo mismo. En los Estados antiguos la constitución es el contenido de Estado con exclusión de las otras esferas; en el Estado moderno es la "acomodación de lo político y lo no político, Estado político y Estado no-político. La disputa entre monarquía y república se da en el "Estado abstracto"; la república política es la democracia en el Estado abstracto, por esto la constitución deja de ser aquí "meramente política" y las formas de la familia, corporaciones, sociedad civil, etc. Son abstractas. La república de Norteamérica y la monarquía prusiana tienen en verdad el mismo contenido, quedando inscritas dentro del Estado abstracto, pero el verdadero contenido del Estado se halla fuera de estas constituciones. Hegel acierta al decir que el Estado político es la constitución, o sea, que el Estado material no es el Estado político. El momento más difícil de desentrañar en la vida del pueblo es el Estado político, la constitución política que se desarrolla como lo general de todas las esferas pero más allá de estas. La misión histórica era la "reivindicación de la constitución política", pero las esferas privadas, que tenían la primacía en esta tarea, no se preocuparon de hacer coincidir su
esencia privada con la constitución general, que quedaba entonces como una esencia trascendente. Esta existencia trascendente del Estado constituía su propia enajenación (la constitución de la enajenación). Hasta entonces la constitución era la esfera religiosa de la vida del pueblo. El cielo de su generalidad frente a su existencia terrenal (mísera). Sólo la esfera política era Estado, donde la forma y contenido eran contenido genérico que enfrentado a las otras esferas no políticas se tornaba contenido formal, particular. La vida política en sentido moderno es el escolasticismo de la vida pueblo. La monarquía es
expresión acabada de la enajenación. Es cierto que la constitución política se desarrolla cuando las esferas privadas cobran independencia, la constitución política no existe mientras la propiedad de la tierra y el comercio no son libres. La edad media era la "democracia de la carencia de libertad", pero sólo al Estado moderno pertenece la abstracción total del Estado, pues se cohesiona en "lo privado" que en lo moderno a cobrado primacía (mientras en la edad antigua y media la res pública tenía mayor ingerencia en esta cohesión). La abstracción del Estado político es un producto moderno. En la edad media había siervos de la gleba, patrimonios feudales, corporaciones de estudiosos, etc. Ahí la sociedad, el comercio, el hombre son políticos, "la forma establece el todo", cada esfera está determinada por lo político; en lo moderno no ocurre aquello. En la edad media la constitución política es constitución de la propiedad privada, pero sólo a condición de que la segunda es la primera se identifican, en esta época, la vida del pueblo y la vida del Estado. El hombre es principio real del Estado, pero el hombre no-libre. "La edad media es la democracia de la carencia de libertad, la enajenación llevada a cabo". La edad media es el dualismo real, la edad moderna el dualismo abstracto [en la edad media no hay una compleja constitución política, una organización jerarquizada independiente por tanto de las otras esferas, sino un poder más simple y disperso y que por ello está más entrelazado o mezclado con la vida del pueblo, pero su premisa de asociación o comunidad es la propiedad privada. Por eso en la edad media la dualidad es real, porque se trata de la división simple del señor feudal propietario frente al siervo, sin ser mediado por la estructura compleja estatal que adopta cuerpo propio en funcionarios y estamentos, etc.] pero la constitución política moderna, siendo compleja es abstracta, porque aún no ha
arribado al Estado real o material. En el Estado moderno la vida privada es la "abstracción preponderante" que relega al Estado precisamente a una "abstracción general externa". En
la edad media el Estado político se decide en sus formas, en las corporaciones privadas, en los patrimonios feudales, las comunidades de la sociedad civil, en la época moderna el Estado es la estructura general de la cual esas formas cobran total independencia. La contradicción reflejada abstracta es obra del mundo moderno. §279 Hegel: en la monarquía (absoluta), aristocracia y democracia no se ha dado aun el momento de la unidad sustancial, no se ha desarrollado en su "diferenciación infinita en sí"; el momento de la decisión final
de la voluntad determinante, que es realidad propia y peculiar, aún no se manifiesta para sí como momento orgánico del Estado.
Marx: en la monarquía, democracia y aristocracia inmediatas no se da aún la constitución política como en el Estado real-material o del restante contenido del pueblo, en suma, el Estado político aun no aparece como la forma del Estado material. O bien, como en Grecia: la república es la incumbencia privada real, el contenido real de los ciudadanos, el hombre privado es esclavo, su único contenido real de vida es el Estado político como político. La diferencia del Estado moderno con el antiguo y el medieval no consiste en lo que piensa Hegel, el desarrollo de todos los momentos de la constitución en una particular realidad, sino en que la constitución misma se ha desarrollado en una realidad particular junto a la vida del pueblo; en que la constitución sea la constitución del "resto" del Estado (aquello que él no puede subsumir, lo social, cultural, etc.).
En §280, Hegel dice que este "último sí mismo" de la voluntad del Estado es en su abstracción (como se ha mostrado), simplemente y de un modo inmediato, singularidad. El momento natural se halla presente en él, en su ser individuo y ser monarca por nacimiento para su dignidad monárquica.
Marx: la "subjetividad sujeto" y el sujeto empírico son uno y el mismo, Hegel sólo demuestra lo obvio por sí mismo: que el sujeto es ese corpóreo del cual es inmanente el nacimiento natural. Hegel cree haber demostrado que el monarca, momento subjetivo del Estado, la soberanía, etc. Es esencial y que tal dignidad se la asegura su nacimiento como fruto de este; por esto, en la más alta cúspide del Estado decidiría la physis y no la razón. Hegel demuestra que el monarca debe nacer y no que su nacimiento lo convierta en monarca, este es un hecho empírico, producción de la conciencia y puede explicarse desde la ilusión humana y las relaciones. Aquí Hegel se da el gusto de creer haber demostrado lo irracional como absolutamente racional, pues dice (siempre en §280) que el tránsito de la pura autodeterminación a la naturalidad es un movimiento especulativo, lo cual tiene su fundamento en la lógica. Marx: obvio que tal movimiento es puramente especulativo, se trata del salto de la pura autodeterminación a la pura naturalidad, pues los extremos se tocan en su abstracción, se presenta la contradicción perfecta como tránsito lógico que es identidad, lo inconsecuente como consecuente. Se le agradece en todo caso a Hegel mostrar con esto la cima del Estado: la organización de la "voluntad" racional. Hegel dice que el
trueque que aquí se gesta es el de la "pura autodeterminación de la voluntad" (concepto mismo) con la existencia natural, y este trueque ocurre sin la mediación de un contenido especial [específicamente político]. Marx explica que el hecho de que la soberanía del Estado se trueque en el monarca nacido es el tránsito que sigue la voluntad para traducir en existencia un "fin pensado", pero, en rigor, Hegel introduce la "radicalidad de la magia en general" (347) en vez de la voluntad en general.
1) el trueque es aquí inmediato, mágico
2) el sujeto es aquí la pura autodeterminación en general, el "puro concepto de sí mismo" La esencia de la voluntad es lo determinante como sujeto mismo, pero no se trata de una voluntad real, consciente, concreta, sino la pura Idea que se encarna en un individuo (el monarca-Idea). Su supuesta concretización se realiza de un modo inmediato, sin los modos que la voluntad siempre precisa para realizarse, y también aquí se echa de menos un fin determinado. No asistimos a la realización de un determinado contenido, un fin en la conducta, y esto ocurre porque la voluntad no puede realizarse si no es voluntad de un sujeto actuante, y por tanto la abstracción sólo puede obrar en un obrar místico: un fin que no es especial no es fin y un obrar sin finalidad no posee sentido (348). Se trata de la realización de la voluntad como la acción de la Idea sin contenido. El medio de esta construcción es la voluntad absoluta y la palabra del filósofo; el fin es llevar a la existencia concreta al monarca desde la pura Idea.
En § 280 Hegel dice que en la prueba ontológica (San Anselmo) se halla el paso o trueque del concepto por el ser, lo que en la actualidad, nos dice, se considera inconcebible, y añade que el entendimiento en su "sagacidad" razonadora niega que el momento de la decisión final en el Estado se halla vinculado en y para sí en la naturalidad.
Marx responde que nadie ha negado la decisión final "innata", nadie duda que el monarca es la decisión final por su nacimiento, que el poder está vinculado a individuos corpóreos, vinculados a la naturalidad inmediata. En §281 Hegel dice que:
1) el último sí mismo no fundado y 2) la existencia no fundada, determinación inherente a la naturaleza, constituyen (en su entrelazamiento) la "majestad" del monarca, su ser inconmovible ante el arbitrio y ante las luchas en torno al trono; esta unidad es inmediatez interna y externa, la real unidad del Estado, su unidad consistente.
1) la contingencia de la voluntad y
2) la contingencia de la naturaleza, y son como unidad su majestad el azar... el unidad real del Estado [abstracto] es el azar; esta unidad interna y externa, lejos de sustraerse a la colisión, se sumerge en ella. Hegel dice que en la monarquía electiva los especiales poderes del Estado son reducidos a propiedad privada, al arbitrio particular. Marx afirma (criticando §282) que Hegel pone el "arbitrio ilimitado" como arbitrio propio y específico del monarca, y define su origen como la "decisión infundada" [esto es, decisión como actividad puramente interna]. En §283 Hegel dice que el momento de la particularidad, contenido determinado, y de su subsunción en lo general se realiza como existencia particular en la organización de funcionarios que presentan al monarca el material de sus decisiones; (§284→) la elección de estos individuos corre por cuenta del arbitrio ilimitado del monarca, este, como subjetividad llamada a pronunciar la decisión final no está sujeta a objetividad alguna [es más bien considerada como la objetividad misma] en los actos de gobierno, no debe porqué dar cuenta de sus actos ni tener responsabilidad alguna. La objetividad y responsabilidad funciona en los funcionarios que forman el "momento objetivo de la decisión."
Marx: todo esto no es más que un hecho empírico, ocurre en la mayoría de los Estados monárquicos de Europa; lo único que hace aquí la filosofía es dar tintes de necesidad a un hecho empírico y particular. A los monarcas se les da responsabilidad porque ejercen el lado objetivo de la decisión, al monarca se le deja la "fantasmagoría de la majestad". Aquí, en Hegel, lo especulativo es muy pobre y el razonamiento es meramente empírico, abstracto. Desde el momento en que Hegel afirma que los ministros son responsables como individuos u organismo, por estar ligados a lo objetivo, manifiesta a la par que la subjetividad del monarca, arbitrio consagrado como existencia, no posee objetividad alguna, y en ello cree demostrar la soberanía cuando en realidad muestra la falta de crítica de su filosofía política. (350) El momento del monarca es la subjetividad pura, puro arbitrio y no algo susceptible a prueba objetiva, puro capricho, por eso el monarca no posee responsabilidad. En §285 Hegel señala que en la articulación política el monarca (momento subjetivo su conciencia y objetivo la constitución) es lo en y para sí general, donde lo subjetivo y objetivo se presuponen mutuamente. Marx explica que Hegel destruye al monarca como tal por su nacimiento, pues el monarca como el sí mismo absuelto está,
sin embargo, construido en el presupuesto de los otros momentos del Estado, los otros órganos y sus individuos, en un organismo racional no puede ser la cabeza de hierro y el cuerpo de carne (350) y añade Marx, para que el organismo se mantenga los individuos deben ser de la misma cualidad, de la misma carne y la misma sangre, pero el monarca hereditario no es cualitativamente igual, sino que está hecho de otra materia. La prosa racionalista de los otros miembros choca aquí con la "magia de la naturaleza" y lo siguiente es importante, considerando el proceso dialéctico:
1) primero, para Hegel los miembros sólo pueden mantenerse mutuamente entre sí siempre y cuando el organismo se conserve fluido y cada uno de ellos se cancele en esta fluidez. Pero el monarca es la pura quietud, Hegel dirá lo contrario, que el monarca es la pura articulación donde sobreviene el movimiento y el entrelazamiento. Marx declara que Hegel echa por tierra aquí la soberanía por nacimiento.
2) segundo, respecto a la irresponsabilidad: cuando el monarca atenta contra la constitución cesa su irresponsabilidad al cesar su existencia constitucional, y es que es esta misma constitución la que crea la instancia de esa irresponsabilidad, por tanto esta constitución se anula a sí misma. Hegel afirma que las esferas relacionadas al monarca también poseen de por sí (para sí) su determinación; entonces, responde Marx, en un Estado donde cada
determinación es de por sí también la soberanía debe entonces consolidarse para sí, como individuo particular. Del §279 Marx dice: aquí la soberanía del monarca o del pueblo es la "nacionalidad", el que todo pueblo posee soberanía si posee monarca, el foso que separa a dos individuos es el foso que separa a estas nacionalidades (monarca y pueblo). Hegel dice que la familia, la sociedad civil, son concretas de por sí, pero no son conscientes de su personalidad, no se toman en ello como la verdad de su existencia, en cambio el Estado es
esta totalidad, donde los momentos del concepto cobran realidad en su peculiaridad. Marx dice que en realidad la persona moral (familiar, civil) no es donde se realiza la persona real (hombre de carne y hueso), sino la abstracción del hombre político: en Hegel, en vez de ser el Estado la realización de la persona real, es el Estado el que necesita hacerse personal real y es el monarca- individuo el que deviene Estado. Así, el hombre del Estado es empírico, particular y no constituye la realización del Estado mismo; aquí se da la inversión de lo
objetivo en lo subjetivo y viceversa, donde la "actividad humana" tiene que resultar como la actividad y el resultado de un otro; la esencia humana es tomada como la esencia de la
Idea. No se trata de traducir la existencia empírica a su verdad, sino de traducir la verdad a una existencia empírica (352), trueque de lo especulativo en empírico y viceversa; así se produce "la impresión de lo místico y lo profundo". En esta especulación mística es asombroso que se conciba una existencia empírica particular a diferencia de otra que es existencia de la Idea, y que la Idea establezca esta existencia suya en un individuo se trata del "proceso de Dios hecho hombre". (353) Mientras familia, sociedad civil, en su momento se consideraban como modos de existencia del hombre ahora son cualidades inherentes a un sujeto. En verdad, la familia, la sociedad civil, y todas las esferas menores, fueron desarrolladas de modo que la Idea apareciese luego como algo determinado, concreto y existente en y para sí, pero nunca lo individual se eleva a su generalidad; así, las formas más naturales que aún no han madurado en una verdadera realización social, a saber, el nacimiento (monarca), la propiedad privada (mayorazgo), bases naturales del Estado, aparecen como las formas más altas inmediatamente convertidas en hombre. De esto se sigue que la esencia del Estado es la persona abstracta, la persona privada, y es sólo en el monarca, persona abstracta-privada, donde se realiza la relación entre persona privada y Estado. Del §289 Marx critica: ¿por qué Hegel define la sociedad civil como guerra de todos contra todos? ¿por qué se afirma en el egoísmo de los ciudadanos el patriotismo y la fortaleza y profundidad del Estado en su "intención"? ¿por qué se contrapone al sujeto social como egoísta al sujeto político como consciente? Se considera al ciudadano, al sujeto social y civil, como individuo "fijo" en su interés particular: las existencias empíricas se confunden con las abstracciones y así lo general se sustantiva como sujeto empírico, así lo limitado se confunde con la Idea abstracta. Hegel ya ha reivindicado para la sociedad civil los poderes policiaco y judicial, el poder gubernativo será para el Estado y su administración que es la "burocracia". Para Hegel a premisa de la burocracia es "la autoadministración de la sociedad civil en sus corporaciones", las cuales son conformadas de forma mixta, pero partiendo de los ciudadanos debe ser conformada por el poder gubernativo "desde arriba" y en los asuntos de gobierno reina la "división del trabajo", los individuos para estos cargos se someten a un examen que compete al Estado (poder soberano)
El funcionario debe realizar su función específica, determinada, y la forma en que en la burocracia se impide la corrupción es, en parte, a través de la "jerarquía y responsabilidad
y, en parte, a través de los derechos de municipios y corporaciones". A esto se reduce el difícil capítulo del poder gubernativo.
Para Marx todo esto sigue siendo descripción empírica, esta vez de la burocracia, en parte como es y en parte como se concibe a sí misma. Hegel parte del presupuesto de la división del Estado y la sociedad civil, del interés particular frente al interés general en y para sí, y basa la burocracia en esta separación. Partiendo de las corporaciones establece las
corporaciones o el espíritu corporativo como premisa de la burocracia; no desarrolla el contenido específico de la burocracia y no cabe duda que la burocracia es el formalismo de un contenido que se halla fuera de ella. Las corporaciones son el materialismo de la burocracia y esta el espiritualismo de aquellas. La corporación es la burocracia de la
sociedad civil, la burocracia es la corporación del Estado (358), por tanto en la realidad ella se contrapone, como sociedad civil "del" Estado al Estado de la sociedad civil, la burocracia se contrapone a las corporaciones. Allí donde prima el interés general del Estado, se independiza y se convierte en real, lucha contra las corporaciones como consecuencia contra sus premisas. En cambio, cuando nace el Estado real y la sociedad civil se libera de las corporaciones "por el propio impulso de su razón", entonces la burocracia trata de restaurar la sociedad civil, pues al desaparecer el "Estado de la sociedad civil" desaparece la "sociedad civil del Estado". El espiritualismo se esfuma con el espiritualismo contrapuesto a él. La consecuencia, el Estado abstracto, lucha contra la existencia de sus premisas tan pronto como un "nuevo principio" no lucha contra la existencia, sino contra este principio abstracto. Es un mismo espíritu el que en el Estado funda lo corporativo y lo burocrático y si la burocracia atacaba antes violentamente lo corporativo, ahora lo defiende para no perecer [se trata de una lucha encarnizada por la existencia]. La burocracia es el "formalismo de Estado de la sociedad civil", es la autoconciencia, voluntad del Estado, el poder del Estado como una corporación. El poder general del Estado sólo es particular frente al interés particular que se mantiene como general [y no lo particular racional], de ahí que la burocracia la "generalidad imaginaria" del interés general, su propio espíritu. Mientras la corporación pretenda ser Estado, el Estado debe ser una corporación (obstaculizadora y dominante), una sociedad aparte dentro del Estado (359), pero por lo mismo la burocracia quiere la corporación como un poder imaginario y cada corporación mantiene este espíritu particular [y agresivo] contra la
burocracia y contra las otras corporaciones. Por esto la burocracia, como corporación acabada, triunfa sobre la corporación que es burocracia imperfecta, reduciendo esta a apariencia y manteniéndola así para su propia existencia. La corporación es el intento de la sociedad civil de llegar a convertirse en Estado y la burocracia es el Estado convertido realmente en sociedad civil. La burocracia es el formalismo de Estado, pero sobre todo, el Estado como formalismo, y como tal lo describe Hegel. Pero ella se conforma como poder real cuyo contenido es ella misma, y así es un tejido de ilusiones prácticas o la ilusión del Estado, espíritu jesuístico, teológico y los burócratas son los teólogos de Estado. Ella es el Estado como formalismo en su contenido y fin; de ahí que para ella el fin del Estado es "fin contra el Estado", su imperativo categórico es la carencia real del espíritu del Estado. Ella se considera como fin último del Estado, pero hace contenido sus fines formales y por ello siempre entra en conflicto con los fines reales, y entonces tiene que hacer pasar el contenido por la forma y viceversa. La burocracia es un círculo del que nadie puede escapar. Su jerarquía es "jerarquía del saber". La cúspide encarga a los círculos inferiores el conocimiento de los detalles y estos a la cúspide el conocimiento de lo general, así se engañan mutuamente. La burocracia es el estado imaginario junto al Estado real (el Estado-espiritualismo) y así todo-saber, voluntad- tiene un doble significado, uno real y otro burocrático. Pero lo real es tratado con arreglo a su esencia trascendente, espiritual. La burocracia es la esencia espiritual de la sociedad-la esencia del Estado- y considera suya esta como su propiedad privada. El espíritu general burocrático es el misterio que se mantiene interiormente por la jerarquía y exteriormente como corporación cerrada [secta, logia] y entonces para ella es una traición el traslucir las intenciones del Estado, su espíritu (360) y este espiritualismo se convierte en su seno en un craso materialismo, fijo, de jerarquía en comportamientos pasivos, ideas y tradiciones quietas, obediencia, etc. Para
cada burócrata el fin del Estado es su propio fin, carecía de puestos cada vez más altos, el "hacer carrera". El burócrata ve la vida real como meramente material, pues lo espiritual es lo burocrático, y trata esto material burocráticamente, quedando ello como algo "para" lo burocrático, mera materia muerta cuyos fines están en lo burocrático. Y así el Estado es
ahora muchos espíritus burocráticos fijos cuya única conexión es la obediencia y subordinación pasivas. La ciencia real es aquí carente de contenido y la vida real es algo muerto y lo burocrático unilateral se considera como la esencia. La burocracia es, de una
parte, este craso materialismo y se revela en el hecho de que el burócrata pretende hacerlo todo, considera su voluntad como causa prima, cuyo contenido le es externo y sólo puede internalizarlo en la formación. "El burócrata ve en el mundo sólo un objeto para su tratamiento" (360). El poder gubernativo es el lado objetivo de la soberanía como la iglesia católica es la existencia de la santísima trinidad. La superación de la burocracia sólo es posible cuando el interés general se transforma en el interés particular realmente y no
imaginariamente como en Hegel, y ello sólo es posible cuando el interés particular se convierte en el interés general. (361) Hegel parte de una contraposición irreal y llega por tanto a una identidad antitética, la burocracia. Hegel da a su lógica un cuerpo político y no ofrece la lógica del cuerpo político (§287). Para Hegel la relación entre corporaciones, municipios y el gobierno es un mixtum compositum, una mezcla de elecciones entre los interesados y de confirmación y designación desde arriba, mezcla superficial que tiene claridad en su contradictoriedad entre el interés privado de las esferas y el interés superior del Estado, contraposición entre propiedad privada y Estado, donde la solución, la identidad-mezcla es una simple acomodación, confesión del dualismo irreductible [y no un entrelazamiento real]. Pero la antitesis decisiva es la de lo en y para sí del Estado y lo otro que no es en y para sí. Para Hegel la salvaguarda del interés general del Estado y de las leyes se dará a cabo de los funcionarios más altos del Estado en contacto con el monarca y a través de delegados en las corporaciones y estamentos que son la "verdadera representación" del Estado y ya de suyo están "contra" la sociedad civil. Por tanto la antitesis entre Estado y sociedad civil es fija (362), los delegados convierten la antitesis en "legal", fija, pues a través de estos, el Estado se enfrenta a la sociedad civil como algo ajeno y exterior a él. La policía, los tribunales de justicia y la administración no son instancias de autogobierno de la sociedad civil, sino del Estado contra ella. Los asuntos de gobierno, dice Hegel, son de naturaleza objetiva, ya decididos de por sí. Esta es otra alusión al poder soberano, poder natural del arbitrio derivado del nacimiento, y así el poder soberano es el factor naturaleza en el Estado, la dominación de la naturaleza física dentro del Estado. Para Hegel la elección de funcionarios públicos debe cumplir con las condiciones de la necesidad inmanente de conservación del Estado y también con la condición de que todo ciudadano pueda aspirar a ser funcionario. Para Marx esto es superfluo, la segunda identidad es similar a la de que cualquier católico puede ordenarse sacerdote, pero no por
ello los sacerdotes representan un poder por encima de los católicos, esto es, el funcionario estatal no es más que eso, un medio del mantenimiento de la dominación que se concentra en esferas superiores y no en él. En el verdadero Estado se trata no de consagrarse al servicio general en un servicio particular (servicio seudo-general), sino de que el servicio general sea realmente general, del servicio de cada ciudadano. Pero aquí se trata de una guerra entre dos bandos en la que cualquiera puede desertar para unirse al bando contrario y tal interpretación de Hegel se adecua mucho a las circunstancias actuales (363). El examen para funcionario no es más que una ceremonia de masonería, un reconocimiento del saber propio del ciudadano de Estado como privilegio, es la conexión objetiva entre el individuo
y el Estado que es el bautismo burocrático del saber, la "transustanciación del saber profano en sagrado" y se da por supuesto que el examinador lo sabe todo. Se dan entonces:
- el nexo objetivo del examen
- el nexo arbitrario del monarca, donde el individuo y el cargo son dos lados siempre fortuitos cuya relación y necesidad está en la poder decisivo y soberano del príncipe. Marx responde que el príncipe es, donde quiera que esté, representante de lo fortuito, tanto en el examen como en el arbitrio subjetivo. La monarquía reparte atributos y elevadas funciones entre los burócratas, es un sistema de emanación. En §294 Hegel establece como la identidad real entre sociedad civil y Estado la garantía de remuneración adecuada a los funcionarios estatales de acuerdo a su rango. Esto
1) es aplicable a todo cargo
2) es cierto que la remuneración da garantía y firmeza al Estado, sólo se asegura la vida de los funcionarios por oposición a las vidas de los ciudadanos de la sociedad civil.
Pero la relación entre estado y sociedad civil es excluyente y dominante por parte del Estado ¿cómo puede darse entonces una relación de identidad? Además, el control de la corrupción interna de la burocracia se realiza en la jerarquía, pero sucede que esta ya es un pecado [y en ella los funcionarios incurren en el abuso siempre exterior, en la sociedad c ivil
que está legitimado] pero para Hegel (§295) la defensa de la sociedad civil frente a los abusos de la burocracia consiste en:
1) en la jerarquía de la burocracia, el control: en que el enemigo esté atado de pies y manos, ser martillo para los de abajo y yunque para los de arriba.
2) en el conflicto no resuelto entre corporación y burocracia la lucha es la garantía contra la derrota (365), luego Hegel añade (§297) también el factor de las "instituciones de la soberanía por arriba" y el funcionario mismo (§296)- como si esta cualidad atribuida a él lo humanizara- las pasiones, la juridicidad y la templanza deben convertirse en costumbre y "la formación moral e intelectual deben regir el "mecanismo" de su saber y de su "labor real", mantener el equilibrio espiritual. Marx responde que en realidad lo que hace el funcionario es mantener el equilibrio entre su saber burocrático y su labor real, pues su "cargo" es su relación sustancial y su pan; no deja de ser hermosa la contraposición entre lo intelectual-moral y el mecanismo del saber y la labor burocráticos: "el hombre que hay debajo del funcionario debe encargarse de defender al funcionario en contra de sí mismo" (366) pero equilibrio espiritual no es unidad realizada, sino categoría dualista. Hegel también se sirve de categorías como "la grandeza del Estado", pero en realidad el ámbito del Estado como lo general en y para sí no es más que el terreno de los conflictos irresueltos, con estas últimas síntesis del examen y el pan de los funcionarios. Hegel remata con la dualidad irresuelta entre burocracia y corporaciones, diciendo que los miembros del gobierno forman parte en su mayoría de la clase media, y esta es para él la "columna fundamental del Estado", lo cual sólo es posible para Hegel en la organización que él expone, pues en ella se dan círculos especiales e independientes dotados cada uno de derechos especiales y las leyes son una barrera para la arbitrariedad de los funcionarios (§297). Para Marx, sólo en esta organización, en efecto, el pueblo puede mantenerse como "estamento medio", pero esta organización no puede mantenerse mediante el equilibrio entre los privilegios. El poder gubernativo presenta mayores dificultades de mantenerse en los marcos estructurales, pues corresponde, más que el poder legislativo, al pueblo. Más adelante define Hegel el espíritu de la burocracia (§308) como la "rutina de los asuntos" y el "horizonte de una esfera limitada". Sobre el poder legislativo (§298) lo curioso aquí es que Hegel diga que el poder legislativo es por sí mismo parte de la constitución, la cual se presupone a él y se halla en y para sí fuera d e su determinación directa. Pues la constitución n o puede venir de la nada, debe haber un poder legislativo previo que la haya construido, "tiene que haber un poder legislativo fuera del poder legislativo real, estatuido". A esto contestaría Hegel que él presupone el Estado, pero no debe medirse por lo existente sino por la Idea, pues es un filósofo del derecho, un teórico del derecho... la colisión es simple:
el poder legislativo es el poder de organizar lo general y por esto sobrepasa la constitución al ser su poder. Pero, por otro lado, el poder legislativo es constitucional, y en esa medida se halla sujeto a la constitución, ella es ley para y del poder legislativo, queda reducida dentro de este y viceversa [actividad inmanente] pregunta Marx: ¿cómo resuelve Hegel esta antinomia [de pasividad- determinación constitucional- y actividad- acción constitucional]? Hegel dice que
1) primero, la constitución se presupone al poder legislativo y así está fuera de su determinación directa.
2) pero, "en el desarrollo ulterior de las leyes" y en "el carácter progresivo de los asuntos generales del gobierno" "recibe" su desarrollo ulterior.
Para Marx esto quiere decir que directamente la constitución se halla fuera del poder legislativo, pero indirectamente el poder legislativo puede modificar la constitución. Lo que no logra por vía directa lo logra en detalle por otro camino,, la modifica en detalle ya que no puede hacerlo al por mayor, al grueso; hace por medio de la naturaleza de las relaciones lo que no puede hacer por medio de la "naturaleza de la constitución", hace materialmente lo que no puede hacer formalmente, legalmente, constitucionalmente, aquí queda la contradicción en pie: de la primera contradicción- constitución y poder legislativo- Hegel, al intentar resolverla, deriva una nueva sin saberlo: la de acción constitucional y determinación constitucional, y esta última no la resuelve. Hegel define como contradicción- en el poder legislativo- la "acción legal" y la "acción efectiva", lo que este poder debe ser y lo que realmente es, entre lo que cree hacer y lo que realmente hace. Hegel
no puede llamar esta contradicción como la verdad, pues lo que se intenta aclarar [ y no establecer superficialmente como un momento] es precisamente el carácter progresivo de la construcción de la constitución, lo cual Hegel no desarrolla y se limita a decir que la constitución "deviene" o progresa en su formación (y precede al poder legislativo). Marx: esto significa que: "es" con arreglo a la ley (ilusión) pero deviene con arreglo a la realidad. Es, por su determinidad, algo invariable, pero cambia realmente, pero este cambio es inconsciente y así y todo no adopta la forma del cambio. La apariencia contradice a la esencia:
- la apariencia es la ley consciente de la constitución y - la esencia su ley inconsciente