• No se han encontrado resultados

S CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "S CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN"

Copied!
5
0
0

Texto completo

(1)

S

PROVINCIA DEL NEUQUÉN

CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N0

1 6 1 9

EXPEDIENTE N°

7210-002298/16

NEUQUÉN,

2 1 N OV

2016

VISTO:

La necesidad de proveer los cargos vacantes de Maestros de Materias Complementarias en Educación Física de las Escuelas Especiales ubicadas en la Provincia del Neuquén, de acuerdo con lo establecido en las Leyes y reglamentaciones vigentes; y

CONSIDERANDO:

Que la legislación vigente señala las etapas a cumplir;

Que corresponde dictar la norma legal pertinente; Por ello:

,

,

EL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION DEL NEUQUEN

RESUELVE

1°)

LLAMAR

a concurso de Títulos y Antecedentes de Ingreso a la Docencia Primer Llamado, Títulos Docentes y Habilitantes, para cubrir los cargos de Maestros de Materias Complementarias de Educación Física de Educación Especial, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 1680 del Estatuto del

Docente, Ley 14.473, artículo específico para los establecimientos dependientes de la Dirección de Educación Especial.

PRIMER LLAMADO.

2°)

ESTABLECER

que la presente convocatoria tendrá una vigencia de veinte

(20) días hábiles a partir del 23 de Noviembre de 2016.

30)

DETERMINAR

que la nómina de vacantes forma parte de la presente Resolución como Anexos 1 y 11.

4°)

INDICAR

que los aspirantes deberán presentar su solicitud y la documentación necesaria para su clasificación, según los ítems valora bies. Las inscripciones serán presentadas ante la Junta de Clasificación Nivel Inicial y Primario en calle Belgrano y Colón de Neuquén Capital, personalmente, por interpósita persona debidamente autorizada o bajo pieza postal certificada. En este último caso se considerarán aquellas cuyos matasellos registren fecha no posterior al último día del plazo estipulado. Para la inscripción se utilizarán los formularios que se proveerán al efecto, los que deberán ser cumplimentados en todos los ítems en forma legible, sin raspaduras ni enmiendas y acompañados de la documentación que no obre en su legajo.

«

\0)

~ l :

U

__

(1) ~UIbo

COPELLO J •• Dirección P . •••••• O rovlncial d CSpaeho y MeSa de E e

(2)

\jJI'lj

-PROVINCIA DEL NEUQUÉN CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N°

161 9

EXPEDIENTE N° 7210-002298/16

Para quien abra legajo lo hará con fotocopias autenticadas de:

.¡' Título docente registrado en la Provincia del Neuquén . .¡' Partida de Nacimiento .

.¡' Documento Nacional de Identidad, incluyendo la hoja de domicilio .

../' Otros títulos oficiales de carreras terminadas, registrados en la Provincia del Neuquén .

.¡' Toda documentación que acredite su actuación docente .

./ Certificados de servicios docentes refrendados por autoridad

competente.-A cada aspirante se le extenderá un recibo en el cual constará la presentación de la solicitud y comprobantes agregados.

DETERMINAR

que no se recibirá documentación con posterioridad a la fecha de cierre de inscripción, sea cual fuere el motivo del diligenciamiento.

6°)

ESTABLECER

que no se considerarán las inscripciones que no reúnan la totalidad de los datos requeridos en la solicitud impresa.

7°)

DISPONER

que los aspirantes citarán la Escuela Cabecera del área donde desean desempeñarse. Podrán inscribirse hasta en dos

(2)

Escuelas Cabeceras debiendo cumplimentar una solicitud por cada una de ellas. La inscripción en más de dos

(2)

de ellas, anulará las inscripciones realizadas.

8°)

INDICAR

que los datos consignados en las solicitudes de inscripción tendrán carácter de Declaración Jurada y toda falsedad comprobada en la documentación importará la descalificación del aspirante y la devolución de la documentación, quien no podrá participar en otros concursos que se realizarán durante el presente año.

9°)

RATIFICAR

que a los efectos del presente Concurso, se tendrán en cuenta los antecedentes valorables que fijan las Resoluciones

N° 2186/88, N° 401/95,

N° 1794/90

Anexos 1 y IV, NO

821/09

Y N°

888/09

complementarios de los Artículos

63°

y

168

0 de la Ley

14.473.

10°) DETERMINAR

que el personal docente clasificado tendrá derecho a presentar recurso dentro de los cinco

(5)

días hábiles de la publicación de los listados en las Escuelas Cabeceras respectivas, cumplido el plazo, la clasificación quedará definitiva.

11°) ESTABLECER

que la elección de cargos se realizará en acto

público

en las Escuelas Cabeceras, hasta cubrir la totalidad de las vacantes, en este caso, en fechas y horas a determinar por la Junta de Clasificación Nivel Inicial

y

Primario a través del correspondiente cronograma. La elección se hará personalmente o por interpósita persona, en este caso, presentará autorización y documentación que acredite la identidad del postulante (fotocopia autenticada del documento o carta documento o autorización ante Juez de Paz o Escribano Público).

~ ).@

U

re

GUID~ COPELLQ

Dirección Prov¡ . Despacho y M 'nC'a' de CONSfJO PROVIN~t~~gfefEntradas

(3)

r~~ts/

~

PROVINCIA DEL NEUQUÉN CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

12°) PODRÁN

inscribirse los docentes:

RESOLUCIÓN N°

1 6

1

9

EXPEDIENTE

N° 7210-002298/16

a) Titulares en Institutos Privados de la Jurisdicción Provincial que deseen cambiar de nivelo modalidad.

b) Los docentes que deseen cambiar de Nivel o Modalidad deberán tener cumplido los dos (2) años de permanencia en el último cargo titularizado.

e) Los docentes que no excedan las doce (12) horas cátedra Titular en la Jurisdicción Provincial en el Nivel Medio, situación que acreditarán con la presentación de la Declaración Jurada de Cargos y Actividades.

Para los casos anteriormente señalados se deberá presentar la renuncia al cargo con una anticipación no menor de cuarenta y ocho (48) horas a la toma de posesión, circunstancia que acreditarán en el mismo acto presentando duplicado que certifique fehacientemente dicha renuncia con la aceptación de la dirección del establecimiento en los puntos a y b.

13°) DISPONER

que los docentes que no hagan toma de posesión en el cargo elegido, sin causa debidamente justificada, no podrán presentarse por el término de dos (2) concursos posteriores al presente.

14°) ESTABLECER

que los docentes que en Asamblea Pública tomen un cargo titular, cualquiera sea este, su Nivel o Modalidad, quedaran inhabilitados a optar por un segundo cargo con la misma situación de revista, en el marco de convocatoria de ingreso a la docencia del presente año.

15°) DEJAR

explicitado que quien tome posesión del cargo debe permanecer en el mismo por lo menos dos (2) años, Artículo

300

del Estatuto del Docente, Ley 14.473.

16°) FIlAR

como fecha de toma de posesión del cargo, la que se establezca en el Calendario Escolar Único Regionalizado - C.E.U.R - 2017/2018.

17°) COMUNICAR

que por la Dirección General Modalidad Educación Física se cursarán las notificaciones correspondientes.

<

-e,

O

U

en

w

REGISTRAR,

dar conocimiento a la Dirección Provincial de Despacho y Mesa de Entradas; Vocalías; Dirección Provincial del Centro de Documentación e Información Educativa; Dirección General de Sueldos; Coordinación de Gestión de Recursos Humanos; Dirección General de Legajos; Dirección Provincial de Plantas Funcionales y Base de Datos; Dirección Provincial Educación

Especial:

Junta de Clasificación Rama Inicial y Primaria; Dirección Provincial de Distrito Escolar I al XIII;

GIRAR

el Expediente a la Dirección General Modalidad Educación Física para dar cumplimiento al Artículo 17°. Cumplido,

REMITIR

a la Junta de Clasificación Nivel

lnldal

y Primario, para la prosecución del

trámite. Prof. StelaMaryAmbrosio

Presidente

Consejo Provincial de Educación

Ministerio de Educación Provincia del Neuquén Prof. RUTH A FLUTSCH

Vocal Nivel Secundario T écn ica y Su perior ' e.p.E. - Ministerio de Educación

Provincia de! Neuquén

Prof. DAVID N. FRANCO

Voc.~1 Nivel Inicia! s Primario e.p.E .. MIIlisterio de ECjucacion

Provincia del Ne '''¡"en

Prot lEAí\iDROPOLlCAN'

.'fOCAL PORLOSCONSEJosESe I "ons610p,.~";n-·'d 0W!fs ,~ •• ·A,~, 11Educació" Mac,<ro MARr,o.OVo .' r: ",.. ~L.". ,,!,~,-)1', ~."" CiI¡deN', ,.. .,'u~ "1\, V " . ¡Ve/mieIJ' yP . ."

'.{)fl:¡e¡o Pro '. I IlmilniJ

V/Octa) de I:duQj(jór¡

,...

GbIDO COPELLO DO/rece ion PrOvincial de

espacho y Mesa de Entrada CDHSflO PRDVIHCIIH DffOUCllCIOZ

(4)

S~~.;t:.':~;:;?

/

~

PROVINCIA DEL NEUQUÉN CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N°

1 6

1

9

EXPEDIENTE N° 7210-002298/16

ANEXO 1

MAESTRO DE MATERIAS COMPLEMENTARIAS DE

EDUCACIÓN FÍSICA DE EDUCACIÓN ESPECIAL.

4

15

Neuquén

"A"

5

c.T.E.

Neuquén

"A"

uelluén

«

-@

O-\

O

U

(J)

\

UJ

GUIDO COPELLO Direccion Provincial de Despacho Y Mesa de Entradas

CONS[JO PROVINCIAL DE EDUCACION

CARGO DFA-4

GRUPOSAyB

INGRESO

1

1

Neuquén

2

3

Neuquén

3

11

Chos Malal

"A"

"A"

"B"

101

VIII

Mañana

101

I

Mañana

102

V

Tarde

102

I

Tarde

Compartido

102

1

Pro] Stela Mar)' Ambrosio

Presidente Consejo Provincial de Educación

Ministerio de Educación Provincia del Neuquén

Prot. RUTH A FLUTSCH

Vocal Nivel Secundario.

Técnica ySuperior e.p.Ee= Mini~teno de Educación

Provinti" d~1NIlW(:juén

Prof. DA FID N. FRAlI'CO

VOC,1!Nn1f.'! InIcial y Primario C.P.E. - [¡¡mistCrlO de Educacion

Provincia del Neuquen

-rot L/::ANDRQ /-lOLiG.Ni

;omPOR LOS COOSBOS ESCDlAIIES

>,Á)n;;::/'t".!c. Pro",jnc;a~ d9 Educaciéf" Maci'~DWIRre Or:;IIACl V":'()

Vocal de Ni\!eí

í¡;;cbt

y

~;;;~":;;¡j

(5)

\{:ts;

••••••

PROVINCIA DEL NEUQUÉN CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N°

1 6

1

9

EXPEDIENTE N° 7210-002298/16

ANEXO II

MAESTRO DE MATERIAS COMPLEMENTARIAS DE

EDUCACIÓN FÍSICA DE EDUCACIÓN ESPECIAL.

CARGO DFA-4

GRUPOSCy

D

INGRESO

)~@)

GUl~O COP;LLO Dircccion ProvIncIal de Despacho Y Mesa de Entradas

CONSf'Q PROVINCIAL DE EDUCACION

Pro! Stela Mary Ambrosio

Presidente Consejo Provincial de Educación

Ministerio de Educación

Provincia del Neuquén

Prot. RU fH A FLUTSCH

Vocal Nivel Secundario, Técnica Y Superior e,p,E, - Ministerio de Educación

Provincl~dlll N€uquén

Prof. DA VID N, FRANCO

VOC<l~ :..j:\:¡:! Inicia! y Primario

C.P,E .. r¡lIoistC'rio de Educ<1cion

Provincia del N'Hlquén

Prot LEANuKO PO UCAN ,

'!'OCAl POfl LOS COIiSEJOS ESCOl.AAES

':on;'i~~ii)Pn~v¡f~;:-;ia¡da EducSl.ción

Ma23~~OMARCE~~OGV¡\SU:\~·-"·O Voo¡i de Nivel ¡"ki3iyPrim,hil Conseio Provincia: de Educación

Referencias

Documento similar

Debido al absentismo escolar que se sufre en este colegio es necesaria la ayuda de la comisión de la dirección Provincial de Educación de Palencia, que se encarga de este

EA0021263 Dirección Provincial del ISM de A Coruña.. produjera un traslado a otras instalaciones de alguna Dirección Local o de la Dirección Provincial, y que ese traslado

• Para la escritura de los trabalenguas los niños pueden leer y seguir las instrucciones del texto “A tramar trabalenguas” que figura en el Anexo II del 1° ciclo.. El docente

En la Unidad Provincial de Control Disciplinario de la Dirección Provincial de Napo del Consejo de la Judicatura, en el año 2021, no tuvo casos emblemáticos en los que

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MANTENIMIENTO DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN OPERATIVA

• Promover la vinculación de los Clubes de Ciencias con las escuelas, familias y comunidades, con instituciones del campo científico (Universidades, Institutos de

PRIMERA.- La Dirección Provincial de Galápagos del Consejo de la Judicatura, en coordinación con la Dirección Nacional de Gestión Procesal, en el ámbito de sus

Área de Programas Educativos de la Dirección Provincial de Educación de Soria.. YO TAMBIÉN CUENTO CON