• No se han encontrado resultados

& CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2022

Share "& CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN"

Copied!
5
0
0

Texto completo

(1)

&

PROVINCIA DEL NEUQUÉN CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N° 1 '* O 8

EXPEDIENTE N° 4025-01009/08.- NEUQUÉN, 1 4 AGO 2009

VISTO:

.~ ,pNSIDERANDO:

j

~5

JI

'ir,!

Que mediante el mismo se gestiona la renovación de un convenio

;éon el Centro de Residentes Santafesinos de la ciudad de Neuquén, para el dictado ,.' de las clases de Natación de los alumnos del Centro Provincial de Enseñanza Media --.~,...,-".,

NO 34 Y del Centro Educativo Terapéutico Quelluen en las instalaciones del Natatorio del mencionado Club;

Que de acuerdo al citado instrumento legal, el Consejo Provincial de Educación del Neuquén abonará como contraprestación por el uso de las instalaciones del Centro de Residentes Santafesinos, la suma mensual de Pesos Cuatro Mil setecientos Cincuenta (

$

4.750,00 ) a partir del día 1° de mayo del año 2009 y hasta el 31 de diciembre del mismo año;

Que la presente contratación está encuadrada en el Artículo 64°, Apartado 2), Inciso "o" de la Ley de Administración Financiera y Control NO 2141;

Por ello;

EL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DEL NEUQUÉN RE S U E LV E

3 )

APROBAR

el tenor del convenio, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución, a suscribir entre el Consejo Provincial de Educación del Neuquén y el Centro de Residentes Santafesinos, para el uso del Natatorio, ubicado en calle Río Negro NO 2170 de la ciudad de Neuquén, por parte de los alumnos del Centro Provincial de Enseñanza Media NO 34 y del Centro EducativoTerapéutico Quelluen, por un importe mensual de Pesos Cuatro Mil Setecientos Cincuenta

( $

4.750,00 ), cuya vigencia operará con efectividad al 1° de mayo del año 2009 hasta el día 31 de diciembre del mismo año.

IMPUTAR

la erogación que demande la ejecución de la presente resolución, con afectación a la siguiente partida del Presupu,esto General Vigente ( Prorrogado ):

DISTRITO REGIONAL I - EDUCACION ESPECIAL - PRG.

031 - SUB. 003 - JUR. 09; S.A 02; U.O. 01; FIN. 03; FUN. 04;

S.FUN. 03; INC. 03; P.P. 02; P.p. 01; FUFI 1.111;

hasta la suma de Pesos Diecinueve Mil (

$

19.000,00 );

EDUCACION NIVEL MEDIO Y TECNICO - PRG. 031 - SUB. 004 - JUR. 09; S.A 02; U.O. 01; FIN.

03; FUN. 04; S.FUN. 04; INC. 03; P.P. 02; P.p. 01; FUFI 1111;

h sta la suma de Pesos Diecinueve Mil (

$

19.000,00 ).

a la Dirección Provincial de Administración

a LIQUIDAR y

asto que demande el cumplimiento de la presente Resolución.

(2)

,:>,J.r, •.¡

*

PROVINCIA DEL NEUQUÉN CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N° 1 4 O 8

EXPEDIENTE N° 4025-01009/08.-

4°) DETERMINAR que por la Dirección de Contaduría se realizarán las notificaciones correspondientes.

REGISTRAR, Y dar conocimiento a la Dirección General de Despacho, Vocalías, Dirección de Sueldos, Dirección Centro de Documentación e Información Educativa, Coordinación Institucional y Logística,. Dirección General de Educación Física, Dirección Provincial de Administración, Dirección General de Administración; Dirección General de Planificación Educativa y a la Dirección General de Distrito Regional Educativo I. GIRAR el presente expediente a la . . , Contaduría para la prosecución del trámite correspondiente.

Cumplido AR VAR.

Prof. PATRICIA LAURA RUIZ

SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN A/C. PRESIDENCIA Consejo PrQvio<:ialde Educación

f'rol tJlARISA'l'ASMIN M()i{TAM

1IQCAl.l\AMA INICIAL YPl\IMf\IIIAi6n Consejo f'fov¡ncial de EdIJC8C

Pro! AAMÓN NORBERTO RAMOS vor:;L ~A"'A t'Il:OIA TtclllCA y suPERIOR

COflsqO Provincial de EducaCIón

(3)

~

PROVINCIA DEL NEUQUÉN CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN

1 4 O 8

EXPEDIENTE N° 4025-01009/08.-

ANEXO

1

CONVENIO

En la ciudad de Neuquén, Provincia del mismo nombre, a los días del mes de del año 2009, entre el Consejo Provincial de Educación del Neuquén, en adelante EL CONSEJO, representado en este acto por la Profesora Patricia Laura Ruiz, D.N.!. NO 13010012, Subsecretaria de Educación a cargo de la Presidencia del Consejo Provincial de Educación del Neuquén por una parte, constituyendo domicilio legal en calle Belgrano y Colón de la ciudad de Neuquén, y el Centro de Residentes

sa

ntafesi nos, representado en este acto por su Presidente, el señor Félix Angel

~ DE( Bracco L.E. NO 6.071.496, con domicilio legal en calle Río Negro N° 2170 de la ciudad

,;¡;. ~~

e Neuquén, en adelante EL LOCADOR por la otra, acuerdan en celebrar el presente

R'

nvenio, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

q; ~

J

IMERA: DEL OBJETO. EL CONSEJO hará uso de las instalaciones del natatorio,

y...

eneciente al Centro de Residentes Santafesinos, ubicado en calle Río Negro N°

VA

.!d 70 de la ciudad de Neuquén, para el desarrollo de las clases de Natación, por parte

~'6 ~T. los alumnos del Centro Provincial de Enseñanza Media N° 34 y del Centro

~ ~. ~" . ducatívo Terapéutico Quelluen, de íunesa viern~s en los horarios e~tablecidos en la

~ 7/

planilla anexa al presente contrato, a partir del día 01 de mayo del ano 2009 hasta el día 31 de diciembre del mismo año.

SEGUNDA: OBLIGACIONES Y DERECHOS DE EL CONSEJO.

a) EL CONSEJO a través de los Establecimientos Educativos, hará uso de las instalaciones del Centro de Residentes Santafesinos exclusivamente en los días y horarios establecidos.

b) EL CONSEJO deberá acompañar un listado detallado de profesores habilitados para conducir las clases y de los alumnos que participarán de las mismas.

e) EL CONSEJO deberá acreditar haber tomado los seguros correspondientes que cubran la integridad física de los profesores y alumnos en el predio del Centro de Residentes Santafesinos.

d) Los alumnos no podrán ingresar a las instalaciones sin el profesor a cargo y responsable de la ejecución de las clases. .

e) Los profesores asignados por EL CONSEJO deberán brindar los datos necesarios que oportunamente se requieran para controles estadísticos.

f) EL CONSEJO abonará, como contraprestación por el uso de las instalaciones y por todo concepto, una suma mensual de Pesos Cuatro Mil Setecientos Cincuenta (

$

4.750,00 ) pagaderos a mes vencido del 1° al 15 de cada mes, acreditándose en la cuenta a la vista que EL LOCADOR deberá tener habilitada en el Banco Provincia del Neuquén para tal fin. Si EL CONSEJO modificase la modalidad de pago, deberá notificar fehacientemente a EL LOCADOR sobre dicho cambio.

g) EL CONSEJO será responsable de los daños que ocasionen los alumnos y/o profesores comprendidos en el presente convenio, en las instalaciones del Centro de Residentes Santafesinos, reintegrando las sumas necesarias para las reparaciones contra presentación de la correspondiente factura. El monto total de las reparaciones que EL CONSEJO reintegrará, no podrá exceder el resultado final que arroje el presupuesto oficial elaborado por la Dirección de Servicios Generales del Consejo Provincial de Educación del Neuquén.

TE . DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EL LOCADOR.

a) El Cen de Residentes Santafesinos deberá mantener las instalaciones en condicione adecuadas y disponibles en los horarios establecidos, para que los

(4)

~

PROVINCIA DEL NEUQUÉN CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N° 1 4 O 8

EXPEDIENTE N° 4025-01009/08.-

Establecimientos Educativos puedan desarrollar. con normalidad las correspondientes actividades.

b) Realizar los trámites correspondientes para el cobro de las sumas mensuales comprometidas en la cláusula segunda, inciso "f".

e) Queda a cargo de EL LOCADOR, si correspondiese, los sellados de ley del presente convenio y dar cumplimiento a las demás obligaciones fiscales.

d) EL LOCADOR podrá utilizar las instalaciones del gimnasio en el horario destinado a EL CONSEJO, ante una necesidad eventual y de carácter excepcional, contando con el aval de la Dirección General de Educación Física, la que deberá dar conocimiento a profesores y alumnos, solicitando el espacio con quince (15) días de anticipación.

CUARTA: DE LA RESCISIÓN.

Para el caso de rescisión anticipada del presente convenio, las partes acuerdan notificar fehacientemente la decision con treinta (30) días de anticipación, sin que surja derecho a indemnización alguna.

QUINTA: DE LA RENOVACIÓN.

El presente convenio podrá ser renovado por simple decisión de las partes contemplando en todos los casos el correspondiente ciclo lectivo. La renovación no es de carácter automático y procederá en tanto las partes manifiesten en forma fehaciente la intención de continuar con el presente convenio.

SEXTA:

Las partes se someten a la competencia de la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia del Neuquén, renunciando a otro fuero o Jurisdicción.

A1"J"ra1'f~IQ conformidad se suscriben cuatro ( 4 ) ejemplares de un mismo tenor y

Prol. PATRICIA !AURA RUIZ

SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN A/C, PIIESIDENCIA Conseio Provincial de Educecióo

Prot MAR&. 'lASMIN MQi{fADA

vOctu.lWAA INICIAl '1 PRIIMI\IA n eonsejo Provincial de Educae

ONNORBER10 RAMOS Prot RAM ¡tew\(" ~ SUPER\()l\

. ""'Al AAW. MEOlp - -on

~ . " I de EducaCI

ConSAtO PrO\JHICa

(5)

\'Lis}

~

PROVINCIA DEL NEUQUÉN CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN

1 4 O 8

EXPEDIENTE N° 4025-01009/08.-

ANEXO

HORARIOS DE USO DEL NATATORIO DEL CENTRO DE RESIDENTES SANTAFECINOS

Centro Provincial de Enseñanza Media NO 34

HORARIOS LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES 09:00 a

--- ---

1 andarivel

---

1 andarivel

10:00

10:00 a

--- ---

4 andariveles

---

4

12:30 andariveles

13:30 a

---

1 andarivel

---

2

---

14:30 andariveles

Centro Terapéutico Ouelluen

HORARIOS LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES 09:00 a 1

---

Piletin

---

Piletin

10:00 andarivel Exclusivo Exclusivo

14:00 a

---

1 andarivel

---

1 andarivel

---

1

¡:rüL\~<A:HlClJ\ HU!~

'--~~,;¡~~StCHC:.¡<~BIAl;r L:'..: \S/;~~i I",/e. PRE:)Dr.'¡~{:l,.

c<,:"r'l:."Pr(nl)f~(:::::1 r.:LJ!U,.::¿.(;¡{;o('

Prol MARISA YASMIN MOíTIADA

VOCAl RAMA INICIAl.vPRIMARIA

Consejo Provincial de Educación

Prof. RAMÓN NORBERTO RAMOS

't'OCAl AAMAMEDIA T~Cf'¡I(A Y SUPERIOR Consejo Provincial de Educac.ón

Referencias

Documento similar

Aprobar el convenio específico entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), la Fundación General de la Universidad Nacional de Educación a

Que por Resolución N° 115/10 del Consejo Federal de Educación se aprueba el Documento “Lineamientos y criterios para la organización institucional y curricular de la Educación

DEPENDENCIA JERÁRQUICA Y ORGÁNICA A DGT CENTRO SUPERIOR EDUCACIÓN VIAL SALAMANCA JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE JAÉN COORDINADORA EDUCACIÓN VIAL... COORDINADORA

La primera, es el Centro de Formación Profesional Agropecuaria (CFPA) Nº 2 dependiente del Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Neuquén, que nuclea a más

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el documento “ORIENTACIONES PARA LA ORGANIZACIÓN PEDAGÓGICA E INSTITUCIONAL DE LA EDUCACIÓN OBLIGATORIA” que figura como anexo de la presente

Que por intermedio de Resolución N° 115/10 del Consejo Federal de educación se aprueba el Documento “Lineamientos y criterios para la organización institucional y curricular de la

Provincia del Neuquén Consejo Provincial de Educación Dirección General de Enseñanza Privada.. DISPOSICIÓN

Director General &#34;. Deep.chcl, Consejo Provincial de Educació.,.. Cada uno deb· rá definir nuevos trayectos educativos para dar lugar a los diversos estilos de apre'ldizaje de