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Directora: Lic. Sandra Luz Romero Ríos SUMARIO

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Directora: Lic. Sandra Luz Romero Ríos

Sección Décima

Tomo CXCV

Tepic, Nayarit; 2 de Julio de 2014

Número: 001

Tiraje: 080

SUMARIO

ANEXOS DE EJECUCIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE

INFRAESTRUCTURA INDÍGENA; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT Y POR OTRA EL H.

AYUNTAMIENTO DE ROSAMORADA

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ANEXO DE EJECUCION DE LA OBRA MODERNIZACIÓN Y AMPLIACIÓN CAMINO SAN JUAN BAUTISTA-SAN MIGUEL- ROSARITO, TRAMO: DEL KM 0+000 AL KM 15+040; SUBTRAMO A MODERNIZAR: DEL KM 0+000 AL KM 7+900, EN EL MUNICIPIO DE ROSAMORADA, NAYARIT, EN ADELANTE “LA OBRA”, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INDIGENA, EN ADELANTE “EL PROGRAMA”, DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, EN LO SUCESIVO “LA COMISION”, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, ING. GERARDO SILLER CARDENAS; EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO Y COORDINADOR GENERAL DEL COPLADENAY, ING. JOSÉ VICENTE ROMERO RUIZ; EL SECRETARIO DE LA CONTRALORIA GENERAL, ING. MARIO ALBERTO PACHECO VENTURA; Y EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, LIC. ORLANDO ANTONIO JIMÉNEZ NIEVES RESPECTIVAMENTE; A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LAS ENTIDADES DESIGNADAS” Y COMO “LA ENTIDAD RESPONSABLE” DEL PROGRAMA A LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR EL ING. GIANNI RAÚL RAMÍREZ OCAMPO; Y POR OTRA PARTE COMO RESPONSABLE DE LA EJECUCION DE LA OBRA, EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ROSAMORADA, NAYARIT, REPRESENTADO POR LOS CC. JOSÉ ANGEL CALVILLO LÓPEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL; T.C. JOEL GALVAN AYALA, SECRETARIO Y C. GRISELDA SAHAGUN GONZÁLEZ, SÍNDICO DEL MISMO; A LA QUE SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD EJECUTORA” RESPECTIVAMENTE Y CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Con fecha 28 de enero de 2014 “LA COMISION” y el Gobierno del Estado Libre y

Soberano de Nayarit, en adelante “EL GOBIERNO DEL ESTADO” suscribieron el Acuerdo de Coordinación cuyo objeto es la ejecución de “EL PROGRAMA” de conformidad a sus las Reglas de Operación durante el ejercicio fiscal 2014, en lo sucesivo “EL ACUERDO DE COORDINACION”.

II. “LA COMISION” mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el

29 de diciembre de 2014 dio a conocer las Reglas de Operación de “EL PROGRAMA”.

III. En “EL ACUERDO DE COORDINACION” suscrito entre “LA COMISION” y “EL

GOBIERNO DEL ESTADO” convinieron la siguiente estructura financiera:

 “LA COMISION” el 70% de la aportación total, cantidad proveniente de

recursos de “EL PROGRAMA”.

 “EL GOBIERNO DEL ESTADO” el 30% de la aportación total, cantidad

proveniente de recursos propios.

Por lo que se refiere a la cantidad señalada en el párrafo anterior “EL GOBIERNO DEL ESTADO” podrá realizar las gestiones necesarias para que el municipio en el que se

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encuentre la población beneficiada aporte el 64.49% de la aportación del estado, para lo cual “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se obliga a suscribir con el municipio el convenio respectivo.

DECLARACIONES I. “LAS ENTIDADES DESGINADAS” declaran que:

I.1. Que las Secretarías de Administración y Finanzas, Planeación, Programación y Presupuesto, Obras Públicas, Desarrollo Social y Contraloría General; son dependencias de la Administración Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado en los artículos 1º, 2, 4,15, 17, 18, 21, 22, 26, 30 fracción X y 31 fracciones II, III, IV, VI y XVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.”.

I.2. Que los titulares de las Secretarias que anteceden están facultados para suscribir el presente instrumento en nombre y representación del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 18, 21, 22, 26, 30 fracción X; 33, 34, 35, 37 y 41 ter de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.

I.3. Que señala como su domicilio para los efectos de este Anexo de Ejecución, el ubicado en Palacio de Gobierno, ubicado en Avenida México, entre las calles Mariano Abasolo y Javier Mina, Zona Centro, C.P. 63000, en Tepic, Nayarit.

II. “LA ENTIDAD EJECUTORA” declara que:

II.1. Que el Municipio de Rosamorada, es libre y base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio, y forma parte del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2º y 3º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 2º, 3º y 5º de la Ley Municipal para Estado de Nayarit.

II.2. Que el Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Rosamorada, el Síndico y el Secretario, están facultados para la celebración del presente Anexo de Ejecución con fundamento en los artículos 64 fracción IX, 73 fracción II, 114 fracciones III y XVI de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit y los demás que le sean inherentes, para obligarse mediante el presente instrumento y bajo los lineamientos de este Anexo de Ejecución.

II.3. Que cuenta con la Autorización de Cabildo para celebrar el presente Anexo y

asumir los compromisos que aquí se establezcan.

II.4. Señala como domicilio para efectos del presente Anexo de Ejecución, el de la

Presidencia Municipal de Rosamorada, Nayarit.

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III.1. Se comprometen a cumplir con todas las obligaciones emanadas del presente instrumento jurídico, de “EL ACUERDO DE COORDINACION”, y las disposiciones contenidas en las Reglas de Operación de “EL PROGRAMA” y la normatividad federal aplicable.

CLAUSULAS

PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” convienen en realizar de forma coordinada y dentro

del marco de “EL PROGRAMA” “LA OBRA que se detalla en el Anexo 1, mismo que firmado por las partes, formará parte integral del presente instrumento; conforme a los proyectos ejecutivos validados por el Comité de Regulación y Seguimiento, “EL CORESE”.

SEGUNDA.- RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto de “EL ACUERDO DE

COORDINACION” y del presente instrumento, la inversión total será hasta por $24,147,282.52 (Veinticuatro millones, ciento cuarenta y siete mil, doscientos ochenta y dos pesos 52/100 M.N.), de los cuales “LA COMISION” aportará la cantidad de $16,903,097.76 (Dieciséis millones, novecientos tres mil, noventa y siete 76/100 M.N.) el 70%, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” aportará la cantidad de $2,414,728.25 (Dos millones, cuatrocientos catorce mil, setecientos veintiocho pesos 25/100 M.N.), el equivalente al 10% y “EL MUNICIPIO” aportará la cantidad de $4,829,456.51 (Cuatro millones, ochocientos veintinueve mil, cuatrocientos cincuenta y seis pesos 51/100 M.N.)” 20%, para iniciar su proceso de licitación (o en su caso por administración directa), los importes reales serán los que se establezcan en el equivalente al 10%, contrato correspondiente. Dichos recursos estarán sujetos a disponibilidad presupuestal y deberán aplicarse en el presente ejercicio fiscal. Los recursos de los que se trata única y exclusivamente serán destinados a la ejecución de “LA OBRA” y su ejercicio se regirá bajo la legislación federal aplicable en la materia.

TERCERA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD RESPONSABLE. “LA ENTIDAD

RESPONSABLE” se obliga, de manera enunciativa más no limitativa, a:

a. Tramitar al mismo tiempo la autorización de recursos federales y estatales para la ejecución de la obra, anexando a su solicitud de autorización de recursos federales la copia de su solicitud de recursos estatales y viceversa; ya que “LA ENTIDAD RESPONSABLE” deberá contar con la autorización de dichos recursos en un término de 15 días naturales, a partir de la firma del presente anexo de ejecución. b. Entregar los recursos de manera oportuna para el pago del anticipo de obra,

estimaciones y finiquito, en los importes requeridos conforme a la estructura financiera convenida y a los montos efectivamente contratados.

c. Informar a los habitantes de las localidades donde se ejecuten las obras, respecto de las mismas cuando así sea solicitado, conforme a la normatividad aplicable. d. Informar a los habitantes de las localidades donde se ejecuten obras, los costos

estimados que deberán cubrir para su operación y mantenimiento, tratándose de proyectos de agua potable, drenaje o saneamiento, antes de que se realice la licitación o adjudicación de la obra.

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e. Responsabilizarse de que “LA ENTIDAD EJECUTORA” lleve a cabo el proceso de licitación o de adjudicación de acuerdo a las características de cada obra, dentro de los 45 días siguientes a la firma del Acuerdo de Coordinación.

f. Vigilar y asegurarse que la licitación, contratación y ejecución de las obras se realice con base en la legislación federal y las disposiciones aplicables a los subsidios federales, así como lo establecido en las Reglas de Operación y lo señalado en el Acuerdo de Coordinación.

g. Hacerse responsable de la ejecución de “LAS OBRAS”.

h. Vigilar que las obras se construyan conforme a las especificaciones, plazos y presupuestos que, se establezcan en el presente Anexo de Ejecución, y en cualquier caso, observar los plazos previstos en las disposiciones legales para realizar el gasto de los recursos federales. En su caso, instrumentar las medidas preventivas y correctivas para que las obras se ejecuten conforme a lo convenido con “LA COMISION”.

i. Verificar que las entidades ejecutoras integren y mantengan ordenados los expedientes técnicos unitarios de obra, con base en las disposiciones legales aplicables.

j. Asegurarse de que “LA ENTIDAD EJECUTORA” elabore las actas de

entrega-recepción a la conclusión de las obras por los contratistas, así como elaborar las actas respectivas cuando se entreguen las obras a las dependencias u órdenes de gobierno que se responsabilizarán de su operación y mantenimiento, utilizando los formatos que emita “LA COMISION”.

CUARTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EJECUTORA. Para el cumplimiento del

objeto del presente Anexo de Ejecución, “LA ENTIDAD EJECUTORA” se obliga, de manera enunciativa más no limitativa, a:

a. Ejecutar las obras con apego a las disposiciones aplicables al uso de los recursos

federales y a lo señalado por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento. En su caso, ajustarse a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. Los contratos que a su vez firmen los ejecutores también deberán estipular el cumplimiento de las disposiciones para el uso de los recursos federales.

b. Contar con los proyectos ejecutivos de las obras, en los términos previstos por las

Reglas de Operación, lo cual incluye disponer de las autorizaciones relacionadas con la construcción de las mismas, conteniendo las autorizaciones ambientales, de cambio de uso del suelo y las relacionadas con los derechos de vía, servidumbres de paso y uso, disposición o afectación de los recursos requeridos por las obras, incluyendo los inherentes al aprovechamiento del agua, conforme a lo previsto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

c. Iniciar el proceso para la contratación de las obras en un plazo no mayor a los 45

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d. Asegurar el cumplimiento de las normas técnicas y normas oficiales mexicanas que correspondan, y en general, las medidas de cualquier naturaleza que se deriven de la construcción de las obras.

e. Integrar el expediente técnico unitario por cada obra a su cargo, conforme a las

disposiciones legales aplicables.

f. Permitir a “LA COMISION” la supervisión de obra a través del contratista que para

tal efecto le indique.

QUINTA. “LAS PARTES” acuerdan que los recursos que no sean devengados al 31 de

diciembre de 2014 incluyendo los aprovechamientos y los rendimientos financieros que generen, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación conforme a lo previsto en el numeral “3.1.2.6 Recursos no devengados” de las Reglas de Operación del Programa.

SEXTA.- GASTOS EXCLUIDOS. “LAS PARTES” acuerdan que quedan expresamente

excluidos por parte de los gobiernos de las entidades federativas, dependencias y entidades federales y las entidades ejecutoras los gastos directos e indirectos, la contratación de personal, la adquisición, arrendamiento, remodelación, mantenimiento o equipamiento de cualquier tipo de inmueble, así como la adquisición y/o renta de vehículos, maquinaria y equipo.

SEPTIMA.- DEPENDENCIA LABORAL. “LAS PARTES” manifiestan que el personal que

contraten, comisionen o aporten por sí mismas para la realización de las acciones del presente instrumento, no tendrá ninguna relación de trabajo con las otras y quien directamente los empleó asumirá la responsabilidad laboral que en su caso derive, no existiendo en el presente caso la figura de patrones solidarios o sustitutos.

OCTAVA. - SUSPENSION DE MINISTRACIONES. El incumplimiento a cualquiera de los

compromisos asumidos por “LA ENTIDAD EJECUTORA”, originará la suspensión de las ministraciones para la ejecución de “LA OBRA”, aplicándose las disposiciones a que hubiere lugar en materia de responsabilidad administrativa, independientemente de las

de orden civil o penal que lleguen a configurarse, siendo aplicables las disposiciones

contenidas en las Reglas de Operación de “EL PROGRAMA”.

NOVENA.- JURISDICCION. “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para el caso de

presentarse alguna controversia sobre la interpretación del presente Anexo de Ejecución, respecto a su instrumentación, formalización y cumplimiento, se sometan a la jurisdicción de los Tribunales Locales de la ciudad de Tepic, Nayarit.

DECIMA.- MODIFICACIONES. El presente Anexo de Ejecución podrá ser revisado,

adicionado o en su caso modificado. Los cambios deberán constar por escrito a través de un Convenio Modificatorio al Anexo de Ejecución, mismo que entrará en vigor a partir del día de su suscripción.

DECIMA PRIMERA.- VIGENCIA. El presente Anexo de Ejecución, iniciará su vigencia a

partir del día siguiente de su firma y concluirá hasta el total cumplimiento de los compromisos emanados del mismo, sin que puedan exceder del 31 de diciembre de 2014.

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Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Anexo de Ejecución por cuadruplicado en la ciudad de Tepic, Nayarit; a los 03 días del mes de febrero de 2014

POR LAS ENTIDADES DESIGNADAS: Ing. Gerardo Siller Cárdenas, Secretario De

Administración y Finanzas.- Rúbrica.- Ing. José Vicente Romero Ruíz, Secretario de

Planeación Programación y Presupuesto y Coordinador General Del COPLADENAY.-

Rúbrica.- Ing. Mario Alberto Pacheco Ventura, Secretario de la Contraloría General.-

Rúbrica.- Lic. Orlando Antonio Jiménez Nieves, Secretario de Desarrollo Social.-

Rúbrica.- POR LA ENTIDAD RESPONSABLE: Ing. Gianni Raúl Ramírez Ocampo,

Secretario de Obras Públicas.- Rúbrica.- POR LA ENTIDAD EJECUTORA: C. José Ángel

Calvillo López, Presidente Municipal.- Rúbrica.- C. Griselda Sahagun González, Sindico

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8 Perió dico Of icial Miérco les 2 de Julio de 2 014 D e p e n d e n c ia E je c u to ra N o m b re l a o b ra Mu n ic ip io (s ) L o c a li d a d (e s ) Su m a CDI E s ta ta l Mu n ic ip a l U . d e Me d id a C a n ti d a d H o m b re s M u je re s 2 4 ,1 4 7 ,2 8 2 .5 2 1 6 ,9 0 3 ,0 9 7 .7 6 2 ,4 1 4 ,7 2 8 .2 5 4 ,8 2 9 ,4 5 6 .5 1 1 0 0 .0 0 % 7 0 .0 0 % 1 0 .0 0 % 2 0 .0 0 % A N E X O N o . 1 D E L A N E X O D E E J E C U C N D E F E C H A 3 D E F E B R E R O D E L 2 0 1 4 E N E L M A R C O D E L P R O G R A M A D E I N F R A E S T R U C T U R A B Á S IC A P A R A L A A T E N C N D E L O S P U E B L O S I N D ÍG E N A S In fo rm a c n d e l a o b ra , p ro y e c to o a c c n Me ta s to ta le s p o r re a li za r e n 2 0 1 4 Pe ri o d o d e e je c u c n e s ti m a d o (d ía s ) G O B IE R N O D E L E S T A D O ( H . A Y U N T A M IE N T O D E R O S A M O R A D A ) M O D E R N IZ A C IÓ N Y A M P L IA C IÓ N C A M IN O S A N JU A N B A U T IS T A -S A N M IG U E L -R O S A R IT O , T R A M O : D E L K M 0 + 0 0 0 A L K M 1 5 + 0 4 0 ; S U B T R A M O A M O D E R N IZ A R : D E L K M 0 + 0 0 0 A L K M 7 + 9 0 0 0 1 0 R O S A M O R A D A 0 0 2 9 R O S A R IT O 0 0 3 1 S A N J U A N B A U T IS T A 0 0 5 3 S A N M IG U E L K IL O M E T R O 149 701 0 138 643 0 180 T E R R A C E R IA S O B R A S D E D R E N A JE (A L C A N T A R IL L A S Y V A D O S ) B A S E H ID R Á U L IC A E s tr u c tu ra F in a n c ie ra 2 0 1 4 (Pe s o s ) B e n e fi c ia ri o s T o ta le s D e s c ri p c n d e l o s tr a b a jo s (Pr in c ip a le s p a rti d a s a e je c u ta r) 7 .9 0 0

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