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ANEXO II Lista de Nicaragua. Todos los sectores. Comercio transfronterizo de servicios

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II - NI - 1 ANEXO II Lista de Nicaragua Sector: Todos los sectores

Subsector:

Tipo de Reserva: Trato de nación más favorecida (artículo 11.04)

Descripción: Comercio transfronterizo de servicios

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que otorgue trato diferente a países de conformidad con cualquier tratado internacional bilateral o multilateral en vigor o que se suscriba con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este Tratado.

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que otorgue trato diferente a países de conformidad con cualquier tratado internacional en vigor o que se suscriba después de la fecha de entrada en vigor de este Tratado en materia de:

a) aviación; b) pesca; o

c) asuntos marítimos, incluyendo salvamento.

(2)

II - NI - 2

Sector: Cultura

Subsector:

Tipo de Reserva: Trato de nación más favorecida (artículo 11.04)

Descripción: Comercio transfronterizo de servicios

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que otorgue trato diferente a países conforme a cualquier tratado internacional bilateral o multilateral existente o futuro con respecto a asuntos culturales.

(3)

II - NI - 3 Sector: Todos los sectores

Subsector:

Tipo de Reserva: Trato nacional (artículo 11.03)

Trato de nación más favorecida (artículo 11.04)

Presencia local (artículo 11.06)

Descripción: Comercio transfronterizo de servicios

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que otorgue derechos o preferencias a las pequeñas y medianas empresas nacionales.

Medidas vigentes: Ley de Promoción, Fomento y Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Ley MIPYME), Ley No. 645, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 28 del 8 de febrero de 2008

Reglamento de Ley de Promoción y Fomento de las Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Ley MIPYME), Decreto No.17-2008, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Nº 83 del 5 de Mayo de 2008.

(4)

II - NI - 4

Sector: Asuntos relacionados con las minorías y poblaciones autóctonas

Subsector:

Tipo de Reserva: Trato nacional (artículo 11.03)

Trato de nación más favorecida (artículo 11.04)

Presencia local (artículo 11.06)

Descripción: Comercio transfronterizo de servicios

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que otorgue derechos o preferencias otorgados a las minorías social o económicamente en desventaja y poblaciones autóctonas.

Medidas vigentes: Constitución Política de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 5 del 9 de enero de 1987 y sus Reformas.

(5)

II - NI - 5 Sector: Comunicaciones

Subsector:

Tipo de Reserva: Trato de nación más favorecida (artículo 11.04)

Descripción: Comercio transfronterizo de servicios

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que conceda trato diferencial a personas de otros países debido a la aplicación de medidas recíprocas o a través de acuerdos internacionales que involucren compartir el espectro de radio, garantizar acceso al mercado o trato nacional con respecto a la transmisión satelital en una vía de servicios de televisión y audiodigitales “directo a casa” (DTH) y de “difusión directa” (DBS).

Medidas vigentes: Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales, Ley No. 200, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 154 de 18 de Agosto de 1995 y el Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales, Decreto No. 19-96, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 177 de 19 de septiembre de 1996.

(6)

II - NI - 6

Sector: Tierras costeras, islas y bancos fluviales

Subsector:

Tipo de Reserva: Trato nacional (artículo 11.03)

Descripción: Comercio transfronterizo de servicios

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a construcción, obras civiles o arquitectónicas, proyectos turísticos o de urbanización en tierras costeras, islas y bancos fluviales bajo la jurisdicción de Nicaragua. Asimismo, Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida para la protección de las riquezas naturales y del patrimonio nacional en tierras costeras, islas y bancos fluviales bajo la jurisdicción de Nicaragua.

Medidas vigentes: Constitución Política de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 5 del 9 de enero de 1987 y sus Reformas.

Ley de Espacios Marítimos de Nicaragua, Ley No. 420, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 57 del 22 de marzo de 2002.

(7)

II - NI - 7

Sector: Servicios sociales

Subsector:

Tipo de Reserva: Trato nacional (artículo 11.03)

Trato de nación más favorecida (artículo 11.04)

Presencia local (artículo 11.06)

Descripción: Comercio transfronterizo de servicios

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a la ejecución de leyes, servicios correccionales y los siguientes servicios en la medida que sean servicios que se establezcan o se mantengan por razones de interés público: seguro de desempleo, seguro y seguridad social, bienestar social, educación pública, capacitación pública, salud y atención infantil.

Medidas vigentes: Constitución Política de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 5 del 9 de enero de 1987 y sus Reformas.

(8)

II - NI - 8 Sector: Energía

Subsector:

Tipo de Reserva: Trato nacional (artículo 11.03)

Trato de nación más favorecida (artículo 11.04)

Presencia local (artículo 11.06)

Descripción: Comercio transfronterizo de servicios

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida en relación a la prestación de servicios en materia de generación y distribución de energía eléctrica.

Medidas vigentes: Constitución Política de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 5 del 9 de enero de 1987 y sus Reformas.

(9)

II - NI - 9 Sector: Hidrocarburos

Subsector:

Tipo de Reserva: Trato nacional (artículo 11.03)

Trato de nación más favorecida (artículo 11.04)

Presencia local (artículo 11.06)

Descripción: Comercio transfronterizo de servicios

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida relacionada a la prestación de servicios en el campo de la exploración y explotación de hidrocarburos.

Medidas vigentes: Constitución Política de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 5 del 9 de enero de 1987 y sus Reformas.

(10)

II - NI - 10 Sector: Comunicaciones

Subsector: Radiodifusión sonora, televisión de libre recepción y por suscripción.

Tipo de Reserva: Trato nacional (artículo 11.03)

Descripción: Comercio transfronterizo de servicios

Nicaragua se reserva el derecho de adoptar o mantener medidas relativas a la publicidad incluida en los programas transmitidos desde fuera del territorio de Nicaragua.

Medidas vigentes: Ley No. 200, Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 154 de 18 de agosto de 1995.

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