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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA

A:

ATOLINGA, ZAC.

2011

(2)

ÍNDICE

1.

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER... 2

2.

CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3.

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ... 4

INGRESOS ... 4

EGRESOS ... 5

RESULTADO DEL EJERCICIO ... 8

BANCOS ... 10

CUENTAS BALANCE ... ¡Error! Marcador no definido.

DEUDORES DIVERSOS ... ¡Error! Marcador no definido.

ACTIVO FIJO ... 12

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ... 15

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ... 16

4.

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL... 19

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ... 19

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ... 22

5.

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ... 25

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS ... 25

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ... 27

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ... ¡Error! Marcador no definido.

PROGRAMA ESTATAL DE OBRAS (PEO) (PROGRAMA PESO X PESO) ... ¡Error! Marcador no definido.

RELLENO SANITARIO ... 42

RASTRO MUNICIPAL ... 43

(3)

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN

Administración 2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos - Pliego de observaciones 5 Promoción del Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas 2 Informe a la Auditoría Superior de la

Federación -

Solicitud de Intervención del Órgano

Interno de Control1 12 Señalamientos - Promoción para el Ejercicio de la

Facultad de Comprobación Fiscal - Solicitud de Aclaración 6

Subtotal

26 Acciones Preventivas Recomendación2 15 Recomendación al Desempeño -

Subtotal

15

TOTAL

41

(4)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental.

De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Atolinga, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

(5)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Atolinga, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $22,181,979.98, los cuales se encuentran conformados por $13,415,590.52 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 87.64%. Además de $3,665,491.46 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $5,100,898.00 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados 3.5.- Programas Federales-Revisión Documental y 3.6.- Obra Pública-Revisión Física.

Resultado AF-01, Sin Observación

Se verificó que los ingresos que aparecen en los estados financieros del municipio representan operaciones efectivamente realizadas, son depositados de manera íntegra y oportuna y cumplen con la normatividad aplicable, salvo la observación que se menciona enseguida.

Resultado AF-02, Observación AF-01

Derivado de la revisión al Impuesto Predial, se observó que el municipio cuenta con contribuyentes morosos relativos a 160 predios urbanos y 277 predios rústicos.

Es preciso mencionar que durante la visita al municipio y en seguimiento a la recomendación emitida en el Informe de Resultados 2010 con número de acción AF-10/03-001 Recomendación, la Profra. Elizabeth Cortés Sandoval, Presidenta Municipal, suscribió oficio número 2002 de expediente III/12, mediante el cual señala: "Se llevó a cabo en el 2010 cartas invitación a los contribuyentes...teniendo poco éxito ya que la mayoría de los contribuyentes no han pagado, o se encuentran las casa solas, o están viviendo en los estados unidos(sic) o ya fallecieron,...". Además la C. Ma. del Refugio Sánchez Castañeda, Encargada de Oficina Predial suscribió oficio número 16 de expediente I/12, en el que se plasma cuadro comparativo de ingresos de rezagos por los años 2010 y 2011, lo que refleja el efecto de las acciones realizadas. Asimismo durante el proceso de solventación se presentó oficio número 1403, de fecha 23 de marzo de 2012, suscrito por la Profra. Elizabeth Cortés Sandoval, Presidenta Municipal, mediante el cual señala: "Vamos a analizar la situación para estudiar que es lo que podemos hacer para mejorar la recaudación de las personas morosas, derivado de la situación del municipio por ser un municipio con muchos migrantes."

AF-11/03-001 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal continuar con las acciones necesarias que permitan abatir el rezago de los contribuyentes en el pago del impuesto predial, en beneficio del erario municipal, inclusive reforzarlas con acciones de cobro coactivo en los casos que la Ley lo permita. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas. No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas. AF-11/03-002 Solicitud de

Intervención del Órgano

Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado. No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Atolinga, Zacatecas, fue por $16,997,078.07 los cuales se encuentran conformados por $10,110,921.90 de Gasto Corriente con un alcance de revisión de 20.31%. Además de $986,433.00 de Obra Pública, $1,857,520.61 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $4,042,202.56 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados 3.5.- Programas Federales-Revisión Documental y 3.6.- Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-03, Sin Observación

Se verificó que los egresos contabilizados en los estados financieros del municipio reflejan operaciones efectivamente realizadas, así mismo se constató que las erogaciones efectuadas cuentan con su respectivo soporte documental y están registradas contable y presupuestalmente, también se comprobó que las erogaciones corresponden a las actividades propias del municipio, con excepción de la observación que se menciona enseguida: Resultado AF-04, Observación AF-02

De conformidad a la revisión efectuada a los sueldos y prestaciones de los funcionarios de primer nivel, según las Reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el Decreto número 75 publicado el día 11 de diciembre de 2010 que señala las remuneraciones máximas de los servidores públicos, se observó un excedente en las percepciones otorgadas a la Profra. Elizabeth Cortés Sandoval y Lic. Antonio Castañeda Hermosillo en su carácter de Presidenta y Síndico Municipales, por un monto de $169,008.73, ya que de acuerdo a dicho Decreto los montos autorizados serían de $314,685.00, habiendo percibido un total de $483,693.73 por el periodo de abril a diciembre de 2011. El detalle de lo mencionado se presenta a continuación:

NOMBRE DEL

FUNCIONARIO PUESTO PERCEPCIONES

TOTAL PERCIBIDO PERCEPCIÓN SEGÚN CPELSZ (Abril a Dic.) DIFERENCIA PROFRA. ELIZABETH CORTÉS SANDOVAL PRESIDENTA MUNICIPAL NÓMINA 200,384.21 188,811.00 84,404.58 PAGOS VÍA COBAEZ 72,831.37 TOTAL 273,215.58 LIC. ANTONIO CASTAÑEDA HERMOSILLO SÍNDICO MUNICIPAL NÓMINA 210,478.15 125,874.00 84,604.15 TOTAL 210,478.15 TOTALES 483,693.73 314,685.00 169,008.73

Además es importante señalar que tanto en plantilla de personal como en nómina el monto asignado por percepciones del Síndico es mayor a las percepciones de la Presidenta Municipal,

AF-11/03-003 Pliego de

Observaciones

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Profra. Elizabeth Cortés Sandoval, Lic. Antonio Castañeda Hermosillo e Ing. Juan Carlos Castañeda Tejeda, quienes se desempeñaron como Presidenta, Síndico y Tesorero Municipales respectivamente, por el excedente en las percepciones otorgadas a los dos primeros, derivado de no atender las disposiciones contenidas en la reforma a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el Decreto número 75, lo que se cita por

$169,008.73; en la modalidad

de Responsables Directos todos los mencionados, para la Presidenta y Síndico Municipales, cada uno por el monto improcedente recibido de manera personal y para el Tesorero por el importe total observado. Asimismo la Presidenta Municipal como Subsidiaria por el importe otorgado en exceso al Síndico

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

contraviniendo lo establecido en el ordenamiento legal antes citado en su artículo160 fracción III.

Es preciso mencionar que durante los trabajos de campo en el municipio, al respecto presentó oficio número 443 de expediente III/11, de fecha 14 de marzo de 2011, suscrito por los C.C. Profra. Elizabeth Cortés Sandoval, Presidenta Municipal, Lic. Antonio Castañeda Hermosillo, Síndico Municipal y Profr. Adán Rodríguez Olvera, Secretario, dirigido al C. Ing. Juan Carlos Castañeda Tejeda, Tesorero Municipal, mediante el cual señalan: "...que en la primer quincena del mes de marzo y las subsecuentes no se aplique la ley de salarios máximos, ...en el acta de cabildo no. 3 de fecha del 26 de octubre de 2010, en el punto no. 11 fue rechazada por unanimidad la propuesta de ley de salarios máximos y en el acta de cabildo no. 09 de fecha del 28 de enero de 2011 en el punto no. 7, se aprobó el presupuesto de ingresos y de egresos para el ejercicio 2011 con el sueldo que el presidente y síndico del municipio vienen percibiendo desde la primer quincena de enero de 2011, además como lo establece...el artículo 115 donde se establece que el municipio es autónomo en el manejo de la hacienda pública...en el entendido de que si los recursos jurídicos interpuestos por la presidenta y el síndico resultan en su contra ellos tendrán que reintegrar a las arcas del municipio el dinero que se les haya entregado de más...”, oficio al que se anexan las dos actas de Cabildo mencionadas.

Aunado a lo anterior, en la etapa de solventación el ente auditado presentó oficio número 1403, de fecha 23 de marzo de 2012, suscrito por la C. Elizabeth Cortés Sandoval, Presidenta Municipal, mediante el cual señala: "Se les mandó una notificación tanto a la Presidenta como al Síndico, para de ser posible a la brevedad, reintegren este recurso a las arcas del municipio."; oficio número 1400 de fecha 21 de marzo de 2012, suscrito por el C. Juan Carlos Castañeda Tejeda, Tesorero Municipal, dirigido al Lic. Antonio Castañeda Hermosillo, Síndico Municipal, mediante el cual se notifica: "...se observó...la no aplicación de la Ley de Salarios Máximos, ...se determinó que Usted tiene que reintegrar a la brevedad posible la cantidad de $84,604.15...Además se le avisa que a partir de la segunda quincena del presente se aplicará a su sueldo la ley de Salarios Máximos.". Firmado de recibido; y oficio número 1401 de fecha 21 de marzo de 2012, suscrito por el C. Juan Carlos Castañeda Tejeda, Tesorero Municipal, dirigido a la Profra. Elizabeth Cortés Sandoval, Presidenta Municipal, mediante el cual se notifica: "...se observó...la no aplicación de la Ley de Salarios Máximos, ...se determinó que Usted tiene que reintegrar a la brevedad posible la cantidad de $84,404.58...Además se le avisa que a partir de la segunda

Municipal. Lo anterior con fundamento en artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 160, Tercero, Sexto y Séptimo Transitorios de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

quincena del presente se aplicará a su sueldo la ley de Salarios Máximos.". Firmado de recibido. No obstante, no se exhibe evidencia de que el recurso erogado en exceso por concepto de sueldos a funcionarios se recuperó y/o reintegró a las arcas del municipio.

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Atolinga, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2011 un Superávit por el orden de $5, 184,901.91, en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos.

(10)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-05, Sin Observación El municipio muestra un saldo en Caja por $20,000.00 al 31 de diciembre de 2011 según su Estado de Posición Financiera, habiéndose verificado que corresponde a un Fondo Fijo, del cual se comprobó su adecuado manejo, ya que no se dispone de la recaudación diaria para realizar gastos menores, asimismo el reembolso se realiza de manera oportuna, de tal forma que siempre se cuenta con recursos disponibles.

Es de importancia señalar que el Ente Fiscalizado a fin de garantizar los recursos que se utilizan en su Fondo Fijo, cuenta con un documento mercantil firmado por el encargado del mismo, el Ing. Juan Carlos Castañeda Tejada, tesorero municipal.

(11)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-06, Sin Observación

La cuenta de Bancos muestra un saldo al 31 de diciembre de 2011 de $6,149,889.12, integrado por 10 cuentas bancarias de la Institución Banorte y 1 de Bancomer, mismas que se encuentran a nombre del municipio, se verificó que el ente fiscalizado realizó en tiempo y forma los depósitos a las cuentas en mención, expide los cheques mediante el uso de firmas mancomunadas y de manera cronológica, así mismo que las chequeras se encuentran resguardadas bajo llave y no se ubicaron cheques firmados en blanco, motivo por el cual no se realizaron observaciones que hacer constar para este rubro.

(12)

INFORME DETALLADO:

DEUDORES DIVERSOS

CUENTAS BALANCE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-07, Observación AF-03

Derivado del análisis al rubro de Deudores Diversos, se verificó que el importe del saldo de dicha cuenta al cierre del ejercicio de 2011 se situó en $67,000.00, mismo que se encuentra integrado por Empleados de Base, Temporales y Otros Deudores, concluyéndose que no obstante presentar saldo, el manejo y control es adecuado, ya que excepcionalmente se efectúan préstamos a empleados, mismos que se respaldan con documentos que garantizan su recuperación consistentes en pagarés y convenios firmados.

Sin embargo se detectó un monto relevante con pagaré vencido, préstamo registrado a nombre de Braulio Rivera Castañeda, que se deriva de un convenio firmado con Gobierno Estatal para impulsar la cultura municipal, para lo cual fue necesario transferir recursos por un monto de $150,000.00 recuperables, sin embargo, a la fecha el encargado de cultura en el municipio no ha recuperado el saldo vencido por la cantidad de $55,000.00.

Cabe señalar que durante el proceso de solventación el ente auditado presentó oficio número 1403, de fecha 23 de marzo de 2012, suscrito por la C. Elizabeth Cortés Sandoval, Presidenta Municipal, mediante el cual señala: "…el Dr. Del(SIC) Centro Cultural el C. Braulio Rivera Castañeda, el cual comenta que en aproximadamente 30 días le va a llegar recurso para poder cumplir este compromiso, de no ser así se le va a denunciar penalmente...".

AF-11/03-004 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, realizar las gestiones correspondientes con la finalidad de recuperar la totalidad de los préstamos otorgados, de igual manera se recomienda abstenerse de realizar préstamos y en el caso que correspondan a anticipos a empleados, establecer lineamientos previa autorización de Cabildo, que permitan su recuperación al término del ejercicio fiscal que corresponda, ya que los recursos financieros del municipio deben ser aplicados única y exclusivamente en los conceptos autorizados en el Presupuesto de Egresos. Lo anterior con apego a los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

No Solventa

En virtud de que la entidad fiscalizada no manifestó conformidad respecto de la recomendación realizada.

AF-11/03-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva

en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 fue por $6,469,445.51. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $420,832.39, de las cuales $101,361.39 (24.09%) se realizaron con Recursos Propios, y $319,471.00 (75.91%) con Recursos Federales, es conveniente señalar que de dicho monto no fue incorporado al Activo Fijo y Patrimonio del municipio la cantidad de $10,171.00 de bienes adquiridos con recursos del Fondo III, situación que se plasma en el Resultado siguiente.

Resultado PF-01, Observación PF-01

Durante el ejercicio 2011 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $319,471.00, el cual deriva de la aplicación de recursos del Fondo III 2010 por $10,171.00 y con Fondo IV 2011 por $309,300.00 las cuales fueron incluidas en las cuentas de: equipo de cómputo y comunicación y vehículos y equipo terrestre; es conveniente señalar que las adquisiciones en cita fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio del municipio, con excepción de 1 computadora intel core 13 3.06 GH y 1 impresora Laser Jet ML-1660 17PPM 1200X6008M por un total de $10,171.00.

PF-11/03-001 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación al Activo Fijo e incremento al Patrimonio del municipio las adquisiciones realizadas con recursos del Fondo III (2010) por la cantidad de $10,171.00,

correspondientes a 1 computadora intel core 13 3.06 GH. y 1 impresora Laser Jet ML-1660 17PPM 1200X6008M, asimismo sean consideradas en el inventario del municipio, conservando sus vales de resguardo respectivos.

Se solventa.

Resultado AF-08, Observación AF-04

Derivado de la revisión física efectuada al inventario de bienes muebles propiedad del municipio, se observó que no se cuenta con resguardos firmados, etiquetas que identifiquen los bienes como propiedad del municipio ni número de inventario para el control de los mismos.

AF-11/03-006 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, realice las acciones necesarias para regularizar la situación actual de su inventario de bienes muebles, asignando un número a cada bien que lo integre, así como plasmarlo en el bien mueble mediante el uso de etiquetas que faciliten su control e identificación como propiedad del municipio, además de elaborar los resguardos correspondientes,

debidamente firmados por los responsables de los

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

bienes y por los funcionarios facultados para hacerlo, presentando a esta Auditoría Superior del Estado la evidencia fotográfica y documental de dichas acciones. Lo anterior con fundamento en los artículos 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/03-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-09, Observación AF-05

Derivado de la revisión a los expedientes de los bienes inmuebles propiedad del municipio de Atolinga, Zacatecas, se observó que el ente auditado informa un total de 17, de los cuales 8 no se encuentran escriturados e inscritos en el Registro Público de la Propiedad, mismos que se detallan en el recuadro siguiente:

No. CLAVE CATASTRAL DEL PREDIO DESCRIPCIÓN Y/O UTILIZACIÓN UBICACIÓN

1 1-03-13 DIF MUNICIPAL CALLE GENARO CODINA JUNTO AL CENTRO DE SALUD 2 SIN CLAVE ESC. PRIMARIA RURAL LOS

ADOBES LOS ADOBES 3 SIN CLAVE TERRENO POZO AGUA

POTABLE EL CERRITO PELÓN

4 SIN CLAVE POZO TEXAS AL NORESTE DE LA POBLACIÓN

5 SIN CLAVE ESCUELA SECUNDARIA LIC.

BENITO JUÁREZ AL NORTE DE LA POBLACIÓN 6 SIN CLAVE ESC. PRIMARIA VICENTE

GUERRERO

AL NORTE DE LA POBLACIÓN POR LA CALLE NIÑOS HÉROES

7 SIN CLAVE PRESIDENCIA MUNICIPAL

ENTRE LAS CALLES GENARO CODINA , N. HÉROES Y MIGUEL HIDALGO

8 SIN CLAVE PANTEON MUNICIPAL PROLONGACIÓN NORTE CALLE N. HEROÉS

AF-11/03-008 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal que por conducto del Síndico, lleve a cabo ante las instancias correspondientes la escrituración de los bienes inmuebles propiedad del municipio y su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, conformando los expedientes respectivos con los documentos que se deriven de estos trámites para su seguimiento. Lo antes señalado con sustento en los artículos 78 fracción V y 152 de la Ley Orgánica del Municipio, así

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

como el artículo 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios.

AF-11/03-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(16)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-10, Sin Observación

El municipio de Atolinga, Zacatecas, presentó saldo al 31 de diciembre de 2011 en el rubro de Pasivos por la cantidad de $840,412.84, el cual se integra por Deuda Pública a Corto Plazo por $10,400.00, (1.24%), Acreedores Diversos $829,803.87 (98.74%) e Impuestos y Retenciones por Pagar $208.97 (0.02%); observándose un incremento del 15.34% en relación con el saldo al cierre del ejercicio anterior.

Resultado AF-11, Observación AF-06

El municipio presentó en su Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011, saldo en la cuenta de Acreedores Diversos por $829,803.87, el saldo en cita se incrementó en 13.90% respecto del saldo registrado al cierre del ejercicio anterior. Al revisar este rubro se observó cuentas sin movimiento alguno durante el ejercicio, lo que suma un monto de $136,142.74, integrado por seis acreedores de nómina que no tuvieron incrementos o amortizaciones.

Es de importancia señalar que durante el proceso de solventación el ente auditado presentó oficio número 1403, de fecha 23 de marzo de 2012, suscrito por la C. Elizabeth Cortés Sandoval, Presidenta Municipal, mediante el cual señala: "Se someterá al Cabildo para ver si se cancelan o si se cubren los montos a estos acreedores diversos que corresponden a la administración anterior y que son de deudas de liquidaciones a trabajadores de la administración anterio(SIC)."

AF-11/03-010 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, verificar la procedencia legal de los adeudos relativos a Acreedores Diversos que no presentaron movimiento alguno durante el ejercicio, a fin de que el municipio dentro de sus posibilidades realice el pago correspondiente, o en su caso, la cancelación procedente previa autorización del H. Ayuntamiento, exhibiendo a este Ente Superior de Fiscalización la evidencia documental de las acciones realizadas. Lo anterior con fundamento en el artículo 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192,193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, en virtud de

que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. AF-11/03-011 Solicitud de

Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se

deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades

(17)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y

ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma, además se verificó en forma general la normatividad aplicable al municipio.

El municipio de Atolinga, Zacatecas, presentó dos modificaciones a sus presupuestos de Ingresos y Egresos del ejercicio 2011, según consta en Actas Ordinarias números 21 del 25 de julio y 30 del 18 de noviembre de 2011.

En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2011, el municipio recaudó y recibió 7.71 % más de lo presupuestado, observándose incrementos en las cuentas de Participaciones, Otros Programas y Ramo 20 y Aportaciones Federales; asimismo existe un subejercicio en el presupuesto de Egresos del 17.47%, registrándose el único desfase en la cuenta de Servicios Generales.

Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, cabe señalar que el decremento en los Egresos es mayor al recibido y recaudado en los Ingresos, situación conveniente para el municipio. Resultado AF-12, Observación AF-07

Derivado de la revisión a los expedientes del parque vehicular se observó que se cuenta con los ya mencionados, sin embargo, únicamente se integran con facturas, mientras que el pago de tenencia vehicular se mantiene bajo resguardo del titular de tesorería.

Adicionalmente se determinaron las siguientes observaciones derivadas de la revisión física al parque vehicular:

1. El municipio sólo tiene tres unidades aseguradas, de las cuales una fue robada durante el ejercicio 2011, exhibiendo el expediente de los trámites legales conducentes; no obstante, por el resto de los vehículos se observa que la falta de seguro expone en gran medida a situaciones de siniestro y/o robo de las unidades; además respecto a los conductores responsables de las unidades oficiales se encontró que no cuentan con licencia de manejo.

2. Se observa además que los vehículos no cuentan con logo y

AF-11/03-012 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, llevar a cabo las acciones necesarias tendientes a regularizar cada una de las unidades que comprende el parque vehicular propiedad del municipio, renovando los documentos correspondientes a la tenencia de los vehículos que no cuentan con el pago de dicho impuesto y con las placas respectivas, además de colocar número económico y logo a las unidades que faciliten su identificación como vehículos oficiales; así como en la medida de sus posibilidades asegurar a aquellos que representen mayor riesgo, evitando erogaciones que afecten el erario municipal, en caso de accidentes y siniestros. Además solicitar al personal que conduce vehículos oficiales que actualicen su licencia de manejo.

También se recomienda dar seguimiento al procedimiento legal para hacer efectivo el seguro del vehículo sustraído, así como actualizar la relación de inventario de vehículos y los expedientes por cada unidad que integre el parque, anexando fotografía, póliza de seguro en el caso de los que cuenten con ello,

No solventa, en virtud de que

la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

(18)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y

ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

número económico que los identifique como propiedad del municipio y/o vehículos oficiales. 3. De igual forma se encontraron

vehículos sin placas, por ende sin tenencia actualizada.

4. Asimismo se detectó que no se encuentra actualizada la relación del inventario de parque vehicular, y que no se cuenta con resguardos firmados para el mismo.

copia de la licencia del usuario autorizado para conducir el vehículo, elaborar los resguardos correspondientes firmados por los responsables y funcionarios facultados para hacerlo e integrarlos al mismo, así como todos los documentos que se deriven y consideren necesarios que acredite la propiedad a favor del municipio, para la identificación y resguardo de los mismos. Lo anterior atendiendo a lo señalado en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII y 155 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/03-013 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva

en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades

Administrativas.

Resultado AF-13, Observación AF-08 De la revisión efectuada al expediente del Presupuesto de Egresos presentado por el municipio de Atolinga, Zacatecas, se detectó que no contiene el Tabulador desglosado de las remuneraciones que deberán percibir los servidores públicos de dicho municipio, de conformidad con los preceptos establecidos en el Decreto número 75 publicado en Periódico Oficial el 11 de diciembre de 2010, que contiene las reformas y Adiciones a Diversas Disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

AF-11/03-014 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, elaborar e implementar un tabulador de Sueldos y Salarios en donde se señalen las categorías que existen, así como las percepciones que se asignen a cada una de ellas, así mismo someterlo ante el H. Ayuntamiento para su correspondiente autorización, cuidando en todo momento los límites establecidos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI penúltimo párrafo, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, 65 fracción XII, 119 fracción III y 160 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, en virtud de que

la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

(19)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y

ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

AF-11/03-015 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva

en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades

(20)

INFORME DETALLADO:

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2011 fue por el orden de $2,358,398.00 el cual fue distribuido de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras por un importe de $2,240,478.00, 3.00% para Gastos Indirectos por $70,752.00 y el 2.00% restante por $47,168.00 para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre del 2011 los recursos fueron aplicados solamente en 1.30% y revisado documentalmente lo relativo a dicho porcentaje. Además de los recursos ya citados, se recibió un monto de $1,028.00 derivado de Rendimientos Financieros del año 2010.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican: Resultado PF-01, Observación PF-01

Durante el ejercicio 2011 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $319,471.00, el cual deriva de la aplicación de recursos del Fondo III 2010 por $10,171.00 y con Fondo IV 2011 por $309,300.00 las cuales fueron incluidas en las cuentas de: equipo de cómputo y comunicación y vehículos y equipo terrestre; es conveniente señalar que las adquisiciones en cita fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio del municipio, con excepción de 1 computadora intel core 13 3.06 GH y 1 impresora Laser Jet ML-1660 17PPM 1200X6008M por un total de $10,171.00.

PF-11/03-001 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación al Activo Fijo e incremento al Patrimonio del municipio las adquisiciones realizadas con recursos del Fondo III (2010) por la cantidad de $10,171.00, correspondientes a 1 computadora intel core 13 3.06 GH. y 1 impresora Laser Jet ML-1660 17PPM 1200X6008M, asimismo sean consideradas en el inventario del municipio, conservando sus vales de resguardo respectivos.

Se solventa

Resultado PF-02, Observación PF-02 En Fondo III, se aprobaron las acciones denominadas “Supervisión y apoyo al Ramo 33 Fondo III y IV” y “Asesoría Técnica” para las cuales el municipio realizó erogaciones a favor de la Secretaría de Finanzas correspondientes a aportaciones a la Dependencia Normativa provenientes de Gastos Indirectos y Desarrollo Institucional, sin embargo no fueron exhibidos los convenios de colaboración celebrados entre dicha Dependencia y el municipio, que formalicen y justifiquen las aportaciones realizadas.

PF-11/03-002 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado, que con relación a las aportaciones realizadas a la Secretaría de Finanzas para supervisión, apoyo y asesoría respecto del Ramo 33, además de los recibos oficiales que soportan el pago, se integre al expediente unitario respectivo, el convenio de colaboración celebrado entre dicha Dependencia y el municipio, que formalice y justifique las erogaciones realizadas.

No se solventa, y se

deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

PF-11/03-003 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se

deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-03, Observación PF-03 Derivado de la revisión al auxiliar de Bancos del Sistema Automatizado de Contabilidad

PF-11/03-004 Promoción para el

Fincamiento de Responsabilidades

Administrativas

Esta acción se

promoverá ante las

(21)

INFORME DETALLADO:

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Gubernamental (SACG) y con base en el Informe Físico Financiero presentado por el municipio, se detectó que el municipio presentó subejercicio presupuestal del 98.70% relativo al Fondo III del ejercicio fiscal 2011 de la cuenta bancaria de Banorte número 0673622006 al 31 de diciembre de 2011; siendo importante señalar que a la fecha de revisión del 29 de febrero de 2012, subsistía un subejercicio del 83.80%, lo que refleja un inadecuado control programático y presupuestal al no realizar las obras y/o acciones dentro del ejercicio fiscal para el que fueron programadas, no logrando cumplir con las metas y objetivos del Fondo, situación que expone a la Entidad Municipal, a que los recursos no ejercidos sean requeridos por la Federación para su reintegro, en afectación a la población con rezago social y pobreza extrema de ese municipio y en incumplimiento con lo establecido en el artículo 25 fracciones II, IV y V del Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2011, artículo 114 fracciones II, V, VIII y IX de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 5º fracción III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. Profra. Elizabeth Cortés Sandoval e Ignacio Fonseca Yepez, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidenta Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, al haber presentado un subejercicio del 98.70% de los recursos de Fondo III 2011, además de que a la fecha de revisión 29 de febrero de 2012 el importe sin ejercer es del 83.80% del techo financiero de Fondo III 2011, situación que denota afectación a los beneficiarios de las obras y/o acciones, considerando que la aplicación de los recursos se destinan para personas con pobreza extrema y rezago social, reflejando un inadecuado control programático y presupuestal al no realizar las obras y/o acciones dentro del ejercicio fiscal para el que fueron programadas, no logrando cumplir las metas y objetivos del Fondo y en consecuencia el incumplimiento con lo establecido en el artículo 25 fracciones II, IV y V del Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2011, artículo 114 fracciones II, V, VIII y IX de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 5º fracción III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estados y Municipios de Zacatecas.

correspondientes según sea el caso,

siendo estas la

Legislatura del Estado o la Contraloría Interna

de Gobierno del

Estado.

Resultado PF-04, Observación PF-04 Del análisis realizado a las Actas de Consejo de Desarrollo Municipal, se corroboró que en la autorización de las obras y/o acciones a ejecutar con recursos del Fondo III, éstas no indican el monto presupuestado y/o aprobado para su aplicación, desconociéndose la inversión del techo financiero autorizado para el

PF-11/03-005 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado que en las actas del Consejo de Desarrollo Municipal correspondientes a las obras y/o acciones a realizarse con Recursos Federales del Fondo III, se señale en forma específica, número, nombre, ubicación y costo de cada una de ellas, con el fin de contar con un control presupuestal y financiero adecuado, que

No se solventa, y se

deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(22)

INFORME DETALLADO:

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

municipio, así como su distribución; lo que demuestra un deficiente control interno en la planeación, programación y presupuestación del Fondo.

Lo anterior incumpliendo lo establecido en los artículos 4 fracciones I y V, 49 fracción XVI párrafo segundo y 172 de la Ley Orgánica del Municipio con relación a los artículos 41 de la misma y el 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

permita la correcta aplicación de los recursos.

PF-11/03-006 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se

deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-05, Observación PF-05 Al cotejar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo III, del ejercicio fiscal 2011, se detectó incongruencia entre la información exhibida por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, lo que no permite tener información veraz, confiable y oportuna respecto del ejercicio de los recursos, afectando la toma de decisiones del municipio.

PF-11/03-007 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III, se registren cifras, datos reales y precisos derivados de la conciliación periódica de la información de las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, asimismo se incluya la totalidad de la misma, de manera que se tenga confiabilidad en la información emitida, necesaria para la toma de decisiones en la programación y ejercicio de los recursos.

No se solventa, y se

deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

PF-11/03-008 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se

deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(23)

INFORME DETALLADO:

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Por lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $1,259,713.00, fueron aplicados en un 74.39% en el rubro de Obligaciones Financieras por $937,083.58 y en Adquisiciones el 25.61% restante por $322,629.42. El ejercicio de los recursos y la revisión documental se realizó en un 100.00% al 31 de diciembre del 2011. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $500.00.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican: Resultado PF-06, Observación PF-06

Con recursos de Fondo IV se realizó la adquisición de 1 vehículo nuevo Toyota RAV4 base 3 filas modelo 2011 motor 2.5 importado color exterior arena metálica, color interior beige de 4 velocidades, serie número 00001000000102490972 con valor de $309,300.00.

Derivado de la inspección física realizada en auditoría de campo a las adquisiciones del Fondo IV, se detectó la inexistencia de dicho vehículo, del cual los Funcionarios Municipales informaron de manera verbal el robo del mismo durante el trayecto a una comisión a la Cd. de México, presentando al respecto denuncia de robo ante la Lic. Silvia Carapia Ortíz, Agente Segundo del Ministerio Público Investigador en fecha 17 de enero de 2012 en la ciudad de Maravatío de Ocampo, Michoacán, presentada por el C. Ignacio Fonseca Yepez, Director de Desarrollo Económico y Social del municipio de Atolinga, así como Comparecencia Ministerial a cargo del C. Antonio Castañeda Hermosillo, Síndico Municipal, y reporte de robo ante la Subprocuraduría Regional de Justicia del municipio de Maravatío de Ocampo, Michoacán con número de Averiguación Previa Penal número 001/2012-II en contra de quien resulte responsable, por la comisión de ilícito de robo de vehículo en agravio del municipio de Atolinga, Zacatecas.

Es conveniente señalar la incongruencia entre el destino de la comisión (Cd. de México) y el lugar al que se dirigían cuando se efectuó el robo (Michoacán) rutas geográficamente distintas; no presentaron elementos probatorios de que, con relación a dicho viaje, se estuviesen realizando actividades propias del municipio, afectando por tanto el patrimonio del mismo.

PF-11/03-009 Promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas

La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. Profra. Elizabeth Cortés Sandoval, Antonio Castañeda Hermosillo e Ignacio Fonseca Yepez, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidenta y Síndico Municipales y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, al no exhibir documentos que justifiquen y comprueben que los funcionarios municipales realizaban en la fecha del robo del vehículo propiedad del municipio, una comisión de carácter oficial. De igual manera al no aclarar y justificar la incongruencia en las rutas trazadas, ya que de acuerdo a la denuncia presentada por los mismos, se dirigían a la ciudad de México para atender dicha comisión, y al momento del robo se encontraban aparentemente en dirección a la ciudad de

Esta acción se promoverá

ante las autoridades

correspondientes según

sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la

Contraloría Interna de

(24)

INFORME DETALLADO:

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Michoacán, rutas que geográficamente son distantes una de la otra. Lo anterior en incumplimiento con lo establecido en los artículos 74 fracción III, X y XXIV, 78, 97, 155, 156 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio, 7, 39 y 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado PF-07, Observación PF-07

Al cotejar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo IV, del ejercicio fiscal 2011, se detectó incongruencia entre la información exhibida por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, lo que no permite tener información veraz, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos, afectando la toma de decisiones del municipio.

PF-11/03-010 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo IV, se registren cifras, datos reales y precisos derivados de la conciliación periódica de la información de las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, asimismo se incluya la totalidad de la misma, de manera que se tenga confiabilidad en la información emitida, necesaria para la toma de decisiones en la programación y ejercicio de los recursos.

No se solventa, y se deriva

en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades

Administrativas.

PF-11/03-011 Solicitud de

Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva

en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades

(25)

INFORME DETALLADO:

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Del Programa 3X1 para Migrantes se revisaron documentalmente recursos por un monto total de $412,336.00, correspondientes a la muestra de una obra, misma que fue aprobada en el rubro de Infraestructura Básica de Obras. La aplicación y revisión documental de los recursos se realizó en un 100.00% al 31 de diciembre de 2011.

(26)

INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Sin Observación

Para la ejecución del Programa Municipal de Obras del ejercicio 2011, se asignó un importe de $1,262,572.00; al 31 de diciembre, el municipio ejerció un monto de $1,360,725.87; presentando un sobreejercicio del 7.78%. Así mismo según informe del mes de diciembre presentado por el municipio de 10 obras programadas, 9 fueron terminadas y 1 no se inició, la cual corresponde a mejoramiento a la vivienda; presentando en general, cumplimiento en su ejecución.

(27)

INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-02, Sin Observación

Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

(28)

INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 3 (tres) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-03, Observación OP-01

Para la obra "Construcción de red de agua potable en fraccionamiento San Cayetano, Atolinga" se aprobó un monto de $305,979.00 mediante Acta de Consejo de Desarrollo Municipal en reunión de fecha 30 de septiembre de 2011; fue asignada por adjudicación directa al contratista Emanuel Castro Rosales; se suscribió el contrato s/n de fecha 16 de febrero de 2012, con fecha de inicio del 16 de febrero al 30 de abril de 2012, para la construcción de 581.00 ml de línea de agua potable que ampara los siguientes conceptos:

Excavaciones en terreno, tendido de tubería de PVC 2", prueba hidrostática, conexión a red general, relleno apisonado, colocación de tomas domiciliarias, medidores y piezas especiales.

Durante la revisión física realizada el día 8 de marzo de 2012, la obra se encontró en proceso de construcción, con un avance físico del 10% con personal trabajando en la misma, del análisis a los conceptos relacionados en el presupuesto presentado en el expediente de dicha obra, se encontró que del total de los conceptos, a la fecha sólo se ha ejecutado la excavación al 100% y suministro y colocación de 324.00 ml de tubería de PVC RD-26 de 2", conceptos realizados por un importe de $24,811.39, según se detalla a continuación: Conceptos realizados N o. CONCE PTOS DE OBRA (PREP ONDER ANTES) U NI D A D PR ECI O UNI TA RIO (SI N/I VA) VOLUMEN Y/O CANTIDAD DE OBRA EJEC UTA DO IMPORTE 1 EXCAV ACIÓN M 3 76. 50 244.0 2 18,667.53 OP-11/03-001 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal que con relación a la obra "Construcción de red de agua potable en fraccionamiento San Cayetano, Atolinga" realizada mediante el Fondo III, se presente para efectos de aclaración la documentación técnico social y financiera consistente en: catálogo de conceptos presentado por la empresa constructora, fianzas de anticipo, cumplimiento del contrato y vicios ocultos, estimaciones, números generadores bitácora, reporte de supervisión, reporte fotográfico, pruebas de laboratorio, acta de entrega-recepción y finiquito, así como pólizas cheque y documentación comprobatoria relativa al recurso aún no erogado por el orden de $214,185.30 que permita constatar la conclusión de la obra, programada para el 30 de abril de 2012, respecto de la cual se ha erogado el 30% de anticipo correspondiente, lo que se cita para comprobar la correcta aplicación de los recursos aprobados para la misma.

No solventa. Se reitera la

solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(29)

INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Y AFINE DE TERRE NO 2 TENDID O DE TUBERI A 2" PVC HCO. M L 8.4 0 324.0 0 2,721.60 SUB TOT AL: 21,3 89.1 3 IVA: 3,42 2.26 TOT AL: 24,8 11.3 9

Cabe hacer mención que el expediente unitario no contiene el catálogo de conceptos contratados por la empresa, asimismo a la fecha de revisión no se ha presentado estimación alguna, sólo se ha entregado el anticipo por un importe de $91,793.70, dicho recurso fue registrado en póliza relativa al cheque número 7 de fecha 17 de febrero de 2012, comprobado con la factura número 146, por el monto ya referido, expedida por Emanuel Castañeda Rosales. Considerando el monto total aprobado, aún no se han liberado recursos por la cantidad de $214,185.30, ni se ha presentado documentación técnico social relativa a la obra.

Resultado OP-04, Observación OP-02

Para la obra "Construcción de red de drenaje en fraccionamiento San Cayetano, Atolinga" se aprobó un monto de $830,527.00, mediante Acta de Consejo de Desarrollo Municipal en reunión de fecha 30 de septiembre de 2011, fue asignada por adjudicación directa al contratista Emanuel Castro Rosales, se suscribió contrato s/n de fecha 16 de febrero de 2012, por un importe de $733,276.00, con fecha de inicio del 16 de febrero al 30 de abril de 2012, para la construcción de 581.00 ml de drenaje que ampara los

OP-11/03-002 Solicitud de

Aclaración

Se solicita a la Administración Municipal que con relación a la obra "Construcción de red de drenaje en fraccionamiento San Cayetano, Atolinga" realizada mediante el Fondo III, se presente para efectos de aclaración la documentación técnico social y financiera consistente en: catálogo de

No solventa. Se reitera la

solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(30)

INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

siguientes conceptos:

Excavaciones en terreno, tendido de tubería de 8" y 6", construcción de pozos de visita, relleno apisonado, conexión a red de descarga, retiro de material, descargas domiciliarias, colocación de codos, silletas y brocal con tapa.

Durante la revisión física realizada el día 8 de marzo de 2012, la obra se encontró en proceso de construcción, con un avance físico del 10% con personal trabajando en la misma; del análisis a los conceptos preponderantes revisados se determinó que de los conceptos presupuestados, a la fecha sólo se ha ejecutado la excavación al 30%, por un importe de $26,810.13, falta realizar conceptos de obra por la cantidad de $706,465.87, según el monto contratado. Es conveniente señalar que material relativo a esta obra, se encontraba en el lugar de construcción de la misma.

Cabe hacer mención que no se presentó el catálogo de conceptos contratados por la empresa, asimismo a la fecha no se ha exhibido estimación alguna, sólo se ha entregado el anticipo que corresponde al 30% del monto contratado siendo este de $219,983.01, sin presentar la fianza correspondiente.

Durante la revisión documental se constató la liberación del anticipo citado por el orden de $219,983.01 registrado en la póliza relativa al cheque número 8 de fecha 17 de febrero de 2012, comprobado con la factura número 148, por el monto ya referido, expedida por Emanuel Castañeda Rosales. Considerando el monto total contratado, aún no se han liberado recursos por la cantidad de $513,292.99, asimismo no se ha presentado la documentación técnico social relativa a la obra.

conceptos contratados con la empresa constructora, fianzas de anticipo, cumplimiento del contrato y vicios ocultos, estimaciones, números generadores bitácora, reporte de supervisión, reporte fotográfico, pruebas de laboratorio, acta de entrega-recepción y finiquito, así como pólizas cheque y documentación comprobatoria relativa al recurso aún no ejercido por el orden de $513,292.99 que permitan constatar la conclusión de la obra, programada para el 30 de abril de 2012, respecto de la cual se ha erogado el 30% de anticipo correspondiente, lo que se cita para comprobar la correcta aplicación de los recursos aprobados para la misma.

Resultado OP-05, Observación OP-03

Para la obra "Electrificación del fraccionamiento San Cayetano, Atolinga", se aprobó un monto de $1,103,972.00, aprobada mediante Acta de Consejo de Desarrollo Municipal en reunión de fecha 30 de septiembre de 2011 fue asignada por adjudicación directa al contratista Emanuel Castro Rosales se desconoce si se suscribió contrato ya que no fue presentado, asimismo se desconoce el importe

OP-11/03-003 Solicitud de

Aclaración

Se solicita a la Administración Municipal que con relación a la obra "Electrificación del fraccionamiento San Cayetano, Atolinga" aprobada en Fondo III, se presente para efectos de aclaración pólizas cheque relativas y documentación

No solventa. Se reitera la

solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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