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Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de Gases de Efecto Invernadero

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Academic year: 2021

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Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de Gases de

Efecto Invernadero

Trámites englobados en el procedimiento con la documentación a

presentar y los plazos de solicitud

Hay seis trámites distintos:

1) Autorización de Emisión de Gases de Efecto Invernadero

Documentación a presentar

 Solicitud de Autorización de Emisión de Gases de Efecto Invernadero (Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).

 Anexos:

o Plan de Seguimiento de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero de la instalación,

o Comprobantes de que cada uno de los flujos fuente de la instalación respeta los umbrales de incertidumbre aplicables,

o Resultados de la evaluación de riesgos,

o Información acreditativa de la titularidad de la instalación (poder bastanteado por la Comunidad de Madrid), Información relativa a la modificación de datos, en su caso,

o Información relativa a la modificación de datos, en su caso. Tramitación

1. Presentación de la solicitud y de la documentación correspondiente dirigida a la Dirección General del Medio Ambiente.

2. Comprobación de la documentación por parte del órgano competente, y requerimiento de subsanación al titular en su caso.

3. Concesión de la autorización de la empresa en su caso y comunicación al interesado de las obligaciones recogidas en ella, así como al órgano estatal competente.

Plazo de solicitud

 3º periodo (2013-2020):

o Instalaciones existentes: antes de 31 de diciembre de 2010.

o Nuevos entrantes: 9 meses antes de la fecha prevista de entrada en funcionamiento.

(2)

2) Asignación de Derechos de Emisión de Gases de Efecto Invernadero

Nota: La información será remitida al órgano estatal competente (la Oficina Española de Cambio Climático) de acuerdo al artículo 19.1 de la Ley 1/2005. Las instrucciones para cumplimentar la información a enviar, así como los modelos se pueden encontrar en el siguiente enlace: http://www.magrama.gob.es/es/cambio-climatico/participacion-publica/sol20132020.aspx (si el enlace no funciona, buscar el apartado de Solicitud de Derechos de Asignación del periodo en curso en: la página web del Ministerio con competencias en Medio Ambiente)

Documentación a presentar

 Solicitud de Asignación de Derechos de Emisión de Gases de Efecto

Invernadero, modelo de la Comunidad de Madrid con el único fin de remisión de la documentación al órgano estatal (Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).

 Anexos:

o Informe metodológico nuevos entrantes y cambios,

o Formulario de recogida de datos nuevos entrantes y cambios. Tramitación Comunidad de Madrid

1. Presentación de la solicitud y de la documentación correspondiente dirigida a la Dirección General del Medio Ambiente.

2. Remisión de la documentación al órgano estatal competente responsable del trámite.

Plazo de solicitud

 3º periodo (2013-2020):

o Instalaciones existentes: 22 meses antes del inicio del periodo.

o Nuevos entrantes: una vez que dispongan de autorización. Para poder realizar esta solicitud además es necesario cumplir los requisitos de “inicio de funcionamiento normal”, que la actividad llevada a cabo sea susceptible de recibir asignación gratuita y presentar el informe verificado de solicitud de asignación (ver la Decisión 2011/278/UE).

(3)

3) Valoración del Informe Verificado de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero

Documentación a presentar

 Solicitud de Valoración del Informe Verificado de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).

 Anexos:

o Informe Verificado de Emisiones elaborado por el titular,

o Informe y Declaración responsable de la Entidad de Verificación, o Hojas de cálculo de las emisiones,

o Documentos justificativos del consumo de materias primas y combustibles.

Tramitación

1. Presentación de la solicitud y de la documentación correspondiente dirigida a la Dirección General del Medio Ambiente.

2. Comprobación de la documentación por parte del órgano competente, y requerimiento de subsanación al titular en su caso.

3. Inscripción de los derechos en el Registro Europeo en su caso. La Dirección General del Medio Ambiente tiene costumbre de dictar Resolución de éste trámite y de enviarla a la instalación, así como al órgano estatal competente. Plazo de solicitud

 Antes del 28 de febrero del año siguiente al verificado.

 Antes del 31 de marzo del año siguiente al verificado, para las instalaciones que cuentan con Resolución de Exclusión.

(4)

4) Modificación del Plan de Seguimiento de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero

Documentación a presentar

 Solicitud de Modificación del Plan de Seguimiento de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).

 Anexos:

o Plan de Seguimiento de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero de la instalación.

o Comprobantes de que cada uno de los flujos fuente de la instalación respeta los umbrales de incertidumbre aplicables.

o Resultados de la evaluación de riesgos. Tramitación

1. Presentación de la solicitud y de la documentación correspondiente dirigida a la Dirección General del Medio Ambiente.

2. Comprobación de la documentación por parte del órgano competente, y requerimiento de subsanación al titular en su caso.

3. Aprobación del Plan de Seguimiento modificado en su caso y comunicación al interesado.

Plazo de solicitud

 En cualquier momento tras la aprobación del Plan de Seguimiento inicial en el momento de tramitar la Autorización. El titular deberá notificar sin demora injustificada las eventuales propuestas de modificación del plan de seguimiento.

(5)

5) Notificación Complementaria y de Mejoras

Documentación a presentar

 Notificación Complementaria y de Mejoras. (Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha). En el primer caso se trata de un informe complementario a la verificación anual debido a irregularidades o

recomendaciones de mejora (para empresas no IBE en este caso), señaladas por el verificador. En el segundo se trata de justificaciones de uso de nivel inferior al obligatorio, con una periodicidad de entrega en función de la categoría de la instalación.

 Anexo:

o Informe complementario y de mejoras (documento conjunto) Tramitación

1. Presentación de la solicitud y de la documentación correspondiente dirigida a la Dirección General del Medio Ambiente.

2. Comprobación de la documentación por parte del órgano competente, y requerimiento de subsanación al titular en su caso.

3. Aprobación en su caso de la información complementaria y de mejoras. Plazo de presentación

 Antes de 30 de junio de cada año. Si el titular necesita una prórroga, deberá solicitarla a la autoridad competente con la antelación necesaria. La

presentación no podrá ser posterior al 30 de septiembre en todo caso.

 En el caso del Informe de mejoras la periodicidad de entrega viene marcada en función de la categoría de la instalación:

o Instalación de categoría A: cada 4 años. o Instalación de categoría B: cada 2 años. o Instalación de categoría C: cada año.

(6)

6) Notificación de cambios de actividad

Documentación a presentar

 Notificación de cambios de actividad. (Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).

 Anexos:

o Si ha habido cambios con impacto en la asignación:  Informe metodológico nuevos entrantes y cambios,

 Formulario de recogida de datos nuevos entrantes y cambios. o Si ha habido cambios sin impacto en la asignación:

 Formulario simplificado para la notificación de cambios en la instalación que no supongan modificación en el nivel de asignación.

o Si no ha habido cambios:

 Declaración responsable del representante Informando de que no hay cambios que notificar.

Tramitación

1. Presentación de la solicitud y de la documentación correspondiente dirigida a la Dirección General del Medio Ambiente.

2. Remisión de la documentación al órgano estatal competente responsable del trámite.

Plazo de presentación

 Antes de 31 de diciembre de cada año. La obligación de información incluye los cambios de capacidad, del nivel de actividad y del funcionamiento, tanto los efectivos como los previstos.

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