MEJORAMIENTO DE CARRETERAS PROYECTOS DE
INVERSIÓN PÚBLICA Y ACTUALIZACIÓN DE PARAMETROS
EN EL SNIP
A fin de establecer los contenidos específicos para la viabilidad de proyectos que tengan por finalidad el mejoramiento de carreteras, cuyos estudios de Perfil y Factibilidad se contraten en paquete. Con el fin de optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión en infraestructura de transportes, así como actualizar los parámetros de formulación y evaluación aplicables a los proyectos de inversión pública, entre los cuales, se incorporan las Normas Técnicas relacionadas con la accesibilidad y seguridad de las personas con discapacidad; se establece la Tasa Social de Descuento General en 9%; entre otros se han dictado las siguientes normas:
APRUEBAN DISPOSICIONES ESPECIALES PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE MEJORAMIENTO DE CARRETERAS Y ACTUALIZA PARÁMETROS
DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA
Resolución Directoral N° 006-2012-EF/63.01
(Publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 24 de Julio de 2012) CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3° de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificado por el artículo único de la Ley Nº 28802, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF-43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política de Inversiones, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública y dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública;
Que, el literal m) del numeral 3.2 del artículo 3° del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 102- 2007-EF, señala que la Dirección General de Política de Inversiones establece las metodologías generales y específicas para la formulación y evaluación de proyectos, normas técnicas y parámetros de evaluación;
Que, es necesario establecer contenidos específicos para la viabilidad de proyectos que tengan por finalidad el mejoramiento de carreteras, cuyos estudios de Perfil y Factibilidad se contraten en paquete, con el fin de optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión en infraestructura de transportes, así como actualizar los parámetros de formulación y evaluación aplicables a los proyectos de inversión pública, entre los cuales, se incorporan las Normas Técnicas relacionadas con la accesibilidad y seguridad de las personas con discapacidad; se establece la Tasa Social de Descuento General en 9%; entre otros;
En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley N° 27293 y modificatorias, normas reglamentarias y complementarias, la Resolución Ministerial N° 223-2011-EF/43;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobación de contenidos mínimos específicos para los Proyectos de Inversión Pública de mejoramiento de carreteras, cuyos estudios de Perfil y Factibilidad se contraten en paquete
(Derogado)1.
Artículo 2º.- Modificación del Anexo SNIP 09
1
Artículo derogado por el artículo 3° de la Resolución Directoral 008-2012/EF/63.01 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de diciembre de 2012.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006 -2012-EF/63.01
(Publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 24 de Julio de 2012)Modifíquese el Anexo SNIP 09 – Parámetros y normas técnicas para formulación de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01, en los extremos siguientes:
a) Se incorpora la definición de naturalezas de intervención, Punto I del citado anexo.
b) Se incorpora la definición de población demandante y demanda por tipo de Proyecto de Inversión Pública, Punto II del citado anexo.
c) Se incorpora las Normas Técnicas relacionadas con la accesibilidad y seguridad de las personas con discapacidad, Punto X del citado anexo. Artículo 3º.- Modificación del Anexo SNIP 10
Modifíquese el Anexo SNIP 10 – Parámetros de evaluación de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01, modificado por Resolución Directoral Nº 001-2011-EF/63.01 y Resolución Directoral Nº 003-2012-EF/63.01, en los extremos siguientes
a) Se modifica la Tasa Social de Descuento General, estableciéndose en 9 %. b) Se incorpora criterio para la actualización del valor social del tiempo (VST)-
usuarios de transporte, a los Parámetros de Proyectos de Transporte.
c) Se modifica el cuadro de Beneficios Sociales y Metodología de Evaluación por tipo de proyectos.
d) Se modifican los valores asignados a los parámetros de estimación de beneficios sociales de la electricidad en áreas rurales.
Las disposiciones del presente artículo serán de aplicación para los proyectos que inicien su formulación, así como para aquellos cuyos estudios se encuentren en formulación, presentados para evaluación, en evaluación y observados; e incluso para los casos en que su aplicación sea necesaria luego de la viabilidad.
Artículo 4º.- Sustitución del Anexo SNIP 16
Sustitúyase el Anexo SNIP 16 - Pautas para la elaboración de informes técnicos de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01, por el Anexo SNIP 16 - Contenidos mínimos de los informes técnicos de evaluación de proyectos de inversión pública.
Las disposiciones del presente artículo serán de aplicación para los proyectos que inicien su formulación, así como para aquellos cuyos estudios se encuentren en formulación, presentados para evaluación, en evaluación y observados.
Artículo 5°.- Modificación de los lineamientos básicos para la formulación de proyectos de inversión pública (PIP) de apoyo al desarrollo productivo
Modifíquese los lineamientos básicos para la formulación de proyectos de inversión pública (PIP) de apoyo al desarrollo productivo, aprobados por la Resolución Directoral N° 005-2012-EF/63.01, en el extremo correspondiente al numeral IV EJEMPLOS DE ACCIONES QUE NO CONSTITUYEN UN PIP, con el siguiente texto:
“IV. EJEMPLOS DE ACCIONES QUE NO CONSTITUYEN UN PIP
La construcción de infraestructura física en beneficio directo y exclusivo de los productores, salvo lo autorizado por normatividad vigente.
Las intervenciones que no se enmarcan en los presentes Lineamientos podrán ser financiados en el marco de las PROCOMPITE que se autoricen en los gobiernos regionales y gobiernos locales, siempre que se sujeten a las disposiciones de Ley N° 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva, sus normas reglamentarias y complementarias.”
Artículo 6°.-Derogación del Protocolo de Evaluación
Deróguese el “Protocolo para la evaluación de Proyectos de Inversión Pública” aprobado por la Resolución Directoral N° 005-2008-EF/68.01.
Artículo 7°.- Publicación
Dispóngase la publicación en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Sección de Inversión Pública, el Anexo a que se refiere el artículo 1° de la presente norma; así como, del Anexo SNIP 09 – Parámetros y normas técnicas para formulación; del Anexo SNIP 10 - Parámetros de evaluación; del Anexo SNIP 16 – Contenidos mínimos de los informes técnicos de evaluación de proyectos de inversión pública y de los lineamientos básicos para la formulación de proyectos de inversión pública (PIP) de apoyo al desarrollo productivo que se modifican con la presente norma, señalados en los artículos 2°; 3°; 4° y 5°, respectivamente, en la misma fecha de la publicación oficial de la presente norma.
Asimismo, dispóngase la publicación del Anexo a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución Directoral, en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO TOLMOS LEÓN
Director General
Aprueban disposiciones especiales para los proyectos de inversión pública de mejoramiento de la Red Vial Nacional con pavimentos a nivel de soluciones básicas y
otras disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 003-2012-EF/63.01 CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3° de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificado por el artículo único de la Ley Nº 28802, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF-43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política de Inversiones, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública y dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública;
Que, los literales f. y m. del numeral 3.2 del artículo 3° del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 102-2007-EF, señalan que la Dirección General de Política de Inversiones establece los niveles mínimos de estudios de preinversión que requieren los Proyectos de Inversión Pública, así como las metodologías generales y específicas para la formulación y evaluación de proyectos, normas técnicas y parámetros de evaluación;
Que, es necesario establecer contenidos específicos y niveles de estudio para la viabilidad de proyectos que tengan por finalidad el mejoramiento de carreteras de la red vial nacional con pavimentos a nivel de soluciones básicas, con el fin de optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión en infraestructura de transportes;
En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley N° 27293 y modificatorias, normas reglamentarias y complementarias, la Resolución Ministerial N° 223-2011-EF/43;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobación de contenidos específicos para estudios de preinversión a nivel de Perfil de los Proyectos de Inversión Pública de Mejoramiento de carreteras de la Red Vial Nacional con pavimentos a nivel de soluciones básicas
En relación a los Proyectos de Inversión Pública de Mejoramiento de carreteras de la Red Vial Nacional con pavimentos a nivel de soluciones básicas dispóngase lo siguiente:
1.1. Aprobar los contenidos específicos para los estudios de preinversión a nivel de Perfil para los Proyectos de Inversión Pública de mejoramiento de carreteras de la Red Vial Nacional con pavimentos a nivel de soluciones básicas (afirmado, afirmado estabilizado con o sin recubrimiento impermeable bituminoso, tratamientos superficiales simples, u otra alternativa de bajo costo), con cambios puntuales en la geometría de las vías (curvas, pendientes y anchos) con fines de seguridad vial, colocación de obras de arte menores, drenaje y señalización. Los contenidos específicos antes indicados, como Anexo forman parte de la presente resolución.
1.2. El contenido específico a que se refiere el numeral precedente, solamente es aplicable para los Proyectos de Inversión Pública, cuyos montos de inversión a precios de mercado, sean superiores a DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10’000,000.00) y el monto de inversión promedio por kilómetro no sea mayor a los SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600,000.00).
1.3 Para efectos de la sostenibilidad del proyecto, la entidad que lo formula debe asegurar el mantenimiento permanente de la vía una vez concluida la fase de inversión.
1.4 Los Proyectos de Inversión Pública cuyos montos de inversión a precios de mercado, sean superiores a DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10’000,000.00) y el monto de inversión promedio por kilómetro no sea mayor a los SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600,000.00). podrán ser evaluados y, de corresponder, declarados viables únicamente con el estudio de preinversión a nivel de Perfil, siempre que dicho estudio cumpla con los contenidos específicos que se aprueban por la presente Resolución.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003 -2012-EF/63.01
Aprueban Disposiciones Especificas para los Proyectos de Inversión Pública de Mejoramiento de la Red Vial Nacional de Pavimentos a nivel de Soluciones Básicas y otras disposiciones del Sistema nacional de Inversión Pública
1.5 Las disposiciones del presente artículo serán de aplicación para los proyectos que cumplan con las características señaladas en el artículo precedente, cuyos estudios se encuentren en formulación, presentados para evaluación, en evaluación y observados.
Artículo 2º.- Modificación del Anexo SNIP 10
2.1 Modifíquese el Anexo SNIP 10 – Parámetros de Evaluación de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01, modificado por Resolución Directoral Nº 001-2011-EF/63.01, en los extremos siguientes:
a) Se actualiza el Precio Social de la Divisa en 1.02 * Tipo de cambio nominal (nuevos soles por US$ dólar).
b) Se incorpora la Tasa Social de Descuento Específica para PIP de servicios ambientales de reducción o mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero, estableciéndose en 4%.
2.2 Las disposiciones del presente artículo serán de aplicación para los proyectos que inicien su formulación, así como para aquellos cuyos estudios se encuentren en formulación, presentados para evaluación, en evaluación y observados.
Artículo 3°.- Aprobación del Anexo SNIP 26 –Lineamientos para la conformación de Programas de Inversión Pública en el Marco del SNIP
Apruébese el Anexo SNIP 26 – Lineamientos para la conformación de Programas de Inversión en el Marco del SNIP, como instrumento metodológico para la identificación, formulación y evaluación de Programas de Inversión con el fin de considerar inversiones articuladas y sinérgicas que coadyuven a generar una mayor rentabilidad social.
Artículo 4º.- Publicación
Dispóngase la publicación del Anexo a que se refiere el artículo 1º de la presente norma; así como del Anexo SNIP 10 - Parámetros de Evaluación y del Anexo SNIP 26 – Lineamientos para la conformación de Programas de Inversión en el Marco del SNIP, señalados en los artículos 2º y 3º, respectivamente, de la presente Resolución Directoral, en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la Sección de Inversión Pública, en la misma fecha de la publicación oficial de la presente norma.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO TOLMOS LEON
Director General
Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 Anexo SNIP 26
1 | Lineamientos Programas de Inversión
ANEXO SNIP 26
LINEAMIENTOS PARA LA CONFORMACIÓN DE PROGRAMAS DE INVERSIÓN EN EL MARCO DEL SNIP
(Anexo aprobado por la Resolución Directoral Nº 003-2012-EF/63.01, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 23 de mayo de 2012)
1.
C
ONSIDERACIONES BÁSICAS1.1. El objetivo que se quiere lograr con la ejecución de un Programa de Inversión debe ser único y específico, relacionado con la solución de problemas de la población a través de bienes y servicios públicos; para lo cual se requiere de la sinergia de los PIP y otras intervenciones consideradas en éste.
Se debe entender por sinergias/1 a la capacidad de generar mayor rentabilidad social con la ejecución articulada de un conjunto de PIP y otras intervenciones en relación con su ejecución de manera independiente.
1.2. Debe demostrarse que la solución del problema por el cual se conformará el Programa de Inversión, no se logrará con la ejecución de un PIP sino con varios PIP y otras intervenciones.
1.3. Dentro del Programa de Inversión se considerarán todas las intervenciones necesarias para el logro del objetivo común; puede considerar PIP, conglomerados, así como otras intervenciones complementarias relacionadas con:
• Mejoras en la gestión de los servicios de las entidades involucradas en el Programa (procesos, entrenamiento personal, por ejemplo); • Mejoras de la eficiencia en el uso de los servicios por parte de los
usuarios, (capacidades de las entidades para proporcionar los servicios de capacitación, asistencia técnica, entre otros);
• Estudios (entre otros, línea de base, evaluación ambiental estratégica, evaluación de experiencias probadas y validadas de solución de los problemas);
• Proyectos piloto (intervenciones a pequeña escala para validar metodologías, instrumentos o procedimientos para producir un bien o prestar un servicio y, de ser el caso, posteriores adecuaciones para su aplicación práctica);
• La gestión del Programa de Inversión, incluyendo la organización, implementación y/o funcionamiento de un equipo técnico ad-hoc/2;
1 Acción de dos o más causas cuyo efecto es superior a la suma de los efectos
individuales. Diccionario de la Lengua Española. Real Academia Española.
2 Dentro de la Unidad Ejecutora o, de ser sustentado, conformando un órgano
creado para la fin. El dimensionamiento del equipo, así como de los recursos necesarios para el funcionamiento deberán ser consistentes con la envergadura y complejidad del Programa. Así mismo, se deberá considerar los límites establecidos en la normativa en cuanto a la relación costos de gestión/costos totales.
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2 | Lineamientos Programas de Inversión
1.4. Los PIP y las otras intervenciones que conformarán el programa deben tener la capacidad de contribuir concretamente en la solución del problema y demostrar su articulación y las sinergias que se generarán. 1.5. La ejecución de un programa de inversión requiere de capacidades
específicas (por ejemplo, organización, profesionales especializados, procesos y procedimientos definidos) para la gestión eficiente del conjunto de PIP y otras intervenciones que lo conforman, así como de arreglos institucionales (entre diversas entidades y niveles de gobierno). Estos temas deben ser resueltos en el proceso de preinversión.
2.
T
IPOS DEP
ROGRAMAS2.1. Sectorial, cuando la solución de un problema específico relacionado con un determinado servicio público, se alcanza con intervenciones de un mismo sector ejecutadas en varias unidades productoras/3de dicho servicio. Se requerirá de la gestión de procesos de preinversión e inversión más complejos/4.
Para la ejecución de las intervenciones debe haberse definido:
• Un ámbito de influencia específico (una o varias localidades, distritos, provincias, departamentos, cuencas, micro-cuencas, entre otros).
• Estrategia de ejecución que concrete las sinergias entre las intervenciones (PIP y otras).
• Capacidades de gestión del programa de inversión. Puede ser necesario en algunos casos, que funcione una Unidad de Gestión expresamente conformada para tal fin.
Un ejemplo de esta tipología puede ser un programa de inversión donde el objetivo común es mejorar la atención de la salud de la población de un determinado ámbito, para lo cual se requiere intervenciones en la red de salud (puestos de salud, centros de salud y hospital de referencia, oferta móvil) y la gestión del servicio (sistema de referencia y contrareferencia, sistemas de información, logística, entre otros).
2.2. Multisectorial: cuando la solución de un problema específico relacionado con un servicio público, requiere de intervenciones en otros servicios de distintos sectores. Debe estar definido cuál es el servicio principal y cuáles son los servicios complementarios.
Para la ejecución, además de lo señalado en los programas sectoriales, es necesario que el equipo técnico que se hará cargo de la gestión del programa cuente con las competencias y capacidades necesarias, para coordinar y establecer las sinergias necesarias a efectos que se logre concretar todas las intervenciones. Este equipo debería contar con personal especializado y multidisciplinario, de acuerdo con los distintos servicios que se intervienen dentro del Programa.
3 Por ejemplo, redes de servicios de Salud, Empresas Prestadoras de Servicios de
Agua Potable y Saneamiento.
4 Planeamiento de las actividades, coordinaciones con diversas entidades
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3 | Lineamientos Programas de Inversión
Por ejemplo, para mejorar los servicios en un eje de desarrollo turístico, se requiere, entre otras, intervenciones en los servicios turísticos que se brindan en el recurso/atractivo, en la accesibilidad hacia éste, en seguridad, en los servicios básicos en el centro de soporte.
3.
C
ASOS DEP
ROGRAMAS DEI
NVERSIÓNSECTOR O
TEMA
TIPO INTERVENCIONES TÍPICAS DE LOS PROGRAMAS
EDUCACIÓN
Sectorial Servicios de Educación Básica Regular (inicial, primaria, secundaria)5 para la población escolar de un ámbito determinado. Puede incluir, entre otras intervenciones:
• Mejoras o adecuación particular del diseño curricular, material educativo y de la práctica pedagógica;
• Mejoras en la gestión de los servicios; • Intervenciones en recursos físicos
(infraestructura, equipamiento) que pueden conformar un conglomerado.
SALUD Sectorial Servicios de salud organizados en redes6 (hospital y micro redes) para la atención de la demanda de la población del ámbito de influencia de la red. Puede incluir, entre otras intervenciones:
• Desarrollo de capacidades de personal asistencial, tales como pasantías.
• Intervenciones en recursos físicos (infraestructura, equipamiento)
• Mejoras en la gestión de los servicios y su articulación (sistema de referencia y contrareferencia, sistemas de información, logística, entre otros.).
ENERGÍA Sectorial Servicios de energía con fuentes convencionales, no convencionales, que incluyen:
• PIP integrales que consideran además de la inversión en infraestructura, la capacitación a usuarios en su uso;
• La conformación y funcionamiento de una unidad de gestión del programa. • Otras intervenciones orientadas, por
ejemplo, a la promoción de los usos productivos de la energía.
5 El enfoque difiere de las intervenciones para mejorar los servicios de EBR de una
institución educativa que cuenta con los 3 niveles, así como de intervenciones en más de una Institución Educativa para mejorar los servicios educativos de un mismo nivel; ambas constituyen un PIP.
6 Las intervenciones para mejorar los servicios de salud en una microred se
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4 | Lineamientos Programas de Inversión
SECTOR O
TEMA
TIPO INTERVENCIONES TÍPICAS DE LOS PROGRAMAS
REMEDIACIÓN DE PASIVOS AMBIENTALES MINEROS EN EL ÁMBITO URBANO
Multisectorial Intervención orientada a prestar o mejorar de manera integral, los servicios ambientales de descontaminación en las dimensiones físicas (aire, agua, suelo, etc.), así como, a la protección de la población de sus efectos, en un ámbito definido.
Todos los proyectos incluidos en este programa deben, necesariamente, contribuir al logro del objetivo del mismo, así como, presentar sinergias entre sí.
Dichos proyectos pueden a su vez, intervenir en servicios específicos que correspondan a diferentes sectores, (losas deportivas, pistas y veredas, etc.); sin embargo, se debe considerar que el planteamiento de los PIP y la elaboración de los estudios de preinversión seguirán las normas técnicas establecidas en el sector y las orientaciones metodológicas del SNIP (parámetros, metodologías de evaluación, entre otros).
TURISMO Multisectorial Intervenciones en un eje de desarrollo turístico en base a un corredor, circuitos o rutas turísticas, orientados a mejorar la prestación de los servicios turísticos en la unidad productiva de turismo, considerando para ello:
• Los servicios dentro del mismo recurso/atractivo turístico (turismo y cultura);
• Los servicios básicos del centro soporte (residuos sólidos, seguridad, etc.);
Las intervenciones estarán referidas únicamente a las zonas relacionadas directamente con el área de influencia del eje de desarrollo turístico.
• La accesibilidad al recurso/atractivo (transporte).
Cabe precisar, que el objeto de estos programas es promover el turismo, por lo que las intervenciones en el centro soporte y accesos se consideran servicios complementarios en este caso.
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5 | Lineamientos Programas de Inversión
SECTOR O
TEMA
TIPO INTERVENCIONES TÍPICAS DE LOS PROGRAMAS
TRANSPORTES Sectorial Intervenciones en carreteras de un mismo nivel, (vías departamentales o vías vecinales, o caminos de herradura), en un ámbito definido. Puede incluir:
• Intervenciones en las carreteras;
• Mejoras en la gestión de la operación y mantenimiento, por parte de los gobiernos regionales y locales;
• Promoción y asistencia técnica para la implementación de empresas de mantenimiento vial.
RIEGO Sectorial Intervenciones en sistemas de riego en diferentes localizaciones. Pueden incluir: • Infraestructura de riego;
• Riego tecnificado;
• Mejoras en la gestión de organizaciones de usuarios (capacitación a juntas por ejemplo);
• Mejoras de la eficiencia en el uso del agua (asistencia técnica a usuarios por ejemplo);
• Estructuras de control y medición del uso de agua en bloques de riego.
MANEJO DE
CUENCAS
Multisectorial Intervenciones en un ámbito definido, con la finalidad de preservar los recursos naturales y fuentes de agua; considera intervenciones relacionadas con:
• Regulaciones en el uso y ocupación del territorio (procesos de gestión)
• Mejoras en los servicios de catastro y titulación de tierras;
• Forestación y reforestación;
• Estabilización o recuperación de suelos; • Infraestructura para protección y control
de inundaciones de unidades productoras de bienes y servicios públicos.
DESARROLLO
RURAL
Multisectorial Atención de un grupo de población rural con características, modos o estilos de vida, particulares, que tienen un problema en común. Supone intervenciones de varios sectores.
SANEAMIENTO EN ÁMBITO
URBANO
Sectorial Intervenciones en servicios de saneamiento en diferentes ámbitos, que pueden incluir: • Sistemas de agua potable;
• Sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales;
• Mejoras de la gestión de las EPS, de municipalidades, según sea el caso;
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6 | Lineamientos Programas de Inversión
SECTOR O
TEMA
TIPO INTERVENCIONES TÍPICAS DE LOS PROGRAMAS
SANEAMIENTO EN ÁMBITO
RURAL
Sectorial Intervenciones en servicios de saneamiento en diferentes ámbitos, que pueden incluir: • Sistemas de agua potable;
• Disposición sanitaria de excretas;
• Mejoras de la gestión en organizaciones de usuarios y/o municipalidades, según sea el caso;
• Educación sanitaria.
JUSTICIA Multisectorial Intervenciones en un ámbito definido que consideran servicios de administración de justicia, defensa pública y Defensa de la legalidad y los intereses públicos tutelados por la ley”.
SEGURIDAD
CIUDADANA
Multisectorial Intervenciones en un ámbito definido que consideran, entre otros, PIP relacionados con: • Prevención del delito (patrullaje, video
vigilancia, por ejemplo);
• Servicios de información (sobre delitos, faltas), entre entidades y hacia la población;
• La organización y funcionamiento del sistema de seguridad ciudadana.
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1
Índice
Página
I. Horizonte de evaluación del PIP
Indicaciones sobre la definición del horizonte de evaluación.
2
II. Valor de la recuperación de la Inversión
Señala cuándo este valor es igual a 0
2
III Precios sociales
Orientaciones sobre cómo debe calcularse los precios sociales de los bienes transables y no transables.
Valores del Valor Social del Tiempo, el precio social de los combustibles, el precio social de la mano de obra calificada.
2 2 – 3 3 - 4
IV Tasa Social de Descuento
Valor de la TSD General y Específica para los PIP de servicios ambientales de reducción o mitigación de la emisión de gases de efecto invernadero.
4 - 5
V Beneficios sociales y metodología de evaluación por tipo de proyectos
Orientaciones sobre los rubros que se consideran beneficios sociales y la metodología de evaluación (BC o CE), para Educación, Salud, Alcantarillado, Residuos Sólidos, Agua Potable, Sistemas de Riego, Protección o control de inundaciones, de Carreteras, Energía – distribución, Fortalecimiento Institucional, Sanidad Agraria, servicios ambientales asociados a forestación y reforestación.
5 - 6
VI. Parámetros de evaluación por tipo de proyectos
Factores que se pueden aplicar para corregir los precios de mercado y estimar beneficios.
7 - 13
6.1 Proyectos de Electrificación Rural
Factores de corrección para inversión, operación y mantenimiento. Valores de beneficios por abonado, según usos (iluminación, radio, refrigeración), diferenciados en costa, sierra y selva.
7
6.2 Proyectos de Saneamiento Rural
Factores de corrección de la inversión para algunos componentes, bienes transables, bienes no transables y Mano de Obra.
Valores de beneficios sociales de agua potable y letrinas, diferenciados por costa, sierra y selva; se incluye los gráficos de las funciones de demanda que sustentan las estimaciones.
8 - 9 - 10
6.3 Proyectos de Carreteras
Factores de corrección para inversión, operación y mantenimiento. Costos de Operación Vehicular por tipo de vehículo, carretera y región.
11 - 13 ANEXO SNIP 10:
PARÁMETROS DE EVALUACIÓN
(Anexo modificado por la Resolución Directoral Nº 003-2012-EF/63.01, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 23 de mayo de 2012)
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2
I. HORIZONTE DE EVALUACIÓN DEL PROYECTO:
El período de evaluación de un PIP comprende el período de ejecución del proyecto (que puede ser mayor a un año) más un máximo de diez (10) años de generación de beneficios. Dicho período deberá definirse en el perfil y mantenerse durante todas las fases del Ciclo del Proyecto.
Para los tipos de PIP especificados a continuación, el horizonte de evaluación considerará el período de beneficios señalado en la tabla.
Tipo de PIP Período de beneficios a considerar
Carreteras con Tratamiento Superficial Bicapa - TSB 15 años
Carreteras asfaltadas 20 años
Puentes aislados 20 años
Agua potable y alcantarillado 20 años
Electrificación 20 años
La DGPI podrá aceptar otro horizonte de evaluación cuando éste sea técnicamente sustentado y cuente con la opinión favorable de la OPI responsable de la evaluación del PIP.
II. VALOR DE RECUPERACIÓN DE LA INVERSIÓN
En todos los casos en que las inversiones asociadas a un uso específico posean un período de vida útil mayor que el horizonte de evaluación del PIP y no tengan un uso alternativo, el valor de recuperación de dicha inversión será cero (0).
Deberá entenderse como valor de recuperación a una estimación del valor de un activo en el momento en que éste ya no se use en los fines que se había previsto en el PIP.
III. PRECIOS SOCIALES
Los precios sociales que deben tenerse en cuenta para la elaboración de los estudios de preinversión son:
3.1. PRECIOS SOCIALES DE BIENES TRANSABLES
Se denomina bien transable a un bien importable o exportable. Un bien es transable cuando un incremento en la producción que no puede ser absorbido por la demanda interna es exportado, o cuando un incremento en la demanda interna que no puede ser abastecido por la producción interna es importado.
a. Precio Social de Bienes Importables = Precio CIF * PSD + MC + GF
Donde:
MC : Margen comercial del importador por manejo, distribución y almacenamiento.
GF : Gastos de flete nacional neto de impuestos. PSD : Precio Social de la Divisa
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3
b. Precio Social de Bienes Exportables = Precio FOB * PSD - GM - GF + GT
Donde:
GM : Gastos de manejo neto de impuestos
GF : Gastos de flete del proveedor al puerto nacional neto de impuestos GT : Gastos de transporte nacional al proyecto neto de impuestos PSD : Precio Social de la Divisa
c. Precio Social de la Divisa = PSD = 1.02 * Tipo de cambio nominal (nuevos soles por US$
dólar).
Es la valoración de una divisa adicional en términos de recursos productivos nacionales. Discrepa del costo privado de la divisa por la existencia de distorsiones en la economía, tales como aranceles y subsidios.
3.2. PRECIOS SOCIALES DE BIENES NO TRANSABLES
Un bien o servicio es no transable cuando su precio interno se determina por la demanda y oferta internas.
Para el cálculo del precio social de los bienes no transables se debe utilizar los precios de mercado excluyendo todos los impuestos y subsidios.
3.3. VALOR SOCIAL DEL TIEMPO
a. En la evaluación social de proyectos en los que se considere como parte de los beneficios del proyecto ahorros de tiempo de usuarios, deberá de calcularse dichos beneficios considerando los siguientes valores de tiempo, según propósito y ámbito geográfico:
i) Propósito Laboral
AREA Valor del tiempo(S/. Hora)
Urbana 4.96
Rural 3.32
ii) Propósito no laboral.
En este caso se deberá utilizar un factor de corrección a los valores indicados en la tabla anterior, iguala 0.3 para usuarios adultos y 0.15 para usuarios menores.
b. Valor social del tiempo - Usuarios de transporte
Para estimar los beneficios por ahorros de tiempo de usuarios (pasajeros) en la evaluación social de proyectos de transporte, deberá de considerarse los siguientes valores de tiempo, según modo de transporte. Dichos valores consideran ya la composición por motivos de viaje por cada modo de transporte.
Modo de Transporte Valor del Tiempo (soles/hora pasajero)
Aéreo Nacional 4.25
Interurbano auto 3.21
Interurbano transporte público 1.67
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Urbano transporte público 1.08
En caso de que se tenga evidencia de que la valoración del Valor del Tiempo de los usuarios difiera de los valores indicados, se podrá estimar valores específicos para cada caso, mediante la realización de encuestas a pasajeros.
3.4. PRECIO SOCIAL DE LOS COMBUSTIBLES
Para el cálculo del precio social de los combustibles, se aplicará una corrección al precio de mercado, incluyendo impuestos, de 0.66
3.5. PRECIO SOCIAL DE LA MANO DE OBRA NO CALIFICADA
Se entiende por mano de obra no calificada a aquellos trabajadores que desempeñan actividades cuya ejecución no requiere de estudios ni experiencia previa, por ejemplo: jornaleros, cargadores, personas sin oficio definido, entre otros.
El precio social de la mano de obra no calificada resulta de aplicar un factor de corrección o de ajuste (ver cuadro) al salario bruto o costo para el empleador de la mano de obra (costo privado).
Factores de corrección o de ajuste
Región Geográfica Urbano Rural
Lima Metropolitana 0.86 -
Resto Costa 0.68 0.57
Sierra 0.60 0.41
Selva 0.63 0.49
IV. TASA SOCIAL DE DESCUENTO
La Tasa Social de Descuento (TSD) representa el costo en que incurre la sociedad cuando el sector público extrae recursos de la economía para financiar sus proyectos.
Se utiliza para transformar a valor actual los flujos futuros de beneficios y costos de un proyecto en particular. La utilización de una única tasa de descuento permite la comparación del valor actual neto de los proyectos de inversión pública.
La Tasa Social de Descuento Nominal se define como la TSD ajustada por la inflación.
Tasa Social de Descuento General
La Tasa Social de Descuento General es equivalente a 10% y la Tasa Social de Descuento Nominal es 12%.
Si la evaluación del proyecto se realiza a precios reales o constantes se debe utilizar la Tasa Social de Descuento General. Si la evaluación se realiza a precios nominales o corrientes se debe utilizar la Tasa Social de Descuento Nominal.
Tasa Social de Descuento Específica para PIP de servicios ambientales de reducción o mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero
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Para PIPS de servicios ambientales de reducción o mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero la Tasa Social de Descuento será 4%. Dicha tasa será la única que se aplicará para ese tipo de PIP, cuya cadena funcional programática es la siguiente:
Función 17: Ambiente
División funcional 054: Desarrollo Estratégico, conservación y aprovechamiento sostenible del patrimonio natural
Grupo funcional 0121: Gestión del cambio climático
En el caso de PIP que generen como externalidades servicios ambientales de reducción o mitigación de las emisiones de gases de efectos invernadero, los beneficios asociados a dichos servicios se descontarán con la Tasa Social de Descuento Específica del 4% para agregarse a los beneficios asociados con el servicios sobre el cual se interviene con el PIP que se descontarán con Tasa Social de Descuento General del 10%. La rentabilidad social se demostrará fundamentalmente por los beneficios asociados al servicio.
V. BENEFICIOS SOCIALES Y METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN POR TIPO DE
PROYECTOS
Tipo PIP Beneficios sociales Metodología/ Indicador
Educación - Mayores ingresos económicos ACE: Análisis Costo Efectividad o Costo Eficacia.
Costo social incremental por alumno que recibe el servicio (matriculados)
Salud - Disminución de costos asociados a atención de salud.
• Para el Estado (horas de doctores, medicinas, etc.). • Para el usuario (gasto de bolsillo,
tiempo).
- Menor pérdida de productividad
ACE: Análisis Costo Efectividad o Costo Eficacia
Costo social incremental por persona que recibe el servicio
- Hospitales: servicios recuperativos
- Puestos y Centros de Salud: servicios preventivos.
Alcantarillado - Reducción de costos en salud debido a eliminación de focos de contaminación.
ACE: Análisis Costo Efectividad o Costo Eficacia.
Costo incremental por beneficiario
Residuos sólidos - Liberación de recursos (gasto en el manejo de los residuos sólidos en la situación sin PIP menos gasto en la situación con PIP).
- Reducción de costos en salud debido a eliminación de focos de contaminación.
ACE: Análisis Costo Efectividad o Costo Eficacia
Costo social incremental por poblador.
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Tipo PIP Beneficios sociales Metodología/ Indicador
Agua potable - Recursos liberados para el usuario (costo de aprovisionamiento con fuentes alternativas en la situación sin PIP menos costo de provisión con PIP).
- Excedente del consumidor por mayor consumo de agua.
- Ahorros en tratamiento de enfermedades al reducir su incidencia
Análisis Beneficio Costo
VANS: Valor Actual Neto Social TIRS: Tasa Interna de Retorno Social
Sistemas de riego
- Valor Neto de la Producción incremental asociado al incremento de la producción, productividad o calidad de los productos.
Análisis Beneficio Costo
VANS: Valor Actual Neto Social TIRS: Tasa Interna de Retorno Social
Protección o Control de inundaciones (rural / urbano)
- Costos evitados de Reposición de infraestructura pública.
- Pérdidas de los beneficios sociales de los usuarios al interrumpirse los servicios públicos, que se evitan. - Costos sociales indirectos asociados
con la interrupción de los servicios públicos, que se evitan.
Análisis Beneficio Costo
VANS: Valor Actual Neto Social TIRS: Tasa Interna de Retorno Social
Carreteras - Ahorro de tiempo de viaje.
- Ahorro de costos de mantenimiento y operación vehicular.
- Ahorro en pérdidas o mermas de productos perecibles (en casos pertinentes sustentados).
- Excedente del productor (en casos de nuevas carreteras).
Análisis Beneficio Costo (mejoramiento y CE para rehabilitación)
VANS: Valor Actual Neto Social TIRS: Tasa Interna de Retorno Social
ACE (solo en casos de
rehabilitación de caminos vecinales)
Costo social incremental por beneficiario.
Energía - distribución
- Excedente del consumidor (gasto de aprovisionamiento con fuentes alternativas en la situación sin PIP menos gasto de provisión con PIP).
Análisis Beneficio Costo
VANS: Valor Actual Neto Social TIRS: Tasa Interna de Retorno Social
Fortalecimiento institucional
Directos:
- Reducción de costos de transacción (demanda).
- Reducción de costos de producción de servicios públicos (oferta).
Indirectos:
- Reducción de precios en mercados relacionados.
Análisis Beneficio Costo
VANS: Valor Actual Neto Social TIRS: Tasa Interna de Retorno Social ACE (en casos sustentados y en función a monto de inversión).
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Tipo PIP Beneficios sociales Metodología/ Indicador
Sanidad Agraria - Reducción de pérdidas de cosechas. - Incremento del VBP.
- Productos sanos e inocuos. - Reducción de daños ambientales - Acceso de productos a mercados
externos.
Análisis Beneficio Costo:
VANS: Valor Actual Neto Social TIRS: Tasa Interna de Retorno Social Servicios Ambientales asociados a Forestación y Reforestación (Agricultura)
- Protección, Conservación y/o Recuperación del recurso suelo. Excedente del productor
- Reducción de la sedimentación de los cursos de agua. Reducción de costos de tratamiento o de daños y pérdidas por probables inundaciones.
- Mantenimiento o mejoramiento de la recarga de acuíferos. Beneficios derivados del uso del agua.
- Protección de áreas agrícolas y pecuarias. Pérdidas evitadas.
Análisis Beneficio Costo:
VANS: Valor Actual Neto Social TIRS: Tasa Interna de Retorno Social
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VI. PARÁMETROS DE EVALUACIÓN POR TIPO DE PROYECTO
6.1. PARÁMETROS DE PROYECTOS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL
Factores de corrección:
Nombre del parámetro Valor
Factor de corrección para la inversión1. 0.8309
Factor de corrección para la operación y mantenimiento2. 0.8475
1. Se aplica al total de la inversión a precios de mercado, siempre que esta no exceda los S/. 6 millones. 2. Se considera como servicio no transable de origen nacional.
Fuente: DGPI
Estimación de beneficios sociales de la electricidad en áreas rurales
Nombre del parámetro
S/. por Abonado por
año
Beneficios por Iluminación en Sierra 668.49 Beneficios por Radio y T.V. en Sierra 255.24 Beneficios por Refrigeración en Sierra 0.00 Beneficios por Iluminación en Costa 431.48 Beneficios por Radio y T.V. en Costa 244.61 Beneficios por Refrigeración en Costa 585.94 Beneficios por Iluminación en Selva 523.14 Beneficios por Radio y T.V. en Selva 377.29 Beneficios por Refrigeración en Selva 975.38
NOTA: Si un PIP sustenta la existencia de beneficios por “usos adicionales”, se utilizará el valor de US$ 0.15109 por Kw.h adicional, actualizado al tipo de cambio vigente a la fecha de formulación del estudio de preinversión. Fuente: DGPI, actualización valores del estudio “Estrategia integral de electrificación rural” 1999, de NRECA International, ltd. – Seta.
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6.2. PARÁMETROS DE PROYECTOS DE SANEAMIENTO RURAL
Factores de conversión a precios sociales a nivel de componentes de inversión – Saneamiento
Componente Factor de corrección
Planta de Tratamiento de agua potable 0.797
Línea de agua potable 0.802
Obras civiles estructuras 0.759
Equipamiento e instalaciones hidráulicas 0.838
Líneas de alcantarillado 0.772
Planta de Tratamiento de Desagüe 0.785
Fuente: DGPI
Factores de corrección de precios de mercado para proyectos de saneamiento – Operación y mantenimiento
Precio Básico Factor de Corrección
I. Bienes No Transables 0.847 II. Bienes Transables 0.867 III. Mano de Obra Calificada 0.909 IV. Mano de Obra No Calificada1/
1/ Factores de corrección de los precios de la mano de obra no calificada (Ver ítem 2.5 de este anexo.) Fuente: Sector Saneamiento y DGPI
Valores unitarios sugeridos para la estimación de beneficios de un proyecto de agua potable y saneamiento, según regiones geográficas (en S/. /beneficiario-año)
Beneficios, según tipo de sistema
de disposición de aguas servidas Tipo de usuario Costa Sierra Selva
Letrinas sin arrastre hidráulico Nuevos usuarios 256 152 365 Antiguos usuarios 71 41 102 Letrinas con arrastre hidráulico Nuevos usuarios 355 223 486 Antiguos usuarios 164 110 213
Fuente: DGPI
A continuación se presentarán los gráficos de las funciones de demanda que se utilizaron para estimar los valores unitarios sugeridos. Se construyeron sobre la base de revisión de casos proporcionados por PRONASAR y Amazonía Rural.
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Estimación de beneficios sociales para proyectos de agua potable según regiones geográficas
Usuarios con servicio de agua potable y letrinas sin arrastre hidráulico (hoyo seco,
compostera).
NUEVOS USUARIOS ANTIGUOS USUARIOS
70 l/h/d S/. m3 16 B = (16 x 35/2) x 365 1000 B = S/. 102 / hab. /año REGIÓN SELVA 35 70 l/h/d S/. /m3 B = (22 x 21 +22 x 49/2) x 365 1000 B = S/. 365 / hab. /año REGIÓN SELVA 21 22 50 l/h/d S/. /m3 B = (9 x 25/2) x 365 1000 B = S/. 41 / hab. /año REGIÓN SIERRA 25 9 50 l/h/d S/. /m3 13 B = (13 x 14 +13 x 36/2) x 365 1000 B = S/. 152 / hab. /año 14 REGIÓN SIERRA 60 l/h/d S/. /m3 B = (13 x 30/2) x 365 1000 B = S/. 71 / hab. /año REGIÓN COSTA 30 13 60 l/h/d 18 B = (18 x 18 +18 x 42/2) x 365 1000 B = S/. 256 / hab. /año REGIÓN COSTA 18 S/. /m3
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Usuarios con servicio de agua potable y letrinas con arrastre hidráulico
(Con tanque séptico o biodigestor más pozo de infiltración)
NUEVOS USUARIOS ANTIGUOS USUARIOS
100 l/h/d S/. /m3 18 B = (18 x 65/2) x 365 1000 B = S/. 213 / hab. /año REGIÓN SELVA 35 100 l/h/d S/. /m3 B = (22 x 21 +22 x 79/2) x 365 1000 B = S/. 486 / hab. /año REGIÓN SELVA 21 22 80 l/h/d S/. /m3 11 B = (11 x 55/2) x 365 1000 B = S/. 110 / hab. /año REGIÓN SIERRA 25 80 l/h/d S/. /m3 B = (13 x 14 +13 x 66/2) x 365 1000 B = S/. 223 / hab. /año 14 REGIÓN SIERRA 13 90 l/h/d S/. /m3 B = (15 x 60/2) x 365 1000 B = S/. 164 / hab. /año REGIÓN COSTA 30 15 90 l/h/d 18 B = (18 x 18 +18 x 72/2) x 365 1000 B = S/. 355 / hab. /año REGIÓN COSTA 18 S/. /m3
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6.3. PARÁMETROS DE PROYECTOS DE TRANSPORTE (TERRESTRE, AEREO, FLUVIAL)
Factores de Corrección para convertir precios privados en precios sociales
Nombre del parámetro Valor
Factor de corrección para la Inversión 0.79 Factor de corrección para los costos de Mantenimiento y
Operación 0.75
Fuente: Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Costo Modular de Operación Vehicular a Precios Económicos US$-Vehiculo-Km
Región Tografía Superficie Estado Auto Camta Bus
med Bus gran Cam 2e Cam 3e Articu-lado Costa A AFI B 0,269 0,285 0,609 0,638 0,854 1,094 1,343 Costa A AFI M 0,431 0,383 0,870 0,829 1,525 1,757 1,939 Costa A AFI R 0,301 0,301 0,659 0,671 1,011 1,243 1,475 Costa A ASF B 0,244 0,269 0,522 0,597 0,655 0,895 1,160 Costa A ASF M 0,301 0,309 0,659 0,688 1,061 1,293 1,508 Costa A ASF R 0,260 0,277 0,572 0,630 0,804 1,044 1,293 Costa A SAF M 0,464 0,407 0,932 0,870 1,633 1,865 2,039 Costa A SAF R 0,374 0,334 0,783 0,746 1,268 1,500 1,716 Costa A TRO M 0,521 0,456 1,032 0,953 1,848 2,080 2,229 Costa A TRO R 0,440 0,383 0,895 0,837 1,533 1,765 1,948 Costa L AFI B 0,269 0,285 0,584 0,630 0,845 1,086 1,326 Costa L AFI M 0,431 0,374 0,870 0,821 1,517 1,740 1,915 Costa L AFI R 0,293 0,301 0,646 0,663 1,003 1,235 1,459 Costa L ASF B 0,236 0,269 0,522 0,597 0,646 0,887 1,152 Costa L ASF M 0,301 0,301 0,659 0,680 1,053 1,285 1,492 Costa L ASF R 0,260 0,277 0,572 0,622 0,796 1,036 1,276 Costa L SAF M 0,456 0,399 0,920 0,862 1,624 1,848 2,014 Costa L SAF R 0,358 0,334 0,746 0,738 1,251 1,484 1,682 Costa L TRO M 0,513 0,448 1,019 0,945 1,832 2,055 2,205 Costa L TRO R 0,431 0,374 0,870 0,821 1,517 1,740 1,915 Costa O AFI B 0,269 0,285 0,597 0,638 0,854 1,086 1,334 Costa O AFI M 0,431 0,383 0,870 0,829 1,517 1,749 1,923 Costa O AFI R 0,293 0,301 0,646 0,671 1,003 1,235 1,467 Costa O ASF B 0,244 0,269 0,522 0,597 0,655 0,887 1,152 Costa O ASF M 0,301 0,301 0,659 0,680 1,053 1,285 1,500 Costa O ASF R 0,260 0,277 0,572 0,630 0,804 1,036 1,285 Costa O SAF M 0,456 0,399 0,920 0,862 1,624 1,857 2,022 Costa O SAF R 0,358 0,334 0,758 0,738 1,260 1,492 1,691 Costa O TRO M 0,513 0,448 1,019 0,953 1,840 2,064 2,213 Costa O TRO R 0,431 0,383 0,870 0,829 1,517 1,749 1,923 Selva A AFI B 0,285 0,407 0,671 0,887 1,169 1,550 1,915 Selva A AFI M 0,456 0,513 0,957 1,119 1,915 2,304 2,553 Selva A AFI R 0,317 0,423 0,721 0,928 1,343 1,724 2,055 Selva A ASF B 0,252 0,383 0,584 0,837 0,937 1,326 1,716 Selva A ASF M 0,326 0,431 0,733 0,945 1,392 1,782 2,105 Selva A ASF R 0,277 0,399 0,634 0,870 1,111 1,492 1,865 Selva A SAF M 0,488 0,537 1,019 1,169 2,031 2,420 2,652 Selva A SAF R 0,391 0,464 0,858 1,019 1,624 2,014 2,304 Selva A TRO M 0,545 0,594 1,119 1,260 2,263 2,660 2,859 Selva A TRO R 0,464 0,513 0,970 1,119 1,915 2,304 2,553 Selva L AFI B 0,277 0,293 0,609 0,663 0,887 1,135 1,392 Selva L AFI M 0,448 0,399 0,908 0,862 1,591 1,832 2,014 Selva L AFI R 0,309 0,309 0,671 0,696 1,044 1,293 1,525
Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 Anexo SNIP 10
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Costo Modular de Operación Vehicular a Precios Económicos US$-Vehiculo-Km
Región Tografía Superficie Estado Auto Camta Bus
med Bus gran Cam 2e Cam 3e Articu-lado Selva L ASF B 0,252 0,277 0,547 0,622 0,680 0,928 1,202 Selva L ASF M 0,317 0,317 0,684 0,622 1,102 1,343 1,566 Selva L ASF R 0,269 0,293 0,597 0,655 0,837 1,086 1,334 Selva L SAF M 0,480 0,415 0,957 0,903 1,699 1,939 2,113 Selva L SAF R 0,374 0,350 0,783 0,771 1,318 1,558 1,765 Selva L TRO M 0,537 0,472 1,069 0,995 1,923 2,163 2,312 Selva L TRO R 0,448 0,399 0,908 0,862 1,591 1,832 2,014 Selva O AFI B 0,285 0,399 0,659 0,870 1,152 1,525 1,873 Selva O AFI M 0,456 0,505 0,945 1,102 1,890 2,271 2,503 Selva O AFI R 0,309 0,423 0,709 0,912 1,318 1,699 2,022 Selva O ASF B 0,252 0,374 0,572 0,821 0,920 1,301 1,682 Selva O ASF M 0,317 0,423 0,721 0,928 1,376 1,749 2,064 Selva O ASF R 0,269 0,391 0,634 0,854 1,094 1,467 1,823 Selva O SAF M 0,480 0,529 0,995 1,144 2,006 2,387 2,602 Selva O SAF R 0,383 0,456 0,821 0,995 1,608 1,981 2,254 Selva O TRO M 0,545 0,578 1,106 1,243 2,238 2,619 2,801 Selva O TRO R 0,456 0,505 0,945 1,102 1,890 2,271 2,503 Sierra A AFI B 0,319 0,556 0,749 1,207 1,557 2,048 2,539 Sierra A AFI M 0,491 0,679 1,049 1,490 2,398 2,905 3,313 Sierra A AFI R 0,352 0,581 0,799 1,257 1,748 2,239 2,714 Sierra A ASF B 0,286 0,532 0,649 1,141 1,307 1,798 2,306 Sierra A ASF M 0,352 0,589 0,812 1,282 1,807 2,306 2,764 Sierra A ASF R 0,303 0,548 0,712 1,190 1,490 1,990 2,481 Sierra A SAF M 0,523 0,711 1,124 1,548 2,531 3,039 3,447 Sierra A SAF R 0,425 0,630 0,949 1,365 2,073 2,572 3,014 Sierra A TRO M 0,581 0,769 1,224 1,665 2,797 3,313 3,705 Sierra A TRO R 0,491 0,687 1,061 1,490 2,398 2,905 3,322 Sierra L AFI B 0,294 0,303 0,637 0,691 0,932 1,190 1,465 Sierra L AFI M 0,474 0,417 0,949 0,907 1,673 1,923 2,115 Sierra L AFI R 0,319 0,327 0,699 0,733 1,099 1,357 1,607 Sierra L ASF B 0,262 0,286 0,562 0,649 0,708 0,974 1,265 Sierra L ASF M 0,327 0,327 0,712 0,741 1,157 1,415 1,648 Sierra L ASF R 0,278 0,303 0,612 0,683 0,874 1,141 1,407 Sierra L SAF M 0,507 0,442 1,011 0,949 1,790 2,040 2,223 Sierra L SAF R 0,392 0,360 0,824 0,808 1,382 1,640 1,856 Sierra L TRO M 0,564 0,491 1,124 1,041 2,023 2,273 2,431 Sierra L TRO R 0,474 0,417 0,949 0,907 1,673 1,923 2,115 Sierra O AFI B 0,294 0,425 0,687 0,916 1,215 1,607 1,973 Sierra O AFI M 0,474 0,532 0,999 1,157 1,990 2,389 2,631 Sierra O AFI R 0,327 0,442 0,749 0,966 1,390 1,782 2,123 Sierra O ASF B 0,262 0,392 0,599 0,866 0,974 1,365 1,773 Sierra O ASF M 0,335 0,450 0,762 0,974 1,449 1,840 2,173 Sierra O ASF R 0,286 0,409 0,649 0,899 1,149 1,548 1,923 Sierra O SAF M 0,507 0,556 1,049 1,207 2,106 2,506 2,739 Sierra O SAF R 0,401 0,482 0,862 1,049 1,690 2,081 2,373 Sierra O TRO M 0,572 0,613 1,161 1,307 2,356 2,756 2,947 Sierra O TRO R 0,474 0,532 0,999 1,157 1,990 2,389 2,631
Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 Anexo SNIP 10
14
O = Ondulada
ASF = Asfaltada AFI = Afirmada SAF = Sin Afirmar
TRO = Trocha B = Bueno R = Regular M = Malo Notas A = Accidentada L = Llana A precios Noviembre 2010
BASES
ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO DEL PROYECTO:
“MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCION CARRETERA CCOLCA -
KUTUQTAY, PROVINCIA DE COTABAMBAS - APURIMAC”.
ADQUISICION Y CONTRATACION DIRECTA PUBLICA Nº 005-2010/FOSBAM
TAMBOBAMBA, ENERO DEL 2010
MODELOS DE ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS,
PROYECTOS MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS
ADQUISICIÓN Y CONTRATACION DIRECTA PUBLICA Nº 005-2010/FOSBAM CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1 ENTIDAD CONVOCANTE:
Nombre : “ASOCIACION CIVIL FONDO SOCIAL LAS BAMBAS” – FOSBAM
RUC N° : 20450768147
1.2 DOMICILIO:
Calle Grau s/n – Palccaro Tambobamba- Cotabambas – Apurímac.
1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
El objeto de la convocatoria es contratar a una empresa y/o persona natural que se encargue de la ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO DEL PROYECTO: “MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCION CARRETERA CCOLCA - KUTUQTAY, PROVINCIA DE COTABAMBAS - APURIMAC”.
1.4 FUENTE DE FINANCIAMIENTO:
RECURSOS DE LA ASOCIACION CIVIL FONDO SOCIAL LAS BAMBAS – FOSBAM
1.5 VALOR REFERENCIAL
El Valor Referencial para la elaboración del Expediente Técnico: “MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCION CARRETERA CCOLCA - KUTUQTAY, PROVINCIA DE COTABAMBAS - APURIMAC”, es de ciento treinta mil con 00/100 Nuevos Soles (S/. 130,000.00), el mismo que es a todo costo, cuyas características se encuentran especificadas en los Términos de Referencia.
1.6 PLAZO DE ELABORACION
El plazo máximo de ejecución del contrato derivado del presente CONCURSO es de setenta y cinco (75) días calendario, contados a partir del día siguiente de la firma del Contrato, siendo de aplicación la penalidad considerada en la Proforma de Contrato (Capitulo V) de estas BASES.
1.7 SISTEMA DE ADQUISICION
El presente proceso se rige por el SISTEMA DE SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El requerimiento está sustentado en los Términos de referencia del área usuaria, que se detalla en el Capítulo III de las presentes Bases.
1.8 BASE LEGAL
• Decreto Legislativo Nº 996, que Aprueba el Régimen Aplicable a la Utilización de los Recursos provenientes de los Procesos de Promoción de la Inversión PUBLICA en la Ejecución de Programas Sociales.
• Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, que Aprueba el Régimen Aplicable a la Utilización de los Recursos provenientes de los Procesos de Promoción de la Inversión PUBLICA en la Ejecución de Programas Sociales. Que establece en sus artículos 8º “Prioridades, los recurso del Fondo deberán ser destinados de acuerdo a las prioridades de primer y segundo orden”, Articulo 9º “el 85% del Fondo será destinado al financiamiento de proyectos de carácter social a favor de la población de la zona de influencia” y el Artículo 19º “la ejecución de proyectos con recursos del fondo se sujetaran a la legislación que resulte aplicable.
• Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de la Asociación Civil “Fondo Social Las Bambas” – FOSBAM, aprobado en el IX Reunión del Consejo Directivo de la Asociación Civil Fondo Social Las Bambas - FOSBAM
• La prestación del servicio materia de la presente ADQUISICION Y CONTRATACION, se efectúa con cargo a los Recursos del FOSBAM, por lo que, No resulta de aplicación la Ley de Contrataciones del Estado, normas reglamentarias y complementarias, aprobadas por Decreto Ley Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, ni ninguna otra norma complementaria, reglamentaria o conexa a las mismas.
1.9 ANTECEDENTES.-
• Con Acta de VII Reunión de Consejo Directivo de la Asociación Civil Fondo Social Las Bambas, de fecha 04 de Junio del 2009, ratificado en la VIII Sesión de Directorio del Fondo Social Las Bambas de fecha 14 de Julio del 2009, en el que se aprueba la Priorización de Proyectos a Ejecutarse para el presente año en el que se encuentra el presente Proyecto“MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCION CARRETERA CCOLCA - KUTUQTAY, PROVINCIA DE COTABAMBAS - APURIMAC”.
• Requerimiento del Área Usuaria, con Informe Nº 075-2009- FOSBAM/SGIVE/ RAN, Supervisor General de Proyectos de Infraestructura Vial y Educación del FOSBAM, Ingº. Rodolfo Aguirre Negrón responsable del Área
• Términos de Referencia que establece de manera clara y concisa las especificaciones técnicas a las que debe basarse la elaboración del objeto del presente contrato.
CAPITULO II
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
ETAPAS DEL PROCESO FECHAS
Convocatoria (05 días) Del 21 Enero al 27 de enero del 2010 www.fosbam.org Registro de Participantes (1 día) El 28 de enero (08:30hrs-18:30hrs) Presentación de consultas y
observaciones (1 día) 29 de enero de 2010 (08:30hrs-18:30hrs) Absolución de consultas y
observaciones (1 día) 01 de febrero de 2010 Integración de Bases (1 día) 02 de febrero de 2010
Presentación de Propuestas (1 día) 03 de febrero a las 9:00 horas. Apertura de sobres en acto público
(mismo día) 03 de febrero del 2010 a las 9:00 horas Otorgamiento de Buena Pro (mismo día) 03 de febrero del 2010. A las 18 horas.
2.2 CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 28° del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de la Asociación Civil Fondo Social Las Bambas - FOSBAM.
2.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES
El Registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de vencido el plazo de la convocatoria.
El registro de participantes se realizará en la Oficina de la Asociación Civil Fondo Social Las Bambas - FOSBAM, sito en Calle Grau s/n – Palccaro Tambobamba- Cotabambas, en las fechas y horario señalado en el cronograma.
Así mismo, podrán registrarse en el correo electrónico :
Al registrarse, el participante deberá señalar como mínimo la siguiente información, indicando el proceso al que participa:
• Nombre o Razón social (persona jurídica) • Número de R.U.C.,
• Representante Legal, • Domicilio Legal, • Correo electrónico, • Teléfono,
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones del FOSBAM, en caso que el participante solicite que adicionalmente, se le notifique electrónicamente; deberá consignar una dirección
de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que deban realizar indicando el proceso en el que participa.
2.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por el periodo de un (01) día hábil, contado desde el día siguiente de vencido el plazo del registro de participantes, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones del FOSBAM.
Se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante Mesa de Partes del Fondo Social “Las Bambas”, sito en la Calle Grau s/n – Palccaro Tambobamba- Cotabambas - Apurímac, o dirigida al correo electrónico
[email protected], en las fechas señaladas en el cronograma,
debiendo estar dirigidas al Comité Especial, especificando el proceso al que se presenta.
MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
2.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial, con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones del FOSBAM, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
La absolución de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante del expediente del proceso de adquisición.
2.6 INTEGRACION DE LAS BASES
El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía, ni modificadas por autoridad administrativa alguna.
Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y comunicarlas a todos los postores inscritos
2.7 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
2.7.1 Forma de presentación de Propuestas
Las propuestas se presentarán en acto público al Comité Especial en la Oficina del FOSBAM, sito en la Calle Grau s/n – Palccaro Tambobamba- Cotabambas, Apurímac, en la fecha y hora señalada en el cronograma.
2.7.2 Presentación de Propuestas y Apertura de Propuesta Técnica:
Los actos de presentación de propuestas, apertura de sobres y otorgamiento de la Buena Pro, se llevarán a cabo en Acto PUBLICO, en concordancia con el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones del FOSBAM.