Escuela de Estudios Profesionales
La escuela como organización social
Magaly Rodríguez Laura Denizac Cruz Joan Robles Agosto Quexy Rodríguez Quintana
Educ 620
I. Introducción
La Ley Núm. 149 del 30 de junio de 1999, Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico establece que la escuela pública ha sido agente principal de cambio y movilidad social en Puerto Rico. Su diseño, descansa sobre tres principios esenciales: educación laica, gratuita y universal. El sistema de Educación Pública se implantó mediante órdenes del Gobierno Militar en el 1899 y tuvo su primera Ley Orgánica en el 1901 bajo el régimen de la Ley Foraker.
Durante los siglos de dominación española la educación no fue, como regla general, un área de gestión gubernamental. La enseñanza se impartía aquí, al igual que en Europa, a través de escuelas religiosas o privadas o se proveía por tutores a hijos de familias acomodadas. No fue hasta el 1865 que se organizó en la Isla un Sistema de Educación Pública por decreto del Gobernador. La Orden estructuró los programas de enseñanza, estableció los requisitos para ejercer el magisterio y asignó a los municipios la obligación de sostener las escuelas.
Las escuelas públicas que se establecieron entonces operaban por lo general en la casa del maestro y agrupaban entre quince y treinta niños de un mismo sexo.
El cambio de soberanía sorprendió a Puerto Rico con un ochenta y seis (86) por ciento de sus niños sin escuelas y con casi un noventa (90) por ciento de su población
analfabeta.
II. Objetivos
a. Analizar la misión, visión y metas del sistema educativo público de Puerto Rico. b. Explicar el sistema educativo desde la perspectiva sistémica a través del enunciado la
escuela como organización social responsable de la educación de la sociedad puertorriqueña.
c. Conocer los requerimientos para realizar el proceso de acreditación y licenciatura de las escuelas públicas y privadas de Puerto Rico.
d. Conocer los aspectos fundamentales de la Ley Núm. 149 del 30 de junio de 1999, Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico.
e. Establecer la relevancia de la integración de los padres y la comunidad en el funcionamiento de las comunidades escolares.
III. Definición de Conceptos
a. Misión- Definimos la misión como una declaración del «deber ser» y del compromiso que asume la escuela ante su comunidad; es una expresión de sentido, una idea-fuerza que integra los esfuerzos de todos y cada uno de los que participan en la construcción de la cultura escolar.
b. Visión- El propósito; preparar al estudiante para ser sensible, competente, creativo, autogestionario y emprendedor, para que se desempeñe con éxito en la sociedad, en el contexto de una economía globalizada, de manera que pueda enfrentar los retos del mundo.
c. Organización Social- Se prepara a los escolares en función de un currículo oficial en el que se diseña que deben aprender durante su escolaridad y este se transforma acorde con el contexto y la época.
d. Cultura organizacional- Creencias normativas, valores, y supuestos básicos que caracterizan a una organización (“Los empleados son nuestro principal recurso”). e. Consejo Escolar- El Consejo Escolar es un organismo compuesto por representantes de la
comunidad escolar que asesora, recomienda y evalúa procesos de acuerdo a sus funciones en la
Escuela de la Comunidad.
f. Comité de Planificación- Este comité debe analizar el marco conceptual de la política educativa delineada en las leyes y reglamentos estatales y nacionales que rigen el Sistema educativo.
Sistema educativo según la Teoría General de Sistema:
Karl Ludwin von Bertalanffy, fundador de la teoría de sistémica en la década de 1940, propuso encontrar similitudes a los sistemas.
Sus principales postulados son:
los sistemas ya existen dentro del sistema
las funciones del sistema dependen de su estructura y de sus partes.
los sistemas son totalidades organizadas con elementos independientes e interactuantes. los sistemas se visualizan como entidades globales que buscan unos objetivos y
finalidades.
Sistemas cerrados: Hay muy poco intercambio de energía e información con el medio más amplio en que viven.
Según M. Arnold y F. Osorio, la TGS se caracteriza por su perspectiva holística e integradora, en donde lo importante son las relaciones y los conjuntos que a partir de ellas emergen. En tanto práctica, la TGS ofrece un ambiente adecuado para la interrelación y comunicación fecunda entre especialistas y especialidades. A la luz de esta teoría las escuelas son sistemas abiertos que cumplen con los requerimientos de entrada, trasformaciones y salidas.La escuela apoya y es apoyada por el ambiente que le rodea
IV. Misión
Definimos la misión como una declaración del «deber ser» y del compromiso que asume la escuela ante su comunidad; es una expresión de sentido, una idea-fuerza que integra los
esfuerzos de todos y cada uno de los que participan en la construcción de la cultura escolar.
El construir y asumir la misión propicia que el director y los maestros estén dispuestos a cumplirla arraigándose en los valores que poseen para alcanzarla
Debemos reflexionar sobre las preguntas que podríamos hacernos antes de elaborar la misión como:
¿Cuál es la razón fundamental de nuestra existencia como escuela?
¿Cuál es el propósito para el que fue creada? ¿Qué debe lograr?
¿Quiénes son los beneficiarios?
¿A qué nos vamos a comprometer?
¿Qué distingue a esta escuela de las demás
La misión de la escuela define y orienta su hacer cotidiano hacia la adquisición de conocimientos, desarrollo de habilidades y construcción de valores y actitudes en los alumnos. Se expresa en los logros de aprendizaje que se espera obtengan los estudiantes, no como calificación asignada, sino como competencias adquiridas para su desarrollo social.
El Departamento de Educación lleva a cabo su misión por medio de líderes visionarios, probados por la experiencia y prometedores, seleccionados por sus méritos, comprometidos con una gesta de transformación y cambio, motivados, altamente capacitados, eficientes y efectivos, que proveen servicios de excelencia, con un acercamiento holístico-sistémico y mediante decisiones sociales, ambientales y generacionalmente responsables, y que desarrollan infraestructura para el sostenimiento de un capital humano y social perdurable.
Tiene, además, el compromiso y la responsabilidad de desarrollar normas, procedimientos, y maneras que motiven a su personal a dedicar su mayor esfuerzo a la construcción de una organización inteligente, que aprende y que contribuye de forma significativa y sostenida al mejoramiento de la sociedad, como un sistema mayor del cual formamos parte. Ello requiere el desarrollo y sostenimiento de un sentido de comunidad escolar y en todo el sistema integrado a la comunidad circundante y que además sea eje de
Fundamenta sus acciones en principios científicos, constructivistas, éticos y sociales humanísticos desde una visión holística-sistémica de pensar y conocer. Genera, propone y perfila cambios y transformaciones para lograr una estructura organizacional dinámica y funcional, con sistemas y procesos de trabajo agiles, eficientes y efectivos dirigidos a un desarrollo integral y coherente.
La misión del Departamento de Educación es formar a la persona estudiante-ciudadano mediante el desarrollo de competencias, en términos de conocimientos, destrezas y valores , para un desarrollo socioeconómico integral; para una sociedad multicultural y diversa, con alto nivel de incertidumbre y cambio: y para la era del conocimiento y sus desafíos, considerando
fundamental desarrollar el pensamiento sistémico y crítico, el multilingüismo, la resolución de problemas y transformación de conflictos, el trabajo en equipo, las destrezas de colaboración, la conciencia en torno al ideal de una vida buena y una perspectiva nacional, regional e
internacional
Visión
Visión del Departamento de Educación
Estudiante egresado que sabe, sabe hacer, sabe ser y sabe convivir, pensador sistémico, ciudadano global, aprendiz para toda la vida, comunicador efectivo, emprendedor, ético, miembro activo de diversas comunidades y procurador de la vida buena.
Metas de la escuela
Una meta es el fin hacia el que se dirigen las acciones o deseos. De manera general, se identifica con los objetivos o propósitos que una persona o una organización se marca.
El Departamento Educación contempla las siguientes metas: Liderazgo:
‘‘Estudiante y egresado transformador, docente facilitador de la transformación, padres, madres, encargados, familiares y comunidad que participan activamente en la formación.’ Imagen Pública
‘‘Cultura ética, de comunidad, de evaluación y avaluó continuo, de rendición de cuentas y transparencia, de responsabilidad social y generacional y de una política educativa holística– sistémica de vanguardia.’’
Gerencia
‘‘Sistema abierto, inclusivo y participativo.’’
Tecnología de información y comunicaciones
‘‘ Las TIC, tecnologías de la información y las comunidades, al servicio de las comunidades escolares.’’
Infraestructura
Salud y nutrición
‘‘Estudiantes sanos y aptos para aprender.’’ Conocimiento institucional
‘‘Toma de decisiones basadas en datos y en la inteligencia educativa-organizacional.’’
Funciones de la escuela como organización social
1. La educación es el proceso de transmisión cultural que se da de una generación a otra. 2. La escuela es el espacio en el que se imparten experiencias de aprendizaje selectivo que corresponde a una necesidad social. Esta puede ser pública, privada o especializada. 3. La organización es la forma en la que están presentes aspectos culturales, religiosos,
económicos, políticos que actúan como sustentos en los reglamentos y tecnologías en uso para llevar a cabo una idea.
4. La Organización social es un grupo de ideales que se unen con el fin de satisfacer necesidades en común
El Departamento de educación contempla tres principios básicos en las funciones de la escuela como organización social.
1. El estudiante es la razón del sistema educativo y el maestro su facilitador principal.
2. La interrelación entre los estudiantes y maestros constituye el quehacer principalísimo de la escuela. Las demás actividades escolares, deben estar orientadas a facilitar la docencia, mejorar la gestión educativa y fortalecer los servicios de la escuela a la comunidad.
Según Harris,1985 la enseñanza es la función primordial de la gestión escolar.
Se prepara a los escolares en función de un currículo oficial en el que se diseña que deben aprender durante su escolaridad y este se transforma acorde con el contexto y la época.
Funciones formativas para que los estudiantes desarrollen sus potencialidades. Funciones socializadoras y la promoción de desarrollo personal.
Funciones acreditadoras y legitimadoras de los conocimientos adquiridos. Las funciones sociales de la escuela
1. Garantizar la reproducción social y cultural como requisito para la supervivencia misma de la sociedad.
2. Formación del ciudadano para su intervención en la vida pública/adultez
3. Imponer la ideología domínate en la comunidad social, mediante un proceso más o menos abierto y explícito de transmisión de ideas y comunicación de mensajes, selección y organización de contenidos de aprendizaje.
4. Fomenta las contradicciones en el proceso de socialización en la escuela ¨La escuela es un escenario permanente de conflictos¨
5. Socialización y humanización: La función educativa de la escuela debe concretarse en dos ejes complementarios de intervención.
Cultura y clima organizacional Cultura:
Creencias normativas, valores, y supuestos básicos que caracterizan a una organización (“Los empleados son nuestro principal recurso”).
Clima:
Percepciones del ambiente o contexto social.
Descripciones de ese ambiente (“Los compañeros de trabajo se ayudan”).
Clima organizacional
El clima organizacional Se define como parte de una estructura y procesos de una organización. Este mide las cualidades internas de la organización.
Tiene tres variables de investigación.
* Conjunto objetivo de características del sistema * Percepción común
* Interacción del sistema y características individuales Se refiere a la atmosfera y acoplamiento
Se caracteriza por la variabilidad
Influyen las experiencias y los valores de los miembros de la organización. El comportamiento y las actitudes
Propiedades que influyen en el comportamiento.
Cultura organizacional
V.Organización del sistema de educación público de Puerto Rico
El sistema de educativo de Puerto Rico consiste de Consiste de una oficina central, 7 regiones educativas, 28 distritos escolares, 1,464 escuelas y tiene una población estudiantil de
aproximadamente 423, 934.
La organización escolar se establece según la Carta Circular Núm. 28-2015-2016, las escuelas deben armonizar en su organización escolar los aspectos docentes que dirigen el
proceso de aprendizaje como los aspectos administrativos y recursos existentes en su comunidad escolar. Es un proceso colaborativo que requiere representación y participación de la comunidad por medio del consejo escolar para una toma de decisiones compartidas, fundamentada en las necesidades de la comunidad escolar y alineada a los principios rectores del Departamento de Educación.
Algunos de los principios de la organización escolar son: es un ejercicio anual de planificación académica que cada comunidad escolar lleva a cabo en respuesta a los recursos asignados según el análisis de su matrícula y el programa de estudio determinado por asignatura y nivel, la misma podrá ser reevaluada durante el año escolar cuantas veces sea necesario para responder a las necesidades cambiantes de cada escuela, requiere participación activa de todos los componentes del consejo escolar, provee los mejores medios y una ubicación adecuada para los estudiantes con necesidades especiales.
Las etapas para la realización de la organización escolar son cuatro, Etapa 1: Análisis de recursos y puestos existentes, Etapa 2: Asignación de recursos y puestos necesarios, Etapa 3: Preparación de Organización Escolar y Etapa 4: Presentación de Organización Escolar. Tipos de escuelas:
en los siglos XVIII y XIX con el surgimiento de la Escuela Pública en Europa y América Latina, con el éxito de las revoluciones republicanas de doctrina político-social del liberalismo. Su finalidad es la conservación del orden de cosas y para ello el profesor asume el poder y la autoridad como transmisor esencial de conocimientos, quien exige disciplina y obediencia, apropiándose de una imagen impositiva, coercitiva, paternalista, autoritaria, que ha trascendido más allá de un siglo y subsiste hoy día, por lo que se le reconoce como Escuela Tradicional.
Según la Ley 18, Artículo 2.01, la Escuela de la Comunidad es una comunidad de estudios integrada por sus estudiantes, su personal docente y clasificado, los padres de los
alumnos y la población a la cual sirve. Cuenta con autonomía docente, administrativa y fiscal. Se organiza y administra de forma democrática, para llevar a cabo su misión fundamental que es desarrollar en sus estudiantes los valores, conocimientos, destrezas, hábitos, actitudes y aptitudes que le permitan conocerse a sí mismo, incorporarse, participar y aportar al desarrollo de la
sociedad puertorriqueña. La participación de la comunidad en la escuela es intensa y proactiva en la detección y la solución de los problemas comunes. La comunidad es el área a la cual sirve la escuela y el vecindario donde está ubicada.
Los objetivos fundamentales de esta Ley para el Desarrollo de las Escuelas de la Comunidad son:
1. Viabilizar el desarrollo de la Escuela de la Comunidad con autonomía docente, administrativa y fiscal.
2. Descentralizar los poderes y redirigir los esfuerzos y la mayor cantidad de recursos humanos y fiscales del sistema educativo hacia la escuela.
4. Fortalecer los procesos de participación de los ciudadanos en el quehacer educativo y fortalecer el compromiso y la responsabilidad de la comunidad para con su escuela. 5. Desarrollar una estructura administrativa más efectiva, eficiente y ágil que reduzca la intervención central y de otros niveles intermedios en la vida de la escuela.
6. Promover la creatividad del maestro, la innovación, actualización y el desarrollo tecnológico de la escuela.
7. Viabilizar una comunicación más directa de las escuelas con el Secretario de Educación.
8. Implantar una política pública que asegure que toda la estructura administrativa estará al servicio.
Según la Carta Circula Núm. 26-2016-2017, la Unidad de Escuelas Especializadas (UNEE) se estableció para desarrollar y apoyar escuelas que, utilizando alternativas innovadoras de enseñanzas, atienden los talentos, las habilidades y los intereses y promueven el
aprovechamiento y el crecimiento de sus estudiantes.
Sustentada por la Ley Núm.. 149 -1999, conocida como Ley Orgánica del
Departamento de Educación de Puerto Rico, según enmendada, en el Articulo 6.03(t) indica que el secretario ‘proveerá recursos para sufragar programas de estudios avanzados para alumnos de escuela superior de alto potencial académico o vocacional, así como para la atención de
Las escuelas especializadas atienden los talentos, habilidades e intereses de los estudiantes para ofrecer alternativas innovadoras de enseñanza y fortalecer los procesos administrativos, fiscales y docentes. Éstas se organizan bajo las siguientes especialidades: Bellas Artes (Bellas Artes, Artes Visuales, Ballet, Cinematografía, Producción de Radio y Televisión y Teatro), Ciencias y Matemáticas, Currículos Especializados (Cinematografía, Producción de Radio y televisión, Eco-STEAM, Desarrollo de talentos, Pretécnica, Tecnología, Agroecología, Comercio, Deportes, Agro-TSEA, Dotados y Talentosos y Liderazgo y
transformación Social), Bilingües e idiomas, Libres de Música y Alianza Colaborativa- Especializada.
La escuela como comunidad de aprendizaje es un proyecto de trasformación educativa que busca responder de manera igualitaria a los nuevos retos y necesidades de la sociedad del siglo XXI. Flecha (1997), indica que una Comunidad de Aprendizaje es una comunidad de actores sociales que día a día participan en la construcción de un proyecto educativo singular, que busca educar a todos sus participantes mediante un esfuerzo conjunto que parte de un análisis de sus necesidades, fortalezas y capacidades humanas, más que de sus carencias. Surge como respuesta a estas necesidades de la educación de este siglo, superación de las
desigualdades, que todos los miembros de la sociedad tengan una educación de calidad, desarrollar la capacidad para el dialogo y critica para así lograr una sociedad intercultural y solidaria e igualitaria.
VI. Ley 149 Ley Orgánica del Departmento de Educación
el gobierno de esas escuelas y su integración en un sistema educativo; establece los derechos y obligaciones de los estudiantes y el personal docente y no docente de las escuelas; define las funciones del Secretario de Educación; las del Director y las del Facilitador; autoriza al Secretario de Educación a formular e implantar reglamentos para el gobierno del Sistema de Educación Pública; exime al Departamento de Educación y a las escuelas de ciertas leyes; deroga la Ley Núm. 18 de 16 de junio de 1993, según enmendada, conocida como “Ley para el Desarrollo de las Escuelas de la Comunidad”, y la Ley Núm. 68 de 28 de agosto de 1990, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Educación del Estado Libre Asociado”, y el Artículo 23, de la Ley Núm. 230 de 12 de mayo de 1942.
Nuestro sistema educativo se rige por las disposiciones establecidas en la Ley Núm. 149 del 30 de junio de 1999, Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico establece que la escuela pública ha sido agente principal de cambio y movilidad social en Puerto Rico. Su diseño, descansa sobre tres principios esenciales: educación laica, gratuita y universal. El sistema de Educación Pública se implantó mediante órdenes del Gobierno Militar en el 1899 y tuvo su primera Ley Orgánica en el 1901 bajo el régimen de la Ley Foraker.
VII. Licencia y Acreditación
Consejo de Educación de Puerto Rico
El Consejo de Educación de Puerto Rico, como cuerpo rector colegiado, es responsable de administrar la política pública sobre la educación en Puerto Rico, dentro del marco normativo que se establece en el Plan. Entre sus facultades principales, se encuentra la acreditación de las Instituciones de Educación Básica con licencia del CEPR que operan en Puerto Rico. La
acreditación de las Instituciones de Educación Básica públicas es obligatoria y; la acreditación de las Instituciones de Educación Básica privadas es voluntaria.
El CEPR tiene la responsabilidad de fomentar, garantizar la educación y promover la diversidad educativa que se ofrece a los ciudadanos en todos los niveles, incluyendo el
preescolar, elemental, secundario, vocacional, técnico y altas destrezas y el post secundario no universitario. Es responsable, además, de asegurar que las Instituciones de Educación que operan en Puerto Rico cumplan con los estándares establecidos por nuestro Gobierno, relativos al
aprovechamiento académico de los estudiantes y las altas expectativas del proceso enseñanza-aprendizaje, la filosofía y metodología educativa que adopten a estos fines.
La política pública del Gobierno de Puerto Rico se fundamenta en el mandato que surge de la Sección 5 del Artículo 11 de la Constitución de Puerto Rico, la cual establece que: "Toda persona tiene derecho a una educación que propenda al pleno desarrollo de su personalidad y al fortalecimiento del respeto de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales. Habrá un sistema de instrucción pública el cual será libre y enteramente no sectario."
Aplicación general
Licencia del CEPR, según definida en este Reglamento (privada, pública o municipal} que debe o interese acreditarse por el CEPR.
Estas normas aplican, inclusive, a las Instituciones de Educación Básica post secundaria no universitaria que exigen como requisito de admisión el diploma de cuarto año (escuela
secundaria} o su equivalente y otorguen títulos, diplomas o certificados dirigidos a preparar a la persona en una ocupación o vocación particular, que pueda ejercer al finalizar dichos estudios. Autoridad Legal y Propósito
El CEPR, en virtud de la autoridad conferida en el Plan de Reorganización Núm. 1 de 26 de julio de 2010, según enmendado, conocido como Plan de Reorganización del Consejo de Educación de Puerto Rico, adopta el presente Reglamento que establece las normas y criterios para los procesos de evaluación para la acreditación de instituciones de educación básica públicas y privadas que operan en Puerto Rico, según definidas y en cumplimiento con la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, según enmendada.
Acreditación
La Acreditación es, normalmente, un procedimiento voluntario mediante el cual una Institución de Educación recibe el reconocimiento oficial otorgado por una entidad acreditadora debidamente reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos o por el Estado. La acreditación de las Instituciones de Educación Básica públicas es obligatoria y la acreditación de las Instituciones de Educación Básica privadas es voluntaria.
ostentar licencia. Las Instituciones de Educación Básica privadas podrán voluntariamente solicitar esta acreditación si así lo interesan.
Esta Acreditación se otorga en una de tres categorías; Categoría A, B o C y la vigencia dependerá de la categoría de la misma. La Acreditación Categoría A, como norma general, son instituciones que satisfacen o cumplen el 90% o más de los criterios de acreditación y tiene una vigencia de 7 años. La Acreditación Categoría B, como norma general, son Instituciones que satisfacen o cumplen del 80% al 89% de los criterios de acreditación y tiene una vigencia de 6 años. La Acreditación Categoría C, como norma general, son Instituciones que satisfacen o cumplen del 70% al 79% de los criterios de
acreditación y tiene una vigencia de 5 años.
La Acreditación en Probatoria es un estatus provisional que otorga el CEPR a una Institución de Educación Básica, que satisface del 50 % al 69% de los criterios de acreditación. La vigencia será por un periodo de hasta 36 meses, dentro del cual la institución debe lograr cumplir con el 70% o más de los criterios de acreditación para que se reclasifique la misma a la Acreditación y Categoría correspondiente.
Criterios de Acreditación
Para que el CEPR otorgue el Certificado de Acreditación a una Institución de Educación Básica, ésta debe cumplir con los criterios de Acreditación que se disponen en el Plan y en este Reglamento. Se constatarán mediante el examen de evidencias que sostienen que la institución cumple con ellos y se presentarán al Comité Evaluador durante la visita a la institución. Los criterios son los siguientes:
2. Cuerpo Rector o Junta de Directores de la Institución y estructura organizacional: El sistema de gobierno de la Institución define claramente la participación de sus constituyentes en los procesos de desarrollar las políticas institucionales y la toma de decisiones.
3. Administración: La estructura administrativa y los servicios de la Institución facilitan el aprendizaje y el nuevo conocimiento; sustentan el mejoramiento de la calidad y apoyan la organización y gobierno de la Institución.
4. Desarrollo continúo de la Institución: La Institución consistentemente planifica y
distribuye sus recursos basándose en su misión y utiliza los resultados de sus actividades de avalúo para efectuar la renovación institucional.
5. Avalúo institucional: La Institución ha desarrollado e implementado un Plan de Avalúo Institucional y un proceso; que avalúa su efectividad general en el cumplimiento de su misión y metas; en la implementación de la planificación, la distribución de recursos y los procesos de renovación institucional; en la utilización eficiente de los recursos institucionales; en proveer liderato y gobierno; en proveer estructuras administrativas y servicios; en demostrar la integridad institucional y en asegurar que los procesos y recursos institucionales apoyen el aprendizaje adecuado y otros resultados deseables para sus estudiantes y egresados.
6. Viabilidad económica y recursos disponibles: Los recursos financieros, humanos,
técnicos, las facilidades físicas y otros recursos necesarios para lograr el cumplimiento de la misión y las metas de la Institución están disponibles y accesibles.
7. Cumplimiento de sus propósitos educativos: En la conducción de sus programas y
demuestra su adhesión a estándares éticos y a sus propias políticas institucionales, apoyando la libertad académica.
8. Programa académico y currículo: Los ofrecimientos educativos de la Institución exhiben un contenido, rigor y coherencia académicos apropiados a su misión.
9. Credenciales de maestros: Los programas de instrucción y servicios de la Institución son ideados, desarrollados, supervisados, apoyados y ofrecidos por personal competente. 10. Métodos de enseñanza y tecnología disponible: Los programas o actividades
institucionales que se caracterizan por un particular contenido, enfoque, localización, modo de presentación, o patrocinio, cumplen con las normas apropiadas.
11. Servicios y actividades para enriquecer la vida estudiantil: La Institución provee los servicios de apoyo al estudiante que son razonablemente necesarios para permitir que cada estudiante logre las metas que la Institución se ha propuesto para ellos.
Licenciamiento a Instituciones Básicas de Puerto Rico
requisitos o criterios de licenciamiento y el correspondiente a la acreditación, que vela por la excelencia en la calidad, la suficiencia y el contenido de los programas.
El CEPR requerirá a las instituciones de educación el cumplimiento de unos requisitos de licenciamiento. De esta manera, se protege el interés público, sin intervenir de forma indebida en los aspectos medulares del proceso de enseñanza-aprendizaje, asociados con el derecho de cada institución a la libertad académica. Estos asuntos son de la competencia exclusiva de los cuerpos deliberativos de las instituciones de educación, quienes los determinan para demostrar
conformidad con la misión y filosofía que libremente hayan optado. Licenciamiento
Licenciamiento es el proceso mediante el cual una institución de educación es autorizada a operar en la jurisdicción de Puerto Rico luego de aprobar los requisitos dispuestos en el Plan. La institución de educación que obtenga una licencia para iniciar o continuar la operación en Puerto Rico1 tiene la obligación continua de cumplir con dichos requisitos, de proveer al CEPR la información que se le requiera relacionada con los procesos de licenciamiento u otros asuntos pertinentes a este Reglamento, y de notificar al CEPR de aquellos eventos que puedan afectar el alcance de la licencia otorgada.
Tipos de Licencia
El Consejo otorgará dos tipos de licencia: Licencia de Autorización y Licencia de Renovación. Estas licencias tendrán una vigencia de cinco (S) años. Para obtener la licencia, la institución tiene que cumplir con los criterios establecidos en el Artículo 11 de este Reglamento. Criterios Generales
1. Misión y nombre institucional - existe conformidad entre el nombre oficial y legal de la
desarrollar los conocimientos que desea impartir a los estudiantes en la institución. Utiliza el nombre legalmente reconocido y apropiado a su naturaleza y nivel de sus ofrecimientos. 2. Estructura organizacional, experiencia y credenciales académicas de los administradores- las credenciales de los administradores están en cumplimiento con las leyes y reglamentos
correspondientes.
3. Credenciales académicas y experiencia profesional de la facultad - la institución tiene el personal docente con las credenciales académicas y profesionales} y la experiencia necesaria para ofrecer los cursos asignados y para el nivel académico correspondiente.
4. Ofrecimientos académicos - los programas académicos responden a un diseño planificado acorde con las metodologías seleccionadas de enseñanza-aprendizaje, modalidad de estudios y periodos académicos. Además, demuestran articulación con los conocimientos, destrezas y actitudes que se pretende que los estudiantes adquieran.
5. Instalaciones físicas - la institución posee instalaciones adecuadas para garantizar la salud y seguridad física de la comunidad académica y que cumplan con todos los permisos requeridos por las agencias pertinentes. Las instalaciones responden a la cantidad de matrícula y servicios que ofrece la institución.
6. Recursos bibliotecarios y tecnológicos - la institución tiene la infraestructura, tecnologías, sistemas de apoyo y programados apropiados para el contenido de los cursos y cónsono con los objetivos y naturaleza de la institución, con su oferta académica y modalidad de enseñanza-aprendizaje.
8. Servicios estudiantiles- la institución provee servicios a los estudiantes y cuenta con personal, políticas y procedimientos adecuados para proveerlos.
9. Garantías de responsabilidad civil, publicaciones y expresiones de divulgación general – la institución establece mediante reglamento todos los asuntos académicos,
estudiantiles/administrativos y fiscales.
Denegación, Suspensión o Cancelación de la Licencia
El CEPR podrá denegar, suspender o cancelar licencias expedidas a Instituciones de Educación, que incumplan las disposiciones del Plan, de este Reglamento o que violen los términos y condiciones bajo las cuales se expidieron las mismas.
VIII. Relaciones de la escuela y la comunidad
La educación de los niños comienza mediante la siembra de valores y el fortalecimiento de la autoestima precisamente en el hogar. La escuela no puede funcionar apartada de la
comunidad y la comunidad no puede estar ajena al quehacer educativo de la escuela. La historia ha demostrado, que cuando se comparten objetivos comunes entre grupos, la comunicación franca, sincera y de buena fe entre las partes envueltas es necesaria, para conocer la magnitud de la carga y poder compartir mejor el compromiso contraído.
La aspiración fundamental del Sistema de Educación Pública es alcanzar el desarrollo óptimo de todos sus estudiantes. Los elementos más importantes para la consecución de las metas programáticas de nuestro sistema educativo, se basan en una triada entre la escuela, madres, padres o encargados y maestros. Para lograr estos objetivos, la familia debe tener un rol protagónico en la educación de sus hijos. La participación activa de los padres es, por tanto, fundamental en el desarrollo académico de sus hijos. Esta noción se fundamenta en la
sus hijos, estos derivan un sentido de seguridad, modelaje positivo y mejoran el desempeño académico, lo que facilita las labores y la convivencia en el contexto escolar (Epstein, 2001).
La Carta circular Núm.: 15-2013-2014, Política pública sobre la integración activa de madres, padres o encargados en el proceso educativo en las escuelas del departamento de
Educación , y En cumplimiento con las disposiciones legales, así como las metas y objetivos del Departamento de Educación, se establece esta política pública sobre la participación de las madres, padres o encargado, utilizando como marco de referencia los Estándares Nacionales para la Participación de los Padres y las Madres (National Standards for Parental Involvement)
basada en el modelo de Joyce Epstein (2008). profesora de investigación sociológica de la Universidad John's Hopkins, ha desarrollado una guía para el involucramiento de los padres.
Epstein afirma que la colaboración entre la escuela, la familia y la comunidad puede ayudar a los
niños a tener éxito en todo su tiempo escolar y posteriormente cuando se conviertan en adultos.
El rediseño de la organización no abarca solamente la organización interna de la escuela, sino también la búsqueda de cómo involucrar de una mejor manera a los padres de familia (y otros agentes de la comunidad) para apoyar el aprendizaje de los estudiantes, y también para contribuir al proyecto de mejora escolar. Esto implica acciones que van más allá de la
comunicación con ellos, pidiendo su respaldo a lo que se está llevando a cabo, y más que invitar algunos apoderados a participar en un consejo escolar. Se trata más bien de crear un rol
El esquema de Joyce Epstein (1995), ofrece una guía para los directores y sus docentes para poner en prácticas diversas estrategias de relaciones con los apoderados. Esto consiste en:
Educación a padres y apoderados: Ayudar a todas las familias a establecer ambientes hogareños que apoyen y faciliten el aprendizaje.
Comunicación: Diseñar formas eficaces de comunicación para llegar a los padres. Voluntariado: Reclutar y organizar la ayuda y apoyo de padres en la sala de clases y en
las actividades escolares.
Aprendiendo en casa: Proporcionar a los padres ideas sobre cómo ayudar a los niños en el hogar.
Toma de decisiones: Reclutar y capacitar a padres líderes para participar en procesos de toma de decisiones.
Colaboración con la comunidad: Identificar e integrar recursos de agencias u
organizaciones que prestan servicios a la comunidad (por ejemplo, salud, consejería, recreación).
Plan de Flexibilidad de la Ley ESSA
El Plan de Flexibilidad de la Ley ESSA afirma la fuerza de las iniciativas de reforma de educación de Puerto Rico en las áreas de mejoramiento de los resultados educativos para todos los estudiantes, cerrar la brecha de rendimiento, aumentar la equidad y mejorar la calidad de la enseñanza. A través del sistema de rendición de cuentas en todo el DEPR, todos los interesados podrán compartir un mejor entendimiento de la ejecución de la escuela y el rendimiento del distrito. Uno de los factores que más eleva el standing de una institución escolar es la imagen proyectada a su comunidad. Esta es el producto directo de una comunicación efectiva del personal así como de las relaciones interpersonales entre los miembros del personal escolar y su interacción con la comunidad externa.
Para lograr desarrollar y mantener esta comunicación totalmente clara, la administración debe abstenerse de fomentar que se constituyan grupos de adeptos personales que pueden
controlar la calidad y el flujo de la información que debe recibir. La administración de la escuela debe permitir el acceso a toda información dando prioridad a que fluya de la fuente original. La escuela y la comunidad tienen que ser reciprocas y complementarias en sus acciones. Le
corresponde a la comunidad asumir un liderato de primera clase para proteger la escuela de cualquier fuerza o interés particular que pueda ir en contra de los mejores intereses de está.
Comité Consejo Escolar
El Consejo Escolar es un organismo compuesto por representantes de la comunidad escolar que asesora, recomienda y evalúa procesos de acuerdo a sus funciones en la Escuela de la Comunidad. Este concepto es el mejor mecanismo para promover la participación activa de la comunidad escolar. Constituye, además un medio eficaz en la implantación de la autonomía docente, fiscal y administrativa que le otorga la Ley 149-1999 a las escuelas de la comunidad. Está basada en los principios de la participación democrática en la administración de la escuela, establece que "los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos";
La composición de este órgano permite que todos los sectores estén representados, en mayor o menor medida, por parte de algunos de sus miembros, permitiendo que la acción educativa de todos ellos se encamine en una misma dirección, evitando enfrentamientos e incoherencias que pueden repercutir en el proceso de enseñanza y aprendizaje de los alumnos.
Cada Consejo Escolar requiere que todos y cada uno de los miembros escuche, respete las diversas ideas de los demás y desarrollen estilos de liderato participativo. La diversidad de los miembros del Consejo Escolar es el elemento característico de este cuerpo, el cual presenta diferencias que requieren una votación democrática para lograr un acuerdo común en cuanto a lo que allí se propone; encaminado hacia el beneficio del estudiante y el mejoramiento de la
Comité de Planificación
Este comité debe analizar el marco conceptual de la política educativa delineada en las leyes y reglamentos estatales y nacionales que rigen el Sistema educativo y establecer de manera clara y documentada todas aquellas actividades que esperan realizar durante la implantación del plan.
Miembros que componen el Comité de Planificación: • Director
• Representante de maestros por niveles
• Padre, madre o encargado de un estudiante regular
• Padre, madre o encargado de un estudiante con limitaciones lingüistica en español • Padre, madre o encargado de una estudiante de Educación Especial
• Representante del Consejo Escolar • Representación infantile
VII. Hacia la transformación del sistema educativo en el siglo XXI
La escuela del Siglo XXI que aspiramos debería ser una que tenga como base un
excelente sistema educativo donde tanto los estudiantes como los docentes contaran con todas las herramientas necesarias, la tecnología como parte esencial y un currículo vivo que vaya a tono con la realidad de nuestra sociedad. Una educación donde el estudiante pueda enfrentar los retos del mundo globalizado en el que vivimos.
muy radical que pueda ser vista como demasiado violenta y genere anticuerpos. Esto significa que para poder lograr una verdadera transformación educativa que cumpla con las necesidades de este siglo debemos comenzar los cambios de manera gradual pero de manera continua y para esto debemos de alejar el sistema educativo de los cambios políticos que surgen cada cuatro años en nuestro país.
Es necesario para promover la transformación del sistema educativo de nuestro país, que todas las escuelas realicen el proceso de acreditación. Este proceso ayuda a la formación y actualización permanente de los docentes mediante el desarrollo de su pensamiento crítico y reflexivo, en torno a las prácticas pedagógicas que implementa en las aulas. De igual forma ayuda al fortalecimiento del sentido de responsabilidad social de la institución educativa, tanto con su comunidad local y con la visión global del compromiso de educar.
Carta circular Núm. : 28-2016-2017 Política pública del Departamento de Educación sobre el modelo sistémico de participación ciudadana auténtica en los procesos educativos. Las escuela pertenecen a las comunidades que sirven y estás últimas deben participar en la gestión de la gobernanza escolar. El modelo sistémico de participación ciudadana auténtica en los procesos educativos. Es una estructura que establece una cultura de colaboración que fomenta la participación active de todos los grupos de interés relacionados con el Sistema educativo.
Misión
Visión
IX. Conclusión
1- La misión y visión del Departamento de Educación y la función de la escuela como organización social muestra al estudiante como la razón de ser del sistema educativo. Sin importar nuestra realidad social, política o cultural debemos hacer nuestro mejor esfuerzo para alcanzar las metas a pesar de las limitaciones que podamos encontrar. 2- El sistema educativo de Puerto Rico está altamente politizado y basado en modelos
educativos que responden a otro entorno social. Mientras la política pública siga copiando modelos de otros, no lograremos una verdadera trasformación de sistema educativo de nuestro país.
3- Con la acreditación y licenciamiento de las instituciones se pretende recopilar información para tener un punto de partida para su futuro desarrollo y así mismo lograr cada vez una mejor documentación para evidenciar las fortalezas y debilidades de los programas académicos y poder brindar un proceso de enseñanza-aprendizaje de calidad.
4- Todos los educadores tanto en el Sistema público como el privado estamos
X. Recomendaciones
1- La escuela como organización social persigue unos objetivos y depende de sus miembros para alcánzalos. Ya es tiempo que dejar la pasividad y seamos entes proactivos para así lograr una verdadera transformación.
2- Como parte del sistema educativo de este país, estamos llamados a trabajar en la búsqueda de la escuela ideal que tenga como resultado la sociedad deseada.
3- De acuerdo a las experiencias extraídas del proceso de acreditación se debe crear una serie de pasos metodológicos para sistematizar la información de forma permanente de modo que esté disponible en cualquier momento y en este caso cuando llegue el tiempo de renovación evitar los apuros innecesarios en que incurren los equipos de trabajos de docentes en las primeras etapas del proceso.
XI. Referencias
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