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COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL COPASO

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Academic year: 2021

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“Un Cielo de Oportunidades”

Calle 12 N° 8 - 61 Telefax: (095) 7177423 Correo, alcaldí[email protected]

COMITÉ PARITARIO DE

SALUD OCUPACIONAL

COPASO

2009 - 2011

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“Un Cielo de Oportunidades”

Calle 12 N° 8 - 61 Telefax: (095) 7177423 Correo, alcaldí[email protected]

¿QUE ES EL COPASO?

El Comité Paritario de Salud Ocupacional es un organismo encargado de la promoción, divulgación y vigilancia del cumplimiento de las normas, reglamentos y del programa de Salud Ocupacional dentro de la Alcaldía, propone actividades de capacitación en Salud Ocupacional y cuya política es la de promover a todo el personal de la Institución condiciones de trabajo seguras, sanas e higiénicas, con el fin de evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Tiene un carácter estrictamente asesor y básicamente es un organismo de coordinación entre empleadores, trabajadores y gobierno que deben actuar dentro de un ambiente de diálogo y armonía.

ALCALDIA MUNIPAL DE URIBIA

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“Un Cielo de Oportunidades”

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OBJETIVOS DEL COPASO

Mejorar las condiciones y salud de todos los empleados.

Promover el más alto grado de bienestar físico, mental y social de toda la alcaldía.

Prevenir en los empleados los daños en la salud derivados de las condiciones de trabajo.

Proteger a los funcionarios de los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales, mecánicos, eléctricos y otros derivados de la organización laboral que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo.

Controlar los factores de riesgo presentes en los lugares de trabajo que puedan afectar la salud de los empleados.

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“Un Cielo de Oportunidades”

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COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL - COPASO

MARCO

LEGAL

Normas

que

orientan el

trabajo del

COPASO

DECRETO 6141 DE 1984

Crea las bases para la administración pública y privada de la Salud Ocupacional.

Reglamenta la creación de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial de la empresa.

RESOLUCIÓN 2013 DE 1986 Establece la organización del COPASO.

No. De representantes, sus funciones y acciones del presidente y secretaria, obligaciones del empleador frente a la elección y asignación de responsables.

RESOLUCIÓN 1016 DE 1989

Reglamenta los Programas de Salud Ocupacional en las empresas y los subprogramas de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene y Seguridad Industrial.

RESOLUCIÓN 1401 DE 2007

Reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.

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“Un Cielo de Oportunidades”

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REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS

PRINCIPALES SUPLENTES

PRINCIPALES SUPLENTES

REPRESENTANTES DEL EMPLEADOR

Amanda Bustos O

MARIA ALEANDRA IGUARAN RICARDO ROMERO

GILBERT MEZA CERCHAR CAMILO POLO BIANCA LUBO ROBLES

YULIS SEGURA TORRES MARIA TERESA FLOREZ HERWING COTES

COPASO

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ESRUCTURA DEL COPASO

PRESIDENTE

SECRETARIO

REPRESENTANTES

DEL EMPLEADOR REPRESENTANTES DE LOS

EMPLEADOS

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RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ PARITARIO DE SALUD

OCUPACIONAL (COPASO)

 Participar en las actividades de Salud Ocupacional desarrolladas en la empresa.

 Vigilar el avance del Programa y ejecutar las actividades asignadas para apoyar el cumplimiento del mismo.

 Reunirse periódicamente para tratar los temas de Salud Ocupacional y mantener registros de las actividades realizadas.

 Coordinar la resolución de problemas relacionados con Salud Ocupacional, mediando entre los trabajadores y la mediando entre los trabajadores y la empresa.

Realizar inspecciones planeadas a las áreas y elaborar los informes correspondientes Investigar los Accidentes de trabajo, acatando lo descrito en la Resolución 1401 de 2007.

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COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL – COPASO

PROMOCION Y CAPACITACION

CAMILO POLO BIANCA LUBO ROBLES

INVESTIGACION ACCIDENTES DE TRABAJO

MARIA ALEANDRA IGUARAN

GILBERT MEZA CERCHAR RICARDO ROMERO

INSPECCIONES PLANEADAS

YULIS SEGURA HERWING COTES MARIA TERESA FLORES

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PROMOCION Y CAPACITACION

Participar en las actividades de promoción, divulgación y

capacitación sobre medicina, higiene y seguridad, para

lograr la participación de todo el personal en los programas

de salud ocupacional.

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INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE TRABAJO

Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, recolectando la información sobre el suceso (datos del accidente, descripción de la labor y de lo ocurrido), a fin de realizar un análisis sobre las causas principales y secundarias y proponer ante la administración de la empresa las medidas provisionales o definitivas de control ante los riesgos considerados prioritarios.

Enmarcado en el Decreto 1401 de 2007, el cual insta a conformar un comité investigador en el cual participara en todos los casos un integrante del COPASO.

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INSPECCIONES PLANEADAS

Esta es la actividad central del COPASO, pues a través de ella se realiza seguimiento y vigilancia de las actividades del programa de Salud Ocupacional, se mantiene contacto con los puestos de trabajo y los trabajadores y se conocen las sugerencias e inquietudes.

Esta actividad adquiere especial dimensión ya que su función es esencialmente preventiva y por lo tanto debe hacer especial hincapié en detectar las causas no solo de los accidentes sino de los incidentes, para eliminar los agentes de riesgo.

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FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ

MARIA ALEJANDRA IGUARAN

a) Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz.

b) Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o sitio de las reuniones.

c) Notificar por escrito a los miembros del Comité sobre convocatoria a las reuniones por lo menos una vez al mes.

d) Preparar los temas que van a tratarse en cada reunión.

e) Tramitar ante la administración de la empresa de las recomendaciones aprobadas en el seno del Comité y darle a conocer todas sus actividades.

f) Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del comité e informar a los trabajadores de la empresa acerca de las actividades del mismo.

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FUNCIONES DEL SECRETARIO DEL COMITÉ

BIANCA LUBO ROBLES

a) Verificar la asistencia de los miembros del comité a las reuniones programadas.

b) Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión y someterla a la discusión y aprobación del comité.

c) Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el Comité y suministrar toda la información que requieran el empleador y los trabajadores.

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REUNIONES DEL COMITÉ

El Comité debe reunirse:

 Por lo menos, una vez al mes.

 Cuando se presenten accidentes o situaciones de emergencia.

 Cuando el cronograma de Salud Ocupacional ha sí lo determine.

 En horario, habitual normal y se debe hacer uso racional del tiempo asignado para tal efecto.

ORGANIZACIÓN:

Para hacer más fructífera y eficiente las reuniones se debe tener en cuenta:

 Informar con anticipación a los integrantes del Comité por escrito, los datos del día, hora y lugar de reunión; así como el orden del día.

 Preparar adecuadamente el orden del día por desarrollar y asignar responsables de la información que se debe llevar a la reunión, con suficiente antelación.

 Preparar las condiciones físicas del sitio donde se va a llevar a cabo la reunión para que este sea lo más confortable y adecuado para la eficacia de la misma.

 Crear un ambiente propicio para su desarrollo,

tanto físico como psicológico, de tal manera que se logren buenos niveles de participación y compromiso.

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