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EL CAMINO HACIA LA INTEGRACIÓN EUROPEA

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EL CAMINO HACIA LA INTEGRACIÓN EUROPEA:

DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS A LA UE

La actual Unión Europea es el resultado de un largo proceso de integración supranacional, que se ha ido profundizando y ampliando.

a) Los primeros pasos hacia la construcción de Europa se iniciaron tras la Segunda Guerra

Mundial. En 1946 el británico Winston Churchill se declaró favorable a la creación de unos Estados Unidos de Europa para acabar con las rivalidades entre países, coordinar sus economías y formar una tercera potencia mundial frente a EEUU y la URSS.

b) En los años cincuenta y sesenta, con los Tratados de París (1951) y Roma (1957) se

pusieron las bases de la integración económica:

Por el Tratado de París se creó la CECA (Comunidad Europea del Carbón y del Acero), un mercado común del carbón y del acero integrado por el Benelux (Bélgica-Países Bajos-Luxemburgo), Francia, la República Federal Alemana e Italia.

En el Tratado de Roma los estados de la CECA acordaron la creación de la CEE y el Euratom.

La CEE (Comunidad Económica Europea) establecía el mercado único o libre circulación

de personas, mercancías, servicios y capitales entre los miembros. También creaba una política común agrícola y de transportes y preveía coordinar las políticas económicas y sociales.

El Euratom (Comunidad Europea de Energía Atómica), pretendía desarrollar la

investigación y la industria nuclear con fines pacíficos y crear un mercado común de combustibles nucleares.

1965 - 8 de abril. Firma del Tratado de fusión de los ejecutivos de las tres Comunidades

(CECA, CEE y EURATOM) por el que se constituyen un Consejo y una Comisión únicos. Dicho Tratado entra en vigor el 1 de julio de 1967. La CECA, la CEE y el Euratom constituyeron las

Comunidades Europeas e integraron sus instituciones.

c) En los años setenta continuó la construcción europea. La Comunidad se amplió por el norte, con la adhesión de Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido en 1973 y se crearon instituciones

para coordinar la política exterior (la CPE o Cooperación Política Europea) y para estabilizar los tipos de cambio (el SME o Sistema Monetario Europeo).

d) En los años ochenta la Comunidad se amplió hacia el sur, primero con el ingreso de

Grecia (1981) y más tarde con los de España y Portugal (1986). También entró en vigor el Acta

Única Europea (1987), que reformó por primera vez los tratados fundacionales y sustituyó el

nombre de CEE por el de CE (Comunidad Europea). Sus objetivos principales eran:

Una reforma institucional que aumentase el poder del Parlamento Europeo, hasta entonces una cámara consultiva cuyas resoluciones carecían de fuerza. Para ello estableció un sistema de cooperación legislativa con el Consejo de Ministros.

La plena realización del mercado único comunitario para 1993.

Una reducción de las diferencias de desarrollo entre los miembros, necesaria para el buen funcionamiento del mercado único. Con este fin se duplicó la cuantía de los fondos

estructurales destinados a las regiones más atrasadas.

e) Los años noventa han estado marcados por los siguientes hechos:

En 1992 se firmó el Tratado de Maastricht, que entró en vigor en 1993. Por él la CE cambiaba su nombre por el de Unión Europea (UE), y se establecían sus tres pilares básicos: la Comunidad Europea, que pretende lograr la unión económica y monetaria y avances significativos en política social; la política exterior y de seguridad común (PESC), y la cooperación en los ámbitos de la justicia y asuntos de interior.

En 1993 se implantó el mercado único de forma definitiva.

En 1995 la UE se amplió con la adhesión de Austria, Suecia y Finlandia.

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ampliaciones y es posible que no todos quieran o puedan progresar al mismo tiempo. Por ello permite las "cooperaciones reforzadas", es decir, que un grupo avance a velocidad superior en el proceso de integración y que los miembros más atrasados puedan incorporarse en su momento a los países que van en cabeza.

En 1997 se aprobó también la Agenda 2000, un documento de la Comisión que marca tres objetivos para principios del siglo XXI:

- El fortalecimiento de la Unión. Supone reformas institucionales, previas a la ampliación; el desarrollo y reforma de las políticas internas; y el incremento de la cohesión, manteniendo y reformando los fondos estructurales y el fondo de cohesión.

- La ampliación de la UE. Afecta a varios países de Europa central y oriental. Las condiciones para su ingreso (criterios de Copenhague de 1993) son: instituciones estables que garanticen la democracia, el Estado de derecho, respeto a los derechos humanos y la protección de las minorías; una economía de mercado en funcionamiento, capaz de competir dentro del mercado único, y la capacidad de asumir el acervo comunitario u obligaciones de los miembros.

- La financiación de las políticas internas de la Unión y de la ampliación.

f) En 2001 se firmó el nuevo Tratado de Niza, que una vez aprobado por los estados

miembros, sustituirá al Tratado de Amsterdam. Sus principales acuerdos han sido los siguientes:

La aprobación de algunas reformas institucionales para asegurar el funcionamiento de la Unión tras la ampliación.

La consolidación de la cooperación reforzada. Esta podrá darse con el acuerdo de ocho países, sin que ningún otro pueda vetada, incluso en el terreno de la política exterior y de seguridad común (aunque no en cuestiones con implicaciones militares o de defensa).

 Sin embargo, las cuestiones más problemáticas se aplazaron a 2004, año en el que tendría lugar una profunda reforma de la UE.

g) En 2004. De acuerdo con las decisiones del Tratado de Niza, en el año 2004, firmado en

Roma en octubre, se estableció el Tratado Constitucional, un proyecto de Constitución europea, que no llegó a entrar en vigor al ser rechazado en referéndum en varios países. Ello provocó una crisis institucional en la UE.

h) Para salir de ella y sustituir el proyecto paralizado de Constitución europea, se aprobó

el Tratado de Lisboa firmado el 13 de diciembre de 2007, que fue ratificado por todos los países, entrando en vigor en el año 2009. Sus objetivos principales son hacer más eficaces las instituciones de la Unión Europea, garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos y potenciar el papel de la UE en el mundo.

Finalidad: hacer la UE más democrática, más eficiente y mejor capacitada para abordar,

con una sola voz, los problemas mundiales, como el cambio climático.

Principales cambios: aumento de competencias del Parlamento Europeo, cambio de los

procedimientos de voto en el Consejo, iniciativa ciudadana, carácter permanente del puesto de Presidente del Consejo Europeo, nuevo puesto de Alto Representante para Asuntos Exteriores y nuevo servicio diplomático de la UE.

El Tratado de Lisboa aclara qué competencias:

 se atribuyen a la UE

 se atribuyen a los países miembros de la UE

 se comparten.

1. ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA UE

Las instituciones fundamentales de la UE han sido modificadas por el Tratado de Niza con el fin de garantizar su funcionamiento eficaz en una futura Unión de veintiocho miembros.

a) El Consejo Europeo. El Consejo Europeo reúne a los jefes de Estado o de Gobierno de

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quien preside las reuniones (El presidente del Consejo Europeo es el polaco Donald Tusk, 2014-2017). En él también participa el Alto Representante para Asuntos Exteriores y Política de

Seguridad. Su función es doble: fijar el rumbo y las prioridades políticas generales de la UE y

tratar las cuestiones complejas o sensibles que no puedan ser resueltas en el nivel inferior de la cooperación intergubernamental, es decir, impulsar el desarrollo de la Unión; definir las líneas generales de política económica y social, y hacer declaraciones de especial importancia para la política exterior. A pesar de su peso a la hora de dictar la agenda política de la UE, no tiene

competencias para aprobar legislación. Las reuniones del Consejo Europeo son esencialmente

cumbres en las que los dirigentes de la UE se reúnen para decidir sobre prioridades políticas generales e iniciativas de gran calado. Normalmente suele haber cuatro reuniones al año, presididas por un presidente permanente.

b) El Consejo de Ministros, Consejo de la UE. Está formado por los ministros de Asuntos Exteriores de los estados miembros, aunque para temas específicos asiste el ministro correspondiente. Su presidencia es semestral y rotatoria. Es el foro donde se reúnen los

ministros de los países de la UE para adoptar la legislación y coordinar políticas. Funciones: 1. Aprueba la legislación de la UE.

2. Coordina las diversas políticas económicas de los países de la UE. 3. Firma acuerdos entre la UE y otros países.

4. Aprueba el presupuesto anual de la UE.

5. Desarrolla las políticas exterior y de defensa de la UE.

6. Coordina la cooperación entre los tribunales y las policías de los países miembros. El Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores tiene un Presidente permanente, el Alto

Representante para la Política Exterior y de Seguridad de la UE. Las demás reuniones del

Consejo las preside el ministro correspondiente del país que en ese momento ostente la Presidencia rotatoria de la UE.

Todos los debates y votaciones son públicos.

Para aprobar las decisiones, normalmente es necesario contar con una mayoría cualificada: el 55% de los países (es decir, 15 países de los 28 miembros actuales) que

representen, como mínimo, al 65% de la población total de la UE.

Para bloquear una decisión, son necesarios al menos 4 países (que representen, como

mínimo, al 35% de la población total de la UE).

Excepción: las decisiones relativas a temas sensibles como la política exterior y la

fiscalidad deben adoptarse por unanimidad (todos los países deben estar a favor). Las

cuestiones administrativas y de procedimiento se adoptan por mayoría simple.

c) La Comisión Europea. La Comisión Europea es una de las principales instituciones de la

Unión Europea. Está formada por un presidente (Jean-Claude Juncker) y comisarios, cada uno de los cuales se ocupa de un área de la política comunitaria durante cinco años. Los 28

Comisarios, uno por cada país de la UE, representan el liderazgo político de la Comisión durante

su mandato de cinco años. El Presidente atribuye a cada Comisario competencias en ámbitos de actuación específicos. El Presidente es elegido por el Consejo Europeo, que también designa a los demás Comisarios de común acuerdo con el Presidente nombrado.La Comisión representa y defiende los intereses del conjunto de la UE, y supervisa y aplica las políticas de la UE cuando:

1. propone nueva legislación al Parlamento y al Consejo 2. gestiona el presupuesto de la UE y asigna los fondos

3. hace cumplir la legislación de la UE (junto con el Tribunal de Justicia)

4. representa a la UE en la escena internacional, por ejemplo, negociando acuerdos entre la UE y otros países.

La sede de la Comisión está repartida entre Bruselas y Luxemburgo. La Comisión cuenta,

además, con oficinas (representaciones) en todos los países de la UE y con delegaciones en capitales de todo el mundo.

d) El Parlamento Europeo. Representa a los pueblos de la Unión. Está formado por

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la población del país. Actualmente son 751. La labor del Parlamento Europeo se desarrolla en tres sedes: Bruselas (Bélgica), Luxemburgo y Estrasburgo (Francia). En Luxemburgo se encuentran las oficinas administrativas (la "Secretaría General"). Las reuniones del Parlamento en pleno ("sesiones plenarias") tienen lugar en Estrasburgo y Bruselas. Las reuniones de las comisiones también se celebran en Bruselas. Las funciones principales del Parlamento Europeo son tres:

 debatir y aprobar, junto con el Consejo, la legislación de la UE

 someter a control a otras instituciones de la UE, en especial a la Comisión, para garantizar su funcionamiento democrático

 debatir y adoptar, junto con el Consejo, el presupuesto de la UE.

e) El Tribunal de Justicia Europeo. El Tribunal de Justicia interpreta el Derecho de la UE

para garantizar que se aplique de la misma forma en todos los países miembros. También resuelve conflictos legales entre los gobiernos y las instituciones de la UE. Los particulares, las empresas y las organizaciones pueden acudir también al Tribunal si consideran que una institución de la UE ha vulnerado sus derechos. Tiene su sede en Luxemburgo.

El TJUE consta de dos órganos:

Tribunal de Justicia: resuelve las cuestiones prejudiciales planteadas por los tribunales

nacionales, ciertos recursos de anulación y los recursos de casación. Formado por un juez de cada país miembro y 11 abogados generales

Tribunal General: resuelve los recursos de anulación que interponen los particulares,

las empresas y, en algunos casos, los gobiernos nacionales. Esto significa que, en la práctica, el tribunal se ocupa sobre todo de la legislación sobre competencia, ayudas estatales, comercio, agricultura y marcas comerciales. Formado por 47 jueces. En 2019 pasarán a ser 56 (2 jueces por cada país de la UE).

Los gobiernos nacionales designan a cada juez y abogado general por un periodo renovable de seis años. En cada uno de los tribunales, los jueces eligen a su presidente para un mandato renovable de tres años.

f) El Tribunal de Cuentas. Comprueba que la Unión invierte su dinero de acuerdo con los

presupuestos y fines establecidos. Se creó en 1975 y tiene su sede en Luxemburgo. El Tribunal de Cuentas no tiene competencias legales propias. Si sus auditores descubren fraudes o irregularidades, informan a la OLAF, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude. El Tribunal está compuesto por un miembro de cada país de la UE designado por el Consejo por un periodo renovable de seis años. Los miembros eligen entre ellos al que será su Presidente durante un periodo también renovable de tres años. Presidente: Klaus-Heiner Lehne.

g) El Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) es el cuerpo diplomático de la Unión

Europea. Ayuda a la representante para Asuntos Exteriores de la UE a llevar adelante la política exterior y de seguridad. Entre las principales actividades de la UE en el mundo cabe destacar:

consolidación de la paz con apoyo político, económico y práctico (por ejemplo en los

Balcanes occidentales después de las guerras en la antigua Yugoslavia)

misiones civiles y militares para contribuir a la seguridad en todo el mundo mediante la

política común de seguridad y defensa

mantenimiento de relaciones de amistad con los países que comparten frontera con la

UE a través de la política europea de vecindad

ayuda al desarrollo, respuesta a las crisis, ayuda humanitaria, lucha contra el cambio climático y fomento de los derechos humanos.

El Servicio está dirigido por Federica Mogherini, alta representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. Tiene la sede en Bruselas.

h) La Defensora del Pueblo Europeo, actualmente Emily O’Reilly, responde a las

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 injusticias

 discriminación

 abuso de poder

 omisión de información o negativa a proporcionar información

 retrasos innecesarios

 procedimientos incorrectos.

La oficina de la Defensora del Pueblo Europeo pone en marcha las investigaciones a raíz de las denuncias recibidas o por iniciativa propia. Es completamente independiente y no acata las órdenes de ningún gobierno ni organización. Una vez al año, presenta un informe de actividad al Parlamento Europeo. La Defensora del Pueblo no puede investigar:

 las denuncias contra autoridades nacionales, regionales o locales de países de la UE (ministerios, agencias estatales y organismos municipales), aun cuando estas denuncias estén relacionadas con asuntos de la UE

 las actividades de tribunales o defensores del pueblo nacionales (la institución no es un órgano de apelación para las decisiones adoptadas por estas entidades)

 las denuncias contra empresas o particulares. Tiene su sede en Estrasburgo.

i) La figura del Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) se creó en 2001. El

SEPD tiene la responsabilidad de garantizar que las instituciones y organismos de la UE respeten el derecho de las personas a la intimidad en el tratamiento de sus datos personales.

Las instituciones de carácter consultivo son:

j) El Comité Económico y Social. Los representantes de los empresarios, los trabajadores

y otros grupos de interés europeos pueden expresar su opinión sobre las cuestiones relacionadas con la UE a través del Comité Económico y Social Europeo (CESE). Se trata de una

asamblea consultiva que emite dictámenes para las grandes instituciones, como el Consejo, la

Comisión y el Parlamento Europeo. Está formado por 353 miembros que representan a los grupos de interés económico y social de toda Europa. Los miembros son designados por los

gobiernos nacionales y nombrados por el Consejo de la Unión Europea por un mandato

renovable de 5 años. Los miembros del CESE, cuya actividad no está remunerada, cobran dietas que les permiten sufragar los gastos de viaje y alojamiento cuando asisten a las reuniones.

k) El Comité de las Regiones. Representa a los entes regionales y locales de la Unión

Europea. La función del Comité de las Regiones (CDR) es exponer los puntos de vista regionales

y locales acerca de la legislación de la UE. Lo hace emitiendo informes, llamados “dictámenes”,

sobre las propuestas de la Comisión. El Comité de las Regiones tiene en la actualidad 353

miembros (y el mismo número de suplentes) procedentes de los 28 países de la UE. El Consejo

nombra a los miembros y los suplentes por un periodo de cinco años, a propuesta de los países de la UE. Los miembros son cargos de carácter electivo o elementos clave en los entes

regionales y locales de las regiones a las que pertenecen.

Las instituciones monetarias y financieras de la UE son:

l) El Banco Central Europeo. El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC). El Banco

Central Europeo (BCE) tiene su sede en Fráncfort (Alemania). Gestiona el euro, la moneda única de la UE, y protege la estabilidad de los precios en la UE. El BCE es también responsable de fijar las grandes líneas de la política económica y monetaria de la UE y de su aplicación. Su principal finalidad es:

Mantener los precios estables (inflación bajo control), especialmente en los países que utilizan el euro.

Mantener el sistema financiero estable y garantizar que las instituciones y mercados financieros se supervisen adecuadamente.

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centrales de la zona del euro (los 19 países de la UE que han adoptado el euro), también conocida como eurozona. La cooperación entre este reducido y compacto grupo de bancos se llama "Eurosistema".

m) El Banco Europeo de Inversiones (BEI). El Banco Europeo de Inversiones es propiedad

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