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P R O Y E C T O D E R E G L A M E N T O DE C O M P E T E N C I A DE LA P R I M E R A D I V I S I Ó N "A" T E M P O R A D A

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P R O Y E C T O D E

R E G L A M E N T O

DE C O M P E T E N C I A

DE LA

P R I M E R A D I V I S I Ó N "A"

T E M P O R A D A

2007 – 2008

(2)

ÍNDICE PÁGINA

Participantes 4

Sistema de Competencia 5

Fase de Calificación 6

Sistema de Fase de Calificación 8

Generalidades de la Fase de Calificación y Final 11

Ascenso 12 Descenso 14 Inscripción de Jugadores 16 Cuerpo Técnico 19 Carnet Único 24 Jugadores Extranjeros 25

Alineación indebida de Jugadores 26

Sanción por Alineación Indebida 27

Partidos 28

(3)

Incomparecencias y retiros 34

Canchas y Terreno de Juego 36

Estadios 38 Veto a Estadio 41 Uniformes 42 Balones 44 Árbitros 45 Comisarios 46

Sistema Económico de la Competencia 47

Balón de Oro 50

Disposiciones Generales 52

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Artículo 1

El presente Reglamento de Competencia es aplicable para la Temporada 2007 – 2008, que incluye los Torneos Mexicanos de Liga de la Primera División “A”, denominados: Torneo Apertura 2007 y Torneo Clausura 2008 respectivamente.

PARTICIPANTES Artículo 2

Participan en la Temporada 2007 – 2008 de la Primera División “A”, los 24 Clubes que en orden alfabético a continuación se mencionan:

1 Académicos, 2 Alacranes de Durango, 3 Atlético Mexiquense, 4 Club de Futbol Indios,

5 Correcaminos de la U. A. T., 6 Cruz Azul Hidalgo, 7 Dorados de Sinaloa, 8 Jaguares de Tapachula, 9 León, 10 Lobos B. U. A. P., 11 Monarcas Morelia Primera "A", 12 Petroleros de Salamanca, 13 Pumas Morelos, 14 Querétaro F. C., 15 Rayados de Monterrey Primera "A", 16 Santos Laguna Primera "A", 17 Socio Águila F. C., 18 Tampico Madero, 19 Tapatío, 20 Tecos U. A. G., 21 Tiburones Rojos de Coatzacoalcos, 22 Tigres B, 23 Tijuana, 24 Tuberos de Colima. Para los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008 los 24 equipos participantes se determinarán de la siguiente manera:

2.1. Certificados: Aquellos Clubes que cumplan con los requisitos señalados en el Reglamento de Afiliación Nombre y Sede, Cuaderno de Cargos y Reglamento de Competencia de la Primera División “A”, los cuales tendrán derecho de ascenso y obligación al descenso en su caso.

2.2. No certificados con aspiración a recibir el premio económico de USD 2,000,000 (Dos Millones de Dólares), los cuales no tienen derecho al Ascenso a la Primera División Profesional ni obligación al Descenso a la Segunda División Profesional.

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SISTEMA DE COMPETENCIA Artículo 3

La Competencia de los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008 se desarrollará en dos Fases: de Calificación y Final.

La Fase de Calificación se integra por las 17 jornadas.

La Fase Final se integra por los partidos de Cuartos de Final, Semifinal, Final, Final de Ascenso y Partidos Promocionales en su caso.

Artículo 4

En la Fase de Calificación se observara el sistema de puntos, siendo el Club local el que en los dos Calendarios de juegos aparece en primer término. La ubicación en la Tabla General de Clasificación por grupos y la Tabla de Clasificación General, estará sujeta a lo siguiente:

4.1. Por cada juego ganado se obtendrán tres puntos. 4.2. Por cada juego empatado se obtendrá un punto. 4.3. Por cada juego perdido cero puntos.

Artículo 5

El orden de los Clubes al término de la Fase de Calificación de cada Torneo, corresponderá a la suma de los puntos obtenidos por cada uno de ellos y se presentará en forma descendente.

Si al terminar las 17 jornadas de cada Torneo, dos o más Clubes estuvieren empatados en puntos, su posición en la Tabla General de Clasificación será determinada atendiendo a los siguientes criterios de desempate:

5.1. Diferencia entre los goles anotados y recibidos. 5.2. Mayor número de goles anotados.

5.3. Marcadores particulares entre los Clubes empatados. 5.4. Mayor número de goles anotados como visitante. 5.5. Sorteo.

(6)

FASE DE CALIFICACIÓN Artículo 6

En la Fase de Calificación participan los 24 Clubes de la Primera División “A”, divididos en dos; Grupos: “A” y “B”.

La Formación de los grupos prevalecerá en los 2 Torneos, y se distribuirán en dos grupos de 12 Clubes, de acuerdo a su lugar en la Tabla General de Clasificación de la Temporada 2006 - 2007, así como por su ubicación geográfica.

(7)
(8)

SISTEMA DE FASE DE CALIFICACIÓN Artículo 7

Cada Torneo estará compuesto por 17 Jornadas divididas en: a) 11 Jornadas de grupo

b) 6 Jornadas intergrupales

Los Clubes que actúen como local en las 17 Jornadas de la fase de calificación del Torneo Apertura 2007, pagarán la visita en el Torneo Clausura 2008.

7.1 Estructuración de las 17 Jornadas

a) Las primeras 11 jornadas estará conformada por 12 partidos entre Clubes del mismo grupo.

b) Las siguientes 6 jornadas denominadas integrupales (De la jornada 12 a la 17); se celebran entre rivales de grupo opuesto, es decir; Clubes del Grupo A Vs. Clubes del Grupo B.

El esquema para definir los partidos “Intergrupales” (De la Jornada 12 a la 17), sería mediante un sorteo aleatorio previo al inicio de la Temporada 2007 – 2008.

Este sorteo determinará las combinaciones de partidos para las Jornada 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de ambos Torneos.

Los Clubes acumularán en las Cuatro tablas los puntos logrados tanto en los partidos grupales como en los intergrupales.

1. Tabla General de Clasificación en la Temporada.

2. Tabla General de Clasificación en el Torneo Correspondiente. 3. Tabla General de Clasificación por Grupo.

(9)

FASE FINAL Artículo 8

Participarán por él titulo de Campeón de la Primera División “A” en los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, los cuatro primeros lugares de cada grupo, reordenándolos del 1 al 8 de acuerdo a su ubicación en la Tabla General de Clasificación del Torneo correspondiente al término de la Jornada 17.

Artículo 9

La Fase Final estará conformada por las siguientes etapas: 9.1. Cuartos de Final.

9.2. Semifinales. 9.3. Final

9.4. Final de ascenso (Clausura 2008)

9.5. Partidos Promocionales (en su caso ), (Clausura 2008)

Los partidos correspondientes a la Fase Final, se jugarán obligatoriamente los días miércoles y sábado o jueves y domingo, eligiendo en su caso exclusivamente en forma descendente los cuatro Clubes mejor clasificados en la Tabla General al término de la jornada 17, el día y hora de su partido como local. Los siguientes cuatro Clubes podrán elegir únicamente el horario.

En las oficinas de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A.C., los lunes previos a los partidos programados a los Cuartos de Final, Semifinal, Final, en su caso Final de Ascenso y Partidos Promocionales se llevará a cabo una Reunión con los Representantes de los Clubes calificados para determinar los siguientes puntos:

a) Día y horario de los partidos correspondientes.

b) Uniformes que utilizarán los Clubes como local y visitante. c) Compra, venta e intercambio de boletos.

d) Diversos.

En esta Reunión, el Director de la Primera División “A” levantará una Acta con los Acuerdos respectivos y dará seguimiento a los mismos.

El Club que no asista a esta Reunión, se hará acreedor a una sanción económica equivalente a 500 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal; y se obliga a cumplir con los acuerdos y resoluciones emanados en dicha Reunión. Así mismo, el Club que no cumpla con los acuerdos se hará acreedor a una sanción de 500 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal por cada acuerdo incumplido.

CUARTOS DE FINAL Artículo 10

Los partidos de Cuartos de Final, se jugarán de la siguiente manera: los cuatro Clubes mejor clasificados en la Tabla General de Clasificación elegirán su día y horario de sus partidos correspondientes, debiendo ser: dos en miércoles y dos en jueves. Así mismo, los segundos partidos se jugarán dos en sábado y dos en domingo. En ningún caso se permitirá que se programen dos

(10)

Si más de dos Clubes de una misma sede califican a esta fase, los Clubes mejor ubicados en la Tabla General de Clasificación, tendrán el derecho a escoger el día y horario de sus partidos correspondientes, respetando 48 horas de descanso entre el primer partido y segundo partido.

Tratándose de Clubes de una misma sede los encuentros deberán celebrarse por lo menos con 3 (Tres) horas de diferencia entre partido y partido, contándose a partir de la finalización del primer juego.

SEMIFINALES Artículo 11

En las Semifinales participarán los cuatro Clubes vencedores de Cuartos de Final, reubicándolos del uno al cuatro, de acuerdo a su mejor posición en la Tabla General de Clasificación al término de la jornada 17 del Torneo correspondiente.

Los partidos de Semifinales se jugarán en miércoles y sábado ó en jueves y domingo, eligiendo siempre el Club que haya quedado mejor ubicado dentro de la Tabla General de Clasificación el día para la celebración de su partido. Los horarios serán determinados por los Clubes locales, quienes no podrán programar sus partidos a la misma hora, respetando siempre el derecho de elección del mejor ubicado en la Tabla General de Clasificación.

FINAL Artículo 12

Disputarán el Titulo de Campeón de los Torneos de Apertura 2007 y Clausura 2008, los dos Clubes vencedores de la Fase Semifinal correspondiente, reubicándolos del uno al dos, de acuerdo a su mejor posición en la Tabla General de Clasificación al termino de la jornada 17 correspondiente, eligiendo siempre el Club que haya quedado mejor ubicado, el día y la hora de su partido como local.

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GENERALIDADES DE LAS FASES DE CALIFICACIÓN Y FINAL

Artículo 13

13.1. Fase de Calificación.

En la Fase de Calificación, si los Clubes involucrados no llegan a un acuerdo para celebrar el día y horario de sus partidos, por encontrarse participando en un Torneo Internacional Oficial avalado por FIFA ó Confederaciones, la Secretaría General de la Primera División “A” tomando la opinión de la Dirección General Deportiva como la Primera División “A”, estará facultado para decidir día y horario, dando prioridad a la solicitud del Club que se encuentre participando en un Torneo Internacional.

13.2. Cuartos de Final y Semifinal

El Club vencedor en los partidos de Cuartos de Final y Semifinales será aquel que en los dos juegos anote el mayor número de goles que su contrario, criterio conocido como MARCADOR GLOBAL. De existir empate, el Club mejor ubicado en la Tabla General de Clasificación al término de la jornada 17 del Torneo correspondiente, pasará a la siguiente fase.

13.3.Fase Final

El Club vencedor de la Final y por lo tanto Campeón, será aquel que en los dos partidos anote el mayor número de goles que su contrario, criterio conocido como MARCADOR GLOBAL. Si al término del tiempo reglamentario el partido esta empatado, se prorrogarán dos tiempos extras de 15 minutos cada uno. De persistir el empate en estos periodos, se procederá a lanzar tiros penales en la forma que a continuación se describe hasta resultar un vencedor.

Cada Club lanzará 5 tiros penales en un mismo marco, alternándose los Jugadores y Clubes en su ejecución, en forma rotativa, declarando vencedor al Club que anote mayor número de goles.

Si al finalizar el partido, un Club tiene mas Jugadores que su adversario, deberá reducir su número para equipararse al de su adversario e informar al Árbitro, el nombre y número de cada Jugador excluido. El Capitán del Club será el responsable de esta función.

Antes de comenzar con el lanzamiento de tiros penales, el Árbitro se asegurará que dentro del círculo central permanezca solamente el mismo número de Jugadores por Club para lanzar los tiros penales. Si por cualquier causa, un Jugador en su oportunidad dejara de ejecutar un penal, este se considerará como no anotado.

Si después de que cada Club haya lanzado la serie única de 5 tiros penales alternadamente y los dos obtuvieran el mismo número de goles o ninguno, se continuaran ejecutando los tiros penales que sean necesarios, uno por uno, en el mismo orden, hasta el momento en que cada Club ejecute el mismo número de tiros penales. Cuando un Club haya marcado un gol mas que el otro, será el ganador.

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ASCENSO Artículo 14

Disputarán el ascenso a la Primera División Profesional los campeones de los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, siendo el Club con mayor numero de puntos, sumando Apertura 2007 y Clausura 2008 con los criterios de desempate establecidos en el artículo 5, el que juegue de local el partido de vuelta y escogiendo día y hora del mismo, debiéndose jugar obligatoriamente miércoles y sábado o jueves y domingo. Si existiera el mismo Campeón en ambos Torneos se anulará esta Fase, en virtud de que se daría el ascenso automático, siempre y cuando cuenten con la Certificación a que se refiere el artículo 14.1. Los demás aspectos reglamentarios serán iguales a la Fase Final.

14.1. Ascenso a la Primera División Profesional

El Club que resulte campeón de la Primera División “A” en la Temporada 2007 – 2008, ascenderá de manera automática a la Primera División Profesional, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento de Afiliación Nombre y Sede, Cuaderno de Cargos y Reglamento de la Primera División y cuente con la certificación respectiva al 04 de Octubre de 2007.

Para los efectos del párrafo anterior, se entenderá por certificación el documento que emita la Dirección General Deportiva a favor de un Club en específico, a través del cual se acredite que dicho Club ha cumplido con los requisitos establecidos tanto en los Reglamento citados como en el Cuaderno de Cargos.

Si el Club que resulte campeón de la Primera División “A”, no cumple con los requisitos señalados y/o no cuenta con la certificación antes referida, no podrá ascender a la Primera División Profesional y recibirá un premio económico por la cantidad de USD $2`000,000.00. En este caso para definir al Club que tendrá derecho a ascender a la Primera División Profesional, se disputarán dos partidos promociónales a visita reciproca, que se jugarán entre el Club de la Primera División Profesional que haya descendido y el Club de la Primera División “A”, que habiendo sido certificado, se encuentre mejor ubicado en la Tabla General de Clasificación de los dos Torneos de la Primera División “A”. Estos partidos deberán programarse en la semana siguiente a la terminación del partido Final de ascenso de la Primera División “A” y deberá sujetarse a las reglas establecidas en el artículo 14 del Reglamento de Competencia de la Primera División Profesional para los partidos Finales. Debiendo jugar como local el primero de los partidos, el Club proveniente de la Primera División “A”. En estos partidos solo podrán participar jugadores registrados en su Club y filiales durante la Temporada 2007 – 2008.

El vencedor de estos encuentros será el Club que ascenderá a la Primera División Profesional, mismo que iniciara con el cociente y diferencia de goles en cero y deberá cubrir la cantidad de USD $2`000,000.00, dicha cantidad deberá ser cubierta 48 hrs. antes del primer partido. El Club que ascienda tendrá la obligación de jugar por lo menos un año en la plaza y estadio donde celebro sus partidos durante la Temporada anterior.

Si uno de estos dos Clubes no cumplen con el depósito antes referido, quedará excluido del derecho de ascender a la Primera División Profesional y ascenderá el Club que haya hecho el depósito correspondiente.

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Artículo 15

ASCENSO DEPORTIVO DE SEGUNDA DIVISIÓN A PRIMERA DIVISIÓN “A” Ascenso a la Primera División “A”

El Club que resulte campeón de la Segunda División de la Temporada 2007 – 2008 ascenderá de manera automática a esta División, siempre y cuando cumpla con los requisitos que se establecen en el Reglamento de Afiliación, Nombre y Sede del Cuaderno de Cargos y de este Reglamento y por lo tanto con lo anteriormente expuesto, obtendrá la Certificación necesaria para participar en el grupo de equipos con derecho a ascender a la Primera División Profesional.

Para los efectos del párrafo anterior, se entenderá por Certificación el documento que emita la Dirección General Deportiva a favor de un Club en específico, a través del cual se acredite que dicho Club ha cumplido con los requisitos establecidos tanto en los Reglamentos citados, como en el Cuaderno de Cargos.

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DESCENSO Artículo 16

De los 24 Equipos participantes descenderá a la Segunda División Profesional el equipo que de acuerdo al Artículo 2.1, obtenga el cociente mas bajo sumando los siguientes Torneos, Apertura 2005 y Clausura 2006, Apertura 2006 y Clausura 2007, Apertura 2007 y Clausura 2008. Los cocientes que se obtengan serán con cuatro decimales. La manera de obtener el cociente es, dividiendo el número de puntos totales obtenidos entre el número de partidos jugados.

Al termino de la jornada 17 del Torneo Clausura 2008, el Club que obtenga el cociente mas bajo acumulado, descenderá automáticamente a la Segunda División.

Los Clubes que hayan participado en una o dos temporadas en la Primera División “A”, para efectos del descenso su cociente será el resultado de la división del número de puntos totales obtenidos entre el número de partidos jugados, en las Temporadas en que haya jugado ininterrumpidamente.

En caso de existir empate en el cociente entre dos o más Clubes, se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 5, segundo párrafo de este Reglamento. Utilizando siempre para tal efecto el número de Temporadas ininterrumpidas que tenga el Club con menor participación en la Primera División “A”.

El Club que por su ubicación en la Tabla General de Cociente, descienda a la Segunda División y ocupe uno de los ocho lugares para la Fase Final del Torneo correspondiente, no podrá participar en ella y su lugar será ocupado por el Club mejor clasificado en su grupo.

De existir un caso de incomparecencia por parte de un Club, se procederá de conformidad con el artículo 44 de este Reglamento.

En el supuesto de que se presente un acontecimiento, según lo establecido en el Artículo 44 de este Reglamento, únicamente descenderá a la División inmediata inferior el Club que incurrió en la falta antes descrita, manteniéndose en esta División el Club que al terminar la Temporada obtenga el cociente mas bajo acumulado de acuerdo a este artículo.

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INSCRIPCIÓN DE JUGADORES Artículo 17

Los jugadores que participen en los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, deberán estar debidamente inscritos por sus Clubes en la Secretaría General de la Primera División “A” de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., a través de la Dirección General Deportiva y ser miembros afiliados de la misma, debiendo presentar para este fin la documentación correspondiente en original ó copia fotostática según se indique y debiendo ser un mínimo de 18 jugadores registrados por Club en nuestra División.

Para el efecto, los Clubes podrán inscribir sin límite a Jugadores Mexicanos. Debiendo participar en cancha como máximo a 5 Jugadores nacidos antes del 1° de Enero de 1984.

Así mismo deberán obligatoriamente participar en cancha 6 Jugadores nacidos del 1° de Enero de 1984 en adelante.

Los Jugadores Mexicanos que tengan la calidad de aficionados podrán ser registrados en cualquier momento.

Para Jugadores con número de afiliación: 17.1. Listado electrónico para Registro.

17.2. Contrato Deportivo de Trabajo celebrado entre el Club y el Jugador. (3 tantos)

17.3. En su caso, Papeleta Oficial de Transferencia (P.O.T.), debidamente firmada por el Club cedente, el Club cesionario y Jugador.

17.4. En su caso, Papeleta Oficial de Contratación (P.O.C.), debidamente firmada por el Club y el Jugador.

17.5. En su caso, Cédula Médica firmada por el Doctor registrado por el Club ante la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C.

17.6. En su caso, notificación del Club anterior informando de la baja del jugador.

17.7. Finiquito del último Club en el cual estuvo registrado, firmado por el Club y Jugador, o en su caso Carta de no Adeudo entre el Jugador y Club anterior; en caso de existir algún adeudo deberá señalarse el acuerdo respectivo.

17.8. En su caso, Carta de Naturalización (copia fotostática, presentar el original sólo para

cotejar).

17.9. En caso de Jugadores Extranjeros presentar documento vigente que certifique su calidad Migratoria en copia fotostática.

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Para Jugadores sin número de afiliación:

17.11. Listado electrónico para Afiliación. 17.12. Solicitud de Afiliación

17.13. Contrato Deportivo de Trabajo celebrado entre el Club y el Jugador (3 tantos).

17.14. Tratándose de Jugadores extranjeros que provengan de otra Asociación Nacional, el Certificado de Transferencia Internacional, además de los requisitos contenidos en este artículo.

17.15. Carta de la Asociación de Aficionados correspondiente, con el visto bueno del Sector Aficionado (sello y firma) de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., si es debutante o mantiene su calidad de Aficionado, a excepción de aquellos Jugadores registrados en el padrón que los Clubes presenten ante esta División.

17.16. Cédula Responsiva Médica firmada por el Doctor registrado por el Club ante la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C.

17.17. 1 fotografía tamaño infantil.

17.18. Acta de nacimiento ó Cédula de Identidad (copia fotostática, presentar el original sólo para cotejar).

17.19. En caso de ser extranjero, presentar el documento vigente que certifique su calidad migratoria (en copia fotostática).

17.20. En su caso, Carta de Naturalización. (copia fotostática, presentar el original sólo para cotejar).

17.21. En el caso de Jugadores extranjeros que estén inscritos en otras Federaciones, y que vayan a ser registrados en la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A.C.; como requisito indispensable deberán presentar documentos originales.

Si el Club solicitante ha presentado los documentos originales a que se refiere el articulo 17, y se ha solicitado el Certificado Internacional de Transferencia, antes del cierre de registros y éste no se recibió, quedará la solicitud en depósito formalizándose el registro hasta en tanto no llegue el Certificado o transcurra él termino establecido por FIFA para habilitar al Jugador y poder inscribirlo.

La autenticidad de los documentos solicitados en los apartados 17.6., 17.7., 17.8., 17.9., 17.17., 17.18., 17.9., y 17.20 son responsabilidad estricta del Jugador.

(18)

Artículo 18

Los Jugadores que por cualquier causa no continúen prestando sus servicios en el Club donde se encuentran registrados, no podrán ser inscritos por otro Club hasta el siguiente Torneo.

Para tal efecto, el Club deberán notificar por escrito tal situación, a la Secretaría General de la Primera División “A”, anexando para tal efecto la finalización del contrato, finiquito o carta de no adeudo.

(19)

CUERPO TÉCNICO Artículo 19

Los Directores Técnicos de los Clubes que participen en los Torneos de la Primera División “A” Apertura 2007 y Clausura 2008, deberán ser registrados por sus Clubes en la Secretaría General de la Primera División “A” de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación A. C., a través de la Dirección General Deportiva y ser miembros afiliados de la misma.

Requisitos:

Toda la documentación se deberá presentar en original o copia fotostática según se indique. Para Directores Técnicos con número de afiliación:

19.1. Listado electrónico para Registro y copia fotstatica de la credencial emitida por el Sistema Nacional de Capacitación, presentato el orignal para su cotejo.

19.2. Contrato Deportivo de Trabajo (3 tantos).

19.3. En su caso, Cédula Médica firmada por el Doctor registrado por el Club ante la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C.

19.4. Notificación del Club anterior informando de la baja del Director Técnico.

19.5. Finiquito del último Club en el cual estuvo registrado, firmado por el Club y Director Técnico, o en su caso Carta de no Adeudo entre el Director Técnico y Club anterior; en caso de existir algún adeudo deberá señalarse el acuerdo respectivo.

19.6. En caso de ser extranjero presentar el Documento vigente que certifique su calidad Migratoria en copia fotostática.

Para Directores Técnicos sin número de afiliación:

19.7. Listado electrónico para Afiliación y copia fotostática de la credencial emitida por el Sistema Nacional de Capacitación, presentando el original para su cotejo.

19.8. Solicitud de afiliación.

19.9. Contrato Deportivo de Trabajo (3 tantos).

19.10. Cédula Médica firmada por el Doctor registrado por el Club ante la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C.

(20)

19.13. En caso de ser extranjero, presentar el documento vigente que certifique su calidad migratoria (copia fotostática, presentar el original sólo para cotejar).

La autenticidad de los documentos solicitados en los apartados 19.3., 19.4., 19.5., 19.6., 19.11., 19.13., es responsabilidad estricta del Director Técnico.

El Director Técnico es la única persona autorizada para dar instrucciones a los Jugadores dentro del área técnica en los partidos oficiales o amistosos de la presente Temporada.

Los Auxiliares Técnicos, solo podrán asumir la función del Director Técnico, en caso de expulsión. Aquellos Directores Técnicos, Preparadores Físicos o Auxiliares Técnicos que por cualquier causa no continúen prestando sus servicios en el Club donde se encuentran registrados, no podrán ser inscritos por otro Club ni en la Primera División Profesional hasta el siguiente Torneo.

Para tal efecto, tanto el Club como el Director Técnico, Preparador Físico ó Auxiliar Técnico deberán notificar por escrito tal situación, a la Secretaría General de la Primera División “A”, anexando la finalización del Contrato y Finiquito.

Artículo 20

Los Clubes de Primera División “A” deberán registrar ante la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C. a sus Auxiliares Técnicos, Preparadores Físicos, Médicos, Utileros y Masajistas personal que por razón de su actividad, deben permanecer en la cancha de juego.

Para el registro de los Auxiliares Técnicos, Preparadores Físicos, Médicos, Utileros y Masajistas, deberán presentar los siguientes documentos:

Para los demás integrantes del Cuerpo Técnico con número de afiliación:

20.1. Listado electrónico para Registro y copia fotostática de la credencial emitida por el

Sistema Nacional de Capacitación, presentado el original para su cotejo. 20.2. Contrato Deportivo de Trabajo. (3 tantos)

20.3. En el caso de ser extranjero, deberá presentar documentos oficiales de la Asociación Nacional del país que le haya expedido el Título, los cuales deberán ser revalidados y avalados por el Sistema Nacional de Capacitación de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A.C.

Para los demás integrantes del Cuerpo Técnico sin número de afiliación:

20.4. Listado electrónico para Afiliación.

20.5. Solicitud de afiliación.

20.6. Contrato Deportivo de Trabajo. (3 tantos)

20.7. Los Auxiliares Técnicos, deberán presentar el Título de Director Técnico expedido y avalado con el soporte académico, emitido por el Sistema Nacional de Capacitación de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C. Deberán presentar la certificación de la Escuela Nacional de Directores Técnicos que lo acredite que cursa el 3er. ó 4to. módulo cuando menos, en caso de no contar con el Título.

(21)

En el caso de ser extranjero, deberá presentar documentos oficiales de la Asociación Nacional del país que le haya expedido el título, los cuales deberán ser revalidados y avalados por el Sistema Nacional de Capacitación de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C. 20.8. Acta de nacimiento ó Cédula de Identidad (Copia fotostática, presentar el original sólo

para cotejar).

20.9. 1 fotografía tamaño infantil.

20.10. En caso de ser extranjero, presentar el documento vigente que certifique su calidad migratoria (copia fotostática, presentar el original sólo para cotejar).

20.11. En el caso de los Médicos, además, el Título Oficial correspondiente y la Cédula Profesional respectiva.

20.12. Los Preparadores Físicos deberán presentar el Título ó comprobante de estudios de Preparación Física a nivel superior ó documento oficial expedido por la Federación Mexicana de Fútbol y en caso de que provengan del extranjero, el título o documento deberá ser revalidado y autorizado por el Sistema Nacional de Capacitación de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C.

La autenticidad de los documentos solicitados en los apartados 20.3., 20.7., 20.8., 20.10., 20.11. y 20.12., son responsabilidad estricta del interesado.

En el caso de ausencia justificada de algún integrante del Cuerpo Técnico, ya sea Auxiliar, Preparador Físico ó Médico, se podrá autorizar a un sustituto del Cuerpo Técnico que esté registrado en su filial de la Primera División Profesional, Segunda División Profesional, previa autorización de la Primera División “A” en su caso y deberá presentar su registro al Árbitro.

(22)

Artículo 21

La entrega de la documentación para el registro de Jugadores y Cuerpo Técnico para la Temporada 2007 - 2008, quedará cerrada el 20 de Julio de 2007.

Los registros se entregaran a los Clubes el 27 de Julio de 2007, a partir de las 9 de la mañana y hasta las 19:00 hrs., siempre y cuando estén al corriente con las obligaciones a que se refiere los artículos 17, 18, 19, 20 y 61 del Presente Reglamento.

Los Clubes que transfieran al extranjero a Jugadores mexicano ó extranjeros, posterior al cierre de registros podrán sustituirlo por un nuevo Jugador dentro de los 30 días siguientes al cierre de los mismos.

Artículo 22

Al día siguiente del último partido del Torneo Apertura 2007 se reabrirá: el registro de Jugadores para el Torneo Clausura 2008 y quedará cerrado el 04 de Enero de 2008 a las 19:00 hrs., bajo las siguientes condiciones:

Se podrán registrar como máximo 6 Jugadores procedentes de cualquier división o del extranjero siempre y cuando no se exceda el máximo exigido por este reglamento.

Artículo 23

En caso de incapacidad total permanente, certificada por el Área Medica de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C.; o muerte de un jugador nacional o extranjero, el Club que lo tenga registrado podrá en cualquier tiempo sustituirlo para que concluya el o los Torneos en vigor.

Articulo 23.1

Sustitución de jugador por lesión

Se podrá sustituir a un jugador registrado, que durante el periodo de tiempo en el cual se desarrolla el Torneo correspondiente, en partidos oficiales, amistosos o de carácter internacional, haya sufrido una lesión que le impida seguir participando por el resto del Torneo. Específicamente lesiones que requieran tratamiento quirúrgico o que tarden tres meses o más en su recuperación.

Para que proceda la sustitución, se deberá cumplir con lo siguientes requisitos:

a) La lesión del jugador deberá ser informada a la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C. En un plazo máximo de 5 días de la fecha en que ocurrió.

b) La lesión del jugador deberá ser diagnosticada y confirmada en laboratorio y gabinete.

c) La lesión deberá impedirle al jugador seguir participando por un período no menor de tres meses.

d) El medico del Club afectado deberá presentar a la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., la historia clínica de la lesión y los estudios realizados al jugador para confirmar el diagnóstico de incapacidad que presente.

(23)

e) La lesión deberá ser certificada por el medico del Club afectado y por el Director Medico de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., examinando al jugador.

Si existe discrepancia entre el médico del Club reclamante y el Director Médico de la Federación, se solicitará el dictamen de un tercer médico que será nombrado de común acuerdo entre él Medico del Club y el Director Medico de la Federación. Los gastos que se originen correrán por cuenta del Club afectado.

En caso de que coincidan los informes médicos, la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., recibiendo la solicitud de inscripción del nuevo jugador, otorgará dentro de las 24 hrs. Siguientes el registro correspondiente.

El Jugador sustituto podrá participar con su nuevo Club, siempre y cuando no haya estado registrado en un Club del Sector Profesional en el mismo Torneo.

El Jugador lesionado que se encuentre registrado por toda la Temporada, podrá de nueva cuenta y una vez recuperado de la lesión, ser dado de alta para participar con su Club en el Torneo siguiente sin ser considerado como parte de los 6 Jugadores a registrar a que se refiere el artículo 22 segundo párrafo del presente Reglamento. El Jugador sustituto en caso de seguir participando con su Club para el siguiente Torneo contara como uno de los seis Jugadores que podrán ser registrados de conformidad al artículo antes referido.

Si el Jugador titular no regresa a participar en el Torneo siguiente y el sustituto de ese Jugador continua registrado para dicho Torneo, no se tomara en cuenta como parte de los 6 Jugadores a registrar a que se refiere él articulo 22 segundo párrafo del presente Reglamento.

(24)

CARNET ÚNICO Artículo 24

Es la autorización oficial expedida por la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., para que Jugadores mexicanos inscritos en los Clubes de la Primera División “A” y sus filiales puedan actuar en cualquiera de sus Clubes de las diferentes Divisiones Profesionales, de conformidad al Reglamento de Competencia particular de cada División.

Para los efectos de este Reglamento, se entiende por filial a aquellos Clubes que dependen administrativa y deportivamente de una organización que cuenta con el 51% de la tenencia accionaria, teniendo para registrar a su filial hasta el 20 de Julio de 2007

En la etapa de Cuartos de Final, Semifinal, Final, Final de ascenso y Partidos Promocionales (en caso de que la hubiera), no podrá alinear ningún jugador nacional, ni aun estando registrado en Primera División “A” y que hubiere jugado en la Primera División Nacional, si no tiene un mínimo de cuatrocientos cincuenta (450) minutos jugados durante cada uno de nuestros Torneos.

Los Jugadores registrados en los Clubes filiales en la Segunda y Tercera División, podrán actuar en la Fase Final sin considerar el requisito de minutos jugados establecido en el párrafo anterior.

(25)

JUGADORES EXTRANJEROS Artículo 25

Los Clubes que participen en los Torneos Apertura 2007 – Clausura 2008, podrán registrar a un máximo de (2) dos jugadores extranjeros, ante la Dirección General Deportiva de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., al cierre del registro y podrán alinearlos al mismo tiempo. Al inicio de los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, los jugadores naturalizados podrán participar dentro del cupo de mexicanos a partir de los dos años de la fecha de expedición de su carta de naturalizaron emitida por la Secretaria de Relaciones Exteriores. Si el jugador cumple con los dos años de naturalizado durante el desarrollo de cualquiera de los dos Torneos, su registro que lo acredite como mexicano, se expedirá hasta la siguiente Temporada.

En las lista de Jugadores que los Directores Técnicos presentan al Árbitro para que sean anotados en su cédula (titulares y suplentes), no podrán aparecer mas de 2 (dos) Jugadores extranjeros en los Torneos de Apertura 2007 y Clausura 2008, que no cumplan con el plazo establecido en el párrafo segundo de este Artículo, mismos que deberán ser identificados poniendo su carácter de “extranjero” según sea el caso en el registro.

(26)

ALINEACIÓN INDEBIDA DE JUGADORES Artículo 26

Para efectos del presente artículo, se considera alineación la lista de jugadores que los Directores Técnicos presentan al árbitro para que sean anotados en su cédula (titulares y suplentes), aún y cuando no participen en el partido correspondiente.

Se considera alineación indebida:

26.1 Cuando un jugador no este registrado reglamentariamente por su Club, en la Dirección General Deportiva de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., e intervenga en un juego oficial.

26.2 Cuando se altere o modifique el registro expedido por la Secretaría General de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C.

26.3 Cuando un jugador que por cualquier causa se encuentre suspendido por el Consejo Nacional, Comisión Disciplinaria o cualquier autoridad de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., FIFA ó TAS, con facultad para sancionar, intervenga en cualquier encuentro en el cual, de acuerdo a su suspensión estaba incapacitada para hacerlo.

26.4 Cuando un Club exceda en cancha durante el partido, de un máximo de cinco jugadores nacidos antes del año de 1984.

26.5 Todo lo anterior es aplicable a todas las Fases según lo descrito en el artículo 9 de este Reglamento.

26.6 En la etapa de Cuartos de Final, Semifinal, Final y Final de ascenso (en caso de que la hubiera), no podrá alinear ningún jugador nacional, ni aun estando registrado en Primera División “A” y que hubiere jugado en la Primera División Nacional, si no tiene un mínimo de cuatrocientos cincuenta minutos jugados durante cada uno de nuestros Torneos.

(27)

SANCIÓN POR ALINEACIÓN INDEBIDA Artículo 27

Se harán acreedores de acuerdo al caso, a las siguientes sanciones.

27.1. Si el Club infractor gana el partido, los tres puntos en disputa se adjudicaran al Club contrario. En cuanto a los goles anotados, serán anulados los del Club infractor y se contabilizaran los que haya anotado el Club contrario si los hubiere y de no haber anotaciones de parte de este ultimo, el resultado será de dos cero a su favor.

27.2. Si el resultado del partido es empate, el Club infractor perderá el partido adjudicándose al Club contrario los puntos correspondientes, según lo establecido en el inciso anterior. En cuanto a los goles anotados si el empate es 0-0, oficialmente el marcador será de 2-0 a favor del Club que actúo legalmente.

Si el empate es a mayor cantidad de goles, no se contabilizarán los goles anotados por el Club infractor.

27.3. Si el Club infractor pierde el partido, se le anularán los goles anotados en este encuentro.

27.4. En los partidos de la Fase Final de los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008 el Club que cometa algunas de las infracciones señaladas en el artículo 26, perderá el derecho de seguir compitiendo por el título de campeón.

En todos los casos antes señalados, además de la sanción deportiva el Club responsable se hará acreedor a una aportación extraordinaria, equivalente a 500 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal.

Artículo 28

Si dos Clubes que participen en los encuentros oficiales del Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, cometen las infracciones señaladas en el artículo 26 de este Reglamento, serán sancionados ambos de acuerdo al artículo anterior.

(28)

PARTIDOS Artículo 29

Los Clubes que participen en los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, celebrarán sus partidos oficiales, en los Estadios, días y horarios establecidos previamente y registrados en la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C.

Los clubes que retarden el inicio del partido, ya sea en el primer o segundo tiempo, serán sancionados según lo dispuesto en el artículo 23 (fracción I inciso j), del Reglamento de Sanciones.

Horarios y estadios oficiales Apertura 2007 - Clausura 2008 Primera División “A”

(29)

29.1 Todos los Clubes deberán presentar al Árbitro, por lo menos 45 minutos antes de la hora señalada para el inicio del partido, la lista definitiva de los Jugadores titulares, suplentes y el Cuerpo Técnico, así como los registros originales expedidos por la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C.. De lo contrario serán sancionados según lo dispuesto por el artículo 23 (fracción I, inciso k), del Reglamento de Sanciones.

29.2 En caso extraordinario y de evidente justificación, se permitirá la presentación de copias de los registros, siempre y cuando sean avalados por el Comisario y el Árbitro del partido, quienes deberán informar esta circunstancia a la Dirección de la Primera División “A”.

29.3 En caso de que un club solicite el cambio de Estadio para la celebración de un partido oficial de carácter internacional, deberá contar con la anuencia del Club de la sede a donde pretende ir a jugar.

En ningún caso, un Club podrá jugar como local en la misma Temporada contra un mismo Club.

Artículo 30

Los partidos de los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, deberán programar, su inicio a partir de las 10:00 hrs. y hasta las 21:00 hrs. como máximo.

Durante la Fase de Calificación, ningún Club podrá celebrar un partido oficial de la Temporada 2007-2008 y otro oficial autorizado por la FIFA ó Confederaciones en territorio nacional, si no se tiene por lo menos 48 hrs. de haber terminado el partido anterior.

Si durante la Fase de Calificación, un Club mexicano participa en el extranjero en un juego autorizado por la FIFA ó Confederaciones, su siguiente partido correspondiente al Torneo local, deberá celebrarlo 72 hrs., después de terminar el partido anterior, siempre y cuando el traslado estimado de regreso a nuestro país exceda más de 5 hrs. de vuelo.

Los partidos correspondientes a la Jornada 17 del Torneo Apertura 2007, se jugarán en los horarios habituales de los Clubes que jueguen como locales. Los partidos correspondientes a la Jornada 17 del Torneo Clausura 2008 se jugarán en los horarios habituales de los Clubes que jueguen como locales, a excepción de los partidos que incidan en el descenso a la Segunda División Profesional, los cuales se jugarán el día sábado a las .

Artículo 31

Es obligación de los Clubes que participan en los presentes Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, estar en la plaza del Club local, cuando menos con 8 hrs. de anticipación al horario programado del partido. El Club que no cumpla con esta disposición se hará acreedor a una aportación extraordinaria equivalente a 1,000 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal.

En los partidos de los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, podrán estar en la banca en calidad de sustitutos 7 Jugadores y 5 miembros del Cuerpo Técnico.

Durante el transcurso del juego o en tiempos extras, si los hay, se permitirá la sustitución de tres Jugadores en general, es decir, no habrá diferencia entre porteros y Jugadores. En los partidos de competición los tres reemplazantes se elegirán del total de los 7 Jugadores suplentes.

(30)

Artículo 32

En los partidos de los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, los Clubes contendientes deberán presentarse en el terreno de juego con 11 Jugadores, cuando menos 6 minutos antes de la hora señalada para dar principio el partido.

Durante cada uno de los Torneos de Apertura 2007 y Clausura 2008, los Clubes tendrán la obligación de utilizar en la cancha 765 minutos de juego como mínimo por Torneo, a uno o más Jugadores Mexicanos nacidos en el año 1987 y siguientes, los Clubes participantes podrán acumular los minutos en que intervengan cada uno de los Jugadores mencionados con el objeto de cumplir con el mínimo requerido.

Se contabilizarán como máximo 270 minutos por partido no importando el número de nacidos en el año de 1987 y siguientes que participen en cada partido.

Jugadores Mexicanos nacidos en el año 1987

Los Clubes que al término de la fecha 17 del torneo correspondiente, no hubiesen utilizado en cancha a uno o más Jugadores, que cumplan con la edad antes citada, en por lo menos 765 de los minutos jugados durante dicho torneo, se harán acreedores a una sanción consistente en la disminución de 3 puntos de los obtenidos a lo largo del mismo que se reflejará en la Tabla General de Clasificación, Tabla de Clasificación por Grupos y en consecuencia en la Tabla General de Cociente.

Artículo 33

La Secretaría General de la Primera División “A” atendiendo la opinión de la Dirección General Deportiva así como de la Dirección de la Primera División “A”, tendrá la facultad de realizar cambios de fechas y horarios de los calendarios de juegos aprobados, en los partidos que considere determinantes para la calificación a la Fase Final o al descenso, así como aquellos partidos oficiales aprobados por la FIFA y Confederaciones, en que los Clubes mexicanos obligatoriamente deban participar.

CAMBIO DE HORARIO Artículo 34

Durante las primeras 16 jornadas de cada uno de los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, para solicitar cambio de horario de un partido, el Club interesado deberá:

34.1 Avisar por escrito al Club y a la División con el cual va a jugar, cuando menos con 15 días naturales de anticipación.

34.2 Si el aviso no se da en el plazo indicado, deberá necesariamente contar con el consentimiento por escrito del Club visitante y la aprobación de la Secretaría General de la Primera División “A”, atendiendo la opinión de la Dirección General Deportiva así como de la Dirección de la Primera División “A”.

(31)

CAMBIO DE FECHA Artículo 35

Para que un Club solicite la reprogramación de la fecha de su partido, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

35.1 Solicitarlo por escrito cuando menos con 15 días naturales de anticipación al evento. 35.2 Contar con la autorización por escrito del Club visitante.

35.3 Reprogramarlo dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha que inicialmente esta programado, excepto que la fecha de la solicitud no permita reprogramarse dentro del plazo antes mencionado, en cuyo caso el partido deberá celebrarse antes del inicio de la jornada 17

35.4 La reprogramación debe obedecer a la celebración de un partido avalado por la Federación

Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., FIFA, o Confederaciones o por compromisos del Club debidamente justificados ante la Secretaría General de la Primera División “A”.

PERMISOS PARA PARTIDOS AMISTOSOS Articulo 36

36.1 Para la celebración de partidos amistosos con Clubes nacionales, el Club que organiza el partido o Torneo deberá solicitar permiso a la Primera División “A” con una anticipación no menor de cinco días a la fecha de realización del evento, expresando el nombre del contrincante, consentimiento de estos, fecha, hora y lugar de la celebración.

36.2 Para los partidos que se proyecten jugar en el territorio de la República Mexicana con Clubes extranjeros, el Club interesado solicitará permiso a la Primera División “A” con ocho días de anticipación, expresando el nombre del contrincante o contrincantes, consentimiento de estos, fecha, hora y lugar de la celebración.

36.3 El solicitante deberá ser responsable del legal ingreso al territorio nacional del Club extranjero, de acuerdo con las leyes migratorias nacionales.

36.4 Los Clubes profesionales que realicen encuentros con Clubes extranjeros y/o nacionales en territorio nacional, deberán enterar a la Tesorería de la Federación, la siguiente cantidad: Contra Clubes nacionales $4,000.00 (cuatro mil pesos 00/100 m. n.)

Contra Clubes extranjeros $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 m. n.)

Los Clubes que no cumplan con la obligación de solicitar el permiso en el tiempo señalado en este artículo, se harán acreedores a una sanción económica equivalente 50 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

36.5 Cuando un Club profesional desee jugar en el extranjero solicitara el permiso respectivo a la Federación y a la Primera División “A” con ocho días de anticipación por lo menos. En su solicitud consignarán los nombres, domicilios y nacionalidades de los Clubes con que

(32)

A la vista de la documentación presentada a la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., por conducto de la Primera División “A” concederán o no el permiso solicitado.

Los Clubes profesionales que realicen giras al extranjero, deberán enterar a la Tesorería de la Federación, la cantidad de USD $2,000.00 (dos mil dólares americanos), por cada país en que se vaya a actuar.

Los Clubes que no cumplan con la obligación de solicitar el permiso en el tiempo señalado en este articulo, se harán acreedores a una sanción económica equivalente a 50 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

SUSPENSIÓN DE PARTIDOS Artículo 37

Los partidos de los Torneos Apertura 2007 – Clausura 2008, solo podrán suspenderse por causas de fuerza mayor o estado de emergencia, invasión o agresión del publico, incomparecencia de alguno de los contendientes o retirada de la cancha de algún Club.

Queda a criterio de la Secretaría General de la Primera División “A”, atendiendo la opinión de la Dirección General Deportiva así como de la Dirección de la Primera División “A”, comprobar que en los partidos suspendidos por causa de fuerza mayor, efectivamente se produjo esta causa. En caso de que se determine que no hubo causa de fuerza mayor, el Club infractor perderá el partido (2-0) y se hará acreedor a una sanción económica equivalente a 500 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Artículo 38

Cuando un partido ya iniciado sea suspendido por causa de fuerza mayor, estado de emergencia o agresión del público al cuerpo arbitral, jugadores o cuerpo técnico de los Clubes participantes, falta de energía eléctrica ocasionada por cualquier motivo, el tiempo faltante si excede de 7 minutos deberá, de no haber inconveniente, jugarse dentro de las 24 horas siguientes, siendo responsabilidad del arbitro, señalar la hora en que deberá completarse el juego, este se efectuará en las mismas condiciones en que se encontraban los Clubes en el momento de la suspensión (expulsiones, cambios, alineación, amonestaciones, etc.).

Cuando el partido no pueda reanudarse dentro de las 24 horas señaladas, los Clubes jugarán el encuentro donde y cuando la Secretaría General de la Primera División “A”, atendiendo la opinión de la Dirección General Deportiva así como de la Dirección de la Primera División “A”, decida; ambos Clubes, podrán cambiar sus Jugadores, respetando siempre el mismo número que tenían al momento de la suspensión, de acuerdo al artículo correspondiente del Reglamento General de Competencia de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C.

Los gastos del Club visitante (treinta personas como máximo), así como los gastos del Cuerpo Arbitral y el Comisario con motivo de la suspensión del juego, deberán ser cubiertos por el Club local. Si uno de los Clubes tiene que jugar dentro de los tres días naturales siguientes algún partido oficial o amistoso, autorizado por la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C., o existiera algún inconveniente, el Árbitro dará por suspendido el juego y turnara su cédula a la Secretaría General de la Primera División “A”, para que ésta determine cuando y como debe jugarse el tiempo faltante.

(33)

En caso de que la suspensión del partido por causas señaladas en este artículo ocurra cuando falten 7 minutos o menos, el Árbitro dará por suspendido el juego y turnara su cédula a la Secretaría General de la Primera División “A”, la cual resolverá si se juega o no el tiempo faltante.

En los dos últimos casos, la Secretaría General de la Primera División “A”, atendiendo la opinión de la Dirección General Deportiva así como la opinión de la Dirección de la Primera División “A”, determinara con cargo a que Club son los gastos que origina la suspensión.

Artículo 39

Cuando un partido no pueda iniciarse por existir causas de fuerza mayor tales como inundaciones u otros estados de emergencia originados por fenómenos naturales, el juego deberá celebrarse dentro de las 24 horas siguientes, teniendo obligación el Club visitante, los Árbitros y el Comisario, de permanecer en la sede.

En este caso, el Club local deberá pagar los gastos excedentes de alojamiento, alimentación y transporte, en su caso, de un máximo de 30 personas, así como los gastos del Cuerpo Arbitral y Comisario, durante el tiempo en que se vea obligado a permanecer en la sede, con motivo de la suspensión del juego.

Artículo 40

Si transcurrido el término de 24 horas el impedimento continúa o uno de los dos Clubes tiene que jugar dentro de los tres días naturales siguientes un partido oficial o amistoso, autorizado por la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C. el juego se suspenderá temporalmente, correspondiendo a la Secretaría General de la Primera División “A”, atendiendo la opinión de la Dirección General Deportiva así como la opinión de la Dirección de la Primera División “A”, señalar la fecha y hora de su celebración, debiendo ser antes de la terminación de la Jornada 17 del Torneo correspondiente. Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje para 30 personas, Cuerpo Arbitral y Comisarios con motivo de ese partido, deberán ser cubiertos por el Club local.

Artículo 41

Cuando un partido sea suspendido por falta de garantías, motivado por actitud antideportiva, rebeldía o cualquier situación ocasionada por jugadores, cuerpo técnico o directivos de algún Club, reportado esto en la cédula del árbitro, quien ocasione tal situación, perderá el partido por 2-0 y, en lo relacionado a los goles anotados, se actuará de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 de este Reglamento.

En este último caso, el árbitro turnará la cédula con el reporte lo más amplio posible la Secretaria General de la Primera División “A” y este ordenará la investigación correspondiente, a través de la Comisión Disciplinaria, para aplicar las sanciones a que se hayan hecho acreedores, además de la pérdida del partido del Club que ocasionó la suspensión.

(34)

INCOMPARECENCIAS Y RETIROS Artículo 42

Exactamente a la hora fijada para dar principio a un partido, el árbitro dará la señal de iniciar el juego y si uno de los Clubes no hubiera comparecido o no contase con el número reglamentario de jugadores (mínimo siete), procederá a esperar 15 minutos y si transcurrido ese tiempo el Club no se presenta, suspenderá e l partido y procederá a informar a la Secretaría General de la Primera División “A”.

Si un partido no puede iniciar debido a la incomparecencia del Cuerpo Arbitral, los Clubes contendientes deberán esperar en el Estadio por un tiempo de 60 minutos, al término del cual podrán retirarse, para tal efecto los Clubes deberán elaborar un acta firmada por los capitanes de los Clubes haciendo constar los hechos, mismos que deberán ser enviados a la Secretaría General de la Primera División “A”, debiendo permanecer en la plaza el Club visitante para la reanudación del encuentro dentro de las próximas 24 hrs., a menos de que uno de los Clubes tenga que jugar dentro de los tres días siguientes algún partido oficial o amistoso autorizado por la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A.C., en cuyo caso se dará por suspendido el juego y la Secretaría General de la Primera División “A” deberá señalar la fecha de celebración del mismo, determinando el Club local la hora en que se efectuará el juego.

La Secretaría General de la Primera División “A” hará una investigación para determinar la responsabilidad correspondiente y resolverá a quien corresponde efectuar el pago de gastos y perjuicios derivados de esta incomparecencia.

Artículo 43

En caso de Clubes la Secretaría General de la Primera División “A” realizará una investigación para verificar las causas de la ausencia o retardo y emitirá la resolución que corresponda.

Si se comprueba que no hubo causa que impidiera comparecer al juego programado, el Club culpable perderá el partido con marcador 2-0 a favor del contrario

Si el Club culpable es el visitante, estará obligado a pagar al Club local todos los perjuicios económicos derivados de la suspensión, así como, a la Primera División “A” la cantidad de 1,000 (mil) veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, por concepto de aportación extraordinaria; si por el contrario, la culpabilidad recae en el Club local, este deberá enterar a la Primera División “A”, la cantidad de 1,000 (mil) veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal.

Artículo 44

El Club que sin causa justificada no comparezca a un partido oficial de la Fase de Clasificación o Final, automáticamente descenderá a la Segunda División en la siguiente Temporada.

Artículo 45

Al Club que se retire injustificadamente del terreno de juego una vez iniciado el partido y con ello impida que este se juegue por entero, se le considerará el partido como perdido con un marcador de 2-0, se le adjudicarán los puntos al contrario y el causante enterará a la Primera División “A”, la cantidad de 1,000 (mil) veces el equivalente al salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

(35)

Si el culpable de esta falta es el Club visitante, independientemente de las sanciones antes especificadas, tendrá la obligación de resarcir al Club local todos los perjuicios sufridos con motivo de la suspensión del partido, y en lo relacionado a los goles anotados, se actuará de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 27 de este Reglamento.

Artículo 46

En los partidos de la Fase Final, el Club que se retire del terreno de juego una vez iniciado el partido y con ello impida que este juego llegue a su término, perderá el derecho de seguir compitiendo por el Título de Campeón, correspondiéndole al otro Club continuar a la siguiente ronda de la Fase Final y el Club infractor deberá enterar a la Primera División “A”, la cantidad de 1,000 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, por concepto de aportación extraordinaria.

Si el causante es el Club visitante, deberá cubrir además al Club local, los perjuicios económicos sufridos con motivo de la suspensión del partido.

Si el retiro de algún Club es por causa de fuerza mayor, la Secretaría General de la Primera División “A”, atendiendo la opinión de la Dirección General Deportiva así como la opinión de la Dirección de la Primera División “A”, determinara lo conducente, después de la investigación correspondiente.

(36)

CANCHAS Y TERRENO DE JUEGO

Para efectos del presente Reglamento se entiende:

Cancha: Es la superficie en donde se encuentra el terreno de juego y el espacio destinado a zona de jugadores suplentes, Cuerpo Técnico, Oficiales de Partido, Espacio Publicitarios, Contracancha, Fotógrafos, Camarógrafos, Radio y Televisión.

Terreno de Juego: Es el rectángulo en el cual se cerebra un partido de confirmuidad con la regla de juego promulgadas por Internacional Football Associoation Borrad y reconocidas por FIFA.

Artículo 47

Los partidos de los presentes Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008, deberán jugarse en los Estadios, días naturales, y horarios registrados por los Clubes de la Primera División “A”, ante la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C. y debidamente revisados y autorizados por el área correspondiente de la propia Federación.

Artículo 48

Los Estadios en donde se efectúen los partidos de los Torneos Apertura 2007 y Clausura 2008 de la Primera División Profesional, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Terreno de Juego cuyas medidas deberán ser:

A) Medidas: Largo 105 metros y ancho 68 metros, debiendo tener las porterías ubicadas de Norte a Sur.

B) Tener una cerca de alambre de tres metros de altura que circunde al campo de juego, separando a éste de los lugares ocupados por el público. La cerca de alambre deberá estar instalada a no menos de 2 metros de la línea de banda y no menos de tres metros de la línea de meta. Los Estadios podrán tener un foso en lugar de cerca, caso en el cual deberán trazar su cancha en tal forma que existan entre esta y el foso las mismas distancias exigidas para la cerca. 68 M 105 M

1 M 1 M

(37)

Los partidos pueden jugarse en superficies naturales o artificiales, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento.

Cuando se utilicen superficies artificiales en Partidos de Competición entre Clubes representativos de Asociaciones Afiliadas a la FIFA o en Partidos Internacionales de Competición de Clubes, la superficie debe cumplir los requisitos del concepto de calidad para césped artificial de la FIFA o el International Artifitial Turf Standard, salvo si la FIFA otorga una dispensa especial.

El Área de Trabajo del Director Técnico será la siguiente:

El Área Técnica es la superficie cuyo largo equivale a la longitud de la banca donde están los Jugadores suplentes y Cuerpo Técnico de su Club, mas un metro a cada lado de la misma. El ancho del Área Técnica parte de la banca en línea paralela marcada hasta un metro de la línea de banda equidistantes de la línea central del terreno de juego.

C) Los postes y largueros de los marcos, pueden ser fabricados con materiales aprobados por el International Board, recomendando que los marcos de los campos de los Clubes Profesionales, se uniformen tanto en material, como en la forma de los mismos, debiendo ser estos metálicos, redondos y de las medidas que ordena el Reglamento de Juego y decisiones del International Board.

En todo campo, deberán existir instalaciones adecuadas tanto para los Jugadores y Cuerpo Técnico, como para Árbitros, Jueces de Línea y Auxiliares, los vestidores serán independientes para los Clubes contendientes (titulares y preliminares), con una capacidad mínima para 25 personas, y deberán estar equipados con instalaciones sanitarias en número adecuado para su capacidad, con regaderas provistas de agua caliente y fría. Las paredes estarán cubiertas con materiales adecuados para el uso a que están destinadas, así como suficientes casilleros para la debida guarda de las pertenencias de los Jugadores.

Será obligación de los Clubes contar en su Estadio con dos pasajes protectores portátiles (gusanos) para, en su caso, proveer de protección adecuada a Jugadores, Cuerpo Técnico y Cuerpo Arbitral en su ingreso y/o salida del campo.

Al incumplimiento de lo establecido en los incisos anteriores se aplicará una sanción de 500 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Los lugares destinados para los vestidores de Jugadores y Árbitros, deberán estar suficientemente ventilados, de tal manera que las ventanas deberán ser inaccesibles al público, además deberán de contar con vigilancia policíaca para evitar la entrada de personas ajenas.

Los vestidores de los Jugadores y las regaderas, deberán estar separadas por muros o divisiones, de tal forma que aquellos no sean invadidos por vapor de agua proveniente de ésta.

No se autoriza el riego del terreno de juego durante las 4 (cuatro) horas anteriores a la hora programada del saque inicial. El Club que no cumpla con esta disposición, se hará acreedor a una aportación extraordinaria de 1,000 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

En ningún caso la publicidad rotativa, estática o cualquier otra análoga, podrá invadir un área de 40 cm. de la totalidad de la superficie circundante al terreno de juego.

(38)

ESTADIOS Artículo 49

Los Estadios deberán reunir los requisitos de seguridad en construcción que requieran los reglamentos de Gobierno de la localidad y con aquellos que exige el Reglamento General de Competencia de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A.C. y las disposiciones reglamentarias aplicables a este caso.

Los Estadios para la Primera División “A” deberán contar con el aforo mínimo de 4,000 (cuatro mil) espectadores cómodamente sentados; con la salvedad de que para obtener la certificación, deberán acatar lo dispuesto sobre el particular en el Cuaderno de Cargos.

Así mismo, deberá contar con los siguientes servicios:

a) Personal de vigilancia que a juicio de las Autoridades de Gobierno y del Club local sea suficiente para garantizar la seguridad del Público en general, Oficiales de Partido, Jugadores y Cuerpo Técnico, antes, durante y hasta el término de cada encuentro.

b) Área de Servicio Médico para la atención de Jugadores y Público en general. c) Área de control de doping.

d) Contar con la computadora programada por la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C. y una impresora en función para la elaboración de la Cédula Arbitral, así como un fax y/o conexión a Internet para el envío de la misma.

e) Contar con un pizarrón electrónico para anunciar cambios y tiempo de compensación.

f) Los estadios Certificados deberán contar con un sistema de circuito cerrado, dentro y fuera de los mismos. Los Clubes deberán cumplir con este inciso antes del inicio de la Temporada 2007-2008

g) Contar con un palco asignado a la Directiva del Club visitante con capacidad para 10 (diez) personas, que ofrezca seguridad y visibilidad adecuada para los integrantes de la misma. h) Contar con zona de autobuses, misma que deberá tener el espacio suficiente de

estacionamiento y que permita el acceso a los vestidores, sin riesgo para Árbitros y Jugadores.

i) Será obligatorio que todos los Estadios de la Primera División “A” certificados, cuenten con alumbrado, así como una planta de emergencia para poder celebrar juegos nocturnos.

j) Los denominados recogebalones (12 como máximo), deberán ser niños o niñas no menores de 12 ni mayores de 15 años, debiendo llevar una camiseta o chaleco que permita su identificación a simple vista.

Los Clubes locales que sean reportados, porque los recogebalones retengan los balones con el fin de hacer tiempo deliberadamente, se harán acreedores a una sanción económica equivalente a 500 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

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