Ministerio de Salud Pública
CONSEJO NACIONAL DE LA PERSONA ENVEJECIENTE
(CONAPE)
Manual de
Organización y Funciones
Santo Domingo, D.N.
Marzo 2011.
INDICE Pág.
INTRODUCCIÓN 4
I. ASPECTOS GENERALES DEL MANUAL 5
1. Objetivos del Manual 6
2. Alcance 6
3. Puesta en Vigencia 7
4. Edición, Publicación y Actualización 7
5. Distribución del Manual 7
6. Definición de Términos 8
II. ASPECTOS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN 10
7. Breve Reseña del CONAPE 11
8. Misión, Visión y Valores 12
9. Objetivo General 12
III. ORGANIZACIÓN 14
3.1 Niveles Jerárquicos 15
3.2 Atribuciones Legales del CONAPE 15
3.3 Integración del Consejo Nacional 19
3.4 Funciones del Consejo Nacional 20
3.5 Estructura Organizativa 23
3.6 Organigrama Estructural 26
IV. FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANIZATIVAS 27
4.1 Unidades Consultivas o Asesoras 28
4.1.1 Departamento de Planificación y Desarrollo 29
4.1.2 División Jurídica 33
4.1.3 División de Comunicaciones 36
4.1.4 División de Recursos Humanos 39
4.2 Unidades Auxiliares o de Apoyo 42
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4.2.1.1 División de Contabilidad 46
4.2.1.2 División de Servicios Generales 49
4.2.2 División de Tecnología de la Información y Comunicación 51
4.3 Unidades Sustantivas u Operativas 54
4.3.1 Departamento de Asistencia Social 55
4.3.1.1 División de Servicios de Salud 58
4.3.1.2 División de Cultura, Educación y Recreación 61
4.3.2 Departamento de Supervisión y Evaluación de Centros
Geriátricos 63
4.3.3 División de Diagnóstico para Inclusión a Programas
Sociales 66
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INTRODUCCIÓN
El presente Manual de Organización y Funciones constituye una guía y fuente principal de consulta para las autoridades y empleados del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE) sobre la institución y su funcionamiento. Contiene detalles de la estructura organizativa: Los distintos niveles jerárquicos que la integran, las líneas de mando o autoridad, tipo de relaciones ínterorgánicas, los niveles de coordinación y las funciones de las unidades.
El Manual de Organización y Funciones es además, una herramienta importante de gestión, en la medida que pueda ser utilizado como un instrumento para la evaluación del desempeño institucional, ya que las funciones descritas para cada una de las áreas o unidades organizativas guardan correspondencia con la Visión, Misión, Valores y Objetivos de la Institución.
Es por ello, que la institución debe velar por mantener actualizado el Manual de Organización y Funciones, a la par que la Estructura Organizativa, en procura de adecuarlo a los cambios en los objetivos y misión.
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1.1. Objetivos del Manual.
Dotar al Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE) de un instrumento de gestión que permita sistematizar y homogeneizar la denominación, clasificación, nivel jerárquico, objetivo y base legal sobre la que se sustenta el desarrollo y cumplimiento de las funciones, las relaciones de dependencia de las unidades organizativas y de coordinación; así como también, su ubicación dentro de la estructura y las funciones que les corresponden.
Constituir un instrumento de organización administrativa que permita implantar la nueva estructura organizativa.
Contribuir al fortalecimiento y desarrollo institucional.
Coadyuvar en la programación de la capacitación del personal de la institución y muy especialmente al personal de nuevo ingreso, al ofrecerle una visión global del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente.
Servir de referente para el establecimiento de indicadores de gestión y para definir el rol de las unidades organizativas en el cumplimiento de la misión institucional.
Facilitar el proceso de identificación y clasificación de la estructura de puestos de la Institución.
1.2. Alcance.
En el presente Manual de Organización y Funciones se describen cada una de las unidades organizativas que conforman la estructura formal del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente.
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1.3. Puesta en Vigencia.
Este Manual deberá ser puesto en vigencia mediante una Resolución emitida por la Máxima Autoridad de la Institución, donde se instruya el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el mismo.
1.4. Edición, Publicación y Actualización.
El Manual de Organización y Funciones debe ser revisado periódicamente cada vez que ocurra un cambio en la organización, para que se refleje la realidad existente dentro de la misma. El Director Ejecutivo delegará en el Departamento de Planificación y Desarrollo la distribución, edición y actualización del Manual. Las peticiones de cambios deberán ser presentadas formalmente por escrito.
Corresponde al Departamento de Planificación y Desarrollo revisar y actualizar el presente manual, al menos una vez al año y en caso de modificaciones en la estructura organizativa y funcional, ajustes en los planes estratégicos u operativos, entre otros, en coordinación con las demás áreas.
Las propuestas y modificaciones a la estructura organizativa deberán ser sometidas a la consideración de la máxima autoridad y socializada con todos los Encargados de las diferentes unidades que conforman el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente. Deberá realizarse una revisión de la estructura organizativa por lo menos una vez al año,a fin de adecuarla a la dinámica de crecimiento de la institución.
1.5. Distribución del Manual.
Recibirán una copia completa del Manual:
El Director Ejecutivo, el Encargado de Planificación y Desarrollo y el Encargado de Recursos Humanos.
Los Encargados de Áreas recibirán la parte del manual correspondiente a las unidades organizativas bajo su responsabilidad.
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1.6. Definición de Términos.
Organización: Conjunto de elementos, compuesta principalmente por personas, que actúan e interactúan entre sí bajo una estructura pensada y diseñada para que los recursos humanos, financieros, físicos, de información y otros, de forma coordinada, ordenada y regulada por un conjunto de normas, logren determinados fines.
Funciones: Conjunto de actividades, tareas y responsabilidades asignadas a una institución o área organizativa para desarrollar su misión. Incluye, entre otras, la planeación, organización, coordinación, dirección y control.
Nivel Jerárquico: Lugar que ocupa una unidad organizativa dentro de la cadena de mando establecida en una organización.
Nivel Directivo Máximo: Es donde se establecen objetivos institucionales, políticas y estrategias de la entidad.
Nivel Consultivo y/o Asesor: Es donde se apoya el proceso de toma de decisiones
de la máxima autoridad y se colabora en la formulación de las políticas o directrices de la institución.
Nivel Ejecutivo de Apoyo: Es donde se aplican las políticas y se toman las decisiones para el funcionamiento de la entidad de acuerdo con los objetivos y estrategias definidas en el nivel máximo.
Nivel Sustantivo u Operativo: Es donde se ejecutan las operaciones de la entidad y se transforman las decisiones en bienes y/o servicios.
Nivel Desconcentrado o Descentralizado: Consiste en asignar a un organismo específico la ejecución de ciertas funciones y/o prestación de servicios, pudiendo ser a nivel local o nacional, cuya responsabilidad final le corresponde a otro superior.
Estructura Organizativa: Es el conjunto de unidades organizacionales interrelacio-
nadas entre sí, a través de procesos, canales de comunicación, e instancias de coordinación interna establecidas por una entidad para cumplir con sus objetivos estratégicos y operativos.
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Unidad organizativa: Es una parte de la estructura organizativa a la que se le asignan uno o varios objetivos, desagregados de los objetivos institucionales y funciones homogéneas y especializadas.
Dirección (de área): Le corresponde el cuarto nivel jerárquico, subordinada a un Ministerio, Dirección General/Nacional u Oficina Nacional. Sus funciones son generalmente de tipo sustantivas y para áreas específicas. Tiene a su cargo la responsabilidad completa sobre uno o más de los resultados prioritarios que la institución debe producir para terceros.
Departamento: Son unidades del nivel de dirección intermedia o de supervisión de operaciones. Su creación obedece a una división del trabajo por funciones, por producto, territorio, clientes, procesos, etc.
División: Unidad de Nivel Jerárquico inmediatamente menor al departamento, especializada en determinada función o servicio de las asignadas al departamento, bajo la cual está subordinada.
Sección: Le corresponde el menor nivel jerárquico. Utilizada, generalmente,
dependiendo del volumen de trabajo y las funciones asignadas a la unidad de la cual depende.
Organigrama: Gráfico de la estructura formal de una organización. Señala las diferentes unidades organizativas, jerarquía, relaciones y dependencia existente entre ellas.
Organización Formal: Se pone de manifiesto mediante documentos debidamente aprobados por quienes ejercen la dirección de una organización.
Coordinación: Proceso de armonizar todas las actividades de una organización,
facilitando el trabajo y los resultados. Sincroniza recursos y actividades en proporciones adecuadas y ajusta los medios a los fines. Establece relaciones entre varias partes del trabajo.
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2.1. Breve Reseña del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE)
Desde la mitad del siglo pasado (1948) la organización de las Naciones Unidas ha mostrando preocupación y marcado interés por el proceso de envejeciente de la población mundial. En ese año la Asamblea General aprueba la resolución 213 en relación al proyecto de declaración sobre los derechos de la vejez.
En 1978 Naciones Unidas decidió organizar una primera asamblea sobre el tema del envejecimiento, asamblea que fue celebrada en el año 1982 en Viena y en la cual se adopta el Plan de Acción Internacional de Viena que plantea los retos que el envejecimiento de la población representan para las naciones. Este Plan de Acción es ratificado veinte años después, en la segunda Asamblea General sobre el envejecimiento celebrada en Madrid, Plan conocido hoy como el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el envejecimiento.
En 1991 por iniciativas de República Dominicana y la Federación Internacional de la Vejez son aprobados los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad que establecen normas en los ámbitos de su independencia, participación, atención, realización personal y dignidad.
El 1ro. de octubre del 1998, el Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan, anuncia oficialmente la celebración del 1999 como el año del adulto mayor, adoptando el lema Hacia una sociedad para todas las edades . A la República Dominicana, promotora de la iniciativa, le correspondió el honor de introducir el tema ante la Asamblea General.
Ese mismo año 1998, el Gobierno Dominicano promulga la Ley Núm. 352-98 sobre Protección de la Persona Envejeciente tomando como fuente de inspiración el Plan de Acción Internacional de Viena del 1982, del cual es signatario. Con esta ley se crea el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE).
Esta ley es reglamentada mediante el Decreto Núm.1372-04, del 25 de Octubre del año 2004, Luego de esta fecha, el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente inicia sus trabajos de organización en una de las oficinas de los asesores del Presidente. En Abril del año 2007 es acondicionado y equipado el local de la oficina central en Ciudad Nueva y se asigna el personal que hoy trabaja en el cumplimiento de la ley que
protege al envejeciente, con el apoyo y aprobación de la Secretaría de Estado de Administración Pública (SEAP), hoy Ministerio de Administración Pública. Se inicia la
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compromiso asumido por el CONAPE de dar respuesta, a nivel nacional, a los retos económicos, sociales y políticos que representa el progresivo envejecimiento de la población.
En 2007 América Latina y el Caribe realizan en Brasilia la segunda revisión de la Estrategia Regional de aplicación del Plan de Acción de Madrid, y en este cónclave se produce la Declaración de Brasilia que insta a los estados a la promoción de una convención internacional que proteja los derechos de las personas de edad. El Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, da seguimiento a la declaración de Brasilia que luego de la realización de tres reuniones en Brasil, Argentina y Chile las Naciones Unidas, a instancia de América Latina y el Caribe, creó un grupo de trabajo abierto con el propósito de fortalecer los derechos humanos de la persona de edad en la región.
2.2. Misión.
Promover y ejecutar políticas, programas y proyectos orientados al logro del pleno respeto a los derechos que asisten al adulto mayor. El derecho a la educación, cultura y recreación, al bienestar, al empleo, a la salud, seguridad y respeto a su dignidad. 2.3. Visión.
Aspiramos a una sociedad solidaria y justa, que satisfaga plenamente las necesidades materiales y espirituales de la persona mayor, a una sociedad en la cual el envejeciente goce de las prerrogativas inalienables de todo ciudadano en pleno ejercicio de los derechos que le confiere la Ley, a una sociedad para todas las edades. 2.4. Valores. Justicia Solidaridad Dignidad Humanidad 2.5. Objetivo General.
Actuar como organismo oficial en materia de definición y ejecución de políticas nacionales sobre la población envejeciente, el cual tendrá competencia sobre
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instituciones públicas y privadas de atención al envejeciente que tengan reconocimiento legal.
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3.1. Niveles Jerárquicos.
a) Nivel Ejecutivo Máximo i. Consejo Nacional ii. Dirección Ejecutiva b) Nivel Ejecutivo Medio
i. Encargados de Áreas c) Nivel Operacional
i. Departamento ii. División
3.2. Atribuciones Legales del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente. (CONAPE).
Coordinar y asesorar a las organizaciones públicas y privadas y trazar las políticas, los planes, las estrategias y los programas específicos para la atención de la población mayor de sesenta y cinco años.
Elaborar y proponer a los Ministros y Directores Generales de las instituciones públicas y privadas relacionadas con el y la envejeciente, las políticas, los planes, las estrategias y los programas específicos para la atención de la población mayor de sesenta y cinco años.
Promover y desarrollar programas educativos, preventivos, divulgativos, de capacitación y de rehabilitación para los (as) envejecientes, con la participación de las instituciones responsables de programas dirigidos a ellos(as).
Solicitar y obtener de las entidades dedicadas a la atención de la población envejeciente toda la información que requieran para el cumplimiento de sus fines.
Realizar y divulgar evaluaciones periódicas de las acciones que ejecuten las instituciones públicas y privadas sobre la materia.
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Promover con las universidades y entidades que tengan a su cargo la capacitación de profesionales, la formación de especialistas en geriatría y gerontología.
Fiscalizar y supervisar, por medio de las instituciones respectivas, las actividades de los centros de atención a los y las envejecientes, para lo cual se llevará un registro de los mismos.
Fomentar la difusión de las normas legales que aseguren las máximas oportunidades de empleo para las personas mayores de sesenta y cinco años.
Coordinar con los Ministerios y organismos nacionales e internacionales, la concesión de becas para el adiestramiento y la capacitación de personal en las áreas relacionadas con la atención de personas envejecientes.
Solicitar apoyo técnico y financiero a las instituciones del Estado para todo lo relacionado con los programas de los y las envejecientes y crear cuantos organismos se consideren necesarios para su mejor desenvolvimiento.
Administrar y distribuir los fondos que reciba, según las necesidades y las prioridades de las instituciones que trabajan en favor del envejeciente, previa presentación de planes de trabajo y evaluaciones periódicas. Además, supervisar por medio de las instituciones públicas respectivas, la buena administración de los recursos asignados a estas instituciones de bienestar social.
Presentar las denuncias y quejas relacionadas con el mal funcionamiento de las instituciones sujetas a la presente ley, así como las faltas que las personas cometan en el ejercicio de sus obligaciones para con las instituciones de atención al o a la envejeciente, a fin de que, previo estudio y análisis del caso, se apliquen las sanciones administrativas que establece la presente ley, así como otras medidas que establezca la legislación vigente.
El Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, como organismo oficial en materia de definición y ejecución de políticas nacionales sobre la población envejeciente, en adición a las funciones enunciadas por la Ley
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Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente, tendrá a su cargo las siguientes funciones contempladas en su reglamento de aplicación, No. 1372-04:
Prestar asistencia técnica o financiera y supervisar a los organismos privados, con y sin fines de lucro, y a todas las instituciones, establecimientos, asociaciones, centros, empresas y personas físicas que ofrezcan o brinden acogida, atención integral, general o especializada, en forma interna o ambulatoria, de servicio, asistencia y rehabilitación física, mental o social o de cualquier naturaleza o modalidad a las personas envejecientes.
Aprobar o modificar el organigrama de personal técnico administrativo que asistirá a la Dirección Ejecutiva.
Aprobar o modificar a los proyectos de instructivos, talleres y seminarios, que le sean presentados por la Dirección Ejecutiva a los fines de que las instituciones públicas encargadas por la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente con obligaciones especificas, conozcan y pongan en práctica las mismas.
Aprobar o modificar los proyectos de instructivos y campañas educativas que le sean presentados por la Dirección Ejecutiva, dirigidos a la promoción de la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente en el seno de la comunidad y la familia.
Colaborar con el Consejo Nacional de la Seguridad Social y con otras instituciones del Sistema Dominicana de Seguridad Social (SDSS) en lo relativo a la implementación del sistema de aplicación del régimen subsidiado de pensiones por vejez, servicios de salud y otros programas sociales.
Tutelar el cumplimiento de los deberes y obligaciones impuestas por la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente a las siguientes instituciones públicas: Policía Nacional, Procuraduría General de la República, Ministerio de Trabajo, Instituto Nacional de la Vivienda, Administración General de Bienes Nacionales, Ministerio de Salud Pública, Sistema Dominicano de Seguridad Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología,
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Ministerio de Cultura, Ministerio de Deportes, Educación Física y Recreación y Ministerio de Turismo.
Tutelar el cumplimiento de los deberes y obligaciones impuestas por la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente a las Instituciones de educación superior, las organizaciones de bienestar social, de la comunidad y la familia.
Aprobar o modificar los programas y proyectos destinados a regular y garantizar la atención y protección a las personas mayores que le sean presentados por la Dirección Ejecutiva, tanto los urgentes, como los que sean proyectados a largo plazo.
Aprobar o rechazar la imposición de las sanciones previstas en la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente contra las personas o instituciones públicas o privadas que incurran en conductas perjudiciales contra las personas envejecientes.
Aprobar los incentivos, estímulos o reconocimientos de cualquier índole que sean sugeridos por la Dirección Ejecutiva o por cualquiera de los miembros del Consejo, para las instituciones públicas y privadas que se hagan merecedoras de ellos por el desarrollo de actividades o programas que contribuyan a alcanzar los objetivos de la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente.
Aprobar los proyectos de incentivo a la participación de la comunidad en la promoción de la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente que le sean sometidos por la Dirección Ejecutiva.
Decidir el destino de los recursos que puedan ser logrados por la Dirección Ejecutiva o por el mismo Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, en el mejor interés de la población envejeciente de la República Dominicana.
Tutelar el correcto y efectivo desempeño de los deberes puestos a cargo del Director Ejecutivo por la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente y el presente reglamento, en el marco de las políticas generales trazadas por el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente.
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Aprobar el Presupuesto anual de la institución, preparado y sometido por la Dirección Ejecutiva.
Aprobar o rechazar los contratos y convenios de carácter institucional que le sean sometidos por la Dirección Ejecutiva.
Seleccionar, de las ternas que le sean presentadas por la Dirección Ejecutiva, el personal técnico y administrativo que desempeñara funciones al servicio de la Dirección Ejecutiva y refrendar la suspensión y/o cancelación de dicho personal.
Decidir la suspensión y/o cancelación del personal técnico y administrativo que desempeñará funciones al servicio de la Dirección Ejecutiva, si se comprueba la comisión de faltas graves por parte de dicho personal.
Aprobar o rechazar el informe financiero trimestral sometido por la Dirección Ejecutiva.
Aprobar el informe financiero anual de la institución, debidamente auditado por una firma externa reconocida y sometido por la Dirección Ejecutiva en un plazo no mayor de tres meses de concluido el periodo fiscal.
3.3. Integración del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente
El Consejo Nacional de la Persona Envejeciente está integrado por un titular y un suplente de cada una de las instituciones siguientes:
Ministerio de Salud Pública Ministerio de Educación
Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) Ministerio de Trabajo
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones Ministerio de Economía Planificación y Desarrollo Universidad Autónoma de Santo Domingo,
Un representante de las ONG´s que trabajen directamente con la población envejeciente.
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Un representante de la Asociación Médica Dominicana Un representante de la Iglesia Católica
Un representante de la población envejeciente
Un representante del Colegio Dominicano de Periodistas
Un representante del Consejo Nacional de la Empresa Privada
3.4. Funciones de la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente.
Presentar, ante el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, para su aprobación o modificación, de un organigrama de personal técnico administrativo adecuado que le permita el funcional desempeño a las labores de la Dirección Ejecutiva.
Presentar para su aprobación al Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, propuestas y proyectos de instructivos, talleres y seminarios, dirigidos a que las instituciones publicas encargadas por la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente con obligaciones específicas, conozcan y pongan en práctica las mismas. Presentar para su aprobación al Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, propuestas y proyectos de instructivos, jornadas y campañas educativas, dirigidos a la divulgación de la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente en el seno de la comunidad y la familia.
Convocar a los representantes de todas las instituciones privadas y organizaciones no gubernamentales que trabajan con la población envejeciente, a fin de llevar a cabo un diagnóstico inmediato de las necesidades más perentorias del sector y recibir las propuestas de solución a las mismas que realicen estas instituciones.
Convocar periódicamente a los representantes de todas las instituciones privadas y organizaciones no gubernamentales que trabajan con la población envejeciente a fin de ejecutar diagnósticos periódicos sobre los requerimientos de la población envejeciente y analizar, junto a ellas, los proyectos tendentes a satisfacer los mismos.
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Elaborar y someter a decisión del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, a partir de los diagnósticos y estudios realizados, los programas y proyectos destinados a regular y garantizar la atención y protección a las personas envejecientes, que cuente con la colaboración y participación de las instituciones miembros del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, de los organismos privados ligados al sector y de los propios actores sociales a los que van dirigidos y cuyos objetivos se planifiquen a partir de acciones efectivas donde se contemplen medidas en beneficio de la población envejeciente de la República Dominicana. Ejecutar con regularidad, en coordinación con las instituciones correspondientes del sector publico y privado, los cursos, talleres, seminarios, charlas y conferencias necesarios para instruir, a las siguientes instituciones públicas, sobre el cumplimiento de los deberes y obligaciones que en su articulado le impone la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente: Policía Nacional, Procuraduría General de la República, Ministerio de Trabajo, Instituto Nacional de la Vivienda, Administración General de Bienes Nacionales, Ministerio de Salud Pública, Sistema Dominicano de Seguridad Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, Ministerio de Cultura, Ministerio de Deportes y Ministerio de Turismo. Ejecutar con regularidad, en coordinación con las instituciones correspondientes del sector público y privado, los cursos, talleres, seminarios, charlas y conferencias necesarios para instruir a las instituciones educativas, las organizaciones de bienestar social y las organizaciones comunitarias y familiares, sobre los deberes y obligaciones que dispone en su articulado la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente.
Levantar y mantener al día información digital sobre ingresos y defunciones procedentes de las diferentes instituciones que trabajan con
personas envejecientes, así como la población envejeciente de las prisiones nacionales.
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Someter a consideración del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente la correspondiente imposición de sanciones a las personas o instituciones públicas o privadas que incurran en conductas perjudiciales en relación con las personas envejecientes.
Someter a consideración del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente la concesión del Premio Adulto Mayor del Año , y la promoción y otorgamiento de incentivos o estímulos de carácter tributario, técnico científico o reconocimientos públicos locales o nacionales, para las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que se hagan merecedoras de ellos, por el desarrollo de actividades o programas que contribuyan a alcanzar los objetivos de la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente y del presente reglamento.
Someter a consideración del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente el destino de los recursos económicos que puedan ser logrados por gestiones de esta Dirección en provecho de la población envejeciente de la República Dominicana.
Someter a consideración del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente proyectos de incentivo a la participación de la comunidad en la promoción de la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente y del presente reglamento.
Promover, en los distintos medios de comunicación social, la divulgación de la Ley Núm. 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente y del presente reglamento.
Velar porque las instituciones, públicas y privadas a cargo de programas para las personas envejecientes, les proporcionen información y asesoría, a cerca de las garantías consagradas en la Ley Núm.352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente y su reglamento; así como los derechos estatuídos en otras disposiciones a favor de las personas envejecientes.
Promover la creación de un centro de salud especializado para personas envejecientes con enfermedad de Alzheimer, a través del Ministerio de Salud Pública.
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Someter al Consejo el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la institución.
Presentar Informes Financieros trimestrales de la Ejecución Presupuestaria de la institución.
Presentar al Consejo un Informe Financiero Anual realizado por una firma reconocida de auditores externos, en un período no mayor de tres meses de concluido el ejercicio fiscal.
Someter a conocimiento del Consejo los contratos que realicen con terceros la Dirección Ejecutiva, con excepción de aquellos que se refieren a los servicios operativos de la institución.
3.5. Estructura Organizativa.
Unidades de Máxima Dirección Consejo Nacional
Dirección Ejecutiva
Unidades Consultivas y Asesoras
Departamento de Planificación y Desarrollo División Jurídica
División de Comunicaciones División de Recursos Humanos Unidades Auxiliares o de Apoyo
Departamento Administrativo Financiero, con: División de Contabilidad
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Unidades Sustantivas u Operativas
Departamento de Asistencia Social, con: División de Salud
División de Cultura, Educación y Recreación
Departamento de Supervisión y Evaluación de Centros Geriátricos División de Diagnóstico para la Inclusión a Programas Sociales Coordinación Provincial
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3.6. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL.
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Titulo de la Unidad : Departamento de Planificación
y Desarrollo
Naturaleza de la Unidad : Asesora
Estructura Orgánica : El personal que lo integra
Relaciones de:
Dependencia de : La Dirección Ejecutiva
Coordinación con : Todas las unidades de la institución Organigrama:
Objetivo General:
Asesorar a la máxima autoridad del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente en la formulación de políticas, planes, programas y gestión de calidad de la institución, así como elaborar propuestas para la ejecución de proyectos y cambios organizativos, conforme a la política pública sectorial contemplada en la Estrategia Nacional de Desarrollo, la Ley No. 352-98 de protección a la Persona Envejeciente y las convenciones internacionales de las cuales el país es signatario.
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Funciones Principales:
a) Realizar estudios, a nivel nacional y regional que permitan identificar las necesidades del adulto mayor en las áreas prioritarias establecidas en la Ley Orgánica No.352-98 y las convenciones internacionales de las cuales el país es signatario.
b) Diseñar el Plan Estratégico institucional, bajo los lineamientos de la Ley No 1-12 de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, adoptada por el Estado y en coordinación con las demás unidades organizativas, diseñar el plan estratégico institucional, programas y proyectos a corto, mediano y largo plazo y formular las normas, instructivos, procedimientos y metodologías establecidas por el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD) para el sector y a ser aplicadas al través del Sistema Nacional de Planificación e Inversión Publica y de la Ley 352-98 sobre Protección de la Persona Envejeciente.
c) Colaborar en la confección del presupuesto para alinearlo a las prioridades establecidas en la estrategia institucional y compatible con la planificación sectorial.
d) Dar seguimiento a los planes, programas y proyectos en ejecución y preparar informes de evaluación.
e) Preparar informe nacional anual sobre la marcha de la aplicación de la Estrategia Regional del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el envejecimiento f) Crear y mantener un sistema de indicadores socio demográficos que permitan
conocer la evolución del segmento de la población envejeciente y facilite la preparación de estudios y la toma de decisiones a favor del sector.
g) Gestionar ayuda, ante los organismos de cooperación, en las áreas prioritarias establecidas en el plan estratégico del CONAPE.
h) Promover la realización de conferencias, charlas y cursos de actualización en el área de la planificación y el desarrollo.
i) Formular, los planes y programas estratégicos así como los proyectos correspondientes, conforme los lineamientos de la Estrategia Nacional de
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Desarrollo y a las políticas definidas por el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente,
j) Supervisar y evaluar resultado de procesos e impacto de los productos logrado a través de la ejecución de los planes, programas y proyectos.
k) Participar en la formulación del presupuesto anual de la institución, en coordinación con el Departamento Administrativo Financiero.
l) Formular los proyectos correspondientes a los planes y programas, así como aquellos que surjan como resultado de las relaciones de la institución, con otros organismos nacionales e internacionales.
m) Coordinar y supervisar las funciones relativas al desarrollo organizativo, estadísticas, presupuesto, planes, programas y de gestión de calidad.
n) Asesorar a las demás unidades en la preparación de los planes, programas y proyectos a ser desarrollados por la institución.
o) Preparar propuestas de revisión de estructuras organizativas y de reingeniería de procesos, incluyendo los respectivos componentes tecnológicos, a efectos de optimizar la gestión de la institución en el marco de las responsabilidades asignadas a la misma, para el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos.
p) Aplicar encuestas de Clima Organizacional a los servidores de la institución, a fin de detectar las situaciones que inciden en el ambiente laboral y elaborar propuestas y presentar resultados al área de Recursos Humanos para que se implementen las acciones correctivas de lugar.
q) Elaborar manuales de organización y funciones, políticas, normas y procedimientos de la Institución en coordinación con la División de Recursos Humanos.
r) Suministrar en tiempo y forma las informaciones que requiera el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo para el cumplimiento de sus funciones, conforme lo establecen las Leyes 498-06 y 496.06 que organizan el Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública
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t) Realizar cualquier otra función afín o complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.
Estructura de Cargos:
Encargado (a) Departamento de Planificación y Desarrollo Analista de Proyecto
Estadístico
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(CONAPE)
Titulo de la Unidad : División Jurídica
Naturaleza de la Unidad : Asesora
Estructura Orgánica : El personal que lo integra
Relaciones de:
Dependencia : La Dirección Ejecutiva
Coordinación : Con todas las unidades de la Institución.
Organigrama:
Objetivo General.
Asesorar al Director Ejecutivo y las demás áreas del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente en todos los aspectos jurídicos relacionados con las actividades que realiza la institución.
Funciones Principales:
a) Asesorar a la Dirección Ejecutiva y demás funcionarios del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente en todos los aspectos legales relacionados con las actividades que realiza la institución.
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c) Representar legalmente a la institución en las demandas judiciales que se hagan en contra de ésta, o las que la institución se vea obligada a encausar. d) Analizar y dar respuestas a las consultas jurídicas o legales que le formule el
resto de la estructura orgánica de la institución y preparar recomendaciones específicas para la mejor interpretación de los documentos legales vigentes, de aquellos que se encuentran en preparación y los que pudiere haber en el futuro.
e) Mantener un registro actualizado de todas aquellas leyes, decretos, reglamentos, disposiciones, resoluciones y demás documentos jurídicos de la institución.
f) Preparar, junto a las demás unidades organizativas de CONAPE, y según el caso, anteproyectos de leyes, decretos, reglamentos y cualquier otro documento legal que sea necesario para el cabal desenvolvimiento de las actividades de la institución.
g) Preservar y divulgar las resoluciones y normativas emanadas de la institución. h) Representar a la institución en litigios de empleados ante los tribunales
competentes.
i) Gestionar la notarización de los documentos legales de la institución, que así lo requieran.
j) Participar como miembro del Comité de Licitaciones de Compras y certificar que los procedimientos y documentos de la licitación han sido elaborados conforme a lo establecido en la Ley de Compras y Contrataciones y sus Reglamentos. k) Atender las solicitudes de apoyo cursadas por los envejecientes, evaluarlas y
dar el curso como en materia jurídica fuere necesario.
l) Realizar cualquier función afín y complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.
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Estructura de cargos:
Encargado(a) de la División Jurídica Paralegal
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Titulo de la Unidad : División de Comunicaciones
Naturaleza de la Unidad : Asesora
Estructura Orgánica : El personal que lo integra
Relaciones de:
Dependencia : De la Dirección Ejecutiva
Coordinación : Con todas las unidades de la Institución. Organigrama: Objetivo General.
Orientar a la opinión pública en el conocimiento adecuado de las acciones que realiza el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, a través del flujo de información interna y externa, en base a las políticas trazadas por la Dirección de la Institución.
Funciones Principales:
a) Diseñar y desarrollar la estrategia de comunicación externa e interna de la institución, atendiendo a los lineamientos establecidos por la Dirección Ejecutiva.
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b) Participar en la efectiva organización y ejecución de actividades y eventos propios del área de competencia de CONAPE.
c) Confeccionar el plan de acción anual de actos públicos y eventos en general a celebrarse durante el curso de año y bajo la orientación de la Dirección Ejecutiva.
d) Informar y orientar al público en lo referente a los servicios que ofrece el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente.
e) Coordinar y diseñar las estrategias de comunicación para el desarrollo de las actividades de prensa.
f) Preparar y ejecutar programas de difusión de las actividades que emanen de CONAPE.
g) Recibir y atender a representantes de los medios de comunicación social, en lo que respecta a los cometidos de CONAPE.
h) Coordinar y supervisar la elaboración de materiales audiovisuales que sirven de apoyo a las actividades, programas y proyectos de la institución.
i) Preparar y ejecutar programas de difusión de las actividades y obras que emanen del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente.
j) Coordinar la organización y conservación de todos los materiales escrito o impreso que se relacione con las áreas de competencia de CONAPE.
k) Coordinar y supervisar la elaboración de cualquier material escrito o impreso para ser difundido en los medios de comunicación, tales como: nota de prensa. l) Planificar, en coordinación con las autoridades de la Dirección Ejecutiva, la
participación de la institución en los medios de comunicación, tales como: programas de televisión, radio, entrevistas, entre otros.
m) Colaborar en el montaje de seminarios, talleres y cualquier otro evento dispuesto.
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n) Coordinar y supervisar la realización de publicaciones especiales, tales como: revistas, libros, brochures, memorias, entre otros.
o) Realizar cualquier función afín y complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.
Estructura de cargos:
Encargado(a) de la División de Comunicaciones Fotógrafo
Diseñador gráfico Periodista
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Titulo de la Unidad : División de Recursos Humanos
Naturaleza de la Unidad : Asesora
Estructura Orgánica : El personal que lo integra
Relaciones de:
Dependencia de : La Dirección Ejecutiva
Coordinación con : Todas las Unidades de la
Institución
Organigrama:
Objetivo General:
Implementar y desarrollar un sistema de gestión de recursos humanos, que enmarcado en la Ley Núm. 41-08, de Función Pública, garantice la existencia de servidores públicos motivados e idóneos, que contribuyan al logro de los objetivos institucionales.
Funciones Principales:
a) Asesorar a la máxima autoridad de la institución y a los encargados de distintas unidades organizativas en lo relativo al sistema de gestión de recursos humanos.
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b) Diseñar e implementar el Sistema de Recursos Humanos en la institución, así como los objetivos y metas trazados por las autoridades del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, siguiendo los lineamientos generales de la Ley Núm. 41-08 de Función Pública y sus reglamentos y del Ministerio de Administración Pública (MAP).
c) Programar y ejecutar, el desarrollo de los distintos subsistemas de gestión de Recursos Humanos, establecidos para la institución, tales como: Evaluación del Desempeño, Reclutamiento y Selección, Relaciones Laborales, Beneficios Laborales, Capacitación y Desarrollo y Registro y Control.
d) Recomendar e implementar acciones correctivas a las situaciones detectadas en las encuestas de Clima Organizacional, a fin de mejorar el ambiente laboral de la institución.
e) Coordinar con las demás áreas de la institución la planificación estratégica de los recursos humanos, a corto, mediano y largo plazo, para el logro de sus objetivos, en coordinación con el Departamento Administrativo Financiero y alineado al Plan Estratégico definido por la institución.
f) Elaborar e implementar el programa anual de adiestramiento y capacitación del personal, en coordinación con el Instituto de Administración Pública (INAP) y otras entidades, tanto gubernamentales y no gubernamentales, empeñados en cubrir las brechas detectadas, entre las evaluaciones de desempeño y el Plan Estratégico.
g) Mantener actualizado el Manual de Cargos de la institución, en coordinación con las unidades correspondiente al Misterio de Administración Pública (MAP). h) Coordinar con el (MAP) la conformación de una comisión Ad-hoc para resolver
los conflictos laborales que se presenten.
i) Coordinar con el Departamento de Planificación y Desarrollo, la elaboración de los planes y programas a ser ejecutados por la División de Recursos Humanos, orientados al desarrollo de la institución.
j) Elaborar la nómina de pago de la institución y dar seguimiento hasta que los valores correspondientes sean depositados a todos los servidores.
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k) Supervisar la preparación, registro y control de la nómina de pago de la institución, velando que las acciones y movimientos de personal sean registrados debidamente en la misma.
l) Aplicar el sistema de seguridad social que establece la Ley Núm. 87-01, a los servidores de la institución y mantener un programa de orientación basado en las novedades de dicho sistema.
m) Hacer cumplir las normativas internas establecidas para el personal.
n) Mantener actualizada la base de datos que alimenta el Sistema de Administración de Servidores Públicos (SASP).
o) Realizar actividades de integración de equipos y conciliación laboral para los empleados de la institución.
p) Realizar cualquier función afín y complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.
Estructura de Cargos:
Encargado (a) de División de Recursos Humanos
Auxiliar de Recursos Humanos Secretaria
Coordinador de capacitación Auxiliar Administrativo
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Titulo de la Unidad : Departamento Administrativo Financiero
Naturaleza de la Unidad : Apoyo
Estructura Orgánica : División de Contabilidad
División de Servicios Generales
Relaciones de:
Dependencia de : La Dirección Ejecutiva
Coordinación con : Todas las unidades de la Institución
Organigrama: Objetivo General:
Garantizar la eficiencia, transparencia y adecuado control en el uso de los recursos administrativos y financieros de la institución.
Funciones Principales:
a) Aplicar las políticas y normas relacionadas con la administración de los recursos materiales y financieros de la institución, tomando en consideración las
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directrices trazadas por los correspondientes órganos rectores del Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado.
b) Garantizar el cumplimiento de las normas y procedimientos para las operaciones de compras y contrataciones que establece la ley y la Dirección General de Contrataciones de Bienes, Obras, Servicios y Concesiones, en su condición de órgano rector.
c) Garantizar el servicio de transporte para la realización de las actividades que realiza la Institución.
d) Garantizar el mantenimiento de la planta física, mobiliarios y equipos, así como lo relativo al suministro oportuno de materiales y servicio de transportación a los empleados de la institución que lo ameriten.
e) Coordinar, junto al Departamento de Planificación y Desarrollo, la elaboración y formulación del presupuesto anual, conforme a las prioridades de la Institución, señaladas por la Dirección Ejecutiva.
f) Realizar las actividades necesarias para gestionar la aprobación del Presupuesto de la Institución por parte de los organismos competentes.
g) Gestionar las modificaciones o ajustes presupuestarios necesarios (coordinaciones de fondos) y la entrega de recursos complementarios en los casos en que sean requeridos.
h) Garantizar el adecuado funcionamiento del módulo de operación del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF).
i) Aprobar, conjuntamente con la Dirección de la Institución, los compromisos y libramientos correspondientes a los recursos presupuestarios, fondos reponibles y recursos extra-presupuestarios.
j) Garantizar el pago de todas las obligaciones contraídas por la institución.
k) Velar por un adecuado registro contable de todas las transacciones económicas y financieras del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, a fin de dar cumplimiento a las normas legales de contabilidad gubernamental.
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(CONAPE)
m) Velar por el uso y mantenimiento de un adecuado sistema de inventario y activo fijo de la institución.
n) Velar porque se lleve un adecuado sistema de trámite de correspondencia y archivo de documentos en la institución.
o) Realizar cualquier otra función afín o complementaria que le sea asignada a la unidad por el superior inmediato.
Estructura de Cargos:
Encargado (a) Departamento Administrativo Financiero Analista financiero Técnico en Compras Secretaria Recepcionista Mensajero Interno Mensajero Externo Chofer
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(CONAPE)
Titulo de la Unidad : División de Contabilidad Naturaleza de la Unidad : Apoyo
Estructura Orgánica : El personal que la integra Relaciones de:
Dependencia : Departamento Administrativo Financiero Coordinación con : Todas las unidades de la Institución
Organigrama:
Objetivo General:
Llevar el registro contable de todas las transacciones económicas y financieras del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, a fin de dar cumplimiento a las normas legales de contabilidad gubernamental y proporcionar información adecuada que sirva de base para la toma de decisiones.
Funciones Principales:
a) Llevar registro y control de todos los ingresos, egresos, cuentas por pagar y demás operaciones contables de la institución, de acuerdo a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.
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(CONAPE)
b) Mantener, el control de los activos de la institución actualizando el inventario en materia de compra, ubicación, depreciación y retiro.
c) Realizar y procesar las solicitudes de gastos a fin de tramitarla a las instituciones correspondientes para fines de aprobación, llevando el control de todos los libramientos hasta que sean pagados.
d) Controlar las operaciones del Sistema de Seguridad Social y Salud Ocupacional.
e) Mantener actualizados el inventario de todos los bienes muebles existentes con las informaciones concernientes a ubicación, empleado a quien esta asignado, descripción, fecha y valor de adquisición, condición, y valor en libro de la institución.
f) Preparar todos los informes financieros y contables que soliciten las autoridades del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, así como los estados financieros que reflejen los activos, pasivos y el patrimonio de la institución. g) Preparar y registrar las conciliaciones bancarias de todos los clientes de la
institución, así como, los informes de disponibilidad.
h) Elaborar, tramitar y registrar todos los libramientos de pago y llevar el control hasta que son pagados.
i) Efectuar los cálculos de deducciones y retenciones impositivas y llevar el control del pago de dichas retenciones a los proveedores.
j) Elaborar certificaciones exigidas por los proveedores y servidores de la institución.
k) Mantener contactos permanentes con los bancos que manejan cuentas con la institución.
l) Preparar el cierre del ejercicio fiscal, a los compromisos, libramientos, pagos anulados, devueltos, reintegros de todas las operaciones registradas o no en el SIGEF, conteniendo los detalles del gasto de fondos reponibles de bienes muebles, entre otros.
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(CONAPE)
m) Coordinar con el Departamento Administrativo Financiero, la formulación presupuestaria y la rendición de informes financieros.
n) Administrar las solicitudes de traslado y reparación (salida y entrada) así como el descargo de los bienes muebles, previa aprobación de las instancias correspondientes.
o) Informar a la DIGECOG todos los movimientos en el inventario a través del Sistema previsto para registro.
p) Velar porque el manejo de la caja chica asignada al área se realice de acuerdo a las normas establecidas.
q) Realizar cualquier función afín o complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.
Estructura de Cargos:
Encargado (a) División de Contabilidad Auxiliar de Contabilidad
Ministerio de Salud Pública
CONSEJO NACIONAL DE LA PERSONA ENVEJECIENTE
(CONAPE)
Titulo de la Unidad : División de Servicios Generales
Naturaleza de la Unidad : Apoyo
Estructura Orgánica : El personal que la integra
Relaciones de
Dependencia : Departamento Administrativo Financiero
Coordinación con : Todas las unidades de la Institución
Organigrama:
Objetivo General:
Velar por el buen estado de la planta física y mobiliario de la institución, así como ofrecer adecuados servicios de transportación a todas las áreas de la institución.
Funciones Principales:
a) Supervisar y controlar la distribución y equipos de limpieza.
b) Supervisar la limpieza de los baños, oficinas, pisos, paredes, puertas, ventanas. c) Dar mantenimiento y limpieza a los equipos y mobiliario de la institución
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(CONAPE)
d) Ofrecer servicios de transporte a las áreas de la institución que lo soliciten, así como el adecuado mantenimiento de la flotilla vehicular.
e) Coordinar y supervisar el uso y mantenimiento de los equipos de transporte de la institución y velar por la existencia de existencias de repuestos para la reparación de los mismos.
f) Velar por el mantenimiento preventivo de la planta eléctrica de emergencia de la institución, notificándolo a la unidad correspondiente para su registro.
g) Velar por el mantenimiento y reparación de la plomería, aparatos sanitarios, instalación eléctrica, equipos y mobiliario de la institución.
h) Realizar los traslados de mobiliarios y equipos, a solicitud del personal directivo de la institución.
i) Velar porque se ofrezca un adecuado servicio de café, agua, o cualquier otro brindis, al personal y visitantes de la institución.
j) Realizar cualquier otra función afín o complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.
Estructura de Cargos:
Encargado (a) División de Servicios Generales Coordinación de transporte Mayordomo Ayudante de Mantenimiento Conserje Vigilante Chofer
Ministerio de Salud Pública
CONSEJO NACIONAL DE LA PERSONA ENVEJECIENTE
(CONAPE)
Titulo de la Unidad : División de Tecnología de la Información y Comunicación
Naturaleza de la Unidad : Apoyo
Estructura Orgánica : El personal que la integra Relaciones de
Dependencia de : La Dirección Ejecutiva
Coordinación con : Todas las unidades de la Institución
Organigrama:
Objetivo General:
Diseñar, desarrollar y administrar los sistemas tecnológicos utilizados para el manejo de datos e información de toda la organización, tales como aplicaciones o software y equipos o hardware.