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BASES DE LA PROMOCION Jugador 12

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Academic year: 2021

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BASES DE LA PROMOCION “Jugador 12”

1. OBJETO Y MECANICA.-

1.1. Refreshment Product Services Ecuador (R.P.S.E.) S.A. y Ecuador Bottling Company, embotellador autorizado de The Coca-Cola Company (en adelante el "Sistema Coca-Cola") conjuntamente con Consorcio Ecuatoriano de Telecomunicaciones S.A. CONECEL (en adelante “CONECEL”) han organizado una promoción (en adelante la “Promoción”) con las marcas Coca-Cola, Fanta, Sprite, Fioravanti Fresa y Fioravanti Manzana en sus presentaciones que se detallan más adelante (en adelante los "Productos” y la marca PORTA, respectivamente. 1.2. El Sistema Coca-Cola y CONECEL tienen los derechos como auspiciantes

oficiales de la Federación Ecuatoriana de Fútbol y por tanto de la Selección. En consecuencia en el ámbito de sus respectivos derechos participan en la presente promoción.

1.3. La Promoción está sujeta a la siguiente mecánica:

1.3.1. Las tapas de los envases de los Productos en sus presentaciones de 300cc GRB (mediana) y 192 cc GRB (personal) podrán contener premios consistentes en: un viaje para el ganador y un acompañante a la Copa América a jugarse en Venezuela junto con la selección ecuatoriana de fútbol, celulares Motorota F3 y tarjetas PORTA con 5 mensajes escritos gratis de PORTA a PORTA, en adelante “los Premios”.

1.3.2. Las tarjetas de PORTA de US$6 y US$10 de tiempo aire tendrán una edición especial limitada con diseño Coca-Cola/PORTA durante el período promocional y contendrán una raspadita integrada en la parte posterior de las tarjetas, en la cual los consumidores podrán ganar premios consistentes en:, celulares Motorota F3 y paquetes de SMS ( incluye 5 mensajes de texto) , líquido gratis Coca-Cola y entradas a cines y órdenes de consumo en determinados locales según se detallará más adelante (en adelante “los Premios”) .

1.3.3. Además los consumidores de las tarjetas PORTA de US$6 y US$10 de tiempo aire con diseño Coca-Cola/PORTA que hayan activado esas tarjetas participarán en un sorteo para hacerse acreedor a un premio consistente en un viaje para el ganador y un acompañante a la Copa América a jugarse en Venezuela junto con la selección ecuatoriana de fútbol. Participarán en el mencionado sorteo las personas que aparezcan registradas en la base de datos de PORTA como titulares de las líneas en las cuales se hayan activado las tarjetas PORTA. Si la persona que resulte favorecida del sorteo es una persona jurídica, se considerará como ganador del Premio al representante legal de esa persona jurídica que conste registrado como tal en las bases de datos de PORTA.

1.3.4. Participan solamente los envases retornables 300 cc GRB y 192cc GRB de las marcas Coca – Cola, Fanta, Sprite, Fioravanti Fresa y Firavanti Manzana y

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las Tarjetas Prepago Amigo de PORTA de US$6 y US$10 de la edición especial limitada con diseño Coca-Cola/PORTA de la promoción “Jugador 12”.

1.3.5. Todos los Premios podrán canjearse en los puntos de canje oficial que determine el Sistema Coca-Cola o CONECEL.

1.4. La promoción es válida en todo el país.

1.5. El administrador de la promoción es el Sistema Coca-Cola . 2. DURACION.-

2.1. La Promoción se desarrollará desde el 17 de Junio del 2007 hasta el 31 de Julio del 2007 o hasta agotar stock de los Premios, cualquiera ocurra primero. Las fechas de inicio y terminación de la Promoción podrán ser modificadas por el Sistema Coca-Cola y CONECEL, de así considerarlo conveniente.

2.2. El sorteo para determinar el segundo ganador del viaje a la Copa América en Venezuela junto con un acompañante se realizará el día 19 de junio de 2007, en presencia de un Notario Público del cantón Guayaquil, quien levantará un acta de diligencia notarial en la cual constará todo lo actuado. CONECEL podrá modificar la fecha del sorteo de así considerarlo conveniente.

2.3. Los Premios deberán ser reclamados hasta 45 días después de concluida la Promoción, lo cual será comunicado por el Sistema Coca-Cola a través de distintos medios de comunicación.

3. PREMIOS.-

3.1. Existirán los siguientes Premios.

Además se entregará como Premio un viaje adicional para el ganador y un acompañante a la Copa América a jugarse en Venezuela junto con la selección ecuatoriana de fútbol a la persona que resulte ganadora del sorteo que se detalla en el punto 1.3.3.

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3.2. El Premio consistente en viaje incluye lo siguiente:

3.2.1. Boletos aéreos de ida y vuelta (Vuelo Charter en TAME) para cada ganador y un acompañante designado por él en la siguiente ruta: ida: Quito-Guayaquil-Puerto Ordaz; retorno: Puerto La Cruz-Guayaquil-Quito. Incluye traslado de aeropuerto/hotel/aeropuerto y de hotel/estadio/hotel.

3.2.2. Permanencia en el destino final durante 5 días y cuatro noches, que incluye el mismo hotel en que se hospede la selección conforme facilidades disponibles, así como desayuno diario.

3.2.3. Seguro de viaje para el ganador y su acompañante, desde que parte del Ecuador hasta la fecha prevista de retorno. El seguro no cubrirá permanencia adicional en el exterior que eventualmente decida el ganador y/o su acompañante.

3.2.4. Impuestos hoteleros.

3.2.5. Entradas categoría 3 para los partidos de la primera fase del Ecuador. 3.3 El premio de viaje no incluye:

3.3.1 Impuestos de aeropuerto, tasas de embarque, propinas. Cualquier otro gasto no especificado, corre por cuenta del ganador.

4. LIMITACIONES Y REGULACIONES APLICABLES A LOS PREMIOS.-

4.1. Se considerará ganador a la persona que presente la tapa o tarjeta prepago con la raspadita marcadas con la leyenda que corresponde a cada Premio, en los lugares de canje.

4.2. Se considerará ganador del sorteo la persona que resulte favorecida en él.

4.3. Los Premios únicamente podrán ser reclamados en los lugares establecidos por el Sistema Coca-Cola y/o CONECEL.

4.4. El Sistema Coca-Cola y/o CONECEL se reserva el derecho de sustituir los Premios por otros de similar calidad, en caso de fuerza mayor o caso fortuito u otras razones que impida al Sistema Coca-Cola y/o CONECEL hacer efectivos los Premios.

4.5. El Sistema Coca-Cola no es fabricante ni distribuidor de los Premios consistentes en:, celulares, tarjetas prepago amigo con paquetes de 5 mensajes escritos de PORTA a PORTA, por lo que no otorga ninguna garantía, expresa o tácita, respecto de dichos premios, la cual correrá a cargo del respectivo fabricante, proveedor o distribuidor. Así mismo, CONECEL no es fabricante ni distribuidor de los premios consistentes en: Coca Cola Mediana o cualquier otro producto que pertenezca a otras marcas y que se encuentren detalladas en el numeral 3.1 de las presentes bases, por lo que no otorga ninguna garantía, expresa o tácita, respecto de dichos premios, la cual correrá a cargo del respectivo fabricante, proveedor o distribuidor. El Sistema Coca-Cola y/o CONECEL no efectúa ninguna afirmación, aseveración o declaración, implícita o expresa, en relación con la idoneidad o conveniencia de la Premios para determinado propósito. El Sistema Coca-Cola y/o CONECEL de ninguna manera será/n responsable/s de daños incidentales ni consecuenciales de

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ninguna clase, incluyendo lucro cesante o pérdida de negocio, que surgieren de o se relacionen con los Premios o la Promoción.

4.6. El uso del Premio consistentes en “5 mensajes escritos PORTA” constan en al reverso de los premios. Su uso y condiciones son las otorgadas y establecidas por CONECEL.

4.7. Los premios de Tarjetas prepago por US$6 y US$10 tiempo aire y Tarjetas para 5 mensajes escritos son válidos exclusivamente para clientes prepago, planes controlados e internet de PORTA a PORTA.

4.8. Limitaciones especiales para el premio consistente en viaje con la selección: 4.8.1. Solamente podrán participar personas residentes en Ecuador, mayores de

dieciocho años.

4.8.2. El Premio es personal, no transmisible e intransferible. Si por cualquier motivo el ganador se imposibilita temporal o definitivamente para utilizar el Premio, éste quedará cancelado definitivamente, sin que procedan indemnizaciones ni compensaciones de ninguna naturaleza o especie, ni reasignaciones a terceras personas.

4.8.3. El Premio no es sustituible por dinero u otras especies, salvo por la decisión exclusiva del Sistema Coca-Cola o CONECEL.

4.8.4. La ruta de viaje, aerolíneas, hoteles y demás características del Premio, serán determinados exclusivamente por el Sistema Coca-Cola y CONECEL en concordancia con los que realice la Federación Ecuatoriana de Fútbol para la selección.

4.8.5. El viaje se realizará el mismo día en que viaje la selección de fútbol. Si por alguna razón el ganador y/o su acompañante no pudiese realizar el viaje en ese día perderá el derecho al Premio.

4.8.6. En caso de fallecimiento del ganador el Premio quedará definitivamente cancelado.

4.8.7. El ganador y su acompañante designado serán responsables exclusivos de obtener las autorizaciones y visas que puedan requerirse para el ingreso al destino final. El Sistema Coca-Cola y/o CONECEL no asumen ninguna responsabilidad por la falta de autorizaciones pertinentes o concesión de las visas correspondientes por parte de las autoridades respectivas. Si por dichos motivos el ganador o su acompañante designado no puede viajar, pierde el derecho al Premio, sin derecho a compensación o indemnización alguna.

4.8.8. El Sistema Coca-Cola y/o CONECEL no se hacen responsables por ningún daño, accidente o perjuicio personal que pueda sufrir el ganador o su acompañante, con motivo u ocasión, o en relación con el Premio; incluyendo pero sin limitarse, a daños o accidentes sufridos durante el transporte aéreo, marítimo o terrestre, estadía en el país respectivo o demás situaciones ocurridas durante el viaje y la estadía.

4.9. La sola participación en la promoción conlleva la aceptación expresa del Participante de las reglas constantes en el presente documento.

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5.1. Solamente podrán participar aquellos consumidores que presenten tapas y tarjetas prepago auténticas y válidas. El Sistema Coca-Cola y CONECEL se reservan el derecho de impedir la participación de consumidores que presenten tapas o tarjetas prepago adulteradas o falsificadas de cualquier forma.

5.2. Cualquier modificación o daño producido en las tapas o tarjetas prepago, las invalidará para participar en la Promoción, aún cuando se trate de tapas o tarjetas prepago legítimas, si ello impide determinar su legitimidad y legibilidad.

5.3. El Sistema Coca-Cola y/o CONECEL se reservan el derecho de iniciar las acciones legales correspondientes contra quienes pretendan participar en la promoción utilizando tapas o tarjetas prepago adulteradas o falsificadas de cualquier forma o por cualquier método.

6. AUTORIZACIÓN ESPECIAL

6.1. Los ganadores de los Premios autorizan expresamente al Sistema Coca-Cola y a CONECEL, por la sola participación en la Promoción, a difundir los nombres, datos personales e imágenes, propias y de sus familias, por los medios y en la forma que consideren convenientes, con fines publicitarios e informativos de los resultados de la promoción, sin derecho a compensación alguna.

7. INTERPRETACION.-

7.1. En caso de duda sobre los alcances o aplicación de estas normas, corresponderá exclusivamente al Sistema Coca-Cola y a CONECEL determinar su interpretación. 8. CONTROVERSIAS.-

8.1. Cualquier diferencia que pudiere surgir entre el Sistema Coca-Cola y/o CONECEL, y los participantes en esta Promoción, se someterá al procedimiento de mediación y arbitraje señalado a continuación.

8.2. El consumidor o participante y el Sistema Coca-Cola convienen

irrevocablemente que en caso de surgir diferencias entre ellas, por razón o con ocasión de la promoción antes detallada, realizarán los mejores esfuerzos para buscar y encontrar una solución mutuamente aceptable. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá requerir directamente a la otra someter las diferencias al proceso de mediación en el Centro de Mediación de la Cámara de Comercio de Quito, según lo determinado en el Título II de la Ley de Arbitraje y Mediación publicada en el Registro Oficial No. 145 de 4 de septiembre de 1997. La mediación no podrá demorar más de diez días.

Si luego de la mediación subsistieren diferencias, éstas serán resueltas por arbitraje administrado de los jueces árbitros de la Cámara de Comercio de Quito. El arbitraje será en derecho. Las partes se obligan a acatar el laudo que expida sin que puedan interponer respecto a él, recurso o reclamación alguna.

8.3. El consumidor o participante y CONECEL convienen irrevocablemente que en caso de surgir diferencias entre ellas, por razón o con ocasión de la promoción antes detallada, realizarán los mejores esfuerzos para buscar y encontrar una solución

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mutuamente aceptable. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá requerir directamente a la otra someter las diferencias al proceso de mediación en el Centro de Mediación de la Cámara de Comercio de Guayaquil, según lo determinado en el Título II de la Ley de Arbitraje y Mediación publicada en el Registro Oficial No. 145 de 4 de septiembre de 1997. La mediación no podrá demorar más de diez días. Si luego de la mediación subsistieren diferencias, éstas serán resueltas por arbitraje administrado de los jueces árbitros de la Cámara de Comercio de Guayaquil. El arbitraje será en derecho. Las partes se obligan a acatar el laudo que expida sin que puedan interponer respecto a él, recurso o reclamación alguna.

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