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Sesión ordinaria nº 21

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Excmo. Ayuntamiento de Soria

MAAG/mrm

Sesión ordinaria nº 21

En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las diez horas y veinte minutos del día veintiséis de mayo de dos mil diecisiete, se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:

ASISTENTES:

Alcalde Presidente: __________ D. Carlos Martínez Mínguez. Primer Tte. Alcalde:__________ D. Luis A. Rey de las Heras. Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez. Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez. Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo. Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor. Interventor Municipal: _______ D. José Luis López Navarro. Secretario General: ________ D. Mariano A. Aranda Gracia.

Excusan su asistencia D. Fco. Javier Muñoz Expósito y Dª. Marta Cáceres Piñuel.

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 19 DE MAYO DE 2017.

Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 19 de mayo de 2017. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el Acta es aprobada por unanimidad.

2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS:

2.1.-Se da cuenta de la Declaración Responsable para ejecución de las obras relacionadas a continuación:

INTERESADO SITUACIÓN OBRA OBRAS A REALIZAR

CDAD. PROP. COSTANILLA DE MARMULLETE, 1

COSTANILLA DE MARMULLETE, 1 Y SANTO TOMÉ, 9

RETEJADO DE CUBIERTA Y PINTAR FACHADA. La utilización de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.

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ENTRADA Y ACABADO EN RAMPA. APLACADO DE PUERTA DE PORTAL. PARCELA 5429. C/ EL MOLINO DE OTERUELOS EJECUCIÓN DE ESCALERAS Y HACER LEÑERA. MARMULLETE,

2-BAJO PINTAR utilización de medios auxiliares MIRADORES. La será objeto de solicitud de licencia.

JOSÉ LUÍS ARGENTE

OLIVER, 1-4º C COLOCACIÓN DE TOLDOS EN VENTANAS. JOSÉ LUÍS ARGENTE

OLIVER, 1-4º D COLOCACIÓN DE TOLDO EN VENTANA. CDAD. PROP. PLAZA SAN PEDRO,

5 PLAZA SAN PEDRO, 5 SUSTITUCIÓN DE ASCENSOR EN LA COMUNIDAD. CDAD. PROP. ELIO ANTONIO DE

NEBRIJA, 3 A Y B

ELIO ANTONIO DE NEBRIJA, 3 A Y B

ELIMINACIÓN DE ZONA AJARDINADA. COLOCACIÓN DE CANTOS, CAMINO DE LOSETAS Y COLOCACIÓN DE BORDES DE MADERA.

NAVAS DE TOLOSA, 8-1º A

ALICATAR PAREDES Y SUELO DE COCINA.

GARCÍA SOLIER, 4-BAJO

PINTAR FACHADA. MARTÍNEZ ROMERA, S.A. CAMINO DE LOS

ROYALES, 7-9-11 REVISIÓN DE FACHADA. La utilización de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.

HELIODORO

CARPINTERO, 8-2º B

SUSTITUCIÓN DE CARPINTERÍA EXTERIOR. REFORMA DE COCINA CON CAMBIO DE AZULEJOS Y SUELO.

AVDA. VALLADOLID,

19-21-BAJO SUSTITUCIÓN FLOTANTE. DE PINTURA. TARIMA INSTALACIÓN DE PLATO DE DUCHA.

FUENTE DEL CAÑO,

18-3º Y CAMBIO DE DOS VENTANAS. CDAD. PROP. EL COLLADO, 15 Y

SAN JUAN, 4 AB SAN JUAN, 4 A. REPARACIÓN DE ASTIAL DE CUBIERTA. CDAD. PROP. DUQUES DE SORIA,

1-LINAJES, 4 Y MEDINACELI

AVDA. DUQUES DE SORIA, 1

IMPERMEABILIZACIÓN DE UNA ZONA DE UN PATIO INTERIOR. CDAD. PROP. LAS FUENTES, 4 LAS FUENTES, 4 PINTURA DE ESCALERA, PORTAL,

PASAMANOS, PUERTA DE ENTRADA Y VENTANALES DE LOS RELLANOS.

FRENTES, 1 B-1º D SUSTITUCIÓN DE CARPINTERÍA EXTERIOR Y AISLAMIENTO DE FACHADA POR EL INTERIOR DE LA VIVIENDA.

ANTOLÍN DE SORIA,

5-5º H REFORMA DE BAÑO.

DIEGO ACEBES, 3 REPARACIÓN DE DOS GOTERAS EN TERRAZA COMUNITARIA.

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TEATRO, 12-2º B SUSTITUCIÓN DE ALICATADO, SANITARIOS Y COLOCACIÓN DE DUCHA EN BAÑO.

CAMINO DE LA

VERGUILLA, 4 QUITAR FACHADA. DESCORCHÓN La utilización DE de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.

MUÉVETE SERVICIOS

DEPORTIVOS, SL DUQUES DE SORIA, 8-BAJO RENOVACIÓN CARPINTERÍA, DE SUELOS BAÑO. Y PINTURA.

MOSQUERA DE BARNUEVO, 10. PORTAL 2 3º C

SUSTITUCIÓN DE BAÑERA POR PLATO DE DUCHA.

OBISPO AGUSTÍN, 13 REFORMA DE COCINA. CDAD. PROP. CARRETERA DE

LOGROÑO, 11 CARRETERA LOGROÑO, 11 DE REPARACIONES EN LA CUBIERTA. La utilización de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.

GERARDO DIEGO,

13-2º A CAMBIAR BAÑERA POR PLATO DE DUCHA Y ALICATAR PAREDES DE DUCHA.

RONDA ELOY SANZ VILLA, 4-4º J

SUSTITUCIÓN DE ALICATADOS Y SOLADOS DE CUARTOS HÚMEDOS.

SAN PEDRO DE

OSMA, 3-BAJO REPOSICIÓN ELEMENTOS DE ACCESO: 2 GENERAL DE PUERTS, ESCALERAS, ACCESO A PATIO Y BALDOSAS.

2.2.-Se da cuenta de la Declaración Responsable/comunicación previa de los siguientes establecimientos:

INTERESADO SITUACIÓN

ACTIVIDAD ACTIVIDAD Y/O OBRAS A REALIZAR JOSÉ JOAQUÍN

DURÁN, 1-BAJO EJECUCIÓN DE OBRAS Y EJERCER LA ACTIVIDAD DE CARNICERÍA.

3.-SENTENCIA Nº 45/2017 DEL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO N. 1 DE SORIA POR LA QUE SE ESTIMA PARCIALMENTE LA DEMANDA INTERPUESTA POR LA PROCURADORA SRA. VALERO ALFAGEME EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE ORDENANDO ANULAR Y ANULANDO EL ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO DE SORIA DE FECHA 29 DE ABRIL DE 2016.

Con fecha 20 de abril de 2.017 se dicta por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria nº 1 la Sentencia núm. 45/2017, por la que se estima parcialmente la demanda interpuesta por la

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, ordenando anular y anulando el acuerdo del Ayuntamiento de Soria de fecha 29 de abril de 2016 por el que se desestima el recurso de reposición contra acuerdo de 19 de febrero de 2016 por el que se concede licencia ambiental y de obras para la actividad de bar a ubicar en avenida Mariano Vicén 27, Local L1, únicamente, en lo referente al de incumplimiento de las normas sobre evacuación de gases y condiciones de los conductos en base a los arts. 2.6.55 y 2.6.77, debiendo ajustarse el proyecto a lo dispuesto en dicha normativa

En cumplimiento de lo señalado en el art. 104 de la Ley Jurisdiccional que señala que luego que sea firme una sentencia, debe la administración autora del acto llevar a puro y debido efecto y practicar lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: Dar cumplimiento al mismo, ordenando a que proceda a ajustar el proyecto a lo dispuesto en la normativa en relación a la evacuación de gases y condiciones de los conductos, arts. 2.6.55 y 2.6.77 del P.G.O.U.

4.-RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL INTERPUESTA POR D. .

El 28 de junio de 2016, tiene entrada en el Ayuntamiento de Soria una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento de Soria y, subsidiaria y complementariamente, contra la Confederación Hidrográfica del Duero, presentada por D. Eliseo Lafuente Martínez, abogado, en representación de D. .

Según se indica en la reclamación, D. se encuentra internado en un hospital para tetrapléjicos como consecuencia de los daños sufridos el día 29 de junio de 2015, festividad del Lunes de Bailas, cuando se zambulló en el río Duero y se golpeó contra una roca. D. reclama del Ayuntamiento de Soria y, subsidiaria y complementariamente, de la Confederación Hidrográfica del Duero, que se le abone una indemnización de 580.130,27 euros.

En el escrito se solicitaban una serie de pruebas. El Instructor del expediente, resolvió admitirlas y practicarlas todas, añadiendo de oficio dos más. Todas ellas se han practicado en el transcurso del expediente.

Visto el informe emitido por el Secretario General el día 25 de mayo del actual, que actúa como instructor del expediente, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la

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delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Remitir al Consejo Consultivo de Castilla y León, a través de la Consejería de Presidencia, el expediente de responsabilidad patrimonial instruido a solicitud de D. , con la propuesta de Resolución del Instructor expediente.

La propuesta de Resolución es desestimatoria de la reclamación planteada, por las siguientes razones:

- El daño no es antijurídico, ya que la Administración adoptó las medidas de seguridad razonables a la vista de las características del festejo.

- La relación de causalidad entre la actividad administrativa y el daño se rompe por culpa de la víctima.

Segundo.- Solicitar del Consejo Consultivo de Castilla y León la emisión del dictamen preceptivo al que se refiere el art. 12 del Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial.

5.-APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS MISMAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PISTA DE PADEL Y UNA PISCINA EN EL CAMPO DE GOLF DE PEDRAJAS SITO EN CARRETERA DE PEDRAJAS A OTERUELOS S/N DE SORIA PROMOVIDO POR CLUB DE GOLF SORIA, S.A Y SUSCRITO POR EL TÉCNICO D. JOSÉ JAVIER PALOMAR MOLINA.

Visto el proyecto de ejecución para la construcción de una pista de pádel y una piscina en el Campo de Golf de Pedrajas, sito en carretera de Pedrajas a Oteruelos s/n de Soria, promovido por Club de Golf Soria, S.A. y suscrito por el técnico D. José Javier Palomar Molina.

El expediente ha sido informado favorablemente por los Servicios Técnicos Municipales en fecha 11 de abril de 2.017, y por la Oficina de Urbanismo el 20 de abril de 2017. Asimismo ha sido informado favorablemente por Secretaría General, en relación con el cumplimiento del convenio de cesión de terrenos suscrito entre este Ayuntamiento y la Fundación de golf tierras de Soria.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

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Aprobar el proyecto de ejecución, conceder la licencia de obras para la construcción de una pista de pádel y una piscina en el Campo de Golf de Pedrajas, sito en carretera de Pedrajas a Oteruelos s/n de Soria, promovido por Club de Golf Soria, S.A. y suscrito por el técnico D. José Javier Palomar Molina, y autorizar el inicio de las mismas, debiendo cumplir con las siguientes prescripciones, además de las especificadas en los informes emitidos al efecto:

 De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL, deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes reglas:

 En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.

 El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para tercero Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia serán:

Plazo de inicio: seis meses. Plazo de finalización: tres años

Plazo de interrupción máxima: doce meses.

Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de enero).

6.- APROBACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN 3 CORRESPONDIENTE A LA OBRA “PEATONALIZACIÓN Y REURBANIZACIÓN TRAMO I CALLES SANTA MARÍA, CAMPO Y SAGUNTO DE SORIA” A FAVOR DE LA EMPRESA HORMISORIA, S.L.

Vista la certificación nº 3, correspondiente a la obra de “Peatonalización y Reurbanización tramo I calles Santa María, Campo y Sagunto de Soria”, habida cuenta de la existencia de la necesaria consignación presupuestaria, y vista la propuesta emitida por el Interventor, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.

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Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Aprobar la certificación nº 3, a favor de la empresa adjudicataria HORMISORIA, S.L., por un importe de treinta mil quinientos setenta y un euros con ochenta y cuatro céntimos (30.571,84 €) IVA incluido.

7.- APROBACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN 6 CORRESPONDIENTE A LA OBRA “PEATONALIZACION Y REURBANIZACIÓN TRAMO I CALLES SANTA MARÍA, CAMPO Y SAGUNTO DE SORIA” A FAVOR DE LA EMPRESA HORMISORIA, S.L.

Examinada la certificación nº 6, correspondiente a la obra de “Peatonalización y Reurbanización tramo I calles Santa María, Campo y Sagunto de Soria”, habida cuenta de la existencia de la necesaria consignación presupuestaria, y vista la propuesta emitida por el Interventor, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Aprobar la certificación nº 6, a favor de la empresa adjudicataria HORMISORIA, S.L., por un importe de cincuenta y nueve mil ciento cuarenta euros con ochenta y cuatro céntimos (59.140,84 €) IVA incluido.

8.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ALQUILER DE CABINAS HIGIÉNICAS PARA LAS FIESTAS DE SAN JUAN DE LA CIUDAD DE SORIA.

En el expediente tramitado para la adjudicación del contrato de alquiler de cabinas higiénicas para las Fiestas de San Juan de la ciudad de Soria, la empresa APLICACIONES Y DESINFECCIONES AVANZE, S.L., ha acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico-administrativas.

Vista la propuesta emitida por la Mesa de Contratación de fecha 24 de mayo de 2017, y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

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PRIMERO.- Adjudicar el contrato de alquiler de cabinas higiénicas para las Fiestas de San Juan de la ciudad de Soria, a favor de la empresa APLICACIONES Y DESINFECCIONES AVANZE, S.L., representada por D. Mariano Rubio Sánchez en el precio de 10.528,97 €/año más IVA, precio a cabina auxiliar 59,00 € más IVA, por ser el licitador que ha realizado la oferta más ventajosa, dando traslado a los licitadores de la siguiente puntuación obtenida:

Nº 1: APLICACIONES DESINFECCIONES AVANZE, S.L., en el precio de 10.528,97 euros/año más IVA, precio cabina auxiliar 59,00 € más IVA.

Nº 2: INOLIAN, S.L.U., en el precio de 11.420 euros/año más IVA, precio cabina auxiliar 55,25 € más IVA.

SEGUNDO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en documento administrativo en la Sección de Contratación de este Ayuntamiento, dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde la recepción del presente acuerdo.

TERCERO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma del contrato administrativo.

9.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DEL SERVICIO EN RÉGIMEN DE ALQUILER DE CONTENEDORES DE OBRA PARA LAS FIESTAS DE SAN JUAN DE LA CIUDAD DE SORIA.

En el expediente tramitado para la adjudicación del contrato de alquiler de contenedores de obra para las Fiestas de San Juan de la ciudad de Soria, la empresa GOMEZ DE LA ORDEN, S.L., ha acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico-administrativas.

Vista la propuesta emitida por la Mesa de Contratación de fecha 24 de mayo de 2017, y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.- Adjudicar el contrato de alquiler de contenedores de obra para las Fiestas de San Juan de la ciudad de Soria, a favor de la empresa GOMEZ DE LA ORDEN, S.L., representada por D. Pedro Gómez de la Orden, en el precio de 7.840,00 € más IVA; Contenedores Auxiliares: ud. entrega y retirada de contenedor de 6

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M/3: 65,00 euros/unidad, por ser el licitador que ha realizado la oferta más ventajosa.

SEGUNDO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en documento administrativo en la Sección de Contratación de este Ayuntamiento dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde la recepción del presente acuerdo.

TERCERO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma del contrato administrativo.

10.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LAS FIESTAS DE SAN JUAN Y SAN SATURIO DE LA CIUDAD DE SORIA.

En el expediente tramitado para la adjudicación del contrato la adjudicación del contrato del servicio de aseguramiento de las Fiestas de San Juan de la ciudad de Soria, la empresa OCASO, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, ha acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico-administrativas.

Visto el dictamen emitido por la Mesa de Contratación de fecha 24 de mayo y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.-Adjudicar el contrato de del servicio de aseguramiento de las Fiestas de San Juan de la ciudad de Soria, a favor de la aseguradora OCASO, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por D. Javier Zumalacárregui Bénitez, en el precio de 58.422,90 euros/año impuestos incluidos, por ser el licitador que ha realizado la oferta más ventajosa.

SEGUNDO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en documento administrativo en la Sección de Contratación de este Ayuntamiento dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde la recepción del presente acuerdo.

TERCERO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma del contrato administrativo.

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11.-REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA DE ASFALTADO DE CALZADAS DE VÍAS PÚBLICAS DE LA CIUDAD DE SORIA.

En el expediente para la adjudicación del contrato de ejecución de la obra de asfaltado de calzadas de vías públicas de la ciudad de Soria, la empresa ARPAPE, S.L., que era la que había presentado la oferta más ventajosa, no ha presentado ninguna documentación para el procedimiento que se sigue para contratar la ejecución de obras de asfaltado de calzadas de vías públicas de la ciudad de Soria, una vez transcurrido el plazo de diez días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento (28 de abril de 2017), con lo que, de acuerdo con la normativa, ha de entenderse que renuncia al contrato, por lo que la Mesa de Contratación, en sesión de fecha 24 de mayo de 2017, efectúa propuesta de lista ordenada en favor de la siguiente proposición más ventajosa.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Notificar y requerir a la siguiente empresa por orden decreciente de puntuación, ASFALGAL, S.L., representada por D. Jorge Cordero Torres, para que en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el presente requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y Hacienda Municipal o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

Asimismo deberá acreditar la concurrencia de los requisitos exigidos en la cláusula séptima del pliego de cláusulas administrativas particulares (cumplir los requisitos previos del apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público); los exigidos en la cláusula sexta del citado pliego; y los de capacidad y solvencia para contratar con la Administración que serán a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.

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12.-REQUERIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, DINAMIZACIÓN Y GESTIÓN DEL ESPACIO JOVEN LA CLAVE, DE LA CONCEJALIA DE JUVENTUD DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA.

Visto el expediente para la contratación del servicio de mantenimiento, dinamización y gestión del espacio joven la Clave, así como la propuesta emitida por la mesa de contratación de fecha 23 de mayo del actual.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.- Excluir la plica presentada por D. Ignacio Benito Ciria, en representación de la empresa SISTEMAS DE PREVENCIÓN DUERO, S.L. (SEPRIL), porque su propuesta no se ajusta al Pliego de prescripciones técnicas en cuanto al personal que va a ejecutar el contrato y el currículum del mismo que debía presentarse.

SEGUNDO.- Notificar y requerir a la empresa NOVIEMBRE III JOVEN, S.L., representada por D. Roberto Jiménez Sánchez, en el precio de 101.120,00 euros/año más IVA, para que en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el presente requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y Hacienda Municipal o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

Asimismo deberá acreditar la concurrencia de los requisitos exigidos en la cláusula séptima del pliego de cláusulas administrativas particulares (cumplir los requisitos previos del apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público); los exigidos en la cláusula sexta del citado pliego; y los de capacidad y solvencia para contratar con la Administración que serán a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones. 13.- REQUERIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN PARA EL CONTRATO ADMINISTRATIVO MIXTO DE GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE “CONTROL DE LAS ZONAS DE

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ESTACIONAMIENTO LIMITADO MEDIANTE APARATOS EXPENDEDORES DE TICKETS, ARRASTRE, RETIRADA Y DEPÓSITO DE VEHÍCULOS” Y “GESTIÓN DEL APARCAMIENTO DE CAMIONES DENOMINADO TERMINAL DE MERCANCÍAS” DEL MUNICIPIO DE SORIA.

Visto el expediente para el contrato administrativo mixto de gestión de servicios públicos de “control de las zonas de estacionamiento limitado mediante aparatos expendedores de tickets, arrastre, retirada y depósito de vehículos” y “gestión del aparcamiento de camiones denominado terminal de mercancías” del municipio de Soria y visto así mismo el dictamen emitido por la Comisión Informativa Permanente de Medio Ambiente y Sostenibilidad Urbana de fecha 25 de mayo del actual , la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.- Clasificar las proposiciones presentadas por orden decreciente de puntuación:

1º.- UTE GK - ACCIONA……….. 74,76 PUNTOS. 2º.- VALORIZA ……….. 45,66 PUNTOS. 3º.- EYSA ……… 31,39 PUNTOS.

SEGUNDO.- Notificar y requerir a la UTE GK - ACCIONA, representada por D. Alfredo González Urigoitia y D. Luis Gordo Palacios, respectivamente, para que en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el presente requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y Hacienda Municipal o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

Asimismo deberá acreditar la concurrencia de los requisitos exigidos en la cláusula séptima del pliego de cláusulas administrativas particulares (cumplir los requisitos previos del apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público); los exigidos en la cláusula sexta del citado pliego; y los de

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capacidad y solvencia para contratar con la Administración que serán a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.

TERCERO: De no cumplirse adecuadamente en el plazo dado se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en este caso, a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que se hayan quedado clasificadas las ofertas.

14. REVISIÓN DE LAS TARIFAS DEL TANATORIO MUNICIPAL DE SORIA.

Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa Permanente de Medio Ambiente y Sostenibilidad Urbana de fecha 25 de mayo del actual, relativo a la revisión de las tarifas del Tanatorio Municipal de Soria, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: la aprobación del siguiente acuerdo:

1-Revisión de tarifas: Dependencia Tanatorio Tarifa actual

empadronados Tarifa actual no empadronados Tarifa 2017 empadronados Tarifa 2017 no empadronados

Sala nº 1 102,70 € 308,10 € 104,34€ 313,03€ Sala nº 2 61,62 € 246,48 € 62,61€ 250,42€ Sala nº 3 102,70 € 308,10 € 104,34€ 313,03€ Sala nº 4 102,70 € 308,10 € 104,34€ 313,03€ Sala nº 5 102,70 € 308,10 € 104,34€ 313,03€ Sala nº 6 Individual 308,10 € 616,20 € 313,03€ 626,06€ Sala nº 6 Doble 513,50 € 1.027,00 € 521,72€ 1.043,43€ Sala autopsias 246,48 € 246,48 € 250,42€ 250,42€ Cámara frigorífica 51,35 € 51,35 € 52,17€ 52,17€

SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Tarifa actual Tarifa 2017 Túmulo funerario 300€ 304,80€ Movilidad interior 150€ 152,40€ Prestaciones adicionales 125€ 127€ El precio en todos los conceptos no incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Las tarifas tienen el carácter de máximas porque “el

concesionario podrá aplicar tarifas inferiores cuando así lo estime conveniente”.

2- Revisión de Canon: Se incrementa el Canon de un 1,6% en función de la variación experimentada por IPC general nacional, en el año 2016.

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3- La revisión tanto de las tarifas como del canon entrará en vigor al día siguiente de la notificación del correspondiente acuerdo municipal.

15.-RECTIFICACIÓN DE ERROR DE ACUERDOS APROBADOS POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL SOBRE LA INCLUSIÓN DE LA INSTALACIÓN TÉRMICA DEL EDIFICIO DEL MERCADO MUNCIPAL DE ABASTOS Y SOBRE LA INCLUSIÓN DE LA INSTALACIÓN TÉRMICA DEL NUEVO POLIDEPORTIVO DE LA JUVENTUD A LOS VIGENTES CONTRATOS DE SERVICIOS ENERGÉTICOS ADJUDICADOS A LA EMPRESA VEOLIA SERVICIOS LECAM S.A.U.

Visto el informe emitido por la Jefa del servicio de asuntos generales de fecha 24 de mayo del actual, relativo a la rectificación de error de los acuerdos aprobados por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria en fecha 12 de mayo de 2017 sobre la inclusión de la instalación térmica del edificio del Mercado Municipal de Abastos sito en la Plaza de Bernardo Robles y sobre la inclusión de la instalación térmica del inmueble del nuevo Polideportivo de la Juventud sito en la calle Nicolás Rabal, respectivamente, a los vigentes contratos de Servicios Energéticos adjudicados a la empresa VEOLIA SERVICIOS LECAM, S.A.U.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: la rectificación de los referidos acuerdos, en los aspectos siguientes:

1°.- En el acuerdo de "Inclusión de la instalación térmica del inmueble del nuevo polideportivo de la Juventud sito en la calle Nicolás Rabal", donde dice "DALKIA ENERGÍA Y SERVICIOS, S.A., empresa adjudicataria del contrato de Servicios energéticos y mantenimiento con garantía total y sustitución de instalaciones térmicas ineficientes de las instalaciones deportivas municipales ", debe decir "VEOLIA SERVICIOS LECAM, S.A.U. empresa adjudicataria del contrato de Servicios energéticos y mantenimiento con garantía total y sustitución de instalaciones térmicas ineficientes de las instalaciones deportivas municipales", y donde dice: "... en los siguientes precios, IVA incluido: - Gestión energética, por importe de 39.661, 56 €/año; - Mantenimiento, por importe de 13.131,15 €/año; - Garantía total, por importe de 6.755, 01 €/año ", debe decir: "... en los siguientes precios IVA no incluido: - Gestión energética, por importe de 39.661,56 € año; - Mantenimiento, por importe de 13.131,15 € año; - Garantía total, por importe de 6.755,01€ año "

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2°.- Para el acuerdo de "Inclusión de la instalación térmica del edificio del Mercado Municipal de Abastos sito en la Plaza de Bernardo Robles", donde dice: "... en los siguientes precios, IVA incluido: - Gestión energética, por importe de 79,99 €/MWh.; - Mantenimiento, por importe de 2.332 €/año; - Garantía total, por importe de 1.205 €/año ", debe decir: "... en los siguientes precios IVA no incluido: - Gestión energética, por importe de 79,99€/MWh.; - Mantenimiento, por importe de 2.332 €año; - Garantía total, por importe de 1.205 €/año".

16.-APROBACIÓN INICIAL ESTUDIO DE DETALLE ESTUDIO PARCELA B-2, C/ CRONISTA RIOJA C/V C/ ARZOBISPO D. RODRIGO.

Visto el estudio de detalle redactado con la finalidad de ordenar la parcela B-2, sita en C/ Cronista Rioja c/v C/ Arzobispo D. Rodrigo, promovido por Europea de Viviendas Duero-Soria S.L. y redactado por Juan Alberto Blanco de Miguel.

Ha sido emitido informe por la Oficina de Seguimiento de Programas que tras analizar la propuesta presentada propone su aprobación inicial.

En cuanto a la documentación relativa a la evaluación estratégica simplificada, ha sido elevada consulta a la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Fomento, a fin de que determinen si a la vista del contenido de este instrumento de planeamiento ha de tramitarse conforme exige la legislación ambiental, por lo que se estará al resultado de la consulta y se exigirá lo que proceda en derecho.

En relación al estudio de la cesión de espacio para su destino a tránsito peatonal, se considera que es una cuestión que debe afrontarse en el proyecto de urbanización, que como actuación asilada de urbanización habrá de tramitar con el fin de que el solar complete la urbanización (Art. 211 del RUCyL).

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

1. Aprobar inicialmente el estudio de detalle la parcela B-2, sita en C/ Cronista Rioja c/v C/ Arzobispo D. Rodrigo, promovido por Europea de Viviendas Duero-Soria S.L. y redactado por Juan Alberto Blanco de Miguel.

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2.- Acordar la suspensión de licencias en el ámbito del estudio de detalle de conformidad con lo dispuesto en el art. 53 de la Ley 5/99 de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, y 156 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

3.- Someter a información pública el documento aprobado inicialmente durante el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de la publicación del último de los anuncios preceptivos de conformidad con lo dispuesto en el art. 52.1 de la Ley 5/99 de Urbanismo de Castilla y León.

17.-APROBACIÓN INICIAL DE ESTUDIO DE DETALLE ESTUDIO ORDENACIÓN DE VOLÚMENES PARCELA B-1, C/ CRONISTA RIOJA C/V C/ DIEGO LAÍNEZ.

Visto el estudio de detalle para ordenar la parcela B-1 sita en C/ Cronista Rioja c/v Diego Laínez, promovido por Construcciones Aranga S.L. y redactado por Alejandro Cabrerizo de Marco.

Ha sido emitido informe por la Oficina de Seguimiento de Programas.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

1. Aprobar inicialmente el estudio de detalle para ordenar la parcela B-1 sita en C/ Cronista Rioja c/v Diego Laínez, promovido por Construcciones Aranga S.L. y redactado por Alejandro Cabrerizo de Marco modificando las siguientes determinaciones en base a la justificación contenida en el informe técnico obrante en el expediente:

1.1.- La superficie de ocupación deberá ser del 30% de conformidad con la Norma Zonal 2.3 del vigente P.G.O.U.

1-2.- Deberá fijarse la separación mínima de las fachadas conforme exige el planeamiento que se concreta en 6 m, según indica la Norma Zonal 2.3 del vigente PGOU.

2.- Acordar la suspensión de licencias en el ámbito del estudio de detalle de conformidad con lo dispuesto en el art. 53 de la Ley 5/99 de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, y 156 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

3. Someter a información pública el documento aprobado inicialmente durante el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de la publicación del último de los anuncios preceptivos de conformidad

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con lo dispuesto en el art. 52.1 de la Ley 5/99 de Urbanismo de Castilla y León.

18.-APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚM. 3 DEL PERIPECH, C/ COLLADO 6 C/V C/ ZAPATERÍA.

Visto el expediente tramitado para la modificación puntual nº 3 del PERIPECH, en la c/Collado 6 c/v a la calle Zapatería.

Vistos los informes desfavorables emitidos por los servicios técnicos y jurídicos municipales, que indican que se trata de un edificio catalogado, cuyo régimen puede ser modificado mediante modificación del planeamiento, pero justificando dicha modificación en virtud de razones de interés público, que se entiende no concurren en el supuesto planteado, tanto en lo que se refiere a la sustitución total del edificio como en cuanto a la eliminación de la fachada. Ambos informes señalan, asimismo, que cuando la contradicción con el planeamiento es notoria, como es el caso, no procede la subsanación de reparas ni opera el derecho al trámite, sino que, conforme a la jurisprudencia, ha de adoptarse el acuerdo de denegar la aprobación inicial del instrumento de planeamiento.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Denegar la aprobación inicial de la modificación puntual planteada.

A las diez horas y cincuenta minutos finaliza la sesión, doy fe, el Secretario General.

Vº Bº EL ALCALDE,

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