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4. PLAN DE GESTIÓN Y OPERACIONES. Introducción a la Creación de Empresas

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4. PLAN DE GESTIÓN Y OPERACIONES

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4. PLAN DE GESTIÓN Y OPERACIONES

Producción del producto o servicio

Desarrollo del producto o servicio: Investigación y desarrollo para crearlo de manera definitiva

Descripción proceso productivo

Ciclo operativo: nº unidades por unidad de tiempo, turnos para cubrir previsiones de producción

Introducción a la Creación de Empresas

previsiones de producción

Equipos de producción, modelos, costes, amortización…

Edificios y terrenos, formas de adquisición…

Justificación de posibles subcontrataciones Control de calidad, de inventarios e inspección Plan de compras: gestión y almacenaje

(3)
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Variable estratégica para el éxito de la actividad

4. PLAN DE GESTIÓN Y OPERACIONES (II)

Personal

Definición de los puestos de trabajo y el perfil de las personas que van a ocuparlos Establecimiento de un plan de reclutamiento, selección e incorporación. Fuentes y responsables

Motivación

Convenio y remuneración (costes fiscales y seguridad social). Sistemas variables

(6)

ESTABLECIMIENTO DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA 4. PLAN DE GESTIÓN Y OPERACIONES (III)

Adaptación a condiciones específicas y evolución en función de la madurez de la iniciativa

FUNCIONAL DIVISIONAL GEOGRÁFICA POR EQUIPOS

Introducción a la Creación de Empresas

• Personal especializado:

eficiencia.

• Control centralizado:

eficacia

• Dificultad para interrelacionar objetivos

• Más habitual en las PYMES

• Departamentos por líneas de productos o servicios

• Fácil evaluación de las diferentes líneas

• Peligro: ineficiencia por duplicación de funciones

• Para resolver problemas o realizar actividades concretas

• Autónomos

• Flexibilidad

FUNCIONAL DIVISIONAL GEOGRÁFICA POR EQUIPOS

(7)

La actividad empresarial debe desarrollarse siempre dentro del marco legal vigente, y para ello

Criterios Microempresa Pequeña empresa Mediana empresa

Número de empleados < 10 empleados < 50 empleados < 250 empleados Volumen anual de negocio < 7.000.000 euros < 40.000.000 euros

Balance total < 5.000.000 euros < 27.000.000 euros

Fuente: Clasificación de la Unión Europea

99 %

Tipos de Empresa Tipos de Empresa

siempre dentro del marco legal vigente, y para ello es obligatorio que la futura empresa adopte una

forma jurídica

Patrimonio mercantil Patrimonio civil

Empresario Individual Sociedad Mercantil

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ELECCIÓN DE LA FORMA JURÍDICA

4. PLAN DE GESTIÓN Y OPERACIONES (IV)

CONDICIONANTES

ACTIVIDAD A DESARROLLAR

Introducción a la Creación de Empresas

ACTIVIDAD A DESARROLLAR NÚMERO DE PERSONAS

CAPITAL NECESARIO Y/O DISPONIBLE RESPONSABILIDAD A ASUMIR

FISCALIDAD

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Forma jurídica Nª Socios Capital Responsabilidad Fiscalidad Empresario

individual

1 No existe

mínimo inicial

Ilimitada IRPF (rendimientos por actividades económicas) Sociedad

Limitada

Mínimo 1 3.006 euros Limitada al capital

aportado Impuesto de Sociedades Sociedad Mínimo 1 60.101 euros Limitada al capital

Tipos de Empresa según forma jurídica

Sociedad Anónima

Mínimo 1 60.101 euros Limitada al capital

aportado Impuesto de Sociedades Sociedad

Limitada Laboral

Mínimo 3 3.006 euros Limitada al capital

aportado Impuesto de Sociedades Sociedad

Anónima Laboral

Mínimo 3 60.101 euros Limitada al capital

aportado Impuesto de Sociedades

Cooperativa Mínimo 3 Limitada al capital

aportado Impuesto de Sociedades (Régimen Especial)

(10)

Empresario Individual

Persona física que realiza en nombre propio y por medio de una empresa, una actividad comercial, industrial o profesional

Esta figura implica el control total de la empresa por parte del propietario, que dirige personalmente su gestión y responde de las deudas contraídas frente a terceros con todos sus bienes, no existiendo diferencia entre su patrimonio mercantil y su patrimonio civil.

… el taxista, el dueño del bar al que solemos acudir, el quiosquero que nos vende la prensa, la dueña de

¿Cuándo ser Empresario Individual?

¿Cuándo ser Empresario Individual?

Introducción a la Creación de Empresas

el quiosquero que nos vende la prensa, la dueña de la panadería del barrio,…

Se es una persona responsable dispuesta a asumir el hecho de que se va a hacer frente a las deudas con la totalidad del propio patrimonio.

Se pretende poner en marcha un negocio familiar o con amigos de mucha confianza.

Se tiene un buen proyecto pero poco dinero.

El proyecto empresarial se basa en el trabajo continuo, en el esfuerzo colectivo y en una gestión personalizada.

Se es un profesional independiente, sólo o con amigos.

(11)

SOCIEDADES MERCANTILES

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L. ó S.L.)

Sociedad mercantil de carácter capitalista. Los socios limitan su responsabilidad a la aportación que hacen a la sociedad, no respondiendo personalmente de los actos societarios.

respondiendo personalmente de los actos societarios.

Las Sociedades Limitadas Nueva Empresa (S.L.N.E.) surgen como una especialidad de las Sociedades Limitadas cuyo objetivo es estimular la creación de nuevas empresas, especialmente las de pequeña y mediana dimensión.

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Se desea mantener el propio patrimonio al margen de la actividad empresarial y no correr grandes riesgos individualmente.

Se tiene un capital mínimo de 3.006 € que se dividirá en partes alícuotas que se denominan participaciones. Las aportaciones de los socios pueden ser pecuniarias (en

¿Cuándo adoptar la forma de Sociedad Limitada?

Introducción a la Creación de Empresas

dinero), en especies (bienes tangibles) y en derechos (patentes, marcas,…).

El número mínimo de socios es de dos.

Se quiere algo más que un simple negocio.

Se admite que todas las participaciones en que se divide el capital social pertenezcan a un único socio, en este caso hablaríamos de una

Sociedad Limitada Unipersonal

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Sociedad Anónima (S.A.)

Sociedad mercantil de carácter capitalista. Los socios limitan su responsabilidad a la aportación que hacen a la sociedad, no respondiendo personalmente de los actos societarios.

Se desea mantener el propio patrimonio al margen de la actividad empresarial y no

¿Cuándo adoptar la forma de Sociedad Anónima?

¿Cuándo adoptar la forma de Sociedad Anónima?

Se desea mantener el propio patrimonio al margen de la actividad empresarial y no correr grandes riesgos individualmente.

Se tiene un capital mínimo de 60.101 € que se dividirá en partes alícuotas que se denominan acciones. Las aportaciones de los socios pueden ser pecuniarias (en dinero), en especies (bienes tangibles) y en derechos (patentes, marcas,…).

El número mínimo de socios es de dos.

Se quiere algo más que un simple negocio.

Se admite que todas las acciones en que se divide el capital social pertenezcan a un único socio, en este caso hablaríamos de una

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El 60 % de las empresas españolas son Empresarios Individuales, el 30% Sociedades de Responsabilidad Limitada y el 4%

Sociedades Anónimas.

Otras formas jurídicas Otras formas jurídicas

• Comunidad de Bienes: Conforme al artículo 392 del Código Civil existe comunidad de bienes o condominio “cuando la propiedad de una cosa o un derecho pertenece en pro indiviso a varias personas”. Esta cosa o derecho puede tener una naturaleza u objeto mercantil, siendo en este caso todos los comuneros responsables solidarios, adquiriendo la consideración de empresarios individuales, y les es de aplicación a cada uno de ellos todo lo concerniente al empresario individual de forma solidaria.

Introducción a la Creación de Empresas

• Sociedades Civiles: El Código Civil, artículo 1665, define esta modalidad contractual como un “contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industrias, con ánimo de partir entre sí las ganancias”. En este contrato la condición empresarial de los socios es indiferente, pero todos tienen una responsabilidad solidaria y, en principio, ilimitada, respecto a los actos de la sociedad.

•Cooperativas: Son sociedades con capital variable, estructura y gestión democráticas, que asocian en régimen de libre adhesión y baja voluntaria a personas que tienen intereses o necesidades socioeconómicas comunes, para cuya satisfacción, y al servicio de la comunidad, desarrolla actividades empresariales, imputándose los resultados económicos a los socios, una vez atendidos los fondos comunitarios, en función de la actividad cooperativizada que realizan.

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1. Certificación negativa de denominación (Registro Mercantil Central) 2.Redacción de estatutos

3. Otorgamiento de la Escritura Pública de constitución y aprobación de los Estatutos (notaría y Registro Mercantil)

4. Solicitud del Código de Identificación Fiscal (C.I.F.) (Delegación Provincial de Hacienda)

5. Alta en Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (I.T.P.A.J.D.): exenciones 4. PLAN DE GESTIÓN Y OPERACIONES (V)

Trámites para constituir la sociedad

5. Alta en Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (I.T.P.A.J.D.): exenciones para empresas de nueva creación domiciliadas en Canarias.

6. Inscripción en el Registro Mercantil

7. Publicación en el BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil): se realiza de oficio por el propio Registro

Mercantil.

(16)

1. Declaración Censal de Alta (ante la Administración Tributaria)

2. Alta en el censo del I.G.I.C. (Agencia Tributaria): exenciones para empresas de nueva creación domiciliadas en Canarias.

3. Licencia de apertura en el Ayuntamiento: actividades inocuas vs. clasificadas

Actividades clasificadas por el Gobierno de Canarias como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas:

- extractivas y de transformación - depuración de aguas residuales

- captación, potabilización y desalación de aguas

- mataderos, explotaciones agroganaderas, piscifactorías y núcleos zoológicos - industrias químicas y de refino

4. PLAN DE GESTIÓN Y OPERACIONES (VI)

Trámites administrativos para legalizar la actividad empresarial

Introducción a la Creación de Empresas

- industrias químicas y de refino

- industrias en general y cualquier tipo de talleres mecánicos o de reparaciones

- almacenamiento de combustibles, objetos o materiales con riesgo de incendio o explosión - garajes y aparcamientos de vehículos

- estaciones de servicio

- depósitos de chatarra, escombreras, vertederos y tratamiento, recuperación y eliminación de residuos - hostelería

- emisión o manipulación de organismos patógenos

- establecimientos dedicados a la radio-comunicación y servicios en general - comercios de alimentos en general

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4.Tramitación necesaria para la inscripción de empresas en la Seguridad Social:

- Inscripción de la empresa en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente - Alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos

-

Afiliación y Alta de los trabajadores

4. PLAN DE GESTIÓN Y OPERACIONES (VI)

Trámites administrativos para legalizar la actividad empresarial (continuación)

-

Afiliación y Alta de los trabajadores

5. Comunicación de apertura del Centro de Trabajo (Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias) 6. Adquisición y legalización del Libro de Visita (Inspección de Trabajo y Seguridad Social)

7. Tarjeta de Transporte (Cabildo Insular): sólo vehículos > 2000 kg.

Referencias

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