• No se han encontrado resultados

H. Cámara de Senadores Provincia de Buenos Aires

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2022

Share "H. Cámara de Senadores Provincia de Buenos Aires"

Copied!
7
0
0

Texto completo

(1)

H. CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

CONTRATACION DIRECTA N°04/2011

EXPEDIENTE: 1205– 613/10

OBJETO: Provisión de equipos, materiales, mano de obra y todo aquello necesario para la instalación y puesta en funcionamiento de una plataforma elevadora oblicua para silla de ruedas, con tratamiento para la intemperie, en el Palacio Legislativo de la Provincia de Buenos Aires.

APERTURA DE OFERTAS: Día 23 de Febrero de 2011 a las 15:00 horas, en la Dirección de Contrataciones y Suministros del H. Senado de Buenos Aires, sita en calle 48 Nº 692, 2º Piso de la Ciudad de La Plata.

CONDICIONES PARTICULARES

ARTICULO 1º: El objeto de la presente compulsa de precios es el de contratar la provisión de equipos, materiales, mano de obra y todo aquello necesario para la instalación y puesta en funcionamiento de una plataforma elevadora oblicua para silla de ruedas, con tratamiento para la intemperie, en el Palacio Legislativo de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo a lo detallado en el Anexo de Especificaciones Técnicas Básicas del presente Pliego.-

ARTICULO 2º: Las propuestas presentadas, serán abiertas en el lugar, día y hora indicados, en presencia de las Autoridades correspondientes e interesados que concurran, labrándose Acta a tal efecto. Pasada la hora fijada no se admitirán nuevas propuestas, aún cuando no hubiera comenzado la Apertura de Sobres.-

ARTICULO 3º: Las propuestas deberán ser presentadas por duplicado, escritas preferentemente a máquina, firmadas y selladas cada una de sus hojas por quienes tengan el uso de la firma o Poder suficiente en su caso, en sobre cerrado en el que se consignará identificación de Expediente, número de urna correspondiente y fecha y hora de apertura; en la Oficina de Compras de la Dirección de Contrataciones y Suministros del H.

Senado de Buenos Aires, sita en la calle 48 Nº692, Segundo Piso, de la Ciudad de La Plata.- En dicho sobre deberá adjuntarse la documentación que se detalla:

a) Nota firmada por el proponente constituyendo domicilio legal y real, siendo requisito indispensable que el primero de ellos se fije en la Provincia de Buenos Aires, sometiéndose a la Justicia de la misma.-

b) El presente Pliego de Bases y Condiciones y Anexo de Especificaciones Técnicas Básicas debidamente firmados por el proponente en todas sus hojas.-

c) Certificado de Visita, conforme lo establecido en el Artículo 4° del prese nte Pliego.- d) Garantía de la oferta, conforme lo dispuesto en el Artículo 7º del presente Pliego.-

e) Acreditación de inscripción en ARBA ( Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires o Convenio Multilateral).-

f) Acreditación de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP - CUIT).- g) Copia del Contrato Social, en caso que la oferente sea una sociedad.-

h) Número de cuenta corriente o caja de ahorro en moneda nacional, en la cual se acreditarán los respectivos pagos.

i) Manifestación expresa de la Garantía de Provisión de Componentes y Trabajos Realizados, conforme lo establecido en el Artículo 21° del presente Pliego. -

j) Antecedentes, a título ilustrativo, de realización de tareas de similares características a las solicitadas en la presente contratación.

k) Catálogos y/o folletos generales y técnicos, en original o en copia, para el equipamiento previsto en caso de corresponder, los que en todos los casos deberán consignar marca y modelo de los mismos.

ARTICULO 4°: CERTIFICADO DE VISITA: Previo a la presentación de las propuestas, las firmas oferentes deberán realizar una visita al lugar donde se realizarán los trabajos, a efectos de corroborar fehacientemente los trabajos y/o elementos que deberán incluir en sus ofertas que, aunque no estén específicamente mencionados en las presentes Condiciones, sean necesarios para dejar la obra en perfectas condiciones, encargándose de todo gasto o gestión por mano de obra, materiales, transporte,

(2)

adjuntado a la propuesta, debidamente firmado por el proponente y por la Dirección de Mantenimiento y Servicios Generales del H. Senado, dependencia que estará a cargo de la Dirección e Inspección de Obra de los trabajos a realizarse.

ARTICULO 5º: Las propuestas deberán consignar el precio total de los trabajos. La Adjudicación se realizará por el total de la oferta. La cotización deberá efectuarse en Pesos, no aceptándose cotizaciones en otras monedas, y deberá indicar el precio final (incluyendo todos los trabajos y/o elementos que deberán incluir en sus ofertas que, aunque no estén específicamente mencionados en las presentes Condiciones, sean necesarios para dejar el sistema en perfectas condiciones, encargándose de todo gasto o gestión por mano de obra, materiales, transporte, inspecciones, pruebas, etc.) Asimismo, el precio cotizado deberá incluir todos impuestos, tasas y/o gravámenes correspondientes.

ARTICULO 6º: MANTENIMIENTO DE OFERTA: Los precios ofrecidos serán mantenidos por un plazo mínimo de treinta (30) días a partir de la fecha de apertura, no teniéndose en cuenta ninguna propuesta que no se ajuste estrictamente a dicho plazo. Producido el vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta, el mismo quedará automáticamente prorrogado por el término de quince (15) días corridos, salvo expresa manifestación del oferente efectuada con anterioridad al vencimiento.-

ARTICULO 7º: GARANTÍA DE LA OFERTA: Las ofertas que excedan la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000), serán afianzadas por el proponente con un importe no menor al cinco por ciento (5%) del valor total del servicio por el total del período a contratar. La garantía será extendida en un Pagaré a la Vista, suscripto por quienes tengan uso de la firma o Poder suficiente en su caso.-

Los pagarés deberán tener la cláusula “SIN PROTESTO”, y consignar como lugar de pago el del domicilio de la Repartición contratante, debiendo el librador fijar el mismo domicilio que el legal constituido en la oferta.-

La presentación de pagarés parcialmente en blanco facultará al funcionario que preside el acto a completarlo de acuerdo a las pautas expuestas.-

ARTICULO 8º: Si el oferente formulara dos o más propuestas para un mismo renglón, el monto de la garantía se calculará teniendo en cuenta la propuesta de mayor importe.-

ARTICULO 9°: Las causas por las cuales será rechazada una propuesta en el Acto de Apertura o con posterioridad, si no se hubiere advertido en el mismo, son las siguientes:

a) Falta de garantía en los términos del Artículo 7º, o insuficiencia de la misma en un porcentaje superior al diez por ciento (10%).-

b) Falta del Certificado de Visita, conforme lo solicitado en el Artículo 4°.-

c) Toda enmienda o raspadura que no esté debidamente salvada por el oferente.-

d) Cuando se hallen condicionadas o se aparten de las Cláusulas Generales y/o Particulares de los Pliegos respectivos.-

e) Cuando la oferta esté firmada por persona que no pueda acreditar la representación invocada, o no tenga capacidad para obligar al proponente.-

La insuficiencia de garantía en un monto menor al diez por ciento (10%) y el no cumplimiento de lo establecido en el Artículo 3°, Incisos a), b), e), f), g), h), i), j) y k) del presente Pliego, como asimismo los pagarés librados por un monto correcto pero que no contengan los aspectos determinados en el Artículo 7°, 2do. párrafo, deberán ser regularizados por los oferentes dentro del las cuarenta y ocho (48) horas de haber sido notificados, caso contrario se tendrá por desistida la oferta, haciéndose pasible de las penalidades establecidas por el Reglamento de Contrataciones del Decreto-Ley de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires N°7764/71.-

ARTICULO 10°: Los cuadros comparativos de las ofertas estarán a disposición de todos los oferentes, quienes tendrán un plazo de veinticuatro (24) horas a partir del Acto de Apertura para formular las observaciones que estimen corresponder.-

ARTICULO 11°: La adjudicación se hará a la oferta más conveniente a los intereses del H. Senado, entre aquellas que se ajustaren a las presentes bases y condiciones.-

ARTICULO 12º: Previo a la adjudicación, la firma cuya propuesta reúna las condiciones establecidas en el Artículo 11º, deberá presentar en la Dirección de Contrataciones y Suministros la siguiente documentación:

1) Certificado de Libre Deuda Registrada del Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires, el cual es expedido en forma gratuita por el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Oficina de Registro Deudores Alimentarios Morosos, Calle 53 y 12 – Torre Gubernamental II – 8° Piso, de Lunes a Viernes en e l horario de 9:00 hs. a 15:00 hs., teléfono (0221) 429- 5524, fax (0221) 429-5532, e-mail: [email protected].

(3)

2) Nómina completa y detallada de cada uno de los trabajadores a cargo de la firma que realizarán los trabajos correspondientes a la presente contratación. Dicha nómina se actualizará toda vez que la misma se modifique.-

3) Constancia de afiliación en A.R.T. en el rubro riesgos del trabajo de los trabajadores correspondientes al punto anterior, conforme a la Ley N°24557, contempl ando riesgos por muerte, incapacidad permanente y temporaria que incluya trabajos de altura y responsabilidad civil. En caso de modificaciones de la nómina del personal, se deberá actualizar en consecuencia.

4) Copia de la Póliza de Seguro constituida por la firma, amparando responsabilidad civil por potenciales daños a terceros que ocurran durante el período de ejecución de los trabajos.

5) Declaración del Número de Cuenta Corriente o Caja de Ahorro Bancaria, en la cual se le procederá a acreditar el pago a la firma.

Dichos documentos no podrán ser modificados, reemplazados o dejados sin efecto sin el consentimiento escrito del H. Senado. En caso de incumplimiento de lo dispuesto, se suspenderá la prestación del servicio sin interrupción del plazo contractual.-

ARTICULO 13°: La autoridad facultada para contratar podrá rechazar todas las propuestas o adjudicar parcialmente los trabajos, sin que el adjudicatario tenga derecho a exigir indemnización o diferencia de precios.-

ARTICULO 14°: La autoridad facultada para contratar podrá aumentar o disminuir los ítems solicitados, hasta un cien por ciento (100%) del monto total adjudicado, siendo ello obligatorio para el proveedor, reconociéndosele en el primer caso el monto del aumento, sin que tenga derecho en el segundo, a indemnización alguna por los beneficios que dejare de percibir.-

ARTICULO 15°: Efectuada la adjudicación, se notificará a la firma adjudicataria para que se presente en la Dirección de Contrataciones y Suministros, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores, para la firma del respectivo Contrato u Orden de Compra.-

ARTICULO 16°: INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS: Dentro de los cinco (5) días, contados a partir de la fecha de la recepción de la Orden de Compra por parte del adjudicatario. A fin de determinar con exactitud el día de la iniciación, la Adjudicataria y la Dirección de Obra firmarán un Acta a tal efecto.

ARTICULO 17°: PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS: Noventa (90) días corridos por la totalidad de los trabajos, contados a partir de la fecha de iniciación de los mismos. En caso de no ajustarse a lo solicitado, el oferente deberá indicar el plazo sugerido.

ARTICULO 18°: RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS: Una vez concluido los trabajos y verificados por parte de la Dirección e Inspección de Obra, la Adjudicataria solicitará por nota la Recepción Provisoria de la obra. El H.

Senado procederá, de corresponder, a recepcionarlos provisionalmente, labrándose un Acta, la que será suscripta por la Dirección e Inspección de Obra y la Adjudicataria. Desde la fecha del Acta de Recepción Provisoria correrá el Plazo de Garantía de Componentes y Trabajos. Transcurrido dicho plazo, y a pedido de la Adjudicataria, se efectuará la Recepción Definitiva. Una vez efectuada la Recepción Definitiva, la Adjudicataria podrá solicitar la devolución de la Garantía de Oferta y Cumplimiento del Contrato.

ARTICULO 19°: CONDICIONES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS: Los trabajos serán realizados en el ámbito del edificio de la H. Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, Ciudad de La Plata. La firma adjudicataria deberá coordinar con la Dirección de Mantenimiento y Servicios Generales del H. Senado, a cargo de la Dirección e Inspección de Obra, la forma, días y horarios en que se desarrollarán los trabajos.

Durante la ejecución de los trabajos la Adjudicataria deberá mantener permanentemente el lugar en perfecto estado de limpieza y mantenimiento, retirando una vez terminados los mismos todo sobrante y desecho de cualquier especie, reconstruyendo en debida forma lo que pudiere haberse dañado. Todos los elementos y trabajos efectuados, como así también la puesta en marcha del sistema deberán ajustarse y cumplimentar todos los aspectos determinados por la legislación vigente en la materia.

ARTICULO 20°: La firma adjudicataria asume la responsabilidad única y exclusiva ante el H. Senado y ante terceros afectados por los daños causados a personas y/o cosas con motivo de la realización de los trabajos, cualquiera sea su causa o su naturaleza.-

ARTICULO 21°: GARANTÍA DE PROVISIÓN DE COMPONENTES Y TRABAJOS REALIZADOS: La Adjudicataria garantizará por un término mínimo de doce (12) meses el buen funcionamiento de todos los componentes instalados y de todos aquellos complementarios que los conformaren contra defectos o vicios de origen o fabricación y la provisión de todo tipo de repuestos correspondientes a los mismos. Los elementos reemplazantes deberán ser de las mismas características o en su defecto equivalentes en su rendimiento según las pautas de calidad establecidas por el fabricante de los componentes provistos.

ARTICULO 22°: FORMA DE PAGO: La Adjudicataria podrá facturar una vez realizada la recepción provisoria

(4)

Recepción Provisoria en la Dirección Contable del H. Senado, sita en Calle 48 Nº 692, Cuarto Piso, de la Ciudad de La Plata. El pago de la factura se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de su recepción. Para el cobro se deberá presentar, en la Tesorería del H. Senado, la certificación bancaria del CBU de la correspondiente cuenta.

ARTICULO 23°: El Contrato entre el adjudicatario y el H. Senado se regirá por lo establecido en el Decreto-Ley de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires N°7 764/71, sus modificatorias y el Reglamento de Contrataciones, Decreto N°3300/72, por lo que serán de aplicación las sanciones y penalidades que cupieren conforme a las mencionadas normas.-

No obstante lo establecido en el párrafo anterior, y ante el incumplimiento por parte de la contratista de alguna de las obligaciones previstas en el Contrato, el H. Senado podrá rescindir el mismo, no teniendo aquella derecho a reclamo o indemnización alguna.-

ARTICULO 24º: La formulación de ofertas implica el conocimiento y aceptación de este Pliego y el sometimiento a todas sus disposiciones y a las del Decreto Ley de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires Nº7764/71, de sus modificatorias y de su Reglamento de Contrataciones, Decreto N°3300/72. Este P liego de Condiciones Particulares y el Anexo de Especificaciones Técnicas Básicas deben adjuntarse a la propuesta presentada, debidamente conformados por el oferente.-

(5)

ANEXO - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BÁSICAS

Provisión de equipos, materiales, mano de obra y todo aquello necesario para la instalación y puesta en funcionamiento de una plataforma elevadora oblicua para silla de ruedas, con tratamiento para la intemperie, en el Palacio Legislativo de la Provincia de Buenos Aires:

• Se deberá proveer e instalar el sistema salva escaleras en el margen derecho de las escaleras de acceso sobre calle 51, de acuerdo al plano adjunto, el cual deberá ser de fabricación nacional o, en el caso de ser importado, se deberá garantizar la disponibilidad de repuestos de todo el sistema a instalar.

• Además "todo el sistema" deberá cumplir con las normas vigentes para personas discapacitadas, lo cual deberá ser comprobable.

• El sistema deberá garantizar la totalidad seguridad del ocupante: a cremallera, bajo voltaje, botonera de presión constante, contará con paracaídas automático e independiente, y con todas las normas de seguridad habituales en este tipo de sistemas.

• La firma adjudicataria deberá garantizar la correcta instalación del sistema con todas las partes que lo componen, como cajas de instalación eléctrica, motor, tableros de mando, etc.

• Los cambios que puedan ser necesarios para la instalación del sistema, tales como la modificación de la baranda existente, etc., serán decididos en conjunto con la Oficina Técnica de la Dirección de Mantenimiento y Servicios Generales del H. Senado dependencia que estará a cargo de la Dirección e Inspección de Obra de los trabajos a realizarse. Previo a la instalación, la firma adjudicataria relevará junto con la Oficina Técnica el sector a intervenir, para asegurar la correcta terminación de la instalación.

• La firma adjudicataria deberá entregar el sistema totalmente instalado y listo para usar; se hará cargo de todas las conexiones que requiera el sistema para que el mismos, una vez instalado, quede funcionando.

para ello deberá proveer todos los elementos de la más alta calidad, asegurando la resistencia a la intemperie de todos los componentes.

(6)

PLANILLA DE COTIZACIÓN

Descripción Precio

Total Provisión de equipos, materiales, mano de obra y todo aquello necesario para la

instalación y puesta en funcionamiento de una plataforma elevadora oblicua para silla de ruedas, con tratamiento para la intemperie, en el Palacio Legislativo de la Provincia de Buenos Aires

TOTAL GENERAL

SON PESOS:

Domicilio Real:

Domicilio Legal:

(7)

CERTIFICADO VISITA A OBRA

Condiciones Particulares - Contratación Directa N°0 4/11

En la Ciudad de La Plata, a los …... días del mes de ……...………...……. de 2011, el Señor………...….., DNI Nº..., en representación de la firma ..., toma pleno conocimiento de las instalaciones del Palacio Legislativo a los fines de la exigencia prevista en las Condiciones Particulares de la Contratación Directa N°04/11, tendiente a la

contratación de la provisión de equipos, materiales, mano de obra y todo aquello necesario para la instalación y puesta en funcionamiento de una plataforma elevadora oblicua para silla de ruedas, con tratamiento para la intemperie, en el Palacio Legislativo de la Provincia de Buenos Aires.

Horario de Visita: Dirección de Mantenimiento y Servicios Generales del H. Senado de Bs. As.

Calle 51 entre 7 y 8, Ciudad de La Plata, en horario administrativo - de 09:00 a 14:00 horas.

Teléfonos: 492-1200, Internos: 5750 / 4757.

Documentación a Integrar: El presente Certificado deberá integrar la propuesta que se presente.

Firma y Sello Comitente Firma y Sello Oferente

Referencias

Documento similar

Where possible, the EU IG and more specifically the data fields and associated business rules present in Chapter 2 –Data elements for the electronic submission of information

The 'On-boarding of users to Substance, Product, Organisation and Referentials (SPOR) data services' document must be considered the reference guidance, as this document includes the

In medicinal products containing more than one manufactured item (e.g., contraceptive having different strengths and fixed dose combination as part of the same medicinal

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

This section provides guidance with examples on encoding medicinal product packaging information, together with the relationship between Pack Size, Package Item (container)

Package Item (Container) Type : Vial (100000073563) Quantity Operator: equal to (100000000049) Package Item (Container) Quantity : 1 Material : Glass type I (200000003204)

Cedulario se inicia a mediados del siglo XVIL, por sus propias cédulas puede advertirse que no estaba totalmente conquistada la Nueva Gali- cia, ya que a fines del siglo xvn y en