Consecuencias de la ley 1595 de 2012 en la defensa de los derechos para el servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta
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(2) II. Consecuencias de la Ley 1595 De 2012 en la Defensa de los Derechos para el Servicio Doméstico en la Ciudad de Santa Marta. Andrés Eduardo Álvarez Sánchez Ives Danilo Díaz Mena. Trabajo de Grado Para Optar al Título de Abogado. Dra. Kelly Espitia Ortega Asesora Temática. Dr. Jairo González Asesor Metodológico. Universidad Cooperativa de Colombia Facultad de Derecho Santa Marta 2017.
(3) III. Nota de aceptación ________________________________________ ________________________________________ ________________________________________ ________________________________________ ________________________________________ ________________________________________ ________________________________________. ___________________________________. Firma del Presidente del Jurado. ________________________________________. Firma del Jurado. ________________________________________. Firma del Jurado. ________________________________________. Firma del Jurado.
(4) IV. Dedicatoria Quiero dedicarle este trabajo de tesis a mi familia, quienes también fueron participes por ser el motivo principal de todos los proyectos emprendidos. A mis amigos quienes apoyaron esta labor desde un principio para que fuera un éxito, y a mis profesores, los cuales me llenaron de sabiduría para dar inicio y fin a este gran trabajo. Andrés Eduardo Álvarez Sánchez.. Quiero dedicarle este triunfo primero que todo a Hashem porque sin su ayuda nada de esto hubiese. sido posible, a mi Abuela Elvira que fue una de las personas que. lucho inalcanzablemente para que esto fuera realidad, a mi Mamá que fue esa persona que sin importar las veces que fracase siempre estuvo ahí conmigo apoyándome y dándome la confianza en esos momentos en que ni yo creía en poder lograrlo, la que me decía que si podía conseguirlo, a mi hermana por demostrarme su apoyo constante e incondicional a mi esposa por que día a día me brindó su apoyo con la mejor disposición posible para que pudiera alcanzar este logro, y por ultimo pero no menos importante a mi Hijo que aunque llego al final de este arduo camino me lleno de fuerzas para seguir intentando conseguir lo tan anhelado por todo este tiempo. Ives Danilo Díaz Mena..
(5) V. Agradecimientos. Agradezco a Dios por hacerme cada día mejor persona y por brindarme el entendimiento verdadero a fin de lograr metas propuestas como estas. Agradezco inmensamente a la Dra. Kelly Espitia Ortega, quien nos brindó su apoyo incondicional para que nuestra idea se materializara en este gran trabajo. Andrés Eduardo Álvarez Sánchez.. Le doy gracias a Hashem creador del universo por su infinita bondad para conmigo, por permitirme llegar hasta estas instancias, a mi abuela Elvira que día a día luchó para que esto fuera una realidad y aunque hoy no está consciente para poder disfrutarlo sé que la llena de total gratitud, a mi Madre que tanto amo porque este triunfo es mas de ella que mío por todos sus concejos y apoyo constante y su inmensa confianza, a mi hermana que siempre estuvo ahí aun en los momentos difíciles cuando no teníamos esperanzas de nada cuando aún todo era un sueño, a mi esposa por siempre creer en mí y brindarme todo su apoyo, a mi hijo hermoso que día a día me llena de fuerza con su mirada, a todas esas personas que directa e indirectamente aportaron su granito de arena para que este sueño se pudiera cumplir, a mi profesora de derecho laborar individual y tutora de tesis, Kelly Joselin Espitia Ortega, por sus enseñanzas y su gran apoyo, a la Universidad Cooperativa de Colombia por dejarme pertenecer a esta gran familia. Ives Danilo Díaz Mena..
(6) VI. Índice Introducción .............................................................................................................................. 1 Justificación .............................................................................................................................. 6 Objetivos ................................................................................................................................... 8 Objetivo General .................................................................................................................. 8 Objetivos Específicos.......................................................................................................... 8 Pregunta Problema ................................................................................................................. 9 Hipótesis ................................................................................................................................... 9 Metodología ............................................................................................................................ 10 Tipo de Investigación Realizada ..................................................................................... 11 El Servicio Doméstico Como Trabajo ............................................................................ 11 Protección a Trabajadoras de Oficio Doméstico .......................................................... 12 La Ciudad de Estudio........................................................................................................ 12 Aprovechamiento de la información en estudio............................................................ 14 Recolección de Información ........................................................................................... 15 Marco Teórico ........................................................................................................................ 18 Estudio de la Norma Jurídica Colombiana en la Protección de las Trabajadoras Domésticas.................................................................................................................................. 30 El Salario Mínimo en Colombia ....................................................................................... 30 El Trabajo Decente del Ministerio del Trabajo .............................................................. 31.
(7) VII. El Convenio 189 de la OIT ............................................................................................... 34 La Ley 1595 de 2012 ........................................................................................................ 38 Sentencias que Enmarcan los Derechos de las Empleadas Domésticas ............... 41 Análisis Sobre la Implementación de la Ley 1595 de 2012 en la Ciudad de Santa Marta ............................................................................................................................................ 45 Análisis de Resultados Obtenidos de las Técnicas de Investigación ........................... 53 Conclusiones .......................................................................................................................... 63 Trabajos Citados.................................................................... ¡Error! Marcador no definido. Apéndice ................................................................................. ¡Error! Marcador no definido..
(8) VIII. Índice de Tablas y Figuras Tabla 1. Afiliación a Cajas de Compensación Familiar. ......................................... 28 Tabla 2. Histórico salario mínimo en Colombia ....... ¡Error! Marcador no definido.32 Tabla 3. Integrantes de la comisión .......................... ¡Error! Marcador no definido.6 Tabla 4. Estimaciones a nivel regional y mundial del número de trabajadores domésticos en 2010, por sexo. ...................................... ¡Error! Marcador no definido.9 Tabla 5. Estimaciones a nivel regional y mundial del número de trabajadores domésticos en 2010, mujeres ....................................................................................... 40 Tabla 6. Estimaciones a nivel regional y mundial del número de trabajadores domésticos en 2010, hombres ...................................................................................... 41.
(9) IX. Lista de Abreviaturas. ANDI: Asociación de Industriales de Colombia ANTEC: Asociación Nacional de Trabajadores de la Economía del Cuidado CGT: Confederación General del Trabajo C.S.T.: Código Sustantivo del Trabajo CTC: Confederación de Trabajadores de Colombia CUT: Central Unitaria de Trabajadores de Colombia ENS: Escuela Nacional Sindical ILO: International Labour Organization OIT: Organización Mundial del Trabajo UTRASD: Unión de Trabajadoras Afrocolombianas del Servicio Doméstico.
(10) X. Resumen Por muchos años, los derechos laborales de un grupo de trabajadores que cumplen una función predominantemente importante en los distintos hogares, familias colombianas y en especial las de la ciudad de Santa Marta, se han visto vulnerados, mancillados, en menoscabo y detrimento de sus intereses. Es por ello que en la presente tesis de grado realizó el análisis sobre el impacto de la Ley 1595 de 2012 en virtud del el Convenio 189 de 2011, ley que se considera como el marco de protección a los derechos vulnerados de las trabajadoras del servicio doméstico, enfocado en la ciudad de Santa Marta. La República de Colombia como Estado miembro de la OIT, adoptó el Convenio 189 de 2011 mediante la Ley 1595 de 2012. Se evidenció que en la ciudad de Santa Marta el impacto de la Ley 1595 de 2012 para proteger los derechos de las trabajadoras domésticas es menor al 5%. Existe una especie de “factor cultural” en el cual el empleador paga por debajo del salario mínimo y exigen 9 o 10 horas de trabajo. Se concluyó con la necesidad de implementar políticas que sean dirigidas desde el Ministerio del Trabajo que inviten a los a empleadores a que se capaciten sobre la normatividad existente en materia de la labor doméstica y sobre todo educar a las empleadas del servicio doméstico, debido a que una de las causas de la informalidad sobre este trabajo es el bajo nivel de educación y capacitación en labores domésticas, preparación de alimentos y el desconocimiento de las normas que protegen sus derechos. Palabras claves: Servicio doméstico; OIT; Ministerio del Trabajo; Santa Marta; Ley 1595 de 2011; empleada doméstica, trabajo mal remunerado..
(11) XI. Abstract For many years, the labor rights of a group of workers who play a predominantly important role in the various Colombian households and families, especially those in the city of Santa Marta, have been violated, tainted, in detriment and detrimental to their interests. That is why in this thesis of the degree carried out the analysis on the impact of Law 1595 of 2012 under the Convention 189 of 2011, a law that is considered as the framework for protection of the violated rights of domestic workers, redirected to the city of Santa Marta. The Republic of Colombia as a Member State of the ILO, adopted Convention 189 of 2011 through Law 1595 of 2012. It was shown that in the city of Santa Marta the impact of Law 1595 of 2012 to protect the rights of domestic workers is Less than 5%. There is a kind of "cultural factor" in which the employer pays below the minimum wage and requires 9 or 10 hours of work. It was concluded that there is a need to implement policies that are directed by the Ministry of Labor to invite employers to be trained on domestic labor standards and, above all, to educate domestic workers, because One of the causes of informality about this work is the low level of education and training in domestic work, food preparation and ignorance of the norms that protect their rights.. Keywords: Domestic service; ILO; Ministry of Labor; Santa Marta; Law 1595 of 2011; Domestic worker; low paid work..
(12) 1. Introducción Desde los inicios de la Revolución Industrial, ciertamente, se consolidaron grandes e importantes cambios en lo que al mercado laboral se refiere, debido a las condiciones de trabajo que se tenían en aquel momento, con el objetivo de maximizar la producción, ejemplo de ello, la jornada laboral: “existían jornadas que iban de 12,14, 16 horas continuas de trabajo” (Tapia, 1997, p. 306), retribuidas con miserables sueldos que no alcanzaban para vivir. No obstante, más tarde comenzaron las luchas y los movimientos sociales iniciadas por Robert Owen en 1810 y que se consolidaron en el IV Congreso de la Federación Americana de Trabajo -American Federation of Laboren Chicago. “En esa reunión, los representantes de los trabajadores propusieron que a partir del 1º de mayo de 1886 la patronal debería respetar la jornada de 8 horas y si así no lo hicieran los trabajadores irían a la huelga” (Dirección Nacional de Cultura BA, s.f, párr. 2), más adelante tras llevarse a ley nacional en EE. UU., y al no ser acatada por los distintos patrones, se llevarían a cabo huelgas en el país que fueron drásticamente reprimidas, huelgas que sirvieron de ejemplo para que en distintas partes del mundo se adoptaran estos cambios y se consolidaran las 8 horas de trabajo. En Colombia por ejemplo, mediante el Decreto 895 de 1934, que consagró en su artículo 2º, la consolidación de las 8 horas de trabajo que venían siendo exigidas por los distintos gremios y trabajadores en general, es así que el mencionado articulado estipula que: "Artículo 2º. Las horas de trabajo de las personas empleadas; en cualquier establecimiento industrial, público o privado, no podrán pasar de ocho al día, ni de cuarenta y ocho en la semana…” (Decreto 895, 1934), lo que sin duda le permitió al.
(13) 2. trabajador un goce efectivo de sus derechos particulares, por fuera de las paredes de las empresas. Sin embargo, se ha querido iniciar esta introducción con este pequeño recorrido histórico sobre una de las luchas por la reducción de la jornada laboral y su estipulación en nuestro país para destacar que a pesar de que en Colombia el mercado laboral está formado por el trabajo formal, también lo está en gran medida por el trabajo informal, cabe decir que “Por posición ocupacional, el trabajador por Cuenta propia concentró el 62,6% de la población ocupada informal en el total de 13 ciudades y áreas metropolitanas (en las 23 ciudades y áreas metropolitanas fue 63,9%”. (DANE, 2017). Unos de los trabajos que se ha considerado informal, es el del servicio doméstico, toda vez que es una fuerza de trabajo que históricamente se ha desarrollado bajo las condiciones de vulnerabilidad y atropello en sus derechos, en razón a que los gobiernos lo han permitido, de ese modo se convierte esta práctica, en una especie de un “moderno esclavismo”. Así las cosas, se ha hallado incluso que “las jornadas de trabajo en el servicio doméstico son prolongadas, en especial cuando se labora como interna: suben hasta las 60 horas a la semana” (El Tiempo, 2013), lo que sitúa esta labor en un periodo casi que anacrónico, pues la ubica en una época anterior a la Revolución Industrial con jornadas laborales indiscriminadas que no le permiten gozar de los derechos particulares inherentes a cada individuo como ya se ha mencionado al inicio de esta introducción. Ha permitido el gobierno Colombiano, que a las trabajadoras del servicio doméstico no se le respeten sus derechos, como tampoco admiten que la actividad realizada por.
(14) 3. la empleada doméstica forma parte de los ingresos de la familia y si esta familia es empresaria, también forma parte de los ingresos de la empresa porque si los cónyuges están en actividad empresarial, su hogar está siendo atendido para que sus patronos puedan producir y regresar a casa y encontrarla aseada y la disponibilidad de alimentación, ropa y atención a ancianos o menores. De antaño el servicio doméstico ha sido discriminado y mal pago en todo el planeta. Esa actitud hostil hacia las empleadas domésticas generó movimientos en torno a la defensa de los derechos de las trabajadoras del servicio doméstico. En Bogotá, en 1988, tuvo lugar el primer Congreso de Trabajadoras del Hogar, donde se conformó la Confederación Latinoamericana y del Caribe de trabajadoras del Hogar. Esas organizaciones de trabajadoras del servicio doméstico que se fueron formando, realizaban gestión y trabajo para demostrar la discriminación, el exceso de trabajo y los bajos salarios. Esos estudios los conoció la Organización Internacional del Trabajo por lo cual se pronunció protegiendo los derechos de las empleadas domésticas mediante Convenio 189 de 2011. La República de Colombia que forma parte de la Organización internacional del trabajo, junto a 187 estados miembros, adoptó el Convenio 189 de 2011 mediante la Ley 1595 de 2012. Actualmente el Ministerio del trabajo, desarrolla actividades inherentes a la implementación del Convenio 189 de 2011, a fin de dar a conocer los derechos adquiridos por las trabajadoras del servicio doméstico y para que los empleadores respeten sus derechos. Por todo lo anterior, se ha querido en el presente trabajo de grado, analizar si incidió o no, la Ley 1595 de 2012 como marco de protección a los derechos vulnerados de las.
(15) 4. trabajadoras del servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta, se describe en el capítulo segundo la forma como se ha venido desarrollado en la informalidad el trabajo del servicio doméstico, se representa en el capítulo tercero, la normatividad que el gobierno de la república de Colombia ha aprobado como mecanismo constitucional para proteger los derechos laborales y humanos de las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico. Este tipo de labor que nos ocupa no siempre ha sido regulada, “Históricamente ha tendido a ser un tipo de trabajo vulnerable debido a la falta de claridad en las condiciones de trabajo, así como a la explotación laboral y abusos a los que muchas veces se ven expuestos los trabajadores domésticos”. (Valenzuela, s.f, párr. 1), así las cosas, se considera que se tiene una deuda de carácter histórico, por las frecuentes y sostenible vulneraciones que se han cometido con tras esos hombre y mujeres, mayoritariamente mujeres y niñas que se han dedicado desde tiempo inmemorial, a la atención del hogar, y el sostenimiento de sus familias, en menos cabo de sus derechos más intrínsecos. Mediante encuestas y entrevistas se acopió información necesaria para conocer si la Ley 1595 de 2012, ha beneficiado el estatus de las trabajadoras del servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta. El ejercicio presentó niveles de dificultad para conseguir que las trabajadoras del servicio doméstico que laboran en la ciudad de Santa Marta accedieran a responder la encuesta, en la cual se buscó obtener información primaria para conocer su origen, nivel de estudio, capacitaciones, salario, horario de trabajo, conocimiento de sus.
(16) 5. derechos, entre otras preguntas. Se plasmarán los nombres originales, en respectivas cédulas de cuestionarios, pero no su identificación, ni sitio de trabajo, para garantizarla confidencialidad, porque en las empleadas domésticas (dado que encontramos que el 100% de las entrevistadas eran mujeres), se pudo observar, como lo manifestaron: sienten miedo a perder su empleo. Esta encuesta estuvo conformada por preguntas en su mayoría cerradas de aspecto dicotómicas. A los empleadores, no se les aplicó encuesta sino que mediante la técnica de la entrevista se pudo conocer algunas expresiones de la posición de patronos que adoptan a la hora de contratar a empleados del servicio doméstico, no obstante consideramos que no era necesario incluir esas entrevistas en la tesis, dirigiendo nuestro eje central de nuestro trabajo de grado, a las encuestas realizadas a las empleadas domésticas. Esa actividad de campo definida como cuestionario plasmado en una cédula, nos permitirá recopilar la información pertinente, realizar el análisis del mercado laboral del grupo de trabajadoras domésticas de la ciudad de Santa Marta, al tiempo que se generan unas conclusiones y unas recomendaciones. Así pues, el presente trabajo jurídico permite al lector, investigador o interesado en el tema, conocer el origen de la inequidad que presenta el desequilibrio del mercado laboral al mantenerlo en la informalidad pero al mismo tiempo cómo se ha ido superando ese desequilibrio con la participación de los 187 estados miembros de la Organización internacional del trabajo. La República de Colombia ya expidió las leyes que permiten reconocer al trabajo del servicio doméstico como un trabajo decente y.
(17) 6. con igualdad de derechos de los demás trabajadores formales. Para cumplir el Convenio 189 de 2011 queda por ejecutar mayor inspección a hogares y mayor educación a empleadas y empleadores. Recolectada la información y analizada la misma, finalizaremos el trabajo dando respuesta a la hipótesis planteada al inicio de esta tesis, sobre la Incidencia o no de la implementación de la Ley 1595 de 2012 en la defensa de los derechos laborales para el servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta, sirviendo el presente trabajo como fuente de ayuda, apoyo y consulta cuando se requieran los datos para poder mejorar las condiciones laborales de esta grupo de trabajadores que son especialmente vulnerables y mal remunerados. Justificación El estudio de cómo incidió o no, y de qué manera lo hizo la Ley 1595 de 2012 en el bienestar de los trabajadores del servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta, es significativo debido que nos permite hacer una similitud y por ende corroborar los alcances en materia de derechos laborales que disfrutan los trabajadores con contrato laboral diferente al servicio doméstico y el goce efectivo de los derechos laborales de los trabajadores dedicados a la actividad doméstica en la ciudad de Santa Marta. Lo anterior, debido a que con el análisis de la presente normatividad, que por medio del cual se aprobó “El Convenio Sobre el Trabajo Decente Para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos”, se podrá evidenciar la necesidad imperante de igualar el regímenes laborales de los trabajadores considerados como formales y la de los trabajadores del servicio doméstico, todo ello con el objetivo de verificar las actuaciones del Estado Colombiano en buscar las garantías normativas y las políticas.
(18) 7. de Estado necesarias que repercutan en la estabilización de esta fuerza laboral que ha sido discriminada por muchos años, y que hoy ve como de manera unánime los estamentos tanto del orden internacional, como local, velan por el cumplimiento de esta regulación de ámbito laboral, que les permita a este tipo de trabajadores gozar de los mismos derechos de cualquier otro trabajador. Es así, que al mediante el análisis de la Ley 1595 de 2012, la cual aprobó el Convenio 189 de la OIT, se consideró que era importante verificar el grado de aprobación y de acatamiento en un número contactado de empleadas domésticas en la ciudad de Santa Marta, el conocimiento de la presente normatividad, la cual se enmarca en una herramienta fundamental a la hora de luchar por los derechos de los trabajadores domésticos tanto en el ámbito internacional como local..
(19) 8. Objetivos Objetivo General Analizar la incidencia de la Ley 1595 de 2012 en la defensa de los derechos laborales para el servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta.. Objetivos Específicos -. Identificar la normatividad laboral existente para el servicio doméstico.. -. Analizar y diferenciar los resultados obtenidos en las técnicas de investigación aplicadas al estudio.. -. Definir alternativas jurídicas de mejoramiento para el desarrollo laboral doméstico..
(20) 9. Pregunta Problema ¿Incidió o no, la implementación de la Ley 1595 de 2012 en la defensa de los derechos laborales para el servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta?. Hipótesis “La Ley 1595 de 2012 no ha tenido incidencia en los derechos laborales del servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta”..
(21) 10. Metodología En el presente trabajo se aplicará una metodología de análisis, consistente en el estudio de cada una de las partes que pertenecen a la investigación. Para lograrlo se consultará la información y la bibliografía existente sobre historia social y jurídica de las trabajadoras domésticas, desde el punto de vista internacional, nacional y loca. La investigación será de tipo exploratoria toda vez que se busca examinar el objetivo de la Ley 1595 de 2016 que establece la defensa de los derechos laborales de las empleadas domésticas. Además de la legislación y bibliografía, se consultarán a actores del sistema como son: empleados del servicio doméstico y a empleadores. Esta información permite conocer directamente y de primera mano, la aplicación de la presente ley y la implementación del Convenio 189 de la OIT, además de arrojar los datos estadísticos necesarios para verificar las medidas de dicha aplicación Para obtener la información que nos permita conocer el cumplimiento de la Ley 1595 de 2012, como legislación protectora de los derechos de las trabajadoras domésticas, se utilizará la técnica de cuestionario..
(22) 11. Una vez recaudada y confrontada la información, se estableció el análisis que desarrolla el temario para así desarrollar las conclusiones y recomendaciones. Tipo de Investigación Realizada De acuerdo con el método de investigación de este estudio, la presente tesis de grado se abordó desde un enfoque cuantitativa, con un alto nivel explorativo Este tipo de investigación propende a la adecuación de un tema poco explorado, es este caso lo rela tivo a la implementación del Convenio 189 de 2011 el cual fue implementado en Colombia mediate la Ley 1595 de 2012, ley que busca proteger y dignificar el trabajo de los empleados de servicio doméstico, en especial del de las mujeres que se dedican mayoritariamente a esta labor, es así que mediante distintas observaciones, encuestas y cálculos aproximados, se trató de abordar el objeto de nuestro estudio, redirigido a las empleadas del servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta. Por consiguiente, mediante la pregunta sobre si: ¿Ha Incidido o no, la implementación de la Ley 1595 de 2012 en la defensa de los derechos laborales para el servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta?, hemos desarrollado nuestro tema, con miras a encontrar una respuesta a este interrogante, que nos arroje unos resultados que permita deducir sobre las posible falencias a la hora de la implementación de la Ley 1595 de 2012. El Servicio Doméstico Como Trabajo El mercado laboral del servicio doméstico es uno de los oficios más antiguos. Los oficios del hogar, generalmente, lo realiza la mujer. Esta forma de trabajo no se.
(23) 12. computa como una actividad económica formal, además, quienes en esa actividad se desempeñan como trabajadoras en cualquier hogar, han padecido por años la discriminación, el maltrato y el abuso de sus derechos laborales y humanos . Dado el carácter universal del abuso en los derechos de las trabajadoras domésticas, se toma como población para este estudio los países de México, España y Colombia. Protección a Trabajadoras de Oficio Doméstico Se observan movimientos en defensa de la protección de los derechos de las trabajadoras domésticas, pri ncipalmente por la Organización Internacional del Trabajo cuya misión es la promoción de los derechos y laborales. En tal dirección se han dictado normas que protegen los derechos de las trabajadoras de los oficios domésticos como en Colombia lo hace la Le y 1595 de 2012, ratificando así el convenio 189 de la OIT. Por ello se estudian los actos administrativos del Estado colombiano que a partir de dicha ley se han expedido, como insumo para el análisis. La Ciudad de Estudio Para conocer y estudiar la situaci ón de las trabajadoras de oficios domésticos en la ciudad de Santa Marta, dado que no existe información consolidada, se recurre a las técnicas de entrevista y cuestionario a los actores del mercado laboral de los oficios domésticos como son: i) patrono; ii) empleada. No obstante dadas las condiciones de inferioridad y siendo el principal actor de esta tesis y de la norma objeto de nuestro estudio, hemos querido darle un mayor énfasis a al cuestionario dirigido a.
(24) 13. la recolección de datos de parte de los empl eados del servicio doméstico. Teniendo en cuenta que la Ley 1595 es de finales del año 2012, se toma como año de partida para el análisis el año 2013 hasta la fecha. Se contactó con un número de cincuenta (50) empleadas de servicio doméstico que en la actu alidad prestan sus servicios en diferentes casas de familia de la ciudad de Santa Marta. Algunas de las trabajadoras contactadas no quisieron colaborar con la encuesta por temor a presuntas represalias por parte de la patrona, creyendo que la investigación realizada le ocasionaría perjuicios en sus labores, como en efecto, en una oportunidad, se presentó con el empleador. No obstante fue necesario hacerles ver el carácter confidencial de la encuesta para que así lograran acceder a la misma. Alegaban quienes se negaron a responder el cuestionario que después la investigan por parte del gobierno o los empleadores se enteran y pierden el trabajo. Otras accedieron a contestar las preguntas formuladas en el cuestionario, previa advertencia que no se escribiría s u identidad ni la dirección del sitio de trabajo. Fue una manera de conseguir las respuestas porque en el primer intento cuando se preguntó por el nombre e identidad no quisieron responder. Esa actuación, obligó a reformular el cuestionario y finalmente s e tuvo éxito en la recolección de información que suministraron cincuenta (50) trabajadoras del servicio doméstico. Con los empleadores no es fácil conseguir información toda vez que la respuesta es sesgada y a favor del entrevistado. Algunos argumentan qu e.
(25) 14. el pago por debajo del salario mínimo es un “asunto cultural” y otros manifiestan que no conocen la ley. Sin embargo, en todos los entrevistados se pudo notar su complacencia con la forma en que se desenvuelve su relación laboral con el empleado domésti co. Buscando información sobre ese tópico de la posición de los empleadores respecto de las nuevas leyes que protegen a la trabajadora doméstica, e iguala los salarios a los salarios que devenga un trabajador formal, se recogieron expresiones al tratar el tema en , las cuales se desestimaron dado que no aportaban mayor notoriedad y no estaba siendo respondidas de manera objetiva. A las principales E.P.S de la ciudad y a la oficina del Ministerio de trabajo y a la Caja de compensación del Magdalena se solici tó información a través de un cuestionario pero hubo respuesta negativa. En el anexo se presenta copia de la respuesta de una de las entidades. Aprovechamiento de la información en estudio Conocidos y estudiados los sucesos en el mercado laboral de los oficios domésticos a nivel internacional y nacional, además del estudio y manejo normativo sobre la protección a las trabajadoras domésticas en Colombia, se cruza esa información secundaria con la información primaria obtenida de los actores de este mercado l aboral. Ese análisis permitirá obtener la información necesaria para las conclusiones y recomendaciones..
(26) 15. Recolección de Información El tipo de herramienta que se utilizó para recoger la inf ormación pertinente con miras de estudiar el estado actual de la condición laboral que presentan las empleadas del servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta ajustada, o no, a la Ley 1595 de 2011, fue por medio del formulario en el cual se plasmaron una serie de preguntas con miras a verificar datos referentes a s u relación laboral, condiciones de trabajo, tipo de vinculación etc., el cual se realizó en virtud de encuestas llevadas de forma directa y personal en 50 hogares samarios que cuentan con el servicio doméstico. La mayoría de estos hogares se encuentran en estratos 4 y 5. La modalidad fue un cuestionario como instrumento de registro en la cual se plasmaron diferentes preguntas con miras a obtener resultados que nos permita inferir si se está cumpliendo o no. con la normatividad. 1595 de 2012. Es importante destacar que al momento de realizar la encuesta, se pudo vislumbrar cierto temor al contestar, sobre todo en aquellos hogares que no cumplían con lo dispuesto en la presente ley. El tipo de técnica para la recolección de datos, como ya se afirmó, f ue el cuestionario, donde se plasmaron preguntas abiertas y cerradas, dentro del tipo de preguntas cerradas se destacan las preguntas de tipo dicotómicas, para la simplificación del tipo a emplearse, dado que este.
(27) 16. tipo de preguntas son fáciles de codi ficarse, requieren un menor tiempo y un menor esfuerzo por parte del actor que está llenando el cuestionario. Se trató que las preguntas fueran claras y comprensibles sin el uso de términos complejos, confusos o ambiguos; dado el tiempo de ocupación de los empleados del servicio doméstico, se requirió idear un formulario adecuado que no fuera muy extenso pero tampoco pobre; todas las preguntas, fueron planteadas de forma eficiente en virtud o con miras de comprobar la hipótesis planteada en esta tesis. El escrito a continuación fue el modelo de la cédula de formulario realizada: (Continua la siguiente hoja).
(28) 17. Formulario 1. Modelo de encuesta realizada. Fuente: creación propia..
(29) 18. Marco Teórico Los antecedentes sobre el mercado laboral del oficio doméstico en los hogares, permiten conocer que en países como México, España y Colombia, existe maltrato, discriminación y abuso. Sin embargo, en cada uno de estos países se han establecido normas que bu scan proteger los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras domésticas. En España por ejemplo el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante Real Decreto 1424 el cual ‘Regula la relación laboral de carácter especial del Servicio doméstico’, ha establecido en su articulado 1º numeral segundo, la siguiente explicación a lo referente a la relación laboral en el hogar: “ Se considera relación laboral especial del Servicio del Hogar Familiar la que conciertan el titular del mismo, como empleador, y la persona que, dependientemente y por cuenta de aquél, presta servicios retribuidos en el ámbito del hogar familiar” (Real Decreto 1424, 1985). De igual forma, el mencionado decreto estipula en el numeral 4º del mencionado artículo lo siguiente: El objeto de esta relación laboral especial son los servicios o actividades prestados en o para la casa en cuyo seno se realizan, pudiendo revestir cualquiera de las modalidades de las tareas domésticas, así como la dirección o cuidado del hogar en su conjunto o de alguna de sus partes, el cuidado o atención de los miembros de la familia o de quienes convivan en el domicilio, así como los trabajos de guardería, jardinería, conducción de vehículos y otros análogos, en los supuestos en que se desarrollen formando parte del conjunto de tareas domésticas. (Real Decreto 1424, 1985). Por otro lado, en México, se conoce la actividad de oficio doméstico con el nombre de “servicio del hogar familiar” y está regulada la actividad laboral del servicio.
(30) 19. doméstico en el Título sexto, capítulo XIII, de la Ley Federal del Trabajo en los artículos 331 al 343. Esta ley federal del trabajo define en su artículo 331 la definición de trabajador doméstico de la siguiente manera: “Trabajadores domésticos son los que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia”. (Ley Federal del Trabajo, 1970). Hoy en día, a pesar de existir una regulación en México en lo referente al trabajo doméstico, se puede conocer la existencia de una cultura de maltrato y abuso en los derechos de los trabajadores domésticos, al respecto Irma Aracely Alvarado Montes de Oca, nos dice: Aun cuando existen estipulaciones en la Ley Federal del Trabajo y hasta en la Organización Internacional del Trabajo, los derechos de las trabajadoras domésticas no se ven respetados, y ellas, las marginadas y subordinadas tienen todas las de perder. Hay que tener en cuenta que son como cualquier otro trabajador, están prestando un servicio a cambio de un salario, el cual casi siempre es injusto. (Alvarado M., 2013, párr. 9). De acuerdo a lo anterior , se considera que el cambio que permitirá a los empleadores tener una relación de respeto con el trabajador doméstico es cuestión de educación, la cual permitirá crear una cultura de aceptación de la normatividad y unos valores que permitirán reconocer los derechos que posee cualqu ier trabajador, indistintamente de la labor que ejercite. Evidentemente, se tiene que reconocer el valor del trabajo que realizan estas personas; darle un valor justo y reconocer sus derechos. Amén, sin.
(31) 20. dubitación podemos resaltar , que en nuestro país pad ecemos del mismo mal en razón a la desproporción que existe en la remuneración del servicio que estas personas prestan, incluso la falta de formalidades para la prestación del mismo. Sin embargo, en Colombia el Ministerio de l Trabajo, ha venido desarrollando normas en la defensa de los derechos de las trabajadoras domésticas: Desde el momento en que f ue creado, en noviembre de 2011, el Minister io del Trabajo el cual ha venido desarrollando dif erentes mecanismos para lograr que el mayor número de personas conozcan acerca de los deberes y derechos que tienen los trabajador es en el país sobre todo aquellos cuyas condiciones laborales son más dif íciles, como es el caso del ser vicio domést ico . ( MinTrabajo, 2012, p. 9). Es así, que como estrategia para desarrollar los mecanismos de información, en el año 2012, el ministerio del trabajo editó una cartilla denominada “Servicio doméstico, Guía laboral” (MinTrabajo, 2012), una cartilla de poco acceso a la población de empleadas del servicio doméstico, aunque se encuentra en la web, muchas de ellas no tienen acceso a internet, las que tienen no saben buscar la defensa de sus derechos o no les interesa crear conflicto con los patronos. A partir del año 2012, se genera un desarrollo de la normatividad que protege los derechos de los trabajadores y trabajadoras domésticas mediante la Ley 1595 de ese año, por medio del cual el Congreso de la República de Colombia, ratifica el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-. La OIT es una Agencia de la.
(32) 21. Organización de las Naciones Unidas -ONU-, con sede en Ginebra, Suiza, cuya misión es “reunir a gobiernos, empleadores y trabajadores de “187 Estados miembros a fin de establecer las normas del trabajo, formular políticas y elaborar programas promoviendo el trabajo decente de todos, mujeres y hombres”. (OIT, s.f) El 16 de junio de 2011, en la centésima (100) reunión de la Conferencia general, la OIT aprobó en su desarrollo misional el Convenio 189 para la defensa de los trabajadores domésticos y en este mencionado Convenio en su Preámbulo deja ver claramente el objetivo de esta normatividad, el cual es reconocer y dignificar la labor del servicio doméstico, es por ello que para una mejor comprensión, a continuación se transcribe un aparte del mencionado preámbulo: Reconociendo la contribución signif icativa de los trabajadores domésticos a la econom ía mundial, que incluye el aumento de las posibilidades de empleo remunerado para las trabaja doras y los trabajadores con responsabilidades f amiliares, el incremento de la capacidad de cuidado de las personas de edad avanzada, los niños y las personas con discapacidad, y un aporte sustancial a las transf erencias de ingreso en cada país y entre paí ses; Considerando que el trabajo domést ico sigue siendo inf ravalorado e invisible y que lo realizan pr incipalmente las mujeres y las niñas, muchas de las cuales son migrantes o f orman parte de comunidades desf avor ecidas, y son particularmente vulner ables a la discr iminación con respecto a las condiciones de empleo y de trabajo, así como a otros abusos de los der echos humanos . (OIT- Convenio 189, 2011).
(33) 22. Partiendo del objetivo general , analizaremos las repercusiones de la Ley 1595 de 2012 en la defensa de los derechos laborales para el servicio doméstico en la ciudad de Santa Marta, encontrando probables debilidades de la intención del legislador para garantizar a las trabajadoras del servicio doméstico la igualdad de condiciones a los demás trabajadores, una remuneración y prestaciones sociales, tales como seguridad social, licencia de maternidad y enfermedad, descanso semanal y vacaciones pagadas . Esos antecedentes del mercado a nivel mundial, nacional y local permiten manifestar la probabilidad de existencia de factores que distorsionan la intencionalidad de la ley para que se reconozcan los derechos que tienen los trabajadores y las trabajadoras del servicio doméstico. En la exposici ón de motivos del proyecto de Ley 230 de 2012 Senado, se lee lo siguiente: Por años en muchos países, han sido conocidos los r iesgos de trato discr iminator io y de explotación hacia personas contratadas para cumplir labores domésticas, como aseo, cocina, la vado y planchado de ropa y demás act ividades propias de un hogar, habían encontrado tr adicional materialización, connivencia e indif erencia, en un rezago de la esclavitud y la ser vidumbre del pasado, manteniéndose la segregación social y las dif erencias en las condiciones laborales. (Senado, Proyecto de Ley 230, 2012). Además de los problemas que circunscriben a las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico, tales como falta de control de las.
(34) 23. autoridades laborales y la aplicación de la normatividad por los contratantes, la exposición de motivos indica que: De acuerdo con la OIT, quienes residen en el lugar de trabajo tienen problemas adicionales de aislamiento, dif icultad para sindicarse, un régimen de vida reglamentado, alojam iento en malas condici ones, alimentación insuf iciente y f alta de vida privada. La violencia en el trabajo, ya sea f ísica o psíq uica, es también un riesgo laboral bastante común al que se enf rentan los trabajadores domésticos. (Senado, Proyecto de Ley. 230, 2012) Es altamente probable que en la ciudad de Santa Marta también se presente el mismo fenómeno que ocurre a nivel mundial y a nivel nacional porque un alto porcentaje de trabajadoras de este mercado laboral, además de tener bajo nivel educativo, proviene del sector rural o d e población de bajos recursos y su capacidad de negociación laboral es nula, por lo cual puede resultar atropellada en sus intereses por la falta de aplicación de la ley en cuestión, especialmente en el pago o remuneración mensual. Uno de los derechos adqu iridos de los trabajadores en Colombia es el reconocimiento de un salario mín imo cuyos orígenes datan de la L ey 6 de 1945 y el De creto 2663 de 1950, artículo 145, en el cual se reconoce el pago de un salario mínimo para todos los trabajadores, y lo define así: “Salario mínimo es el que todo trabajador tiene derecho a percibir para subvenir a sus necesidades normales y a las de su familia, en el orden material, moral cultural” (Decreto 2663, 1950). Algunos países latinoamericanos establecen que el.
(35) 24. salario mínimo será el que se considere suficiente, atendiendo las condiciones de cada región. De acuerdo a lo anterior, se evidencia que todo trabajador debe recibir como remuneración a su trabajo, un sa lario mínimo. El gobierno de Colombia lo viene regulando desde 1950. Los registros históricos nos permiten establecer hitos en la mejora de los derechos laborales de los trabajadores. Entre ellos, destacamos: i) El decreto 2837 de Dic 14 de 1960 que organiza el Consejo Nacional de Salarios creado por la Ley 187 de 1959; ii) decretos anteriores al año 1969 fijaban los salarios discriminándolos en zona rural y urbana. A partir de 1969 se fijaban los salarios según la actividad económica; iii) el Decreto 3506 de diciembre 27 de 1983, por el cual se unificó el salario mínimo legal para los sectores urbano y rural. A partir de julio de 1984, los trabajadores de Colombia, fuesen trabajadores urbanos o del sector rural, ganan el salario mínimo legal. El Estado colombiano también ha reglamentado el pago de un salario mínimo para los trabajadores del servicio doméstico dado que reconoció el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo. No obstante, las quejas son comunes en países como México, España y Colombia sobre el atropello a que son sometidas las trabajadoras de servicios domésticos. La dificultad de realizar seguimiento a este tipo de labores se presenta en esos países. En la ciudad de Santa Marta no se conocen públicamente datos que informen de explotación laboral en el servicio doméstico. Por lo tanto será necesario disponer de información sobre explotación laboral, maltrato o.
(36) 25. acoso y la inspección laboral con que cuent e la sede del Ministerio de Trabajo en la ciudad de Santa Marta. La página web del Ministerio de trabajo presenta información del viceministerio de relaciones laborales e inspección en la cual se organiza una mesa de seguimiento para velar por lo establec ido en el Convenio 189 de la OIT. La comisión de carácter permanent e va a tener la caracter íst ica de hacer seguimiento y recomendaciones al Gobierno Nacional sobre la correcta implementación del C onvenio 189 de la OIT, que establece las medidas para garant izar el trabajo decente para los trabajadores y trabajadoras domést icos. Así m ismo, velará por los derechos de los trabajadores f rente a horarios de trabajo, garant ías laborales, derechos a la seguridad social y prot ección a la mat ernidad y a la intim idad, entre otros. Algunas estadíst icas indican que en Colombia hay más de 800 mil trabajadores domést icos, la gran mayor ía de ellos son mujeres cabeza de hogar que laboran en el cuidado de las casas, aunque también incluye a chof eres de ser vicio f amiliar, trab ajadores por días, granjeros, y en general los que cumplan con las cond iciones de empleado dependiente . (MinTrabajo, 2016). En todo caso, es bastante ineficiente la labor del gobierno para velar por los derechos de estas mujeres de hogar, ya que son a muy pocas las que les reconocen todos sus derechos. Incluso, se investigaron algunas asociaciones en Colombia que se han organiz ado en defensa de los derechos de las trabajadoras de los oficios domésticos y pocas han.
(37) 26. tenido éxito, en la ciudad de Santa Marta, de acuerdo a la información suministrada por la Cámara de Comercio indica sobre la existencia de la Asociación para la Defen sa de las Empleadas al Servicio Doméstico, pero con resultados nulos. También se encontró el caso de la Unión de Trabajadoras del Servicio Doméstico en Colombia -Utrasd- en Medellín, departamento de Antioquia, quienes en marzo de 2013, 28 mujeres de raza negra trabajadoras del servicio doméstico, es así que estás: …dier on cuer po al pr imer sindicato con componente étnico que se crea en el país, y tal vez en el mundo: la Unión de Trabajadoras Af ro del Ser vicio Domést ico, Utrasd. Pero a pesar de su origen af r o, el sindicato no es excluyent e de ningún tipo de raza. Para septiembre de 2015 el sindicato estaba conf ormado por 126 mujeres. (Utr asd, s.f , párr.1). Empero, no es suficiente el número de mujeres afiliadas a dicho sindicato, pues se estima que son alrededor de 800 mil mujeres que laboran en los hogares, es decir, la suma es irrisoria al lado del alto número de trabajadoras, es posible que por temor a perder sus empleos no se arriesgan a inscribirse a asociaciones o sindicatos, pues aquella que busca que la contraten por lo que realmente vale su trabajo, incluyendo las prestaciones sociales, son sustituidas por otras en busca de necesidades y regalan su trabajo como actualmente se percibe. Consideraría que no existe una organización entre ellas mismas , pues, debido a los dos grandes factores que la distancian que son el temor y la necesidad, esto no les ha permitido acceder un trabajo digno y justo. En.
(38) 27. ocasiones, nos valemos de las necesidades de estas mujeres, incluso, nosotros los estudiosos de las l eyes que conocemos los derechos que ellas poseen no se los respetamos, los vulneramos y es precisamente por la desorientación y desorganización de ese gremio. Por otro lado, es necesario resaltar que el flujo migratorio del Chocó hacia la ciudad de Medellín es alto. Según datos de la Alcaldía de Medellín, se estima una población de afro descendientes de “236.000 personas y el 52% son mujeres y la mayoría de ellas por ser mano de obra no calificada,” (AIL, 2013, párr.2), donde su única oportunidad laboral es el empleo para labores domésticas en los hogares de la capital antioqueña. Empero, se conoce que la discriminación laboral en torno a la personas de origen afro descendiente es así pues, según la Agencia de Información Laboral –AIL– “Pero el servicio doméstico, más para las negras que para cualquiera otra trabajadora que no lo sea, está minado de discriminaciones y abusos por parte de los patrones” (AIL, 2013, párr. 3) Así las cosas, según un estudio adelantado por la Corporación Carabantú: …entre 182 empleadas domést icas de raza negra en hogares de Medellín, reveló que este of icio se caracter iza por ser altamente def icitario en indicadores de Trabajo Decente. Empezando por su alta inf ormalidad: el 85,7% de los contratos son ver bales, con el a gravante de que ellas creen que por eso no t ienen derecho a sus pr estaciones sociales, cuando sí los tienen, circunstancia esta que los empleadores apr ovechan para.
(39) 28. conculcar les derechos. Entre ellos el de la jornada labor al. En un hogar prácticamente les t oca trabajar desde que se levantan hasta que se acuestan, sin reconocimiento del pago de horas extras ni f estivos. (Utrasd, s.f , párr.4). De acuerdo a información de las cajas de compensación familiar, se estima que en el año 2012, año en el cual se aprobó la L ey 1595, existían afiliadas a Cajas de Compensación F amiliar: “6000 empleadas domésticas; al 30 de abril de 2014, la cifra de afiliada s aumentó a 72.000 trabajadoras ” (ElTiempo.com, 2015, p árr.20), el contraste ciertamente de esas cifras se logra apreciar con la siguiente tabla: Tabla 1 Afiliación a Cajas de Compensación Familiar. 80000 70000 60000 50000 2012. 40000. 2014. 30000 20000 10000 0 Afiliadas C.C.F.. Fuente: Eltiempo.com (2015). En la ciudad de Santa Marta existe la Asociación para la defensa de la trabajadora doméstica pero no viene funcionando ni se conocen actividades al respecto, como ya se manifestó. A través de comunicación escrita con entidades como la oficina del.
(40) 29. Ministerio del trabajo en Santa Marta, la caja de compensación familiar -Cajamag- y algunas empresas promotoras de salud E.P.S, se obtiene información del número de casos de discriminación y abuso, el número de trabajadoras domésticas vinculadas a Cajamag a partir del año 2013, y las vinculaciones a las E.P.S en el sector contributivo..
(41) 30. Estudio de la Norma Jurídica Colombiana en la Protección de las Trabajadoras Domésticas El Salario Mínimo en Colombia En Colombia a mediados del siglo XX, en la administración del Presidente Alfonso López Pumarejo, se tejieron las primeras trenzas del enredado sistema laboral de la época. En 1945 se dicta la ley sexta que establece disposiciones sobre convenciones de trab ajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de trabajo. Esta ley es reglamentada por el Decreto 2127 de 1945, en lo relativo al contrato individual de trabajo. Se comienza a reconocer los derechos laborale s de los trabajadores y con el Decreto 3781 del 21 de septiembre de 1949 se establece en Colombia el salario mínimo, con un valor de 60 pesos mensuales, el cual se comienza a reconocer a partir de enero de 1950. No obstante, el salario mínimo se pagaba en virtud de las actividades y era disímil el salario mínimo para el sector urbano , que el salario mínimo para el sector rural, estos últimos quienes recibían menor salario porque, según la ley, se compensaba con pago en especie que recibían los rurales. “En el año 1.983 se unifica el salario mínimo para los sectores urbano y rural” (Portafolio.com, 2016, p árr.14). Desde entonces, en cualquier lugar de Colombia donde se contrate un trabajador se le debe pagar, al menos el salario mínimo legal. La historia de la evolución del salario mínimo en Colombia indica que se inició en.
(42) 31. 1950 con un pago de 60 pesos mensuales; 66 años después el salario mínimo es de 689.454 pesos por mes. Por ello se considera como una de las conquistas laborales de los trabajadores en Colombia. A pesar de las necesidades de subsistencia, los colombianos cuentan con un salario m ínimo muy bajo, esto, lo se observa no solamente con personas que carecen de estudio sino con profesionales de distintas áreas, las cuales no encuentran un equilibrio entre lo que devengan mensualmente con los gastos diarios que una persona debe cargar para subsistir, observando las cosas desde esa perspectiva, podemos imaginarnos las necesidades de una empleada doméstica al devengar menos de un salario mínimo. Por lo anterio r, es fácil comprender que aún cuando existe un orden establecido desde el año 1950 para el pago a los trabajadores, 68 años después a las empleadas del servicio doméstico no les cobija dicho aumento anual, estaríamos por decir entonces que para ellas es otra letra muerta más que existe en nuestro país.. El Trabajo Decente del Ministerio del Trabajo La República de Colombia en su esquema organizacional de la rama ejecutiva para atender lo inherente al derecho laboral lo tiene el Ministerio del trabajo. El objetivo misional del ministerio de trabajo, es “Formular, adoptar y orientar la política pública en materia laboral que contribuya a mejorar la calidad de vida de los colombianos, para garantizar el derecho al trabajo decente” (MinTrabajo, s.f). En el año 2011 se reorganiza nuevamente el Ministerio de.
(43) 32. Trabajo, luego de la fusión con el Ministerio de Salud que se presentó en la administración de Álvaro Uribe Vélez. Este Ministerio desarrolla las orientaciones y políticas establecidas en el Plan nacional de desarrollo. En dicho plan se indica que: La polít ica de trabaj o decente está or ientada a promover la g eneración de empleo, la f ormalización laboral y la prot ección de los trabajadores de los sectores público y pr ivado. I gualmente, a la aplicación de los Estándares Laborales Internacionales que se desprenden de los compromisos asumidos por Colom bia en escenar ios bilaterales, mult ilaterales e internacionales, muy especialmente los que tienen or igen en la OIT. ( MinTrabajo, s.f ). También establece El Plan Nacional d e Desarrollo el compromiso del gobierno para ejercer inspección en el trabajo y fortalece la inspección con un viceministerio de relaciones e inspección. A través de algunos documentos que ha publicado en la página web, promueve este viceministerio las políticas de inspección al trabajo. De acuerdo al aumento notorio que hubo de los inspectores de trabajo, los cuales pasaron de ser 424 en el 2010 a 904 en el 2014 como lo indica el Ministerio del Trabajo “Todos los inspectores del Trabajo cumplen funciones de control o policía administrativa, están facultados en la práctica para realizar labores de inspección, vigilancia y control, realizar visitas y sancionar” (MinTrabajo, s.f). Sin embargo las funciones de los inspectores de trabajo es atender al querellante en la oficina..
(44) 33. En el año 2012, el Ministerio del Trabajo en desarrollo de la política de un trabajo decente, la promueve a través de la edición y pub licación de la “Guía laboral - servicio doméstico” (MinTrabajo, 2012), cuya publicación se encuentra en la página web del ministerio. En esta cartilla se indica al lector cuáles son las modalidades de trabajo para el servicio d oméstico; la forma y duración del contrato de trabajo; sobre el salario; la jornada de trabajo; el pago de prestaciones sociales en jornada inferior a la máxima legal; la liquidación de recargos por trabajo extra o suplementario; la prima de servicios; e l auxilio de transporte; los descansos obligatorios y el trabajo en dominicales; las vacaciones remuneradas; la Indemnización por despido sin justa causa y el pago de prestaciones sociales; el calzado y vestido de labor y la afiliación al sistema de seguridad social integra l. Con esta información en la página web, el minis terio del trabajo busca informar al mercado laboral de oficios domésticos como también acerca de los derechos que tienen ellas como trabajadoras en el hogar, que son los mismos derechos qu e tiene cualquier otro empleado de una empresa privada, además busca respaldar a las empleadas de aquellas personas que desprestigian el trabajo realizado aun cuando en sus casas reciben la atención necesaria por medio de este servicio prestado pero no les pagan en debida forma, así las cosas: …para lograr que el mayor número de personas conozcan acerca de los deberes y derechos que tienen los trabaj adores en el país, sobre todo.
(45) 34. aquellos cuyas condiciones labor ales son más dif íciles, como es el caso del ser vicio domést ico. ( MinTrabajo, 2012). A comienzo del mes de noviembre de 2016, el viceministerio de relaciones laborales e inspección en desarrollo de lo dispuesto por la Ley 1788 de 2016, ley que autoriza el pago de la prima de servicio a la empleada del servicio doméstico, instaló la subcomisión de la mesa de seguimiento a la implementación del C onvenio 189 de la OIT. “En su reglamentación, periodicidad y agenda participaron delegados de las centrales obreras de Colombia, de la Unión de trabajadoras afro del servicio doméstico, la ANDI, la escuela nacional sindical, la Asociación Nacional de Trabajadores de la Economía d el Cuidado” (MinTrabajo, s.f). Esta comisión permanente tiene la característica de hacer seguimiento y recomendaciones al gobierno. Debe velar esta subcomisión “por los derechos de los trabajadores frente a horario de trabajo, garantías laborales, derechos a la seguridad social y protección a la maternidad y a la intimidad.. La importancia de adoptar el Convenio 189 de la OIT. Como lo expresa la Organización internacional del trabajo en el Resumen ejecutivo sobre estadísticas de los trabajadores de servicio doméstico. Los trabajadores domésticos trabajan tr as las puertas cerradas de los hogares, escapando a las m iradas exterior es, por lo que han permanecido largo tiempo f uera del alcance de los instrumentos de polít ica.
(46) 35. tradicionales. Per o ello no deber ía ser un pretexto para la inacción. De hecho, la ampliación de la cobertura del derecho laboral a los trabajadores domésticos es viable. Muchos países lo han hecho en el pasado y, recientemente, otros han emprendido ref ormas legislat ivas y de polít ica orientadas por importantes instrumentos nuevos de la OIT . (OIT, 2013, p.1). Frente a lo anterior, es pertinente hacer una precisión e n relación a la labor a puertas cerradas en los hogares como se manifiesta, en efecto, es así como se encuentran las mujeres que realizan labores domésticas, ocultas frente a la sociedad; invisible en el ámbito del desconocimiento de los derechos como trab ajadora, para ello es justo hacer un análisis introspectivos cuando vamos a realizar contratos con empleadas domésticas en razón a que no estamos solicitando la labor a un esclavo sino a un ser con igual capaci dad que cualquier otro empleado, de ahí nace la importancia que le debemos dar al referido convenio, ya que Colombia busca con su ratificación mejorarle las condiciones de vida a las empleadas domésticas, tan pisoteadas y desamparadas por la sociedad, sin embargo, muy a pesar de haberse ratificado dic ho convenio, la labor comienza a partir de la promulgación de la ley 1595 de 2012, toda vez que capacitar a los empleadores para el reconocimiento de sus derechos no es tarea fácil, pero sí fue un pie gigante que hizo una huella profunda en nuestro país po r intermedio del Convenio que tan solo hasta la fecha de la ratificación 14 países han adoptado..
(47) 36. Otra razón por la cual es importarte la adopción del convenio 189, va dirigido a entender que nosotros al contratar los servicios de las empleadas domésticas no estamos comprando una fuerza de trabajo que podemos hacer con la persona lo que nos venga en gana, ejemplo de esto es cuando notamos diariamente a la empleada hacer tareas que son exclusivas del empleador como hacer las compras del desayuno, almuerzo y comida en la tienda del barrio, el convenio nos enseña que es un trabajador como cualquier otro y que ser empleada doméstica es un modo de vida hoy en día.. Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo realiza estimaciones de los trabajadore s domésticos que se encuentran laborando en esta actividad “basándose en estadísticas oficiales de 117 países y territorios, este informe presenta una nueva estimación del número de trabajadores domésticos en el mundo de 52,6 millones en 2010”. (OIT, 2013) De todas maneras, es común que en países como Estados Unidos, Canadá, Europa se disminuya la demanda y aumente la oferta por ser países desarrollados con mayores fuentes de empleo de calidad, a pesar que, esta labo r aún se persigue en dichos países es mejor remunerada que en el nuestro, tanto es así, que latinos residentes señalan que sus labores son de empleados domésticos por ser escaso hallar personal dedicado a esta labor, pues en Colombia, por ser un empleo que no.
(48) 37. requiere experiencia las mujeres de muy pocos recursos y con pocas posibilidades de ser empleadas en otras actividades recurren a prestar este servicio con facilidad . Así las cosas, según la OIT “las estimaciones a nivel mundial y regional, indican la existencia de 52,6 millones de trabajadores domésticos en todo el mundo en el 2010” (OIT, 2010, p. 7) Ahora bien, en la centésima reunión de la Conferencia internacional en Ginebra, Suiza, la Organización Internacional del Trabajo, previo estudio y reconocimiento a las inquietudes de algunas organizaciones de trabajadoras del servicio doméstico, adoptó el C onvenio N° 189 sobre las trabajadoras y trabajadores domésticos. Este Convenio busca ofrecer: Protección específ ica a las trabajadoras y los trabajadores domésticos. Establece los derechos y principios básicos, y exige a los Est ados tomar una ser ie de medidas con el f in de lograr que el trabajo decente sea una realidad para trabaja doras y trabajadores domést icos. (OIT, 2011, p. 1). También cubre actividades “como limpiar la casa, cocinar, lavar y planchar la ropa, el cuidado de los niños, ancianos o enfermos de una familia, jardinería, vigilancia de la casa, desempeñarse como chofer de la familia, e incluso cuidando los animales domésticos.” (OIT, 2011, p.2). Además el Convenio establece las normas mínimas para trabajadoras y trabajadores domésticos como son los derechos básicos, términos y condiciones de empleo, remuneración, horario de trabajo seguridad soc ial y agencia de empleo privadas..
(49) 38. La Ley 1595 de 2012 La República de Colombia, mediante la Ley 1595 de 21 de diciembre de 2012, ratifica el Convenio 189 de la OIT. Nuevamente, se desarrolla la defensa legal de los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores domésticos por parte de la República de Colombia. En desarrollo del proceso, mediante sentencia N° 616 de 2013 la Corte Constitucional de Colombia declaró la exequibilidad de la Ley 1595 de 2012: “ Declárase exequible el ‘Convenio sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (Número 189)’, adoptado en Ginebra, Confederación Suiza, en la reunión 100 de la Conferencia Internacional del Trabajo el 16 de junio de 2011 .” (Corte Constitucioinal, 2013) Ahora bien, en cuanto a la garantía de los derechos de los trabajadores y trabajadoras domésticos, la jurisprudencia constitucional ha fijado parámetros sobre el particular, los cuales versan en sus aspectos esenciales acerca de: (i) la exist encia de un mandato const itucional de equiparación… (ii) el reconocim iento que la relación laboral de los trabajadores y particularmente los trabajador es domést icos está signada por una particular f orma de subordinación jur ídica hacia el empleador, merced de la labor ef ectuada y las condiciones en que se desarrolla… ( iii) La necesidad de otorgar a las relaciones labor ales en comento un marco ref orzado de protección de los derechos del trabajador… (Corte Constitucioinal, 2013). Con una sentencia de la Corte Constitucional que establece como objetivo la protección de los derechos del trabajador doméstico, queda.
(50) 39. ratificado en la República de Colombia el Convenio 189 de 2011 con la Organización Internacional del trabajo - OIT. El Estado colombiano con la ratificación del Convenio 189 de 2011 está protegiendo los derechos laborales de los trabajadores domésticos 1. El Gobierno Nacional, en cabeza del presidente de la república con la ratificación del Convenio adoptado ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT): amplía la protección a los hombres y muj eres que trabajan en servicios domésticos, evita los abusos laborales, def ine la edad m ínim a para trabajar y est ablece las condiciones que deben tener los contratos y la inf ormación a los empleados cuando trabajan internos, exte r nos o por días. (Actualicese.com, 2013, p árr. 2). El mercado laboral en lo que a servicio doméstico en América Latina se refiere ciertamente demanda un personal de trabajo predominantemente femenino, es así que Blofield (citado en Pérez, 2013) manifestó que el trabajo doméstico, “representó la principal ocupación femenina a lo largo de todo el siglo XX. De acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo, en 2005 el servicio doméstico emple aba más de doce millones de mujeres y niñas en la región, lo que representa más del 15% de la población femenina económicamente activa ” (Párr.1). Por su parte, Chaney y García, (citado en Pérez, 2013) alegan que en relación al gran número de mujeres que se dedican a esta labor, precisaron que “el servicio. 1. la expresión trabajador doméstico designa a toda persona, de género femenino o género masculino, que realiza un trabajo doméstico en el marco de una relación de trabajo. (Sentencia C 616 de 2013)..
(51) 40. doméstico presenta, en términos generales, condiciones de trabajo más precarias que las de cualquier otro empleo –con legislaciones laborales que lo excluyen de los derechos que se garantizan a otros tra bajadores, altos niveles de informalidad y bajos salarios” (Párr.1). Con todo lo anterior, el Gobierno Colombiano a través de l Ministerio de Trabajo, según las cifras obtenidas, calcula “ 750.000 personas trabajan en el servicio doméstico en Colombia, pero sólo 8.000 tienen un contrato de trabajo.” (ElEspectador.com, 2015, párr. 7) Recientemente con la creación del sindicato de trabajadoras domésticas en Medellín, el citado sindicato aun admite que se siguen presentando actos de discriminación y exceso de t rabajo contra las empleadas del servicio doméstico, a pesar de la entrada en vigencia de la Ley 1595 de 2012, así lo expresó la presidenta de la primera asociación de trabajadoras domésticas en Colombia en una entrevista realizada por la revista Semana: “¿A qué se debe? A que son objeto de discriminación. Son desplazadas, madres cabeza de familia y, además, tienen este color. En Colombia hay un millón de empleadas y la mitad ha sido víctima de maltratos” (Semana.com, 2015, p árr. 4). El desarrollo de la no rmatividad laboral que estableció la ratificación del Convenio 189 de 2011, permite a esa masa laboral recibir los beneficios de la Ley 1585 de 2012 al permitir crear unas condiciones de igualdad laboral respecto del empleado doméstico en relación con los demás empleos formales, es así que con la implementación del citado Convenio.
(52) 41. se busca que los empleados domésticos conozcan sus derechos y eviten se sigan presentando prácticas indeseables de discriminación y actos que colocan en desventaja al empleado doméstico, es así que según palabras del Ministro de Trabajo, Doctor Rafael Pardo (citado por Dinero.com, 2012): Con la puesta en mar cha de la ratif icac ión de este Convenio, las personas que hacen parte del ser vicio domést ico conocer án sus condiciones de empleo como por ejemplo, tipo de trabajo a realizar, remuneración, y horas de trabajo (cuatro horas conti nuas y hast a 10 horas diarias). (párr. 1). Sentencias que Enmarcan los Derechos de las Empleadas Domésticas La situación de vulnerabilidad de las empleadas del servicio doméstico, no solo de la ciudad de Santa Marta, sino a nivel nacional, es real y la Corte Constitucional mediante varios pronuncia mientos ha logrado imponer el principio de igualdad establecido en el Artículo 13 de la Constitución Política de Colombia, toda vez que existe una discriminación frente a estos trabajadores en las normas laborales. Por lo anterior, nos permitimos traer va rios casos en los cuales la Corte Constitucional ha puesto fin a los abusos a que son sometidas las trabajadoras domésticas. En primer lugar, nos ocuparemos de la acción de inconstitucionalidad presentada con base en el artículo 252 del C.S.T. y S.S., de liquidar el auxilio de cesantías de los trabajadores del servicio doméstico teniendo.
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