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MANUAL ADMINISTRATIVO ORGANIZACIÓN - PROCEDIMIENTOS

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(1)

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN

Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL

UNIDAD JURÍDICA DE DILIGENCIAS

(2)

ÍNDICE

I.

APARTADO “ORGANIZACIÓN”

3

I.1. PRESENTACIÓN 4

I.2. ANTECEDENTES 5

I.3. MARCO JURÍDICO 12

I.4. OBJETIVO GENERAL 15

I.5. ESTRUCTURA ORGÁNICA 16

I.6. ATRIBUCIONES 19

I.7. FUNCIONES 20

I.8. ORGANIGRAMA 24

II.

APARTADO “PROCEDIMIENTOS”

27

II.1. PROCEDIMIENTO “CONVENIOS FUERA DE

JUICIO” 28

II.1.1. OBJETIVO 28

II.1.2. POLÍTICAS Y NORMAS DE OPERACIÓN 29 II.1.3. DESCRIPCIÓN NARRATIVA DEL

PROCEDIMIENTO

30 II.1.4. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO 34

II.2. PROCEDIMIENTO “EXHORTOS” 38

II.2.1. OBJETIVO 38

(3)

II.2.3. DESCRIPCIÓN NARRATIVA DEL PROCEDIMIENTO

40 II.1.4. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO 45 II.3. PROCEDIMIENTO “PARAPROCESALES” 49

II.3.1. OBJETIVO 49

II.3.2. POLÍTICAS Y NORMAS DE OPERACIÓN 50 II.3.3. DESCRIPCIÓN NARRATIVA DEL

PROCEDIMIENTO

51 II.3.4. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO 54 II.3 VALIDACIÓN DEL MANUAL ADMINISTRATIVO DE

ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS DE LA UNIDAD JURÍDICA DE DILIGENCIAS

(4)

APARTADO “ORGANIZACIÓN”

UNIDAD JURÍDICA DE DILIGENCIAS

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN

Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL

(5)

I.1 PRESENTACIÓN

La Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal ha desarrollado el presente manual con el objeto primordial de actualizar las funciones y procedimientos que realizan las áreas administrativas que la componen, para estar en las mejores condiciones de poder conocer, tramitar y resolver los conflictos de trabajo de jurisdicción local en el Distrito Federal.

En este contexto, el presente manual incluye la información correspondiente a los antecedentes históricos que le dieron origen a la Institución, el marco jurídico que regula sus atribuciones; así como su objetivo general, estructura orgánica, y las funciones sustantivas de la Unidad Jurídica de Diligencias. Asimismo, define sus niveles jerárquicos y las relaciones de coordinación interna entre cada uno de ellos.

Del mismo modo, integra la descripción narrativa y gráfica de los distintos procedimientos que implican las actividades de las funciones sustantivas de la estructura orgánica de la Unidad Jurídica de Diligencias, de tal modo que se facilite y guie su ejecución.

Finalmente, es menester señalar que el presente manual también tiene la finalidad de ser una guía de consulta para los servidores públicos adscritos a esta Unidad Jurídica de Diligencias, así como un instrumento normativo de la operación de las áreas que integran dicha Institución.

(6)

I.2 ANTECEDENTES

El Derecho laboral en México tiene su génesis en los principios protectores del trabajador de la Constitución de 1917, toda vez que antes de su vigencia, eran las normas del derecho privado las que se aplicaban para dirimir los conflictos de tipo laboral, por lo cual eran las autoridades judiciales del fuero común las encargadas de resolver los juicios que ahora se conocen como laborales.

En este sentido, un buen número de disposiciones -sobre aspectos sustantivos- rectoras de las relaciones existentes entre patrones y trabajadores, tienen antecedentes significativos en varios ordenamientos anteriores a la publicación de la Carta Magna de 1917. Al respecto, el maestro Remolina Roqueñi señala que “…el primer antecedente de la creación de los tribunales del trabajo se encuentran en un proyecto de ley presentado el 17 de septiembre de 1913 a la Cámara de Diputados y que tenía por objeto reformar las fracciones VII y XII, del artículo 75 y 309 del Código de Comercio”.1

Es interesante mencionar que el proyecto de reforma de 1913, antes citado, preveía la existencia de organismos paritarios, formados en cada Estado o Ramo Industrial, denominados Juntas, a los cuales se les otorgaba, entre otras facultades, las de fijar los salarios mínimos y resolver las diferencias que se suscitaban entre principales (patrones) y trabajadores, ya fuera por los contratos, ya por otro motivo.

Cabe observar que el citado proyecto no prospero, no obstante es de señalar que las resoluciones dictadas por esas Juntas debían tener el carácter de sentencias arbitrales y no admitían otro recurso que el de la responsabilidad, en caso de que hubiera mediado el soborno.

1

REMOLINA ROQUEÑÍ, Felipe, Evolución de las Instituciones y del Derecho del Trabajo en México, Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, México, 1976, pp. 37- 38.

(7)

Después de lo antes citado, vinieron las denominadas leyes preconstitucionales en los años de la Revolución, emitidas por varios gobernadores de los Estados de la República Mexicana y jefes revolucionarios; las más significativas fueron las siguientes, a saber:

La Ley del Trabajo promulgada en Veracruz por el Gral. Cándido Aguilar el

19 de octubre de 1914, que creó las Juntas de Administración Civil encargadas de oír las quejas de patrones y obreros y dirimir las diferencias que entre ellos se suscitaren. Cabe observar que estas Juntas habrían de tener una gran influencia en el desarrollo del derecho laboral en México.

El Decreto número 45 expedido por Agustín Millán, gobernador interino del

Estado de Veracruz y publicado en la Gaceta Oficial el 14 de diciembre de 1915, que dicho sea de paso siguió los lineamientos trazados por el decreto de Cándido Aguilar2.

El Proyecto de Ley del Salario Mínimo y de las Juntas de Avenencia elaborado por la Sección de Legislación Social integrada por José Natividad

Macías, Luis Manuel Rojas y coordinado por el ingeniero Félix Palavicini, publicado en el periódico El Pueblo el 28 de enero de 1915, constituye un antecedente directo de las Juntas de Conciliación y Arbitraje en tanto que fue este trabajo preparatorio el que, como proyecto, revisó el Constituyente de 1916; la elaboración de dicho proyecto se atribuye a una orden de Venustiano Carranza3.

2

Éste mismo, el 8 de febrero de 1916 como gobernador, expidió la Ley de asociaciones profesionales que reiteró el registro y la existencia de las Juntas de Administración Civil. MACIAS VAZQUEZ, María Carmen, “Antecedentes históricos de la cláusula de exclusión en México” en Libertad sindical:

cláusula de exclusión, UNAM, México, 2002, pp. 59-79, p. 67

3

(8)

La Ley de 14 de mayo de 1915 contenida en el Decreto número 59,

promulgada por el General Salvador Alvarado, que se caracterizó por haber creado el Consejo de Conciliación y el Tribunal de Arbitraje, y constituye el primer antecedente de los organismos tripartitos, pues en el capítulo segundo, intitulado Conciliación y Arbitraje Obligatorio, se reglamentaba la integración y funcionamiento de los tribunales del trabajo en el Estado de Yucatán con representantes de trabajadores, patronos y gobierno4.

El 11 de diciembre de 1915, el propio Salvador Alvarado derogó el Decreto a que se refiere el inciso anterior para expedir la Ley del Trabajo del Estado de

Yucatán, en la que se creaban tribunales industriales “que impartan justicia

inmediata y oportuna, sin la lentitud desesperante de los juicios ordinarios5”.

El Decreto número 96, publicado en El Estado de Jalisco, periódico oficial de esa entidad, el 1º de enero de 1916 y conocido como Ley del Trabajo de

Manuel Aguirre Berlanga12, creó en dicho Estado Juntas Municipales, Mineras,

Agrícolas e Industriales de otro género, integradas por especialidades con 3 propietarios y 3 suplentes por cada sector, designados por un año.

Ahora bien, con la creación del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Mexicanos de 1917, se establece de manera formal la formación de una Junta de Conciliación y Arbitraje integrada por igual número de representantes de los obreros y los patronos y uno del gobierno, dejando a la reglamentación de cada Estado la facultad de establecer Consejos Permanentes o Accidentales, según lo que consideraran mejor. En la redacción final de dicha fracción en lugar de „consejos‟ se utilizó la palabra „juntas‟, tal vez retomando la expresión que se empleó en la reforma al Código de Comercio presentada en septiembre de 1913, a que previamente se hizo referencia6.

4 DE BUEN LOZANO, Néstor, “Procuración de justicia laboral”, en Relaciones laborales en el siglo

XXI, UNAM, México, 1ª. reimp., 2000, pp. 241-258, en especial el apartado „V. Los antecedentes de

las juntas de Conciliación y Arbitraje‟, pp. 249 y ss. 5

Ley del Trabajo del Estado de Yucatán, diciembre 1915.

6 JIMENEZ LÓPEZ, Manuel, “La Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y las Juntas de Conciliación y Arbitraje” en Las entidades federativas y el derecho constitucional, Gámiz Parral, Máximo N., UNAM, 2003, pp. 301-320.

(9)

Así pues, en lo relativo al establecimiento de las Juntas de Conciliación y Arbitraje en el Distrito y Territorios Federales, dos fueron los documentos jurídicos que les dieron vida,7 a saber:

El primero, una iniciativa de ley presentada por la Cámara de Diputados y dictaminada por el Senado de la República el 18 de septiembre de 1917, la cual pretendía dar cumplimiento a la fracción XX del artículo 123, sin que hubiera sido aprobada por los representantes de la Cámara Alta.

El segundo, una iniciativa aprobada por el Congreso de la Unión y promulgada por el Ejecutivo el 27 de noviembre del mismo año, la cual fue publicada en el

Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 1917 y que dio nacimiento a las

Juntas de Conciliación y Arbitraje en el Distrito y Territorios Federales.

En este contexto, fue a partir del 3 de diciembre de 1917 cuando se comenzaron a integrar las Juntas de Conciliación y Arbitraje en el Distrito y Territorios Federales, aunque ya existían para entonces tribunales de trabajo en distintas entidades federativas; sin embargo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje se creó hasta el 22 de septiembre de 1927 fecha en que se emitió el decreto respectivo8.

Por otra parte, en los siguientes años, la Suprema Corte recibió una cantidad considerable de amparos en material laboral, y en específico sobre la naturaleza y funcionamiento de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que la llevó a fijar jurisprudencia.

7

REMOLINA ROQUEÑÍ, Felipe, op. cit., nota 1, p. 34-37. 8

DÍAZ ROMERO, Juan. Conferencias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

(10)

En una primera etapa, en ejecutoria pronunciada el 18 de marzo de 1918, controvirtió la competencia de la Juntas de Conciliación y Arbitraje para conocer de los conflictos relativos al cumplimiento de contratos de trabajo9.

La segunda etapa, inicia precisamente con la histórica ejecutoria emitida el 1°., de febrero de 1924, al resolver el amparo en revisión promovido por La Corona, S.A., donde nuestro más Alto Tribunal expresó un punto de vista diferente, atribuyendo a las Juntas de Conciliación y Arbitraje competencia para decidir los conflictos de trabajo y estimando que las mismas no revisten el carácter de tribunales especiales10.

En este sentido, el que la Suprema Corte fijara jurisprudencia tuvo sus consecuencias, a saber: en 1935 apareció una de las primeras obras de derecho laboral que justamente comentaba los criterios de la Corte, ésta fue coordinada por Manuel Martínez Pastor, Raúl Berrón Mucel y Jorge Morfín Delorme11.

En 1938 Gustavo Arce Cano escribió un libro sobre las Juntas de Conciliación y Arbitraje; y para 1939 Octavio Trigo publicó el que tal vez sea el primer manual de derecho procesal mexicano del trabajo12.

9

DÍAZ ROMERO, Juan. Conferencias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Juan Díaz Romero, Editado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, México, 2006, p. 48.

10

Publicadas en el Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, tomo XIV, páginas 492 y 493. 11

Actual jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, en materia de trabajo, (comps.). MARTINEZ PASTOR, Manuel, BERRON MUCEL, Raúl y MORFIN DELORME, Jorge, México, Antigua Imprenta de Murguía, 1935.

12

(11)

Por otro lado, en la actualidad las Juntas de Conciliación y Arbitraje son considerados verdaderos tribunales de trabajo, lo cual deriva del reconocimiento tanto legal como jurisprudencial que desde la Quinta Época ha dictado la Suprema Corte, en algunos asuntos a través del Pleno y, en un principio, por la Segunda Sala; posteriormente por la Cuarta Sala a partir de su creación en 1935 y hasta 1994, en que se reestructuró la Suprema Corte para integrarse nuevamente con 2 Salas, correspondiendo a la Segunda la especialidad en la materia laboral.

En la Ley Federal del Trabajo vigente desde el 1° de mayo de 1970, con importantes reformas, principalmente las que fueron publicadas en el Diario Oficial

de la Federación el 4 de enero de 1980, se reitera que las Juntas de Conciliación y

Arbitraje se integrarán por un representante del gobierno y con representantes de los trabajadores y de los patrones designados por ramas de la industria o de otras actividades, conforme a la clasificación y convocatoria que expida la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

La Ley Federal del Trabajo del 17 de enero del 2006, estableció en su artículo 9° transitorio, la obligación de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, de los gobernadores de los estados y territorios y del Jefe del Departamento del Distrito Federal de reorganizar en un término de 3 meses las Juntas de Conciliación y Arbitraje; por lo que dejan de existir las Juntas Centrales y nacen las Juntas Locales, con lo que se genera una nueva estructura jurisdiccional de naturaleza administrativa que produce su propia jurisprudencia materialmente hablando; de este modo, los distintos recursos y juicios que se entablan en el ámbito de los diversos niveles: Juntas Locales, Jueces de Distrito, Tribunales Colegiados, Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y Suprema Corte de Justicia de la Nación; producen criterios que día a día norman el funcionamiento de los propios tribunales y establecen la líneas del derecho laboral.

(12)

El 18 de abril de 2000 se expide por el pleno de la Junta, el Reglamento Interior de esta institución que reitera el espíritu del constituyente, determinando la naturaleza jurídica del tribunal como un organismo autónomo e independiente, cuya finalidad es el conocimiento, tramitación y resolución de los conflictos que se susciten entre trabajadores y patrones, sólo entre estos o sólo entre aquéllos y derivados de las relaciones de trabajo de jurisdicción local en el Distrito Federal.

A la fecha, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal se conforma por: Presidencia, 2 Secretarías Generales, 17 Juntas Especiales, 6 Secretarías Auxiliares, 3 Unidades Jurídicas, una Coordinación General de Administración y una Contraloría.

(13)

I.3 MARCO JURÍDICO

 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Vigente.

 Ley Federal del Trabajo Vigente

 Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Vigente.

 Ley del Instituto de Seguridad y Servicio Sociales de los Trabajadores del Estado.

Vigente.

 Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal Vigente.

 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Vigente

 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Vigente

 Declaración Universal de los Derechos Humanos.

(14)

 Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Vigente.

 Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Vigente.

 Ley de Archivos del Distrito Federal. Vigente.

 Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Vigente.

 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Vigente.

 Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Vigente

 Código Civil para el Distrito Federal. Vigente

 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Vigente.

(15)

 Reglamento Interior de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal.

 Acuerdo por el cual se modifica el Reglamento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal.

 Condiciones Generales de Trabajo del Gobierno del Distrito Federal. Vigente.

 Manual de Organización de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal.

Vigente.

 Código Financiero del Distrito Federal. Vigente.

(16)

1.4 OBJETIVO GENERAL

Presentar de manera breve, clara, descriptiva y explícita la información referente a la historia, fundamento legal y administrativo, objetivos generales y específicos, atribuciones, funciones, políticas, normas generales y específicas de operación, estructura orgánica y organograma, así como la descripción narrativa y gráfica de los procedimientos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. Con este objetivo el Manual se constituye en una guía que marca los parámetros dentro de los cuales la Junta actúa como instancia conciliatoria potestativa para los trabajadores y los patrones en el Distrito Federal.

(17)

I.5 ESTRUCTURA ORGÁNICA

Presidencia de la Junta Local

Secretaría Particular (1) Asesor (1)

Unidad Jurídica de Peritos /1)

Coordinación del Sistema de Información (1) Subdirección de Estadística (1)

Subdirección de Biblioteca y Centro de Documentación (1) Líder Coordinador de Proyectos (1)

Contralor

Subdirección de Quejas, Denuncias y Responsabilidades (1) Subdirección de Auditoría (1)

JUD de Auditoría “A” (1) JUD de Auditoría “B” (1)

Líder Coordinador de Proyectos (4)

Secretaria General de Asuntos Individuales

Juntas Especiales (17)

Auxiliares Jurídicos (79) Secretarios Jurídicos (63)

Secretaría Auxiliar de Amparos (1)

Auxiliar Jurídico (1)

Secretarios Jurídicos (9)

Unidad Jurídica de Diligencias (1)

Auxiliar Jurídico de la Unidad de Convenios Fuera de Juicio (1) Secretarios Jurídicos (2)

Auxiliar Jurídico de la Unidad de Exhortos y Paraprocesales (1) Secretario jurídico (1)

Enlaces (6)

Secretaría General de Asuntos Colectivos

Unidad Jurídica de Oficialía de Partes(1)

Auxiliar Jurídico de la Secretaría de Radicación y Emplazamiento de Demandas (1) Secretario Jurídico (4)

(18)

Secretaría Auxiliar de Huelgas (1)

Auxiliares Jurídicas (2) Secretarios Jurídicos (2)

Secretaría Auxiliar de Contratos Colectivos (1) Auxiliar Jurídico (1)

Secretario Jurídico(4) Enlace (1)

Secretaría Auxiliar de Conflictos Colectivos (1) Auxiliar Jurídico (2)

Secretario Jurídico (1)

Secretaría Auxiliar de Registro y Actualización Sindical (1) Auxiliar Jurídico (1)

Secretarios Jurídicos (3)

Secretaría Auxiliar de Conciliadores (1) Funcionario Conciliador (7)

Coordinación General de Administración

Subdirección Jurídica (1)

JUD de Oficina de Información Pública (1) JUD de Organización y Métodos(1) Coordinación de Recursos Humanos (1) Subdirección de Relaciones Laborales (1) JUD de Capacitación y Prestaciones (1) JUD de Administración de Nómina (1) Líder Coordinador de Proyectos (2) Enlace (2)

Coordinación de Recursos Materiales y Servicios Generales (1) JUD de Archivos (1)

JUD de Adquisiciones y Suministros (1) JUD de Servicios Generales (1)

Líder Coordinador de proyectos (1)

Coordinación de Recursos Financieros (1) JUD de Contabilidad (1)

JUD de Programación y Presupuesto (1) Enlace (2)

(19)

Coordinación de Informática y Sistemas (1) JUD Seguridad y Redes (1)

JUD de Sistemas (1) JUD Soporte Técnico (1)

(20)

I.6 ATRIBUCIONES

La Unidad Jurídica de Diligencias, estará a cargo de un titular quien tendrá las

siguientes obligaciones y atribuciones:

I. Distribuir el trabajo interno de la Unidad Jurídica a su cargo y vigilar la correcta y puntual notificación de los acuerdos;

II. Verificar que el personal cumpla oportunamente en tiempo y forma las resoluciones emitidas por las autoridades correspondientes;

III. Cuidar el orden y la disciplina del personal de su área y reportar las irregularidades a las instancias respectivas.

IV. Aprobar y ratificar los Convenios Fuera de Juicio entre patrones y trabajadores, conforme al Artículo 987 de la Ley Federal del Trabajo.

V. Supervisar que los Convenios fuera de Juicio, no impliquen renuncia alguna a los salarios devengados, a las indemnizaciones, ni a las demás prestaciones que se deriven de los servicios prestados.

VI. Tramitar todos aquellos asuntos que por mandato de ley, por su naturaleza o a solicitud de parte interesada requieren de la intervención de la Junta Local, sin que esté promovido jurisdiccionalmente conflicto alguno entre partes determinadas. VII. Tramitar todos aquellos asuntos en auxilio de las Juntas Locales Foráneas o Federales (Exhortos).

VIII. Turnar al Secretario Jurídico las actuaciones para que se efectúen las notificaciones o se realicen las diligencias solicitadas a través de los Actuarios Judiciales y en cumplimiento a los exhortos recibidos.

IX. El Titular de la Unidad Jurídica de Diligencias, vigilará e intervendrá en la formulación de los proyectos de resolución, acuerdos y escritos que los Secretarios deban presentarle, con la debida oportunidad.

X.- El Titular de la Unidad Jurídica de Diligencias, deberá rendir al Titular de la Secretaría General de Asuntos Individuales, un informe mensual de labores, en el que se expresará el número de expedientes en trámite y el movimiento procesal.

(21)

I.7 FUNCIONES

Titular de la Unidad Jurídica

- Cuidar que los Convenios Fuera de Juicio se realicen en estricto apego a la Ley. - Verificar que los Exhortos y Paraprocesales se gestionen oportunamente.

- Vigilar la notificación de los acuerdos y diligencias solicitados.

- Vigilar que se cumplan las resoluciones emitidas por la Autoridad Federal.

- Turnar trabajo a los Auxiliares Jurídicos, Secretarios Jurídicos y a los Actuarios Judiciales.

- Rendir Informe Mensual.

Auxiliar Jurídico (Exhortos y Paraprocesales)

- Revisar los Exhortos que se reciben a través de la oficialía de partes.

- Relacionar los Exhortos para su devolución a su Junta de origen, según el Estado de la República correspondiente, realizada la diligencia encomendada.

- Llevar una relación de los Exhortos que se remiten a la Secretaría General de Asuntos Individuales para su devolución a las Juntas de origen.

- Realizar acuerdos y oficios de los trámites de amparo en los Procedimientos Paraprocesales.

- Revisar y firmar los proyectos de los acuerdos de la radicación de los procedimientos Paraprocesales, recabar en los acuerdos de radicación de los Paraprocesales la firma de los representantes de las Juntas.

- Revisar los Exhortos que se envían al archivo por estar debidamente diligenciados, o aquellos que se envían por estar en espera de algún informe solicitado a alguna dependencia.

(22)

- Realizar el informe mensual de las actividades en la Unidad Jurídica de Exhortos y Paraprocesales.

Secretario Jurídico de Acuerdos (Exhortos y Paraprocesales)

- Revisar los acuerdos de radicación de Exhortos.

- Dar fe de la devolución de Exhortos a los trabajadores o apoderados.

- Cotejar y dar fe de la devolución de los instrumentos notariales o documentos exhibidos en los Paraprocesales.

- Revisar los proyectos de radicación de los Exhortos para dar trámite a la solicitud de las diligencias de las Juntas Exhortantes.

- Recabar en los acuerdos de radicación de los Paraprocesales la firma de los representantes de las Juntas.

- Revisar la publicación del Boletín Laboral y la firma del mismo.

- Levantar el acta correspondiente en relación a la devolución de algún título de crédito y dar fe de la entrega del mismo.

- Recabar alguna toma de muestra de escritura, para pruebas periciales.

- Certificar las copias solicitadas por las partes en los Para procesales en términos del artículo 723 de la Ley Federal del Trabajo.

Secretario Jurídico de Acuerdos (Convenios Fuera de Juicio)

- Revisar los Proyectos de Convenio.

- Dar fe de la firma de los Convenios por parte de trabajadores y patrones.

- Cotejar, certificar y dar fe de la devolución de los instrumentos notariales o documentos exhibidos.

(23)

- Dar fe de la entrega del pago al trabajador, en cumplimiento al convenio celebrado y aprobado.

- Recabar en los Convenios Fuera de Juicio, la firma de los representantes de las Juntas.

- Revisar la publicación del Boletín Laboral y la firma del mismo.

Enlace Administrativo “A”

- Realizar el proyecto de radicación de los Exhortos y Paraprocesales.

- Coser, foliar, sellar expedientes, así como recabar la firma del Presidente de la Junta Especial correspondiente en los acuerdos de los Exhortos.

- Llevar a cabo la diligencia encomendada por la Junta Exhortante (emplazamientos, notificaciones, cotejos, inspecciones, fijar convocatorias, investigación de dependencia económica; estas se realizan según la delegación que les corresponda. - Llevar a cabo los requerimientos de pago o embargo, girar los oficios a las dependencias de gobierno o a las instituciones bancarias.

- Realiza el oficio de devolución a la Junta de origen, formar la Carpeta Falsa de las constancias del Exhorto agregando copia de todo el expediente.

Archivista

- Cargar y descargar en las tarjetas de control del archivo de los expedientes. - Realizar la captura diaria del Boletín Laboral.

- Realizar la captura de las carpetas falsas o expedientes en el sistema del archivo general.

(24)

- Remitir a la Secretaría Auxiliar de Amparos de esta Junta los expedientes requeridos por ésta y sigan su trámite correspondiente.

- Llevar los expedientes a las Juntas para el desahogo de alguna prueba confesional, ratificación, testimonial, o al fotocopiado para sacar las copias solicitadas por las partes.

- Organizar los expedientes dentro del archivo de la Unidad Jurídica.

- Enviar periódicamente al Archivo General los expedientes que así lo ameriten, mediante el listado correspondiente.

(25)

I.8 ORGANIGRAMA PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE N-48.5 Secretaría General de Asuntos Individuales N - 46.5 Secretaría General de Asuntos Colectivos N - 46.5 Contralor N - 43.5 Coordinación General de Administraciòn N - 44.5

(26)

Secretaría General de Asuntos Individuales N-46.5 Unidad Jurídica de Diligencias N-40.5 la Unidad de Convenios Fuera de Juicio N-29.5 Auxiliar Jurídicode la Unidad de Exhortos y Paraprocesales N-29.5 Secretario Jurídico N-27.5 Secretario Jurídico N-27.5 Secretario Jurídico N-27.5 Secretaría Auxiliar de Amparos N-44.5 Auxiliar Jurídico N-29.5 (9)Secretario Jurídico N-27.5 (17)Junta Especial N-45.5 (79)Auxiliar Jurídico N-29.5 (63)Secretario Jurídico N-27.5 (6)Enlace N-20.5 Unidad Jurídica de Diligencias N – 40.5 Aux. Jurídico Convenios Fuera de Juicio N – 29.5 Aux. Jurídico Exhortos y Paraprocesales N – 29.5 Secretario Jurídico N – 27.5 Secretario Jurídico N – 27.5 Secretario Jurídico N – 27.5 ( 6 ) Enlaces N – 20.5

(27)

SECRETARÍA GENERAL DE ASUNTOS INDIVIDUALES N.46.5 Unidad Jurídica de Diligencias N – 40.5 Aux. Jurídico Convenios Fuera de Juicio N – 29.5 Aux. Jurídico Exhortos y Paraprocesales N – 29.5 Secretario Jurídico N – 27.5 Secretario Jurídico N – 27.5 Secretario Jurídico N – 27.5 Enlace N – 20.5 Enlace N – 20.5 Enlace N – 20.5 Enlace N – 20.5 Enlace N – 20.5 Enlace N – 20.5

(28)

APARTADO “PROCEDIMIENTOS”

UNIDAD JURÍDICA DE DILIGENCIAS

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN

Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL

(29)

II.1 PROCEDIMIENTO: “CONVENIOS FUERA DE JUICIO” II.1.1. Objetivo

Establecer de la manera más clara y precisa todos y cada uno de los pasos a seguir para aprobar y ratificar los Convenios Fuera de Juicio entre patrones y trabajadores, conforme al Artículo 987 de la Ley Federal del Trabajo.

(30)

II.1.2. Políticas y Normas de Operación

- El horario de recepción de convenios será de 9:00 a 15:00 hrs.

- Los convenios que sean ingresados y aceptados en la Unidad Jurídica de Diligencias se desahogarán el mismo día.

- La ratificación de convenios fuera de juicio podrá solicitarse mediante cita por internet ó vía telefónica; el horario de estas citas será de 9:00 a 15:00 hrs, con una anticipación de al menos 24 horas.

- Los convenios se presentarán en tres tantos originales, firmados por la parte patronal y el trabajador.

- El trabajador deberá acreditar su personalidad con identificación oficial vigente y en buen estado y la parte patronal con testimonio notarial ó carta pode según el caso, así como identificación oficial vigente y en buen estado.

- El pago a realizarse como resultado del convenio, se deberá hacer mediante cheque certificado, en efectivo o con cheque de caja.

(31)

INICIA PROCEDIMIENTO.

1 Solicitante (Trabajador y/o Patrón)

Presenta Convenio ante la Oficialía de Partes de la Unidad Jurídica de Diligencias, debidamente firmado, tanto por el trabajador como la patronal y en 3 tantos.

-Convenio

2 Oficialía de Partes de la Unidad Jurídica de Diligencias

Recibe Convenio y verifica que cumpla con la documentación correspondiente.

-Convenio -Documentación

3

¿CUMPLE CON LOS

REQUISITOS? NO

Regresa a los solicitantes la documentación exhibida y les señala cuales son los requisitos incumplidos.

(Regresa a la Actividad No.1)

-Documentación

SI

4 Registra el Convenio en el Sistema Informático y lo turna al Secretario de Acuerdos asignado aleatoriamente.

-Convenio

5 Secretario de Acuerdos

Recibe Convenio y revisa que cumpla jurídicamente.

(32)

¿CUMPLE JURÍDICAMENTE?

NO

6 Secretario de Acuerdos

Regresa Convenio a las partes, para que hagan las modificaciones correspondientes.

(Regresa a la Actividad No.1)

-Convenio

SI

7 Turna a la mesa respectiva para la formalización y ratificación del convenio.

-Convenio

8 Solicitante (Trabajador y/o Patrón)

Comparecen en la mesa donde ratifica y exhibe la patronal el pago al trabajador, previa certificación del Secretario de Acuerdos.

¿REQUIERE

MODIFICACIONES? SI

9 Se retiran de la mesa y

modifican el Convenio y una vez modificado lo reingresan.

(33)

NO

10 Solicitante (Trabajador y/o Patrón)

Ratifican el Convenio y firman ambas partes de conformidad.

-Convenio -Cheque

11 Estenógrafa Elabora el Acta respectiva, la imprime y recaba firmas de las partes.

-Acta -Convenio

12 Secretario de Acuerdos

Entrega a los solicitantes el Convenio aprobado y ratificado y el Acta respectiva, previo pago que se realice al trabajador.

-Acta -Convenio

13 Solicitante (Trabajador y/o Patrón).

Reciben Convenio aprobado y ratificado junto con el Acta respectiva.

-Acta -Convenio

14 Secretario de Acuerdos

Turna el tanto original que le corresponde a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del D.F., del Convenio aprobado y ratificado para firma de los representantes.

-Acta -Convenio

15 Auxiliar Jurídico Recibe el tanto original que le corresponde a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del D.F., del Convenio aprobado y ratificado, firma y recaba firmas de los representantes del Capital y del Trabajo.

-Acta -Convenio.

(34)

¿FUE COMPLETO EL PAGO? NO

16 Secretario de Acuerdos

Turna al archivo señalando fecha de próximo pago.

-Acta -Convenio 17 Archivista Recibe y custodia hasta nueva

fecha.

(Regresa a la Actividad No. 1)

-Acta -Convenio

SI

18 Auxiliar Jurídico Ordena al archivo mediante acuerdo y lo turna al archivista.

-Acta -Convenio 19 Archivista Recibe el tanto original que le

corresponde a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del D.F., del Convenio aprobado, ratificado y firmado por los representantes del Capital y del Trabajo, y archiva expediente.

-Acta -Convenio

(35)

Documentación 5 Convenio No Documentación Convenio Convenio 4 SI 3 1 Presenta Oficialía de Partes Recibe y Verifica 1 Oficialía de Partes Regresa y Señala Oficialía de Partes Registra y Turna ¿Cumple con los requisitos? Sist.Inf. A A Convenio Srio. de Acuerdos Recibe y Revisa

(36)

Convenio 11 10 Cheque SI Convenio Convenio SI 8 No 9 7 6 1 Srio. de Acuerdos Regresa y Solicita Modificaciones Srio. de Acuerdos Turna a la Mesa respectiva ¿Cumple Jurídicamente ?? A Comparecen en la Mesa No ¿Requiere Modificaciones ?? Se retiran y Modifican Convenio Ratifican Convenio Y Firman Acta Estenógrafa Elabora, Imprime y Recaba Firma 2 A

(37)

14 SI Convenio Acta Convenio Acta 12 2 Srio. de Acuerdos

Entrega, previo pago

13 15 Convenio Acta Srio. de Acuerdos Turna para Firma

3 Reciben Convenio Acta Srio. de Acuerdos Turna para Firma

Convenio Acta Auxiliar Jurídico Recibe, Firma y Recaba No ¿Fue completo el pago?? B

(38)

17 Convenio Acta 18 19 3 16 B Srio. de Acuerdos Turna, señalando fecha de próximo pago Convenio Acta Archivista Recibe y Custodia Convenio Acta Archivista Recibe original y Archiva TERMINA Convenio Acta Auxiliar Jurídico Ordena y Turna Exp . A

(39)

II.2 PROCEDIMIENTO “EXHORTOS” II.2.1. Objetivo

Establecer de la manera más clara y precisa todos y cada uno de los pasos a seguir para la tramitación de los exhortos a efecto de coadyuvar con las Juntas Locales de otros estados del país y con las autoridades federales en la pronta y expedita impartición de justicia laboral.

(40)

- El exhorto debe ser presentado en la Unidad Jurídica de Diligencias, (exhortos y paraprocesales) en un horario de las 9:00 a 15:00 hrs y de 16:00 a 18:00 hrs. y deberá ser registrado en el Sistema Informático.

- Los exhortos que se reciban vía correo certificado, deberán ser entregados en sobre cerrado y por el personal de correos exclusivamente.

- Se pueden recibir los exhortos que las propias partes presenten para su recepción.

(41)

INICIA PROCEDIMIENTO.

1 Oficialía de Partes de la Unidad Jurídica de Diligencias

Recibe el Exhorto y revisa la procedencia.

-Exhorto

2

3

Registra el Exhorto en el Sistema Informático con los siguientes datos: expediente laboral, procedencia, nombre de las partes, y los anexos. Elabora Carátula mediante el Sistema Informático y turna al Auxiliar Jurídico de Exhortos para su revisión.

(El propio Sistema Informático asigna número de expediente y junta a la que corresponde).

-Exhorto -Carátula -Carátula -Exhorto 4 Auxiliar Jurídico de Exhortos.

Recibe Exhorto, revisa para qué diligencia se envió y revisa que los datos registrados en el Sistema Informático sean correctos. -Exhorto ¿DATOS CORRECTOS Y SUFICIENTES? NO 5 Devuelve el Exhorto a la

Oficialía de Partes para hacer la corrección necesaria.

(Regresa a la Actividad No.2)

(42)

6 Archivista Turna Expediente de Exhorto para su radicación al personal de Enlace.

-Expediente de Exhorto

7 Enlace Recibe el Expediente de Exhorto y elabora Auto de Radicación, ordenando la diligencia solicitada por la autoridad exhortante, en caso de que proceda. -Expediente de Exhorto -Auto de Radicación 8 9 Secretario Jurídico

Turna al Secretario Jurídico de Exhortos el Auto de Radicación para su revisión y visto bueno. Recibe el Auto de Radicación para su revisión y visto bueno.

-Auto de Radicación -Auto de Radicación ¿TIENE ALGUNA CORRECCIÓN EL AUTO? 10 Devuelve el Auto de Radicación al personal de Enlace para su corrección.

(Regresa a la Actividad No. 7)

-Auto de Radicación

(43)

NO 11 12 13 14 Secretario Jurídico Presidente de la Junta Especial

Da visto bueno y lo turna al Presidente de la Junta Especial asignada para su revisión y firma.

Recibe el Auto de Radicación para su revisión y firma.

¿TIENE ALGUNA

CORRECCIÓN EL AUTO?

Devuelve el Auto de Radicación al personal de Enlace para su corrección.

(Regresa a la Actividad No. 7) NO

Firma de autorización el Auto de Radicación y lo turna al Secretario Jurídico. -Auto de Radicación -Auto de Radicación -Auto de Radicación -Auto de Radicación

15 Secretario Jurídico Recibe Auto de Radicación autorizado así como firmado y lo turna al personal de Enlace.

-Auto de Radicación

16 Enlace Recibe Auto de Radicación y realiza la diligencia ordenada.

-Auto de Radicación -Expediente de Exhorto

(44)

¿FUE POSIBLE REALIZAR LA DILIGENCIA?

NO

17 Enlace Razona el resultado de la diligencia, elabora oficio de devolución, forma carpeta falsa y devuelve al archivo.

(Pasa a la Actividad No. 21)

-Auto de Radicación -Expediente de Exhorto -Oficio de Devolución -Carpeta Falsa

18 Enlace Elabora Oficio por el cual Remite las Actuaciones a la autoridad exhortante y turna al Secretario Jurídico de Exhortos.

-Oficio por el que Remite las Actuaciones 19 20 21 Secretario Jurídico Archivista

Recibe expediente con las diligencias practicadas y turna al Titular de la Secretaria General de Asuntos Individuales para devolución de la Junta de origen.

Remite Carpeta Falsa al Archivo.

Recibe Carpeta Falsa para Archivo.

-Oficio por el que Remite las Actuaciones -Expediente de Exhorto -Carpeta Falsa -Carpeta Falsa -Carpeta Falsa

(45)

22 23 Titular de la Secretaría General de Asuntos Individuales Titular de la Secretaría General de Asuntos Individuales

Recibe Oficio por el que Remite las Actuaciones y documentos originales y firma de recibido en el acuse de recibo.

Realiza procedimiento “Despacho de Exhortos”.

-Oficio por el que Remite las Actuaciones -Expediente de Exhorto 24 Archivista de la Unidad Jurídica de Diligencias

Recibe Acuse de Recibo y lo integra en el Expediente de Carpeta Falsa.

-Oficio por el que Remite las Actuaciones -Expediente de Exhorto -Acuse de Recibo . TERMINA PROCEDIMIENTO.

(46)

7 3 Auto de Radicación SIST. INF. Expediente No Carátula Exhorto Exhorto Exhorto SI Exhorto 2 4 1 INICIA Oficialía de Partes Recibe y Revisa Oficialía de Partes Registra Auxiliar Jurídico Recibe y revisa ¿Son Correctos y Suficientes los Datos? 1 SIST. INF. Auxiliar Jurídico Devuelve 5 6 Archivista Turna para su radicación A A B Expediente Enlace Recibe, Elabora y Ordena Exhorto Oficialía de Partes Elabora y Turna SIST. INF.

(47)

12 Auto de Radicación SI ¿Tiene Correcciones ? Auto de Radicación Auto de Radicación SI Auto de Radicación Auto de Radicación Auto de Radicación 11 10 9 8 1 Enlace Turna No ¿Tiene correcciones? Srio. Jurídico Recibe para Vo.Bo.

2 Srio. Jurídico Devuelve para su corrección Srio. Jurídico Da Vo. Bo. Y Turna

Pdte. Junta Especial Recibe y Firma

Pdte. Junta Especial Devuelve

13

B

No

(48)

20 Carpeta Falsa OF Oficio de Devolución Expediente Carpeta Falsa 15 Auto de Radicación Expediente Oficio Rem. Act.

No SI Auto de Radicación Auto de Radicación 2 14 Pdte. Junta Especial

Firma y Turna Srio. Jurídico Recibe y Turna Enlace Recibe y Realiza Diligencia 3 18 19 16 Srio. Jurídico Recibe y Turna ¿Fue posible realizar Diligencia?

Oficio Rem. Act.

Enlace Elabora oficio y Turna C Expediente Auto de Radicación Enlace Razona, Elabora Oficio y Devuelve 17 Carpeta Falsa Srio. Jurídico Remite al archivo

(49)

Acuse Expediente

Expediente

Oficio Rem. Act.

24 Carpeta Falsa 23 3 Archivista Recibe para archivo Archivista Recibe e Integra 21 22 Realiza Procedimiento “Despacho de Exhortos”

Oficio Rem. Act.

Titular Recibe y Firma TERMINº A Exp. C

(50)

II.3 PROCEDIMIENTO: “PARAPROCESALES” II.3.1 Objetivo

Establecer de la manera más clara y precisa todos y cada uno de los pasos a seguir para realizar en auxilio del promoverte alguna diligencia solicitada por éste, conforme a la Ley Federal del Trabajo.

(51)

- Los asuntos de paraprocesales serán presentados ante la Unidad Jurídica de Oficialía de Partes de esta Junta Local ó en la Oficialía de Partes de la Unidad Jurídica de Diligencias de 9:00 a 15:00 hrs y de 16:00 a 18:00 hrs. y será registrada en el Sistema Informático.

- El promovente debe acreditar legalmente su personalidad con Testimonio Notarial certificado, acompañado de copia simple para certificación y cotejo, en caso de personas morales. Tratándose de Patrones Físicos, deberán exhibir su Alta y/o Aviso de Inscripción ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en original y copia simple para su certificación y cotejo.

- En caso de exhibir pagos a trabajadores estos deberán presentarse en cheque certificado, cheque de caja o billete de depósito.

- En caso de Procedimientos de Suspensión de Reparto de Utilidades, la Fianza respectiva, deberá de ser otorgada por una Institución debidamente facultada para tal efecto.

(52)

1 Litigante

INICIA PROCEDIMIENTO.

Ingresa la Solicitud de Trámite de Paraprocesales por la Oficialía de Partes de la Unidad Jurídica de Diligencias y se le asigna número de expediente y Junta Especial.

-Solicitud de trámite de Paraprocesales

2 Oficialía de Partes Recibe la Solicitud de Trámite de Paraprocesales y turna al Auxiliar Jurídico para su revisión.

-Solicitud de trámite de Paraprocesales

3 Auxiliar Jurídico Revisa si la Solicitud de Trámite de Paraprocesales da cumplimiento con los requisitos que marca la ley.

-Solicitud de trámite de Paraprocesales ¿CUMPLE REQUISITOS? NO 4 Elabora Proveído de

Radicación, indicando las razones por las que no se da trámite en los términos solicitados. -Solicitud de trámite de Paraprocesales -Proveído de Radicación

5 Notifica por Boletín Laboral la determinación de la Junta Especial.

TERMINA PROCEDIMIENTO.

(53)

SI

6 Secretario Jurídico Recibe Solicitud de Trámite de Paraprocesales y elabora Proveído de Radicación. -Solicitud de trámite de Paraprocesales -Proveído de Radicación

7 Turna al personal de Enlace para el trámite correspondiente.

-Expediente

8 Enlace Recibe, realiza la diligencia ordenada y levanta Razones Actuariales. -Expediente -Razones Actuariales ¿SE NOTIFICÓ? NO 9 Da vista a la empresa solamente si no corresponde al domicilio del trabajador y turna al Secretario Jurídico.

-Expediente -Razones Actuariales

10 Secretario Jurídico Realiza la diligencia correspondiente una vez desahogada la vista ordenada.

(Regresa a la Actividad No.8)

(54)

11 Enlace

SI

Razona el resultado de la diligencia y lo turna al Secretario Jurídico.

12 Secretario Jurídico Notifica a la empresa mediante Boletín Laboral.

-Boletín Laboral

13 Ordena el archivo del

Expediente con las actuaciones originales y copias certificadas del testimonio notarial y/o Alta o Aviso de Inscripción de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el Aviso de Rescisión en su caso.

-Expediente

14 Archivista Archiva el expediente. -Expediente

(55)

4 5 Solicitud Solicitud 3 2 1 INICIA Ingresa el Trámite Oficialía de Partes Recibe y Turna Solicitud Auxiliar Jurídico Revisa No SI ¿Cumple Requisitos? Proveído Solicitud Auxiliar Jurídico Elabora Proveído indicando razones Boletín Laboral Auxiliar Jurídico Notifica 1 TERMINA

(56)

Boletín Laboral Razones Actuariales Expediente Razones Actuariales Proveído 9 No 7 6 Solicitud Srio. Jurídico Recibe y Elabora Proveído 1 Expediente Srio. Jurídico Turna Expediente Enlace Recibe, Realiza diligencia y Levanta Razones Enlace Da vista a la empresa y Turna SI ¿Se Notificó? Enlace Razona Resultado y Turna 8 11 2 B A A Expediente 10 Srio. Jurídico Realiza Diligencia correspondiente B Srio. Jurídico Notifica a la empresa 12

(57)

1 Expediente Srio. Jurídico Ordena el archivo 13 2 Expediente Archivista Archiva expediente TERMINA 14 Exp.

(58)
(59)

Dr. Rio de la Loza No. 68, Col. Doctores

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