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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA

A:

LORETO, ZAC.

2011

(2)

ÍNDICE

1.

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER... 2

2.

CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3.

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ... 4

INGRESOS ... 4

EGRESOS ... 8

RESULTADO DEL EJERCICIO ... 17

BANCOS ... 19

CUENTAS BALANCE ... ¡Error! Marcador no definido.

DEUDORES DIVERSOS ... ¡Error! Marcador no definido.

ACTIVO FIJO ... 23

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ... 35

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ... 40

4.

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL... 45

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ... 45

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ... 48

5.

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ... 54

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS ... 54

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ... 56

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ... ¡Error! Marcador no definido.

PROGRAMA ESTATAL DE OBRAS (PEO) (PROGRAMA PESO X PESO) ... ¡Error! Marcador no definido.

RELLENO SANITARIO ... 68

RASTRO MUNICIPAL ... 69

(3)

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN

Administración 2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 13

Promoción del Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas 4

Informe a la Auditoría Superior de la

Federación -

Solicitud de Intervención del Órgano

Interno de Control1 28

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la

Facultad de Comprobación Fiscal 1

Solicitud de Aclaración 5

Subtotal

51 Acciones Preventivas Recomendación2 30 Recomendación al Desempeño -

Subtotal

30

TOTAL

81

(4)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental.

De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Loreto, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción de los denominados:

Revelación Suficiente: En virtud de que el ente auditado no registra contablemente los movimientos de Caja General, ya

que tanto dichos movimientos como los de Fondo Fijo deben registrarse con el fin de presentar la situación real en su Estado de Posición Financiera.

Base en Devengado: En virtud de que el ente auditado no registra sus pasivos, los cuales deben de reconocerse al

(5)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Loreto, Zacatecas, obtuvo ingresos durante el ejercicio fiscal 2011 por $134,409,005.29, los cuales se encuentran conformados por $60,873,221.68 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión del 93.50%, además de $42,957,784.00 de Aportaciones Federales y $30,577,999.61 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados 3.5. Programas Federales-Revisión Documental y 3.6. Obra Pública-Revisión Física.

Resultado AF-01, Observación AF-01

De la muestra seleccionada de ingresos, se observó que los recibos adolecen de datos suficientes para determinar la base y correcto cálculo de la recaudación obtenida, tales como: el servicio que se cobra, cantidad, cuota o tarifa, etc., como ejemplo los recibos números 175952, 175953 ambos de fecha 11 de enero de 2011 y 706, 833 y 975 del 27 del mismo mes y año, por lo que no da certeza jurídica al contribuyente por los pagos realizados y dificulta las acciones de fiscalización.

AF-11/24-001 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal, incluir

en los recibos los datos

necesarios que permitan verificar su correcto cobro. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-11/24-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-02, Observación AF-02

Derivado de los arqueos de caja realizados en visita de campo, se observó que el ente auditado no concentra ni vigila los ingresos generados por la caja del Rastro Municipal, ya que éstos son enterados a la Tesorería Municipal cada semana aproximadamente.

AF-11/24-003 Recomendación

Se recomienda a la

administración Municipal, vigilar que los ingresos recaudados por

el Rastro Municipal sean

concentrados diariamente en la caja general de la Tesorería Municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracciones I y VII de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. AF-11/24-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado. Resultado AF-03, Observación AF-03

Derivado de la revisión al capítulo de ingresos referente al cobro de Derechos Sobre Bebidas Alcohólicas, se observó que no coincide lo informado por la Tesorería Municipal en la Cuenta Pública del ejercicio 2011 que asciende a $826,997.68, el cual al ser cotejado con la información proporcionada por el Departamento de Alcoholes por $859,796.19, se determinó una diferencia de menos en registros contables por un monto de $32,798.51, el cual representa el 3.97% de los ingresos informados por dicho departamento. Lo cual representa un daño a la Hacienda Pública Municipal en virtud de que se considera una omisión de ingresos.

AF-11/24-005 Pliego de Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Profr. José Luis Figueroa Rangel y al Profr. Martín Alvarado Acevedo,

quienes se desempeñaron

durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 como

Presidente y Tesorero

Municipales, respectivamente, por un monto de $32,798.51 correspondiente a la diferencia de los reportes emitidos por el Departamento de Alcoholes y lo enterado en Tesorería Municipal, el cual se considera como ingresos no depositados, en la

modalidad de Responsable

Subsidiario el primero y Directo el

segundo. Lo anterior con

fundamentos en los artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y VI, 151, 191,192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio, 24 del Código Fiscal Municipal y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización

Superior del Estado de

Zacatecas.

Se solventa.

Resultado AF-04, Observación AF-04

De acuerdo a la revisión efectuada al rubro de Bebidas Alcohólicas, se detectó que el municipio registró $10,350.00 en Derechos por concepto de formatos de solicitud de renovación y $17,010.00 por multas, las cuales deberían registrarse

contablemente en las cuentas de Productos y

Aprovechamientos, respectivamente.

AF-11/24-006 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal, realizar los registros contables en las cuentas correspondientes de acuerdo al catálogo clasificador. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

(7)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

se deriva en una promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-05, Observación AF-05

Derivado de la revisión de la cuenta de Bebidas Alcohólicas se detectaron 2 licencias de vinos en botella abierta sobre las cuales el ente auditado no cobró el 10% de derecho adicional por aquellos establecimientos o locales en los que se expendan bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos, por un monto conjunto de $2,476.66, mismo que no se considera relevante.

AF-11/24-008 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal, efectuar el cobro en todos los casos del 10% de derecho adicional con relación a aquellos locales que expenden bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los

mismos. Lo anterior con

fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio; así como 47 fracción V de la Ley de

Hacienda del Estado de

Zacatecas. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. AF-11/24-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-06, Observación AF-06

Derivado de la revisión al rubro de Derechos Sobre Bebidas Alcohólicas, se detectó que el municipio realizó el cobro de multas a 3 licenciatarios que presentaron su solicitud de renovación durante el mes de marzo del ejercicio sujeto a revisión, por 1 cuota de salario mínimo vigente para el año 2011; debiendo haber aplicado de 7 a 10 cuotas de conformidad a la normatividad vigente de la materia.

AF-11/24-010 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal, en lo sucesivo aplicar por concepto de

sanciones, las cuotas

establecidas en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, en los

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó

(8)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

supuestos que se presenten las solicitudes de renovación de enero a marzo del año que corresponda. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio; así como artículo 95 fracción III de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas. conformidad al respecto a la recomendación realizada. AF-11/24-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(9)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Loreto, Zacatecas, fue por $145,686,838.45 los cuales se encuentran conformados por $69,005,407.84 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 31.66%. Además de $3,911,033.50 de Obra Pública, $42,428,932.47 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $30,341,464.64 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados 3.5. Programas Federales-Revisión Documental y 3.6. Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-07, Observación AF-07

Derivado de la revisión realizada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el ente auditado realizó registro de pasivo y por ende afectación del gasto que no presentan soporte documental o comprobación que lo respalde por un importe de $490,000.00, de conformidad al siguiente detalle:

FEC HA No. CH EQ UE No. DE CUE NTA BAN CAR IA BA NC O IMP ORT E DEL CHE -QUE BENEF ICIARI O DEL CHEQ UE RU BR O O ASP ECT O OBSERV ACIONE S IMPO RTE OBSE RVAD O 31/ Ago /11 S/N N/A N/ A 800, 000. 00 Abarrot es Esquiv el, S.A. De C.V. Bon o de Des pen sa El municipio no presentó la póliza número D00467 del 31 de agosto de 2011, por concepto de registro de pasivo a favor del proveedo r Abarroter a Esquivel, S.A. de C.V. Cabe señalar que al 31 de diciembre de 2011 dicho pasivo se encontra ba vigente. $490, 000.0 0 TOTAL $490, 000.0 0

En escrito de solventación de confronta, el ente auditado manifiesta: "…El municipio no presenta documentación comprobatoria del registro de pasivo debido a que sólo existen los vales de despensa, la abarrotera nos factura hasta que se realiza el pago… en vales de despensa contamos a fecha reciente $484,600.00... Los cuales se confirmó con el proveedor”. Sin embargo el ente auditado no exhibió evidencia documental que respalde su dicho, no obstante y de acuerdo con los registros contables se tiene un adeudo con el proveedor de $490,000.00

AF-11/24-012 Solicitud de Aclaración

Se solicita a la

Administración Municipal

presentar ante esta

Auditoría Superior del

Estado aclaración correspondiente, así como la documentación comprobatoria y justificativa por un importe de $490,000.00, consistente en contra recibo y vales de

despensa que amparen el pasivo observado. Lo anterior de acuerdo a los artículos 74 fracción V,

93 fracción IV, 96

fracción I, 169, 184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas. No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de los cuales no presentó la documentación comprobatoria ni justificativa por este importe.

Resultado AF-08, Observación AF-08

Derivado de la revisión realizada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el ente auditado realizó erogaciones que no se justifican en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto por un importe de $16,960.00, cuyo desglose se detalla a continuación:

FE C H A No . CH EQ UE No. DE CU ENT A BA NC ARI A B A N C O IMP OR TE DEL CH EQ UE BENE FICIA RIO DEL CHEQ UE RU BR O O AS PE CT O OBSERVA CIONES IMPO RTE OBS ERV ADO 02 /0 8/ 11 55 33 551 759 653 B a n or te 100, 000. 00 Abarr otes Esqui vel, S.A. De C.V. Bon o de Des pen sa Derivado de la revisión a la cuenta 1509.- Bono de Despensa, según póliza número E0116 del 02 de agosto de 2011 por $100,000.0 0, de los cuales el ente auditado sólo acompañó la evidencia de $83,040.00 faltando $16,960.00 para respaldar el monto total. $ 16,96 0.00 TOTAL $ 16,96 0.00 AF-11/24-013 Pliego de Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Profr. José Luis Figueroa Rangel y al Profr. Martín Alvarado

Acevedo, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente y Tesorero Municipales, respectivamente, por un monto de $16,960.00 por concepto de

erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifican ni comprueban la aplicación de la totalidad del gasto

realizado, en la

modalidad de

Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior con

fundamentos en los

artículos 74 fracción V,

93 fracción IV, 96

fracción I, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 y

39 de la Ley de

Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Se solventa.

Resultado AF-09, Observación AF-09

Derivado de la revisión realizada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el ente auditado realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que presentan documentación comprobatoria incompleta por un importe de $66,247.00, las cuales se detallan a continuación: AF-11/24-014 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal, aclarar el monto de $66,247.00, presentando Se solventa.

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

FECHA No. CHEQUE No. DE CUENTA BANCA RIA BAN CO IMPOR TE DEL CHEQ UE BENEFICIA RIO DEL CHEQUE RUBRO O ASPECT O OBSERVACIÓN IMPORTE OBSERVA DO 30/May/ 11 Transferen cia Electrónica 5517596 53 Banor te 50,988. 00 Banorte Otros Servicios De acuerdo a la revisión a la cuenta 3406.- Otros Servicios correspondientes al pago de avalúo para ampliación del panteón municipal, fraccionamiento ecológico y cárcel distrital; del cual el ente auditado acompaña solicitud de avalúo y comprobante de transferencia bancaria, detectando que no se anexó copia de los avalúos correspondientes. $ 50,988.00 04/Feb/ 11 4416 5517596 53 Banor te 5,600.0 0 Literatura Internacional , S.A de C.V. Capacitac ión De acuerdo a la revisión efectuada a la cuenta 3301.- Capacitación, específicamente a la póliza E00217, se detectó un pago realizado a Literatura Internacional S.A. de C.V., por un importe de $5,600.00, según factura 1251, para lo cual se exhibe en proceso de solventación de confronta, evidencia fotográfica de los libros adquiridos, más no así del inventario bibliográfico y resguardo de los bienes adquiridos. 5,600.00 15/Dic/1 1 6505 5517596 53 Banor te 9,659.0 0 S/N Servicio Telefónico Celular De acuerdo a la revisión realizada a la póliza E03175 del 15 de diciembre de 2011, por concepto de pago de servicio telefónico celular de los directores del municipio, mediante cheque número 6505; se detectó que el ente auditado no acompañó copia certificada del acta de sesión de Cabildo que indique los nombres de los funcionarios a quienes se le autoriza el uso de 9,659.00

ante esta Auditoría

Superior del Estado la

evidencia documental

consistente en inventario bibliográfico y resguardo de los bienes adquiridos,

así como avalúo

practicado por la

institución bancaria

Banorte y certificada de

la sesión de H.

Ayuntamiento donde se especifiquen los nombres de los funcionarios y los montos autorizados para el uso del teléfono celular que den certeza de la realización de los gastos observados. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170 de la

Ley Orgánica del

Municipio, así como 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

(12)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

teléfono celular.

TOTAL $

66,247.00

Resultado AF-10, Observación AF-10

Derivado de la revisión efectuada a la partida de maestros comisionados, se detectó el descuento vía participaciones por un importe de $197,635.32 a nombre de la Profra. Leticia Figueroa Rangel, hermana del Presidente Municipal en funciones, quien se desempeñó durante el ejercicio 2011, como Presidenta del DIF Municipal, cantidad que se considera improcedente ya que tal cargo tiene el carácter de honorífico.

AF-11/24-015 Pliego de Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Profr. José Luis Figueroa Rangel, Profr. Martín Alvarado Acevedo y Profra. Leticia Figueroa Rangel,

quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente, Tesorero y

Presidenta del DIF

Municipales,

respectivamente, por un monto de $197,635.32, relativo a erogaciones otorgadas a la C. Leticia Figueroa Rangel, quien

se desempeñó como

Presidenta del DIF

Municipal durante el

ejercicio sujeto a

revisión, ya que tal cargo debe ser honorífico, en la

modalidad de

Responsable Subsidiario el primero y Directos el segundo y la tercera. Lo anterior con fundamentos en los artículos 50 fracción VI, 93 fracción IV, 96 fracción I, 179 y No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

(13)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas. Resultado AF-11, Observación AF-011

De acuerdo a la revisión efectuada a la cuenta 1509.- Bono de Despensa, se observó que el ente auditado registró erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos por otras prestaciones exclusivas a los trabajadores del municipio, pagando bonos de despensa a los Regidores, mismos que fueron autorizados en acta de Cabildo número 18, celebrada el 22 de marzo de 2011, por la cantidad de $3,000.00 mensuales retroactivo al 1° de enero del año mencionado. Cabe señalar que el municipio cuenta con 17 Regidores, por lo que se pagó un monto global de $612,000.00. El detalle de lo mencionado se presenta a continuación:

N o.

Nombre del (la) Regidor (a) Importe del Bono Mensual Importe del Bono Anual 1.

- Javier Ibarra Ibarra

3,000.00 36,000.0 0 2. - Domitila Alvarado Alvarado 3,000.00 36,000.0 0 3. - Joel Camacho Lozano 3,000.00 36,000.0 0 4. -

Rosa Olimpia Flores Guzmán 3,000.00 36,000.0 0 5. - Jorge Delgado Bernal 3,000.00 36,000.0 0 6. - José Manuel Martínez Frausto 3,000.00 36,000.0 0 7. - Antonio Rivera Martínez 3,000.00 36,000.0 0 8.

- Fidel Lomelí Arriaga

3,000.00 36,000.0 0 9. - Luciano Galindo Silva 3,000.00 36,000.0 0 10 .- Luis Eduardo Montoya Martínez 3,000.00 36,000.0 0 11 .- Yolanda Castillo Renovato 3,000.00 36,000.0 0 12 .- Perla Lorena Frausto Hernández 3,000.00 36,000.0 0 13 .- Blanca Teresa García Sánchez 3,000.00 36,000.0 0 14 .- Adán Monreal Velázquez 3,000.00 36,000.0 0 15 .- Pablo Flores Martínez 3,000.00 36,000.0 AF-11/24-016 Pliego de Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Profr. José Luis Figueroa Rangel, Profr. Martín Alvarado

Acevedo y los integrantes del H. Ayuntamiento mencionados en la observación que antecede, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente, Tesorero y Regidores (as), por un importe de $612,000.00, derivada de erogaciones relativas a prestaciones

exclusivas para el

personal que tiene

relación laboral con el municipio, ya que éstas corresponden a bono de despensa, los cuales

fueron otorgadas a miembros del H. Ayuntamiento, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directos(as) todos(as) los(las) demás. Lo anterior de acuerdo a los artículos 28, 50 fracción IV, 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

(14)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

0 16 .- Manuela Bárcenas Herrera 3,000.00 36,000.0 0 17 .- Blanca Estela Miranda Pulido 3,000.00 36,000.0 0 TOTAL $ 51,000.00 $ 612,000. 00

Cabe señalar que los pagos de los vales de despensa observados, se encuentran incluidos en los cheques números 4682, 5245, 5454, 5533, 5745, 5780, 6088, 6195 y 6878 de fechas 09 de marzo, 08 de junio, 08 de julio, 02 de agosto, 02 de septiembre, 08 de septiembre, 28 de octubre, 11 de noviembre de 2011 y 02 de febrero de 2012, todos de la cuenta 0551759653 de la institución bancaria Banorte a favor de Abarrotera Esquivel, S.A. de C.V., proveedora de dichos vales.

Es conveniente mencionar que no justifican las partidas erogadas a favor de los Regidores, ya que éstos no encuadran en ninguna figura jurídica tipificada en la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas como personal subordinado, por otra parte en los artículos 3 y 29 de la Ley Orgánica del Municipio se precisa que son integrantes del Ayuntamiento, y el municipio será gobernado por el Ayuntamiento de elección popular, en consecuencia se entiende que los Regidores tendrían el carácter o equivalente en una relación de Patrones y únicamente tienen derecho de percibir su Dieta, ya que no son sujetos de una relación subordinada.

la Ley Orgánica del Municipio, 3 de la Ley de Servicio Civil del Estado de Zacatecas y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-12, Observación AF-12

De conformidad a la revisión efectuada a los sueldos y prestaciones de los Funcionarios de Primer Nivel, según las Reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, en el Decreto número 75 publicado el día 11 de diciembre de 2010, que señalan las remuneraciones máximas de los servidores públicos, se observaron excedentes en las percepciones otorgadas a los funcionarios municipales por $661,237.43; ya que de acuerdo a dicho decreto los montos autorizados serían de $3,320,352.00, habiendo percibido un importe de $3,981,589.43; durante el periodo de abril a diciembre de 2011. El detalle de lo mencionado se presenta a continuación:

NOMBRE DEL FUNCIONARIO PUEST O PERCEP CIONES TOTAL PERCIBID O PERCEP CIÓN SEGÚN CPELSZ ABRIL A DIC DIFERENCIA

Profr. José Luis Figueroa Rangel Preside nte Municip al NÓMINA 628,642.82 326,592.0 0 415,088.53 DESC. PARTICI PACIONE S 113,037.71 TOTAL 741,680.53 AF-11/24-017 Pliego de Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Profr. José Luis Figueroa Rangel, Mtra. Graciela Reyes

Martínez, C. Jorge

Delgado Bernal, C.

Antonio Rivera Martínez,

C. Joel Camacho

Lozano, C. Luciano

Galindo Silva, C. Blanca Estela Miranda Pulido, C. Javier Ibarra Ibarra, C. Blanca Teresa García Sánchez, C. Manuela Bárcenas Herrera, C. Perla Lorena Frausto

Hernández, C. Adán Monreal Velázquez, C. No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

(15)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Mtra. Graciela Reyes Martínez Síndica Municip al NÓMINA 440,576.02 217,728.0 0 222,848.02 TOTAL 440,576.02 Jorge Delgado Bernal Regidor NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Antonio Rivera Martínez Regidor NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Joel Camacho Lozano Regidor NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Luciano Galindo Silva Regidor NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Blanca Estela Miranda Pulido Regidor a NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Javier Ibarra Ibarra Regidor NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Blanca Teresa García Sánchez Regidor a NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Manuela Bárcenas Herrera Regidor a NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Perla Lorena Frausto Hernández Regidor a NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Adán Monreal Velázquez Regidor NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Fidel Lomelí Arriaga Regidor NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Pablo Flores Martínez Regidor NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Domitila Alvarado Alvarado Regidor a NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 José Manuel Martínez Frausto Regidor

NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Rosa Olimpia Flores Guzmán Regidor a NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Yolanda Castillo Renovato Regidor a NÓMINA 164,666.64 163,296.0 0 1,370.64 TOTAL 164,666.64 Luís Eduardo

Montoya Regidor NÓMINA

164,666.64

163,296.0 1,370.64

Fidel Lomelí Arriaga, C. Pablo Flores Martínez, C.

Domitila Alvarado

Alvarado, C. José

Manuel Martínez

Frausto, C. Rosa Olimpia

Flores Guzmán, C.

Yolanda Castillo

Renovato, C. Luis

Eduardo Montoya

Martínez y Profr. Martín

Alvarado Acevedo, quienes se desempeñaron como Presidente, Síndico, Regidores(as) del H. Ayuntamiento y Tesorero Municipales, respectivamente, por el excedente en las percepciones otorgadas según al cuadro que antecede, derivado de no atender las disposiciones contenidas en la reforma a la Constitución Política

del Estado Libre y

Soberano de Zacatecas en el decreto número 75, lo que se cita por

$661,237.43; en la

modalidad de

Responsables Directos todos los mencionados,

para el Presidente,

Síndico y Regidores(as) cada uno por el monto improcedente recibido de manera personal y para

el Tesorero por el

importe total observado, asimismo el Presidente

Municipal como

subsidiario por el importe otorgado en exceso a la

Síndico Municipal y

(16)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Martínez TOTAL 164,666.64 0 TOTAL $ 3,981,589.4 3 $ 3,320,352 .00 $ 661,237.43

En escrito de solventación de confronta el ente auditado manifiesta: “… Se anexan recibos de nómina de Presidente y Síndica Municipal correspondientes a la primera quincena de mayo de 2012, en los cuales las compensaciones que reciben se procedió ajustes de sueldos… los sueldos que ha percibido el presidente y síndica municipal del municipio de Loreto, Zacatecas, se declara que es el mismo que recibió el Ayuntamiento anterior y en inercia de pagos se procedió a la asignación de los mismos sueldos…”. Asimismo acompaña los recibos de percepciones del Presidente y Síndica Municipales correspondientes a la primera quincena del mes de mayo de 2012, que demuestra que ya se efectuaron los ajustes de sueldos a dichos funcionarios. Sin embargo la observación correspondiente al periodo de abril a diciembre de 2011 prevalece, ya que de conformidad al Artículo Tercero Transitorio del Decreto Número 75 publicado el 11 de diciembre de 2010, señala:..:"Las remuneraciones de los servidores públicos que en el actual ejercicio sean superiores a la máxima establecida en el presente Decreto, deberán ser ajustadas o disminuidas en los presupuestos de egresos correspondientes al ejercicio fiscal del año siguiente a aquel en la que haya entrado en vigor el presente Instrumento Legislativo", o sea deberían haber sido ajustadas en el ejercicio 2011, ya que el Decreto en mención entró en vigor el 12 de diciembre de 2010, según su Artículo Primero Transitorio.

anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, artículos 160 Tercero, Sexto y Séptimo

Transitorios de la

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas. AF-11/24-018 Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

Esta Auditoría Superior del Estado comunicará a

las autoridades del

Sistema de de

Administración Tributaria

(SAT), el aspecto

observado al Municipio de Loreto Zacatecas, con relación a los ingresos

percibidos por el

Presidente y Síndico Municipal por el orden de

$741,680.53 y

$440,576.02, respectivamente,

relativos al periodo del 1°

de abril al 31 de

diciembre del ejercicio 2011, relativo a la muestra seleccionada de

egresos del C.

Presidente Municipal

Profr. José Luis Figueroa

Rangel y Síndica

Municipal Mtra. Graciela

Reyes Martínez, de conformidad al artículo Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo este el Sistema de Administración Tributaria (SAT)

(17)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

117 fracción III inciso e) de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

(18)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Loreto, Zacatecas, registró como resultado del ejercicio 2011 un Déficit por $11,277,833.16, en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función a la existencia al inicio del ejercicio y por los financiamientos obtenidos durante el mismo.

(19)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-13, Observación AF-13 El importe del saldo en Caja al 31 de

diciembre de 2011, ascendía a

$25,000.00, el cual corresponde al fondo fijo, mismo que al ser revisado se comprobó su adecuado manejo ya que no se dispone de la recaudación diaria para afrontar gastos menores, asimismo el reembolso se realiza de manera oportuna, de tal forma que siempre se cuenta con recursos disponibles. De la revisión a este rubro se detectó la siguiente observación: Derivado del análisis realizado al rubro de Caja, se observó que no se registran contablemente los movimientos de Caja General, debido a que el saldo presentado en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 por $25,000.00, no reflejó movimiento alguno durante el ejercicio sujeto a revisión. No obstante

para efectos de transparencia y

cumplimiento al Postulado Básico de

Contabilidad Gubernamental de

Revelación Suficiente, todos los

movimientos, tanto de Caja General como de Fondo Fijo, deben registrarse con el fin de presentar la situación financiera real en su Estado de Posición Financiera.

AF-11/24-019 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo llevar a cabo el registro correspondiente de cada uno de los movimientos tanto de Caja General

como de Fondo Fijo, según su

naturaleza, con el fin de que sus Estados Financieros reflejen la situación financiera real. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental de Revelación Suficiente.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la

Entidad Fiscalizada no presentó

documentación ni manifestó

conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/24-020 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría

Municipal, en el ámbito de su

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en

una promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

(20)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-14, Observación AF-14

El municipio de Loreto, Zacatecas, presentó un saldo en Bancos por $1,936,990.40 al 31 de diciembre de 2011, según su Estado de Posición Financiera, importe integrado por 30 cuentas a nombre del mismo. Cabe señalar que el ente auditado al cierre de febrero de 2012, efectúo depuración de sus cuentas quedando en total de 20, todas con saldo.

Del análisis realizado a este rubro se detectó se detectó que 4 cuentas bancarias presentan saldo negativo según escrito de certificación de la institución bancaria Banorte, las cuales se detallan a continuación:

Así mismo se detectó que en dicho escrito se relaciona la cuenta número 0815701523 con un saldo negativo de $116.00, la cual no fue informada por el municipio.

Cuenta Nombre de la Cuenta

066272823-8 Fondo IV 2010 066272891-1 Fondo III 2010 690311361

Programas Regionales Ramo 23, 2011

816749205

Programas Regionales Ramo 23, 2012

AF-11/24-021 Recomendación

Se recomienda a la

Administración Municipal,

cancelar aquellas cuentas

bancarias que presentan saldos negativos y que ya no sean de utilidad para la entidad, y en caso contrario cuidar que los montos estén debidamente soportados con los saldos disponibles en las cuentas bancarias respectivas, así como investigar la situación

que guarda actualmente la

cuenta número 0815701523,

exhibiendo evidencia documental de las acciones realizadas a esta Auditoría Superior del Estado. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones III y IV, 96 fracción I, 191 y 192 de la Ley Orgánica del Municipio; así como el artículo 181 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se

compromete a tomar las medidas

correspondientes.

AF-11/24-022 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su

competencia, realice las

acciones de verificación

tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se

deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(21)

INFORME DETALLADO:

DEUDORES DIVERSOS

CUENTAS BALANCE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-15, Observación AF-15

Derivado del análisis al rubro de Deudores Diversos, se verificó que el saldo de este rubro, registrado en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011, ascendió a la cantidad de $1,125,158.66, integrada por Empleados de Base $65,868.87 (5.85%),

Otros Deudores $96,408.18 (8.57%), Deudores

Programas Federales por $962,881.61 (85.58%), el cual representa un decremento del 1.79%, con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior. De conformidad a la revisión efectuada a este rubro, se detectaron las siguientes observaciones:

1).- Préstamos efectuados durante el ejercicio fiscal que no cuentan con pagaré que permita su recuperación legal por $18,003.73.

No. Cuenta Nombre de Cuenta

Saldo Final

1105-01 EMPLEADOS DE BASE

1105-01-0025 GRISELDA PÉREZ VICUÑA $ 200.00 1105-01-0057 ELEUTERIO DELGADO VEGA 3,050.00 1105-01-0061 HUMBERTO MOLINA DURON 2,177.00 1105-01-0077

IVAN ORENDAY 3,300.00 1105-01-0083

JUAN RAMÓN SALAS SÁNCHEZ 1,550.00 1105-01-0088 FRANCISCO RODRÍGUEZ MENDOZA 26.73 1105-01-0091

HORACIO VELÁZQUEZ DE LIRA 500.00 1105-01-0093 PABLO MORENO MARTÍNEZ 1,500.00 1105-01-0100 MA. CRUZ RIVERA RODRÍGUEZ 1,500.00 1105-01-0108 ESTELA MONTOYA VEGA 600.00 1105-01-0110 FABIÁN ESQUIVEL VELÁZQUEZ 100.00 1105-01-0113

MARÍA ISELA CALVILLO TORRES 1,500.00

1105-03 OTROS DEUDORES

1105-03-0039 BLANCA TERESA GARCÍA SÁNCHEZ 1,000.00 1105-03-0049 NORMA EDITH TORRES SÁNCHEZ 1,000.00

TOTAL $ 18,003.73

2).- Saldos que no presentaron movimientos durante el ejercicio sujeto a revisión por un total de $52,128.14.

No. Cuenta Nombre de Cuenta Saldo

Final

AF-11/24-023 Pliego de Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Profr. José Luis Figueroa Rangel y Profr. Martín Alvarado Acevedo, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente y

Tesorero Municipales,

respectivamente, por un monto de

$18,003.73, correspondientes a

préstamos otorgados que no

cuentan con documento mercantil alguno que les permita efectuar su

recuperación legal, en la

modalidad de Responsable

Subsidiario el primero y Directo el

segundo. Lo anterior con

fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción III, 96 fracción I, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Se solventa.

AF-11/24-024 Promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas

Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. Profr. José Luis Figueroa Rangel y al Profr. Martín Alvarado Acevedo, quienes

se desempeñaron como

Presidente y Tesorero

Esta acción se

promoverá ante las autoridades

correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

(22)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

1105-01-0051 CLISERIO DE LUNA RODRÍGUEZ $ 4,500.00 1105-01-0053 JESÚS FLORES REYES 1,000.00 1105-01-0070

PATRONATO DE LA FERIA LORETO 2008 5,000.00 1105-01-0071

CARLOS ALBERTO DÍAZ DE LEÓN PARGA 29,316.64 1105-01-0073

TESORERÍA MUNICIPAL 48.50 1105-01-0076

LETICIA FIGUEROA RANGEL 10,000.00 1105-03-0032 INSTITUCIÓN BANCARIA 263.00 1105-03-0036 JORGE DELGADO BERNAL 1,000.00 1105-03-0037 FIDEL LOMELÍ ARRIAGA 1,000.00

TOTAL $ 52,128.14

Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, por no haber realizado

acciones tendientes a la

recuperación de los préstamos otorgados y/o depuración de los mismos, que implican un monto de

$52,128.14, así como por continuar efectuando préstamos,

además por desatender la

recomendación número AF-10/24-014 efectuada por esta Auditoría Superior del Estado en el informe de Resultados correspondiente al ejercicio 2010. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción I, 177, 179, 181, y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5º fracciones I, III y XX de la Ley de

Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-11/24-025 Recomendación

Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, realizar las acciones conducentes para la recuperación de los préstamos que provienen de ejercicios anteriores, sólo en caso de agotar las acciones de cobro y no contar con

documentos mercantiles que

permitan su recuperación legal,

efectuar la depuración

correspondiente previa

autorización del H. Ayuntamiento,

exhibiendo la evidencia

documental suficiente para ser

considerados como créditos

incobrables. Aunado a lo anterior se recomienda abstenerse de otorgar préstamos personales, en el caso que correspondan a anticipos de sueldos a empleados,

establecer lineamientos que

permitan su recuperación al término del ejercicio fiscal que

SUBSISTE Y POR LO TANTO NO SOLVENTA.

En virtud de que el ente

auditado no presentó

evidencia documental ni aclaración alguna, por lo que la acción a promover deriva en una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades

(23)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

pertenezcan, ya que los recursos financieros del municipio deben

ser aplicados única y

exclusivamente en los conceptos autorizados en el Presupuesto de

Egresos. Respecto a los

préstamos entre cuentas propias del municipio, se recomienda el reintegro de los recursos a la brevedad posible. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/24-026 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

NO SOLVENTA

En virtud de que la Contralora Municipal no

presentó evidencia

documental ni aclaración alguna, por lo que la acción a promover deriva en una Promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

(24)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 fue por $19,956,001.76, en el cual se consideran las incorporaciones de bienes por $221,828.58 pendientes del ejercicio 2009, $372,936.00 correspondientes a la incorporación al Activo Fijo de la aportación del CESP para adquisición de Patrullas, así como la incorporación de Equipo de Seguridad Pública que no constituye Activo Fijo por $238,101.31 y el importe de $310,000.00 de la incorporación realizada de más en la adquisición de una Pipas. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $2,102,292.50, de las cuales $424,516.68 (20.19%) se realizaron con Recursos Propios y $1,677,775.82 (79.81%) con Recursos Federales. Es conveniente señalar que del monto total de las adquisiciones 2011 no fue incorporado al Activo Fijo y Patrimonio del municipio la cantidad de $950.01 de bienes adquiridos con recursos de Gasto Corriente.

Resultado PF-01, Sin Observación

En el ejercicio 2011, el municipio realizó adquisiciones con Recursos Federales por un monto total de $1’677,775.82, provenientes de la aplicación de recursos de Fondo III por $285,957.02 correspondiente a la adquisición de mobiliario y equipo de administración, equipo de cómputo y un vehículo; y de Fondo IV por $1’629,919.11 correspondiente a la adquisición de vehículos y equipo terrestre y equipamiento de defensa y Seguridad Pública. Cabe señalar que los bienes adquiridos fueron incorporados al Activo Fijo y por lo tanto incrementados al Patrimonio del municipio, así como la incorporación de Equipo de Seguridad Pública que no constituye Activo Fijo por $238,101.31 y el importe de $310,000.00 de la incorporación realizada de más en la adquisición de una Pipas.

Resultado AF-16, Observación AF-16

De las adquisiciones realizadas con Recursos Propios durante el ejercicio sujeto a revisión, la más relevante fue un vehículo marca Ford, E-Súper Duty tipo camión de pasajeros, modelo 1997 al servicio del DIF Municipal. De la revisión física practicada se corroboró que cuentan con su soporte documental y se encontraron al servicio de las actividades propias del ente auditado, sin embargo se detectó que no se encontraban inventariados ni contaban con la etiqueta de adscripción ni con el resguardo respectivo.

AF-11/24-027 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar la actualización del inventario de bienes muebles, cuando

menos cada seis

meses, asignando a cada uno de ellos un número de inventario, etiquetándolos para su fácil identificación y mejorar el control, así

como elaborar los

resguardos

correspondientes, los cuales deberán estar

firmados por el

responsable del bien o bienes a su cargo, así como por el Secretario

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondiente s.

(25)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de Gobierno y Síndico Municipales. Lo anterior con fundamento en los artículos 92 fracción XVII, 155 y 156 de la

Ley Orgánica del

Municipio. AF-11/24-028 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e

informe de los

resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado. No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidad es Administrativas.

Resultado AF-17, Observación AF-17

Derivado del inventario físico practicado a los vehículos propiedad del municipio de Loreto, Zacatecas, se detectaron las siguientes observaciones: 1. Los expedientes individuales se encuentran incompletos ya que no contienen la documentación que acredite que son propiedad del municipio. 2. Los vehículos no cuentan con póliza de seguro.

3. El inventario del parque vehicular no se encuentra actualizado, ya que los vehículos de reciente adquisición aún no se encontraban en el inventario y como consecuencia los resguardos no se encuentran actualizados.

4. Existen vehículos que no cuentan con número económico y logotipo. 5. Los choferes de los vehículos oficiales no portan licencia de manejo vigente.

6. El municipio cuenta con vehículos que se encuentran en mal estado, en calidad de inservibles, para lo cual no se han realizado las acciones pertinentes para darlos de baja del inventario con su respectiva autorización del H. Ayuntamiento, así como vehículos en mal estado y consecuentemente no están en operación.

Cabe señalar que situación similar fue observada en el ejercicio 2010, para lo que se emitió una recomendación en acción número AF-10/24-018, misma

AF-11/24-029 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, integrar y actualizar los expedientes individuales de cada vehículo, así como anexar a cada uno la factura original y en caso de ser vehículo

extranjero la documentación que acredite su legal estancia en el país, asegurar cuando menos aquellos vehículos que Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondiente s.

(26)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

que no fue atendida. representen mayor

riesgo de siniestro, actualizar el inventario cuando menos 2 veces al año y los resguardos correspondientes, asignar a cada vehículo el logotipo y número económico, promover

que todos los

conductores tengan y porten la licencia de conducir vigente. Así mismo llevar a cabo

las acciones

correspondientes para dar de baja los bienes que se encuentran en calidad de inservibles,

contando con la

autorización del H.

Ayuntamiento para

efectuar baja del

inventario del

municipio, observando siempre la normatividad de la materia y reparar aquellas unidades que

no están en funcionamiento, cuidando el indicador de beneficio costo. Lo anterior con fundamento en los artículos Artículo 78 fracción V, 92 fracción XVII y 155 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/24-030 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidad es Administrativas.

(27)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e

informe de los

resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-18, Observación AF-18

Derivado de la revisión a los expedientes de los Bienes Inmuebles propiedad del municipio de Loreto, Zacatecas, se observó que del total de 88 Bienes Inmuebles, 62 no cuentan con el documento legal que acredite que son propiedad del Municipio, además 5 que cuentan con escrituras pero carecen de la Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, cuyo desglose es el siguiente: No . CLAVE CATASTR AL DEL PREDIO DESCRIPCIÓN Y/O UTILIZACIÓN UBICACIÓN SUPERFICI E PROPEDAD CON ESCRITURA S; SIN REGISTRO SIN ESCRITURA S 1 PREDIO RUSTICO Rumbo a la Cañada

LOTE 31-F: AL NORTE MED.

IRREGULAR COL. CON LOTE 32, AL SUR MED. IRREGULAR COL. CON ZONA DE FRACC. VILLA GARCIA, AL ORIENTE MED. IRREGULAR COL. CON LOTE 31-E, AL PONIENTE MED. IRREGULAR COL. CON LOTES 18 y 30. 19-08-70 HAS. X 2 1-110-2 CASA HABITACION Donado el 12-Sep-1998 a: Roberto Carlos Cortes Vargas

LOTE 2 MANZANA 1 : AL NORTE

19.52 m. COL. CON LOTE 1 MANZANA 10, AL SUR 19.23 m. COL. CON LOTE 3 MANZANA 10, AL ORIENTE 6.00 m. COL. CON SR. JESUS BOCANEGRA, AL PONIENTE 6.00 m. COL. CON CALLE PROFR. ROBERTO RODRIGUEZ. 117.06 M2 X 3 1-110-3 CASA HABITACION Donado el 12-Sep-1998 a: Norma Alicia Rivera Esquivel

LOTE 3 MANZANA 1: AL NORTE

19.25 m. COL. CON LOTE 2 MANZANA 1, AL SUR 19.11 m. COL. CON LOTE 4 MANZANA 1, AL ORIENTE 6.00 m. COL. CON SR. JESUS BOCANEGRA, AL PONIENTE 6.00 m. COL. CON CALLE PROFR. ROBERTO RODRIGUEZ. 115.50 M2 X 4 CASA HABITACION Donado el 12-Sep-1998 a: Amabilia Esquivel Rivera

LOTE 4 MANZANA 3: AL NORTE

8.00 m. COL. CON CALLE EL MATORRAL, AL SUR 8.00 m. COL. CON LOTE 12, AL ORIENTE 20.00 m. COL. CON LOTE 5, AL PONIENTE 20.00 m. COL. CON LOTE 3.

160.00 M2 X AF-11/24-031 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal presentar ante este Órgano de Fiscalización Superior, aclaración debidamente

documentada de la

situación que guardan los bienes marcados con los números 10, 18, 19, 38, 41, del 43 al 47, del 49 al 55, 57, 58

y del 60 al 67,

exhibiendo contrato de compra venta, título,

convenio u otro

documento que dé certeza legal de la propiedad a favor del municipio.

Por otra parte con relación a los bienes que ya cuentan con escritura pero que fueron donados por el municipio, señalados con los números del 2 al 5 aclarar la razón de por qué se continúan

incluyendo como

propiedad del mismo.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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