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Aproximação médico-legal do paciente com transtorno factício

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Academic year: 2021

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Colombia F

Aproximación médico-legal al

paciente con trastorno facticio

Medical-legal approach to a patient with factitious disorder

Aproximação médico-legal do paciente com transtorno factício

Fernando Hernández-Aragón, M.C.

1*

Miguel Ángel Paz-González

2

Recibido: 4 de marzo del 2019 Aprobado: 12 de junio del 2019 Publicado: 20 de septiembre de 2019 Cómo citar este artículo: Hernández-Aragón F, Paz-González MA. Aproximación médico-legal

al paciente con trastorno facticio. Colomb. Forense. 2019;6(1):1-10. doi: https://doi.org/10.16925/2145-9649.2019.01.05

* Artículo de investigación. https://doi.org/10.16925/2145-9649.2019.01.05 1 Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey

Correo electrónico: [email protected]

ORCID: https://orcid.org/0000-0002-5510-2990

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Resumen

Introducción: los trastornos facticios son patologías poco comunes y por ello subdiagnosticadas. Es por esto

que el personal de salud tiene poca exposición y experiencia en cómo abordar y tratar a este tipo de pacientes. El interés de este artículo es el de presentar un caso y correlacionar la manera como se debe de hacer el manejo de estos pacientes para evitar que el médico entre en problemas legales.

Métodos y materiales: el artículo es un reporte de caso que se acompaña de revisión de la literatura. Se

encon-traron 14 artículos que tenían datos relevantes para la presentación de este tema. Además, se utilizó el Código Penal del Estado de Nuevo León como base en cuanto a la parte legal de este documento.

Historia del caso: este caso hace referencia al caso de una mujer de 49 años que presentó un cuadro de

debi-lidad progresiva que no respondía a causa orgánica y que además se agravaba con la presencia de familiares.

Resultados y discusión: los trastornos facticios son caracterizados por la invención, producción o falsificación de

síntomas tanto físicos como psicológicos que simulan una enfermedad física o mental. El perfil de estos pacientes hace que sea difícil su abordaje. El tratante debe de ser cauteloso con las implicaciones legales que puede conllevar.

Conclusiones: los trastornos facticios son poco diagnosticados. La formación de un equipo multidisciplinario

es lo más aceptado y a lo que se debe de aspirar.

Palabras clave: trastornos facticios, marco legal, medicina legal, diagnóstico. Summary

Introduction: Factitious disorders are rare pathologies and therefore underdiagnosed. That is why health staff have little exposure and experience in how to approach and treat these types of patients. The interest of this article is to present a case and propose a form of management of these patients so as to prevent the doctor from entering into legal problems.

Methods and materials: The article takes the form of a case report that is accompanied by a literature review. 14 articles were found that had relevant data for the presentation of this topic. In addition, the Criminal Code of the State of Nuevo León was used as the basis for the legal part of this document.

Case history: This case refers to a 49-year-old woman who presented a progressive weakness that did not respond to an organic cause and which was also aggravated by the presence of relatives.

Results and discussion: Factitious disorders are characterized by the invention, production or falsification of both physical and psychological symptoms that simulate a physical or mental illness. The profile of these patients makes it difficult to approach these cases. The professional dealing with the patient must be cautious with the legal implications that it may entail.

Conclusions: Factitious disorders are poorly diagnosed. The formation of a multidisciplinary team is the most accepted course of action and the one to which those concerned should aspire.

Keywords: factitious disorders, legal framework, legal medicine, diagnosis. Resumo

Introdução: os transtornos factícios são patologias pouco comuns e, por isso, subdiagnosticadas. Por essa razão, os profissionais de saúde têm pouca exposição e experiência em como abordar e tratar esse tipo de pa-cientes. O interesse deste artigo é apresentar um caso e correlacionar a maneira como se deve lidar com esses pacientes para evitar que o médico entre em problemas legais. Métodos e materiais: este artigo é um relato de caso que está acompanhado de revisão da literatura. Encontraram-se 14 artigos que tinham dados relevantes

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para apresentar esse tema. Além disso, utilizou-se o Código Penal do Estado de Nuevo León como base quanto à parte legal deste documento. História do caso: trata-se do caso de uma mulher de 49 anos que apresentou um quadro de debilidade progressiva que não respondia à causa orgânica e que, além disso, se agravava com a presença de familiares. Resultados e discussão: os transtornos factícios são caracterizados pela invenção, produção ou falsificação de sintomas tanto físicos quanto psicológicos que simulam uma doença física ou mental. O perfil desses pacientes faz com que seja difícil sua abordagem. O profissional deve de ser cauteloso com as implicações legais que pode acarretar. Conclusões: os transtornos factícios são pouco diagnostica-dos. A formação de uma equipe multidisciplinar é o mais aceito e a que se deve aspirar.

Palavras-chave: transtornos factícios, referencial legal, medicina legal, diagnóstico.

Introducción

Actualmente, en el Departamento de Medicina Legal del Hospital Universitario Dr. José Eleuterio González, se lleva a cabo la valoración de pacientes con características de trastornos facticios para ayudar a llegar al diagnóstico de esta patología poco conocida. A través de un sistema de interconsulta y de apoyo interdisciplinario, el Departamento de Medicina Legal es capaz de ayudar en el abordaje y manejo de estos pacientes.

Las labores de la medicina legal implican la protección de la buena práctica médica. Esto es relevante debido a que nos podemos enfrentar a pacientes que no sabemos hasta dónde tratar. Al realizar un correcto abordaje de un paciente nos encontramos exentos de una mala práctica médica, pero existen pacientes en los cuales por más que se busque la causa de la patología, no se encuentra un factor desencadenante de la patología y pone en jaque nuestra capacidad de llevar un tratamiento adecuado. Dentro de las labores del médico legal, destaca la capacidad de llevar a cabo valoraciones fundamentadas en el examen físico, la revisión de historias clínicas, opiniones de expertos e interpretación de imágenes para determinar las incapacidades y secuelas médico-legales.

Materiales y métodos

Se buscaron artículos de los últimos 15 años en las bases de datos de Google Académico y Aprisa con los siguientes campos de búsqueda: trastornos facticios, síndrome de Munchausen, Munchausen por proxy, Munchausen por poderes, dolor psicógeno, diagnóstico de trastorno facticio y ética en medicina legal. Esta búsqueda arrojó 14 artículos que tenían datos relevantes para la presentación de este tema, por lo cual, se analizó cada uno de ellos y se extrajeron las ideas relevantes. Además, se utilizó el Código Penal del Estado de Nuevo León como base legal de este documento. El resultado de este proceso es expuesto a continuación.

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Resumen del caso

Mujer de 49 años de edad acude de primera instancia en el año de 2006 a la consulta de medicina familiar del Hospital Universitario Dr. José Eleuterio González, refiriendo disminución en la fuerza de extremidades inferiores que se acompaña de dificul-tad para la marcha. Se le realizan pruebas de neuroconducción que son repordificul-tadas dentro de los parámetros normales. En la consulta de endocrinología se diagnostica hipotiroidismo subclínico. Al referirse a la consulta de neurología, se descarta poli-miositis y se diagnostica miopatía, probablemente secundaria a hipotiroidismo.

En 2007, tras una prueba de anticuerpos antinucleares, aparentemente positi-vos, es valorada por el servicio de reumatología, que determinó que no existían datos francos de miopatía ni encontraron datos que apoyaran enfermedad de la colágena o trastorno autoinmune. Se practicó biopsia de músculo y nervio que se reportó como cambios degenerativos leves por desmielinización, y se le indicó rehabilitación.

Dos años después, la paciente se presentó de nuevo a la consulta de neurolo-gía manifestando mal apego a la rehabilitación y exacerbación de la dificultad para la marcha, con dependencia de compañía (preferentemente su hijo), refirió que esta situación solo se presenta al encontrarse fuera de casa.

En el transcurso de 2012 se realizaron consultas subsecuentes a neurología con extremidades inferiores normoreflécticas, sin dolor, deformidad o disminución de la sensibilidad.

En marzo de 2013, la paciente manifestó dolor en la extremidad inferior dere-cha, y posterior a la valoración, no se encontró correlación clínica entre exploraciones previas ni en estudios de imagen o gabinete. Se remitió al Departamento de Psiquiatría por probable trastorno de somatización. En consulta con neurocirugía se halló parapa-resia e hiperreflexia, se realizó un estudio de electromiografía y potenciales evocados, que se encontró dentro de los parámetros normales.

Definición

Los trastornos facticios son caracterizados por la invención, producción o falsificación de síntomas tanto físicos como psicológicos que simulan una enfermedad física o mental. El rol del paciente es consciente y sus conductas son voluntarias, la mayoría del tiempo tienen una ardua planificación y motivaciones de fondo (entre ellas dar lástima). Debido a estas características su diagnóstico es retador y muchas veces es

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imposible llegar a él, sin embargo, existen características que ayudan a aproximarse al mismo (incongruencia de signos y síntomas, respuesta poco congruente al tratamiento, aparición de síntomas relacionados a otros pacientes, empeoramiento de la sintomatología ante la amenaza del alta médica) [1]. Cabe destacar que existen grados de afectación que van desde leve a severo, en función del nivel de afectación del paciente [2].

De acuerdo al Manual diagnóstico y estadístico de trastornos mentales, en su quin-ta edición (DSM 5), un trastorno facticio autoimpuesto tiene como criterios diagnósticos: a) Falsificación de signos o síntomas físicos o psicológicos, o inducción de daño

o enfermedad asociado con decepción identificada. Puede ser que estén ex-perimentando los síntomas pero su reacción ante ellos es exagerada [3]. b) El individuo se presenta a los demás como enfermo, lesionado o discapacitado. c) El comportamiento engañoso es evidente incluso en ausencia de obvias

recompensas externas.

d) El comportamiento no es explicado por otros trastornos mentales como trastorno delirante u otro trastorno psicótico [4].

Dentro de las características de los trastornos facticios se encuentra la capacidad de buscar tratamiento por sí mismo con el consecuente desarrollo de enfermedad. Se pueden ingerir sustancias nocivas con la búsqueda de alterar exámenes de laboratorio, inyección de material fecal para producir abscesos, etc. [5]. Lo característico de todo esto es que el paciente no busca una recompensa externa, solo el estar enfermo [6]. Los cuadros de simulación de los trastornos somatomorfos tienen un beneficio secundario evidente, los trastornos facticios no tienen beneficio secundario [7]. Los trastornos facticios se distinguen de los trastornos somatoformes en que estos últimos no tienen intenciones de engañar al clínico [8].

Perfil

Las personas que intentan simular en contextos legales tienen características muy variadas, sin embargo, las más comúnmente encontradas son:

• Nivel sociocultural del simulador suele ser bajo. • Hombres entre 24 y 56 años.

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• Sus ingresos hospitalarios son escasos y de baja duración.

• Rechazan evaluaciones y terapias psicológicas y psiquiátricas, lo que dificulta el conocimiento de la base psicopatológica subyacente.

• Existe perturbación consciente, con control voluntario de la sintomatología. • La sintomatología que presentan es variada y puede incluir varios síndromes,

no manifiestan síntomas de una enfermedad específica [9].

• A pesar de que no se ha comprobado, se ha observado una relación entre el maltrato infantil y el desarrollo de trastorno facticio en la adultez para acaparar atención [7].

Método de aproximación

Las dificultades de acceso con el paciente hacen que el manejo médico no sea óptimo. La obtención de notas clínicas es crucial para poder ver el desarrollo del trastorno. Esto sirve como un mecanismo protector para el médico; la capacidad de demostrar con un documento tangible sirve para defender un buen proceso de diagnóstico, referencia y tratamiento.

Los médicos tratantes que comparten información con terceros sin el consenti-miento del paciente deben de ser capaces de justificarse con el organismo licitador, esto significa que se debe fomentar una buena y pronta comunicación con la organización de defensa legal que atienda sus casos.

Se ha comprobado que el mejor medio de prevención de problemas legales es el seguimiento del principio de no maleficencia. La ayuda a través del departamento de medicina legal del hospital es un buen mecanismo de soporte.

Los cirujanos plásticos deberán prestar especial atención a los pacientes con tras-tornos facticios, esto debido a que se han presentado repetidos casos de demandas [10].

Aspectos legales

En la práctica diaria no es común que el médico tratante busque ayuda del Departamento de Medicina Legal, sin embargo, en los trastornos facticios existen situaciones puntuales en las cuales el dicho departamento debe intervenir:

• Intentos de suicidio

• Invención de enfermedades persistentes a pesar de confrontación previa • Materialización de síntomas físicos

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• Falta de apego o falta de respuesta al tratamiento • Menores de 5 años

• Factores sociales adversos (alcoholismo, analfabetismo) [11]

El desarrollo de síntomas facticios se presenta más comúnmente en las valoraciones de discapacidad. Las más comunes son aquellas que cursan con dolor crónico refractario a tratamiento y las de índole psicológico. Una característica que tienen en común es que son de difícil diagnóstico y no hay un estudio que demuestre su inexistencia.

Otra situación común para el desarrollo de síntomas facticios es la relacionada a la justicia. De acuerdo al artículo 22 del Código Penal del Estado de Nuevo León es inimputable aquel individuo que en el momento de la acción no pueda comprender la característica ilícita del acto, esto incluye trastornos mentales o perturbación de la conciencia. Por esto es muy importante el diagnóstico certero de trastornos mentales graves, debido a que su presencia puede ser motivo de inimputabilidad [12].

Se debe de acudir a la ayuda de un psiquiatra forense en el caso de necesidad de autenticar una aparente enfermedad. El experto en psiquiatría forense además debe de buscar la situación causal del trastorno actual.

Además de las ya mencionadas, otra situación en la que se debe de buscar al psiquiatra forense es cuando el paciente está demandando al médico tratante por hacer intervenciones innecesarias [13].

Procesos legales en contra del

médico tratante

Si no se está preparado para enfrentar a un paciente con trastorno facticio, se puede caer en un proceso legal. En tiempo reciente se ha visto un aumento de los proce-sos legales en contra de los médicos por supuesta mala práctica. Esto se debe al aumento de la autonomía del paciente, creencia de esperar mejores resultados ante un mal pronóstico, mejor conocimiento de los derechos del paciente, aumento de las reclamaciones sin fundamentación.

Las reclamaciones pueden ser por:

1. Omisión o insuficiencia de la asistencia. Dejar de llevar a cabo una terapia puede traer consigo un reclamo por falta de tratamiento, esto deja la interrogante de cuándo es el tiempo adecuado para descontinuar una terapia ante un paciente irresponsivo.

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2. Situaciones con un resultado lesivo. En el caso de los pacientes con trastorno facticio se puede presentar como resultado de una mala práctica por ignorancia o realizar poco estudio de la patología. También puede ser por un resultado de una complicación previsible.

3. Situaciones de riesgo conocido con final negativo. La mejor manera de evitar un proceso legal es la buena comunicación con el paciente y sus familiares [14].

Implicaciones éticas y profesionales

El paciente con trastorno facticio puede resultar un reto para el correcto manejo mé-dico. Deja interrogantes acerca de ¿hasta dónde y cuándo se debe de prolongar el tratamiento?, ¿se puede negar el tratamiento a alguien con estas características?, ¿cómo se puede defender el médico ante un proceso legal por el trato con un pacien-te con trastorno facticio?

Para la correcta realización de la práctica médica y el desarrollo de una buena medicina es necesario apegarse a los principios de ética y de buena práctica médica. Los principios éticos que se deben tomar en cuenta en una práctica médica de excelencia son:

a) Principio de autonomía: mientras el paciente tenga la capacidad de decidir por sí mismo esto se deberá respetar. Sin embargo, cuando el paciente se encuentra en un estado de autodestrucción se puede retirar este principio y consultar con los familiares acerca de la metodología a seguir.

b) Principio de confidencialidad: los datos recolectados del interrogatorio y de la exploración deben de ser mantenidos bajo secreto profesional y solo serán revelados bajo el concepto de secreto profesional.

c) Principio de objetividad: no establecer relación afectiva con el paciente para evitar la confusión de las decisiones médicas.

d) Principio de honestidad: mantenimiento de la objetividad científica en el trato del paciente.

e) Principio de verdad y justicia: el fin último de la actuación del médico debe de ser para aportar información valiosa en caso de implicaciones legales [15, 2].

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Los trastornos facticios son una realidad que está presente en la vida diaria, pero se encuentran poco diagnosticados. El médico actual (independientemente de su especialidad o campo de trabajo) debe de estar al tanto de la existencia de este tipo de trastornos y de su correcto manejo. La formación de un equipo multidisciplinario es lo más aceptado y a lo que se debe de aspirar, a través de esto es como se puede llegar a una mejor solución de la situación especial del paciente.

La capacidad de hacer un correcto ejercicio de la medicina y estar al tanto de las implicaciones legales es lo que permitirá al médico tratante evitarse problemas ulteriores. La comunicación y el trabajo conjunto al Departamento de Medicina Legal junto al de Psiquiatría permite tener un máximo desempeño a la hora de manejar situaciones que pudieran terminar en afectaciones legales para el médico tratante.

Agradecimientos

Agradecemos al Departamento de Medicina Legal de Hospital Universitario Dr. José Eleuterio González por su apoyo para la realización de este documento.

Referencias

1. Catalina M, De Ugarte L, Moreno C. Trastorno facticio con síntomas psicológicos. Diagnóstico y tratamiento. ¿Es útil la confrontación? Actas Esp Psiquiatr. 2009; 37(1):57-59.

2. Criddle L. (2010). Monsters in the Closet: Munchausen syndrome by proxy. Crit Care Nurse.

2010 dic.; 30(6):46-55. doi: 10.4037/ccn2010737.

3. Moglia P, Piotrowski N. (2016). Factitious disorders. Magill’s Medical Guide (Online Edition) 

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Capítulo 175.

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5. Ferrara P, Vitelli O, Romani L, Ianniello F, Vena F, Fabrizio GC et al. The Thin Line between Munchausen Syndrome and Munchausen Syndrome by Proxy. J Psychol Abnorm Child.

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7. Medallo-Muñiz J, Pujol-Robinat A, Arimany-Manso J. Aspectos médico-legales de la

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8. Pérez-Trullén JM, Arilla-Aguilera JA, Vázquez-André ML. Dolor psicógeno. Psiquiatria Biologica,

2008 my.; 15(3):90-6. doi: https://doi.org/10.1016/S1134-5934(08)71128-X.

9. Mora-Víquez C. Simulación de síntomas psicóticos y su evaluación para ayudar a establecer inimputabilidad. Med. leg. [Internet]. 2014 en/mzo. [revisión 2017 mzo. 5]; 31(1). Disponible en: https://www.scielo.sa.cr/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1409-00152014000100004. 10. Bass C, Halligan P. Factitious disorders and malingering: challenges for clinical assessment

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15. González J, Rapún A, Altisent R, Irigoyen J. Principios éticos y legales en la práctica pericial psiquiátrica. Cuad. med. forense [online]. 2005 [revisión 2017 mzo. 19]; 11(42):275-85. Disponible en: http://scielo.isciii.es/scielo.php?pid=S1135-76062005000400005&script=sci_abstract&tlng=pt.

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