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Actividad N1 Maestria Alvaro Sequeira

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Academic year: 2020

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2013

Arq. Alvaro Sequeira Suaznabar

Universidad Mayor de “San Simon”

FACULTAD DE ARQUITECTURA Y CIENCIAS DEL HÁBITAT - UMSS DIRECCIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA GRADO Y POSGRADO

Maestría: “Tecnología, Gerencia y

Administración de la Construcción”

“UMSS” 3ª versión

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5 de agosto de 2013

Maestría: “Tecnología, Gerencia y Administración de la Construcción” “UMSS” 3ª versión 1

Estudiante: Arq. Alvaro Sequeira Suaznabar

1

DERECHO DERECHO Derecho positivoDerecho positivo Publico Publico ConstitucionalConstitucional AdministrativoAdministrativo FinancieroFinanciero Penal Penal De FamiliaDe Familia Del TrabajoDel Trabajo

Minero Minero Agrario Agrario PetroleroPetrolero InternacionalInternacional Ley del MedioambienteLey del Medioambiente

Ley SAFCOLey SAFCO

Ley Marco de Autonomías

Ley Marco de Autonomías

AUTONOMÍA DEPARTAMENTAL

AUTONOMÍA DEPARTAMENTAL

AUTONOMÍA MUNICIPAL

AUTONOMÍA MUNICIPAL

AUTONOMÍA REGIONALAUTONOMÍA REGIONAL AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA

CAMPESINA

AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA Privado Privado internacionalinternacional Civil Civil ComercialComercial

Ley de Conciliación y ArbitrajeLey de Conciliación y Arbitraje

Jerarquia Normativa

Jerarquia Normativa

Constitución Política del Estado. Constitución Política del Estado. Ley de Municipalidades Ley de Municipalidades

Los tratados internacionales.

Los tratados internacionales.

Las leyes nacionales.

Las leyes nacionales.

Los estatutos autonómicos.Los estatutos autonómicos. Las cartas orgánicas.

Las cartas orgánicas.

legislación Dptal. municipal e indígena.

legislación Dptal. municipal e indígena.

Los decretos.Los decretos. Reglamentos.

Reglamentos.

Resoluciones de los órganos ejecutivos.

Resoluciones de los órganos ejecutivos.

ArquitecturaArquitectura

Construccion

Construccion

PublicoPublico PrivadoPrivado Ley del Ejercicio Profesional del Arquitecto

Ley del Ejercicio Profesional del Arquitecto

1. Mapa conceptual Tema 1

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Maestría: “Tecnología, Gerencia y Administración de la Construcción” “UMSS” 3ª versión 2

JERARQUIA NORMATIVA BOLIVIANA

La pirámide de Kelsen, es un método jurídico mediante el cual se pretende categorizar las diferentes clases de normas ubicándolas en una forma fácil de distinguir cual predomina sobre las demás, ej. Constitución, ley, decreto ley, ordenanza etc.

La pirámide kelseniana representa gráficamente el sistema jurídico escalonado.

Cuanto más nos acercamos a la base de la pirámide, el escalón es más ancho, es decir, hay un mayor número de normas jurídicas. Así, el escalón superior es muy pequeño, pues Constitución sólo hay una, el escalón por debajo es más ancho (porque hay más leyes que "constituciones"), el siguiente más ancho que el anterior (porque hay más reglamentos que leyes) y así sucesivamente, asi también, indica la importancia es decir mientras mas arriba se encuentre de la pirámide mas importante es.

CPE TRATADOS INTERNACIONALES

LEYES NACIONALES

DECRETOS

REGLAMENTOS

ESTATUTOS AUTONOMICOS

CARTAS ORGANICAS

LEGISLACION DEPARTAMENTAL

LEGISLACION MUNICIPAL

SENTENCIAS

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5 de agosto de 2013

Maestría: “Tecnología, Gerencia y Administración de la Construcción” “UMSS” 3ª versión 3

Estudiante: Arq. Alvaro Sequeira Suaznabar

3

JERARQUIA NORMATIVA DE LA CONSTRUCCION EN BOLIVIA

La jerarquización de las normas es necesaria, tanto por una cuestión de orden como por la necesidad de que unas se apoyen en otras. Toda norma jurídica se considera que se encuentra apoyada en otra superior; y esta, a su vez porque se encuentra apoyada por otra norma de más elevada categoría, y así sucesivamente, hasta llegar a la norma suprema: la constitución.

En la construcción es necesario apoyarse en una serie de normas y reglamentos desde Las disposiciones técnicas, las normas generales, las ordenanzas municipales vigentes, las leyes que complementan y direccionan muchos aspectos necesarios para la

CP E

LEY 247, DE REGULARIZACION DEL DERECHO PROPIETARIO

SOBRE BIENES INMUEBLES URBANOS DESTINADOS A LA

VIVIENDA

LEY 1333, DEL MEDIO AMBIENTE

LEY 1373, DEL EJERCICIO PROFESIONAL

DEL ARQUITECTO

RESOLUCIONES MINISTERIALES EMANADAS POR EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA (MOPSV)

REGLAMENTO BOLIVIANO DE CONSTRUCCION DE EDIFICACIONES

REGLAMENTO Y ADMINISTRACION DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

ORDENANAZAS MUNICIPALES

RELAMENTOS TECNICOS EMANADO POR EL GOBIERNO MUNICIPAL

NORMAS TECNICAS

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Maestría: “Tecnología, Gerencia y Administración de la Construcción” “UMSS” 3ª versión 4

realización de obras que respeten la convivencia pacífica, el respeto al medio ambiente, la seguridad y todo esto sustentando en la ley de leyes, la Constitución Política del Estado.

1. ¿Que busca lograr el derecho en la sociedad?

R. Derecho es el sistema de normas, leyes o reglas, formuladas por autoridad competente con carácter general y obligatorio para toda la sociedad, a fin de lograr una conducta social uniforme y son sancionadas por la fuerza pública.

2. En la aplicación de normas jurídicas que jerarquía se utiliza de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales

R. La jerarquía que se utiliza es la siguiente:

1. Constitución Política del Estado.

2. Los tratados internacionales.

3. Las leyes nacionales.

4. Los estatutos autonómicos.

5. Las cartas orgánicas.

6. El resto de legislación departamental, municipal e indígena.

7. Los decretos.

8. Reglamentos.

9. Resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos.

3. ¿Cuál es la relación que tiene la construcción con el derecho?

R. La Construcción tiene una estrecha relación con el Derecho porque al realizarse otorga al propietario del terreno la propiedad del mismo para poder disponer a voluntad plena de todos los derechos y las obligaciones que le llegan a presentarse con construcción. Como está indicado en el código civil en su Art. 201 inciso primero. Del derecho a construir.

4. ¿A qué se refiere derecho constitucional?

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5 de agosto de 2013

Maestría: “Tecnología, Gerencia y Administración de la Construcción” “UMSS” 3ª versión 5

Estudiante: Arq. Alvaro Sequeira Suaznabar

5

R. El Derecho constitucional es una rama del Derecho público cuyo campo de estudio incluye el análisis de las leyes fundamentales que define un Estado.

De esta manera, es materia de estudio todo lo relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos fundamentales y la regulación de los órganos de poder públicos, incluyendo tanto las relaciones entre poderes públicos, como las relaciones entre los poderes públicos y ciudadanos.

5. ¿Cuál es la definición de derecho civil?

R. Se define como la Rama del Derecho, predominantemente privado (referido a aspectos de derechos públicos, y de la propiedad), que comprende el régimen de las personas, los bienes, de las obligaciones de los contratos y de las sucesiones.

6. ¿Cuál es la diferencia entre Derecho Administrativo y Derecho Laboral?

R. El Derecho administrativo es un sistema de normas jurídicas que regula la organización, funcionamiento y atribuciones de la Administración pública en sus relaciones con los particulares y con otras administraciones públicas (personificadas en una diversidad de órganos); el cambio el Derecho Laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador (es), trabajador (es), las asociaciones sindicales del Estado. El Derecho del trabajo se encarga de normar la actividad humana lícita y prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.

7. ¿Qué rama del derecho regula el ejercicio del comercio y a que se refiere?

R. El Derecho mercantil o Derecho comercial es la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio y el cual es un sistema de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos; en términos amplios, Uno de sus fundamentos es el comercio libre.

8. ¿Que establece la ley del medio ambiente 1333 en sus artículos 10, 76 y 77?

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Maestría: “Tecnología, Gerencia y Administración de la Construcción” “UMSS” 3ª versión 6

El artículo 76 de la ley 1333 establece como función municipal, promover, formular y ejecutar planes de ordenamiento urbano y crear los mecanismos necesarios que permitan el acceso de la población a zonas en condiciones urbanizables.

El artículo 77 dice que la planificaron de la expansión territorial y espacial.

9. ¿Cuándo fue promulgada la Ley de Administración y Control Gubernamental Ley 1178 SAFCO y a que se refiere?

R. Es una norma que fue promulgada en fecha 20 de julio de 1990, que:

• Expresa un modelo de administración para el manejo de los recursos del estado.

• Establece sistemas de administración financiera y no financiera, que funcionan de manera interrelacionada entre sí y con los sistemas nacionales de planificación e inversión pública.

• Establece el régimen de responsabilidad de los servidores públicos por el desempeño de sus funciones.

10. ¿En que consiste la Ley de Conciliación y Arbitraje 1770?

R. Esta Ley establece la normativa jurídica del Arbitraje y la conciliación como medios Alternativos de solución de controversias, pueden adoptar los Sujetos jurídicos antes de someter sus Litigios a los tribunales ordinarios.

11. ¿Cuál es la diferencia entre arbitraje y conciliación?

El Arbitraje es un medio alternativo de solución de conflictos en el cual las partes relacionadas por alguna disputa, haciendo uso de la autonomía de la voluntad, solicitan la asistencia de un tercero neutral denominado Árbitro o Tribunal Arbitral, para que decida sobre el fondo de la controversia; en cambio Conciliación es un medio alternativo de solución de conflictos mediante el cual, las partes relacionadas por un conflicto o disputa, deciden acudir a un tercero neutral denominado Conciliador para que los ayude a encontrar una solución al conflicto.

12. ¿Cuál es la definición de Autonomía?

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Maestría: “Tecnología, Gerencia y Administración de la Construcción” “UMSS” 3ª versión 7

Estudiante: Arq. Alvaro Sequeira Suaznabar

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establecidas por la Constitución Política del Estado y la ley. La autonomía regional no goza de la facultad legislativa.

13. ¿Qué tipos de autonomías existen?

R. Son las siguientes:

 AUTONOMÍA DEPARTAMENTAL

 AUTONOMÍA MUNICIPAL

 AUTONOMÍA REGIONAL

 AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA

14. ¿Cuáles son los principios que rigen la organización territorial y las entidades territoriales autónomas?

R. Los principios que rigen la organización territorial y las entidades territoriales autónomas son: Unidad, Voluntariedad, Solidaridad, Equidad, Bien Común, Autogobierno, Preexistencia de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, Igualdad, Complementariedad, Reciprocidad, Equidad de Género, Subsidiariedad, Gradualidad, Coordinación.

15. ¿En qué consiste la Autonomía Municipal?

R. La autonomía municipal consiste en la potestad normativa, fiscalizadora ejecutiva, administrativa y técnica ejercida por el Gobierno Municipal en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias establecidas por Ley.

16. ¿Cuáles son los factores que se ejercen a través de la autonomía Municipal?

R. La autonomía municipal se ejerce a través de:

1. La libre elección de las autoridades municipales.

2. La facultad de generar, recaudar e invertir recursos.

3. La potestad de dictar Ordenanzas y Resoluciones determinando así las políticas y estrategias municipales.

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Maestría: “Tecnología, Gerencia y Administración de la Construcción” “UMSS” 3ª versión 8

5. La potestad coercitiva para exigir el cumplimiento de la presente Ley y de sus propias Ordenanzas y Resoluciones.

6. El conocimiento y Resolución de controversias relacionadas con el ejercicio de sus potestades normativas, ejecutivas, administrativas y técnicas, mediante los recursos administrativos previstos en la presente Ley y las normas aplicables.

17. ¿Cuál la diferencia entre Municipio, Municipalidad y Gobierno Municipal?

R. El Municipio es la unidad territorial, política y administrativamente organizada, en la jurisdicción y con los habitantes de la Sección de Provincia base del ordenamiento territorial del Estado unitario y democrático boliviano. En el Municipio se expresa la diversidad étnica y cultural de la República.

La Municipalidad es la entidad autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio que representa institucionalmente al Municipio, forma parte del Estado y contribuye a la realización de sus fines.

El Gobierno Municipal. Constituye el ejercicio del gobierno y la administración del Municipio.

18. ¿Cuáles son los requisitos para el ejercicio profesional de un arquitecto?

R. Para ejercer la profesión del Arquitecto se requiere:

a) Poseer título de Arquitecto en Provisión Nacional.

b) Poseer título de Arquitecto en Provisión Nacional

c) Estar Inscrito en el Registro Nacional de Arquitectos de Bolivia.

No estar suspendido mediante resolución ejecutoriada del Tribunal de Ética Profesional del Colegio de Arquitectos de Bolivia

19. ¿Cuáles son los fines del registro nacional de arquitectos de Bolivia?

R. Los fines del registro nacional de arquitectos de Bolivia son:

a) Inscribir a los arquitectos residentes en el territorio nacional, según lo dispone la Ley Nº 1373.

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Maestría: “Tecnología, Gerencia y Administración de la Construcción” “UMSS” 3ª versión 9

Estudiante: Arq. Alvaro Sequeira Suaznabar

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c) Mantener actualizada la matrícula de los arquitectos inscritos en el país.

d) Elaborar estadísticas del número de inscritos, lugar de residencia, índole de actividad, especialidad y otros datos pertinentes.

e) Otorgar certificados de inscripción a solicitud del interesado, para los fines que legalmente le convengan.

f) Emitir certificaciones que sean solicitadas por el Estado, Instituciones, personas naturales o jurídicas, o por los propios inscritos.

g) Franquear la nómina de inscritos a las entidades públicas y privadas que lo soliciten.

20. ¿Cuáles son los deberes y derechos del arquitecto?

R. El Arquitecto inscrito en el Registro Nacional de Arquitectos de Bolivia, además de cumplir con los deberes fundamentales establecidos en el Artículo 11º de la Ley Nº 1373, se halla obligado a observar una conducta profesional encuadrada en las normas legales y en los principios de la ética profesional.

 CARTEL DE OBRA

 DERECHO A UNA REMUNERACIÓN JUSTA

 INSCRIPCIÓN DEL DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

 PLACA DE IDENTIFICACIÓN

 MENCIÓN DE AUTORÍA PROFESIONAL

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Referencias

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