Partido Judicial de Casas Ibáñez PARTIDO JUDICIAL DE CASAS IBÁÑEZ JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

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PARTIDO JUDICIAL DE

CASAS IBÁÑEZ

JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E

INSTRUCCIÓN

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I.- LA PLANTA JUDICIAL

El partido judicial de Casas Ibáñez cuenta con un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, servido por Juez.

II.- PLANTILLA ORGÁNICA A 31.12.04

JUECES: A la fecha indicada, el Juez era titular.

SECRETARIO JUDICIAL: A 31 de diciembre de 2004 era titular. PERSONAL COLABORADOR:

Cuerpo de Gestión Procesal: 2 Cuerpo de Tramitación Procesal:2 Cuerpo de Auxilio Judicial: 1

III.- DATOS SOBRE POBLACIÓN

1.- POBLACIÓN TOTAL: Todos los municipios que integran el partido judicial suman un total de 21.309 habitantes de derecho, según los últimos datos del INE, cerrados a 1 de enero de 2.004.

2.- EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN: La población censada en el partido judicial ha crecido en los últimos diez años un 0’26 %.

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21.260 21.317 20.000 20.500 21.000 21.500 22.000 1994 2004 Evolución de la población

IV.- RATIO HABITANTES/JUEZ

En 1.994 la ratio habitantes/ juez indicaba un resultado de un Juez de Primera Instancia e Instrucción por cada 21.260 habitantes.

En 2.004 la ratio se sitúa en un Juez por cada 21.317 habitantes.

V.- ESTUDIO DE LA LITIGIOSIDAD EN LOS ÚLTIMOS CUATRO

AÑOS

1.- MEDIA DE INGRESO POR JUZGADO Y COMPARACIÓN CON EL

MÓDULO DE ENTRADA

El módulo de trabajo anual de los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción se sitúa en 380 asuntos civiles contenciosos y en 2500 asuntos penales.

No alcanza dichos módulos en las áreas y años analizados. Así, respecto al último año que se consigna, el diferencial es de – 36´05% y –55´92%, respectivamente.

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141 215 284 243 380 0 100 200 300 400 2001 2002 2003 2004 Módulo

Módulo de Entrada Civil: Juzgados Mixtos

837 966 1.019 1.102 2.500 0 500 1.000 1.500 2.000 2.500 2001 2002 2003 2004 Módulo

Módulo de Entrada Penal: Juzgados Mixtos

2.- EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE PROCESOS MONITORIOS

Una parte importante del incremento de la litigiosidad civil tras la entrada en vigor de la LEC 1/2000 se ha encauzado a través del Proceso Monitorio. El número de asuntos de esta naturaleza presentado en el Juzgado de Casas Ibáñez en 2.004 superó en un 314 % el nivel del año 2.001.

EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE PROCESOS MONITORIOS

14

35

72

58

0 20 40 60 80 2001 2002 2003 2004

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Desde la entrada en vigor de la LEC 1/2000 los Procesos Monitorios han supuesto, por tanto, un porcentaje cada vez más importante de la litigiosidad civil.

IMPORTANCIA PORCENTUAL DE LOS PROCESOS MONITORIOS EN LA LITIGIOSIDAD CIVIL

12,39

21,34

34,12

31,18

10 15 20 25 30 35 40 45 2001 2002 2003 2004

3.- ASUNTOS RESUELTOS: MEDIA POR JUZGADO

Asuntos Civiles: El volumen de asuntos civiles resueltos supera el registro de entrada contenciosa en los años 2.001 y 2.004, este último un 3´29%; no así en el 2.002 y 2.003 (-11´53%).

Asuntos penales: presentan rasgos positivos todos los años excepto 2.004, este último un –6´19%.

ASUNTOS CIVILES RESUELTOS

146 168 253 251 0 50 100 150 200 250 300 2001 2002 2003 2004

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ASUNTOS PENALES RESUELTOS 859 1.014 1.020 1.015 750 800 850 900 950 1.000 1.050 2001 2002 2003 2004

COMPARACIÓN CON EL MÓDULO DE RESOLUCIÓN

El módulo de trabajo está fijado para este tipo de órganos en 1.000 horas/ punto.

Como se desglosa acto seguido, no lo supera en ninguna de las anualidades, conforme a carga de trabajo soportada por el partido judicial.

-31,89 -24,57 -13,12 -13,62 -40 -30 -20 -10 0

MÓDULO DE TRABAJO (Desviación en términos porcentuales)

2001 2002 2003 2004

4.- ASUNTOS PENDIENTES: MEDIA POR JUZGADO

El volumen de asuntos civiles pendientes presenta un tono alcista excepto en el año 2.004, con un diferencial del +31´25% entre el 2.001 y 2.004.

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Con respecto a los asuntos penales se produce mayor intermitencia, no obstante, también hay un diferencial de +18´53% en ese periodo. 96 142 147 126 0 50 100 150

ASUNTOS CIVILES PENDIENTES

2001 2002 2003 2004 205 157 156 243 0 50 100 150 200 250

ASUNTOS PENALES PENDIENTES

2001 2002 2003 2004

5.- OTRAS VARIABLES DE LITIGIOSIDAD

A.- EVOLUCION DEL TIEMPO MEDIO DE RESPUESTA EN MESES

El tiempo de respuesta en meses se obtiene a través de dos variables: el número de asuntos resueltos en un año y el número de asuntos pendientes al final de esa anualidad. Este dato proyecta el número de meses que tarda en resolverse un asunto si las circunstancias de la anualidad que se toma como referencia de los asuntos resueltos no varían sustancialmente.

Comparando nuevamente los años extremos, es decir 2.001 y 2.004, la tendencia, mientras en civil es positiva, en penal resulta negativa; todo ello conforme se expone en el siguiente gráfico:

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TIEMPO MEDIO DE RESPUESTA

7,23 4,01 9,3 3,08 6,39 2,88 5,61 6,1 0 2 4 6 8 10

Civil General Penal General 2001 2002 2003 2004

B.- TASA DE RESOLUCIÓN

La tasa de resolución indica la relación entre los asuntos resueltos en un determinado periodo y los asuntos registrados en el mismo. Cuando alcanza valores superiores a 1, indica que se está resolviendo más de lo que se ingresa, es decir, que se está reduciendo la pendencia.

En los asuntos civiles, supera la unidad en los años 2.001 y 2.004, 1´09 este último, quedando lejana en el 2.002.

En los asuntos penales, supera y alcanza la unidad en los años 2.001, 2.002 y 2.003, no alcanzándola en el 2.004, pero manteniéndose en valores cercanos (0´92).

Juzgados 1ª Instancia e Instrucción

1,07 1,03 0,82 1,05 0,98 1 1,09 0,92 Civil Penal

2004

2003

2002

2001

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C.- TASA DE PENDENCIA

Este concepto indica la relación entre los asuntos pendientes al final de un periodo y los resueltos durante ese periodo, de modo que es más favorable cuanto menor sea su valor.

En civil, comparando nuevamente los años 2.001 y 2.004, la tasa disminuye, y en penal se mantiene.

EVOLUCIÓN DE LA TASA DE PENDENCIA: JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E

INSTRUCCIÓN

0,66

0,85

0,58

0,24

0,15

0,15

0,51

0,24

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

2001

2002

2003

2004

TP Civil

TP Penal

D.- TASA DE CONGESTIÓN

Este dato se obtiene a partir de tres variables: los asuntos pendientes al inicio de un periodo, los registrados y los terminados durante ese mismo periodo. Refleja una situación más favorable cuanto menor es el valor resultante.

En penal se mueve en valores superiores a la unidad, pero estabilizados, con misma tasa en los años extremos, 1´24.

En civil se mantiene en valores superiores a la unidad en los años 2.001 y 2.004, pero disminuyendo en la comparativa de los años extremos, un 1’66 frente a un 1´51.

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Juzgados 1ª Instancia e Instrucción

1,66 1,24 1,79 1,15 1,58 1,15 1,51 1,24 Civil Penal

2004

2003

2002

2001

VI.- INFRAESTRUCTURAS

Sede: Edificio compartido con el Ayuntamiento. Ocupa la 2ª planta.

Grado de satisfacción: Bajo. Carece de Sala de detenidos y espacios diferenciados para víctimas, y reconocimientos de identidad. Mobiliario deficiente en Sala de Vistas.

VII.- MAPA DE SERVICIOS JUDICIALES Y MEDIOS

MATERIALES

Situación actual

Las Funciones de Registro Civil son desempeñadas por el Juzgado Único; no contando con plantilla específica.

Decanato:

Servicios Comunes: NO

Oficina de Atención a la Víctima: NO

Servicio de Orientación Jurídica: NO

Servicio de Notificación a Procuradores: NO

Servicio de traslado de escritos y documentos: NO

Fiscalía: Adscripción Permanente con ubicación efectiva en el mismo municipio: NO

Instituto de Medicina Legal constituido: NO

Oficina de Averiguación Patrimonial en sede judicial:

NO

Oficina de Peritación: NO

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Puntos de Encuentro Familiar en el partido judicial

NO

Salas de Vistas: Exclusiva

Sistema de grabación audiovisual: Video VHS

Aplicación informática de gestión procesal: LIBRA

Archivos judiciales: no se da aplicación al RD 937/2003.

Necesidades

Archivo judicial.

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