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(Cifras expresadas en miles de pesos Colombianos)

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Academic year: 2021

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~ 1 ~ DECLARACION DE CUMPLIMIENTO

Estos Estados Financieros individuales se han elaborado de acuerdo con la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades Versión 2009 y sus correcciones del año 2015 emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), las cuales están contenidas en el anexo 2 del decreto 2420 de diciembre de 2015 y anexo 2.1 del decreto 2496 de diciembre de 2015 y sus modificatorios, lo cual incluye la salvedad en la aplicación de las NIIF sobre la Cartera de Crédito y los Aportes Sociales establecida en el artículo 3 del decreto 2496 de 2015.

NOTA No. 1: INFORMACIÓN DE LA ENTIDAD

Constitución: FEDIAN, es una empresa asociativa de derecho privado sin ánimo de lucro, de número de asociados y patrimonio variable e ilimitado. Constituido el 16 de junio de 1983 según resolución 01113 del departamento Administrativo Nacional de Cooperativas (Hoy Dansocial) e inscrita en cámara de comercio bajo el número 604 del libro I.

Naturaleza: FEDIAN, es una persona jurídica de derecho privado, entidad de la economía solidaria, de integración democrática y participativa, asociativa sin ánimo de lucro, de número de asociados y de patrimonio social variable e ilimitado, para todos los efectos legales y estatutarios, el monto mínimo de aportes sociales pagados será de CUATROCIENTOS CINCUENTA SALARIOS MINIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (450 SMMLV), el cual no será reducible durante su existencia, y se encuentra debidamente pagado por los asociados.

Objeto Social: FEDIAN tiene como objeto social fomentar el compañerismo, el ahorro, así mismo colaborar con el mejoramiento de la calidad de vida y de las condiciones económicas, sociales, culturales y morales de los asociados, proteger el ingreso de los asociados, fortalecer los lazos de solidaridad y ayuda mutua.

Duración: La duración de FEDIAN será indefinida, sin embargo, la entidad podrá disolverse y liquidarse cuando se presenten las causales que para el efecto establecen los presentes estatutos y las normas legales pertinentes.

Domicilio: FEDIAN tiene su domicilio principal en la Carrera 4 No. 11-33 Oficina 1001, Edificio Ulpiano Lloreda en la ciudad de Santiago de Cali, Departamento del Valle del Cauca, República de Colombia.

Reforma de Estatutos: Cuando se pretenda reformar, derogar o adicionar otras normas al presente Estatuto, se procederá así: La iniciativa podrá surgir de un numero plural de asociados, de por lo menos del 15% de estos, quienes deberán presentar la propuesta a la Junta Directiva en el mes de enero de cada año, la cual estudiará y si la considera procedente la someterá a consideración de la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria. Por su parte La Junta Directiva también podrá proponer reformas, todas las cuales deben ser presentadas con la convocatoria de la asamblea correspondiente. Para que la reforma, derogación o adición de nuevas normas surta efecto, se requiere el voto del setenta por ciento (70%) de los asociados o delegados presentes en la Asamblea, siempre y cuando exista el quórum señalado en este Estatuto.

Empleados: La planta de personal de FEDIAN con la cual desarrolla su objeto social es de 12 empleados de planta con contrato a término indefinido y 5 por la empresa temporal.

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NOTA No. 2: BASES DE ELABORACIÓN, POLITICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES

Estos Estados Financieros Individuales se ha elaborado de acuerdo con la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES) emitida por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), conforme al Decreto 2420 de Diciembre 14 de 2015 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo1 y sus modificatorios; excepto en el tratamiento de la cartera de créditos, su deterioro y en los aportes sociales2 para lograr una presentación razonable; a las disposiciones de la Superintendencia de la Economía Solidaria y demás normas legales que rijan en Colombia y sus modificaciones.

ESTADOS FINANCIEROS: FEDIAN elabora los siguientes Estados Financieros con propósito de información general bajo la hipótesis de negocio en marcha:

 Estado de Situación Financiera.  Estado de Resultados Integral.  Estado de Cambios en el Patrimonio.  Estado de Flujos de Efectivo.

Estado de Situación Financiera: Es un estado financiero estático, mediante el cual se reportan cifras acumuladas a una fecha dada, que corresponde a la situación financiera de dicha fecha.

FEDIAN prepara el Estado de Situación Financiera, el cual describe sus activos, pasivos y patrimonio al final del período que se informa.

Activo: es un recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos (párrafos 2.15(a) y 2.17 a 2.19).

Pasivo: es una obligación presente de la entidad, surgida a raíz de sucesos pasados, al vencimiento de la cual, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos (párrafos 2.15 (b), 2.20 y 2.21).

Patrimonio: es la participación residual en los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos (párrafos 2.15(c) y 2.22). “Se presenta en orden de liquidabilidad teniendo en cuenta que el objeto social de la entidad es la intermediación financiera por lo que la mayoría de sus activos y pasivos son instrumentos financieros básicos que pueden liquidarse en efectivo en el corto plazo independientemente de los plazos contractuales.

Estado de Resultados Integral: Se caracteriza por ser un estado financiero dinámico, puesto que, por definición, mide el desempeño de la entidad a través de los hechos económicos y de las operaciones definitivas realizadas en un período determinado.

Especifica los requerimientos para la presentación del rendimiento financiero de la entidad para el período. Ofrece una opción de política contable de presentar el resultado integral total en un único estado o en dos estados separados. Específica las partidas por presentar en dichos estados y prohíbe la presentación o descripción de cualquier partida de ingresos o gastos como "partidas extraordinarias". También exige la presentación de un desglose de gastos, utilizando una clasificación basada en la naturaleza o en la función de los gastos dentro de la entidad, lo que proporcione información que sea fiable y más relevante.

Estado de Cambios en el Patrimonio: Muestra en forma detallada las variaciones, tanto de aumentos como disminuciones en el valor residual de los activos del ente económico, una vez deducidas todas las obligaciones.

1Compila los decretos reglamentarios de la Ley 1314 del 2009 con respecto a NIIF y NAI: Decretos 2706 del 2012, 2784 del 2012, 3022 del

2013 y 302 del 2015.

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El Estado de Cambios en el Patrimonio presenta el resultado del período sobre el que se informa de FEDIAN, las partidas de ingresos y gastos reconocidas en el otro resultado integral para el período, los efectos de los cambios en políticas contables y las correcciones de errores reconocidos en el período, y los importes de las inversiones hechas, y los dividendos y otras distribuciones recibidas, durante el período por los inversores en patrimonio.

Estado de Flujos de Efectivo: Muestra el efectivo generado y utilizado en las actividades de operación, inversión y financiero. Para el efecto debe determinarse el cambio en las diferentes partidas del Estado de Situación Financiera que inciden en el efectivo. El Estado de Flujos de Efectivo proporciona información sobre los cambios en el efectivo y equivalentes al efectivo (párrafo 7.2)3de FEDIAN durante el período sobre el que se informa, mostrando por separado los cambios según procedan de actividades de operación (párrafo 7.4), actividades de inversión (párrafo 7.5) y actividades de financiación (véase el párrafo 7.6).

Para la preparación del flujo de efectivo proveniente de actividades de operación se utiliza el método indirecto.

Principio de Materialidad: Se considera cifra material para el estado de situación financiera, flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio, cifras por valor superior al 0,5% del Activo y en el estado de resultados integral cifras superiores al 0,5% del total de ingresos de la entidad. Se revelará en las notas a los estados financieros por tercero y/o concepto, todas las partidas diferentes a la cartera, depósitos, aportes y las derivadas de éstas operaciones, que conforman cada uno de los rubros revelados en los estados financieros, cuyos valores sean en todo caso superiores a diez (10) salarios mínimo mensuales legales vigentes.

Reportes a Entes de Control Estatal: FEDIAN efectúa trimestralmente los reportes exigidos por la Superintendencia de la Economía Solidaria según lo establecido en la Circular Básica Contable y Financiera, conforme al nivel dos de supervisión. Aspectos Legales: FEDIAN aplica la normatividad vigente para el sector solidario en especial las siguientes:

 Decreto 1481 de julio 07 de 1989 modificado por la ley 1391 de 2010  Ley 79 de diciembre 23 de 1988.

 Ley 454 de Agosto 04 de 1998.

 Circular Básica Jurídica No. 0007 de Octubre de 2008 y la Circular Básica Contable y Financiera 004 de Agosto de 2008, de la Superintendencia de la Economía Solidaria.

 Resolución 2015110011305 de Diciembre 15 de 2015, Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión.

 Decreto 2420 de diciembre 14 de 2015, Único reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información financiera y de Aseguramiento de la información.

 Decreto 2496 de Diciembre 23 de 2015, modificación del Decreto 2420 de Diciembre 14/2015.

Catálogo de Cuentas: A la fecha, a los Estados Financieros, se aplicó la Resolución 2015110009615 de noviembre 13 de 2015, emanada de la Superintendencia de la Economía Solidaria mediante la cual se crea el Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión para las organizaciones solidarias vigiladas por esta. El catálogo de cuentas contables aplicado durante el periodo 2020, se rigió por los parámetros establecidos en dicha resolución.

Los Estados Financieros básicos presentados por los administradores a los asociados, a la Superintendencia de la Economía solidaria y demás entidades del Estado, han sido elaborados utilizando el orden y las denominaciones descritas en el catálogo, indicando los códigos numéricos cuando han sido solicitados.

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Unidad Monetaria: De acuerdo con las disposiciones legales, La moneda utilizada por FEDIAN para registrar las transacciones efectuadas en reconocimiento de los hechos económicos es el peso colombiano. Para efectos de preparación y presentación, los Estados Financieros en FEDIAN se muestran en pesos colombianos.

Período Contable: En los Estados financieros presentados el período revelado es anual y está comprendido desde el 01 de enero al 31 de diciembre de 2020 y de forma comparativa con respecto al período 2019.

Hipótesis de negocio en marcha: Los estados financieros se preparan porque FEDIAN está en funcionamiento y su actividad continuará en condiciones normales dentro de un futuro previsible. El periodo de funcionamiento estimado de la entidad es indefinido, y así mismo, la administración no tiene la necesidad ni la intención de liquidar, suspender o recortar sus operaciones o cerrarla temporalmente.

Base de acumulación o devengo: Los hechos económicos se reconocen en la contabilidad cuando estos se realicen y no cuando se reciba o haga el pago.

Fecha de aprobación de los Estados Financieros: Los estados financieros fueron recomendados por la Junta Directiva a la Asamblea General de Asociados que se realizará el 6 de marzo de 2021, como consta en el Acta 677 del 24 de febrero de 2021. En la fecha de la Asamblea General de Asociados se realizará la aprobación de estos.

Imposibilidad de cambiar las cifras de los Estados Financieros: Cuando los estados financieros son aprobados por la Asamblea General de Asociados, no se permite efectuar ninguna modificación de cifras por la Administración o sus Asociados. Hechos ocurridos después del período sobre el que se informa: Entre el 1 de enero del año 2021 y el6 de marzo de 2021 fecha de emisión de este informe, no han sucedido hechos importantes que generen contingencia alguna y que deban ser revelados.

Efectivo y Equivalentes al Efectivo: Efectivo, comprende lo relacionado con los recursos que la empresa mantiene con una disponibilidad inmediata, tales como caja y saldos en entidades financieras. Equivalentes al Efectivo, comprende las inversiones a corto plazo de gran liquidez, fácilmente convertibles en importes de efectivo, los cuales se encuentran sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor. Conforme con la NIC 7, indica una serie de características relacionadas con los equivalentes al efectivo como son las siguientes:

 Un equivalente al efectivo no se tiene para propósitos de inversión, sino que su propósito es para cumplir los compromisos de pago a corto plazo;

 Debe poder ser fácilmente convertible a una cantidad determinada de efectivo;  Debe estar sujeta a un riesgo insignificante de cambios en su valor;

 En el caso de inversiones, deben tener un vencimiento próximo de al menos tres meses o menos desde la fecha de adquisición.

 Las participaciones en el capital de otras entidades (acciones) normalmente no se consideran equivalentes al efectivo, a menos que sean sustancialmente equivalentes al mismo.

Los equivalentes al efectivo son parte de la gestión del manejo del efectivo por parte de FEDIAN, más que ser una actividad de operación, financiación o inversión. De acuerdo a lo anterior el rubro o cuenta efectivo, y equivalentes al efectivo comprende lo siguiente:

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~ 5 ~  Saldo de caja

 Saldos en cuentas con entidades financieras  Saldos en cuentas en entidades cooperativas

 Saldos en inversiones en títulos de deuda (bonos de empresas, títulos de tesorería del estado, etc.) que puedan venderse fácilmente en un mercado y que se tengan solo con fines de utilizar excedentes de efectivo y no para inversión;

 Dinero invertido a través de carteras colectivas, fondos de inversión, fideicomisos, encargos fiduciarios, siempre que se mantengan solo con fines de utilizar excedentes de efectivo y no para inversión;

Es decir un instrumento financiero será una partida equivalente al efectivo, solo si se mantiene para utilizar los excedentes de efectivo de una entidad y no para propósitos de inversión.

Los recursos del Fondo de Liquidez que por mandato legal deben constituirse como una especie de “Encaje Bancario” (10% del total de los CDAT y ahorro voluntario y el 2% del ahorro permanente) se consideran restringidos porque la entidad debe tenerlos depositados en entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera en instrumentos de alta liquidez y alta seguridad para poder disponer de ellos en el evento de retiros masivos o inesperados de depósitos.

Instrumentos Financieros: Es un Contrato que da lugar, simultáneamente a un activo financiero en una entidad y un pasivo financiero o instrumento de capital en otra entidad.

Activos Financiero: Un activo financiero es el derecho que tiene quien lo posee, a recibir del emisor flujos futuros de efectivo. Está representado en un documento que genera obligaciones y derechos:

 Por parte del emisor genera una obligación de cumplir con una promesa de pago del importe pactado.  Por parte del tenedor genera un derecho a recibir esos pagos.

Los activos financieros deben ser clasificados así:

Instrumentos de Patrimonio medidos a Valor Razonable: Adquirido con el propósito de generar una ganancia por las fluctuaciones a corto plazo en su precio o en la comisión de intermediación. Las inversiones de patrimonio que no puedan medirse a valor razonable, se medirán a costo histórico menos deterioro.

Instrumentos de Patrimonio medidos al Costo Histórico: Los instrumentos de deuda corrientes se miden al importe no descontado, menos cualquier deterioro por incobrabilidad en el caso del activo. Corresponde a aportes en entidades del Sector Cooperativo o en otras entidades sin ánimo de lucro que son reembolsables en el momento del retiro y que dadas sus características no son negociables o transables y por ende no es posible establecerles un valor razonable. También incluye inversiones de patrimonio en entidades con ánimo de lucro que no cotizan en bolsa, no tienen transacciones recientes (máximo 6 meses) que permitan inferir el valor razonable que alcanzaría la inversión en caso de ser negociada y tampoco se tiene un estudio técnico de valoración de la empresa.

Instrumentos de Deuda medidos al Costo Amortizado: FEDIAN considera como activos financieros medidos al costo amortizado: las inversiones de deuda (CDT, CDAT, bonos privados y bonos del gobierno (TES) diferentes de cuentas por cobrar, con vencimiento fijo y que se espera conservar hasta su vencimiento), la cartera de créditos. Las inversiones de deuda que son instrumentos de financiación al costo amortizado y están pactadas a 90 días o menos o le faltan 90 días o menos para su redención, se presentan como parte de los componentes del efectivo y equivalentes del efectivo. La medición inicial se hace por el costo de transacción y la medición posterior por el costo amortizado utilizando el método de interés efectivo, menos cualquier deterioro por incobrabilidad en los activos.

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Cartera de Créditos y Obligaciones Financieras (Préstamos por cobrar y pagar) al Costo Amortizado: Operaciones de mutuo formalizadas a través de pagarés y documentos similares que constituyen una operación de financiación en la cual se pacta el pago de intereses fijos o variables al plazo, los cuales se deben causar mensualmente efectuando el respectivo cálculo de la tasa interna de retorno para el período causado al cierre del mes bien sea mes completo o solo algunos días. Incluye para la presentación los intereses causados.

Cuentas por Cobrar y Pagar corrientes al Costo Histórico: Surge de operaciones comerciales de corto plazo o corrientes (máximo 12 meses) ocasionadas en convenios o por la venta de bienes y servicios directamente o a través de convenios, así como pagos efectuados a nombre de los asociados que deben reintegrar a la entidad aunque sea de manera diferida en un plazo no mayor al corriente, así como otras cuentas por cobrar resultantes de saldos a favor en impuestos, anticipos a contratistas y empleados y valores descontados por el sistema de libranza a los asociados por sus patronos que se encuentran pendientes de pago a favor de FEDIAN. En este tipo de operaciones regularmente no se pacta financiación. Inversiones:

Inversiones de Patrimonio a Costo Histórico: Inversiones en entidades sin ánimo de lucro regularmente denominadas “Aportes Sociales”, que tienen fines de representación gremial o complementan el objeto social de FEDIAN. También puede corresponder a inversiones en instrumentos de patrimonio (acciones, cuotas o partes de interés social) en entidades con ánimo de lucro que complementan el objeto social del Fondo o entidades creadas por el mismo Fondo de Empleados como entidad controlante que desarrollan los objetivos del Fondo de Desarrollo Empresarial Solidario - FODES, creado con la Ley 1391 de 2010, siempre que no desvirtúen el propósito no lucrativo de sus actividades y más bien complementen el objeto social del fondo a través de la promoción del crédito justo, la generación de empleo digno, el comercio sostenible y propósitos similares que en últimas beneficien a la comunidad en general y cuyos excedentes o utilidades sirvan para reinversión social del Fondo.

Inversiones de Deuda al Costo Amortizado: Tienen como finalidad aumentar la riqueza de FEDIAN, bien sea como consecuencia de los rendimientos que generan, de su revalorización o de otros beneficios derivados de las relaciones u operaciones que se pueden realizar con ellas. Será función del Comité de Riesgo de Liquidez y la Gerencia determinar en qué momento es prudente constituir dichas inversiones, decisión que deberá estar sustentada en una evaluación financiera. Las inversiones financieras representan activos o instrumentos financieros que pueda adquirir FEDIAN, a través de su contratación o negociación en el mercado de capitales, bien sea en el mercado primario (directamente comprando o invirtiendo, CDT, Bonos, CDAT, TES al emisor que por política deberán ser entidades vigiladas por la Superintendencia financiera o entidades del sector público del Gobierno Central) o en el mercado secundario a través de la Bolsa de Valores o de comisionistas de bolsa o instituciones financieras autorizadas vigiladas por la Superintendencia financiera.

Fondo de Liquidez: De acuerdo con el decreto 704 de 2019, FEDIAN debe contar con un Fondo de Liquidez, equivalente al 10% sobre todos los depósitos y exigibilidades de sus asociados, salvo respecto de la cuenta de los ahorros permanentes en los eventos en que los estatutos de la organización solidaria establezca que estos depósitos pueden ser retirados únicamente al momento de la desvinculación definitiva del asociado, caso en el cual el porcentaje a mantener será del 2% del total de dicha cuenta. Si los estatutos establecen que los ahorros permanentes pueden ser retirados de forma parcial, el porcentaje a mantener en el fondo de liquidez por este concepto será del 10% de todos los depósitos, incluyendo la cuenta de ahorros permanentes. Los recursos que acrediten la constitución del fondo de liquidez deberán estar representados en cuentas de ahorros (efectivos y equivalentes al efectivo) e inversiones. FEDIAN deberá mantener permanentemente un fondo de liquidez en las siguientes entidades:

1. Establecimientos de crédito vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia. Para el efecto, los recursos se deberán mantener en cuentas de ahorro, cuentas corrientes, certificados de depósito a término, certificados de ahorro a término o bonos ordinarios, emitidos por la entidad.

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~ 7 ~

2. En fondos de inversión colectiva administrados por sociedades fiduciarias o sociedades comisionistas de bolsa vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Estos fondos deben corresponder exclusivamente a fondos de inversión colectiva del mercado monetario o fondos de inversión colectiva abiertos sin pacto de permanencia cuya política de inversión y/o composición se asimilen a los fondos de inversión colectiva del mercado monetario.

Cartera de Créditos: La cartera de crédito es un activo compuesto por operaciones de crédito otorgadas y desembolsadas a los asociados bajo distintas modalidades, aprobadas de acuerdo con los reglamentos de créditos y expuestas a un riesgo crediticio que debe ser permanentemente evaluado. El apalancamiento, es decir, los dineros utilizados en el otorgamiento de los créditos, son obtenidos de recursos propios de FEDIAN, como lo es el recaudo mensual de los aportes sociales, las captaciones de ahorros y el mismo abono a los créditos que hacen en el transcurso de cada mes nuestros asociados, y con recursos externos provenientes de préstamos bancarios.

Contablemente la cartera se califica y deteriora de acuerdo a las instrucciones impartidas en la Circular Básica Contable y Financiera, en su Capítulo II emanada por la Superintendencia de la Economía Solidaria y los marcos de referencia específicos establecidos para cada clasificación de cartera.

Cuentas por Cobrar y Otras: representan derechos a reclamar en efectivo u otros bienes y servicios, deudores patronales y los complementarios en desarrollo de su objeto social tales como comisiones por servicios prestados, anticipos de contratos y proveedores e ingresos por cobrar. Igualmente, registra adelantos de dinero a empleados, asociados, miembros de administración y de control de los cuales se espera la legalización de cuentas en breve término. Teniendo en cuenta la naturaleza de la partida y la actividad del fondo:

 Deben corresponder a operaciones corrientes (máximo 12 meses) por la venta de bienes y servicios, anticipos y similares que no son operaciones de financiación y que no tienen intereses.

 Las operaciones sin intereses a más de 12 meses y las operaciones de financiación que estén por debajo de la tasa de referencia del mercado se medirían al importe descontado a dicha tasa.

 Las cuentas por cobrar correspondientes a intereses de cartera de créditos deben presentarse dentro del rubro de Cartera de Créditos y no en cuentas por cobrar. Actualmente los intereses de cartera se están causando y se contabilizan por el método de costo amortizado.

Activos Materiales: Corresponde a la Propiedad, planta y equipo y propiedades de inversión.

Propiedad planta y equipo: representan los bienes tangibles adquiridos o construidos que son necesarios para la prestación de los servicios de FEDIAN, empleados por la entidad en forma permanente, para usarlos en la administración del ente económico, que no están destinados para la venta en el curso normal de los negocios cuya vida útil excede a un año.

FEDIAN reconocerá un activo como propiedades, planta y equipo si y sólo si: Sea probable que se obtenga beneficios económicos futuros asociados con el bien y que su costo pueda ser medido o valorado con fiabilidad. El reconocimiento de los elementos de propiedades, planta y equipo se deberá hacer de manera separada entre sus componentes principales, como por ejemplo terrenos y edificios, edificaciones e instalaciones, entre otros. Cuando algún bien de propiedades, planta y equipo necesite reparaciones o sustituciones de partes significativas, FEDIAN dará de baja en la proporción que corresponda y añadirá el nuevo costo, siempre y cuando se espere que genere beneficios económicos adicionales. La pérdida o faltante de bienes se registra de conformidad con el procedimiento de reconocimiento y revelación de las responsabilidades fiscales.

Las propiedades, plantas y equipos serán valorados por el Modelo del Costo, que es el Costo menos Depreciaciones Acumuladas y Deterioros Acumulados. El Costo incluye tanto los desembolsos directamente atribuibles a la adquisición o construcción del

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activo, como los gastos necesarios para ponerlos en condiciones de operación. Los gastos de financiación serán en todos los casos registrados en resultados.

Los desembolsos posteriores a la compra o adquisición (reemplazo de componentes, mejoras, ampliaciones, crecimientos, etc.) se incluyen en el valor del activo inicial o se reconocen como un activo separado, sólo cuando es probable que beneficios económicos futuros asociados a la inversión, fluyan hacia FEDIAN y los costos puedan ser medidos razonablemente. Los desembolsos posteriores que correspondan a reparaciones o mantenimientos son registrados en resultados cuando son incurridos. De acuerdo con el sistema de gestión de calidad, se aplica lo siguiente:

 Las propiedades y equipos se encuentran debidamente amparados contra todo riesgo, mediante pólizas de seguros y no se encuentran hipotecados y/o pignorados.

 La Administración realizará el inventario de los bienes muebles de FEDIAN y presentará a la Junta Directiva un informe detallado sobre el inventario actualizado de FEDIAN, con las respectivas recomendaciones acerca de los bienes que deben ser dados de baja, debido al mal estado en que se encuentran o por la obsolescencia de los mismos.

 Es responsabilidad de la Junta Directiva:

 Analizar el informe presentado por la Gerencia.  Aprobar el informe y las respectivas recomendaciones.

 Elaborar una resolución para dar de baja los bienes respectivos.

 En el evento de que la Junta Directiva no considere conveniente dar de baja los bienes, estos permanecerán en las instalaciones de FEDIAN.

Los bienes determinados como fuera de uso en FEDIAN, se retiran del balance y se afectará el estado de resultado integral siempre y cuando el activo no se encuentre totalmente depreciado; En todas veces el registro deberá acompañarse del acta respectiva. Todos los registros de depreciación, adiciones, compras, retiros y ajustes se deben realizar en el aplicativo de control, los movimientos y saldos de los libros auxiliares, se debe conciliar al terminar el período mensual con los saldos de los aplicativos de control. Se reconoce provisiones para protección de propiedades, planta y equipo, cuando el valor en libros es superior a su valor de realización o costo de reposición, una vez se haya agotado el saldo reconocido como valorización si la hubiere. El registro contable de la provisión afecta directamente el patrimonio. Esta política aplica igualmente para los bienes entregados a terceros. La selección y aplicación de metodologías para actualizar los bienes, contempla la relación costo–beneficio y procura evitar erogaciones significativas, por lo cual se efectúan los avalúos con personal de la entidad, mediante la contratación de personas naturales o jurídicas o con el apoyo de otras entidades públicas, siempre que cuenten con la idoneidad y capacidad técnica para dicha gestión.

Depreciación: El reconocimiento de la depreciación de un bien de propiedades, planta y equipo se hará de forma sistemática a lo largo de su vida útil, reconociéndose desde el momento que el bien esté disponible para su uso (sea o no utilizado) y cesará únicamente cuando se haya reconocido totalmente el importe depreciable o cuando se dé de baja el activo depreciable. El importe depreciable de un elemento de propiedades, planta y equipo será su costo inicial, sin considerar valor residual; la estimación de la vida útil se hará en función del uso que la administración pretenda darle al bien.

El gasto por depreciación será reconocido en los resultados del período de manera mensual. La depreciación de propiedades, planta y equipos, incluidos los bienes bajo arriendo financiero, es calculada linealmente basada en la vida útil estimada de los bienes del activo fijo, considerando el valor residual estimado de estos. Las estimaciones de vidas útiles y valores residuales de los nuevos activos fijos adquiridos, serán revisadas, y ajustadas si es necesario, a cada fecha de cierre de los estados financieros. Las ventas y demás retiros se registran por su valor neto ajustado.

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FEDIAN revisará la actualización o modificación de la vida útil de los activos, teniendo en cuenta las inversiones que realice por adiciones o mejoras, políticas de mantenimiento y/o reparaciones, avances tecnológicos implementados y obsolescencia entre otros factores, con base en el estudio técnico emitido por un perito o experto en la materia.

Los bienes muebles retirados temporalmente del servicio se presentarán como OPERACIONES DISCONTINUADAS en un rubro aparte y no son objeto de depreciación. Si la entidad comienza a utilizar nuevamente el activo debe continuar con su depreciación. Las construcciones en curso, los bienes muebles en bodega, la maquinaria y equipo en montaje, los bienes en tránsito y las propiedades, planta y equipo no explotadas o en mantenimiento, no son objeto de cálculo de depreciación mientras permanezcan en tales situaciones.

La Propiedad, planta y equipo se registran por su costo de adquisición; su depreciación se realiza por el método de línea recta, y las estimaciones de vidas útiles y valores residuales de los nuevos activos fijos adquiridos, serán revisadas, y ajustadas si es necesario, a cada fecha de cierre de los estados financieros, para aquellos activos que tienen un valor inferior a 50 UVT se deprecian en un año y para los que tienen un valor material (superior a 20 SMMLV) su vida útil se establece individualmente a partir de de la expectativa de uso, duración, especificaciones técnicas, etc; y para los demás, de acuerdo con la siguiente tabla:

ACTIVO VIDA ÚTIL TASA ANUAL

Muebles y Enseres 5 AÑOS 20%

Equipo de Oficina 5 AÑOS 20%

Equipo de Computación 3 AÑOS 33%

Deterioro: Consiste en establecer los procedimientos que FEDIAN aplicará para asegurarse de que sus activos están contabilizados por un importe que no sea superior a su importe recuperable. Las propiedades, planta y equipo se actualizan mediante la comparación de su valor en libros contra el costo de reposición o el valor de realización, si se determina que el valor del activo es mayor al valor en libros se revertirá el valor registrado como deterioro. FEDIAN reconocerá una pérdida por deterioro de valor cuando exista una incapacidad de recuperar con los flujos de fondos futuros que un grupo de bienes produce, su valor actual en libros, cuando el valor libro es mayor que el valor recuperable.

FEDIAN registrará una pérdida por deterioro para una propiedad, planta y equipo cuando el importe en libros del activo es superior a su importe recuperable, FEDIAN reconocerá cualquier pérdida por deterioro de un activo de propiedad, planta y equipo en el resultado del período contable que se produzca. FEDIAN realizará a la fecha sobre la que se informa en el período, una valuación para determinar la existencia de deterioro de valor; si existe, deberá estimar el importe recuperable de la propiedad, planta y equipo valuada. FEDIAN considerará los siguientes factores para indicio de la existencia de deterioro de valor:

 El valor del mercado ha disminuido.

 Cambios al entorno legal, económico o del mercado en el que opera.  Tasa de interés del mercado se han incrementado.

 Evidencia de obsolescencia y deterioro físico.  Cambios en el uso del activo.

 El rendimiento económico del activo se prevé inferior de lo esperado. Para tales efectos se entiende por:

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Valor de uso: es el valor presente de la estimación de flujos futuros que se prevé resultará del uso continuo de un activo, así como de su enajenación al final de la vida útil.

Valor razonable Neto: es el importe que se espera obtener de la venta de un activo efectuada entre un comprador y un vendedor debidamente informados, en una transacción en que ambas partes proceden libremente, menos los costos de enajenación.

Unidad generadora de efectivo: es la entidad de activos más pequeño, cuyo uso continuo genera entradas de efectivo que son ampliamente independientes de los flujos de efectivo generados por otros activos o grupo de activos.

 La reversión de pérdidas por deterioro se limita al importe en libros que hubiera tenido el activo si no hubiera habido una pérdida por deterioro.

 La reversión se abona a la cuenta de resultados.

 En una unidad generadora de efectivo, la reversión por pérdida de deterioro es imputada proporcionalmente a cada uno de los activos.

 FEDIAN deberá revisar y ajustar la vida útil, el método de depreciación o el valor residual de la propiedad, planta y equipo.  Se evaluará a la fecha sobre la cual se informan los estados financieros, los activos de propiedad, planta y equipo que en

periodos anteriores se reconoció una pérdida por deterioro, la cual puede haber desaparecido o disminuido.

 FEDIAN reconocerá la reversión de pérdida por deterioro en el resultado del período contable en el cual se presentaron los indicios que ha desaparecido o disminuido.

 Se reconocerá una revisión del deterioro del valor de la propiedad, planta y equipo, cuando se incremente el importe en libros al valor semejante del importe recuperable, ya que la valuación indicó que el importe recuperable había excedido el importe en libros.

Valor Residual: El valor residual se define como el importe estimado que una entidad podría obtener actualmente por la disposición de un activo, después de deducir los costos estimados por tal disposición, si el activo ya hubiera alcanzado la antigüedad y las demás condiciones esperadas al término de su vida útil.

Dentro de las políticas contables de la FEDIAN se estableció no definir un valor residual para la propiedad planta y equipo, por las siguientes razones:

- Para el caso de los bienes inmuebles (Edificaciones), es el sitio donde funcionan las oficinas de atención de Fedian y se espera que sean utilizados hasta el final de su vida económica; no se tiene presupuestado venderlas, pues fueron adquiridos para su uso.

- Los bienes muebles (muebles y equipos de Oficina, equipo de cómputo y comunicación, maquinaria y equipo y muebles fondos sociales), en la práctica también son usados hasta el final de su vida útil, y regularmente cuando se dan de baja son donados, y en los pocos casos de venta el valor residual es inmaterial; es decir, que no generan utilidad relevante pues no son ingresos de actividades ordinarias.

- La Relación costo beneficio de invertir recursos y tiempo en estimaciones que no generan un beneficio relevante. - La NIC 16 “Propiedades, planta y equipo” señala en su párrafo 53 que “en la práctica, el valor residual de un activo a

menudo es insignificante, y por tanto irrelevante en el cálculo del importe depreciable”, asunto aplicable también, y mayormente, a las pymes.

Activos Intangibles: Programas informáticos, las licencias adquiridas de programas informáticos serán capitalizadas, al valor de los costos incurridos en adquirirlas y prepararlas para usar el programa específico. Estos costos se amortizan según su vida útil estimada hasta un máximo de 10 años. Los costos de mantenimiento de programas informáticos, se reconocerán como gasto del ejercicio en que se incurren. Los desarrollos, mejoras o adiciones significativas que se hagan al aplicativo, serán cargados a los

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intangibles y amortizados a 10 años cuando éstos superen el valor de los 10 SMLMV. Los intangibles generados internamente se reconocen como un gasto ordinario del ejercicio.

Bienes y Servicios Pagados por Anticipado: Corresponde a derechos a favor de la entidad que pueden ser recuperados, cedidos o vendidos obteniendo eventuales beneficios económicos por su utilización o disposición. Tal es el caso de los seguros pagados por anticipado cuando contractualmente existe la posibilidad del reintegro proporcional de las primas, ante la terminación anticipada del contrato de seguro. Tales seguros se reconocerán como un activo en gastos anticipados por el valor de la póliza contratada cuando se efectúa el pago y se amortizarán durante el plazo de cobertura pagado siempre que supere el monto de 10 SMMLV. Los demás seguros se tratarán como gastos corrientes del ejercicio.

Pasivos Financieros: Son compromisos que implican una obligación contractual de entregar efectivo u otro activo financiero, o bien de intercambiar instrumentos financieros con otra empresa, bajo condiciones que son potencialmente desfavorables. El pasivo financiero puede surgir por el compromiso asumido por FEDIAN de entregar dinero u otros instrumentos financieros si se dan ciertas condiciones. Al igual que los activos financieros, la condición de poder valorar de forma fiable el pasivo financiero es imprescindible para su reconocimiento en el balance de situación. Hay pasivos que, por no poderse valorar, no se reconocen en el balance, sino que se describen en una nota a los estados financieros. Los pasivos financieros se clasifican en:

Pasivos Financieros al Costo Amortizado: como los depósitos de los asociados y las obligaciones financieras así como otros pasivos que son instrumentos de financiación a favor de la entidad sobre la cual se pactan rendimientos a favor del acreedor.

 Otros pasivos financieros al Costo Histórico.

FEDIAN capta ahorros en las siguientes modalidades reglamentadas por la Junta Directiva:  Ahorro a la Vista

 Ahorro Permanente

 Ahorro Contractual o Programado

 Certificado de Depósito de Ahorro a Término - CDAT

Depósitos al Costo Amortizado: Los Fondos de empleados están autorizados para captar ahorros por disposición expresa del Decreto 1481 de 1989 sin requerir autorización previa de la Supersolidaria, ni obligación de inscribirse en el Fondo de Garantías de entidades Cooperativas – FOGACOOP y por tanto no cuentan con seguro de depósito. Los intereses se causan mensualmente y se capitalizan en la cuenta individual de ahorros de cada asociado en la respectiva línea a la que corresponde, utilizando el método del interés efectivo. FEDIAN capta de acuerdo a las siguientes clases de ahorros:

Ahorros Obligatorios u Ordinarios: Los asociados de FEDIAN deben comprometerse a hacer aportes individuales periódicos y ahorrar en forma permanente, en los montos que establezcan la Ley y los Estatutos. Los aportes y los ahorros permanentes quedaran afectados desde su origen a favor de FEDIAN como garantía de las obligaciones que el asociado contraiga con éste, para lo cual FEDIAN podrá efectuar las respectivas compensaciones. Tales sumas son inembargables y no podrán ser gravadas ni transferirse a otros asociados o a terceros. Los aportes obligatorios u ordinarios están representados en los aportes sociales y los ahorros permanentes. Este aporte se divide en: (art. 33 estatutos)

A. Si su ingreso proviene de una relación de trabajo su contribución mensual será del 5% de su salario básico, que se distribuirá así: El 0.5% del salario básico para aportes sociales, el 3.5% del salario básico para ahorro permanente, y el 1% del mismo para el fondo mutual PLUS-PENSIÓN.

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B. Si su ingreso proviene de una pensión de jubilación su contribución mensual será del 4% de su pensión, que se distribuirá así: El 0.5% de la pensión para aportes sociales, el 3.0% de la pensión para ahorro permanente y el 0.5% del mismo para el fondo mutual PLUS-PENSIÓN.

Los Ahorros Permanentes igualmente quedarán afectados desde su origen a favor de FEDIAN, como garantía de las obligaciones que el asociado contraiga con éste. Serán inembargables y no podrán ser gravados ni transferirse a otros asociados o a terceros. Estos ahorros permanentes podrán ser remunerados con intereses, acorde a la reglamentación que expida la Junta Directiva. Ahorros Voluntarios: Son los recursos provenientes de ahorros de sus asociados, en forma voluntaria, depósitos de ahorros disponibles al momento de su exigibilidad, por parte del asociado titular de la cuenta, manejados a través de:

Ahorro a la Vista: típica cuenta de ahorros de consignación y retiro libre, que paga rendimientos liquidados mes vencido, su manejo y operatividad se encuentra descrito en el reglamento de ahorro.

Cdat’s: No constituyen título valor como los Certificados de Depósito a Término –CDT y por lo tanto no son negociables, ni endosables. La Junta Directiva define las tasas según los plazos teniendo en cuenta el comportamiento del mercado estableciendo uno o más puntos por encima de la DTF o IBR.

Ahorro Contractual: Corresponden a ahorros programados cuya destinación o plazo está previamente definido en el reglamento y que contempla eventuales penalidades de no cumplirse el tiempo o la destinación pactada.

Los recursos de los asociados provenientes de los aportes y ahorros (obligatorios y voluntarios), no podrán ser destinados por FEDIAN, para la adquisición de activos improductivos.

De acuerdo a lo definido en el estatuto y reglamento respectivo Los depósitos que el Fondo recibe para abono, pueden estar representados en:

 Efectivo.

 Cheques a cargo de bancos que operen en la misma ciudad y de otras plazas.  Cheques personales.

 Transferencias de otras cuentas de asociados.  Consignaciones externas.

 Redención de títulos.

Se trata de depósitos con causa de intereses, y estos deben ser reconocidos conforme a la normatividad vigente.

Obligaciones Financieras: Corresponde a las obligaciones contraídas por FEDIAN mediante la obtención de recursos provenientes de bancos y otras entidades del país bajo la modalidad de créditos directos y utilización de líneas de crédito establecidas para ser aplicada a fines específicos, o por descubiertos en cuentas corrientes bancarias (sobregiros). Para contraer una obligación financiera se requiere autorización de la Junta Directiva. Se establece como política no tener obligaciones financieras que excedan el 30% del activo de la entidad.

FEDIAN medirá los préstamos inicialmente al precio de la transacción, es decir, al costo y los demás gastos inherentes a él. Cuando FEDIAN realice una transacción que sea financiada a una tasa de interés inferior al IBR, medirá inicialmente el préstamo al valor presente de los pagos futuros descontados al IBR. Si se intercambian instrumentos financieros con condiciones sustancialmente diferentes, las entidades contabilizarán la transacción como una cancelación del pasivo financiero original y el reconocimiento de uno nuevo.

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FEDIAN medirá los préstamos al costo amortizado, utilizando el método de interés de efectivo. Si FEDIAN acuerda una transacción de financiación, la empresa medirá el préstamo al valor presente de los pagos futuros descontados a la tasa interna de retorno que puede ser fija, variable o un mezcla de los dos, causando al cierre de cada mes los intereses vencidos con la respectiva conversión de tasa actualizada si es variable, y los registrará como un COSTO al estado de resultados integral incrementando el valor de la obligación financiera en un auxiliar independiente o en cuentas por pagar, pero en todo caso para efectos de la presentación en el estado de situación financiera se presentará como mayor valor de la obligación financiera de manera separada. Cuando la obligación financiera no sea para capital de trabajo (para apalancar colocaciones de cartera de créditos) se contabilizará como un GASTO ordinario. FEDIAN revisará sus estimaciones de pago y ajustará el importe en libros del pasivo financiero para reflejar los flujos de efectivos reales ya revisados. Se deberá revelar el plazo y las condiciones de los préstamos que la entidad posea, además de la tasa de interés acordada y si existiese garantía, deberá presentar el valor y condiciones del bien otorgado como garantía.

Pasivos Corrientes medidos al Costo Histórico:

Cuentas por Pagar y Otras: Las cuentas por pagar representan las obligaciones causadas y pendientes de pago, tales como comisiones y honorarios por servicios, sumas recibidas en virtud de la relación contractual establecida en promesas de compraventa y dineros adeudados a proveedores.

 FEDIAN reconocerá las cuentas por pagar como pasivos si se tiene una obligación al final de período de un suceso pasado, si es probable desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos, y que el importe pueda ser medido con fiabilidad.

 FEDIAN reconocerá una cuenta y documento por pagar cuando se convierte en una parte del contrato y, como consecuencia de ello, tiene la obligación legal de pagarlo.

 FEDIAN, medirá inicialmente una cuenta y documento por pagar al precio de la transacción incluidos los costos de ella.  FEDIAN medirá la cuenta y documento por pagar al valor presente de los pagos futuros descontados a una tasa de interés

de mercado para este tipo de pasivos financieros, siempre y cuando el acuerdo constituye una transacción de financiación, es decir, que el plazo se pacte más allá de los términos corrientes (12 meses).

 FEDIAN medirá las cuentas y documentos por pagar al final de cada período al costo amortizado utilizando el método del interés efectivo, cuando estas sean a largo plazo (mayor a 12 meses).

 FEDIAN, medirá las cuentas y documentos por pagar al final de cada período sobre el que se informa al importe no descontado del efectivo u otra contraprestación que se espera pagar, siempre que no constituya una transacción de financiación (sin intereses a un plazo menor a 12 meses).

 FEDIAN reconocerá como costo amortizado de las cuentas y documentos por pagar el neto de los importes inicial menos los reembolsos del principal, más o menos la amortización acumulada.

 FEDIAN, revisará las estimaciones de pagos y se ajustará el importe en libros de las cuentas y documentos por pagar para reflejar los flujos de efectivo reales y estimados revisados.

 FEDIAN dará de baja la cuenta por pagar cuando haya sido pagada, cancelada o haya expirado.

 FEDIAN revelará a la fecha del período contable que se informa la información concerniente a: las políticas adoptadas para la cuantificación de las cuentas y documentos por pagar, el monto de las cuentas y documentos por pagar comerciales a la fecha y la composición de la cuenta.

Impuestos: Son las obligaciones que debe cumplir FEDIAN como agente retenedor del Impuesto de Industria y Comercio y del pago del Gravamen a los movimientos financieros, de conformidad con las bases y tasas establecidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN y el Municipio de Santiago de Cali y con los plazos de declaración de los mismos, así como de la emisión de los respectivos certificados.

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Impuesto de Industria y Comercio: Impuesto municipal liquidado sobre el valor de los ingresos de FEDIAN, es sujeto pasivo del impuesto de industria y comercio y agente retenedor del impuesto por los pagos hechos a sus proveedores sujetos pasivos conforme a la reglamentación expedida por el Concejo Municipal.

Gravamen a los Movimientos Financieros: FEDIAN es sujeto pasivo del gravamen equivalente al 4x1000 de los retiros de sus cuentas bancarias pudiendo marcar una cuenta para desembolso exclusivo de créditos que no estaría gravada. También es agente retenedor del gravamen sobre los retiros de ahorros que efectúan los asociados. El valor de dicha retención sobre los retiros de los ahorros es asumido por la entidad y cargado como un gasto operacional sin cobrarlo al asociado. Cuando la entidad paga directamente el retiro de ahorros mediante cruce de cuentas o pago de efectivo sin utilizar sus cuentas bancarias debe hacer ella misma la retención y pagarla mediante declaración semanal. Cuando el retiro de ahorros se paga con transferencia o cheque de cuenta de ahorros o corriente del fondo de empleados no se causa retención del cuatro por mil porque el banco directamente hace la retención.

Impuesto al Patrimonio (a la riqueza): FEDIAN estuvo gravado con dicho impuesto por ser contribuyente del impuesto de renta hasta el año 2016.

Impuesto al Valor Agregado: FEDIAN presta servicios gravados con el impuesto al valor. Es sujeto pasivo del IVA en la compra de bienes y servicios gravados, constituyéndose en un mayor valor del gasto.

Información Exógena: FEDIAN reporta anualmente información exógena sobre sus ingresos, gastos, activos, pasivos, movimientos de cuentas de ahorro, créditos otorgados, saldos de ahorros, aportes, créditos, cuentas por cobrar y por pagar y demás información, a través de medios electrónicos a la DIAN y al Municipio conforme a los requerimientos técnicos y topes reglamentados anualmente por las autoridades competentes.

Beneficios a Empleados: Comprenden todos los tipos de contraprestaciones que FEDIAN proporciona a los trabajadores a corto y largo plazo, incluyendo administradores y gerentes, a cambio de sus servicios.

FEDIAN además de los salarios mensuales legalmente debe pagar una prima equivalente a medio salario promedio por semestre (junio y Diciembre), un auxilio anual de cesantías equivalente a un mes de salario promedio que debe ser consignado en un fondo autorizado (febrero) y pagar un 12% de intereses sobre dicha cesantía al trabajador (enero). Todos los trabajadores tienen derecho a un descanso anual remunerado de 15 días hábiles denominado vacaciones. La entidad además paga la seguridad social correspondiente a salud, pensiones, aseguradora de riesgos laborales y pago de parafiscales (Sena, ICBF y Caja de Compensación) ya que no es sujeta del impuesto CREE. De éstos valores descuenta a los empleados el 8% y 1% adicional para los empleados que devengan más de 4 SMMLV para el Fondo de Solidaridad Pensional, el restante (8.5 % salud, 12% Pensión, 9% parafiscales, 0.522 ARL) que equivale casi al 30% del ingreso salarial mensual de los empleados constituye un gasto laboral que debe ser asumido por el FEDIAN, lo cual debe pagarse mensualmente.

Como prestaciones extralegales FEDIAN tiene beneficios de corto plazo como la prima extralegal anual por resultados equivalente a un salario básico y a mera liberalidad de la Junta Directiva, la cual causa mensualmente como un gasto y su pago se realiza en julio y diciembre; también la prima de vacaciones equivalente a 8 días de salario.

FEDIAN reconocerá el costo de todos los beneficios a los empleados, a los que éstos tengan derecho como resultado de servicios prestados a la misma durante el período sobre el que se informa, como un pasivo, después de deducir los importes que hayan sido pagados directamente a los empleados o como una contribución a un fondo de beneficios para los empleados; si el importe pagado excede a las aportaciones que se deben realizar según los servicios prestados hasta la fecha sobre la que se informa, la empresa reconocerá ese exceso como un activo en la medida en que el pago anticipado vaya a dar lugar a una reducción en los

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pagos a efectuar en el futuro o a un reembolso en efectivo; o como un gasto, a menos que exista una política contable que requiera que se registre como costo de un activo.

Fondos Sociales y Mutuales: FEDIAN cuenta con un Fondo de Bienestar Social (salud, calamidad, educación, recreación, previsión, cultura) los cuales son reglamentados por la Junta Directiva que benefician al asociado y sus familiares. Los auxilios y actividades son analizados y aprobados por el comité y la Junta Directiva respectivamente.

El Fondo de Bienestar Social se alimenta con los excedentes que destine la Asamblea General de delegados, además de contribuciones que hacen periódicamente los asociados al momento de hacer uso de los servicios de crédito conforme a reglamentación expedida por la Junta Directiva. Se ejecutará conforme a la reglamentación establecida hasta su agotamiento. En adelante la Junta Directiva podrá autorizar continuar otorgando auxilios o desarrollando actividades conforme al presupuesto aprobado afectando los gastos del ejercicio.

De acuerdo al capítulo VII de la Circular Básica Contable y Financiera emanada de la Supersolidaria y el artículo 19 del decreto 1481 de 1989 modificado por la ley 1391 de 2010 las entidades solidarias deben constituir o incrementar los fondos sociales (pasivos) del valor de los excedentes resultantes al cierre del ejercicio, por decisión de la Asamblea General. Es de anotar que estos fondos son de carácter agotable mediante destinación específica y están debidamente reglamentado por la entidad. En el evento de no agotarse, los saldos pasarán al siguiente periodo contable.

Existen también en la entidad solidaria la posibilidad de crear por Asamblea fondos mutuales con contribuciones obligatorias o voluntarias que se utilizan de acuerdo con los reglamentos aprobados por la Junta Directiva, los cuales en el caso de no agotarse, pasarán al siguiente periodo contable.

La entidad debe destinar el 20% de sus excedentes para reserva de protección de aportes, un 10% para el fondo de desarrollo empresarial que se destinará a los proyectos que apruebe el 50% de la Asamblea (para fortalecer el fondo) y el remanente, puede destinarse por la Asamblea para:

 Crear o incrementar los fondos permanentes o agotables, con los cuales la entidad desarrolle labores de salud, educación, previsión y solidaridad en beneficio de los asociados y sus familiares, en la forma que dispongan los estatutos o la asamblea general, como es el caso del Fondo de Bienestar Social.

 Así mismo, con cargo a este remanente podrá crearse un fondo para mantener el poder adquisitivo de los aportes sociales hasta por un monto máximo equivalente al IPC sobre los aportes o

 Efectuar retornos a los asociados en forma proporcional al uso de los servicios,

 En la revalorización o el retorno no puede destinarse más del cincuenta por ciento (50%) del total de los excedentes que resulten del ejercicio.

Se alimenta con los excedentes que destine la Asamblea General, las multas a los asociados, las contribuciones que se cobran a los asociados de acuerdo con los diferentes reglamentos además de actividades realizadas con los asociados para recolectar fondos. La entidad reconoce el pasivo de los fondos sociales cuando son efectivamente asignados los recursos mediante distribución de excedentes aprobada por la Asamblea, o cuando son causadas o pagadas, las multas y contribuciones por los asociados.

FEDIAN medirá los fondos sociales por el valor histórico asignado en la distribución de excedentes, más el valor del efectivo y equivalentes entregado por los asociados al Fondo por concepto de multas y contribuciones.

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Los Fondos se ejecutarán conforme a la reglamentación establecida hasta su agotamiento. En adelante la Junta Directiva podrá autorizar continuar otorgando auxilios o desarrollando actividades conforme al presupuesto aprobado, afectando los gastos del ejercicio acorde con las partidas aprobadas por la Asamblea General. El saldo de los fondos será su valor histórico correspondiente al valor de los excedentes más contribuciones y multas menos los auxilios, pagos y demás erogaciones efectuadas conforme a la reglamentación de la Junta hasta su agotamiento.

Provisiones: Una provisión es un pasivo de cuantía o vencimiento incierto que cumple con la definición de pasivo porque al momento de su reconocimiento ya existe la obligación probable a raíz de un hecho pasado de desprenderse a futuro de una cantidad de recursos que comportan beneficios económicos.

FEDIAN reconocerá provisiones cuando:

 La empresa contraiga una obligación con anterioridad

 La empresa se tenga que hacer cargo de esa obligación con recursos económicos propio.  El importe de la obligación es conocido o se puede estimar con facilidad.

 FEDIAN reconocerá una provisión cuando se tenga una obligación a la fecha sobre la que se informa resultado de un suceso pasado, sea probable desprenderse de recursos para liquidar la obligación y el importe de la obligación pueda ser estimado de forma fiable.

 FEDIAN, reconocerá una provisión como un pasivo en el estado de situación financiera y el importe de la provisión como un gasto en resultados del período contable.

 FEDIAN medirá una provisión por el importe que se pagaría procedente para liquidar la obligación al final del período contable sobre el que se informa, la cual será la mejor estimación del importe requerido para cancelar la obligación.  FEDIAN medirá la provisión al valor presente de los importes que se espera sean requeridos para liquidar la obligación,

cuando el efecto del valor temporal del dinero resulte significativo.

 FEDIAN utilizará la tasa de descuento antes de impuestos que mejor refleje las evaluaciones actuales del mercado correspondientes al valor temporal del dinero.

 FEDIAN reconocerá un reembolso de un tercero que puede ser una parte o la totalidad del importe requerido para liquidar la provisión, como un activo separado (reembolso por cobrar), el cual no deberá exceder el importe de la provisión ni se compensará con ella.

 FEDIAN medirá la provisión posteriormente, cargando contra ella únicamente aquellos desembolsos para los cuales fue reconocida originalmente la provisión.

 FEDIAN evaluará al final del período contable que se informa las provisiones y si fuese necesario ajustará su valor para reflejar la mejor estimación actual del importe requerido para cancelar la obligación.

 FEDIAN, reconocerá en gastos del resultado del período, cualquier ajuste realizado a los importes de la provisión previamente reconocidos.

 FEDIAN reconocerá en resultados del período la reversión del descuesto, cuando la provisión se midió inicialmente al valor presente, y como consecuencia de la valuación de las provisiones se reconocieron ajustes a los importes previamente reconocidos.

Activos y Pasivos Contingentes: No se reconocen en los estados financieros, pero si se revelan en Notas a los estados financieros cuando su grado de contingencia es probable, a menos que la posibilidad de que se desembolse un flujo económico sea remota. FEDIAN considera un activo o pasivo contingente las cuentas por cobrar y por pagar y por ende las da de baja según el plazo transcurrido desde su vencimiento según la siguiente tabla por montos:

Monto Antigüedad desde el vencimiento

Hasta 1 SMLMV 24 meses

>1–3 SMLMV 36 meses

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Transcurridos 2 años desde haber sido dado de baja el activo o el pasivo sin que éste haya sido realizado, se considera de probabilidad remota y por ende no se revela.

Las contingencias por multas, sanciones, litigios y demandas son analizadas por asesores legales. La estimación de las contingencias de pérdidas necesariamente envuelve un ejercicio de juicio y es materia de opinión. En la estimación de contingencia de pérdida en procesos legales que están pendientes contra FEDIAN, los asesores evalúan, entre otros aspectos, los méritos de los reclamos, la jurisprudencia de los tribunales al respecto y el estado actual de los procesos. Si la evaluación de la contingencia indica que es probable que una pérdida material haya ocurrido y el monto del pasivo puede ser estimado entonces es registrado en los estados financieros. Si la evaluación indica que una pérdida potencial no es probable pero es incierto el resultado o es probable pero no puede ser estimado el monto de la pérdida, entonces la naturaleza de la contingencia es revelada en nota a los estados financieros con una estimación del rango probable de pérdida.

Patrimonio.

Aportes Sociales: Comprende el valor de las cuotas que los asociados han pagado a FEDIAN, en dinero, con el ánimo de proveer capital de trabajo para el desarrollo de su objeto social, que, además, sirvan de garantía para FEDIAN. La sumatoria de los aportes obligatorios constituye los aportes individuales del asociado y no tienen devolución parcial, ni se pueden cruzar con operaciones activas de crédito, mientras el asociado permanezca vinculado a FEDIAN

Estos deben corresponder a los aportes efectivamente pagados por los asociados al momento de constitución de FEDIAN, también representan los incrementos posteriores efectuados mediante pagos según los estatutos, previo el cumplimiento de los requisitos legales vigentes al momento de la constitución o del aumento.

Aquellos que se recauden mediante descuento de nómina sólo podrán ser contabilizados como tales y aplicados a la cuenta individual de cada asociado, hasta tanto la empresa o el empleador pague el valor correspondiente. Mientras se realiza el respectivo pago a la organización solidaria, tales valores se deberán contabilizar en la cuenta retenciones o anticipos pendientes de aplicar. La devolución de los aportes no procederá en el momento en que por tal razón quede afectada la relación mínima señalada en el reglamento para el otorgamiento de los créditos. Se considera que un asociado nuevo o recién vinculado a la organización solidaria se encuentra inscrito en el registro social cuando haya pagado por lo menos el primer aporte social. Se mide inicialmente por el importe de efectivo y equivalentes efectivamente pagado por el asociado en el momento en que es recibido por la entidad se lleva al pasivo. La cuenta de aportes tendrá una cuenta valorativa sin terceros ni movimiento que reste el valor del capital irreducible para presentarlo en el patrimonio.

Sobre los aportes no se reconocen rendimientos, pero pueden revalorizarse ANUALMENTE para compensar las pérdidas del valor real que sufren por la inflación conforme a las disposiciones legales, decisión que adopta la asamblea creando el respectivo fondo con el remanente de los excedentes. En todo caso la revalorización de aportes no puede exceder el índice de precios al consumidor IPC.

Capital Mínimo Irreducible: Aporte social no reducible o irreducible es aquel valor del aporte social que toda organización solidaria debe tener como protección al patrimonio y que en ningún momento podrá disminuirse durante la existencia de la organización solidaria. El aporte mínimo no reducible debe señalarse en el estatuto y podrá ser incrementado por decisión de la asamblea general; pero, en ningún caso, podrá disminuirse. Cuando existan retiros masivos de asociados, la organización solidaria podrá devolver aportes solamente sin afectar el monto mínimo irreducible. Esto con el fin de no descapitalizar o liquidar la organización solidaria y de no comprometer su viabilidad. Los fondos de empleados, las asociaciones mutuales y las cooperativas que no ejercen la actividad financiera podrán fijar el aporte mínimo irreducible en valores absolutos, es decir, no en salarios mínimos

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legales vigentes ni por otro factor que conlleve su ajuste automático, toda vez que la ley no los obliga a estar incrementándolo. El capital irreducible se presentará como primera partida del PATRIMONIO.

Devolución de Aportes Sociales: La liberación parcial de aportes por parte de la organización solidaria o la devolución de los mismos a solicitud del asociado se podrá efectuar sólo en los casos que se citan a continuación, siempre y cuando el total de aportes de la organización solidaria no se reduzca por debajo del aporte mínimo no reducible (numeral 10 del artículo 19 de la Ley 79 de 1988).

 Cuando se desvincule un asociado.

 Cuando se sobrepase del 10% como persona natural o del 49% como persona jurídica del total de los aportes de la organización solidaria.

 Cuando la organización solidaria amortice o readquiera aportes, respetando el principio de igualdad de condiciones para todos los asociados

 Cuando se liquide la organización solidaria.

Revalorización de Aportes: Revalorización de aportes sociales es una forma de reconocer la pérdida del poder adquisitivo constante de los aportes, toda vez que éstos se consideran un capital de riesgo y no generan rendimiento alguno. Los fondos de empleados podrán mantener el poder adquisitivo constante de los aportes sociales individuales de sus asociados incrementándolos anualmente hasta un tope máximo igual al índice de precios al consumidor certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior. Este incremento se aplicará a ejercicios económicos posteriores (artículo 1 Decreto 3081 de 1990). Esta revalorización se efectuará con cargo al fondo que para tal efecto haya constituido la organización solidaria y previa autorización de la asamblea. En caso de retiro de asociados antes de diciembre de cada año, aplicará la revalorización de aportes teniendo en cuenta lo que apruebe la asamblea al cierre del ejercicio. La revaloración se hará, con base en la fecha de solicitud de retiro y el cálculo del monto promedio día/año aportado por el asociado.

En primera instancia la asamblea deberá aprobar la constitución del fondo para revalorización de aportes sociales con recursos provenientes del remanente de los excedentes del ejercicio de cada año, después de haberse aplicado los porcentajes obligatorios consignados en la Ley 79 de 1988 y sus decretos reglamentarios.

Una vez constituido el fondo, al que puede destinarse todo el remanente de los excedentes, la asamblea general de delegados podrá aprobar la revalorización o capitalización en cabeza de cada uno de los asociados, máximo hasta el IPC del año inmediatamente anterior, con cargo al fondo de revalorización de aportes de que trata el numeral 1 del artículo 54 de la Ley 79 de 1988. Si, eventualmente, quedare un saldo en el fondo para revalorización de aportes, éste servirá para futuras revalorizaciones. Es importante aclarar que, en caso de no haberse aprobado la revalorización o capitalización en periodos anteriores, ésta no se podrá realizarse con retroactividad; lo que significa que solo se puede revalorizar de la vigencia correspondiente y, en ningún caso, podrá ser acumulable. Este fondo solo podrá constituirse e incrementarse con recursos de los excedentes de cada ejercicio, de conformidad con la reglamentación existente sobre la distribución de excedentes. Para efectuar la revalorización de aportes, la entidad deberá calcular el monto promedio día/año de aportes de cada asociado, en el período correspondiente con el cual se hará la aplicación respectiva.

Reservas y Fondos Patrimoniales: Este rubro representa apropiaciones de los excedentes conforme a las disposiciones legales y autorizadas por la Asamblea General de asociados.

La reserva legal representa los recursos retenidos por la entidad para su beneficio tomados de los excedentes, conforme lo disponga la Asamblea General de Delegados con el objeto de cumplir disposiciones legales, estatutarias o para fines específicos. La Reserva para protección de aportes representa el valor apropiado de los excedentes, o resultado positivo, conforme a disposiciones legales con el propósito de proteger el patrimonio social o fondo mutual. El único objetivo de la constitución de esta

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