BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
DEPARTAMENTO DE LEGISLACIÓN Y DOCUMENTACION Año LXXXVII Nº 2290
Director Boletín Municipal : Frontini José Maria Fecha de Publicación: 7-5-2015 Autoridades del Depto. Ejecutivo
INTENDENTE: PULTI GUSTAVO
SECRETARIAS
GOBIERNO Pablo Garcia
DESARROLLO SOCIAL Martin Aiello ECONOMIA Y HACIENDA Daniel Perez EDUCACION Monica Rodríguez CULTURA Leandro Laserna
PLANEAMIENTO URBANO Jose Luis Castorina DESARROLLO PRODUCTIVO Mariano Perez Rojas SEGURIDAD, JUSTICIA MUNICIPAL Y CONTROL Adrian Alveolite
SALUD Alejandro Ruben Cristaldi
DESARROLLO TECNOLOGICO Y MEJORA DE LA ADMINISTRACION Renato Mario Rossello
Autoridades del H . C . D . PRESIDENTE: Ariel Ciano VICEPRESIDENTE 1º Lucas Fiorini VICEPRESIDENTE 2° Jose Reinaldo Cano SECRETARIO: Diego Fernando Monti BLOQUE ACCION MARPLATENSE Rosso Héctor Anibal
Woollands Javier Urdampilleta Alejandra Rodríguez Claudia Gauna Fernando Ferro Alejandro Nicolas Maiorano
BLOQUE UNION CIVICA RADICAL Baragiola Vilma
Abad Maximiliano Abud Eduardo Maiorano Nicolas
Rodríguez Mario Alejandro Coria Maria Cristina
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA Retamoza Pablo
Rodríguez Daniel Maraude Fernando Gutierrrez Marcos Horacio Beresiarte Verónica Jorgelina
BLOQUE AGRUPACION ATLANTICA Arroyo Fernando
Saenz Saralegui Guillermo Raul Cano Reinaldo Jose
CONCEJAL Alcolea Hernan
BLOQUE FRENTE RENOVADOR Azcona Cristian
Fiorini Lucas
DECRETO 2564 (9-9-2014) Expte 9115-2-2011 alc 64 cpo 01
Artículo 1°.- Declárase exenta en un cincuenta por ciento (50%) del pago de la Tasa por Servicios Urbanos -en virtud de lo expuesto en el exordio del presente-, a la Sra. BOUCHET, Aracelli Ana, por la cuenta Nº 314.082/4 por los Ejercicios Fiscales 2011, 2012 y 2013.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
Artículo 3°.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Dirección de Coordinación de Recursos – Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.-
PEREZ PULTI
DECRETO 2580 ( 12-09-2014)
ARTICULO 1º.- Modifícase, la denominación del Módulo Vial establecido en los Decretos Nº 700/85, 206/87, 370/96 y 285/09 (incremento del VEINTICINCO POR CIENTO sobre los sueldos básicos) que viene percibiendo el personal que se desempeña en el Centro de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos y la Planta de Separación de Residuos Sólidos Urbanos dependientes de la Dirección de Gestión de Residuos, el cual se denominará MODULO POR TRATAMIENTO DE RESIDUOS, manteniendo el incremento del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del sueldo básico incorporado al mismo, dando intervención a la Dirección de Presupuesto Municipal a fin de que incorpore esta modificación a la Ordenanza Complementaria de Presupuesto.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del ENTE de OBRAS y SERVICIOS URBANOS.- ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR, y dése intervención a la Contaduría de dicho Ente.-
ARTIME PULTI DECRETO 2757 ( 01-10-2014) Expte 13195-5-2008 cpo 01
ARTÍCULO 1º.- Condónase la deuda que en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública registra la cuenta nº 117.817/5 (identificado catastralmente como Circunscripción VI, Sección A, Manzana 036-1A, Parcela 13) por los períodos adeudados y vencidos hasta la cuota 3º/1999 inclusive, en mérito a lo expuesto en el exordio del presente. Los pagos efectuados con anterioridad al presente quedarán firmes, sin derecho a reclamación de naturaleza alguna.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese, e intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda - Dirección de Coordinación de Recursos.
PEREZ PULTI
DECRETO 3306 ( 01-12-2014) Expte 9115-2-2011 alc 58 cpo 1
Artículo 1°.- Declárase exenta en un ciento por ciento (100%) del pago de la Tasa por Servicios Urbanos -en virtud de lo expuesto en el exordio del presente-, a la Sra. LUCERO, Angélica María, por la cuenta Nº 355.980/6 y por los Ejercicios Fiscales 2011, 2012 y 2013.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
Artículo 3°.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Dirección de Coordinación de Recursos – Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.-
PEREZ PULTI
DECRETO 3365 ( 9-12-2014)
ARTÍCULO 1º.- Modifícase la Planta de Personal Permanente del Ente de Obras y Servicios Urbanos, dando de baja el cargo que se detalla a continuación:
Nº de Orden C.F. Baja Cargo Baja S 0980 6-12-71-02 Conductor IV
ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente del ENTE de OBRAS y SERVICIOS URBANOS, convirtiendo el cargo que se detalla a continuación, con la economía generada en el artículo 1º del presente Decreto:
Nº de Orden C.F. Baja Cargo baja C.F. Alta Cargo Alta S 0096 6-18-70-01 Capataz Gral. 1-31-00-01 Jefe de Dpto.
ARTICULO 3º.- Modifícase la estructura Orgánico Funcional del Ente de Obras y Servicios Urbanos, creando el DEPARTAMENTO CONTROL OBRAS PROYECTOS ESPECIALES dependiente de la Dirección de Obras Públicas, aprobándose la Misión y Funciones que se encuentran agregadas como Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENOSUR.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR y dése intervención al Departamento Técnico de la Función Pública.-
ARTIME PULTI
ANEXO I – DECRETO Nº
DEPARTAMENTO CONTROL OBRAS PROYECTOS ESPECIALES MISIÓN:
Centralizar la programación, coordinación y control de obras de los proyectos especiales de arquitectura, realizadas en forma directa e indirecta teniendo en cuenta las normas previstas en la Ley Orgánica de las Municipalidades y la Ley 6021, coordinado su acción con otros organismos oficiales y vinculados al tema.
FUNCIONES:
Disponer las medidas necesarias a fin de controlar el cumplimiento de las especificaciones establecidas en los pliegos de bases y condiciones de proyectos especiales.
Asesorar a la superioridad sobre la implementación de medidas para preservar el medio ambiente en los planes, programas y proyectos del área.
Proponer el programa de de obras de arquitectura de proyectos especiales teniendo en cuenta las disposiciones nacionales y provinciales vigentes en la materia.
Asesoramiento y dirección de los distintos sistemas constructivos.
Promover la compra de los materiales para todas las obras municipales en las cuales intervenga loa Dirección de Obras Públicas.
Coordinar y asesorar al personal municipal para la ejecución de tareas en obras especiales.
Asesorar a quien corresponda la notificación de libros de órdenes y pedidos y servicio en obras municipales.
Proponer la paralización de tareas y sanciones a las empresas que no cumplan o transgredan disposiciones contractuales.
Asistencia técnica general en obra.
Coordinación y colaboración con áreas técnicas del ENOSUR.
Confección de cómputos y presupuestos para obras municipales, para proyectos especiales y entidades de bien público.
Colaboración en la revisión de anteproyectos con el área de proyectos especiales.
Analizar los circuitos administrativos del área y sistemas informáticos, proponiendo las mejoras necesarias para una mayor eficiencia de las tareas.
Tramitar los Expedientes relativos a las funciones a su cargo y efectuar el diligenciamiento de todas las actuaciones administrativas que le competen.
Hacer cumplir las normas proyectadas para la ejecución de las distintas actividades.
Conocer el estado de las tareas y desempeño, capacidad, conducta y rendimiento del personal a cargo, velando por la disciplina, higiene, orden y correcta atención al público.
Identificar las necesidades de capacitación y proponer las actividades que contribuyan al mejor desempeño del personal en sus puestos, articulando la participación de los agentes a su cargo.
Mantener actualizado el cargo patrimonial de los elementos, muebles, instalaciones y útiles de trabajo, verificando su buen uso, cuidado y conservación.
Asesorar a la superioridad en materia específica de su competencia.
DECRETO 3366 ( 9-12-2014)
ARTÍCULO 1º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación y hasta el correspondiente llamado a concurso, el cual deberá realizarse el 1 de marzo de 2015, al agente MIGUEL ANGEL BAIUNCO - Legajo Nº 12063/1, en el Cargo de JEFE DE DEPARTAMENTO CONTROL DE OBRAS PROYECTOS ESPECIALES de la DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS - (C.F. 1- 31-00-01) - Módulo 35 horas semanales - Nº de Orden S 0096, quien retendrá el cargo de ARQUITECTO ESPECIALIZADO (C.F.
2-21-74-02) - Módulo 45 horas semanales - Nº de Orden S 0957, dependiente del Ente de Obras y Servicios Urbanos.- ARTICULO 2º.- Adecúase, al agente mencionado en el articulo 1º del presente Decreto, la Bonificación Remunerativa para el personal que desarrolla Tareas de Inspectoría al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) según lo establecido en el articulo 49º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, dándosele de baja la Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional del DIEZ POR CIENTO (10%) y el Fondo Compensador que viene percibiendo.-
ARTÍCULO 3º - El ENOSUR adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENTE de OBRAS y SERVICIOS URBANOS.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR y dése intervención a la Contaduría de dicho Ente.-
ARTIME PULTI DECRETO 3367 ( 9-12-2014)
ARTICULO 1º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, al Arquitecto VICENTE ENRIQUE GILETTO - Legajo Nº 11921/1, en el Cargo de JEFE DE DEPARTAMENTO INSPECCION DE OBRA (C.F. 1-31-00-01) Módulo 35 horas semanales, sobre la vacante transitoria del titular del cargo Ingeniera LEDA DIANA TIDONE - Legajo Nº 17985/1 – Nº de Orden S 0966, mientras dure su función como VICEPRESIDENTE en el Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público.-
ARTICULO 2º.- El Arquitecto VICENTE ENRIQUE GILETTO - Legajo Nº 11921/1, retendrá el Cargo que revista: ARQUITECTO SUPERIOR (C.F. 2-22-74-02) - Módulo 45 horas semanales, Nº de Orden S 0956.-
ARTICULO 3º.- Dáse de baja, a partir de la fecha de su notificación, al agente VICENTE ENRIQUE GILETTO - Legajo Nº 11921/1, la Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional del DIEZ POR CIENTO (10%), según lo establecido en el articulo 51º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, y el Fondo Compensador establecido en el articulo 52° de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, que viene percibiendo.-
ARTICULO 4º.- Adecúase, a partir de la fecha de su notificación, al agente VICENTE ENRIQUE GILETTO - Legajo Nº 11921/1, la Bonificación Remunerativa para el personal que desarrolla Tareas de Inspectoría al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), que viene percibiendo de acuerdo a lo establecido en el articulo 49° de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 5º.- El ENOSUR adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente al egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENTE de OBRAS y SERVICIOS URBANOS.- ARTICULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR e intervenga la Contaduría de dicho Ente.-
ARTIME PULTI DECRETO 3407 ( 19-12-2014)
ARTÍCULO 1º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación y hasta el correspondiente llamado a concurso el cual deberá realizarse el 15 de abril de 2015, al agente JULIO CESAR ANDRADA - Legajo Nº 18090/1, en el cargo de JEFE DE DIVISIÓN CUERPO DE GUARDAPARQUES dependiente del Departamento Cuerpo de Guardaparques de la Dirección de Gestión Ambiental (C.F. 1-30-00-01) - Módulo 35 horas semanales - Nº de Orden S 0687, quien retendrá el cargo de ENCARGADO DE GUARDAPARQUES - (C.F. 15-18-74-02) módulo 45 horas semanales - Nº de Orden S 0768, dependiente del Ente de Obras y Servicios Urbanos.-
ARTICULO 2º.- Adecúase, al agente mencionado en el articulo 1º del presente Decreto, la Bonificación por Tarea Riesgosa al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) según lo establecido en el articulo 22º inc. i) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, manteniéndose la Bonificación por Francos Fijos y/o Rotativos del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de acuerdo a lo establecido en el artículo 49° de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, dándosele de baja el Fondo Compensador que viene percibiendo.-
ARTÍCULO 3º - El ENOSUR adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENTE de OBRAS y SERVICIOS URBANOS.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR y dése intervención a la contaduría de dicho Ente.-
ARTIME PULTI
DECRETO 3523 ( 30-12-2014) Expte 16472-5-2014 cpo 01
ARTICULO 1º.- Convalídanse las contrataciones directas realizadas por la Dirección General de Coordinación de la Secretaría Privada y reconócense, de legítimo abono, las prestaciones recibidas y autorízese el pago a la firma GRAFICA ALTAMIRANO - Factura Nº 0001-00002030 de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($ 871,20) y factura Nº 0001-00002029 PESOS MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON 70 CENTAVOS ($ 1415,70).
ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria:
Fin/Fun:1-3-0, Programa 01-00-00, Inc.3:, P.P.: 5 , P.p: 3 , P.Sp.: 0, F.Fin: 1-1-0, Institucional: 1-1-1-01-01-000. ,UER: 1 , importe: $ 2.286,90.
ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y efectos que correspondan intervenga la Secretaría Privada, Secretaria de Economía y Hacienda – Dirección General de Contrataciones – Contaduría Municipal.
PEREZ PULTI
DECRETO 3534 ( 30-12-2014) Expte 1724-7-2014 cpo 01
ARTÍCULO 1º: Autorizase la contratación, en los términos del artículo 156º inc.3º de la LOM, de los artistas y grupos indicados a continuación, los que realizaran 10 presentaciones cada uno en distintos espacios de la cuidad:
- Santiago Alberto Roura, DNI 28.396.692
Representante: Asociación Argentina de Actores – CUIT 30-52572025-6 Funciones: 10
Monto por función: $500 Total: $5.000 - Mariano Cristian Valdez, DNI 28.204.706
Representante: Asociación Argentina de Actores – CUIT 30-52572025-6 Funciones: 10
Monto por función: $500 Total: $5.000 - Mariana Gisele Mora, DNI 29.257.890
Representante: Asociación Argentina de Actores – CUIT 30-52572025-6 Funciones: 10
Monto por función: $500 Total: $5.000 - Norman Pereyra Wagner, DNI 29.359.061
Representante: Asociación Argentina de Actores – CUIT 30-52572025-6 Funciones: 10
Monto por función: $500 Total: $5.000 - Paula Belen Passaro, DNI 31.387.804
Representante: Asociación Argentina de Actores – CUIT 30-52572025-6 Funciones: 10
Monto por función: $500 Total: $5.000 - Luz Rodríguez Lozano, DNI 35.323.791
Representante: Asociación Argentina de Actores – CUIT 30-52572025-6 Funciones: 10
Monto por función: $500 Total: $5.000 - Adrian Benito Segovia, DNI 25.569.056
Representante: Asociación Argentina de Actores – CUIT 30-52572025-6 Funciones: 10
Monto por función: $500 Total: $5.000 - Lucas Santiago Ruiz, DNI 32.482.665
Representante: Asociación Argentina de Actores – CUIT 30-52572025-6 Funciones: 10
Monto por función: $500 Total: $5.000 - Alegro Andante
Integrantes: Florencia Teresa Ferreyro, DNI 31.018.053 Javier Dario Cufre, DNI 29.179.553
Representante: Asociación Argentina de Actores – CUIT 30-52572025-6 Funciones: 10
Monto por función: $1.000 Total: $10.000
ARTÍCULO 2°: Los artistas y grupos referidos en el artículo precedente, realizará las prestaciones de acuerdo al cronograma de fechas, escenarios y demás características que la Secretaría de Cultura establecerá y le notificara oportunamente.
ARTÍCULO 3º: Autorizase el pago, de la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000.-), como contraprestación por las presentaciones descriptas en el artículo 1°, de acuerdo a los montos indicados en cada caso y abonándose en forma mensual la cantidad de funciones efectivamente realizadas.
ARTÍCULO 4º: Autorizase al Secretario de Cultura a suscribir el contrato cuyo modelo se integra como Anexo I al presente.
ARTÍCULO 5°: El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 3º del presente se imputará a la partida 3.4.9.0 Jurisdicción 1110111000 Programática 16.00.00 UE 13 Fte. Fin. Monto: $ 50.000.-
ARTÍCULO 6°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Hacienda y de Cultura.
ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese e intervengan las Secretarías de Economía y Hacienda y Cultura e incorpórese los contratos suscriptos en el Registro de Contratos que a esos fines se instrumenta desde la División Ordenamiento de Actos Administrativos.
LASERNA PEREZ PULTI
ANEXO I CONTRATO
Entre la MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON, representada en este acto por el señor Secretario de Cultura Dn.
LEANDRO LASERNA – D.N.I 24.699.364 - con domicilio legal en la calle 9 de Julio 2717, conforme facultades conferidas por Decreto nº 381/08, en adelante “LA MUNICIPALIDAD" por una parte y ..………. - CUIT: ……….. con domicilio en ………., ambos de la ciudad de Mar del Plata, en adelante “EL LOCADOR”, por la otra parte convienen en celebrar el presente contrato, el que se regirá por las condiciones y cláusulas:
PRIMERA: EL LOCADOR se compromete a la presentación ………., quién realizará………. funciones del espectáculo ………., en el marco de Intervenciones Urbanas de acuerdo al cronograma de fechas y lugares determinados por la Secretaría de Cultura.
SEGUNDA: Como retribución de las obligaciones que asume EL LOCADOR, LA MUNICIPALIDAD se obliga a abonar la suma total de ………….. ($ ……….), por todo concepto. Fijase en pesos ………….. ($ …….-) el valor de cada función, abonándose en forma mensual la cantidad de funciones efectivamente realizadas, previa conformidad de las autoridades de la Secretaría de Cultura TERCERA: EL LOCADOR se hace responsable en forma exclusiva de las obligaciones que pudieran surgir por lesiones a las personas o daños a las cosas de que se sirva, como así también de la reparación de los elementos e instalaciones que se ponen a su disposición por el presente.
CUARTA: En caso que EL LOCADOR entienda que necesitará contar con colaboradores para llevar a cabo las actividades indicadas en la Cláusula primera, estos quedarán a su exclusivo cargo. En consecuencia será responsable único y excluyente de todo aporte o contribución con destino al S.U.S.S propios y de sus colaboradores, como así también todas las obligaciones impositivas de orden nacional, provincial y/o municipal que le pudiera corresponder. LA MUNICIPALIDAD no asumirá ni deberá responder por ningún tipo de reclamo y/o planteo administrativo y/o laboral los que están bajo órbita exclusiva de la relación entre EL LOCADOR y sus colaboradores.
QUINTA: EL LOCADOR asume el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales, impositivas, previsionales y las que legalmente correspondan, liberando a LA MUNICIPALIDAD de toda responsabilidad que eventualmente se le pudiera imputar por cualquier acontecimiento dañoso y manteniendo indemne a la misma ante cualquier tipo de reclamo que encuentre su causa en tal circunstancia.
SEXTA: El cumplimiento del presente contrato será controlado desde el municipio por la Secretaría de Cultura. A través de la intervención de dicha dependencia y de modo conjunto con EL LOCADOR se adoptarán las medidas tendientes a superar los inconvenientes que eventualmente puedan surgir y dificulten la ejecución del contrato o las posibles diferencias en cuanto a la interpretación de su texto.
SÉPTIMA: La falta de cumplimiento por una de las partes a cualquiera de las cláusulas pactadas en el presente contrato, producirá la mora automática de pleno derecho, facultando a la otra parte a rescindir el mismo y a reclamar eventuales daños y perjuicios ocasionados.
OCTAVA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios con asiento en la ciudad de Mar del Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, incluso el Federal. A los efectos del presente contrato, las partes constituyen domicilios en los lugares indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales a practicarse.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Mar del Plata a los ...días del mes de ... del año dos mil……….
GUSTAVO FRAGA LEANDRO LASERNA
ASOC. ARG DE ACTORES SECRETARIO DE CULTURA
DECRETO 3536 ( 30-12-2014) Expte 13014-0-2014 alc1
ARTICULO 1º.- Convalídase la contratación directa de las prestaciones requeridas por la Dirección General de Coordinación de la Secretaría Privada consistentes en el armado y colocación de 1000 afiches en la vía pública con reposición durante 30 días corridos correspondientes al mes de julio de 2014 a la firma DROMOS S:A: CUIT 30-71251369-8 por un monto total de PESOS CIEN MIL ($ 100.000).
ARTICULO 2º.- Reconózcase de legítimo abono y autorízase el pago a la firma DROMOS S.A. de la factura conformada por la Dirección General de Coordinación conforme el siguiente detalle:
Fecha Factura Importe Período 07/07/14 00001-00000028 $ 100.000 Julio 2014
ARTICULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria:
Fin/Fun: 1-3-0, Programa 01-00-00, Inc. 3, P.P. 6, P.p. 1, P.Sp.0. F.fin 1-1-0, Institucional 1-1-1-01-01-000, UER: 1 Importe:
$100.000.
ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y efectos que correspondan intervenga la Secretaría Privada, Secretaria de Economía y Hacienda – Dirección General de Contrataciones – y la Contaduría General.-
PEREZ PULTI
DECRETO 3537 ( 30-12-2014) Expte 14890-0-2013 alc 2 cpo1
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto de Gastos de la Administración Central correspondiente al ejercicio 2014, por la suma de PESOS ONCE MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 11.136.483,18.-), dotando de crédito y ampliando las partidas presupuestarias según se detalla a fojas 16/17 del Expediente Nº 14.890-0-2013 – Cuerpo 01 – Alcance 02 - Cuerpo 01.-
ARTÍCULO 2º.- La modificación dispuesta en el artículo primero, se financiará con economías provenientes de las partidas presupuestarias indicadas a fojas 18 del Expediente Nº 14.890-0-2013 –Cuerpo 01 –Alcance 02 -Cuerpo 01.- ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.-
ARTÍCULO 4º.-Regístrese, dese al Boletín Municipal, comuníquese a la Dirección de Presupuesto y Contaduría General.- PEREZ PULTI
DECRETO 3538 ( 30-12-2014) Expte 14249-9-2014 cpo 01 alc 01
ARTICULO 1º.- Convalídase la contratación directa de las prestaciones requeridas por la Dirección General de Coordinación de la Secretaría Privada consistente en publicidad aérea para promover la campaña “Con tormenta no estés en la Playa” correspondiente a los períodos del 24 al 31 de enero y 1 al 28 de febrero de 2014 a la firma – Razón Social: EDITORIAL LA CAPITAL S.A., CUIT 30-5931 4321-6, por un monto total de PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 183.920).
ARTICULO 2º.- Reconózcase de legítimo abono y autorízase el pago a la firma Editorial La Capital de las facturas conformadas por la Dirección General de Coordinación conforme el siguiente detalle:
Fecha Factura Importe Período 20/08/14 0007-00317318 $ 67.760 24 al 31/01/14 20/08/14 0007-00317317 $ 116.160 01 al 28/04/14
ARTICULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria:
Fin/Fun: 1-3-0, Programa 01-00-00, Inc. 3, P.P.6, P.p.1, P.Sp.0, F.Fin 1-1-0, Institucional 1-1-1-01-01-000, UER 1, Importe: $ 183.920.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y efectos que correspondan intervenga la Secretaría Privada, Secretaria de Economía y Hacienda – Dirección General de Contrataciones – Contaduría Municipal.
PEREZ PULTI DECRETO 3539 ( 30-12-2014 ) Expte 17262-1-2014 alc1
ARTICULO 1º.- Convalídese la contratación directa realizada por la Dirección General de Coordinación de la Secretaría Privada, y reconócese, de legítimo abono, la prestación recibida y autorízase el pago a la firma – Razón Social: EDITORIAL LA CAPITAL S.A. de las siguientes facturas:
Factura Nº 0046-0000339 de $91.868,04 (PESOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON CUATRO CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00002914 de $110,50 (PESOS CIENTO DIEZ CON CINCUENTA CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00003923 de $112.621,60 (PESOS CIENTO DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO CON SESENTA CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00003924 de $112.621,60 (PESOS CIENTO DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO CON SESENTA CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00003917 de $36.968,83 (PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00003914 de $36.968,80 (PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON OCHENTA Factura Nº 0041-00003915 de $36.968,80 (PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON OCHENTA Factura Nº 0041-00003916 de $36.968,80 (PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON OCHENTA Factura Nº 0046-00000338 de $55.176,00 (PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS).
Factura Nº 0041-00003926 de $112.621,60 (PESOS CIENTO DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO CON SESENTA CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00003925 de $112.621,60 (PESOS CIENTO DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO CON SESENTA CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00004324 de $4.780,67 (PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00003613 de $110,50 (PESOS CIENTO DIEZ CON CINCUENTA CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00004322 de $4.412,93 (PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS DOCE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00004323 de $4.412,93 (PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS DOCE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00003940 de $110,50 (PESOS CIENTO DIEZ CON CINCUENTA CENTAVOS).
Factura Nº 0041-00003987 de $110,50 (PESOS CIENTO DIEZ CON CINCUENTA CENTAVOS).
ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria:
Fin/Fun.1-3-0, Programa: 01-00-00, Inc. 3, P.P. 6 , P.p.2 , P. Sp. 0 , F.Fin. 110 , Institucional: 1110101000, UER: 1, Importe: $ 759.454,20.
ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y efectos que correspondan intervengan la Secretaría Privada, Secretaria de Economía y Hacienda – Dirección General de Contrataciones – Contaduría Municipal.
PEREZ PULTI DECRETO 3542 ( 30-12-2014)
Artículo 1º.- Ampliar el servicio de Recolección de Residuos no Habituales (Montículos) contratado a la Empresa Transportes 9 de Julio S.A. en 28302 cuadras totales a un promedio diario de 4717 cuadras, según detalle de fojas 3 y 4 desde el 1 de Enero de 2015 hasta el 31 de Marzo de 2015 inclusive.
Artículo 2º.- El importe de la presente prorroga asciende a la suma de Pesos tres millones cuatrocientos cuarenta y siete mil cuatrocientos sesenta y seis con sesenta y dos centavos ($ 3.447.466,62) mensuales, lo que hace un total de pesos Diez millones trescientos cuarenta y dos mil trescientos noventa y nueve con ochenta y seis centavos ($ 10.342.399,86).
Artículo 3º.- El egreso que demande la ejecución de la presente contratación será imputado a: Jurisdicción 1110105000 Fin./Func.1-3- 0 Programa 22.00.00-FFin, 110 Inc.3 PP 3 Pp7 PSp0.
Artículo 4º.- La empresa Transportes 9 de Julio S.A. deberá integrar la ampliación de la garantía de ejecución de contrato contemplada en el art. 3.11, equivalente al 15% del monto anual del servicio que se amplió.
Artículo 5º.- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Hacienda y el Presidente del Ente de Obras y Servicios Urbanos.
Artículo 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y notifíquese a la Empresa Transportes 9 de Julio S.A. por el Ente de Obras y Servicios Urbanos.
ARTIME PEREZ PULTI RESOLUCION 844 ( 6-4-2014) Expte 8601-0-2010 cpo 1
Artículo 1º.- Rechazar el recurso incoado por la peticionante Sra. PATRI, María Ester por la cuenta Nº 357.330/5 -en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente- y ratificar los beneficios de exención oportunamente otorgados por Resolución de la Secretaría de Economía y Hacienda registrada bajo el Nº 1030/12 y Disposición de la Agencia de Recaudación Municipal Nº E 456/13.- Artículo 2º.- Intimar el pago correspondiente al 50% de los período devengados para la cuenta Nº 357.330/5.-
Artículo 3º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Dirección de Recursos - Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.-
PEREZ RESOLUCION 2163 ( 20-11-2014) Expte 9038-5-2014 cpo 01
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Concurso de Precios Nº 54/14 para la “Adquisición de pinturas y accesorios”, cuya apertura de sobres fuera efectuada el día 26 de Septiembre de 2014 a las 11:13 horas.
ARTÍCULO 2°.- Adjudicar por menor precio y ajustarse a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones, a las firmas y por los montos que a continuación se detallan:
Pedido de Cotización Nº 1442 (Solicitud de pedido Nº 1003) PINTURERÍAS AMBITO S.A.
Monto adjudicado: PESOS ONCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 89/100 ($11.640,89.-) Ítem Unidad de
Medida Cantidad Detalle Precio
Unitario
Costo Total
1 LATA 10
FONDO PARA MADERA – COLOR BLANCO - PRESENTACION LATA X 4 LTS. MARCA ALBA
$194,44.- $1.944,40.-
4 CADA UNO 3
ENTONADOR P/PINTURA – COLOR OCRE - CAPACIDAD 120 cm. MARCA ALBA
$19,19.- $57,57.-
5 CADA UNO 33
ENTONADOR P/PINTURA – COLOR AMARILLO - CAPACIDAD 120 cm.
MARCA ALBA
$19,19.- $633,27.-
6 CADA UNO 3
ENTONADOR P/PINTURA – COLOR AZUL - CAPACIDAD 120 cm. MARCA ALBA
$19,19.- $57,57.-
7 CADA UNO 3
ENTONADOR P/PINTURA – TIPO UNIVERSAL - COLOR BERMELLON - CAPACIDAD 120 cm. MARCA ALBA
$19,19.- $57,57.-
8 CADA UNO 3
ENTONADOR P/PINTURA – COLOR MARRON - CAPACIDAD 120cm.
MARCA ALBA
$19,19.- $57,57.-
12 LATA 6
ESMALTE SINTETICO – COLOR BLANCO - CAPACIDAD 20 L.
MARCA ALBA
$1.256,54.- $7.539,24.-
21 UNIDAD/ES 17
PINCEL - TIPO PINCELETA - USO GENERAL – MATERIAL CERDA CHINA. MARCA EL GALGO
$41,12.- $699,04.-
22 UNIDAD/ES 17 RODILLO - MATERIAL LANA -
LARGO 22 Cm. MARCA EL GALGO $34,98.- $594,66.- LADERA SUR S.A.
Monto adjudicado: PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 99/100 ($14.939,99.-)
Ítem Unidad de Cantidad Detalle Precio Costo Total
Medida Unitario
2 LATA 9
PINTURA AL LATEX – USO
IMPERMEABILIZANTE – COLOR BLANCO - CAPACIDAD 20 L. MARCA CENTRO
$741,45.- $6.673,05.-
15 LATA 3
PINTURA AL LATEX – TIPO ANTIHONGO - USO CIELORRASO - COLOR BLANCO – CAPACIDAD 20 L. MARCA CENTRO
$630,40.- $1.891,20.-
23 LATA 6
ESMALTE SINTETICO - DESTINO SIN - COLOR BLANCO - CAPACIDAD LATA X 20 LITROS. MARCA CENTRO
$741,45.- $4.448,70.-
26 BIDON 11 AGUARRAS MINERAL – ENVASE
BIDONES POR 4 LITROS. MARCA IRAT $86,18.- $947,98.-
27 LATA 4
BARNIZ - TIPO BRILLANTE - COLOR MARINO – CAPACIDAD LATA X 4 L.
MARCA CENTRO
$180,25.- $721.-
28 POTE 11
ENDUIDO - TIPO AL AGUA -
PRESENTACION POTE X 1 KG. MARCA CENTRO
$23,46.- $258,06.- NOUDAL S.R.L.
Monto adjudicado: PESOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE CON 80/100 ($19.929,80.-) Ítem Unidad de
Medida Cantidad Detalle Precio
Unitario Costo Total
3 LATA 2
PINTURA - USO PARA PISOS - COLOR VERDE - CAPACIDAD 20 LITROS - TIPO PINTURA AL AGUA.
MARCA AIKE
$1.006.- $2.012.-
9 LATA 12
AGUARRAS MINERAL – ENVASE LATA DE 3.6 L. MARCA PUNTO KISDE (ALTERNATIVA)
$108,25.- $1.299.-
10 LATA 6
ENDUIDO - TIPO PLASTICO AL AGUA - USO INTERIORES - COLOR BLANCO – CAPACIDAD 10 L.
MARCA WEPELL
$160,60.- $963,60.-
11 LATA 6
ENDUIDO - TIPO INTERIOR - PRESENTACION X 4 LTS. MARCA WEPELL
$74,90.- $449,40.-
13 LATA 3
ESMALTE SINTETICO – TIPO MATE - COLOR BLANCO - CAPACIDAD 4 L.
MARCA UXELL
$295,40.- $886,20.-
14 LATA 17
PINTURA AL LATEX – TIPO ACRILICO - USO EXTERIORES - COLOR BLANCO – CAPACIDAD 20 L.
MARCA TECHESCO
$434.- $7.378.-
16 UNIDAD/ES 30
PAPEL DE LIJA - TIPO PARA PARED - Nº 220 – PRESENTACION POR UNIDAD. BLANCA .MARCA NORTON
$4,43.- $132,90.-
17 UNIDAD/ES 30
PAPEL DE LIJA - TIPO PARA PARED - Nº 150 - PRESENTACION POR UNIDAD. BLANCA. MARCA NORTON
$4,43.- $132,90.-
18 UNIDAD/ES 30
PAPEL DE LIJA - TIPO BLANCA - Nº 80 - PRESENTACION POR UNIDAD.
MARCA NORTON
$4,43.- $132,90.-
19 UNIDAD/ES 12
PINCEL - TIPO CHATO – USO PINTURA - Nº 30 CMS - MATERIAL CERDA CHINA. MARCA ROSARPIN
$28.- $336.-
20 UNIDAD/ES 12
PINCEL - TIPO CHATO – USO PINTURA - Nº 20 – MATERIAL CERDA CHINA. MARCA ROSARPIN
$17,50.- $210.-
24 LATA 13
PINTURA AL LATEX – USO PARA INTERIOR – COLOR BLANCO - CAPACIDAD LATA X 20 LITROS.
MARCA TECHESCO
$354,50.- $4.608,50.-
25 LATA 3
PINTURA ASFALTICA - TIPO "A" - PRESENTACION LATA X 18 L.
MARCA MEGAFLEX
(ALTERNATIVA)
$462,80.- $1.388,40.- Pedido de Cotización Nº 1444 (Solicitud de Pedido Nº 1216)
PINTURERÍAS ÁMBITO S.A.
Monto adjudicado: PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 80/100 ($349,80.-) Ítem Unidad de
Medida Cantidad Detalle Precio
Unitario
Costo Total 1 UNIDAD/ES 10 RODILLO - MATERIAL LANA - LARGO
22 Cm. MARCA EL GALGO $34,98.- $349,80.-
NOUDAL S.R.L.
Monto adjudicado: PESOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS ($24.236.-) Ítem Unidad de
Medida Cantidad Detalle Precio
Unitario
Costo Total
2 UNIDAD/ES 20
PINTURA AL LATEX – USO
EXTERIORES - COLOR BLANCO POLAR - CAPACIDAD 20 L. MARCA TECHESCO
$434.- $8.680.-
5 ROLLO 40 MEMBRANA C/ALUMINIO - ESPESOR
4MM –ESPESOR ALUMINIO 40 Mn - x 10 $388,90.- $15.556.-
MTS. MARCA MEGAFLEX Nº 4 LADERA SUR S.A.
Monto adjudicado: PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS OCHO CON 50/100 ($3.408,50.-) Ítem Unidad de
Medida Cantidad Detalle Precio
Unitario
Costo Total
3 UNIDAD/ES 10
ESMALTE SINTETICO – TIPO MATE - COLOR BLANCO - CAPACIDAD 4 L.
MARCA CENTRO
$297,70.- $2.977.-
4 UNIDAD/ES 5 AGUARRAS MINERAL – ENVASE BIDONES
POR 5 LITROS. MARCA IRAT $86,30.- $431,50.-
MONTO TOTAL ADJUDICADO EN CONCURSO DE PRECIOS: PESOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUATRO CON 98/100 ($74.504,98.-)
ARTÍCULO 3°.- Registrar, comunicar, publicar y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones y a la Contaduría General.
PEREZ ROJAS
DECRETOS DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
DECRETO 208 (23-01-2015) Expte. 2343-9-2003 ALC 0 CPO. 1
ARTÍCULO 1º.- Declárase prescripto por extinción de la acción los períodos comprendidos entre 21º/2.004 y 21º/2.006 (en tanto se mantengan impagos), devengado en la cuenta nro. 122.659 en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene - en virtud de lo expuesto en el exordio del presente -.
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda – Dirección de Recursos, Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.
PEREZ PULTI
DECRETO 239 (23-01-2015) Expte. 9514-7-2008 ALC 7 CPO. 1
ARTÍCULO 1º.- Prorróganse, a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio de 2015, inclusive, las designaciones de los agentes que seguidamente se detallan, en el cargo y Nº de Orden que para cada uno se indica, con dependencia del Departamento Re.B.A. y Publicidad (U.E. 17-05-1-2-3-00), con carácter de Personal Temporario Mensualizado:
PROFESIONAL CARRERA MAYOR I – C.F. 2-17-00-16 – 35 horas semanales.
LETICIA VICTORIA ABBADIE (Legajo Nº 30642/1), Nº de Orden 10816.
ARQUITECTO I – C.F. 2-17-00-01 – 35 horas semanales.
MARIELA BEATRIZ CUBAS (Legajo Nº 30643/1) Nº de Orden 10817.
DALILA VANESA FLORES (Legajo Nº 30644/1), Nº de Orden 10818.
MARÍA JOSÉ GARCIA (Legajo Nº 30645/1), Nº de Orden 10819.
NOELIA LORENA MARINGOLO (Legajo Nº 30646/1), Nº de Orden 10820.
TECNICO INICIAL – C.F. 4-02-00-01 – 35 horas semanales.
FRANCO JAVIER POZZI (Legajo Nº 30647/1), Nº de Orden 10821.
ARTÍCULO 2º.- Déjase expresamente establecido que las personas cuyas designaciones son prorrogadas mediante el presente, podrán ser dadas de baja, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 101º de la Ley Provincial 11757.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-18- 000 – Prog. 18-00-00- Fin. y Fun. 4-7-0 – UER. 20 – F.Fin. 1-1-0 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp. 1.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE SEGURIDAD, JUSTICIA MUNICIPAL Y CONTROL.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
ALVEOLITE GARCIA PULTI
DECRETO 329 (06-02-2015) Expte. 115-4-2010 ALC 1 CPO. 1
ARTÍCULO 1º.- Decláranse prescriptas por extinción de la acción las cuotas adeudadas comprendidas en los convenios Nº 88- 9001020; 90-9003021 y 91-9004141, en tanto subsistan impagas, que pesan sobre la cuenta nro. 304.337 en concepto de Derechos por Publicidad y Propaganda –en virtud de lo expuesto en el exordio del presente–.
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda – Dirección de Coordinación de Recursos, División Publicidad y Propaganda.
PEREZ PULTI
DECRETO 330 ( 6-2-2015) Expte 189-3-2009 cpo 1
ARTÍCULO 1º.- Decláranse prescriptos por extinción de la acción los períodos comprendidos entre 5°/1.995 y 6°/2.003, en tanto subsistan impagos, correspondientes a las cuentas 577.310/9; 577.309/3; 577.308/6; 577.311/6; 577.312/3; 577.313/0; 577.314/7;
577.315/4; 577.316/1; 577.317/8; 577.318/5; 577.319/2; 577.320/8; 577.321/5, en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Fondo de Desagüe y Fondo Solidario Mar del Plata 2.000 –en virtud de lo expuesto en el exordio del presente–.
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda – Dirección de Coordinación de Recursos, Departamento de Contribución por Mejoras y Propiedad Inmueble.
PEREZ PULTI
DECRETO 380 (12-02-2015) Expte. 9585-7-2008 CPO. 1
ARTÍCULO 1º.- Decláranse prescriptos por extinción de la acción los períodos impagos comprendidos entre 4º/1991 y 2º/2005 inclusive, devengados en la cuenta 56.741 en concepto de Derechos por Publicidad y Propaganda –en virtud de lo expuesto en el exordio del presente–.
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda – Dirección de Coordinación de Recursos, División Publicidad y Propaganda.
PEREZ PULTI
DECRETO 403 ( 12-02-2015) Expte 836-5-2015 cpo 01
ARTÍCULO 1°.- Llámase a Licitación Pública Nº 03/15 para la “Contratación del servicio de transporte de personas en situación de discapacidad”, con un presupuesto oficial de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS SESENTA MIL ($1.260.000.-), cuya apertura se realizará el día 30-4-2015 a las ……10.. horas en la Dirección General de Contrataciones.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones obrante a fojas 4/24 de estas actuaciones, cuyo valor de venta se establece en la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00).
ARTÍCULO 3°.- Publíquese por dos (2) días en el Boletín Oficial y por dos (2) días en el diario “La Capital” de la ciudad de Mar del Plata.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan, intervengan la Dirección General de Contrataciones, la Dirección Prensa y Difusión y la Tesorería Municipal.
PEREZ PULTI DECRETO 418 (23-02-2015)
ARTÍCULO 1º.- Desígnase a partir de la fecha de su notificación y hasta el 31 de diciembre de 2015, con carácter temporario, a la Agente Profesora AYELEN MESANZA – Legajo 31775 - con el cargo de Profesor de Enseñanza Inicial y Primaria – CF. 9-80-06- 01- con 6 Horas Cátedras semanales para cumplir funciones en la enseñanza de la disciplina Nado Sincronizado, en el Natatorio Olímpico dependiente del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande lo dispuesto en el presente Decreto deberá imputarse a la U.E. 01-02-0-0-0-00 – Prog. 16 – Act. 01 – Inciso 1- Partida Principal 01 – Partida Parcial 1- Partida Subparcial 9 (Horas Cátedra) del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación y Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
TACCONE PEREZ PULTI
DECRETO 437 (24-02-2015) Expte. 15177-3-2008 CPO. 1
Artículo 1°.- Declárase exenta en un cincuenta por ciento (50%) del pago de la Tasa por Servicios Urbanos -en virtud de lo expuesto en el exordio del presente- a la Sra. HERNANDEZ, Blanca Nieves por la cuenta Nº 329.945/8 y por los Ejercicios Fiscales 2013, 2014 y 2015.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.-
Artículo 3°.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Dirección de Coordinación de Recursos - Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.-
PEREZ PULTI
DECRETO 439 (24-02-2015) Expte. 9115-2-2011 ALC 62 CPO. 01
Artículo 1º.- Declárase exenta en un ciento por ciento (100%) del pago de la Tasa por Servicios Urbanos -en virtud de lo expuesto en el exordio del presente- a la Sra. CIRIACO, Maria Estefanía por la cuenta Nº 300.663/0, por los Ejercicios Fiscales 2011, 2012 y 2013.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y a sus efectos intervenga la Dirección de Coordinación de Recursos – Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.-
PEREZ PULTI
DECRETO 440 (24-02-2015) Expte. 15615-9-2012 CPO. 1
Artículo 1º.- Declárase exenta en un cincuenta por ciento (50%) del pago de la Tasa por Servicios Urbanos -en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente- a la Sra. MÁRQUEZ, Elsa Esther por la cuenta Nº 368.971/4 con solicitud interna Nº 0346 (Ini/12) por la cuota 6º/2012 y por los Ejercicios Fiscales 2013 y 2014.-
Artículo 2.- La caducidad del beneficio se producirá de pleno derecho en los casos del artículo 256° de la Ordenanza Fiscal (Texto s/Ord. 20.711).-
Artículo 3.- En caso de producirse modificaciones que puedan significar un cambio de la actual situación tributaria, las mismas deberán comunicarse al Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios de la Dirección de Coordinación de Recursos, dentro de los treinta (30) días de haberse producido.-
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.-
Artículo 5º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Dirección de Coordinación de Recursos – Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.-
PEREZ PULTI
DECRETO 467 (03-03-2015)
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir del 19 de enero de 2015:
U.E. 11-01-0-3-2-00 – Fin. Y Func. 3-1-0 – Programatico 28-00-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – U.E.R. 8 – DEPARTAMENTO BROMATOLOGÍA.
Nº O. C.F. Alta Denominación 7267 2-17-00-03 Ingeniero I
ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir del 19 de enero de 2015, al Sr. SEBASTIAN CHRISTIAN SPERONI (Legajo Nº 31811/1 – M.I.Nº 28.016.419), en planta permanente y con carácter provisional, en los términos de lo establecido en el Artículo 7º de la Ley 11757, como INGENIERO I (C.F. 2-17-00-03 – 35 horas semanales – Nº de Orden 7267), con dependencia del Departamento Bromatología (U.E. 11-01-0-3-2-00).
ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, al agente designado mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir del 19 de enero de 2015, una Bonificación por Actividad Crítica, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del sueldo básico que percibirá de conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Nº 992/08.
ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, al agente designado mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir del 19 de enero de 2015, una Bonificación por Tarea Riesgosa del VEINTICINCO POR CIENTO (25%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de
Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, al agente designado mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir del 19 de enero de 2015, una Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTICULO 6º.- Acuérdase, al agente designado mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir del 19 de enero de 2015, un Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-08-000 – Prog.
28-00-00 – Fin. y Fun. 3-1-0 - UER: 8 – F.Fin. 1-1-0 – Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 3 – Para Art. 3º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 – P.Sp. 3 - Ap. 1 –
Para Art. 4º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 5 – Ap.1- Para Art. 5º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap.3- Para Art. 6º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap.4-
ARTÍCULO 8º.- El presente Decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE SALUD.
ARTÍCULO 9º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
GARCIA CRISTALDI PULTI
DECRETO 468 (03-03-2015)
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, convirtiendo el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:
Nº O. C.F.Baja Denominación C.F.Alta Denominación 612 4-16-74-01 Técnico Especializ. IV 4-02-00-01 Técnico Inicial
ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:
U.E. 13-00-0-3-0-00 – Fin. y Func. 3-4-5 – Programático 16-00-00 – Institucional 1-1-1-01-11-000 – UER. 13 – DIRECCION MUSEOS Y CENTRO CULTURAL VILLA VICTORIA OCAMPO
Nº Orden C.F. Denominación Meses 11125 2-17-00-16 Prof. Carrera Mayor I 6
ARTÍCULO 3º.- Designase, a partir de la fecha de su notificación y hasta el 30 de junio de 2015, inclusive, a la Srta. NATALIA MINUCHIN (Legajo Nº 31254/2 - M.I.Nº 24.674.097), como PROFESIONAL CARRERA MAYOR I (C.F. 2-17-00-16– 35 horas semanales - Nº de Orden 11125), con dependencia de la Dirección Museos y Centro Cultural Villa Victoria Ocampo (U.E. 13- 00-0-3-0-00), con carácter de Personal Temporario Mensualizado.
ARTÍCULO 4º.- Déjase expresamente establecido que la persona designada mediante el presente, podrá ser dada de baja, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 101º de la Ley Provincial 11757.
ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-11- 000 – Prog. 16-00-00- Fin. y Fun. 3-4-5 – UER.13 – F.Fin. 1-1-0 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp. 1.
ARTÍCULO 6º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO y de CULTURA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
GARCIA LASERNA PULTI
DECRETO 480 (03-03-2015)
Artículo 1º: Modificase el artículo 2º del Decreto Nº 201 del 23 de enero de 2015, el que quedará redactado como se indica a continuación:
“Artículo 2º: El egreso que demande lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a: Fin/Fun: 1-3-0, Programático: 01-02- 00, Inc.: 3, P.P.: 3, P.p.: 5, P.Sp.: 0, F.Fin: 110, Institucional: 1110103000, UER: 3, Importe: $ 5.153.628.-“.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.
Artículo 3º: Regístrese, dése al Boletín Municipal, y para los demás efectos intervenga la Dirección General de Asuntos de la Comunidad. Cumplido, pase a la Contaduría General y a la Secretaría de Economía y Hacienda.
GARCIA PEREZ PULTI DECRETO 495 (03-03-2015) Expte. 12298-7-2012 CPO. 01
Artículo 1º.- Declárase exenta en un ciento por ciento (100%) del pago de la Tasa por Servicios Urbanos -en virtud de lo expuesto en el exordio del presente- a la Sra. LENCINA, Susana Alicia por la cuenta Nº 095.680/8 con solicitud interna Nº 0305 (Ini/12) y los Ejercicios Fiscales 2012 y 2013.-
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.-
Artículo 3º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Dirección de Coordinación de Recursos – Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.-
PEREZ PULTI
DECRETO 496 (03-03-2015) Expte. 5300-9-2012 ALC 103. CPO. 01
Artículo 1°.- Decláranse exentos en un cincuenta por ciento (50%) del pago de la Tasa por Servicios Urbanos -en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente- a los inmuebles y propietarios que en cada caso a continuación se mencionan y por los Ejercicios Fiscales 2012, 2013 y 2014.-
Nº DE SOLICITUD SOLICITANTE Nº DE CUENTA
0099 ATUÉ, Asadt Nesorala 367.494/7
0230 PASTORIZA, Francisco Rosier 586.688/3
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.
Artículo 3°.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Dirección de Coordinación de Recursos – Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.-
PEREZ PULTI
DECRETO 497 (03-03-2015) Expte. 10914-6-2012 ALC 117
ARTICULO 1º.- Otórgase – en virtud a lo expuesto en el exordio del presente – a la Asociación Civil Hábitat y Vida, con domicilio en la calle Roca Nº 4355 de esta ciudad, un subsidio por la suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000.-), para afrontar los gastos que demande la ejecución del Proyecto de Presupuesto Participativo “Construcción del Jardín Maternal 1er Etapa- El Martillo”, que se materializará a través del pago de costos de proyecto y planos de arquitectura, delimitación, limpieza y nivelación de los terrenos, cartel de obra e instalación del obr4ador, costos bancarios y administrativos, tal como surge de fojas 22 del expediente nº 10914-6- 2012 Alc 117.
ARTÍCULO 2º.- Los fondos asignados en el artículo precedente deberán rendirse en la forma y oportunidad que establece el Decreto Nº 652/82.
ARTICULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: Institucional: 1-1-1-01-05-000; Fuente de Financiamiento: 132; Finalidad/Función: 1.3.0.; Categoría Programática:
34-16-00; Partida: Inc.5, P.P.2 P.p.4, P.Sp.0; UER:5. $40.000.-
ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, publíquese, comuníquese y notifíquese a la Entidad. Cumplido, intervenga la Contaduría General.
PEREZ PULTI DECRETO 498 (03-03-2015) Expte. 4084-7-2014 CPO. 1
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Reglamento del Premio a la Producción Artística- Edición 2015, en las disciplinas Teatro, Títeres, Danza, Música Popular y Producción Audiovisual que obran a fojas 16 a 20 del presente.
ARTICULO 2º.- Fíjase en pesos cuarenta y cinco mil ($ 45.000.-) el monto total a destinar para el pago del Premio a la Producción Artística Edición 2015, que se efectivizarán a los ganadores, según lo dictamine el Jurado competente mediante el Acta respectiva.
ARTÍCULO 3º.- Autorízase el gasto de pesos cuarenta y cinco mil ($ 45.000), en concepto de pago de premios a la Producción Artística-Edición 2015, de acuerdo al siguiente detalle:
TÍTERES: $ 5.000.- TEATRO: $ 10.000.-
MÚSICA POPULAR: $ 10.000.- DANZA: $ 10.000.-
PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL: $ 10.000.-
ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo precedente deberá ser imputado a: Jurisdicción 1110111000 Programático 16.00.00 UE 13 Fte. Fin. 110 Partida 5.1.3.1 Importe $ 45.000,00.
ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Hacienda y de Cultura.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, y a sus efectos intervengan la Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Cultura.
LASERNA PEREZ PULTI
DECRETO 507 (05-03-2015) Expte. 15282-0-2008 CPO. 1
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, convirtiendo el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:
Nº de O. C.F. baja Denominación C.F. alta Denominación 1627 4-16-74-02 Asistente Social II 2-17-00-07 Sicologo I
ARTÍCULO 2º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, a la agente MARÍA DE LOS ANGELES ESCOBAR (Legajo Nº 26395/1), como SICOLOGO I (C.F. 2-17-00-07 – 35 horas semanales - Nº de Orden 1627), con dependencia de la Dirección de Promoción Social y Comunitaria (U.E. 12-00-1-1-0-00), trasladándose para tal fin el cargo de la U.E. 12-00-1-1-0-02, dándosele de baja del cargo de Profesional Carrera Mayor I (C.F. 2-17-00-16 – 35 horas semanales – Nº de Orden 5999 - U.E. 15-00-0-0-0-00), dándosele por finalizado el pago de las bonificaciones que viene percibiendo.
ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a la agente dada de alta mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación por Tarea Riesgosa del VEINTICINCO POR CIENTO (25%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a la agente dada de alta mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTICULO 5º.- Acuérdase, a la agente dada de alta mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, un Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-09-000 – Prog.
29-00-00 – Fin. y Fun. 3-2-0 - UER: 9 – F.Fin. 1-1-0 – Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 3 – Para Art. 3º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 – P.Sp. 5 - Ap. 1 –
Para Art. 4º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap.3- Para Art. 5º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap.4.
ARTÍCULO 7º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO, DE DESARROLLO SOCIAL Y DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
GARCIA AIELLO PEREZ ROJAS PULTI
DECRETO 511 (05-03-2015)
Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la realización de las "III JORNADAS DE ATAXIAS y OTROS MOMIVIENTOS ANORMALES - EN MAR DEL PLATA” que, organizadas conjuntamente por el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur (INAREPS) y la Asociación de Ataxias de Argentina (ATAR), se llevarán a cabo los días 10 y 11 de abril de 2015, en instalaciones del INAREPS, Ruta Provincial 88 Km 1,5, de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Salud.
Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y a los efectos pertinentes intervenga la Dirección de Administración y dependencias competentes.
CRISTALDI PULTI DECRETO 521 (09-03-2015)
ARTÍCULO 1º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación y hasta el 30 de junio de 2015, con carácter de Personal Temporario Mensualizado, en el Ente de Obras y Servicios Urbanos, a los agentes que se detallan a continuación, en el Cargo y Módulo Horario y Dependencia que se indica en cada caso:
ANA CLARA LANDIVAR - Legajo Nº 28111/1 - DNI. 30.467.113 - Cargo LICENCIADO EN SERVICIO SOCIAL I - (C.F. 2-17-0019) - Módulo horario 35 horas - Nº de Orden S 1052, en la División Social del G.I.R.S.U.-
IGNACIO SANGENIS - Legajo Nº 31793/1 - DNI.29.141.891 - Cargo ABOGADO I - (C.F. 2-17-00-02) - Módulo horario 35 horas - Nº de Orden S 0229, en la Dirección de Gestión del G.I.R.S.U.-
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que las personas designadas en el artículo anterior carecen de estabilidad, habilitándose la remoción del cargo cuando el Departamento Ejecutivo en oportunidad, mérito y conveniencia, lo considere necesario.-
ARTÍCULO 3º. - El ENOSUR adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENTE de OBRAS y SERVICIOS URBANOS.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR y dése intervención a la contaduría de dicho Ente.-
ARTIME PULTI DECRETO 522 (09-03-2015) Expte 13247-4-2014
ARTICULO 1º: - Autorizase la contratación de las Cooperativas de trabajo “La Razón de mi Vida”, “Nestor Kirchner” y “Obreros del Señor” para la puesta en valor de SESENTA (60) refugios peatonales por la suma total de PESOS TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL ($ 318.000), es decir a razón de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS ($ 5.300,00) por cada una de ellas, la que se compone de la siguiente manera:
- PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS ($ 5.300,00) por el ensamblaje, limpieza, sellado de juntas, tratamiento antióxido, colocación de bancos de madera, y pintura integral de las partes.
ARTICULO 2º: - El monto indicado en el art. 1 se discrimina de la siguiente manera:
Cooperativa “La Razón de mi Vida” PESOS CIENTO SEIS MIL ($ 106.000,00); Cooperativa “Nestor Kirchner” PESOS CIENTO SEIS MIL ($ 106.000,00) y Cooperativa “Los obreros del Señor MDP” PESOS CIENTO SEIS MIL ($ 106.000,00);
ARTICULO 3º:- El monto indicado en el articulo 2º para cada cooperativa se abonará de la siguiente manera: cada 50 % de avance físico en cada cooperativa.
ARTICULO 4º:- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo precedente deberá imputarse de la siguiente partida presupuestaria:
Institucional: 111 0109 000 Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal Categoría Programática: 010000 Partida: 3.5.1 Fin. – Fun.: 3-2-0
ARTICULO 5º:- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Social y el señor Secretario de Economía y Hacienda.-