INFORME DE LA MESA SECTORIAL.
(08-04-2016)
ASISTENTES: Por la Consejería: Director General de RR.HH, Jefes de Servicio de la D.G. de RR.HH. Por la parte sindical: ANPE, STE, CCOO, CSIF y UGT.
1. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO ESPECIFICO PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO VACANTES PARA PERSONAL DOCENTEN EN LOS EQUIPOS DE ATENCIÓN EDUCATIVA HOSPITALARIA Y DOMICILIARIA Y EN LOS EQUIPOS DE ATENCIÓN EDUCATIVA EN CENTROS DE REFORMA DE MENORES DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CLM.
CONSEJERÍA: Nos presentan el borrador de la Resolución.
ANPE:
Según el Art 3, especifica que se podrá optar únicamente a una vacante. Lo que pedimos es que no se haga esta limitación, que se pueda elegir por orden de preferencia dentro de estos equipos más de una plaza como ocurría en el curso anterior.
En el art 9 cuando hay ausencia de candidatos por cese o nuevas vacantes, nos parece bien que se cubran estas puestos libres con las personas que han pasado la primera fase por orden de puntuación, pero que estos también tengan la opción de renovar anualmente con una valoración positiva con un periodo máximo de cuatro años, como ocurre con los que pasan el proceso ordinario.
Exigimos que para que sea un proceso de selección más específico, se le dé más peso a la segunda fase, al conjunto de méritos, que a la primera fase, el proyecto.
2. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO ESPECIFICO PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO VACANTES PARA PERSONAL DOCENTE EN EQUIPOS ESPECÍFICOS DE ATENCIÓN EDUCATIVA AL ALUMNADO CON CEGUERA O DEFICIENCIA VISUAL GRAVE DE CLM.
CONSEJERÍA: Nos comentan el borrador de la resolución y que se ha eliminado como novedad el requisito para acceder a estos equipos teniendo un curso específico de la ONCE.
ANPE: Nos alegramos mucho que se haya quitado la limitación del curso de la ONCE como vienen exigiendo ANPE en convocatorias anteriores.
Igual que en la convocatoria anterior, Según el Art 3, especifica que se podrá optar únicamente a una vacante. Lo que pedimos es que no se haga esta limitación y que se pueda elegir por orden de preferencia dentro de estos equipos, más de una plaza como ocurría en el curso anterior.
En el art 9 cuando hay ausencia de candidatos por cese o nuevas vacantes, nos parece bien
que se cubran estas puestos libres con las personas que le ha solicitado y han pasado la primera fase por orden de puntuación, pero que estos también tengan la opción de renovar anualmente con una valoración positiva por un periodo máximo de cuatro años como ocurre con los que pasan el proceso ordinario.
Demandamos que en el baremo se le dé más peso a todo lo relacionado con la formación en deficiencia visual.
CONSEJERIA: Tendrán en cuenta las aportaciones en cuanto al baremo.
Con respecto a la misma renovación para las plazas que se adjudican después por la creación de plazas nuevas, se consultara al departamento jurídico, si es posible la renovación anual un máximo de cuatro de años.
3. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO ESPECIFICO PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO VACANTES PARA PERSONAL DOCENTEN EN CENTROS EDUCATIVOS ORDINARIOS CON UNIDADES DE EDUCACION ESPECIAL Y CENTROS EDUCATIVOS ORDINARIOS CON AULAS ABIERTAS ESPECIALIZADAS PARA ALUMNADO CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA DE CLM.
CONSEJERIA: Presenta el borrador de la Resolución.
ANPE: No entendemos como ya dijimos en la Mesa Sectorial anterior, porque han desaparecido las comisiones de servicio en los Centros de Educación Especial. Volvemos a exigir que continúen, y que si se tenía previsto que desaparecieran, que se haga antes del CGT, para que lo puedan pedir en concursillo quien esté interesado.
Que se le dé más peso a la fase de Méritos, y al ser un trabajo especializado y específico, creemos que lo importante en la valoración de los méritos sea todas las actividades formativas que haya realizado el aspirante relacionados con el conocimiento de este trastorno, la atención a la diversidad y relacionado con la respuesta educativa a este alumnado.
Nos llama la atención que para el acceso a estas plazas se tenga en cuenta en el baremo el conocimiento en idiomas.
A nivel general, sabemos que no acurren en todas las provincias pero si en Guadalajara, que este aula está ubicado en un centro de Infantil y Primaria con mucha demanda y con todos los grupos a máximo de ratio. Y demandamos que estas aulas
se ubiquen en centros con menos alumnos en los grupos ordinario y de referencia de estos alumnos.
No se nos ha entregado el borrador de la resolución de las comisiones de servicios para centros ordinarios especializado en el trastorno de origen motor.
CONSEJERIA: indican que las comisiones de servicio en los CEE se comenzaron a dar
(Mingoliva de Madridejos y María Luisa Navarro Margati de Valdepeñas) con el fin de dar estabilidad en sus plantillas hasta que se cubrieran por docentes definitivos. Hoy en día, todos estos centros tienen docentes definitivos en sus plantillas.
ANPE: recalcamos que esa explicación no nos parece suficiente para haber suprimido estas comisiones de servicio. Además, el quitarlas en este momento imposibilita a los interesados en las mismas condiciones poder acceder a dichas plazas, pues el plazo de petición del concursillo que es la única forma de acceso a la que se podría acoger cualquier docente, ya ha pasado. Con esto se imposibilita la continuidad del profesorado en estas plazas ni la concurrencia de nuevos aspirantes que estuvieran esperando esta convocatoria y no hayan participado en el concursillo.
4, ORDEN DE LA CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA ORGANIZACIÓN IMPLANTACIÓN, EVALUACIÓN Y CERFIFICACIÓN DE LOS CURSOS ESPECIALIZADOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE COMPETENCIAS EN IDIOMAS DEL NIVEL C1 Y SE REGULA LA CERTIFICACIÓN DE LOS MISMOS EN LA COMUNIDAD DE CLM.
CONSEJERÍA: explican que el objeto de la Orden es regular las enseñanzas del nivel C1 a través de las Escuelas Oficiales de Idiomas de la región que prevé el RD 1629/2006 que fija los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas en centros de Régimen Especial. El objetivo es que en el próximo proceso ordinario de admisión para el próximo curso se incluyan estas enseñanzas de C1. Para que el próximo curso se pueda impartir se va a utilizar el currículo de Ceuta y Melilla del MEC mientras no se regule en la región. La duración del curso de C1 será de un año.
ANPE: Llevamos muchos años demandando la regulación de la impartición y certificación del nivel C1 por las Escuelas Oficiales de Idiomas (EEOOII) de Castilla La Mancha por lo que celebramos que venga por fin a la Mesa Sectorial esta Orden, que deberá ver su continuidad en la futura que regule la formación en C2 por parte de nuestras EEOOII.
Sobre la Orden en sí queremos proponer las siguientes aportaciones:
- Se debe incluir también el italiano, que es el idioma que falta de los que se imparten en nuestras EEOOII y usar, como currículo supletorio, el de alguna de las CCAA que ya lo tienen desarrollado, ya que el MEC para Ceuta y Melilla no lo ha regulado pues no se imparte allí. Si no, que se incluya en la Orden diciendo que se impartirá en cuanto tengamos currículo propio al que habrá que poner fecha tope para su elaboración.
- Debe recogerse en la Orden la duración de la transitoriedad de la aplicación del currículo del territorio MEC fijándola para un curso.
- Respecto a los requisitos de acceso, no sólo se debe contemplar a los que acrediten un nivel avanzado en base al Decreto 79/2007 de Castilla La Mancha, sino cualquier nivel avanzado de EEOOII del Estado.
- Sobre lo recogido en el art.6.2 queremos saber cómo se pretende regular la acreditación de la competencia para acceder a esta formación: ¿por prueba de nivel?
¿con equiparación y equivalencia de otras titulaciones de B2?
Las pruebas de nivel, además, se tendrían que regular para acceder a cualquier nivel.
- En el artículo 8.7 se debería poner que la formación ha tenido un mínimo de 120 horas y habilitar esta posibilidad en el DELPHOS para el resto de niveles, pues a muchos alumnos les es requerido que lo acrediten.
- Se debe recoger que el profesorado en activo de la Enseñanza Pública tendrá matrícula gratuita, en este nivel y en el resto de los que se imparten en nuestras EEOOII.
- Falta por regular, en estas enseñanzas y en el resto de las de las EEOOII, la anulación de matrícula y sus efectos sobre las condiciones de permanencia. También habría que hacer lo propio con la anulación de convocatoria.
Finalmente, la aplicación de esta Orden deberá llevar aparejada un aumento de las plantillas, tanto docentes como de PAS, de las EEOOII, partiendo como referencia de la continuidad de los grupos que actualmente están en el nivel avanzado de cada idioma y que, potencialmente, continuarían sus estudios en el C1 que aquí se regula.
CONSEJERIA: Va a ser una prioridad y hay intención de que haya un desarrollo del currículo en todos los idiomas para llevar a cabo lo antes posible. Se valorara la posibilidad de la certificación incluyendo las horas mínimas impartidas en todos los niveles. En el proceso de admisión tienen pensado regular que la prueba de nivel no sólo sirva para 1º y 2º, también para el resto de niveles incluido este C1. No hay posibilidad de usar el currículo de otras CCAA para italiano y éste se implantará en cuanto haya currículo autonómico propio aprobado.
Van a modificar la Orden de evaluación de las EEOOII para regular más claramente la anulación de matrícula y de convocatoria y los efectos respecto a la permanencia y resto de aspectos que afecte.
5. ORDEN POR LA QUE SE REGULA LA EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y ACREDITACIÓN ACADEMICA DEL ALUMNADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA DEL SISTEMA EDUCATIVO EN CLM.
CONSEJERÍA: presenta la Orden que regula la evaluación de la FP Básica.
ANPE: Desde ANPE queremos manifestar que la inestabilidad política y la falta de consenso de los distintos partidos que impiden alcanzar un Pacto por la Enseñanza Pública, lo que ha servido de excusa para no computar esta oferta para evitar amortizaciones y creaciones en las plantillas de EEMM.
Además, los resultados de aprendizaje que establece el currículo no están bien definidos en la mayoría de los módulos profesionales, que impide que los instrumentos de evaluación sean más precisos y las calificaciones más fáciles de aplicar incluso de justificar de cara al alumno y posibles reclamaciones.
Respecto al contenido de la Orden:
En el artículo 3 (CARÁCTER DE LA EVALUACIÓN): Que sea el equipo docente el que decida cuando se pierde el derecho a la evaluación continua.
En el artículo 7 (RENUNCIA Y ANULACIÓN DE MATRÍCULA). Añadir que de forma excepcional puedan autorizarse un número mayor de renuncias cuando esté justificado por razones de fuerza mayor
Respecto al ARTÍCULO 9 (SESIONES DE EVALUACIÓN PARCIALES). Concretar si estas evaluaciones se deben realizar en un momento determinado del curso o en cualquier momento del mismo)
En el artículo 16.4 (CONVALIDACIONES), pedimos que las convalidaciones estén resueltas en los primeros 15 días de inicio de curso escolar, y no que los alumnos asistan a clase hasta su resolución.
En el artículo 17 (EXENCIÓN DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO), pedimos que se permita la exención del módulo de FCT, en los mismos términos, a aquellos que tengan un contrato a media jornada, con una duración proporcional al contrato a tiempo completo, es decir, 12 meses.
CONSEJERÍA: responde que valorarán la posibilidad de que el equipo docente quien decida cuándo se pierde la evaluación continua. Señala que en segundo curso incluirán también una evaluación inicial, por la posibilidad de que existan traslados de nuevos alumnos o de profesorado.
6. BORRADOR DE LA ORDEN POR LA QUE SE REGULA LA ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN ACADÉMICA Y LOS ASPECTOS BÁSICOS DEL PROCESO DE ADMISIÓN EN LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES EN MÚSICA EN CLM.
CONSEJERÍA: Presenta la Orden que regula la ordenación y la evaluación de las enseñanzas artísticas del Conservatorio Superior.
ANPE: Desde ANPE insistimos en la necesidad del establecimiento de una RPT del Conservatorio Superior de Música de CLM, unas órdenes de organización y funcionamiento de este centro, y la convocatoria de comisiones de servicio para su cobertura y bolsas extraordinarias para todas las especialidades que se están impartiendo. No se puede continuar con el sistema de selección que se está manteniendo con este centro, carente de transparencia y publicidad.
En relación a la Orden:
En el artículo 6 (GUÍAS DOCENTES), dentro de su contenido debería incluirse un apartado de adaptación y medidas de atención a los alumnos con discapacidad.
En el artículo 8.3. (AUTORIZACIÓN DE MATRÍCULA PARCIAL), pedimos que se incluya:
e) Estar al cuidado de hijos menores de 3 años.
f) Estar realizando estudios reglados de idiomas, Grado o Máster.
En el artículo 8.9. (MATRÍCULA), pedimos no se excluya a aquellos alumnos que hayan formalizado matrícula en otro Conservatorio Superior antes de formalizarla en el de CLM, por falta de coordinación entre las fechas de las pruebas de acceso en las distintas Administraciones.
Asimismo, pedimos la matrícula gratuita para:
o Docentes de enseñanza pública.
o Hijos/as de docentes de enseñanza pública.
En el artículo 11 (CONVOCATORIAS ORDINARIAS), pedimos que la segunda convocatoria ordinaria de cada curso se celebre durante los primeros quince días de julio, y no antes de finalizar ese mes como dice la Orden.
No nos parece lógico que en el artículo 21 (CONTENIDO DEL TRABAJO FIN DE ESTUDIOS) que el trabajo de fin de estudios de los alumnos de COMPOSICIÓN, tenga dos trabajos de investigación en la especialidad de Composición. Sería más adecuado sustituir uno de esos trabajos por una parte más práctica (al igual que el resto de especialidades).
En el artículo 23 (TUTORÍA DEL TRABAJO FIN DE ESTUDIOS), solicitamos que la dedicación de los tutores a trabajos de fin de estudios sea de 1 periodo lectivo semanal por alumno durante el segundo semestre.
En relación al artículo 40 (EVALUACIÓN DE LA ACTIVIDAD DOCENTE DEL PROFESORADO), pedimos que los cuestionarios de evaluación se dirijan exclusivamente al profesor del centro, y no sean revisados por la Dirección del Centro. Asimismo, no es competencia de los alumnos valorar la asistencia y puntualidad del profesorado.
Por último en el artículo 43.2 (ACCESO MEDIANTE PRUEBA PARA EL PRIMER CURSO), pedimos la inclusión de “adaptaciones a los alumnos con discapacidad” en la regulación del acceso a los estudios superiores de Música.
En relación a este último punto, hacemos mención a la importancia de recoger en la presente Orden más libertad y flexibilidad curricular, así como la posibilidad de dotar de más recursos personales, para que alumnos con discapacidad puedan alcanzar su máximo rendimiento y, por supuesto, titular en estas enseñanzas.
CONSEJERÍA: Estas Enseñanzas se encuentran en tierra de nadie, por un lado no son enseñanzas universitarias pero sí que expiden títulos equivalentes a titulaciones universitarias. Están trabajando con las Órdenes de funcionamiento y organización de estos centros, y estudiarán la forma de provisión de puestos.
7. ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA PARA LA CATALOGACIÓN DE ESPECIAL DIFICULTAD POR TRATARSE DE DIFÍCIL DESEMPEÑO DE DETERMINADOS PUESTOS DE TRABAJO Y CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE CLM.
CONSEJERÍA: Presenta el borrador de la nueva Orden para la catalogación de centros y puestos de especial dificultad.
ANPE: Previo a las aportaciones de ANPE al documento queremos hacer constar nuestro malestar con la Consejería de Educación, puesto que en el Concurso de Traslados no se ha valorado la especial dificultad desempeñada años anteriores en centros que han perdido este curso la catalogación, aunque desde ANPE lo hemos recurrido. Preguntamos para qué sirve regular las bases y la convocatoria de estos puestos si después se va a suprimir la puntuación en el CGT de manera retroactiva en los centros que pierdan la catalogación.
Por otro lado, desde ANPE seguimos demandando un complemento económico para aquellos docentes que se encuentren en centros/puestos de difícil desempeño.
Consideramos imprescindible que la Orden recoja que aquellos docentes compartan centro, y uno de los centros independientemente que no sea el de origen sea de especial dificultad, se puntúe el difícil desempeño.
Asimismo, solicitamos que se recoja expresamente que aquellos docentes que soliciten excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años o por cuidado de familiar, también puntúen puesto que va en contra de la propia normativa que regula su concesión, que considera que la antigüedad se reconocerá a todos los efectos
Hay que definir qué es “atención directa” a los efectos de aplicar lo recogido en esta orden. Como por ejemplo, en el aula TEA (tutores, especialistas, equipo directivo,…).
En todos los centros que tengan catalogados puestos como difícil desempeño el equipo directivo
En cuanto a las disposiciones de la Orden queremos manifestar lo siguiente:
En relación a la disposición tercera (catalogación de oficio):
o Nos alegramos que se haya aceptado nuestra propuesta de catalogar de oficio varios de los puestos que solicitábamos, pero deberían ser todos salvo el Criterio II y el IV de la disposición cuarta que dependen del porcentaje de alumnos ACNEAE.
o La catalogación de los CRA debe ser de todos los CRA sin distinción, puesto que mientras que se cataloga por agrupación de alumnos de distintas edades en CEIP incompletos, los CRAs con 2 o 3 secciones o bien son incompletos con agrupaciones mixtas o bien están aislados geográficamente.
o Incluir de oficio la FP básica.
En relación a la disposición cuarta:
o Sobre los criterios II y IV (centros con 20% de ACNEAEs)
En el Criterio II, además de catalogar aquellos centros que tengan un 20% de ACNEAEs, también se debe catalogar aquellos puestos docentes con atención directa en aulas con un porcentaje del 20% de ACNEAEs por grupo/aula.
En estos dos criterios sobra la frase de “los ACNEE deberán haber obtenido resolución favorable de la comisión provincial de ACNEES”
puesto que los criterios no diferencian ACNEE de ACNEAES en el porcentaje, quedando sólo el listado de ACNEAE que elaborará el orientador con el visto bueno del director del centro.
Los centros del IV (Residencias Escolares) deben catalogar todos.
o En relación al criterio VI (centros aislados geográficamente) para la catalogación debe cumplir uno u otro requisito y el del kilometraje ser de 35 km.
o El resto debería catalogarse de oficio (aislamiento geográfico, CEIP incompletos,…)
Por último, respecto a la disposición quinta: Ampliar los plazos de solicitud (15 días naturales es poco). Es el inicio de curso y la carga burocrática es enorme.
CONSEJERÍA: Modificarán el criterio que dice que los CRAs con 3 o más secciones se catalogarán de especial dificultad. Se estudiará la posibilidad de que sean todos o casi todos los CRAs. Con respecto a los plazos, han eliminado el trámite de aportar el acuerdo del Consejo Escolar. Estudiarán el resto de nuestras propuestas.
8. NEGOCIACIÓN.
CONSEJERA: plantea a los sindicatos la posibilidad de que la reducción de ratios sea en 1º de Primaria y 2º de ESO o que sea, como anunció, en 6º de Primaria y en 1º y 2º Bachillerato.
Comenta que es una enmienda que existe a los Presupuestos y que parece ser ha sido propuesta por algún sindicato. Detalla los costes de la reducción de ratios en los niveles planteados y que la partida para ello y ya recogida de los Presupuestos es de 8,3 millones de euros. Quiere que nos manifestemos sobre el particular.
ANPE: Llevamos meses con la teórica negociación y aun no tenemos un borrador de Acuerdo de legislatura que fue la promesa del Presidente Regional.
En reuniones anteriores se nos anunció un incremento de presupuesto en Educación de 69 millones de euros, parte de ello para pagar medidas ya tomadas el año anterior y lo que
venimos demandando es conocer las partidas disponibles y el coste de las medidas a tomar para secuenciarlas en los siguientes cursos estableciendo prioridades.
Hoy se nos trae una alternativa a la propuesta de disminución de ratios en 6º de Primaria y Bachillerato que nos comunicó la Consejera en la reunión que tuvimos con ella y que, en un principio, no era negociable. Ahora, debido a la enmienda que ha presentado Podemos, el partido que sostiene al Gobierno, a los Presupuestos y a la premura para su aprobación, urge que nos posicionemos en una medida puntual e insuficiente, además, una vez convocadas las oposiciones con una tasa de reposición del 100% no cabe el aumento actual que tenemos de ratios en todos los niveles de enseñanza. También queremos significar que ANPE no le ha trasladado a Podemos esa propuesta de disminución de ratios que plantean, entre otras cosas porque no nos han preguntado, será otro sindicato de esta Mesa el que haya hecho ese planteamiento insuficiente.
CONSEJERA: es cierto lo planteado de las ratios pero quiere hacer notar que el punto de partida para reducir ratios en CLM es peor que en otras CCAA pues aquí se subieron más que en ninguna otra. Urge el tomar la decisión no por los Presupuestos sino por el periodo de admisión de alumnos. Sobre el resto de medidas ya pasó el Director General un calendario de negociación secuenciado en alguna Mesa anterior.
ANPE: tras varias Mesas de negociación parece que la Consejería y algunos sindicatos hablamos idiomas distintos. Desde ANPE venimos reclamando desde un principio que no se nos presente un documento de Acuerdo de legislatura como se estaba comprometido, con las medidas comprometidas a aplicar y su secuenciación, de la misma forma que se hizo con el Acuerdo Marco de 2008 o, más recientemente con el Acuerdo de Mesa General que firmamos algunos sindicatos. Por ello no entendemos que se nos planteen medidas parciales y aisladas.
CONSEJERA: nos comunica que el próximo viernes nos reunirá para que nos posicionemos sobre las dos propuestas realizadas y sobre otras medidas que nos puedan plantear.
ANPE, el sindicato de la Enseñanza Pública Docentes como tú 8 de Abril de 2016.