PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y GESTION DE TEXTILES Y ROPA USADA EN EL MUNICIPIO DE LA VALL
D'UIXÓ
ANTECEDENTES.
El Ayuntamiento de la Vall d'Uixó mantiene un compromiso social y ambiental que le lleva a fomentar y a valorar criterios de sostenibilidad en aquellos ámbitos en los que tiene competencias.
La ropa usada y el residuo textil tiene para el propio productor un componente de valor (debido a que los motivos de su conversión en residuo se deben con frecuencia a su elevado ritmo de renovación en los domicilios) que hace que en la mayoría de los casos no sea depositado junto con los residuos sólidos urbanos en masa, sino reutilizado o cedido a otras personas; por ello la recogida selectiva del mismo es una práctica de fácil integración en los usuarios. La recogida de textiles y ropa usada en los contenedores situados al efecto en el casco urbano responde, pues, a un doble objetivo:
1) Por un lado, facilita a los vecinos y vecinas la gestión del residuo textil generado en sus domicilios particulares mediante la ubicación de contenedores de recogida selectiva próximos. El contenido de los mismos es destinado a la reutilización, reciclado y aprovechamiento, lo cual tiene como efectos el cierre del ciclo del textil y calzado, la reducción sustancial de las cantidades de mateirales depositados en vertedero y de las entradas a incineración, y el aumento de la sensibilidad ciudadana en relación a la gestión de los residuos y a la protección del medio ambiente.
2) Por otro lado, promueve procesos de transformación social, ya que gracias a la recogida selectiva de textil y ropa con un marcado carácter solidario, se fomenta la creación de empleo, la generación de alternativas de consumo y las prácticas respetuosas con el medio ambiente.
Por todo lo anterior, el presente contrato tiene como objetivo implementar un sistema eficaz de recogida selectiva de ropa y residuos textiles, con las siguientes características básicas:
- Dirigido a los vecinos de la Vall d'Uixó y adaptado a sus hábitos y necesidades.
- Con previsión de mecanismos para el control de la calidad de la prestación del servicio, y del buen uso y la correcta participación en el mismo.
- Complementario a los servicios habituales de recogida selectiva, incluyendo una nueva fracción que tendrá como destino final la reutilización, reciclado y valorización.
- Orientado a una mayor y mejor recuperación del residuo textil, garantizando su posterior aprovechamiento con criterios sociales que contribuyan a un mejor rendimiento del recurso y a un beneficio ambiental y social para el municipio de la Vall d'Uixó.
1º.- OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente pliego es definir las condiciones técnicas que regirán la contratación del servicio de gestión (recogida, transporte, almacenamiento y tratamiento) de los textiles y ropa usada en el municipio de la Vall d'Uixó. El contrato cuenta con la siguiente clasificación CPV:
• 90511200-4: Servicios de recogida de desperdicios domésticos.
2º.- RÉGIMEN JURÍDICO. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y ADJUDICACIÓN
El servicio objeto del presente Pliego será adjudicado mediante procedimiento abierto con varios criterios de valoración. Asimismo, y en virtud de la memoria justificativa de fecha 18 de noviembre de 2015 y la Disposición Adicional quinta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato se considera reservado a empresas de inserción social de las reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, con el fin de que el contrato contemple tanto aspectos ambientales como sociales, por tener dichas empresas como fin la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo ordinario.
3º.- MARCO LEGAL.
Los licitadores deberán cumplir en todo momento de la prestación del servicio la siguiente legislación básica:
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
- Ley 10/2000, de Residuos de la Comunidad Valenciana.
- Ordenanzas Municipales de aplicación.
- Ley 1/2007, de 5 de febrero, por la que se regulan las empresas de inserción para fomentar la inclusión social en la Comunidad Valenciana.
- Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción social.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público modificado por la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.
4º.- ÁMBITO TERRITORIAL.
El ámbito territorial de la prestación del servicio comprende el municipio de la Vall d´Uixó.
5º.- CONTRATISTA.
Los licitadores deberán acreditar que, en el momento de presentación de la oferta, se encuentran autorizados por la Generalitat Valenciana como Gestores de Residuos No Peligrosos autorizados para las actividades de recogida, transporte y almacenamiento de ropa (código LER 20 01 10). Asimismo, deberán acreditar su inscripción en el Registro General de Gestores Autorizados de Residuos de la Comunidad Valenciana. En caso contrario deberán aportar convenio con gestor autorizado que disponga de las autorizaciones e inscripción antedichos.
A la presentación de la oferta deberán aportar certificado de conformidad y autorización emitida por la Generalitat Valenciana respecto del Gestor de Residuos No Peligrosos autorizado para la valorización del residuo objeto de este contrato, para el caso de que no posean ellos mismos dicha autorización.
6º.- ELEMENTOS DEL CONTRATO.
En la prestación del servicio se realizará la gestión de prendas de vestir de todo tipo, calzado y complementos diversos, tales como cinturones, corbatas, bufandas, guantes, bolsos, etc. Estos residuos son generados en domicilios particulares y como tales tienen la consideración de residuos urbanos, siendo por lo tanto el Ayuntamiento competente para su gestión.
El servicio objeto de la presente contratación comprenderá:
− Instalación, mantenimiento y limpieza de contenedores para la recogida selectiva de ropa y residuos textiles.
− Recogida de los residuos textiles acopiados en los contenedores instalados al efecto.
− Transporte y entrega del material recogido a instalaciones autorizadas para su almacenamiento, clasificación y/o valorización.
− Control específico de las cantidades recogidas durante la prestación del servicio.
− Control del adecuado uso del servicio y resolución de problemas derivados de una incorrecta utilización.
− Suministro periódico de información al Ayuntamiento en la forma prevista en el presente pliego.
7º.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO.
7.1. Instalación, mantenimiento y limpieza de contenedores.
La relación de contenedores a instalar es la siguiente:
• Avda. Jaume I, 68
• Plaza Peral, 10
• C/ Maestro Chapí, s/n (Caritas)
• Carretera Segorbe, 68
• C/ Valencia, 38
• C/ Octavio Ten, 15 (Centro Salud)
• Ecoparque Municipal
En cuanto a sus características, los contenedores cumplirán con las siguientes condiciones técnicas:
− Los contenedores tendrán que cumplir con la norma UNE 12574 para contenedores en vía pública, y con la ISO 9001 e ISO 14001 para fabricación de contenedores.
− Los contenedores dispondrán del certificado CE del fabricante.
− Los contenedores estarán convenientemente etiquetados de forma que esté claramente identificado el tipo de residuo a introducir en ellos.
− En la parte frontal se situará el anagrama o nombre de la empresa adjudicataria, número de teléfono de contacto, una breve explicación informativa sobre el tipo de residuos que pueden ser depositados y el logotipo del ayuntamiento.
− Los contenedores deberán ir identificados con un número de contenedor y estarán ubicados según la lista que figura en el Anexo II, no pudiéndose cambiar su situación ni su numeración sin previo acuerdo con el Ayuntamiento.
− Se indicará de forma concisa en un frontal de los contenedores la finalidad social del proyecto.
− Se prohíbe cualquier otro tipo de publicidad en los contenedores, a excepción del nombre de la empresa adjudicataria.
− La capacidad de los contenedores estará entre 700 y 1000 m3.
Los contenedores y su entorno permanecerán en perfecto estado de limpieza y conservación, evitando los depósitos de residuos alrededor de los mismos. Se deberá mitigar la aparición de olores. En caso de que se detecte algún tipo de olor se eliminará de manera inmediata con los medios adecuados.
La empresa adjudicataria deberá garantizar que los contenedores presentan un aspecto correcto. Así pues, se repararán o sustituirán aquellos elementos que puedan transmitir una imagen negativa, pudiendo el Ayuntamiento ordenar la retirada de contenedores con grave deterioro.
El adjudicatario del servicio instalará los contenedores en el plazo máximo de 15 días contados desde la fecha de adjudicación del presente contrato.
El horario de las operaciones de instalación, limpieza y mantenimiento de contenedores, se efectuará en condiciones de seguridad y en el momento adecuado para no producir molestias al tráfico rodado y/o peatonal, o molestias y ruidos al vecindario en horas de descanso.
7.2. Recogida del residuo.
La recogida se deberá efectuar periódicamente en función de las necesidades, de tal manera que no se produzca acumulación en el exterior del contenedor, siempre en condiciones de seguridad y en el momento adecuado para no producir molestias al tráfico rodado y/o peatonal, o molestias y ruidos al vecindario en horas de descanso.
Asimismo, la empresa autorizada acudirá a petición de este Ayuntamiento, y en un plazo máximo de 24 horas, a recoger lo depositado en los contenedores que éste considere pertinentes, para evitar la creación de acopios en el exterior de los mismos.
Los vehículos de recogida de ropa deberán estar identificados, y serán los que se describan en la memoria de medios técnicos que es obligatorio adjuntar.
7.3. Gestión del residuo.
El contratista será responsable de la gestión de los residuos depositados en los contenedores, incluyendo la adecuada eliminación de todos aquellos que no sean valorizados, regenerados o recuperados, asumiendo su titularidad desde el momento de su depósito y eximiendo al Ayuntamiento de cualquier responsabilidad al respecto.
7.4. Recogida de datos e información al Ayuntamiento.
El contratista facilitara trimestralmente al Ayuntamiento una memoria con los siguientes datos:
• Fechas de recogida y Kg o Tm de ropa obtenidos cada día de prestación del servicio de recogida, justificados mediante tickets de pesado y albaranes de entrega del residuo a instalación de almacenamiento, selección y/o valorización autorizada.
• Destino del material recogido.
• Relación mensual de incidencias sobre la prestación del servicio.
• Actuaciones de sensibilización llevadas a cabo, en su caso, en ese periodo de servicio.
La empresa adjudicataria deberá colaborar en la identificación de problemas relativos a la mala utilización del servicio o a la calidad del material recogido (en relación a la presencia de material no solicitado), proponiendo mejoras y colaborando en la implantación de las mismas. Para ello indicara en los partes de incidencias el uso indebido del servicio o a la presencia de material extraño.
8º.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del adjudicatario no teniendo este derecho a indemnización por inversiones, perdidas, averías o perjuicios ocasionados en los trabajos que realice para la prestación del servicio.
El adjudicatario deberá prestar el servicio en tiempo y forma con el personal adecuado en competencia y dotación, equipados de forma correcta. Los trabajos los llevará a cabo el contratista con sus propios medios humanos y materiales, asumiendo todos los costes de los mismos, incluyendo salarios y seguros sociales, herramientas, material fungible, mantenimiento y reparación de vehículos y cuantos gastos se deriven de la prestación.
9º.- MEDIOS Y PERSONAL.
El adjudicatario contará con los medios y personal necesarios para la ejecución del contrato.
Por ello, los licitadores presentarán junto a su oferta un proyecto de actuación donde se detallará la descripción de los medios materiales puestos a disposición del contrato y el organigrama del personal necesario para la ejecución de los trabajos, tanto los de índole ambiental como social.
El adjudicatario cumplirá las disposiciones laborales, sociales y de seguridad y salud en el trabajo vigentes en cada momento.
El personal contratado por el adjudicatario del contrato no adquirirá ningún vínculo laboral, jurídico o de otra índole con respecto al Ayuntamiento de la Vall d'Uixó, siendo por cuenta del contratista todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de este contrato.
El contratista destinará al servicio todos los vehículos que estime necesarios para su ejecución según el nivel de calidad que se define en este pliego. Los vehículos serán los más adecuados al fin que se propone, y siempre contarán con sistemas de protección de la carga que impida desprendimientos durante el transporte. Los vehículos asignados al servicio cumplirán toda normativa vigente de seguridad y equipos de trabajo, debiendo entregarse con su incorporación al servicio la documentación que certifique estar conforme con toda la reglamentación de maquinaria y equipos de trabajo.
10º.- INSPECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO.
El servicio contratado estará sometido permanentemente a la inspección y vigilancia del Ayuntamiento, a través de sus servicios técnicos, quienes podrán realizar las revisiones que estimen oportunas en cualquier momento y lugar.
El Ayuntamiento podrá dictar, en función de la inspección realizada, órdenes e instrucciones concretas, que serán de obligado cumplimiento por el contratista.
El contratista queda obligado a exhibir cuantos documentos le sean solicitados por el Ayuntamiento de la Vall d'Uixó, y en especial los relativos a seguros sociales, prevención de riesgos laborales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros, etc.
El contratista queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con el servicio le sean ordenados por el Ayuntamiento de la Vall d'Uixó.
11º.- CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN AL CIUDADANO.
El adjudicatario promoverá la información y concienciación de los ciudadanos con objeto de fomentar la recogida selectiva de ropa para fines sociales. Para el afianzamiento en el tiempo del servicio y la adecuada comprensión del proceso de integración laboral realizado por medio de éste, la empresa adjudicataria realizará publicidad continuada en el tiempo mientras dure el contrato, y como mínimo una campaña informativa anual.
Asimismo establecerá colaboraciones con el Ayuntamiento de la Vall d'Uixó en ferias y similares, con la aportación de materiales de difusión.
12º.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Los licitadores se comprometerán a la aceptación y al obligado cumplimiento de todas las cláusulas y condiciones establecidas en el presente Pliego, en caso de resultar adjudicatarios.
13º.- RESPONSABILIDAD Y SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
La empresa adjudicataria será responsable de los daños y perjuicios que la instalación de los contenedores o las operaciones derivadas pudieran ocasionar tanto al Ayuntamiento como a particulares, en su persona o en sus bienes o derechos, debiendo suscribir a tal efecto la oportuna póliza de seguro de responsabilidad civil, en cuantía suficiente para garantizar la reparación o indemnización de cualquier daño.
La titular de la autorización deberá reponer los desperfectos ocasionados como consecuencia de la ocupación o actividad y vendrá obligado a mantener en buen estado y condiciones de seguridad, salubridad e higiene la porción de vía pública que utilice.
Igualmente se habrán de adoptar las necesarias medidas de seguridad para evitar que la instalación de los contenedores pueda ser causa directa o indirecta de accidente, de lo cual únicamente será responsable la empresa adjudicataria.
14º.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
14.1. Memoria técnica.
Los licitadores definirán en la memoria técnica:
• Propuesta de instalación de contenedores, incluyendo los actuales y los que puedan sugerirse para una mejor prestación del servicio.
• Descripción técnica de los contenedores.
• Sistema de recogida.
• Calendario, horario, rutas de recogida y tiempo necesario.
• Descripción detallada de los medios materiales y personal adscrito al contrato, tanto a nivel ambiental como social. Será obligatorio el porcentaje del 30% de personas en proceso de inserción social.
• Descripción de las instalaciones de recepción del residuo y labores de acondicionamiento, limpieza y almacenamiento previo.
• Destino final de los residuos a gestor autorizado.
• Plan de difusión dirigido a los ciudadanos, incluyendo propuesta de acciones, planificación y calendario.
• Propuestas de control estadístico y difusión de los datos de valorización del residuo recuperado en el desarrollo del servicio.
• Mejoras que se encuentren incluidas en el anexo I y otros criterios de valoración de la oferta.
14.2. Justificación de la solvencia técnica.
• Experiencia mínima en servicios similares en los cinco últimos años, mediante acreditación de la relación de los principales servicios o trabajos realizados.
• Inscripción en el Registro de Gestores Autorizados de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, en las actividades de:
- ecogida y transporte de residuos no peligrosos en el código LER objeto del contrato.
- Almacenamiento temporal en residuos no peligrosos en el código LER objeto del contrato.
• Acreditación de la disponibilidad y características del vehículo de carga que se utilizará para la prestación del servicio.
• Acreditación de la disponibilidad y autorización del local para el almacenamiento temporal de los residuos objeto del contrato.
• Acreditación de compromiso o precontrato con gestor autorizado para la valorización final del residuo, inscrito en el Registro de Gestores Autorizados
• Los licitadores deberán estar calificados como empresas de inserción de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/2007 e inscritos en el correspondiente Registro de Empresas de Inserción de la Comunidad Valenciana. Este extremo será justificado mediante la presentación de certificado de inscripción y registro.
ANEXOS AL PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y GESTION DE TEXTILES Y ROPA USADA EN EL MUNICIPIO DE LA VALL D'UIXÓ
PRIMERO.- Modalidad de contratación: Será la de prestación de servicios.
SEGUNDO.- Procedimiento de contratación y forma de adjudicación: El servicio objeto del presente Pliego será adjudicado mediante procedimiento abierto con varios criterios de valoración.
Asimismo, y en virtud de la memoria justificativa de fecha 18 de noviembre de 2015 y la Disposición Adicional quinta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato se considera reservado a empresas de inserción social de las reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, con el fin de que el contrato contemple tanto aspectos ambientales como sociales, por tener dichas empresas como fin la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo ordinario.
TERCERO.- Duración: El contrato tendrá una duración de CUATRO AÑOS, desde su formalización.
Dicha duración podrá ser prorrogada anualmente, por un plazo máximo de 2 años más, salvo denuncia expresa de una de las partes, que deberá ser formalizada con una antelación de tres meses antes del vencimiento del plazo original o de la prorroga en su caso.
CUARTO.- Importe: La prestación del presente servicio no comportará coste alguno para el Ayuntamiento de la Vall d'Uixó, recibiendo el adjudicatario como contraprestación la propiedad del residuo que se obtenga de la recogida, pudiendo comerciar con él siempre que se le dé el destino previsto en este pliego. No procederá revisión alguna de las contraprestaciones durante toda la duración del contrato.
QUINTO.- Documentación a presentar por los licitadores:
• Memoria técnica con el contenido indicado en el punto 14.1. del presente Pliego.
• Acreditación de la relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años.
• Inscripción en el Registro de Gestores Autorizados de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, en las actividades de:
- ecogida y transporte de residuos no peligrosos en el código LER objeto del contrato.
- Almacenamiento temporal en residuos no peligrosos en el código LER objeto del contrato.
• Acreditación de la disponibilidad y características del vehículo de carga que se utilizará para la prestación del servicio.
• Acreditación de la disponibilidad y autorización del local para el almacenamiento temporal de los residuos objeto del contrato.
• Acreditación de compromiso o precontrato con gestor autorizado para la valorización final del residuo, inscrito en el Registro de Gestores Autorizados.
• Documentación acreditativa de la calificación y registro como Empresa de Inserción de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/2007.
SEXTO.- Criterios de valoración para la selección del contratista: Se adjudicará el presente contrato al licitador que en su conjunto haga la proposición más ventajosa. Los criterios de valoración que servirán de base a la adjudicación del presente contrato serán los siguientes (100 puntos):
A) CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMATICAMENTE
1.- Criterios sociales ………máximo 30 puntos
Hasta un máximo de 30 puntos, aquellas empresas que mejoren el 30% de personal de inserción laboral a incorporar al servicio de las condiciones obligatorias establecidas para la ejecución del contrato, valorado en función de las jornadas laborales. Dando la máxima puntuación a la mejor oferta y el resto proporcionalmente.
Vo = Mo x 10 Mm
Vo= valoración de la oferta
Mo = oferta de mejora de % de personal de inserción.
Mm = máxima mejora de % de personal de inserción.
2.- Número de contenedores ………máximo 15 puntos
Se puntuará con 3 puntos la instalación de cada nuevo contenedor adicional a los propuestos de partida, hasta un máximo de 15 puntos.
3.- Recursos destinados a campañas de difusión………máximo 15 puntos
Se puntuará con 1 punto cada 50 € de importe destinado a la realización de campañas de difusión y sensibilización de la población, hasta un máximo de 15 puntos.
B) CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMATICAMENTE
Se valorará la forma de prestación del servicio en función del proyecto de servicio según el punto 14.1 del pliego técnico, con un máximo de 40 puntos, según detalle:
1.- Calidad de oferta del servicio...máximo 30 ptos.
- Total
recursos personales, valorados en función de jornadas laborales especificadas según proyecto de servicio (sin concretar el % de inserción laboral a incorporar en el servicio), dedicadas a la realización de los servicios ofertados.
- Grado de adecuación de los contenedores a los requisitos incluidos en el Pliego.
- Planificación de los trabajos.
- Concreción y coherencia en los contenidos relacionados en el proyecto de servicio.
- Actuaciones de sensibilización y educación ambiental.
- Propuesta de acciones de control estadístico y difusión de datos.
2.- Mejoras al servicio de las relacionadas en el pliego……….máximo 10 ptos.
Se podrán presentar mejoras sobre aquellos elementos que ayuden a mejorar el cumplimiento del servicio y que no incurran en incumplimiento de las características técnicas a que esta sujeto el servicio, se valoraran en función del nivel de relevancia para el servicio y beneficiarios de su aplicación:
- Mejoras de implicación directa en el servicio, que no sean criterio de calidad de la oferta de los establecidos en el presente pliego.
- Estrategias o sistemas comunicación o información adicional a los vecinos y ayuntamiento para mejora del servicio.
- Incorporación en redes de trabajo para intercambio de experiencias.
- Mejoras relacionadas con el objetivo de inserción laboral, que ayuden a su promoción y difusión.
La Vall d'Uixó, a 13 de enero de 2016
LA TÉCNICA DE MEDIO AMBIENTE
Sonia Mariner González