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AMBAS VERSIONES DEL TALLER (10:00 Y 18:00 HORAS)

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Academic year: 2022

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1 ACTA

CUARTO TALLER DELIBERATIVO DEL

PROCESO DELIBERATIVO FINAL DEL MECANISMO DE GPI DE LA CARM:

“CONSTRUYENDO CONSENSOS SOBRE EL MECANISMO A CONFORMAR”

(8 DE JUNIO, 2021; 10:00 Y 18:00 HRS)

Esta Acta de las dos versiones del Taller no es una transcripción absolutamente literal del Taller; es un relato que transcribe con la mayor exactitud posible lo dicho en el Taller, pero sin pretender ser una transcripción exacta, palabra por palabra; para ello se cuenta con las grabaciones del Taller que son de libre acceso a todo público. Este documento, refleja sí, con gran precisión, las intervenciones ocurridas en la deliberación, cuidando siempre de vaciar aquí lo que cada persona expresó. La intención es proporcionar un documento que provea la información de lo que fue la deliberación habida, y permita al lector un estudio, análisis y comprensión del proceso deliberativo ocurrido con la mayor facilidad que ofrece un documento escrito que ha perseguido vaciar lo ocurrido con la mayor fidelidad posible.

Es un esfuerzo que debiera ser útil para los interesados en estudiar detalladamente este inédito Proceso Deliberativo del Colectivo de la Cuenca en su afán de intentar conformar el Mecanismo que persigue. Debe, por tanto, ser un instrumento que aporte información de interés para futuros empeños semejantes que intenten mejorar y perfeccionar lo hecho en esta primera oportunidad por un Colectivo comprometido con un afán común, que busca intencionadamente una mejor vida para todos.

AMBAS VERSIONES DEL TALLER (10:00 Y 18:00 HORAS)

Las dos versiones del Taller se realizaron vía online, a través de la plataforma Webex de la Universidad de Chile. Ambas versiones se iniciaron con una presentación inicial introductoria, del Director del CENRE, profesor Eugenio Figueroa; por ello , esta Acta muestra dicha presentación a continuación y como única vez para ambas ver siones del Taller en esta acta.

PRESENTACIÓN INICIAL

El Director del CENRE, Profesor Eugenio Figueroa, inicia el Taller con una presentación dedicada a revisar: 1. Acuerdos Alcanzados hasta el anterior 3er. Taller Deliberativo (18 de mayo 2021); 2. Principios Analizados y pendientes de acuerdo final para deliberar hoy en este 4to. Taller Deliberativo; y, 3. Nuevos Principios a analizar y discutir Hoy.

Respecto del punto 1, El profesor Figueroa explica que hasta el 3er. Taller Deliberativo se aprobaron por parte del Colectivo laa siguiente definiciones y principios:

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Señala, además, que el siguiente grupo de cinco principios ya se discutieron en el 3er. Taller Deliberativo y fueron parcialmente aprobados por parte del Colectivo, por lo que en este 4to. Taller debe intentar terminarse su discusión alcanzado una definición final al respecto.

En referencia al Principio Normativo G señala que este fue propuesto en la versión de la mañana del 3er. Taller Deliberativo, con el propósito que en el conjunto de los Principios del Mecanismo se haga expresa mención también de la conveniencia de la participación de las organizaciones civiles en el Mecanismo, así como el Principio E lo hace en referencia a la participación de los organismos públicos y municipalidades.

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A continuación, se refiere al punto 2. Principios Analizados y pendientes de acuerdo final para deliberar hoy en este 4to. Taller Deliberativo , señalando que para la versión esta versión de la mañana dichos principios son los Principios C, D y F:

En la versión de la tarde indica que los principios para los cuales se debe terminar su deliberación son los E y F:

Respecto al punto 3. Nuevos Principios a analizar y discutir Hoy, el profesor Figueroa indica que estos Principios H e I, son los que se proponen para la deliberación de este Taller, debido a que como sólo se discutirá respecto de dos principios E y F es posible que se logre avanzar también con estos Principios H e I.

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VERSIÓN DEL TALLER DE LAS 10:00 HORAS

Terminada la Presentación Inicial se invita a los asistentes a partir con la deliberación de hoy en la mañana. Se exhibe entonces en la pantalla el Principio Deliberativo C:

PRINCIPIO NORM ATIVO C

Una vez cumplidos los mínimos establecidos en su Principio Normativo A, referido al derecho humano al acceso al agua, para el ejercicio de sus funciones y para definir e implementar todas sus decisiones y acciones, el M ecanismo deberá regirse siempre por los principios ‘in dubio pro natura’ e ‘in dubio pro aqua’ (‘en la duda, en favor de la naturaleza’ y ‘en la duda, en favor del agua’).

Informa que este Principio C ya fue aprobado en la versión de la Tarde del 3r Taller Deliberativo y ahora cabe ver si se aprueba o no en esta versión de la mañana. Señala que la razón por la que no se llegó a una definición final se debió la incertidumbre planteada sobre si había una posible contradicción entre este Principio C y el Principio A ya aprobado, sobre el derecho humano de acceso al agua. Informa que ya se aclaró en la discusión tenida que no existe tal contradicción, ya que el Principio A del d erecho humano al agua, que se encuentra protegido en todas las legislaciones del mundo, se refiere a asegurar la provisión del agua a la ser humano en circunstancias extremas, de vida o muerte. En cambio, el Principio C, se refiera a las condiciones de vida más normales, no de escases extrema de agua, en circunstancias de vida o muerte para las personas, y que, por lo tanto, apunta a que cuando exista duda sobre si dar el derecho al alguna a las personas o a la naturaleza, los ecosistemas, el agua o la biodiversidad, se opte, en estas condiciones que no son de vida o muerte, por la naturaleza, la biodiversidad o el agua o los ecosistemas.

Adriana Fontecilla, pregunta que es lo que se entiende por necesidad humana básica que se menciona y cubre con los 100 litro/persona/día que menciona el Principio A.

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Eugenio Figueroa responde que son las necesidades de alimentación (bebida y preparación de alimentos, e higiene saneamiento personal y de la vivienda. No está considerada en esto, expresamente, el agua de riego ni el agua de piscinas.

Adriana Fontecilla pregunta si incluye el agua para el cultivo de comida.

Eugenio Figueroa le responde que no está considerado.

Adriana Fontecilla indica que entonces ahí para la mano y dice que no; que no se puede, que no es uno sin el otro. Una necesidad básica es el agua necesaria para generar alimento a partir de esa agua provista, por lo que la cantidad mínima debe ser más que 100 litros.

Ahí queda fuera la consideración del ecosistema; que se necesita para dos cosas: 1. Para la sobrevivencia del ser humano; y, 2. Para la propia generación de agua. No es posible que le van a llegar a alguien 100 litros de agua a alguien si no hay un ecosistema que no produzca agua. No hay entonces posibilidad que haya evaporación de agua, que se convierta en lluvia, nieve y haya una nueva provisión de agua. No habrá provisión de agua si no hay un ecosistema que permita que se produzca esa vuelta del agua. Pido disculpa de no haber estado en las discusiones de esto antes, pero aquí está por qué el “pro natura”

no puede ir después de los 100 litros de agua.

Eugenio Figueroa explica que este es un mínimo; es un derecho humano no transable. Esto está pensado para circunstancias de sobrevivencia. Extender el derecho básico de sobrevivencia a la provisión de agua para producir alimento abre toda una nueva dimensión en la cual la gente podría exigir la cantidad de agua que fuera necesaria para producir alimento, a cualquier costo y en cualquier circunstancia (aunque, por ejemplo, hubiera la posibilidad de proveerle alimento a poca distancia a un mucho menor costo).

Adriana Fontecilla señala que le parece como el fin del mundo que nosotros defendamos sólo los 100 litros de agua por día para las necesidades básicas.

Eugenio Figueroa le indica que, si no se entiende lo de la provisión de un límite mínimo para la supervivencia, se abre una puerta a un problema insoluble. Supóngase que, en la propia Cuenca del Mapocho, por efecto del cambio climático, y a pesar de que se haga un fantástico manejo del agua, la cuenca se seca completamente; debido a que el cambio climático resulta ser mucho más severo de lo que pronostican los modelos cient íficos actuales, y realmente se acaba el agua de la cuenca. ¿Qué vamos a exigir los habitantes?

¿Qué nos traigan agua para poder producir verduras en la cuenca? La respuesta será que eso no es posible, que el alimento entones debería ser provisto por otras localidades en que la producción de alimentos siga siendo posible.

Adriana Fontecilla señala que ese es el punto. Nosotros tenemos que ir antes de eso. No hay posibilidad de entregarle 100 litros de agua a una habitante si el ecosistema no se mantiene para que le permita a ese habitante sobrevivir. No es posible. Yo trato de no pensar esta idea de que en algún minuto la cuenca de Santiago se va a quedar sin agua:

Porque nosotros a esta altura deberíamos estar trabajando para que eso no suceda. Más allá de lo que hagamos para reducir el consumo de agua. Nosotros deberíamos estar pensando en cómo aumente la cantidad de lluvias, aguas, producciones, medioambiente, anteriores al término de una cuenca.

Eugenio Figueroa indica que en general todos están de acuerdo con lo que Adriana Fontecilla está planteando, pero este Principio A no apunta a eso, no apunta a la

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sustentabilidad del agua, de la naturaleza; este principio apunta a asegurar la vida humana en condiciones extremas. En conjunto de los otros principios apuntan a la sustentabilidad de los ecosistemas, a mantener flujos de aguas que permitan la mantención de la naturaleza, allí es donde se toma cuenta de lo que Adriana Fontecilla indica: que no se puede hacer uso del agua de modo que se destruya la naturaleza. Pero este Principio A se refiera específicamente a asegurar la vida humana en circunstancias extremas.

Adriana Fontecilla indica que ella sabe que esta discusión ya la tuvieron, etc., etc, Pero, por lo mismo, la estamos volviendo a discutir. Porque hay personas que tenemos la postura y vamos a continuar teniendo la postura de que, para nosotros, es imposible sostener el derecho a acceder a 100 litros de agua por día si es que no se pone en lugares igualitarios el medioambiente en el cual tiene que sobrevivir este ser humano. No es que después podemos discutir sobre cómo mantenemos la naturaleza. Esto ya se está discutiendo en la Constituyente, donde hay personas que están diciendo que la Constitución tiene que ser verde, y que tiene que haber una defensa de la naturaleza anterior a que lleguemos a determinar los 100 litros de agua por día que en el cataclismo final del mundo le vamos a entregar a cada ser humano. Por eso, creo que, si quieren avanzar y soy la única, que en el fondo quiere poner este punto, bienvenido sea. Yo creo en la democracia; pero no estoy de acuerdo.

Vicente Gré acota que el Mecanismo es para la Cuenca; por lo que, por más que haya espacio en el tema medioambiental para discutir otras cosas, hay que entender las proporciones de lo que estamos haciendo. Esto no va a tener efectos más allá.

Luis Eduardo Villarroel expresa que este es un tema que ya se discutió y analizó bastante, y que este rango de los 100 litros de agua no lo pusimos nosotros, sino que viene de estudios realizados por Naciones Unidas. Estos son mínimos extremos, pero hay personas que no tienen ni siquiera un litro de agua para vivir. Esta cantidad establecida es un mínimo suficiente para es un mínimo, pero no lo es para otras actividades, sino para actividades básicas de supervivencia. Es un principio internacional, que obedece a estudios que no podemos discutir, no podemos prescindir de estas cifras, porque no tiene fundamento hacerlo. Este es un tema que ya hemos analizó profundamente y bastante tiempo;

podríamos pasar a otro tema.

Paula Henríquez expresa que su Corporación de Adelanto de Farellones (CAF) viene trabajando desde hace tiempo en ciertos mecanismos que vayan en la línea de definir consumos mínimos o básicos, para el consumo humano. Señala no compartir el concepto de Adriana Fontecilla porque lo que se está planteando aquí es el uso exclusivamente el uso para el consumo humano, y podríamos estimar que 100 litros diarios son poco, pero la verdad es que, si extendemos esto a cultivos, esto se escapa de este principio, porque entramos en la distinción absolutamente subjetiva de qué tipo de cultivos, de qué cantidad y área, de media hectárea, de cien metros o un metro cuadrado. La verdad es que una cosa es que hablemos de consumo humano, y otra cosa es que hablemos de ecosistemas o la naturaleza, o de cómo vamos a ayudar a través del agua a la sobrevivencia de la especie.

Pero eso tiene que estar regulado en otro lado. En la CAF, por ejemplo, estamos hablando de un consumo familiar de 100 metros cúbicos mensuales. Esto es bastante más; pero es porque hoy tenemos bastantes recursos. Llegará un minuto en el futuro que estos 100 metros cúbicos mensuales se tendrán que revisar.

Roberto Álvarez señala estar de acuerdo con lo que plantea Adriana Fontecilla, y también con lo que dice Paula Henríquez; en el sentido que importante el componente que tiene que

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ver con la preservación de la especie en una situación crítica extrema en que no tengamos agua, pero también es importante tener el componente que abarque el tema de la preservación ecológica y todo el tema del componente ambiental. Deberíamos busc ar una manera de considerar ambos elementos por igual.

Eugenio Figueroa señala que, respecto a lo indicado por Roberto Álvarez, hay como seis Principios que forman parte de todo el conjunto de Principios que definen el Mecanismo, y que se refieren precisamente a lo que plantea Roberto Álvarez y Adriana Fontecilla: a la preservación de la biodiversidad, de los ecosistemas, de los servicios ecológicos de la naturaleza en general. Pro no se pueden poner todas las cosas en un principio, por eso es que hay hartos principios.

Adriana Fontecilla expresa que lo único que ella está tratando de plantear, como lo dice Paula Henríquez en el chat, es: “como prioritario consumo humano, luego ecosistemas”.

Esa es la discusión. Estamos diciendo que el “pro natura” no debería ir en la normativa C, porque eso me lo está dejando “después de”.

Eugenio Figueroa explica que efectivamente las organizaciones internacionales lo ponen después, para estas condiciones extremas. Pone el ejemplo de una situación extrema en que quedan sólo mil litros de agua y hay cien guaguas y sus madres que dependen de esa agua y no se sabe si habrá más agua en el futuro. Y hay unas poblaciones de biodiversidad, por ejemplo, de sapos o de culebras, o de árboles, que también dependen de que se les aporten esos 1.000 litros de agua. El Principio señala que, en esas condiciones extremas, de vida o muerte, se debe optar por las madres y las guaguas, y no por los otros seres de la naturaleza. Es decir, que, en esas condiciones, de vida o muerte, no se puede sino dar prioridad a los seres humanos. Esto se plantea porque, de lo contrario, se estaría aceptando que, en alguna circunstancia en que hay que elegir entre un árbol, o entre un individuo de la biodiversidad, y un individuo humano, en condiciones extremas, se puede elegir al animal o al árbol y que se muera la persona. Eso es lo que está diciendo este Principio.

Adriana Fontecilla señala que ella no está diciendo eso, pero si lo quieren entender así, bienvenido sea.

Eugenio Figueroa señala, eso es lo que los organismos internacionales señalan con este principio.

Adriana Fontecilla señala: “yo no estoy de acuerdo con eso. Porque al día siguiente que le entregué los 100 litros de agua a las guaguas, y no llueve, al día siguiente también se exterminan las guaguas. Entonces no podemos seguir.”

Eugenio Figueroa señala que en eso caso, si eso pasa, el Principio indica que está bie, ocurrió, pero usted cumplió con el Principio básico que aceptamos como seres humanos:

que, en esas condiciones extremas, cuando llega el momento de decidir, vamos a decidir siempre por el ser humano. Si mañana, o pasado mañana no llueve y se mueren los seres humanos porque no llovió, bueno no hay nada que hacer; simplemente ocurrió. Pero no decidimos nosotros que las guaguas y las señoras se murieran antes que los árboles. Eso es todo lo que el Principio dice.

Adriana Fontecilla señala. “le encuentro toda la razón”, hasta este punto, y lee el Principio A: “Con el propósito de promover y proteger el derecho humano de acceso a los servicios de agua potable y saneamiento, y de vida para el ser humano”, porque no puedo quedarme

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en el agua potable y el saneamiento. Si yo le doy a la gente agua potable y saneamiento y eso me significa que yo no puedo hacer otras actividades que son humanos, como los cultivos, la alimentación, la producción, etc., no sirve de nada entregarle agua potable y saneamiento, eso es lo que estoy tratando de decir. Entonces estamos llegando a un extremo que me parece que no es el primero de todos los principios.

Eugenio Figueroa señala que hay que analizar el principio en el contexto del mismo, porque Adriana Fontecilla saca del contexto del Principio, y señala “si yo no como, si yo no hago otras cosas, no me sirve de nada, porque si no llueve de aquí a pasado mañana, no voy a poder comer”. Es que este principio no se refiere a eso.

Es que yo estoy pensando en mi cuenca, que es donde yo vivo. A mi no me sirve que me canalicen y me entiben desde la cordillera para se entreguen 100 litros de agua a los departamentos, o se entreguen 100 litros de agua para consumo humano . Qué vamos a vivir, entremedio de un cemento en cañería de agua; ¿ese es la vida que se está pensando para el ser humano a futuro? ¿Solamente entregarle bidones de agua, como bidón de agua?

A eso me refiero.

Eugenio Figueroa señala que eso no es lo que dice el principio. No se está promoviendo que la gente viva con 100 litros de agua al día. No está diciendo eso.

Adriana Fontecilla expresa que “a las últimas, cuando lleguemos a eso, esto va a ser la normativa. Ese es el punto. Que es una mirada que hoy día tenemos agua, pero cuando no lleguemos a ningún momento, la normativa que va a estar establecida va ser: sabe señora Adriana, venga a buscar sus 100 litros de agua en botella. Porque ese es el derecho humano máximo que discutimos en 2020-21”. Esa es mi perspectiva.

Vicente Gré señala que es interesante revisar el Principio F, que se refiere a lo que señala Adriana Fontecilla.

Se proyecta en la pantalla el Principio F y se lee:

PRINCIPIO NORM ATIVO F

El M GPI tendrá como norma permanente incentivar y propender a la colección, almacenamiento, conservación y uso sustentable de todo recurso hídrico que permita aumentar la actual y futura disponibilidad de agua en la cuenca, como aguas lluvias, nieves, hielos, aguas subterráneas, aguas del minero, aguas gr ises, aguas amarillas, o cualquiera otro recurso hídrico que favorezca la sustentabilidad futura de los ecosistemas y la naturaleza toda.

Se proyecta en la pantalla y se lee también el Principio B:

PRINCIPIO NORM ATIVO B

El M GPI deberá realizar esfuerzos y actividades tendientes a lograr que se establezca como obligación legal que en toda la CARM , y en cada una de sus subcuencas, siempre se provea un caudal ecológico mínimo1 en todos los tramos de sus cauces, que asegure en todo momento la

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supervivencia de la biodiversidad, los ecosistemas y los servicios ecosistémicos de la Cuenca.

M ientras ello no se logre, el M GPI buscará construir, dentro de la institucionalidad y la legalidad vigentes en el país, los acuerdos requeridos entre los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas de la Cuenca, los demás actores de la misma y las autoridades nacionales y locales, que hagan posible proveer dichos caudales ecológicos mínimos en todos los tramos de los cauces.

1 El término “caudal ecológico mínimo” se utiliza expresamente de manera general y amplia, y que se explica al indicar: “que asegure en todo momento la supervivencia de la biodiversidad, los ecosistemas y los servicios ecosistémicos de la Cuenca.”; y, por lo tanto, no se refiere aquí, a ninguna de las definiciones existentes y en uso.

Eugenio Figueroa explica que estos principios, más los otros cinco o seis principios, son los que apuntan a lo que dice Adriana Fontecilla; sobre lo que ella tiene toda la razón , y que, como decía Luis Eduardo Villarroel, se ha discutido durante tres meses y se llegó a esto.

Adriana Fontecilla pide revisar el Principio C, por lo que se proyecta y se lee:

PRINCIPIO NORM ATIVO C

Una vez cumplidos los mínimos establecidos en su Principio Normativo A, referido al derecho humano al acceso al agua, para el ejercicio de sus funciones y para definir e implementar todas sus decisiones y acciones, el M ecanismo deberá regirse siempre por los principios ‘in dubio pro natura’

e ‘in dubio pro aqua’ (‘en la duda, en favor de la naturaleza’ y ‘en la duda, en favor del agua’).

Eugenio Figueroa señala que lo que este Principio expresa es que, en aquellas condiciones que no son de vida o muerte, se le debe dar prioridad a la naturaleza y los otros usos del agua.

Adriana Fontecilla señala que el único principio con el que no está de acuerdo es el C. Con el A el B no hay problema. El tema es que se dice “una vez que, una vez cumplido los …”.

Eugenio Figueroa explica que lo que eso expresa es: una vez cumplidos los requisitos del Principio A, que son para las condiciones de vida o muerte; es decir, en aquellas condiciones en que se debe decidir si se mata a las guaguas o se cuida los árboles. Para esas condiciones es que el Principio dice: usted no puede definir, usted tiene que optar por el ser humano. Así, en este contexto, lo que Adriana Fontecilla dice está implicando que se deja abierta la posibilidad para que, en esas condiciones extremas en las que hay que decidir entre la vida de un árbol y la vida de una persona, alguien pueda decidir por la vida del árbol y no por la de la persona.

Adriana Fontecilla expresa: “lo que yo estoy tratando de decir es que, en este caso va en simultaneo, no se puede lograr el principio normativo A, si no se está basado en el Principio

“in dubio pro natura” e “in dubio pro agua”.

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Vicente Gré le solicita a Adriana que explique lo que quiere decir porque no se entiende el razonamiento.

Adriana Fontecilla señala que en este principio normativo se pone posterior a; se dice “una vez cumplidos los mínimos establecidos en su Principio Normativo A”, es decir, una vez que se le entregó a todas las personas los 100 litros referidos al derecho humano, recién ahí podríamos decir que el mecanismo deberá regirse en los principios “in dubio pro natura” o

“in dubio pro aqua”. Y lo que yo estoy tratando de decir es que no es posterior; esto de que

“siempre el mecanismo deberá regirse por los principios “in dubio pro natura” e “in dubio pro aqua” al mismo tiempo que deberá asegurar los cien litros.

Eugenio Figueroa indica que lo que Adriana Fontecilla está implicando entonces, es que siempre podemos elegir entre no darle el mínimo para la sobrevivencia al ser humano, por proteger la naturaleza. Por lo tanto, se está aceptando optar por que se muera el ser humano.

Vicente Gré señala a Adriana Fontecilla que estas dos cosas son excluyentes, son completamente excluyentes; no puede pasar en el escenario crítico, no pueden satisfacerse las dos cosas, es imposible. Por eso está la primera frase.

Adriana Fontecilla señala que tiene tan claro que uno no existe sin el otro , que lo que yo lo que ella decía es que, al día siguiente que yo le entrego los 100 litros de agua a las cien guaguas se acaba la especie humana; entonces no sé para qué uno tiene que seguir pensando en el “pro natura” o en el no sé cuánto. Ese es el punto ; cuando estamos hablando del mínimo exigido es porque estamos pensando que en algún minuto vamos a llegar a eso, y, por lo tanto, nosotros como principio normativo deberíamos estar pensando en este Mecanismo que no es posible la existencia del ser humano sin la existencia de la naturaleza. Y no estoy hablando del árbol en específico; sino que estoy hablando de chao con tu casa y chao con tu cañería si es que no existe tu espacio mínimo de habitación, oxígeno. ¿Quién produce el oxígeno?

Eugenio Figueroa explica que estos principios hablan de las condiciones en que los dos principios son excluyentes, y no hay posibilidad de tiempo y espacio para decidir entre uno y el otro: entre la naturaleza o la vida humana. No se está en las condiciones normales en que tenemos tiempo para decidir, unas semanas, unos meses, unos años. No estamos en esas condiciones; se está en las condiciones límite: se tiene que decidir entre la naturaleza y el ser humano, y no hay otra posibilidad. En estas circunstancias, y como lo establecen todas las Constituciones del mundo, se respeta el derecho a la vida humana . Eso mismo, es lo que dice el Principio A. Mientras que el Principio C dice que , en las condiciones en que no se está en el extremo en que si usted decide por la naturaleza va a morir el ser humano, cuando no está en esas condiciones, debe darse preferencia a la naturaleza, al agua, a la biodiversidad. Ello, porque, si, en esas condiciones no se respeta el Principio C, se va a llegar en el mediano y largo plazo a que desaparezca la naturaleza , y, con ello desaparezca el hombre también. Estos principios están diciendo exactamente lo que dice Adriana Fontecilla. Los Principios A y C juntos expresan exactamente lo que está proponiendo Adriana Fontecilla.

Valérie Du Belloy señala que con mucho respeto para todos debe indicar que este Taller es para avanzar y llevamos cincuenta minutos discutiendo respecto a la palabra de Adriana Fontecilla; sin embargo, ella no vino a la anterior sesión, lo que es lamentable, pero entre todos llegamos a un consenso que está escrito ahora en estos Principios. Entiendo y

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comparto que hay cuidar la naturaleza, pero lo que se está discutiendo es el caso extremo en que es el uno o el otro. No sabemos, de aquí a allá, cuánto pueda pasar, si la naturaleza también va a mutar, sino nosotros vamos a mutar y evolucionar, o si podrá haber quizás otra solución; no tenemos idea, es un caso extremo. Pero todos estamos acá para avanzar, y no creo que cincuenta minutos discutiendo esto con Adriana vamos a llegar a algo. Tengo otras cosas que hacer y no puedo estar cincuenta minutos escuchando una discusión que se hizo en los talleres anteriores y que se llegó a un consenso, en el cual en el caso extremo hay que elegir el uno o el otro. Yo también, preocupándome de la naturaleza, creo que debemos llegar al consenso que se llegó en sesiones anteriores. Por lo que c reo que, en honor al tiempo, pio que, por favor, avancemos. Gracias.

Vicente Gré indica que el siente que lo que dijo Adriana Fontecilla está reflejado y defendido en los otros Principios. Como está planteado, el principio es un principio del día mismo, por así decirlo; y, en general, principalmente se utiliza po rque en la cuenca, como sabemos, hay montón de gente que no tiene acceso al agua potable para bebida y saneamiento, y la idea es que se utilice ese principio para que el mecanismo tenga un incentivo en trabajar en soluciones. Y el otro caso es efectivamente el día completo, que sirve de un punto crítico;

pero, yo insisto, en que no se debería llegar a un punto crítico, que es lo que plantea Adriana Fontecilla, y se debería trabajar en pos de que estos temas estén bien cuidados y eso está reflejado en otros principios, a mi juicio principalmente en el Principio F. Este es aquel que explicita el tema de conservar y proteger el recurso hídrico para que se sostenga en el largo plazo. Este principio es el que apuntaría a que nunca estemos en una situación crítica que es lo que ha arrastrado este debate hasta ahora.

Eugenio Figueroa señala que, si se vuelve al punto que estábamos deliberando, éste es básicamente eso, que los dos principios se complementan y, ambos constituyen la visión completa del Mecanismo: que debemos asegurar el medioambiente, la naturaleza, los ecosistemas, el agua, y la atmósfera; porque en ella es donde vivimos, y sin ellas no podemos vivir. Por eso es que se ponen los Principios Normativo C y varios otros principios, como el D y otros, que establecen cómo vamos a manejar el recurso para que la naturaleza se proteja, porque sin la naturaleza va a desaparecer toda la vida, incluido el ser humano.

Pero, además se pone el Principio A, porque, cuando se llegue a condiciones extremas, y se deba decidir en un minuto dado sobre un ser humano y la naturaleza, en ese caso, es propio de la especie humana definir, como lo hacen todas las Constituciones , que se debe optar por el ser humano. En esas condiciones. Pero son los dos principios juntos los que operan; y, por eso es que hemos insistido a lo largo de estas deliberaciones que no deben mirarse los principios individualmente, sino que deben mirarse como el conjunto de todos ellos, porque es el conjunto de ellos lo que determina la definición const itutiva del Mecanismo. Así, los Principios A y C juntos articulan, juntos determinan el contexto constitucional que está determinando el Mecanismo.

Plantea entonces que, en estas condiciones, podríamos pasar al siguiente principio y dar esto por aprobado, como se había aprobado antes. Darlo por aprobado, y si Adriana Fontecilla quisiera dejar alguna nota adicional puesta, podríamos ponerla. Y tendríamos que analizar qué sería esa nota que ella quisiera incluir.

Adriana Fontecilla señala que ella pueda hacerla llegar. Indica que en todo caso no es una discusión suya; señala que ha trabajado en todos los talleres, solamente no fue al Taller deliberativo anterior, y mi postura no es la de Adriana Fontecilla, sino qu e la de la gente toda que estábamos en el Grupo que estuvimos trabajando sobre quienes iban a ser los actores del mecanismo. Una de las conversaciones que se dio fue justamente esa que no

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era uno y después el otro, sino que debe ponerse, y esto se lo voy a pasar yo a Yael Baytelman para que ella lo pueda discutir internamente, para que no sigamos en esta discusión en este lugar, sobre que no es una vez cumplidos, sino que es al mismo tiempo.

Como lo acaba de decir Eugenio Figueroa reiteradamente. Quiero que quede considerado que se necesita que la existencia mínima para poder darle el derecho humano de acceso al agua del ser humano, también depende, y por lo tanto debe ser en simultáneo, con la posibilidad de hacer subsistir la naturaleza que permite el acce so al agua. Pero, no quiero seguir discutiéndolo aquí, pero yo se los estoy diciendo porque sé que este principio no ha llegado a su conclusión porque hay muchas personas que también opinan como yo. Por eso mismo lo voy hacer llevar a través de Yael Baytelman, porque me parece que si no queremos seguir en esta discusión que podría ser eterna, porque estamos hablando de posturas casi ideológicas, son miradas en el fondo.

Eugenio Figueroa pregunta entonces si hay alguien más que quisiera agregar algo, o si el resto de la gente acepta los Principios A y C de manera conjunta. Y Adriana Fontecilla haría llegar una nota que podría ponerse en alguna parte en el contexto de todos los principios en caso que así lo decida el Colectivo. Pregunta nuevamente si hay alg uien más que quisiera agregar algo distinto respecto de estos Principios A y C, o si no, los da ríamos por aprobados así.

Vicente Gré destaca un cometario que Luis Eduardo Villarroel ha escrito en el chat, que le parece muy relevante, y dice así: “todos los principios están establecidos de una forma armónica y son producto de un trabajo cuidadoso, y sólo una visión global permite una conclusión a adecuada.” Vicente Gré agrega que los principios son efectivamente complementarios, y no sirve mucho discutirlos por sí solos.

Eugenio Figueroa indica que entonces podemos pasar al Principio D, y lo proyecta y lo lee:

PRINCIPIO NORM ATIVO D

En el cumplimiento de sus funciones y en la implementación de sus actividades, el M GPI se guiará siempre por el Principio Precautorio1 que establece que la inevitable incertidumbre científica o técnica respecto de los efectos negativos de los usos de los recursos hídricos sobre su disponibilidad y calidad pasadas, actuales o futuras, no debe ser obstáculo para implementar oportunamente las medidas requeridas para resguardar, proteger y asegurar debidamente la sustentabilidad actual y futura de estos recursos y de la naturaleza y biodiversidad de la Cuenca.

1 Consagrado en la Declaración de Río sobre el M edio Ambiente y el Desarrollo (Río de Janeiro, Brasil, 3–14 de junio de 1992).

Señala, además, que este es otro principio que apunta específica y directamente a lo que menciona Adriana Fontecilla, y se junta con un grupo de otros cinco o seis principios que establecen normas generales sobre la protección de la naturaleza y de todos los recursos.

Invita a discutir sobre este principio y agregar cometarios sobre él, que fue aprobado en la versión de la Tarde del Taller Deliberativo pasado.

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Vicente Gré lee el comentario de Luis Eduardo Villarroel en el chat diciendo que para él el Principio ya está aprobado. Señala que Paula Henríquez y Valérie Du Belloy también escriben que aprueban.

Eugenio Figueroa indica que entonces, no habría objeción a dar por aprobado el Principio D, que apunta y fortalece la visión que promueve Adriana Fontecilla, y que tiene que ver con el principio fundamental de que el manejo del recurso hídrico que se hace en la Cuenca está dirigido a la conservación de la naturaleza, los ecosistemas, la biodiversidad, etc. Invita a pasar a analizar el Principio F, que también fue aprobado en la versión de la Tarde del 3r.

Taller Deliberativo, y estaba pendiente cerrar su ap robación pues se había planteado el tema de un posible desequilibrio entre los distintos usos del agua. Se proyecta y lee el Principio F:

PRINCIPIO NORM ATIVO F

El M GPI tendrá como norma permanente incentivar y propender a la colección, almacenamiento, conservación y uso sustentable de todo recurso hídrico que permita aumentar la actual y futura disponibilidad de agua en la cuenca, como aguas lluvias, nieves, hielos, aguas subterráneas, aguas del minero, aguas grises, aguas amarillas, o cualquiera otro recurso hídrico que favorezca la sustentabilidad futura de los ecosistemas y la naturaleza toda.

Informa que las partes de frases del principio que se muestran subrayadas corresponden a cambios a su redacción inicial introducidas, precisamente, para evitar esa especie de desnivel que algunas personas decían que podía haber entre los distintos usos, y dejar más claramente establecido aquello que mencionaba Adriana Fontecilla de la importancia que permanentemente se le debe estar dando al uso del agua en la conservación y la sustentabilidad de la naturaleza y todos sus recursos. Invita abrir la discusión al respecto, e indica a Adriana Fontecilla que este principio apunta precisamente a lo que ella decía, y se incluyen así, porque es muy difícil poner todos los conceptos en un principio único, porque resulta interminable. Por ello, es que la Constitución del Mecanismo es el conjunto de todos los Principios, que van a estar todos juntos.

Adriana Fontecilla dice que ella entiende que estamos todos yen do para el mismo lado, y no se imagina que haya nadie que se haya metido a esto de conservación y gestión hídrica para decir que quiere destruir el medio ambiente ni mucho menos. Sólo que yo y el grupo al que yo pertenecía pretendíamos tener una postura qu e era un poquito más transgresora, que era como: una cosa no existe sin la otra. Pero eso, como ya les dije, no es una discusión que vamos a poder tener aquí, por tiempo. Entonces revisémosla en otro lado, porque de ahí en adelante creo que va todo hacia el mismo lugar. Por lo tanto, no podría decir que no.

Sólo que trato de pensar en la postura que tengamos que llegar al extremo de que haya que repartir 100 litros de agua por persona, porque eso es evitable. Por lo tanto , el Mecanismo debería visualizarlo con anterioridad. ¿Cómo es evitable llegar a solamente 100 litros de agua por persona?, manteniendo la naturaleza que produce esa agua. ¿cómo se produce el agua? Sabemos que no tiene un punto exacto de cómo producir agua, sabemos que de manera natural depende de todo un ecosistema que necesitamos que esté conservado desde un principio. Por eso mismo, como ya lo entiendo; no hay más que

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tengamos que discutir, porque entiendo que todos los principios finalmente lo terminan diciendo.

Eugenio Figueroa pregunta si hay alguien que tenga algún reparo a este Principio F, porque si no hubiera alguien, lo daríamos por aprobado también y podríamos pasar al principio siguiente. Pregunta a Vicente Gré si hay algún comentario escrito en el chat. Y Vicente Gré informa que sólo hay un comentario de Luis Eduardo Villarroel y otro de Paula Henríquez en que indican que aprueban el Principio F.

Eugenio Figueroa informa que entonces, dado que queda algo de tiempo, se revisará los siguientes dos principios para darlos al menos por vistos en una discusión inicial. Uno es el Principio H, que no se había discutido antes. Explica que con estos principios, se entra en a Principios Normativos más específicos, que van bajando de la cosa más general, de aspectos del derecho, filosóficas, de principios fundamentales, a cosas más particulares.

Proyecta y lee el Principio H:

PRINCIPIO NORM ATIVO H

Toda persona que sea parte del Colectivo de la Cuenca se compromete a que, cualquiera sea el uso del agua que e lla haga, se abstendrá siempre de toda conducta que contamine, en cualquier forma, los recursos hídricos de la Cuenca (aguas superficiales y subterráneas, aguas lluvias, capas freáticas, nieves, glaciares, etc.).

Asimismo, se compromete, además, a dar cuenta de inmediato al M GPI en caso de enterarse de algún evento de contaminación de cualquier recurso hídrico de la Cuenca.”

Explica que el Principio básicamente establece que todos los que so n actores de la Cuenca, y que el Mecanismo los considera como tales, y que, por lo tanto, pueden alegar tener derecho a ser considerados actores de la Cuenca, tienen estas obligaciones: abstenernos de contaminar y de que, si son testigos de algún evento de contaminación, deben dar cuenta al Mecanismo. Abre entonces la discusión sobre este principio.

Vicente Gré informa que en el chat está aprobado por parte de Adriana Fontecilla y Luis Eduardo Villarroel. Pregunta si alguien más tiene comentarios o señala que aprueba.

Valérie Du Belloy escribe que aprueba, y Paula Henríquez plantea una duda en el chat.

Paula Henríquez explica que ella ha transmitido estos puntos antes varias veces. Indica que ella habla que Farellones, como pueblo, no cuenta con una planta de tratamiento de agua, entonces hay directa o indirectamente infiltración, y en algunos casos derrames, a la tierra y que obviamente son aguas grises, aguas que tienen algún nivel de contaminación.

Obviamente, nosotros venimos trabajando con la autoridad hace años, porque aquí hay un vacío legal en el entendimiento de quién se hace cargo de las falencias en términos de infraestructura, si lo quisiéramos llamar así, en un pueblo. Esto se agrava con la visión que tienen hoy día la CORFO, el Ministerio de Turismo, etc., de constituir a Andes Cent ral como el potencial turístico de Chile. De hecho, hoy día esta Zona Central ya es el lugar con mayor concentración de turismo en Chile; por ello, durante años venimos luchando para ampliar esta visión sistémica que tenía la autoridad, en este caso la Municipalidad, de que esta no

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es una responsabilidad, una obligación, que le compete en este caso a la CAF. Porque nosotros somos una solución particular de agua potable, y no tenemos injerencia sobre el tema del tratamiento de las aguas, si bien venimos trab ajando y generando distintas posibilidades para que Farellones cuente con esta planta. Entonces me pasa que, en este principio, el cual comparto, y que estoy trabajando para que no ocurra, pero, a su vez, tengo la certeza de que, hoy día, Farellones sí está, de alguna manera, en muchos casos, y sobre todo las propiedades y construcciones antiguas que datan del treinta y tanto hacia delante, no cuentan con soluciones sanitarias adecuadas. Y, Farellones no cuenta con planta de tratamiento. Entonces, se me produce ahí una contradicción, en que no sé cómo enfrentarla. Venimos trabajando hace años con la Municipalidad; y esto se ha establecido como una prioridad, dándole una alta prioridad a este tema ; pero la verdad es que, en términos de plazos, se ha definido que podría ser posible en el mediano y largo plazo, porque entendemos que en esto tiene que intervenir el Gobierno Regional; incluso se ha llegado a en algún minuto a comentar que de esto podría hacerse cargo directamente la Municipalidad, a través del Gobierno Regional con su aporte directo, y que pasaría a ser un bien o un activo municipal.

Roberto Álvarez señala que él está de acuerdo con lo que comenta Paula Henríquez, en el sentido que, obviamente, uno nunca quiere contaminar, ya sea por coliformes o p or otras substancias. Nadie quiere hacerlo; sin embargo, esos eventos ocurren, o están ocurriendo, como en el caso que ella comentaba. Ahí, no sé si escapa un poco a la gestión del Mecanismo, pero igual es importante tener en cuenta que podamos propiciar, incentivar o motivar a que actores públicos den solución a este tipo de problemática que, además, no sólo ocurren en Farellones, sino que también en la Ruta G21, en todo el camino y que afectan aguas abajo hasta el Mapocho. Entonces, aun cuando sabemos que Aguas Andinas sacó todo lo que tiene que ver con aguas servidas en su minuto, hace diez años atrás o más, estamos libres de eso, en la zona rural de Lo Barnechea esa situación no es igual, para que decir de El Arrayán. Entonces, tratar de buscar alternativas que propicien la solución de acciones de contaminación como pueden ser éstas. Sabemos también lo que pasa con los Centro de Esquí arriba. Es un tema complejo que deberíamos darle como ese enfoque, y, al menos dejar en claro la búsqueda de soluciones colaborativas. Porque, por ejemplo, nosotros podríamos, como Anglo American, colaborar en eso. Pero, evidentemente, tampoco podemos, en términos de recursos, solucionar el problema a todo el camino en términos prácticos de llevarlo a cabo. Deberíamos ver cómo le ponemos ese foco de búsqueda de soluciones.

Paula Henríquez señala que, en ese sentido, hay que reformular el Principio porque efectivamente acá dice “se abstendrá siempre”; o sea, estamos impedidos de generar cierta contaminación por ahora, y me parece que debería estar establecido, colaborar, ayudar a buscar a que esto no ocurra.

Eugenio Figuera señala que el principio señala a lo que apunta el Mecanismo, y esto se junta, nuevamente, con los otros principios. Respecto a lo que indican Paula Henríquez y Roberto Álvarez, hay una cuestión básica detrás: es imposible no contaminar. Cualquiera de nosotros que entre de la plaza San Enrique para arriba en un automóvil, ya está contaminando las aguas. Porque el SO2, el óxido de nitrógeno, e l CO2 que emiten los escapen va a dar al agua y contaminan. Los que estamos respirando, los que estamos haciendo cualquier actividad dentro de la Cuenca, estamos contaminando., Entonces, qué

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es lo que se entiende aquí por “abstenerse de cualquier conducta que contamine”. La única manera de lograr esto, es muriéndose, y después de que se desintegre su cuerpo, recién entonces no va a contaminar más. Entonces, lo que se entiende por esto, es lo mismo que se hace en las legislaciones; en ellas se entiende siempre por contaminar una contaminación que sea significativa, que produzca daño que no es tolerable , o que causa daños a otros, produce problemas a otros. Eso es lo que está detrás de todo esto. Porque si no, simplemente toda actividad humana sería imposible. Esto es lo que está detrás de todo este tipo de principios. Y lo que está diciendo es: en principio, los que somos actores de la Cuenca, los que vivimos aquí, tendemos a esto que estamos diciendo, a no contaminar; sabemos que es imposible no contaminar, pero vamos a tender siempre a no contaminar. Y ello se entiende como que se tiende a no contaminar significativamente. Pero si se menciona no contaminar significativamente, se entra a mil disquisiciones ; y Paula Henríquez lo sabe como abogada. Y por lo tanto se deja así, establecido como Principio general para que todos lo tengan en cuenta, y sepan como comportarse. Y lo de la participación de los organismos públicos, está determinado en los otros principios, en los que se plantea que el Mecanismo tenderá siempre a incluir a los organismos públicos para hacer una gestión adecuada de los recursos hídricos y de los demás recursos de la Cuenca.

Vicente Gré informa que hay comentarios en el chat. El primero de Adriana Fontecilla que escribe que deberíamos poner plazos; y, el segundo de Paula Henríquez que señala que deberíamos reformular el principio. Explica que ella cree que, por la situación de la Cuenca, podría darse cabida a otro principio que apunte a incentivos , a temas de infraestructura sanitaria en la Cuenca, para dejar este principio bien enfocado en eso.

Eugenio Figueroa informa que hay otros principios a tratar más adelante que apuntan a eso.

Pablo Rodríguez señala que él entendería la contaminación basándose quizás como está definida en la Ley de Bases del Medio Ambiente, que se entiende como toda substancia que supere el límite establecido en la norma. En ese sentido, se podría agregar “que contamine o pueda contaminar”, en el sentido que si aporto un químico o substancia que quizá se va a mantener bajo los niveles de determinada norma, por ejemplo, la Noma Chilena N° 1.333 de Calidad de Agua Potable, que si bien no va a contaminar en términos estrictos legales, si las personas van agregando substancias se puede llegar a una situación de contaminación. Podríamos talvez indicar que cualquier acción que pueda contaminar se encuentre delimitada o se restrinja.

Vicente Gré informa que en el chat Roberto Álvarez escribió que está de acuerdo que debería estar definido qué sería contaminación.

Roberto Álvarez señala que está de acuerdo con Pablo Rodríguez porque, en general, hay personas que pueden considerar cualquier cosa contaminación, y por el marco normativo chileno está súper claramente establecido qué es contaminar y qué no.

Paula Henríquez señala que para su gusto este principio debería indicar más bien que debe haber un compromiso del Colectivo por trabajar para disminuir o por apoyar a las comunidades en lo que corresponda para disminuir la contaminación, más que abstenerse de contaminar. Indica que en el abstenerse se le genera esta contradicci ón, porque yo no me puedo comprometer a no contaminar. Yo me pued o comprometer a trabajar, que lo vengo haciendo desde hace mucho tiempo, para disminuir la contaminación.

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Eugenio Figueroa señala que podría indicarse “atenerse a las normas establecidas de contaminación y a no producir efectos significativos”. Eso es lo que dice legalmente la Ley de Bases del Medioambiente, y las otras normas de salud se refieren a lo que mencionó Pablo Rodríguez antes, específicamente relacionado con los estándares fijados. Pero hay contaminación que se puede producir más allá de eso, por que hay contaminantes que no cuentan con normas determinadas, que aún no tienen estándares establecidos. Pero si se produce daño significativo por esos contaminantes que no tienen norma, y se puede probar que se hizo un daño significativo, por la Ley de Bases del Medioambiente, se puede exigir reparar y volver el medio ambiente y la naturaleza a su estado original.

Paula Henríquez señala que ahí tenemos otro caso; ¿a quién se le exige reparar?

Eugenio Figueroa señala que se le exige reparar al que causó el daño, según la Ley de Bases del Medio Ambiente. Y ahí es donde vienen las discusiones legales que los abogados conocen.

Paula Henríquez señala que sí, que lo conocen, que ellos han estado ahí, que han estado con algún tipo de sumario y finalmente volvemos a lo mismo y estamos en un punto ciego.

Pero finalmente, si no hay posibilidades, es el Estado el que resulta ser responsable.

Eugenio Figueroa indica que, sin duda, este principio podría especificarse con mayor precisión. Dejar más claro qué es lo que está diciendo con contaminación. Si nos estamos refiriendo a la contaminación con norma, o nos estamos refiriendo a la contaminación que produzca daño significativo. Eso enmarca el principio dentro de la legalidad vigente y no lo deja tan abierto.

Pablo Rodríguez señala que la definición y las palabras que se ocupan tienen relevancia, como en la discusión constitucional en la que decir, por ejemplo, que el medio ambiente es libre de contaminación produce el mismo problema. Entonces, uno se pregunta qué es contaminación. Creo que es importante darle una vuelta más a este principio; definirlo mejor.

Vicente Gré informa que Luis Eduardo Villarroel escribió en el chat que los estándares están muy bajos para la Cuenca y hay que hacerlos cada vez más exigentes. Señal a también, que él cree que hay dos puntos clave señalados. El tema de los estándares, en el cual presiente que puede surgir el tema de los Monitoreos participativos que están haciendo un levantamiento de información mucho mejor de lo que existe, y podría s er pertinente usar ese tipo de información en establecer cualquier tipo de parámetros. Lo otro es la idea planteada por Paula Henríquez de, en vez de plantear la abstención completa, tender a reducir la contaminación.

Luis Eduardo Villarroel señala que quizás pude separarse lo que hay aquí en este principio, y siguiendo una idea anterior, hacer un principio normativo respecto de la contaminación real que hay en este momento. El hecho que se tolere hoy día cierta contaminación, como por ejemplo en la Cuenca, y todos lo sabemos, Adriana Fontecilla es testigo, que hay gente que en sus casas tira las aguas servidas al río y los canales. Ahí podríamos hacer un principio normativo en el sentido que no debería aceptarse ese tipo de contaminación, o restringirse, y comprometerse a ir reduciéndola, porque hoy día hay muchas casas y propiedades, desde el puente San Enrique, el puente Pastor Fernández hacia arriba que no tienen alcantarillado y están contaminando las capas freáticas porque están enviando

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todo a pozo. Se están autorizando edificios nuevos y esos edificios no tienen una solución para eliminar la contaminación; los mimos edificios están haciendo pozos; es decir estamos quedándonos en lo mismo. Por ahí poner un principio por ese estilo.

Eugenio Figueroa señala que hay principios que incluyen eso. Por ejemplo, principios referidos a los nuevos proyectos, que se les exige que tengan sistema de tratamientos de agua. Hay principios que apuntan a que, en un plazo determinado, que tendrá que definir el Colectivo, las viviendas y todos los actores de la Cuenca deberían tener , en ese plazo, definidas sus soluciones sanitarias.

Paula Henríquez comenta que el año pasado, en junio o julio del 2020, la Municipalidad de Lo Barnechea dictó una ordenanza que prohíbe el uso de chimeneas, Boscas, etc.; todo lo que tenga que ver con el consumo de leña. Por las circunstancias particulares del año pasado, esto no se difundió mucho y claramente no se aplicó. Un poco les quiero mostrar cómo operan en general los individuos en lo referente a situaciones que los afectan. Este año nos pidieron la colaboración para empezar a difundir esta ordenanza, que por supuesto afecta a El Arrayán, a toda la Comuna de Lo Barnechea. Pero, cuando informamos a nuestra comunidad de esta Ordenanza Municipal, porque tiene que ver con tratar de evitar y trabajar por no contaminar, inmediatamente lo que aparece son las resistencias, y el bien personal en vez del bien común de mirar de esta manera un cuidado general de la naturaleza. Y, por su puesto, cómo es posible que en Farellones se prohíba el uso de la leña, que la chimenea de la casa, que un pueblo de montaña tiene que tener la chimenea, que muchos tienen ese único mecanismo de calefacción. Entonces, finalmente, lo que ocurre, y por eso creo que este principio hay que reformularlo. En el fondo, yo no puedo ni comprometerme ni tengo el mecanismo para obligar a nadie a que se abstenga de contaminar. Puedo sí, poner toda mi energía, mis acciones, etc., a trabajar, a concientizar a generar un cambio cultural para que esto no ocurra. A nosotros nos han pedido que, como CAF, casi lideremos esta cruzada de que cómo es posible que en Farellones se prohíba el uso de leña. Hay resistencias enormes a generar estos cambios que tienen que ver con cambios culturales. Es un ejemplo que no tiene que ver con el agua, pero si está en la línea de la contaminación. A las personas, a los individuos, cuando les afecta de manera personal, en el caso de contaminación en el tema agua, sabe que se tiene que hacer una solución particular que puede costar, digamos, 3 millones de pesos, tampoco lo quieren hacer. Hay una conciencia en general colectiva, pero cuando le toca el bolsillo o le toca a uno en particular, es cuando comienza la resistencia. ¿Cómo luchamos contra eso?

Roberto Álvarez comparte lo que dice Paula Henríquez, porque es importante lo del promover o propiciar. Porque lo que ocurre es que estamos en una situación compleja, y la gente sintió que en el fondo se le entregó una normativa que no le entregaba ninguna herramienta de cambio. Entonces, podemos decir hoy día dejemos todos de contaminar, pero cómo hacemos para que exista ese cambio es clave. Eso se contrapone con el ejemplo que hablaba recién Paula Henríquez; finalmente la gente no le ve el beneficio, si bien entiende que puede generar un beneficio ambiental. Hay una cuestión de tradición y costumbre, pero también hay una cuestión de costos. Al verse afectados por los costos del cambio no quisieron aplicarlo, y finalmente hoy día se mantiene tal cual. Que no nos pase lo mismo; creo que la única alternativa es incentivar y propiciar el buscar soluciones.

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Eugenio Figueroa explica a que estos principios apuntan a la visión esperable de mediano y largo plazo, y las soluciones, o las posibles acciones, las posibles soluciones, están planteadas en otros principios, a través de obligar, a través de ciertos periodos de tiempo, a ir tomado ciertas acciones relacionadas con la infraestructura de saneamiento, la infraestructura de agua, el acuerdo entre la comunidad y los organ ismos públicos para que se haga inversión, etc., etc. Eso está incorporado. Como decía Paula Henríquez, estos principios definen hacia dónde se quiere ir, pero no resultan en un compromiso que se hace exigible inmediatamente que se publica la cosa, ni en unos meses, sino que hay una etapa de transición. Lo que tienden a indicar estos principios es hacia donde se quiere ir. Eso no quiere decir que no se pueden redactar mejor los principios, que se pueden hacer los acomodos de redacción que han sido comentados aquí, y que podemos discutirlos en el próximo Taller.

Bueno, como estamos en la hora, sino hay más comentario deberíamos terminar. Por lo menos cumplimos con analizar los principios que teníamos para discutir, y alcanzamos a agregar este principio adicional y discutir algo sobre él. Y, en el próximo Taller, lo retomaremos, e incluiremos tres o cuatro principios adicionales, o más, para seguir avanzando. Pregunta entonces, si hay algún otro comentario que agregar.

Vicente Gré informa sobre el escrito de Paula Henríquez en el chat, solicitando cambiar la redacción del Principio H, incorporando la búsqueda del principio a no contaminar.

Adriana Fontecilla señala le parece que debe ponerse el tema de plazos, porque cree que como principio “se abstendrá siempre de toda conducta que contamine “. Me parece súper importante como principio, dejarlo como establecido a la base de que obviamente cualquier persona que quiere trabajar en esto lo que hace es que se abstiene de contaminar, pero que, como dice Paula Henríquez, en caso de que exista esa conducta, por ejemplo, en el caso de Roberto Álvarez que podíamos discutir si la minera contamina o no contamina, cuáles son los tipos de contaminantes. A mí me parece súper bien cuando hay compromisos de plazos. O sea, por ejemplo, yo tengo esto, yo sé, lo conozco, pero yo propongo ciertos plazos para poder seguir participando en esta gestión ; y, por lo tanto, nosotros, dentro del grupo, deberíamos fiscalizar esos plazos. Nos pasa con que, por ejemplo, hay un relave que hay que sacarlo, y nosotros vamos fiscalizando que vaya sucediendo, porque la idea es que todo se mantenga. Yo sé que hay casas que no tienen ningún recurso, pero lo que deberíamos hacer es ponernos ciertos plazos, porque si efectivamente después de cierto tiempo la persona insiste en contaminar, y es algo que es una conducta, que es cultural, que no, que yo siempre he botado esto y no tiene ninguna posibilidad de querer cambiarlo, entonces no puede participar de este Mecanismo.

VERSIÓN DEL TALLER DE LAS 18:00 HORAS PRESENTACIÓN INICIAL

La presentación inicial la realiza el Director del CENRE, y fue prácticamente la misma para ambas versiones del Taller, por lo que se presentó al inicio de este documento.

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Inmediatamente después, se dio inicio a la deliberación en esta versión de la Tarde del Taller, invitando a iniciar la discusión sobre el Principio Normativo G que se proyecta en la pantalla:

PRINCIPIO NORM ATIVO G

La participación en el M ecanismo de las organizaciones civiles es de crucial importancia para hacer posible una efectiva y eficiente gestión de los recursos hídricos de la Cuenca, por lo que el M ecanismo incentivará y buscará permanentemente la participación de las organizaciones de la sociedad civil relacionadas con los usuarios de las aguas de la Cuenca, los interesados en la conservación de la naturaleza y el medio ambiente, los residentes de la Cuenca, los propietarios de predios de la misma, empresas de cualquier tamaño que realicen actividades en ella, así como con otras organizaciones civiles que sean relevantes para la gestión de la Cuenca y de sus recursos naturales, sus ecosistemas y sus servicios ecosistémicos.

Andrés Maira señala que en el principio se indica quienes participan del Mecanismo, pero no se especifica, y habría un trabajo que hacer al respecto, cómo se llevaría a cabo y cómo se coordinaría la participación de quienes participen . Es decir, no se explica cómo se organizaría y gestionaría la participación de estas organizaciones. Por lo tanto, a él le gustaría saber si ya se ha abordado ese tema.

Eugenio Figueroa responde que el conjunto de principios a estudiar por el Colectivo contempla propuestas sobre la estructura organizacional que el Colectivo de la Cuenca tiene que definir y decidir para el Mecanismo. En esa estructura organizacional que el Colectivo determine para el Mecanismo se tendrá que definir cómo se participará, las formas de participación de las distintas organizaciones, de los diferentes actores. Lo que se ha analizado es que las organizaciones que quieran ser parte del Mecanismo, luego de actividades por parte del mecanismo destinadas a invitar a las organizaciones y aceptarlas, las que quieran y busquen participar de él, participarán de la manera que se defina puntualmente en la estructura que el Colectivo defina y que determinará en detalle las formas de participación.

Leticia Rebolledo pregunta: “¿A qué se refiere con organizaciones de la sociedad civil relacionadas con los usuarios de aguas de la Cuenca?”

Eugenio Figueroa responde que por organización de la sociedad civil se entiende toda organización que no tiene relación con cosas del Estado, con organizaciones estatales, o con organizaciones religiosas.

Leticia Rebolledo profundiza consultando si cuando se plantea “relacionadas con los usuarios de las aguas” se refiere a que los usuarios de aguas crean una organización.

Eugenio Figueroa contesta que efectivamente es lo que plantea Leticia Rebolledo, y además cualquier usuario de agua que no se haya incorporado al mecanismo y quiera

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incorporarse como una organización específica, por cualquier motivo. Por ejemplo, algún grupo de personas que está relacionado con la cuenca o que tiene un interés en la cuenca como la conservación, puede buscar participar en el mecanismo, que en última instancia definirá si participan y cómo participan.

Leticia Rebolledo confirma entonces que se trata de una definición más amplia que los usuarios de aguas tradicionales como los canalistas u otros.

Eugenio Figueroa responde afirmativamente.

Adicionalmente, Leticia Rebolledo consulta respecto a las pers onas con intereses de conservación, ya que no se especifica que estén limitados a la cuenca, y plantea que se entendería que también pueden ser organizaciones ajenas a ella entonces.

Eugenio Figueroa contesta que efectivamente, pueden se r organizaciones externas a la Cuenca. Por ejemplo, organizaciones interesadas en la contaminación en Santiago – como las emisiones del transporte – y que, por el nexo de esa contaminación con la afectación de los glaciares de la Cuenca, están interesadas en participar de lo s esfuerzos del Mecanismo por proteger los glaciares de la Cueca, entonces podrían tener intereses en participar en la organización para contribuir y aunar esfuerzos.

Carlos Orlandi comenta que las Juntas de Vecinos son una organización civil natural en la participación, independiente de si son aledañas o no a los causes de agua. Estas representan a residentes que, sin necesariamente ser usuarios de agua, pueden verse afectados por la gestión de ésta; por ejemplo, por la mala mantención de las riveras. Por lo mismo, valdría la pena especificar especialmente la participación de las juntas de vecinos.

Eugenio Figueroa responde que es posible, pero esas organizaciones ya están incorporadas de forma general en la definición de actores. Este principio fue especia lmente diseñado para las organizaciones civiles dado que existe otro principio que aborda las organizaciones no civiles, refiriéndose a las del Estado.

Carlos Orlandi comenta que le parece que sería bueno explicitar en vez de dejarlas en una definición general.

Eugenio Figueroa pregunta a todos los asistentes si les parece agregar entonces de forma explícita la participación de las juntas de vecinos.

Vicente Gré comenta que podría modificarse la sección que dice “los residentes de la Cuenca” para incorporar allí las juntas de vecinos.

Carolina Vargas comenta que aun cuando el principio busca hacer énfasis en las organizaciones mencionadas, el principio finaliza con “…así como con otras organizaciones civiles que sean relevantes para la gestión de la Cuenca…”, y le parece que queda abierto a cualquier tipo de organización pertinente y que futuras revisiones podrían incluir más especificaciones. Le parece que así se puede detallar a futuro, pero sin dejarlo cerrado.

Eugenio Figueroa comenta que aun así podría ser bueno considerar la solicitud de Carlos Orlandi,

Carlos Orlandi comenta que podría ordenar una discusión o problema, visto desde abajo como vecino, ya que problemas medioambientales u otros son canalizados mediante las

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juntas de vecinos, para no ir cada uno por su parte y no tener que armar nuevas organizaciones.

Eugenio Figueroa responde que podría incorporarse y pregunta si se podría dar por aprobado con la observación de Carlos Orlandi que tendría que ser incorporada a la redacción.

Andrés Maira responde que sí.

Luis Eduardo Villarroel comenta que cuando se definió los actores, se buscó una terminología bastante amplia para personas, grupos u organizaciones r elacionadas con la cuenca. Las Juntas de Vecinos son de la esencia del mecanismo, tienen que estar como actores. Pero no podemos nombrar todas las organizaciones, ya que incluso podría ser limitativo porque perfectamente podrían llegar actores de afuera interesados en proteger alguna especie, y a esos no los podemos excluir. Le parece que las juntas de vecinos, así como la municipalidad, son actores por naturaleza. Pero si igual pretenden que se nombre específicamente, eso nunca está de más.

Eugenio Figueroa vuelve a consultar si estarían de acuerdo con incorporar el comentario de Carlos Orlandi.

Al no haber comentarios adicionales se da por aprobado.

Eugenio Figueroa comenta que se puede dejar por ahora como está, y si hay gente que quiere insistir en dejarlo de forma explícita, que envíe un correo y luego de un conteo se decidiría si se incorporaría.

Carlos Orlandi responde que le parece bien, que su punto era para simplificar la participación de distintos actores y canalizarlos vía las juntas de vecinos.

Eugenio Figueroa le consulta si está conforme con lo que se decidió.

Carlos Orlandi responde afirmativamente.

Eugenio Figueroa señala que entonces se daría por aprobado el Principio G.

[Debido a un problema técnico menor, se produce una interrupción para que el Profesor Figueroa pueda compartir la presentación y Vicente Gré deje de comp artir el material que estaba proyectando]

La discusión retoma, ahora referida al Principio F que se proyecta en la pantalla:

PRINCIPIO NORM ATIVO F

El M GPI tendrá como norma permanente incentivar y propender a la colección, almacenamiento, conservación y uso sustentable de todo recurso hídrico que permita aumentar la actual y futura disponibilidad de agua en la cuenca, como aguas lluvias, nieves, hielos, aguas subterráneas, aguas del minero, aguas grises, aguas amarillas, o cualquiera otro recurso hídrico que favorezca la sustentabilidad futura de los ecosistemas y la naturaleza toda.

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Eugenio Figueroa comenta que las partes subrayadas fueron ajustadas en base a los comentarios del Taller pasado que apuntaban a lograr un equilibrio entre el uso sustentable y las otras actividades como colección, almacenamiento y conservación. Antes se hablaba de aprovechamiento, pero se sacó esa palabra. Y en finalmente, se puso de forma explícita que se tiene que favorecer la sustentabilidad futura de los ecosistemas y la n aturaleza toda.

A continuación, consulta si hay dudas, comentarios o sugerencias de cambio.

Carlos Orlandi consulta si las aguas mineras – refiriéndose a las aguas del minero - se pueden cuantificar, si la potestad de esas aguas corresponde a Sernageomin o están libres;

en general, cómo se manejan. Porque es una forma de disfrazar a la cantidad de agua que tiene disponible una minera si no se cuantifica e informa

Eugenio Figueroa responde que las aguas del minero son cuantificables, pero no es fácil.

Aun así, muchas veces hay intereses de por medio para no cuantificarlas. La disposición general es que el agua del minero que sale del descubrimiento del yacimiento y las actividades para facilitar la explotación del mismo son del uso del que las encuentra. Por eso, mucha gente discute hoy cómo va a ser normado y cómo se aumentarán las exigencias en las mediciones de esas aguas.

Carlos Orlandi contesta que justamente esas aguas provienen de los glaciares, por ejemplo.

La incursión de Los Bronces con el famoso túnel de la mina subterránea, que tiene una gran cantidad de aguas. Si bien, si uno mira la geología hay una roca primaria que no permitiría que el agua llegue hasta el túnel, siempre está la discusión. Es preferible tenerlo claro para terminar la discusión o normar el uso de esta agua.

Rodrigo del Pozo comenta que, las aguas del minero son aguas que supuestamente emanan producto de los trabajos de prospección o explotación de una mina. Ahora, esas aguas son aguas que no se declaran, y que por el sólo hecho de aparecer en una explotación minera, pasan a ser de la minera. Lo que está pasando hoy en el túnel de Los Bronces, es que, como ellos pasan por debajo del glaciar, esa roca que ellos han fracturado permite que las aguas del glaciar fluyan hacia el túnel y ellos las declaren. Sin el túnel, las aguas fluirían por sus cauces naturales e irían a dar a la cuenca. Por lo tanto, es una tremenda trampa; y es lo que a mí me tiene inquieto respecto de este mecanismo que intentamos crear, porque en él participan instituciones, empresas y personas que tienen intereses muy grandes en el tema de las aguas. Por ejemplo, leía en el principio que habría la obligación de preservar las fuentes de agua, y resulta que la minera Los Bronces es la principal empresa que destruye los glaciares y está acelerando el derretimiento de esas aguas; o sea, no tiene ningún interés en preservar las fuentes de agua. Y así, hay otras instituciones. Entonces hay un contrasentido que ellos participen en un mecanismo que pretende regularlos a ellos mismos y al mismo tiempo ellos hacen un lobby fabuloso, brutal, en el Congreso para que no se apruebe una ley de protección de los glaciares. Entonces, no me cuadra la situación, y eso realmente me inquieta respecto a lo que estamos haciendo.

Carlos Orlando replica que ese es un punto de gran discusión, ya que se podría argumentar que ellos no fracturan hacia arriba. De hecho, el túnel se hizo con una maquina tunelera, ósea, el daño no va más allá de un par de metros, y estamos hablando de una profundidad de 690 metros.

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