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Ayudas e incentivos para empresas

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Academic year: 2021

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Anual: X Actualizado a: 07/11/2016

Convocatoria a empresas pymes de Cádiz que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado por el FEDER.

- Visita a la Feria WTM (Londres)

- Participación con stand en la Feria IGTM (Mallorca)

Destinatarios: Pymes y empresas del sector turístico

Información de interés Ámbito gegráfico: Cádiz

Organismo: Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación Administración: Organismo Autónomo

Plazo(s) de solicitud: 04/11/2016

Notas de plazo: Última convocatoria, hasta el 4 de noviembre de 2016, o hasta agotamiento presupuestario. En espera de próxima convocatoria

Tipo: Subvención

Importe: 31.000,00€

Notas: Crédito 2016: 31.000 euros. Cuantía máxima de 4.000 euros por empresa beneficiaria

CEE:

Referencias de la publicación

- Convocatoria 161020. Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 200 de 20 de octubre de 2016. (Extracto-Convocatoria)

Enlaces: www.camaracadiz.com

Sectores Subsectores Descriptores

Empresas en general Comercialización y Mercados

Asistencia técnica

Fomento de la competitividad Internacionalización

Manifestaciones comerciales Mercados exteriores

Promoción comercial

Página 1 de 2

Resumen de la Ayuda elaborado a partir de la Publicación Oficial de referencia. Recopilado y procesado por la Dirección General de Industria y de la Pyme

Ayudas e incentivos para empresas

Referencia: 54880

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Turismo Comercialización y Mercados

Asistencia técnica

Fomento de la competitividad Internacionalización

Manifestaciones comerciales Mercados exteriores

Promoción comercial

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Resumen de la Ayuda elaborado a partir de la Publicación Oficial de referencia. Recopilado y procesado por la Dirección General de Industria y de la Pyme

Ayudas e incentivos para empresas

Referencia: 54880

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Página 8 B.O.P. DE CADIZ NUM. 200 20 de octubre de 2016

Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta sentencia no es firme, cabe contra ella RECURSO DE SUPLICACIÓN (art. 191 Ley Reguladora de la Jurisdicción Social) ante la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía con sede en Sevilla, que deberá ser anunciado ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación, en el modo y forma previstos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, art. 194 y 196. Al interponer el recurso, todo el que no tenga la condición de trabajador o causabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, entregará resguardo de haber depositado trescientos euros (300 &euro) en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en BANCO SANTANDER (art. 209.1.a) Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerda, manda y firma D. DIEGO ZAFRA MATA Magistrado-Juez de este Juzgado y de su partido.”

Y para que sirva de notificación al demandado MARRON Y NEGRO S.L.

actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a veintinueve de septiembre de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado. nº 72.508

___________________

juzGado de lo soCial nº 2 Cordoba

EDICTO

D/Dª VICTORIA A. ALFEREZ DE LA ROSA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL, NUMERO 2 DE CORDOBA. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1101/2014 a instancia de la parte actora D/Dª. IGNACIO GARRIDO GALLARDO contra INSS, TGSS, RACING CLUB PORTUENSE, FOGASA, C.D.

VILLANUEVA, CLUB DEPORTIVO BAZA, BURGOS CLUB DE FUTBOL y YOLANDA MORALES MONTEOLIVA sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado RESOLUCION de fecha del tenor literal siguiente:

FALLO

1. DESESTIMO la excepción de COSA JUZGADA MATERIAL opuesta por el BURGOS, C.F.en relación con la demanda interpuesta por IGNACIO GARRIDO GALLARDO contra el I.N.S.S., la T.G.S.S., el RÁCING CLUB PORTUENSE, el C.D. VILLANUEVA, el C.D. BAZA y el BURGOS, C.F. en reclamación de pensión de incapacidad permanente contributiva.

2. ESTIMO la demanda interpuesta por IGNACIO GARRIDO GALLARDO contra el I.N.S.S., la T.G.S.S., el RÁCING CLUB PORTUENSE, el C.D. VILLANUEVA, el C.D. BAZAy el BURGOS, C.F. en reclamación de pensión de incapacidad permanente contributiva.

3. REVOCO, en parte, la Resolución de 14-07-14 dictada por la DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL I.N.S.S. de Córdoba.

4. DECLARO el derecho de la demandante a percibir una pensión de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común sobre una base reguladora de 2.429,61 Eurosy unos efectos económicos desde el 12-08-10 (los mismos que los correspondientes al reconocimiento inicial del grado de incapacidad permanente total), condenando a los clubes co-demandados, como responsables directos y en la proporción correspondiente, al abono de las diferencias económicas resultantes entre la cuantía de la pensión de incapacidad permanente anteriormente fijada y la que, previamente, se había fijado por la Entidad Gestora; dicha condena supone la responsabilidad del RÁCING CLUB PORTUENSE en el 3,522% de la nueva pensión resultante, del C.D. VILLANUEVA en el 12,89% de la nueva pensión resultante, del C.D. BAZA en el 18,57% de la nueva pensión resultante y del BURGOS, C.F. en el 18,35% de la nueva pensión resultante, todo lo cual se hace constar sin perjuicio de laobligación de anticipo por parte del I.N.S.S. y la T.G.S.S.y, sin perjuicio, también, de la responsabilidad subsidiaria que le correspondería, igualmente, al I.N.S.S. y a la T.G.S.S..

Esta sentencia no es firme, pues contra la misma CABE RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del T.S.J. de Andalucía (Sevilla), cuyo anuncio podrá efectuarse mediante manifestación de la parte, de su abogado o graduado social colegiado, o de su representante en el momento de hacerle la notificación, por comparecencia ante este Juzgado o por escrito de la parte o de su abogado o representante, todo ello en el plazo improrrogable de CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación de esta Sentencia.

Si recurre cualquiera de las empresas condenadas, deberá efectuar el ingreso del depósito especial de300,00 €en la en la c/c nº 1445 0000 65 1101 14 a efectuar en la entidad SANTANDER; e igualmente, y una vez se efectúe el cálculo del capital costepor la entidad gestora, deberá acreditar el ingreso en la Tesorería General de la Seguridad Socialde la cantidad que resulte del mismo, con apercibimiento de que, caso de no efectuarlos, se declarará la inadmisión del recurso.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo.-

Y para que sirva de notificación al demandado RACING CLUB PORTUENSE y C.D. VILLANUEVA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CORDOBA, a veintiuno de septiembre de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado: Victoria Alicia Alferez de la Rosa.

“En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter

personal)”. nº 72.512

juzGado de lo soCial nº 2 Cadiz

EDICTO

D/Dª. CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ , LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE CADIZ. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 470/2016 se ha acordado citar a CHARCUTERIA ANTONIO VACA E HIJOS S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 26 DE OCTUBRE 2016 A LAS 11:30 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en AVDA. JUAN CARLOS I, EDIF. ESTADIO CARRANZA, FONDO SUR, 3ª PLANTA. debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a CHARCUTERIA ANTONIO VACA E HIJOS S.L..

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En CADIZ, a seis de octubre de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado. nº 74.298

VARIOS

CaMara ofiCial de CoMerCio, industria y naveGaCion de Cadiz CONVOCATORIA A EMPRESAS PYMES DE CADIZ

La Cámara de Comercio de Cádiz, anuncia la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea y, en concreto, en las siguientes acciones que se desarrollarán en el último trimestre del año:

- Visita a la Feria WTM (Londres): del 7 al 9 de noviembre de 2016

- Participación con stand en la Feria IGTM (Mallorca): del 14 al 17 de noviembre de 2016 Primero.– Beneficiarios.

Pymes de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Cádiz

Segundo.– Objeto.

El objeto de la convocatoria es la selección de operaciones realizadas por las Pymes que contribuyan a promover su internacionalización y mejorar su competitividad, con el objetivo de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española, diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.

Tercero.– Convocatoria.

El texto completo de cada convocatoria específica está a disposición de las empresas en la sede de la Cámara de Cádiz. Además puede consultarse a través de la web www.camaracadiz.com

Cuarto.– Cuantía.

La cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria es de 31.000 € en concepto de subvenciones y puede consultarse su desglose en cada una de las convocatorias específicas. Las ayudas serán cofinanciadas en un porcentaje de 80% con cargo a los fondos FEDER, a través del "Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020", y el resto se financiará mediante aportación privada de las empresas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de este anuncio y finalizará el día 4 de noviembre de 2016 o una vez se agote el importe previsto de ayudas. El Modelo de Solicitud de Participación podrá descargarse en la web www.camaracadiz.com. nº 75.532

B.O.P .

asociación de la prensa de Cádiz Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia Administración: Calle Ancha, nº 6. 11001 CADIZ Teléfono: 956 213 861 (4 líneas). Fax: 956 220 783 Correo electrónico: [email protected] www.bopcadiz.es

susCripCion 2016: Anual 115,04 euros.

Semestral 59,82 euros. Trimestral 29,90 euros.

inserCiones: (Previo pago)

Carácter tarifa normal: 0,107 euros (IVA no incluido). Carácter tarifa urgente: 0,212 euros (IVA no incluido). publiCaCion: de lunes a viernes (hábiles).

Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

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Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa

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Anexo 5

Convocatoria pública a pymes

Plan Internacional de Promoción Periodo 2014-2020

V0716

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Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa

V0916 2

Convocatoria de ayudas a pymes, en régimen de libre concurrencia, de regiones en transición, menos desarrolladas y más desarrolladas: Plan Internacional de Promoción 2014 – 2020

1. Contexto

La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, junto a la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cádiz, ha puesto en marcha el programa Plan Internacional de Promoción en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente, para el periodo 2014-2020, estando cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

El programa, que persigue servir de apoyo a la internacionalización, ha sido creado con el fin de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española;

diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.

Dentro del Plan Internacional de Promoción se incluyen aquellas acciones consistentes en Actividades de Promoción Internacional, Actividades de Sensibilización e Información, y Actuaciones Especiales de interés para las Pymes que se adecuen al objeto de contribuir a la internacionalización de las Pymes españolas.

Asimismo, estas acciones se encuadrarán dentro del Plan Cameral de Internacionalización que, anualmente, las Cámaras han de elaborar y ejecutar de conformidad con lo recogido en el art. 22 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de

las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. Teniendo en cuenta lo anterior, las actividades deberán ser conformes con las orientaciones y directrices básicas del citado Plan Cameral.

2. Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de de pymes de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de la demarcación territorial de la Cámara de Cádiz en la actuación Participación agrupada en la Feria IGTM 2016 que tendrá lugar entre los días 14 y 17 de noviembre del presente año.

3. Requisitos de los Beneficiarios

La actuación objeto de esta convocatoria va dirigida principalmente a empresas del sector turístico, si bien podrán participar empresas de otros sectores en caso de que aquéllas no agoten las ayudas convocadas.

Además, se ha tener en cuenta que, con carácter general, las actuaciones del Plan Internacional de Promoción van dirigidas a Pymes (según la definición de la Unión Europea) potencialmente exportadoras y/o exportadoras, o que deseen consolidar sus departamentos de comercio exterior, abrir mercados en el exterior o utilizar cualquiera de

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Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa

V0916 3

los instrumentos contemplados en el detalle de gastos elegibles como herramienta para aumentar o consolidar sus ventas en el mercado en cuestión.

Las condiciones imprescindibles para optar al programa de ayudas son:

! Ser una PYME, o autónomo, (de acuerdo a la definición de pyme recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003).

! Cumplir la norma de minimis contenida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (no haber recibido ayudas de cualquier Administración Pública que sumadas sean superiores a 200.000 € en los últimos tres años, 100.000 euros en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera), extremo que se acreditará mediante declaración jurada.

! Que tengan su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Cádiz. En el caso de que una empresa posea varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc.

el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.

! Estar dada de alta en el Censo del IAE, sección 1: actividades empresariales, industriales, comerciales y de servicios.

! Quedan exceptuadas aquellas empresas cuya actividad económica sea la pesca, la industria del carbón ó la producción de los productos agrícolas del Anexo I del Tratado de la CE.

! Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

! Cumplir la totalidad de requisitos exigidos en las condiciones de la presente Convocatoria.

! Que no se encuentre incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.

! Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en las condiciones contenidas en la presente convocatoria y en el Manual de Orientaciones Básicas del Programa Plan Internacional de Promoción publicado en www.camaracadiz.com

! Cumplir los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, en particular, en relación con la obligación que le impone el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

! El beneficiario deberá contar con la capacidad administrativa, financiera y operativa, adecuadas para ejecutar la operación que sea objeto de ayuda.

Las pymes, deberán acreditar estos requisitos mediante la aportación de la

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Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa

V0916 4

siguiente documentación, que se incluyen como anexo II a la presente convocatoria:

- Declaración de cumplimiento de los requisitos legales de participación (Anexo 9 del MOB).

- Certificado de ayudas (anexo 10 del MOB)

- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

4. Concepto objeto de las ayudas

Serán objeto de ayuda los gastos que se relacionan a continuación y que están recogidos en el Manual de Orientaciones Básicas del programa que se encuentra a disposición de las pymes en la sede de la Cámara e igualmente se puede descargar en la dirección:

www.camaracadiz.com

Los gastos apoyados en esta convocatoria son los gastos reales en concepto de alquiler de espacio (se incluye cuota de inscripción, seguro obligatorio, alquiler de almacenes, conexiones de suministro y consumo, limpieza). No serán elegibles los gastos de viaje al tratarse de una acción que se desarrolla en territorio nacional.

Las empresas participantes contarán con servicios de valor añadido promovidos y gestionados por los técnicos de internacionalización de la propia Cámara de Comercio.

5. Importe financiable y cuantía de la ayuda

El importe total máximo objeto de subvención por empresa beneficiaria, asciende a 4.000 €.

La cuantía total de la ayuda correspondiente al FEDER asciende al 80% del importe elegible de los gastos que se incluyen en el punto anterior.

6. Tramitación de la ayuda

La tramitación de la ayuda a las pymes participantes se realizará mediante la aceptación de la Cámara de Comercio de Cádiz de la participación de la empresa en la misma y de la remisión de la notificación de resolución de admisión y comunicación de las condiciones de la ayuda, que se adjunta como anexo III a la presente convocatoria. La empresa, deberá aceptar dichas condiciones.

7. Presentación de solicitudes

La solicitud de participación en la actuación se presentará conforme al Modelo que se incluye como Anexo I, a esta convocatoria, con la documentación adicional que en el mismo se señala.

El plazo para la presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de este anuncio y finalizará el 4 de noviembre de 2016 a las 12:00 horas, ó una vez se hayan cubierto las 6 solicitudes, que corresponden a las 6

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ayudas aprobadas en la Cámara de Comercio de Cádiz.

Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos , se requerirá a la entidad solicitante, para que, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes podrán presentarse, en la dirección de la Cámara de Comercio de Cádiz (C/ Antonio López, 4 – 11004 Cádiz). El Registro de Entrada de la Cámara certificará la presentación y su prioridad temporal.

La solicitudes podrán enviarse por vía telemática a la siguiente dirección de correo electrónico:

[email protected]

8. Resolución

La concesión de ayudas respetará los principios de publicidad, transparencia, igualdad, libre concurrencia, igualdad de trato y no discriminación.

La selección de empresas se hará por riguroso orden de inscripción.

La admisión de las empresas en la actuación objeto de esta convocatoria se realizará en función de las disponibilidades de fondos del programa y del cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 3 de la presente convocatoria para poder ser beneficiario.

El plazo para que la Cámara adopte la correspondiente resolución acerca de la admisión o no de la empresa solicitante será de 5 días desde el vencimiento de plazo para la presentación de solicitudes.

La resolución de las solicitudes será comunicada a los beneficiarios por escrito a través de la Cámara de Comercio en el plazo de 5 días.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración tutelante de la Cámara de Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 36 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado el recurso, pudiendo interponer el interesado en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo.

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Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa

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9. Obligaciones de los beneficiarios

Serán obligaciones de los beneficiarios las que se deriven de los objetivos del Programa y del cumplimiento de las condiciones operativas, económicas, de información y control que se establecen en las condiciones de la Actuación, y en especial:

a. Los beneficiarios, ya sean cámaras o empresas, conservarán los documentos originales de los gastos aprobados en el marco del Programa Plan Internacional de Promoción, durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación, de acuerdo con lo establecido en el art.140 del Reglamento (UE) nº 1303/2013.

b. Los beneficiarios, ya sean cámaras o empresas, dispondrán de un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones (gastos e ingresos) de las operaciones presentadas a cofinanciación ((art. 125.4.b) del Reglamento (UE) nº 1303/2013).

c. Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en el ámbito de gestión:

control de calidad y transparencia en la contratación, control de posibles conflictos de intereses, control de posibles falsificaciones. Igualmente, deberá informar a la Cámara de Comercio organizadora de los casos o sospechas de fraude detectadas, a la mayor brevedad posible, y de las medidas que se apliquen para su corrección y persecución.

d. Contar con la capacidad administrativa, financiera y operativa, adecuadas para ejecutar la operación.

e. Dar su consentimiento para que sus datos sean incluidos en la lista publicada de conformidad con el art. 115 apartado 2) del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17/12/2013, siendo conocedora de que la aceptación de la ayuda, supone su aceptación a ser incluidas en la mencionada lista.

f. Informar de la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos en relación a la operación cofinanciada por el Programa.

g. Cumplir las obligaciones de difusión y comunicación relativas al apoyo de los Fondos FEDER a la operación, establecidas en el artículo 115 del Reglamento (UE) 1303/2013, desarrolladas en el Anexo XII de dicho Reglamento Así, en todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario deberá reconocer el apoyo de los Fondos a la operación y se comprometerá a indicarlo siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía.

h. La justificación económica se realizará de acuerdo con la Orden EHA/524/2008, de 26 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión y mediante los procedimientos establecidos en la

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normativa aplicable de la Unión Europea.

En este sentido, todos los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la operación cofinanciada.

La forma de justificación deberá realizarse por los medios y en los formatos que se establezcan al efecto.

10. Compatibilidad de la ayuda

Las ayudas ofrecidas en la actuación objeto de esta convocatoria se ajustan al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis y son compatibles con otras ayudas públicas para distinto objeto y finalidad.

11. Información y publicidad

En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17/12/2013, mediante la presente Convocatoria, se informa a todos los beneficiarios potenciales que los datos relativos a la identidad de quienes sean seleccionados como beneficiarios del Plan Internacional de Promoción Programa, así como el nombre de las operaciones en las que participe y cantidad de fondos públicos asignados, serán objeto de la correspondiente publicación en la lista publicada de conformidad con artículo 115 apartado 2) del citado Reglamento, por la

Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda, u otro organismo que ésta designe.

Asimismo se informa que, mediante la presentación de su solicitud de participación en el Programa, todos los solicitantes autorizan que, de resultar seleccionados como beneficiarios, los datos indicados en el párrafo anterior puedan ser incluidos en la lista prevista en los citados preceptos y publicados (de forma electrónica y/o por otros medios) por la Cámara de España así como cedidos, a los fines indicados, por esta entidad a la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda, u otro organismo que ésta designe.

12. Datos de contacto 13.

Contacto: Manuel Álvarez Fernández Teléfono: 956 01 00 00

Email: [email protected]

Referencias

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