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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES ACTA RESOLUTIVA SESIÓN ORDINARIA No. 11
23 de marzo de 2016
En la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., a los veintitrés (23) días del mes de marzo de 2016, siendo las 09h45, se instala el Pleno del Consejo de Educación Superior (CES), en su Décima Primera Sesión Ordinaria, en la sede del CES, ubicada en la Av. República E7-226 y Diego de Almagro, con la presencia de los siguientes miembros: Dr. Marcelo Cevallos Vallejos; Dra. Ximena Díaz Reinoso; Dr. Agustín Grijalva Jiménez; Dr. Germá n Rojás Idrovo; Dra. Rocío Rueda Novoa; Econ. Jose Mártí nez Dobronsky, Delegádo del Ministro Coordinádor de Produccio n, Empleo y Competitividád; Mgs. Elizabeth Larrea Santos, Delegada del Ministro de Educación, a través del sistema de videoconferencia; Mgs. Victoria Cisneros Campaña, Delegádá de lá Secretáriá Nácionál de Plánificácio n y Desárrollo; y, Dr. Enrique Santos Jara quien preside la sesión en virtud de la Resolución PRES-CES-No.027-2016, de 22 de marzo de 2016. Actu á como Secretário Generál el Dr. Márcelo Cáldero n Vintimillá.
Asisten como invitados a la presente sesión: el Ing. Jaime Calderón Segovia, Delegado de la Asamblea del Sistema de Educación Superior; la Econ. Ruth Viera Andrade, Coordinadora de Licenciamiento, Monitoreo y Control de las Instituciones de Educación Superior; el Ab. Andrés Jaramillo Paredes, Coordinador de Normativa; y, el Ab. Mauricio Suárez Checa, Procurador del CES.
Confirmada la existencia del quórum, se pone en conocimiento el orden del día, con los siguientes puntos a tratarse:
1. Informe de la Comisión Permanente de Postgrados, con relación a la aprobación de varios proyectos de programas de postgrado.
2. Informe de la Comisión Permanente de Postgrados, con relación a la regularización de varios programas de postgrado.
3. Informe de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, en relación a las reformas al Reglamento para presentación y aprobación de carreras y programas de las Instituciones de Educación Superior.
4. Informe de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, referente a la aprobación del plan de contingencia de la Carrera de Electromecánica Automotriz, modalidad presencial de la Universidad San Francisco de Quito.
5. Informe de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, referente a la aprobación del Instructivo con los parámetros específicos de infraestructura tecnológica para carreras en modalidades de estudio en línea, a distancia y semipresenciales.
6. Informe de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, referente a aprobar el instructivo de los niveles, parámetros y requisitos para el funcionamiento de los centros de apoyo.
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
7. Informe de la Comisión Ocasional para Temas de Salud, sobre las solicitudes de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil en relación a la homologación de títulos de especialistas médicos de hecho.
8. Informe de la Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores, en relación al proyecto de Normativa para Carreras y Programas en Modalidad Dual.
9. Informe de la Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores, en relación al proyecto de Resolución para la ampliación del plazo para el registro de promotores de los institutos superiores particulares.
10.Informe del Recurso de Reposición interpuesto por el doctor Medardo Mora Solorzano, ex rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, en contra de la Resolución RPC-SO-43-No.581-2015, de 25 de noviembre de 2015.
11.Designar una comisión para sustanciar el Recurso de Apelación interpuesto por los docentes Ing. Freddy Villao Santos y Ab. Washington Xavier Tomalá Montenegro.
12.Resolver la solicitud de aclaración realizada por el doctor Miguel Camino Solórzano, rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, respecto de la Resolución RPC-SO-43-No.581-2015, de 25 de noviembre de 2015.
13.Designar una comisión para sustanciar el Recurso de Reposición presentado por la Ing. Lilia Esther Valencia Cruzaty, rectora de la Universidad Estatal Península de Santa Elena en contra de la Resolución RPC-SO-07-No.121-2016, expedida por el Pleno del CES el 24 de febrero de 2016.
14.Ampliación al Informe del Proceso de Sustanciación 001-2015-CS-ITSBO-CES, presentado para conocimiento del Pleno del CES mediante memorando CES-PCES-2016-0006-M, de 25 de enero de 2016, en relación a la presunta oferta irregular de la Carrera de Tecnología en Administración de Negocios de la Provincia de Galápagos por parte del Instituto Tecnológico Superior Bernardo O´Higgins.
15.Informe Jurídico de la Procuraduría del CES sobre la oferta irregular de un programa de Doctorado en Derecho y Administración de Empresas por parte de la Universidad de Lleida conjuntamente con el IEDE Business School.
16.Asuntos relativos a los procesos de intervención a instituciones de educación superior dispuestos por este Organismo.
17.Asuntos relativos a los proyectos de estatutos de las universidades y escuelas politécnicas.
18.Asuntos relativos al Plan de Contingencia. 19.Varios.
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES DESARROLLO DEL ORDEN DEL DÍA
1. Informe de la Comisión Permanente de Postgrados, con relación a la aprobación de varios proyectos de programas de postgrado.
1.1. Maestría en Arquitectura, presentada por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CPP-2016-0058-M, de 21 de marzo de 2016, suscrito por la Dra. Rocío Rueda Novoa, presidenta de la Comisión Permanente de Postgrados, mediante el cual remite al Pleno del CES el informe sobre la Maestría en Arquitectura, presentada por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra a la Dra. Rocío Rueda Novoa, quien realiza una explicación respecto a la Maestría en Arquitectura, presentada por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil.
Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Permanente de Postgrados.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, la Dra. Rocío Rueda Novoa mociona su aprobación, moción que es secundada por el Dr. Agustín Grijalva Jiménez.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES RPC-SO-11-No.171-2016
Artículo 1.- Aprobar el proyecto de Maestría en Arquitectura, presentado por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, en los siguientes términos:
Tipo de programa: 74 - Maestría de Investigación.
Campo amplio: 07 - Ingeniería, Industria y Construcción.
Campo específico: 073 - Arquitectura y Construcción.
Campo detallado: 0781 - Arquitectura.
Programa: A - Maestría en Arquitectura.
Título que otorga: 01 - Magíster en Arquitectura, Mención Critica y
Proyecto Arquitectónico Avanzado.
Codificación del programa: 7407181A01.
Lugar de ejecución: Guayaquil, Sede Matriz.
Duración: 4 semestres.
Tipo de período académico: Semestral.
Número de horas: 2668 (Incluidas las 800 horas del trabajo de
titulación)
607 horas de aprendizaje asistido;
60 horas de aprendizaje colaborativo;
667 horas de aprendizaje de experimentación; y, 1334 horas de aprendizaje de trabajo autónomo. Fecha de aprobación
del proyecto en la IES: Resolución CU-UCSG-02-POST-P-2015, de 10 de julio
de 2015.
Modalidad de estudios: Presencial.
Requisito de ingreso: Profesionales con título de tercer nivel registrado en
el SNIESE, en Arquitectura, Diseño de Interiores, Arquitectura de Interiores y Urbanismo.
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
Requisito de graduación: Haber presentado un artículo científico para su
publicación en una revista indexada.
Elaboración, presentación y defensa de la Tesis.
Cohortes y Paralelos: Se desarrollará de conformidad al Reglamento de
Régimen Académico vigente y conforme al procedimiento respectivo regulado en la Normativa Reglamentaria para la apertura de cohortes de los programas de postgrado de las Universidades y Escuelas Politécnicas, expedida por el CES mediante Resolución RPC-SO-03-No.044-2014, de 22 de enero de 2014, reformada a través de Resolución RPC-SO-40-No.527-2015, de 04 de noviembre de 2015.
Cada cohorte se podrá aperturar con un máximo de un (1) paralelo de hasta veinticinco (25) estudiantes.
Vigencia: El programa estará vigente por cinco (5) años.
Fecha de aprobación: 23 de marzo de 2016.
Artículo 2.- La Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, al reverso del título que emita incluirá la certificación suscrita por el Secretario General de la Institución, con el siguiente contenido: “El presente título de Magíster en Arquitectura, corresponde a una Maestría de Investigación”.
1.2. Maestría en Gestión Ambiental, presentada por la Universidad Técnica Estatal de Quevedo.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CPP-2016-0058-M, de 21 de marzo de 2016, suscrito por la Dra. Rocío Rueda Novoa, presidenta de la Comisión Permanente de Postgrados, mediante el cual remite al Pleno del CES el informe sobre la Maestría en Gestión Ambiental, presentada por la Universidad Técnica Estatal de Quevedo.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra a la Dra. Rocío Rueda Novoa, quien realiza una explicación respecto a la Maestría en Gestión Ambiental, presentada por la Universidad Técnica Estatal de Quevedo.
Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Permanente de Postgrados.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, la Dra. Rocío Rueda Novoa mociona su aprobación, moción que es secundada por el Dr. Agustín Grijalva Jiménez.
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
RPC-SO-11-No.172-2016
Artículo Único.- Aprobar el proyecto de Maestría en Gestión Ambiental, presentado por la Universidad Técnica Estatal de Quevedo (UTEQ), en los siguientes términos:
Tipo de programa: 75 - Maestría Profesional.
Campo amplio: 05 - Ciencias Naturales, Matemáticas y Estadística.
Campo específico: 052 - Medio Ambiente.
Campo detallado: 0521 - Medio Ambiente.
Programa: B - Maestría en Gestión Ambiental.
Título que otorga: 01 - Magíster en Gestión Ambiental.
Codificación del programa: 740521B01.
Lugar de ejecución: Quevedo, Sede Matriz.
Duración: 4 semestres.
Tipo de período académico: Semestral.
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
Número de horas: 2125 (Incluidas las 425 horas del trabajo de
titulación)
416 horas de aprendizaje asistido; 303 horas de aprendizaje colaborativo;
692 horas de aprendizaje de experimentación; y, 714 horas de aprendizaje de trabajo autónomo. Fecha de aprobación
del proyecto en la IES: Resolución Décima Segunda, de 03 de junio de 2014.
Modalidad de estudios: Presencial.
Requisito de ingreso: Profesionales con título de tercer nivel registrado en
el SNIESE, en Ciencias Ambientales, Naturales, Forestales, Sociales, Económicas, o carreras afines como: Biología, Zootecnia, Química, Bioquímica, Geografía, Geología, Ingeniería Civil, Agropecuaria, Arquitectura y Biotecnología, que tengan experiencia certificada en Gestión Ambiental.
Cohortes y Paralelos: Se desarrollará de conformidad al Reglamento de
Régimen Académico vigente y de acuerdo al procedimiento regulado en la Normativa Reglamentaria para la apertura de cohortes de los programas de postgrado de las Universidades y Escuelas Politécnicas, expedida por el CES mediante Resolución RPC-SO-03-No.044-2014, de 22 de enero de 2014, reformada a través de Resolución RPC-SO-40-No.527-2015, de 04 de noviembre de 2015.
Cada cohorte se podrá aperturar con un máximo de un (1) paralelo, de hasta treinta (30) estudiantes.
Vigencia: El programa estará vigente por cinco (5) años.
Fecha de aprobación: 23 de marzo de 2016.
2. Informe de la Comisión Permanente de Postgrados, con relación a la regularización de varios programas de postgrado.
2.1. Regularización de la Maestría en Investigación Educativa presentada por la Universidad Central del Ecuador.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CPP-2016-0059-M, de 21 de marzo de 2016, suscrito por la Dra. Rocío Rueda Novoa, presidenta de la Comisión Permanente de Postgrados, mediante el cual
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
remite al Pleno del CES el informe sobre la regularización de la Maestría en Investigación Educativa presentada por la Universidad Central del Ecuador.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra a la Dra. Rocío Rueda Novoa, quien realiza una explicación respecto a la regularización de la Maestría en Investigación Educativa presentada por la Universidad Central del Ecuador.
Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Permanente de Postgrados.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, la Dra. Rocío Rueda Novoa mociona su aprobación, moción que es secundada por el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
RPC-SO-11-No.173-2016
Artículo Único.- En relación a la solicitud de regularización del programa de Maestría en Investigación Educativa, impartido por la Universidad Central del Ecuador, se determinan los siguientes efectos jurídicos:
a) Aceptar la solicitud de regularización del programa de Maestría en Investigación Educativa, impartida por la Universidad Central del Ecuador, en la ciudad de Quito; b) Autorizar a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, el registro de los títulos de Magíster en Investigación Educativa, emitidos en el programa señalado en el literal a) del presente artículo, correspondiente a la cohorte iniciada en 1998, conforme a la nómina anexa a la presente Resolución.
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
2.2. Regularización de la Especialización en Investigación y Administración en Salud presentada por la Universidad Central del Ecuador.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CPP-2016-0059-M, de 21 de marzo de 2016, suscrito por la Dra. Rocío Rueda Novoa, presidenta de la Comisión Permanente de Postgrados, mediante el cual remite al Pleno del CES el informe sobre la regularización de la Especialización en Investigación y Administración en Saludpresentada por la Universidad Central del Ecuador.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra a la Dra. Rocío Rueda Novoa, quien realiza una explicación respecto a la regularización de la Especialización en Investigación y Administración en Salud presentada por la Universidad Central del Ecuador.
Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Permanente de Postgrados.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos mociona su aprobación, moción que es secundada por la Dra. Rocío Rueda Novoa.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES RPC-SO-11-No.174-2016
Artículo Único.- En relación a la solicitud de habilitación del programa de Especialización en Investigación y Administración en Salud, impartido por la Universidad Central del Ecuador, se determinan los siguientes efectos jurídicos: a) Disponer a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT), la creación en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador (SNIESE) de los campos necesarios para registrar el programa de Especialización en Investigación y Administración en Salud de la Universidad Central del Ecuador (ejecutado en la ciudad de Quito, modalidad presencial), con base en la información del programa ya existente en el sistema (código P01660), y de acuerdo al anexo de esta Resolución. Su estado será “No vigente habilitado para registro de títulos”.
b) Autorizar a la SENESCYT, el registro de los títulos de Especialista en Investigación y Administración en Salud, emitidos en el programa señalado en el literal a) del presente artículo, correspondiente a las cohortes iniciadas el 01 de junio de 1980 y 01 de junio de 1981, respectivamente.
3. Informe de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, en relación a las reformas al Reglamento para presentación y aprobación de carreras y programas de las Instituciones de Educación Superior.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CPUE-2016-0216-M, de 15 de marzo de 2016, suscrito por el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos, presidente de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, mediante el cual remite al Pleno del CES el proyecto de Resolución correspondiente a las reformas al Reglamento para presentación y aprobación de carreras y programas de las Instituciones de Educación Superior. El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra al Dr. Marcelo Cevallos Vallejos, quien realiza una explicación en relación a las reformas al Reglamento para presentación y aprobación de carreras y programas de las Instituciones de Educación Superior.
Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos mociona su aprobación, moción que es secundada por la Dra. Rocío Rueda Novoa.
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por los Miembros presentes, con ocho (8) votos a favor y un (1) voto en contra del Dr. Germán Rojas Idrovo, quien indica que a pesar de que participó en la redacción de la reforma al Reglamento de Presentación y Aprobación de Carreras y Programas de las Instituciones de Educación Superior, considera que lo que se está haciendo es renunciando a las potestades y a las responsabilidades de este Consejo de Estado dada la crisis económica, pero que si se sigue por este camino quedará como inicialmente propuso el Gobierno, que el CES sea simplemente un directorio de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y que todo se haga en la referida Secretaría. Considera que lo pertinente sería que a través de una reforma a la Ley Orgánica de Educación Superior se destine una parte del Fondo Permanente de Desarrollo Universitario y Politécnico a este Organismo, así como se le ha asignado al Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
RPC-SO-11-No.175-2016
Artículo Único.- Aprobar la reforma al Reglamento de Presentación y Aprobación de Carreras y Programas de las Instituciones de Educación Superior, introduciendo en su contenido la siguiente modificación:
1. Modificar el texto del artículo 9, con el siguiente texto:
“Artículo 9.- Del trámite y los plazos de aprobación.- Una vez que la respectiva Comisión Permanente del CES admita a trámite la solicitud, remitirá el expediente a la SENESCYT para que, en el término de quince (15) días contados a partir de la fecha de recepción del expediente, emita el Informe Técnico correspondiente.
En el Informe Técnico que elabore la SENESCYT se verificará que el proyecto se enmarque en el principio de pertinencia establecido en el artículo 107 de la LOES, así
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
como también la verificación del cumplimiento de los aspectos académicos, de equipamiento, infraestructura, costos y aranceles.
El Informe Técnico no vinculante emitido por la SENESCYT, será conocido por la correspondiente Comisión Permanente del CES para el análisis del proyecto.
En los casos que se requiera, el Presidente o Presidenta de la respectiva Comisión Permanente del CES podrá designar un Facilitador Académico Externo o Interno para que elabore un informe académico de aquellos proyectos de carreras y programas presentados por las IES.
El informe del Facilitador Académico consistirá en un análisis debidamente sustentado y estructurado de conformidad con la Guía Metodológica de Presentación de Aprobación de Proyectos de Carreras y Programas que apruebe la respectiva Comisión. Este informe no es de carácter vinculante.
En caso de que el proyecto sea elaborado y presentado por una IES en representación de una red, se requerirá el informe de un solo facilitador académico.
Durante la etapa de evaluación del proyecto de la carrera o programa, el CES podrá requerir información adicional a la institución de educación superior.
Con base en los informes indicados, la Comisión Permanente del CES elaborará un informe final donde se podrá recomendar al Pleno del CES:
a) Aprobar el proyecto;
b) No aprobar el proyecto”.
Siendo las 10h15 se retira de la presente sesión la Dra. Rocío Rueda Novoa. 4. Informe de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas
Politécnicas, referente a la aprobación del plan de contingencia de la Carrera de Electromecánica Automotriz, modalidad presencial de la Universidad San Francisco de Quito.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CPUE-2016-0224-M, de 18 de marzo de 2016, suscrito por el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos, presidente de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, mediante el cual remite al Pleno del CES el proyecto de Resolución en relación al Plan de Contingencia de la Carrera de Electromecánica automotriz, modalidad presencial de la Universidad San Francisco de Quito.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra al Dr. Marcelo Cevallos Vallejos, quien realiza una explicación en relación al Plan de Contingencia presentado por la Universidad San Francisco de Quito para el cambio de estado de vigente a no vigente habilitado para el registro de títulos de la Carrera de Licenciatura en Electromecánica Automotriz.
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Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas.
Una vez conocido el plan de contingencia y el proyecto de Resolución, el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos mociona su aprobación, moción que es secundada por el Econ. José Martínez Dobronsky.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con ocho (8) votos a favor.
RPC-SO-11-No.176-2016
Artículo 1.- Aprobar el Plan de Contingencia presentado por la Universidad San Francisco de Quito, para el cambio de estado de “vigente” a “no vigente habilitado para el registro de títulos” de la carrera de Licenciatura en Electromecánica Automotriz, modalidad presencial que se encuentra registrada en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador, bajo el código 12242.
Artículo 2.- La Universidad San Francisco de Quito, presentará un informe semestral y final en relación con la implementación del Plan de Contingencia, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución.
Siendo las 10h20 se reincorpora a la presente sesión la Dra. Rocío Rueda Novoa. 5. Informe de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas
Politécnicas, referente a la aprobación del instructivo con los parámetros específicos de infraestructura tecnológica para carreras en modalidades de estudio en línea, a distancia y semipresenciales. El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CPUE-2016-0225-M, de 18 de marzo de 2016, suscrito por el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos, presidente de la Comisión Permanente de Universidades y
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dr. Enrique Santos X
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Escuelas Politécnicas, mediante el cual remite al Pleno del CES el proyecto de Resolución en relación al Instructivo con los parámetros específicos de infraestructura tecnológica para carreras en modalidades de estudio en línea, a distancia y semipresenciales.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra al Dr. Marcelo Cevallos Vallejos, quien realiza una explicación sobre el Instructivo con los parámetros específicos de infraestructura tecnológica para carreras en modalidades de estudio en línea, a distancia y semipresenciales.
Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos mociona su aprobación, moción que es secundada por la Dra. Rocío Rueda Novoa.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
RPC-SO-11-No.177-2016
Expedir el siguiente:
Instructivo de los Parámetros Específicos de Infraestructura Tecnológica para Carreras y Programas en Modalidades de Estudio en Línea, a Distancia y
Semipresenciales.
Artículo 1.- Objeto.- Las instituciones de educación superior (IES) que presenten carreras y programas en modalidades de estudio en línea y a distancia, deberán cumplir con los parámetros específicos de infraestructura tecnológica establecidos en
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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el presente instructivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Reglamento para Carreras y Programas Académicos en Modalidades en Línea, a Distancia y Semipresencial o de Convergencia de Medios.
Artículo 2.- Criterios para establecer los parámetros específicos de Infraestructura Tecnológica.- Los criterios para determinar la Infraestructura Tecnológica necesaria para ofertar carreras y programas en modalidades de estudio línea y a distancia, son:
a) Modelo Tecnológico;
b) Hardware, software y redes;
c) Recursos Digitales;
d) Soporte Técnico; y,
e) Especificaciones técnicas para los usuarios.
Artículo 3.- Modelo Tecnológico.- Las IES que deseen ofertar carreras o programas en modalidades de estudio en línea y a distancia deberán contar con un Modelo Tecnológico que contenga al menos las siguientes características:
a) Estructura centrada en el aprendizaje del estudiante, que faculte la
interacción con los docentes autores y la comunicación continua con los docentes tutores.
b) Acceso permanente de los estudiantes a los recursos virtuales de aprendizaje y
a la interacción con la comunidad universitaria.
c) Proveedores de infraestructura tecnológica, que no estén vinculados con los
promotores o autoridades de la IES contratante, en el que caso de que el servicio sea proveído por terceros.
Artículo 4.- Hardware, software y redes.- Las IES, para ofertar carreras o programas en modalidades de estudio en línea y a distancia, deberán contar con una infraestructura de hardware, software y redes, que contemple al menos las siguientes características:
a) Centro de datos, propio o de terceros, para el desarrollo de las actividades
académicas, de investigación y de apoyo institucional, que se encuentre disponible a tiempo completo y funcione ininterrumpidamente, considerando la escalabilidad e incremento del rendimiento.
b) Centro de datos propio o de terceros, con capacidad de almacenamiento,
alojamiento, memoria y procesamiento, e interconectividad (ancho de banda de internet), en función de la cantidad de usuarios, con funciones de seguridad de la información y certificaciones de calidad.
c) Modelo de red que soporte la conectividad e interacción de los usuarios, así
como la producción de materiales, la disponibilidad de plataformas de aulas virtuales y aplicativos para la administración de procesos formativos y demás procesos académicos, administrativos y de apoyo en línea. Además el modelo deberá contar con las herramientas de comunicación, interacción, evaluación y seguimiento; el acceso a bibliotecas y bases de datos digitales; las
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estrategias y dispositivos de seguridad de la información y de la red institucional.
Artículo 5.- Recursos Digitales.- Las IES, para ofertar carreras o programas en modalidades de estudio en línea y a distancia, deberán contar con los siguientes parámetros referidos a los recursos digitales:
a) Sistema de gestión del aprendizaje virtual, que permita administrar, distribuir
y controlar las actividades del proceso formativo no presenciales, de tipo LMS (Learning Management System).
b) Sistema de gestión de contenidos de tipo CMS (Content Management System),
que faculte el intercambio de información entre los usuarios de la plataforma informática y los servicios que contengan los portales electrónicos.
c) Políticas respecto del tiempo de funcionamiento de las aulas o del campus
virtual, que determinen disponibilidad de 24 horas diarias y acceso desde todo tipo de dispositivos electrónicos.
d) Uso de elementos tecnológicos y comunicativos avanzados dentro del proceso
de aprendizaje (herramientas sociales blogs, wikis, contenidos multimedia, videochats, foros, entornos 3D, videojuegos, etc), entre otros que permitan interactuar con personas y objetos simulando situaciones reales.
Artículo 6.- Soporte Técnico.- Las IES, para ofertar carreras o programas en modalidades de estudio en línea y a distancia, deberán contar con políticas respecto del soporte técnico de la infraestructura tecnológica, ya sea propia o de terceros.
Artículo 7.- Especificaciones técnicas para los usuarios.- Las IES deberán contar con políticas que permitan suministrar información pertinente a los usuarios, sobre los requerimientos tecnológicos y de conectividad necesaria para cursar una carrera o programa en modalidades de estudio a distancia o en línea.
6. Informe de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, referente a aprobar el instructivo de los niveles, parámetros y requisitos para el funcionamiento de los centros de apoyo.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CPUE-2016-0223-M, de 18 de marzo de 2016, suscrito por el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos, presidente de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, mediante el cual remite al Pleno del CES el proyecto de Resolución en relación al Instructivo de los niveles, parámetros y requisitos para el funcionamiento de los centros de apoyo.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra al Dr. Marcelo Cevallos Vallejos, quien realiza una explicación sobre el Instructivo de los niveles, parámetros y requisitos para el funcionamiento de los centros de apoyo.
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Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos mociona su aprobación, moción que es secundada por la Dra. Rocío Rueda Novoa y el Dr. Enrique Santos Jara.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
RPC-SO-11-No.178-2016
Expedir el siguiente:
Instructivo de los Parámetros y Requisitos para el Funcionamiento de los Centros de Apoyo
Artículo 1.- Objeto.- De conformidad con el artículo 29, del Reglamento para Carreras y Programas Académicos en Modalidades en Línea, a Distancia y Semipresenciales o de Convergencia de Medios, los centros de apoyo sustentan las actividades de formación integral, gestionan la vinculación con la sociedad, las prácticas pre-profesionales y demás procesos referidos con la oferta académica de carreras y programas a distancia, para el efecto deberán contar con una adecuada infraestructura física, tecnológica y pedagógica, que facilite el acceso de los estudiantes a bibliotecas físicas y virtuales. De igual manera en los centros de apoyo, se deberán asegurar condiciones para que profesores tutores y los profesores ocasionales 2 gestionen los distintos componentes del aprendizaje, toda vez que los recursos académicos, administrativos y tecnológicos variarán en función de la cantidad de estudiantes, de las carreras y programas a ofertarse, del territorio y de la población objetivo a la que se desee dar atención.
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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Las instituciones de educación superior (IES) que presenten solicitudes para el funcionamiento de Centros de Apoyo, deberán cumplir con los parámetros establecidos en el presente Instructivo, a efectos de valorar las condiciones de los mismos, para cuando una IES desee ofertar carreras o programas a distancia.
Artículo 2.- Condiciones legales para el funcionamiento.- Las IES, para el desarrollo de la oferta académica, en modalidad de estudios a distancia, deberán contar con contratos, convenios u otros documentos legales que demuestren la propiedad o el derecho de uso de los espacios para el funcionamiento de los centros de apoyo.
Artículo 3.- Articulación con la estructura institucional.- Los centros de apoyo en los que una IES, pretenda ejecutar carreras o programas a distancia, deberán estar coordinados por las unidades administrativas y académicas de la sede matriz, de una sede, o de una extensión acreditada por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES).
Artículo 4.- Pertinencia.- Los centros de apoyo, deberán ser creados en observancia al principio de pertinencia, que debe tener la oferta académica con las necesidades de los actores y sectores de los territorios, por lo tanto, deberán contar con estructuras que promuevan redes de articulación socio educativas, de investigación y de creación de conocimientos, que permitan la vinculación con la sociedad, por medio de las prácticas pre profesionales estudiantiles.
Artículo 5.- Equipo Técnico Académico.- Los centros de apoyo contarán al menos con el siguiente Equipo Técnico Académico, para el desarrollo de las distintas actividades:
a) Coordinador del Centro de Apoyo.- El perfil del coordinador del centro deberá
estar definido en función de la experiencia y experticia necesaria para gestionar una unidad con oferta de carreras o programas a distancia.
b) Personal Docente.- La planta docente (profesores autores y tutores), con la
que contará el Centro de Apoyo deberá corresponderse con las carreras o programas a impartirse, el número de estudiantes proyectados y las horas destinadas al desarrollo del componente de docencia de cada asignatura, curso o equivalente.
c) Profesores ocasionales 2.- La planta de profesores ocasionales 2 para el
desarrollo de las tutorías institucionales con la que contará el Centro de Apoyo deberá ser determinada en función de las carreras o programas a impartirse, el número de estudiantes proyectados y las horas destinadas a los componentes de aplicación y experimentación de los aprendizajes y de trabajo autónomo.
d) Expertos en informática.- Los expertos en informática con los que contará el
Centro de Apoyo deberán ser seleccionados considerando la experiencia y experticia en el manejo de las plataformas informáticas y las Tecnologías de la Información y Comunicación.
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Artículo 6.- Gestión de los recursos de aprendizaje.- Las IES que deseen ofertar carreras y programas en modalidad de estudio a distancia, deberán definir políticas respecto de la gestión de los recursos de aprendizaje para el Centro de Apoyo, que garanticen su disponibilidad y acceso en del número y condiciones especiales de los estudiantes.
Artículo 7.- Infraestructura Física y Tecnológica.- Los centros de apoyo, deberán contar con infraestructura física y tecnológica, en función de las carreras o programas, número y condiciones especiales de los estudiantes, así como de la carga horaria de las asignaturas, cursos o equivalentes, considerando los siguientes parámetros:
a) Bibliotecas físicas y virtuales.
b) Espacios para ejecución del componente de docencia.
c) Espacios para ejecución o simulación del componente de aplicación y
experimentación de los aprendizajes.
d) Espacios para ejecución del componente de trabajo autónomo.
e) Espacios para el uso de la planta docente.
Artículo 8.- Procesos de Aprendizaje.- Los procesos de aprendizaje que se ejecuten en los centros de apoyo se realizarán considerando los siguientes parámetros:
a) Tutorías Académicas.- Programación y horario diseñado en función de las
necesidades de los estudiantes.
b) Tutorías Institucionales.- Acompañamiento y asistencia que brindará la IES al
estudiante, incluyendo servicios de bienestar estudiantil, así como facilidades para la realización de procesos administrativos y soporte tecnológico.
c) Evaluación de los aprendizajes.- Condiciones físicas y tecnológicas
determinadas para su recepción, en función del número de estudiantes y el tipo de carrera o programa.
Artículo 9.- Derechos de los estudiantes.- Las IES que oferten carreras y programas en los centros de apoyo, deberán asegurar la participación del personal académico y estudiantes en los estamentos de gobierno y cogobierno, definiendo políticas institucionales específicas para el efecto.
Artículo 10.- Servicios de los Centros de Apoyo.-Los servicios con los que contarán los centros de apoyo deberán considerar entre sus parámetros al menos los siguientes:
a) Promoción de actividades culturales que consideren la participación de la
comunidad académica y de la comunidad local.
b) Horarios de atención a los usuarios definidos en función de las necesidades de
los docentes y de los estudiantes.
c) Personal de atención capacitado para brindar apoyo en la labor de los
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Artículo 11.- Sostenibilidad Financiera.- Los parámetros mínimos para considerar sostenible financieramente un centro de apoyo, contemplarán al menos los siguientes:
a) Presupuesto para los cinco (5) primeros años de funcionamiento del Centro de
Apoyo, que deberá garantizar la sostenibilidad de todas las actividades académicas, administrativas y culturales.
b) Asignación presupuestaria institucional para el funcionamiento.
c) Políticas respecto del nivel de desconcentración para la gestión
administrativa-financiera que garantice la agilidad y eficiencia en su funcionamiento.
7. Informe de la Comisión Ocasional para Temas de Salud, sobre las solicitudes de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil en relación a la homologación de especialistas médicos de hecho.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-COTS-2016-0011-M, de 14 de marzo de 2016, suscrito por la Dra. Ximena Díaz Reinoso, presidenta de la Comisión Ocasional para Temas de Salud, mediante el cual remite al Pleno del CES el informe respecto a la autorización a la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil para la homologación académica del ejercicio profesional de varios especialistas médicos de hecho.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra a la Dra. Ximena Díaz Reinoso, quien indica que se requiere autorizar a la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil realizar el proceso de homologación académica del ejercicio profesional de los títulos de especialistas médicos de hecho de los doctores: 1) Enma María del Cisne Asanza Heredia como especialista médico de hecho en Audiología; 2) Hugo Leonardo Martínez Arízaga como especialista médico de hecho en Audiología; 3) Luis Andrés Serrano Vintimilla como especialista médico de hecho en Audiología; 4) Víctor Orlando Álvarez Merello como especialista médico de hecho en Imagenología; 5) Gerardo Juan Bautista Alvarado como especialista médico de hecho en Cirugía Traumatológica; y, 6) Nancy Guadalupe Portero Montero como especialista médico de hecho en Medicina de Emergencias y Desastres.
Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Ocasional para Temas de Salud.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, la Dra. Ximena Díaz Reinoso mociona su aprobación, moción que es secundada por el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
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La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
RPC-SO-11-No.179-2016
Artículo Único.- Autorizar a la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil de conformidad con lo establecido en el artículo único de la Resolución RPC-SO-046-No.481-2013, de 27 de noviembre del 2013, expedida por el Pleno del Consejo de Educación Superior (CES), realizar el proceso de homologación académica del ejercicio profesional de los títulos de especialistas médicos de hecho de los doctores:
Enma María del Cisne Asanza Heredia como especialista médico de hecho en
Audiología, Otoneurología y Foniatría.
Hugo Leonardo Martínez Arízaga como especialista médico de hecho en
Audiología, Otoneurología y Foniatría.
Luis Andres Serrano Vintimilla como especialista médico de hecho en
Audiología, Otoneurología y Foniatría.
Victor Orlando Álvarez Merello como especialista médico de hecho en
Imagenología.
Gerardo Juan Bautista Alvarado como especialista médico de hecho en Cirugía
Traumatológica y Ortopédica.
Nancy Guadalupe Portero Montero como especialista médico de hecho en
Medicina de Emergencias y Desastres.
La homologación se podrá realizar, siempre y cuando los citados profesionales cumplan, con todos los requisitos establecidos en la Resolución RPC-SO-016-No.093-2012, de 30 de mayo de RPC-SO-016-No.093-2012, debiendo esto ser verificado por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil.
Para realizar la homologación en referencia, la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, deberá conformar un tribunal con especialistas pares en la especialidad a ser homologada, de forma que se garantice la evaluación de los candidatos.
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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8. Informe de la Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores, en relación al proyecto de Normativa para Carreras y Programas en Modalidad Dual.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CPIC-2016-0063-M, de 18 de marzo de 2016, suscrito por el Dr. Germán Rojas Idrovo, presidente de la Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores, mediante el cual remite al Pleno del CES la Normativa para Carreras y Programas en Modalidad Dual, para su aprobación en primer debate.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra al Dr. Germán Rojas Idrovo,quien realiza una explicación en relación a la Normativa para Carreras y Programas en Modalidad Dual.
Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, la Dra. Ximena Díaz Reinoso mociona su aprobación, moción que es secundada por el Dr. Germán Rojas Idrovo.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
RPC-SO-11-No.180-2016
Artículo 1.- Dar por conocido, en primer debate, el proyecto presentado por la Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores del Consejo de Educación Superior (CES), respecto a la Normativa para Carreras y Programas en Modalidad Dual.
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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Artículo 2.- Remitir a la Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores del CES, a través de Secretaría General, las observaciones realizadas por el Pleno de este Organismo, en primer debate, respecto a la propuesta de Normativa para Carreras y Programas en Modalidad Dual, a fin de que las analice y de ser procedente las incorpore al mismo y lo presente para segundo debate.
9. Informe Jurídico de la Procuraduría del CES sobre la oferta irregular de un programa de Doctorado en Derecho y Administración de Empresas por parte de la Universidad de Lleida conjuntamente con el IEDE Business School.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-PRO-2016-0153-M, de 21 de marzo de 2016, suscrito por el Ab. Mauricio Suárez Checa, Procurador del CES, mediante el cual remite al Pleno de este Organismo el Informe Jurídico sobre la oferta irregular de un programa de Doctorado en Derecho y Administración de Empresas por parte de la Universidad de Lleida de España conjuntamente con el IEDE Business School de Chile.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra al Ab. Mauricio Suárez Checa, quien realiza una explicación en relación al programa de Doctorado en Derecho y Administración de Empresas ofertado por parte de la Universidad de Lleida de España conjuntamente con el IEDE Business School de Chile.
El Dr. Marcelo Cevallos Vallejos acoge el proyecto de Resolución. Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos mociona su aprobación, moción que es secundada por la Dra. Ximena Díaz Reinoso.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
RPC-SO-11-No.181-2016
Artículo 1- Disponer a la Procuraduría del Consejo de Educación Superior (CES), que inicie de forma inmediata las acciones legales que fueran del caso en contra de las personas naturales o jurídicas, que se encuentren ofertando en el territorio ecuatoriano, el programa académico denominado “Doctorado en Derecho y Administración de Empresas”, conforme a lo establecido en el primer inciso del artículo 209 de la Ley Orgánica de Educación Superior, por cuanto la oferta irregular del programa descrito en líneas precedentes, podría constituirse en infracciones contra la fe pública y/o defraudaciones a los ciudadanos ecuatorianos.
Artículo 2.- Solicitar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana del Ecuador que, a través de sus pares en España y Chile, informe a la Universidad de Lleida y al IEDE Business School respectivamente, el proceso investigativo realizado por parte de este Consejo de Estado respecto del programa académico denominado “Doctorado en Derecho y Administración de Empresas”, así como la Resolución adoptada por el Pleno del CES, respecto a los hechos suscitados en nuestro país y a la normativa y los procedimientos pertinentes para que una institución de educación superior extranjera pueda ofertar programas académicos en el Ecuador.
Artículo 3.- Requerir a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, aplique los procedimientos administrativos pertinentes para la verificación de la legalidad y procedencia del registro de títulos que sean otorgados en el programa Doctoral denominado “Derecho y Administración de Empresas”, ofertado irregularmente en nuestro país por la Universidad de Lleida de España en convenio con el IEDE Business School de Chile.
Artículo 4.- Disponer a la Dirección de Comunicación Social del CES, realice una campaña comunicacional, a fin de alertar a los ciudadanas y ciudadanos del Ecuador sobre la oferta irregular realizada por la Universidad de Lleida de España en convenio con el IEDE Business School de Chile, respecto al programa doctoral denominado “Derecho y Administración de Empresas”.
10. Informe de la Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores, en relación al proyecto de Resolución para la ampliación del plazo para el registro de promotores de los institutos superiores particulares.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CPIC-2016-0064-M, de 18 de marzo de 2016, suscrito por el Dr. Germán Rojas Idrovo, presidente de la Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores, mediante el cual remite al Pleno del CES el proyecto de Resolución en relación a la ampliación de plazo para registro de promotores de institutos superiores particulares.
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra al Dr. Germán Rojas Idrovo,quien indica que se requiere ampliar por sesenta (60) días el plazo establecido en la Resolución RPC-SO-44-No.591-2015, de 02 de diciembre de 2015, para el registro de los promotores o patrocinadores actuales de los institutos superiores particulares.
Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, la Dra. Ximena Díaz Reinoso mociona su aprobación, moción que es secundada por el Dr. Germán Rojas Idrovo.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
RPC-SO-11-No.182-2016
Artículo Único.- Ampliar por sesenta (60) días el plazo establecido en la Resolución RPC-SO-44-No.591-2015, de 02 de diciembre de 2015, expedida por el Pleno del Consejo de Educación Superior, para el registro de los promotores o patrocinadores actuales de los institutos superiores particulares.
11. Informe del Recurso de Reposición interpuesto por el doctor Medardo Mora Solorzano, ex rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, en contra de la Resolución RPC-SO-43-No.581-2015, de 25 de noviembre de 2015.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-CSRRRPC613-2015-2016-0001-M, de 08 de marzo de 2016, suscrito por el Dr. Agustín Grijalva Jiménez, presidente de la Comisión de Sustanciación del Recurso
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
de Reposición creada mediante Resolución RPC-SO-45-No.613-2015, de 09 de diciembre de 2015, mediante el cual remite al Pleno del CES el informe del Recurso de Reposición del doctor Medardo Mora Solorzano, ex rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra al Ab. Mauricio Suárez Checa, quien realiza una explicación sobre Recurso de Reposición interpuesto por el doctor Medardo Mora Solórzano en contra de la Resolución RPC-SO-43-No.581-2015, de 25 de noviembre de 2015.
La Dra. Ximena Díaz Reinoso acoge el proyecto de Resolución.
Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución remitido por la Procuraduría del CES.
Una vez conocido el informe y proyecto de Resolución, la Dra. Ximena Díaz Reinoso mociona su aprobación, moción que es secundada por el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
RPC-SO-11-No.183-2016
Artículo 1.- Conocer y aprobar el Informe presentado por los doctores Agustín Grijalva Jiménez y Ximena Díaz Reinoso, Miembros de la Comisión de Sustanciación creada mediante Resolución RPC-SO-45-No.613-2015, de 09 de diciembre de 2015; respecto del Recurso de Reposición interpuesto por el doctor Medardo Mora Solórzano, ex Rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, en contra de la Resolución RPC-SO-43-No.581-2015, de 25 de noviembre de 2015.
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X
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Allpallana E6-113 y Francisco Flor, Sede del CES
Artículo 2.- Ratificar en todas sus partes, la sanción impuesta por este Consejo de Estado mediante Resolución RPC-SO-43-No.581-2015, de 25 de noviembre de 2015, a la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, por cuanto incurrió en las infracciones tipificadas en los artículos 10, literal p) y 13, literal b) del Reglamento de Sanciones expedido por el Pleno del CES, mediante Resolución RPC-SO-10-No.041-2012, de 21 de marzo de 2012, reformado mediante Resolución RPC-SO-05-No.070-2014, de 05 de febrero de 2014, vigente al momento del inicio de la sustanciación correspondiente.
Artículo 3.- En virtud de que existió un vacío normativo para sancionar a ex autoridades de las instituciones de educación superior, al momento del inicio del procedimiento de sustanciación emitido mediante Resolución RPC-SO-10-No.111-2015, de 11 de marzo de RPC-SO-10-No.111-2015, aceptar el Recurso de Reposición presentado por el doctor Medardo Mora Solórzano, ex Rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, levantando la sanción impuesta al recurrente, siendo esta, amonestación escrita y una multa equivalente al 75% de la remuneración que perciba o haya percibido mensualmente el infractor.
12. Designar una comisión para sustanciar el Recurso de Apelación interpuesto por los docentes Ing. Freddy Villao Santos y Ab. Washington Xavier Tomalá Montenegro.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-PRO-2016-0134-M, de 11 de marzo de 2016, suscrito por el Ab. Mauricio Suárez Checa, Procurador del CES, mediante el cual remite al Pleno del CES el Resumen Secuencial del proceso disciplinario 01-2016-SA-CES.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra al Dr. Marcelo Cevallos Vallejos, quien indica que una vez analizado el proceso disciplinario signado con el número 01-2016-SA-CES, instaurado por la Universidad Estatal Península de Santa Elena en contra de los señores Ing. Freddy Villao Santos y Ab. Xavier Tomalá Montenegro, docentes de la mencionada institución, y por cuanto dentro del mismo se ha presentado Recurso de Apelación se requiere designar a un Miembro del CES para que sustancie el referido recurso.
El Dr. Marcelo Cevallos Vallejos acoge el proyecto de Resolución. Por Secretaría General se da lectura al proyecto de Resolución.
Una vez conocido el informe y el proyecto de Resolución, el Dr. Marcelo Cevallos Vallejos mociona su aprobación, moción que es secundada por el Dr. Germán Rojas Idrovo.
A continuación, por Secretaría General se toma votación respecto de la moción presentada.
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La moción planteada es aprobada por unanimidad de los Miembros presentes, con nueve (9) votos a favor.
RPC-SO-11-No.184-2016
Artículo Único.- Designar al Miembro Delegado de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, para tramitar y sustanciar el Recurso de Apelación interpuesto por el ingeniero Freddy Villao Santos y el abogado Washington Xavier Tomalá Montenegro, dentro del proceso disciplinario signado con el número 01-2016-SA-CES, instaurado por la Universidad Estatal Península de Santa Elena en contra de los docentes en referencia.
Siendo las 12h15 se retira de la presente sesión el Dr. Agustín Grijalva Jiménez. 13. Resolver la solicitud de aclaración realizada por el doctor Miguel
Camino Solórzano, Rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, respecto de la Resolución RPC-SO-43-No.581-2015, de 25 de noviembre de 2015.
El Dr. Marcelo Calderón Vintimilla, Secretario General, da lectura al Memorando CES-PRO-2016-0136-M, de 14 de marzo de 2016, suscrito por el Ab. Mauricio Suárez Checa, Procurador del CES, mediante el cual remite al Pleno del CES la solicitud de aclaración realizada por el doctor Miguel Camino Solórzano, rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, respecto de la Resolución RPC-SO-43-No.581-2015, de 25 de noviembre de 2015.
El Dr. Enrique Santos Jara concede la palabra al Ab. Mauricio Suárez Checa, quien indica que el Dr. Miguel Camino Solorzano, en calidad de rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí presentó una solicitud de aclaración en relación a la Resolución RPC-SO-43-No.581-2015, de 25 de noviembre de 2015, y recomienda negar por improcedente la referida solicitud por cuanto no es competencia del CES determinar responsabilidades internas del personal académico y administrativo o de las autoridades académicas de las Instituciones de Educación Superior.
CUADRO DE VOTACIÓN
MIEMBROS A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Dr. Marcelo Cevallos X
Mgs. Victoria Cisneros X
Dra. Ximena Díaz X
Dr. Agustín Grijalva X Mgs. Elizabeth Larrea X Econ. José Martínez X
Dr. Germán Rojas X
Dra. Rocío Rueda X
Dr. Enrique Santos X