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MULTILATERALES ' G f' 5, im, 9 de febrero de 1987 RONDA URUGUAY

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9 de febrero de 1987

RONDA URUGUAY

D i s t r i b u c i ó n e s p e c i a l Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT)

QUINTA REUNION DEL GRUPO DE NEGOCIACIONES SOBRE MERCANCÍAS

Acta de las decisiones adoptadas

1. El Grupo de Negociaciones sobre Mercancías, reunido los días 16, 18, 19 y 20 de diciembre de 1986 y 22 y 28 de enero de 1987 bajo la presidencia dei Director General, adopta las decisiones que figuran a continuación. Con la signatura MTN.GNG/6 se distribuirá un informe sobre las

deliberaciones dei Grupo.

A. Vigilancia del statu quo y del desmantelamiento

2. El GNM recomienda que el CNC decida establecer el mecanismo que se define a continuación para la vigilancia de los compromisos de statu quo y de desmandelamiento enunciados en la Sección C de la Parte I de la

Declaración Ministerial: Statu quo

1. Todo participante podrá señalar por conducto de la Secretaría del GATT a la atención de un Órgano de Vigilancia, abierto a todos los participantes, cualquier acción o medida, adoptada por él mismo o por otro participante, que considere pertinente para el cumplimiento de los compromisos de statu quo. Toda notificación de este tipo se

considerará sometida al Órgano de Vigilancia desde su recepción por la Secretaría.

2. La Secretaría distribuirá a todos los participantes sin demora, y en todo caso dentro de los diez días hábiles siguientes a su recep-ción, copia de todas las notificaciones dirigidas al Órgano de

Vigilancia. Cuando se trate de notificaciones relativas a acciones de otros participantes (notificaciones inversas) la Secretaría informará sin demora al país a que se refieran. Las observaciones y cualquier otro material fáctico pertinente que se reciba en el mencionado plazo de diez días hábiles se distribuirán conjuntamente con la notifi-cación. Las observaciones o informaciones que se reciban posterior-mente serán distribuidas sin demora.

La ausencia de observaciones por un país objeto de una notificación inversa no se entenderá como una admisión de que la medida está sujeta al compromiso de statu quo.

SECRETARIA DEL GATT UR-87-0006

(2)

3. El Órgano de Vigilancia examinará la relación existente entre las acciones o medidas notificadas y los párrafos i ) , ii) y iii) dei

compromiso de statu quo enunciado en la Sección C de la Parte I de la Declaración Ministerial en su primera reunión siguiente al período de diez días hábiles indicado en el párrafo 2 supra. El Órgano de

Vigilancia dará traslado de un acta de sus deliberaciones a la siguiente reunión dei CNC. (Esta acta se remitirá al GNM para su información.)

Desmantelamiento

4. Todo participante podrá señalar a la atención de los demás

participantes, por conducto de la Secretaría dei GATT, las medidas que esté aplicando o las medidas que aplique otro participante que, a su juicio, deban quedar sujetas al compromiso de desmantelamiento. Todo participante podrá notificar al Órgano de Vigilancia cualquier omisión de otro participante que considere pertinente para el cumplimiento dei compromiso de desmantelamiento.

5. Los participantes interesados celebrarán consultas con objeto de llegar a compromisos de desmantelamiento. Tales consultas deberán comunicarse puntualmente a la Secretaría para información de todos los participantes, de manera que cualquier participante afectado pueda tomar parte en las consultas, si así lo desea. Los participantes notificarán al Órgano de Vigilancia cualesquiera compromisos que resulten de tales consultas.

6. El Órgano de Vigilancia controlará la aplicación de los compro-misos resultantes de las consultas mencionadas en el párrafo 5 supra y

rendirá informe al CNC. (Este informe se remitirá al GNM para su información.)

7. Para llevar a cabo las funciones enunciadas en los párrafos precedentes, el Órgano de Vigilancia se reunirá por lo menos tres veces al año. También podrá reunirse a petición de cualquier parti-cipante, de conformidad con la práctica habitual dei GATT.

8. El CNC se reunirá por lo menos cada seis meses para, en base a las actas y los informes que le haya remitido el Órgano de Vigilancia, llevar a cabo una evaluación periódica de la aplicación de los compro-misos de statu quo y desmantelamiento, así como de sus repercusiones en el proceso de las negociaciones comerciales multilaterales y en relación con los intereses de los distintos participantes.

Presidente informa al Grupo de que el Presidente dei CNC hará las a . iones siguientes cuando someta la xecomendación dei GNM para icisión por el CNC:

(3)

i) En relación con el párrafo 5:

"Entiendo que los participantes que mantengan medidas que puedan ser objeto dei compromiso de desmantelamiento informarán al Órgano de Vigilancia, antes dei 31 de diciembre de 1987, de los compromisos de desmantelamiento que resulten de la primera ronda de corswltas en virtud dei párrafo 5."

ii) En relación con el párrafo 7:

"El Presidente entiende que la práctica pertinente dei GATT es la que sigue el Consejo dei GATT. El Consejo se reúne a intervalos perió-dicos, pero si una parte contratante considera que un asunto no puede esperar hasta la siguiente reunión ordinaria dei Consejo y que

requiere una consideración urgente, dicha parte puede solicitar una reunión con ese fin. Normalmente se ha accedido a este tipo de solicitudes, previa consulta dei Presidente con las partes interesadas."

iii) Fecha de la primera reunión:

"El Presidente entiende que la primera reunión dei Órgano de

Vigilancia tendrá lugar en la semana que comienza el 23 de febrero de 1987."

Estructura de Negociación

El GNM adopta la decisión siguiente:

"En la ejecución dei programa de negociaciones que figura en la Parte I de la Declaración de Punta dei Este, el GNM desempeñaré sus funciones en estricta conformidad con las disposiciones de la

Sección G de dicho instrumento y se reunirá con la frecuencia necesaria.

Los Grupos de Negociación establecidos para realizar los trabajos previstos en los Planes de Negociación adjuntos celebrarán sus respec-tivas reuniones iniciales en las fechas que se indican a continuación. Cuando en los Planes de Negociación se prevea una fase inicial, dicha fase deberá quedar terminada en todos los casos para fines de 1987 a más tardar. Grupo 1 2 3 Aranceles Medidas no arancelarias Productos obtenidos de la explotación de recursos naturales Textiles y vestido

(4)

5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 Agricultura Productos tropicales

Artículos del Acuerdo General )

Acuerdos de las NCM ) Salvaguardias

Subvenciones y medidas compensator ias

Aspectos de los derechos de propiedad intelectual rela-cionados con el comercio, incluido el comercio de mercancías falsificadas Medidas en materia de inver-siones relacionadas con el comercio

Solución de diferencias ) Funcionamiento dei sistema )

dei GATT )

Semana dei 16 de febrero Semana dei 23 de febrero Semana dei 2 de marzo Semana dei 9 de marzo Semana dei 16 de marzo Semana dei 23 de marzo

Semana dei 30 de marzo

Semana dei 6 de abril

Se acuerda que el Grupo de Negociaciones sobre Mercancías celebrará una reunión el 13 de abril de 1987."

5. Tras la adopción de esta decisión, el Presidente hace la siguiente declaración:

"Es mi interpretación que la Decisión sobre la estructura de nego-ciación ha sido adoptada sobre la base dei siguiente entendimiento: 1. Las reuniones de los grupos de negociación en el año 1987 se organizarán según las pautas dei calendario indicado en la Decisión sobre la estructura de negociación.

2. Cada uno de los 14 grupos de negociación tendrá su propio presi-dente y funcionará como entidad distinta.

3. Dos o más grupos de negociación tendrán la posibilidad de celebrar reuniones conjuntas si así lo deciden.

4. Se podrá nombrar a una misma persona para que ocupe la presi-dencia de más de un grupo de negociación.

5. Está previsto que, a reserva de que exista acuerdo sobre la persona en cuestión, se podrá nombrar a una misma persona para que ocupe en la fase inicial la presidencia de los grupos de negociación 1, 2, 3 y 4. Se considerará la posibilidad de seguir el mismo

criterio para los grupos 7 y 8 y para los grupos 13 y 14.

6. Kn una reunión de jefes de delegación dei GNM, que se ha de

celebrar antes dei 9 de febrero, se aprobará una lista de las personas que se hayan de nombrar presidentes de los grupos."

(5)

C. Planes de Negociación

6. El GNM adopta los Planes de Negociación que se adjuntan en anexo. En el momento de su adopción el Presidente da lectura a la siguiente

declaración:

"Cada vez que aparecen las palabras "objetivo de la negociación" bajo el epígrafe "Principales Etapas dei Proceso de Negociación" de los Planes de Negociación, con ellas se hace referencia a la totalidad dei texto que figura bajo el epígrafe "Objetivo de la Negociación" al principio de cada Plan."

(6)

ANEXO PLANES DE NEGOCIACIÓN

ARANCELES Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"Las negociaciones tendrán por finalidad proceder, por métodos apro-piados, P reducir o, según el caso, eliminar los derechos de aduana, en particular los derechos elevados y la progresividad arancelaria. Deberá atribuirse especial importancia a la ampliación dei alcance de las conce-siones arancelarias entre todos los participantes."

Principales Etapas dei Proceso de Negociación Fase Inicial

Presentación por los participantes de propuestas relativas a: método/métodos de reducción de los aranceles, incluida la eliminación de los mismos;

eliminación o reducción de los aranceles elevados y la progresi-vidad arancelaria en los sectores de productos en que proceda; posibles criterios para ampliar el alcance de las concesiones arancelarias, incluido el grado de consolidación de los

aranceles.

Ampliación y actualización de la base fáctica (expedientes dei Estudio Arancelario, banco de datos dei Sistema Armonizado).

Notas fácticas de la Secretaría y/o de los participantes, según sea necesario, sobre las cuestiones que hayan de negociarse.

Proceso de Negociación Subsiguiente

Acuerdo sobre una base común de negociación que comprenda las cues-tiones enumeradas en la Fase Inicial supra.

Fase bilateral de las negociaciones entre participantes sobre las distintas posiciones arancelarias.

(7)

MEDIDAS NO ARANCELARIAS Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"Las negociaciones tendrán por finalidad reducir o eliminar las

medidas no arancelarias, en particular las restricciones cuantitativas, sin perjuicio de las medidas que hayan de adoptarse en cumplimiento de los compromisos de desmantelamiento."

Principales Etapas dei Proceso de Negociación Fase Inicial

Primer examen de las cuestiones que s« habrán de considerar, entre las que figuran la relación entre las negociaciones en esta esfera y en otras esferas de las negociaciones. Establecimiento de una base de datos adecuada para la negociación. Los participantes también presen-tarán propuestas en las que expondrán los problemas particulares que deseen abordar y las técnicas que a su juicio deberían aplicarse para tratarlos (bilaterales, plurilaterals o multilaterales). Elaboración por la Secretaría de un documento relativo a la base de datos y los trabajos pertinentes ya realizados en el GATT sobre técnicas de nego-ciación de las restricciones cuantitativas y otras medidas no

arancelarias.

Se examinarán las propuestas de los participantes con objeto de llegar a un común entendimiento sobre las técnicas y procedimientos adecuados (peticiones y ofertas bilaterales, con sujeción a procedimientos que garanticen la transparencia; enfoques multilaterales) y sobre los temas que han de tratarse en el plano multilateral.

Proceso de Negociación Subsiguiente

Presentación de solicitudes detalladas de negociaciones bilaterales o pluri laterales sobre medidas concretas y de textos específicos refe-rentes a las cuestiones que hayan de tratarse en el plano

multilateral.

(8)

PRODUCTOS TROPICALES Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"Las negociaciones tendrán por finalidad la más completa liberaliza-ción dei comercio de productos tropicales, incluso en forma elaborada y semielaborada, y abarcarán las medidas arancelarias y todas las medidas no arancelarias que afecten al comercio de estos productos.

Las PARTES CONTRATANTES reconocen la importancia dei comercio de productos tropicales para un gran número de partes contratantes en des-arrollo y acuerdan que se preste especial atención a las negociaciones en este sector, con inclusión dei calendario de las negociaciones y de la aplicación de los resultados según lo previsto en el apartado ii) de la sección B de la Declaración Ministerial."

Principales Etapas dei Proceso de Negociación Fase Inicial

Esta fase comprendería los siguientes trabajos:

a) intercambio de opiniones sobre los trabajos ya realizados en el GATT en esta esfera;

b) compilación de información de base para las negociaciones;

c) presentación de propuestas iniciales y otras aportaciones de los participantes, encaminadas a alcanzar los objetivos convenidos de las negociaciones en este sector;

d) acuerdo sobre técnicas y modalidades como base común para las negocia-ciones, incluida la presentación de peticiones/ofertas iniciales. Proceso de Negociación Subsiguiente

Se celebrarán negociaciones lo antes posible en 1988 sobre la base de los trabajos de la fase precedente, con objeto de alcanzar resultados concretos y aplicarlos en la fecha más temprana posible a la luz de lo dispuesto en el apartado ii) de la sección B de la Declaración Ministerial. Seguimiento de la Marcha de los Trabajos

Durante todo el transcurso de las negociaciones sobre productos tropicales se prestará al nivel apropiado especial atención a la tarea de examinar los progresos realizados.

(9)

PRODUCTOS OBTENIDOS DE LA EXPLOTACIÓN DE RECURSOS NATURALES Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"Las negociaciones tendrán por finalidad lograr la más completa libe-ralización dei comercio de productos obtenidos de la explotación de recursos naturales, incluso en forma elaborada y semielaborada. Las negociaciones tendrán por finalidad reducir o eliminar las medidas arancelarias y no arancelarias, incluida la progresividad de los aranceles."

Principales Etapas dei Proceso de Negociación Fase Inicial

Determinación de las cuestiones pertinentes en relación con el Objetivo de la Negociación, teniendo en cuenta la documentación establecida por el Grupo de Trabajo dei Comercio Je Productos

Obtenidos de la Explotación de Recursos Naturales y las propuestas de los participantes.

Establecimiento de una base fáctica para las negociaciones. Elaboración de técnicas y modalidades para la consecución de los objetivos convenidos de las negociaciones en esta esfera, teniendo en cuenta las elaboradas en otras áreas pertinentes.

Establecimiento de una base común de negociación. Proceso de Negociación Subsiguiente

Presentación de peticiones y ofertas.

(10)

TEXTILES Y VESTIDO Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"Las negociaciones en el área de los textiles y el vestido tendrán por finalidad definir modalidades que permitan integrar finalmente este sector en el GATT sobre la base de normas y disciplinas dei GATT reforzadas, con lo que se contribuiría también a la consecución dei objetivo de una mayor liberalización dei comercio."

Principales Etapas dei Proceso de Negociación Fase Inicial

Esta fase estará dedicada a la labor preparatoria en esta esfera. Los informes anuales dei OVT, la información proveniente dei Subcomité del Reajuste y de otras fuentes, y el material dei Grupo de Trabajo de los Textiles y el Vestido, con inclusión de la documentación conexa actuali-zada, pueden ser un aporte útil para esta etapa de los trabajos.

Proceso de Negociación Subsiguiente

Examen de las técnicas y modalidades para el logro de los objetivos enunciados en esta esfera a la luz de las propuestas hechas por los participantes.

Negociaciones encaminadas a alcanzar el Objetivo de la Negociación en esta esfera.

(11)

AGRICULTURA Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"Las PARTES CONTRATANTES convienen en la necesidad apremiante de dotar de mayor disciplina y previsibilidad al comercio mundial de productos

agropecuarios mediante la corrección y prevención de las restricciones y distorsiones de dicho comercio, incluidas las relacionadas con los exce-dentes estructurales, con el fin de reducir la incertidumbre, los desequi-librios y la inestabilidad de los mercados mundiales de productos

agropecuarios.

Las negociaciones tendrán por finalidad lograr una mayor libera-lización dei comercio de productos agropecuarios y someter todas las medidas que afecten al acceso de las importaciones y a la competencia de las exportaciones a normas y disciplinas dei GATT reforzadas y de un funcionamiento más eficaz, tomando en cuenta los principios generales por los que se regirán las negociaciones, mediante:

i) la mejora dei acceso al mercado a través, en particular, de la reduc-ción de los obstáculos a las importaciones;

ii) la mejora dei clima de la competencia a través de una mayor disciplina en la utilización de todas las subvenciones directas e indirectas y demás medidas que afecten directa o indirectamente al comercio de productos agropecuarios, con inclusión de la reducción gradual de sus efectos negativos y el tratamiento de sus causas;

iii) una reducción al mínimo de los efectos desfavorables que pueden tener en el comercio de productos agropecuarios las reglamentaciones y barreras sanitarias y fitosanitarias, tomando en consideración los acuerdos internacionales pertinentes.

Para alcanzar los objetivos expuestos, el grupo de negociación que tenga la responsabilidad primordial de todos los aspectos de la agricultura hará uso de las Recomendaciones adoptadas por las PARTES CONTRATANTES en su cuadragésimo período de sesiones, elaboradas de conformidad con el Programa de Trabajo dei GATT adoptado por los Ministros en 1982, y tomará en cuenta los enfoques sugeridos en la labor dei Comité dei Comercio Agropecuario, sin perjuicio de otras alternativas que puedan conducir al logro de los objetivos de las negociaciones."

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Principales Etapas del Proceso de Negociación Fase Inicial

Identificación de los principales problemas y de sus causas, con

inclusión de todas las medidas que afecten directa o indirectamente al comercio de productos agropecuarios, teniendo en cuente, entre otras cosas los trabajos realizados por el Comité dei Comercio Agropecuario, y elaboración de una lista indicativa de cuestiones que los partici-pantes estimen pertinentes para alcanzar el Objetivo de la

Negociación.

Paralelamente, presentación de información complementaria sobre las medidas y políticas que afecten al comercio, en los documentos de la serie AG/FOR/-, incluida la notificación completa de todas las subven-ciones directas e indirectas y demás medidas que afecten directa o indirectamente al comercio de productos agropecuarios.

Consideración de los principios básicos que han de regir el comercio mundial de productos agropecuarios.

Presentación y examen inicial de las propuestas de los participantes encaminadas a alcanzar el Objetivo de la Negociación.

Proceso de Negociación Subsiguiente

Dentro de este proceso, examen adicional de las propuestas, según proceda, e iniciación de las negociaciones.

Negociaciones con objeto de llegar a un acuerdo sobre: a) textos integrales de normas y disciplinas dei GATT reforzadas y de un funcio-namiento más eficaz; b) la naturaleza y el contenido de los compro-misos multilaterales concretos que hayan de contraerse, con inclusión,

según proceda, de programas de aplicación y disposiciones transi-torias; c) cualquier otro entendimiento que se estime también nece-sario para el cumplimiento dei Objetivo de la Negociación; y d) intercambio de concesiones, según proceda.

(13)

ARTÍCULOS DEL ACUERDO GENERAL Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"Los participantes examinarán los artículos, disposiciones y disci-plinas existentes dei Acuerdo General que soliciten las partes contratantes interesadas y, según proceda, entablarán negociaciones."

Principales Etapas dei Proceso de Negociación Fase Inicial

Solicitudes, por las partes contratantes interesadas, de examen de artículos, disposiciones y disciplinas dei Acuerdo General, con

indicación de las razones por las que consideren que deben ser objeto de negociaciones. Documentos de base de carácter fáctico preparados por la Secretaría acerca de dichos artículos, disposiciones y disci-plinas. Examen, previa presentación de solicitudes por los partici-pantes, de los artículos, disposiciones y disciplinas dei Acuerdo General, con objeto de determinar las cuestiones sobre las cuales proceda celebrar negociaciones.

Proceso de Negociación Subsiguiente

Presentación por las partes contratantes de textos concretos sobre las cuestiones así identificadas para la negociación. Examen y análisis de estas propuestas.

(14)

SALVAGUARDIAS Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"i) Un acuerdo referente a todos los aspectos de la cuestión de las salvaguardias es de especial importancia para fortalecer el sistema dei GATT y avanzar en las Negociaciones Comerciales Multilaterales. ii) El acuerdo sobre salvaguardias:

se basará en los principios fundamentales dei Acuerdo General; contendrá, entre otros, los siguientes elementos: transparencia, cobertura, criterios objetivos de actuación, incluido el concepto de perjuicio grave o amenaza/de perjuicio grave, naturaleza

temporal, degresividad y reajuste estructural, compensación y retorsión, notificaciones, consultas, vigilancia multilateral y solución de diferencias; y

aclarará y reforzará las disciplinas dei Acuerdo General y deberá aplicarse a todas las partes contratantes."

Proceso de Negociación

Examen de las cuestiones que se plantean en esta esfera, que se realizará con la ayuda de documentos de los participantes en los que éstos expongan sus sugerencias concretas para alcanzar el Objetivo de la Negociación en esta esfera, y de un documento que prepare la

Secretaría acerca de los trabajos de interés ya realizados en el GATT, y en particular acerca de los elementos enumerados en la Declaración Ministerial, y demás material de base de carácter láctico que sea necesario.

Examen de las propuestas de los participantes con miras a elaborar un proyecto de texto de acuerdo global como base de negociación.

Las negociaciones se desarrollarán sobre la base dei proyecto de texto con objeto de elaborar y concluir con la mayor prontitud posible un acuerdo global, teniendo en cuenta la particular importancia de tal acuerdo para el fortalecimiento dei sistema dei GATT y para al progreso de las Negociaciones Comerciales Multilaterales.

(15)

ACUERDOS DE LAS NCM Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"Las negociaciones tendrán por finalidad mejorar, aclarar o ampliar, según proceda, los Acuerdos negociados en las Negociaciones Comerciales Multilaterales de la Ronda de Tokio."

Principales Etapas dei Proceso de Negociación Fase Inicial

Propuestas de los participantes en las que indicarán las cuestiones que deseen plantear con respecto a los diversos Acuerdos de las NCM. Documento de base de carácter fáctico preparado por la Secretaría acerca de estas cuestiones. Examen de las propuestas presentadas por los participantes, con miras a aclarar las cuestiones respecto de las cuales proceda celebrar negociaciones, teniendo en cuenta la labor realizada en los correspondientes Comités y Consejos establecidos en virtud de los Acuerdos de las NCM. A la luz de las cuestiones identi-ficadas, acuerdo sobre las técnicas y modalidades de negociación para las etapas subsiguientes.

Proceso de Negociación Subsiguiente

Presentación por los participantes interesados de textos concretos sobre las cuestiones identificadas para la negociación. Examen y análisis de las propuestas.

(16)

SUBVENCIONES Y MEDIDAS COMPENSATORIAS Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"Las negociaciones sobre las subvenciones y las medidas compensatorias se basarán en un examen de los artículos VI y XVI y dei Acuerdo sobre

Subvenciones y Medidas Compensatorias resultante de las NCM, con la fina-lidad de mejorar las disciplinas dei GATT relativas a todas las subven-ciones y medidas compensatorias que afecten al comercio internacional. Se establecerá un grupo de negociación encargado de tratar estas cuestiones." Principales Etapas dei Proceso de Negociación

Fase Inicial

Presentación por los participantes de propuestas, junto con cualquier posible nota de base, sobre las cuestiones que se habrán de abordar en las negociaciones y sobre las técnicas de negociación. Notas de base de carácter fáctico preparadas por la Secretaría. Examen de las propuestas y de la documentación.

Proceso de Negociación Subsiguiente

Elaboración de una base común de negociación para mejorar las disci-plinas dei GATT relativas a todas las subvenciones y medidas compensa-torias que afecten al comercio internacional. Presentación de

propuestas de textos concretos por los participantes.

(17)

SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"Con el fin de asegurar la solución pronta y efectiva de las diferen-cias en beneficio de todas las partes contratantes, las negociaciones tendrán por finalidad mejorar y fortalecer las normas y procedimientos dei proceso de solución de diferencias, reconociendo al mismo tiempo la contri-bución que prestarían normas y disciplinas dei GATT más eficaces y exigi-bles. Las negociaciones deberán incluir la elaboración de disposiciones adecuadas para la supervisión y control dei procedimiento, que faciliten el cumplimiento de las recomendaciones adoptadas."

Principales Etapas dei Proceso de Negociación Fase Inicial

Presentación, por los participantes, de sus análisis dei funciona-miento dei proceso de solución de diferencias dei GATT y de sus opiniones sobre los asuntos que habrán de abordarse en las negocia-ciones. Documentos de base de carácter fáctico preparados por la Secretaría, según sea necesario. Examen dei proceso de solución de diferencias con objeto de identificar las cuestiones sobre las cuales proceda celebrar negociaciones.

Presentación, por los participantes, de propuestas concretas sobre las cuestiones identificadas para negociación.

Proceso de Negociación Subsiguiente

Examen y análisis de las propuestas. Negociaciones sobre la base establecida.

(18)

ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO. INCLUIDO EL

COMERCIO DE MERCANCL vS FALSIFICADAS Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"A fin de reducir las distorsiones dei comercio internacional y los obstáculos al mismo, y teniendo en cuenta la necesidad de fomentar una protección eficaz y adecuada de los derechos de propiedad intelectual y de velar por que las medidas y procedimientos destinados a hacer respetar dichos derechos no se conviertan a su vez en obstáculos al comercio legí-timo, las negociaciones tendrán por finalidad clarificar las disposiciones dei Acuerdo General y elaborar, según proceda, nuevas normas y disciplinas.

Las negociaciones tendrán por finalidad la elaboración de un marco multilateral de principios, normas y disciplinas en relación con el comercio internacional de mercancías falsificadas, habida cuenta de la labor ya realizada en el GATT.

Estas negociaciones se entenderán sin perjuicio de otras iniciativas complementarias que puedan tomarse en la Organización Mundial de la

Propiedad Intelectual o en cualquier otro foro para tratar de resolver

estas cuestiones." * Principales Etapas dei Proceso de Negociación

Fase Inicial

Aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio: Identificación de las disposiciones pertinentes dei Acuerdo General y examen de su funcionamiento sobre la base de las sugerencias que hagan los participantes para alcanzar el Objetivo de la

Negociación y de la información de carácter fáctico que prepare la Secretaría, según sea necesario. Examen inicial de las sugerencias concretas y de los procedimientos y técnicas que podrían utilizarse para aplicarlas.

Comercio de mercancías falsificadas: Examen de las cuestiones que habrán de tratarse en esta esfera, sobre la base dei informe dei Grupo de Expertos (L/5878), de otros trabajos ya realizados en el GATT y de documentos de los participantes en los que éstos expongan sus suge-rencias para alcanzar los objetivos de la negociación. Demás informa-ción fáctica que sea necesaria.

Consideración de la relación existente entre las negociaciones en esta esfera y las iniciativas en otros foros. Recopilación de información de fuentes pertinentes.

(19)

Proceso de Negociación Subsiguiente

Si fuese necesario, examen adicional de las sugerencias concretas y de los procedimientos y técnicas que podrían utilizarse para aplicarlas. Presentación de textos concretos por los participantes interesados, según proceda. Examen de dichos textos con miras a establecer una base común de negociación.

(20)

MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES RELACIONADAS CON EL COMERCIO Plan de Negociación

Objetivo de la Negociación

"A continuación de un examen dei funcionamiento de los artículos dei Acuerdo General relativos a los efectos de restricciones y distorsiones dei comercio resultantes de las medidas en materia de inversiones, a través de negociaciones deberán elaborarse, según proceda, las disposiciones adicio-nales que pudieran ser necesarias para evitar tales efectos negativos sobre el comercio."

Principales Etapas dei Proceso de Negociación Fase Inicial

Identificación y examen dei funcionamiento de los artículos dei Acuerdo General relativos a los efectos de restricción y distorsión dei comercio resultantes de las medidas en materia de inversiones, sobre la base de comunicaciones de los participantes y con la asis-tencia, en su caso, de documentación de base preparada por la Secretaría.

Proceso de Negociación Subsiguiente

Definición de las áreas en que puedan requerirse negociaciones con objeto de elaborar, según proceda, las disposiciones adicionales que pudieran ser necesarias para evitar los efectos de restricción y

distorsión de las medidas en materia de inversiones sobre el comercio, tomando como base las propuestas de los participantes.

(21)

FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DEL GATT Plan de Negociación

Objetivos de la Negociación

"Las negociaciones tendrán por finalidad elaborar entendimientos y disposiciones destinados a:

i) potenciar la vigilancia en el GATT para permitir un control regular de las políticas y prácticas comerciales de las partes contratantes y de su efecto en el funcionamiento dei sistema multilateral de comercio; ii) mejorar la eficacia general y el proceso de adopción de decisiones dei

GATT como institución, a través, entre otros medios, de la partici-pación de los Ministros;

iii) acrecentar la contribución dei GATT al logro de una mayor coherencia en la formulación de la política económica a escala mundial fortale-ciendo su relación con otras organizaciones internacionales compe-tentes en cuestiones monetarias y financieras."

Principales Etapas dei Proceso de Negociación Fase Inicial

primer examen de las cuestiones sobre la base de las propuestas que hagan los participantes;

preparación por la Secretaría de la documentación de base que se requiera.

Proceso de Negociación Subsiguiente

Establecimiento de textos comunes de trabajo que sirvan de base a los entendimientos y disposiciones que se hayan de negociar.

En esta etapa se concertarán, según proceda, textos definitivos que contengan entendimientos o que especifiquen disposiciones referentes a los aspectos dei funcionamiento dei sistema dei GATT mencionados en la sección E de la Declaración Ministerial.

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