• No se han encontrado resultados

INFORME PREVENTIVO DE IMPACTO AMBIENTAL COSMOCEL, S.A.

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "INFORME PREVENTIVO DE IMPACTO AMBIENTAL COSMOCEL, S.A."

Copied!
12
0
0

Texto completo

(1)

INFORME PREVENTIVO DE

IMPACTO AMBIENTAL

(2)

Informe Preventivo de Impacto Ambiental

CONTENIDO

I. DATOS DE IDENTIFICACIÓN 2

A) NOMBREYUBICACIÓNDELPROYECTO 2

B) DATOSGENERALESDELPROMOVENTE 2

C) DATOSGENERALESDELRESPONSABLEDELAELABORACIÓNDELINFORME

PREVENTIVO 2

II. REFERENCIAS 3

A) NORMASOFICIALESMEXICANASUOTRASDISPOSICIONESQUEREGULENLAS

EMISIONES,LASDESCARGASOELAPROVECHAMIENTODERECURSOSNATURALES,

APLICABLESALAOBRAOACTIVIDAD 3

B) PLANPARCIALDEDESARROLLOURBANOODEORDENAMIENTOECOLÓGICOENEL

CUALQUEDAINCLUIDALAOBRAOACTIVIDAD. 6

C) AUTORIZACIÓNDELASECRETARÍADELPARQUEINDUSTRIAL,ENELQUESEUBIQUELA

OBRAOACTIVIDAD. 7

III. INFORMACIÓN BÁSICA 7

A) DESCRIPCIÓNGENERALDELAOBRAOACTIVIDADPROYECTADA 8

B) SUSTANCIASOPRODUCTOSQUEVANAEMPLEARSEYQUEPODRÍANPROVOCARUN

IMPACTOALAMBIENTE,ASÍCOMOSUSCARACTERÍSTICASFÍSICASYQUÍMICAS 9

C) IDENTIFICACIÓNYESTIMACIÓNDELASEMISIONES,DESCARGASYRESIDUOSCUYA

GENERACIÓNSEPREVEA,ASÍCOMOMEDIDASDECONTROLQUESEPRETENDALLEVAR

ACABO 9

D) DESCRIPCIÓNDELAMBIENTEY,ENSUCASO,IDENTIFICACIÓNDEOTRASFUENTESDE

EMISIÓNDECONTAMINANTESEXISTENTESENELÁREADEINFLUENCIADELPROYECTO

10

E) CONDICIONESADICIONALES 10

(3)

INFORME PREVENTIVO AL QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 29 Y 30 DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

I. DATOS DE IDENTIFICACIÓN

a) NOMBRE Y UBICACIÓN DEL PROYECTO

Nombre del proyecto: Instalación de equipos (Kosmos 1, Caldera, Planta Tratadora de Agua Residual, Secador y un Proceso), Relocalización y Construcción de Almacén Temporal de Residuos Peligrosos, Caseta de Gas, Líneas de Drenaje y de Gas.

Empresa: COSMOCEL S.A.

Ubicación del proyecto: Vía de FFCC a Matamoros # 1501

Col. Industrial Nogalar, San Nicolás de los Garza, N.L.

b) DATOS GENERALES DEL PROMOVENTE

Razón Social: COSMOCEL S.A.

R.F.C.: COS 780701AU8

Representante legal: Lic. Ubaldo Guadalupe Garza Lozano

Cargo: Gerente de Desarrollo Humano

Dirección: Vía de FFCC a Matamoros # 1501

Fracc. Industrial Nogalar

San Nicolás de los Garza, N.L. 66480

Teléfono: (0181) 86253100

Fax: (0181) 86253100

E-mail: [email protected]

c) DATOS GENERALES DEL RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL INFORME

PREVENTIVO

Razón Social: Victoria C. Ballesteros Martinez.

R.F.C.: BAMV-590525-7HA

Dirección: Tuxtla # 716 Col. Mitras Norte, Monterrey, N.L., CP: 64320

Teléfono: (0181) 8676-6882

Fax: (0181) 8676-6883

(4)

II. REFERENCIAS

Fracción del artículo 31 de la LGEEPA

Marcar con una cruz la que

aplique al proyecto a) Existen normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen

las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades.

X

b) Las obras o actividades de que se trata están expresamente previstas por un plan parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que ha sido previamente evaluado por la Secretaría.

X

c) Se trata de instalaciones públicas en parques industriales autorizados por la Secretaría en los términos de la LGEEPA.

III.NORMAS OFICIALES MEXICANAS U OTRAS DISPOSICIONES QUE REGULEN LAS EMISIONES, LAS DESCARGAS O EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES, APLICABLES A LA OBRA O ACTIVIDAD

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Art. 28 Obras o actividades que requieren autorización en materia de Impacto Ambiental:

II.- Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento y eléctrica;

XIII.- Obras o actividades que correspondan a asuntos de competencia federal, que puedan causar desequilibrios ecológicos graves e irreparables, daños a la salud pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y

condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección del ambiente. Reglamento de

la LGEEPA en Materia

de Impacto Ambiental

Art. 5 Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:

F) INDUSTRIA QUÍMICA: Construcción de parques o plantas industriales para la fabricación de sustancias químicas básicas; de productos químicos orgánicos; de derivados del petróleo, carbón, hule y plásticos; de colorantes y pigmentos sintéticos; de gases industriales, de explosivos y fuegos artificiales; de materias primas para fabricar plaguicidas, así como de productos químicos inorgánicos que manejen materiales considerados peligrosos

Art. 29 La realización de las obras y actividades a que se refiere el Art. 5 del presente reglamento requerirán la presentación de un informe preventivo, cuando:

IV.Existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que las obras o

(5)

actividades puedan producir;

II. Las obras o actividades estén expresamente previstas por un plan parcial o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que cuente con previa autorización en materia de impacto ambiental respecto del conjunto de obras o actividades incluidas en él, o

V.Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales previamente autorizados por la Secretaría, en los términos de la Ley y de este reglamento. Art. 30 Del contenido del Informe Preventivo de Impacto Ambiental

Reglamento LGEEPA en materia Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera

ARTICULO 10.- Serán responsables del cumplimiento de las disposiciones del Reglamento y de las normas técnicas ecológicas que de él se deriven, las personas físicas o morales, públicas o privadas, que pretendan realizar o que realicen obras o actividades por las que se emitan a la atmósfera olores, gases o partículas sólidas o líquidas.

ARTICULO 17.- Los responsables de las fuentes fijas de jurisdicción federal, por las que se emitan olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera estarán obligados a:

I.- Emplear equipos y sistemas que controlen las emisiones a la atmósfera, para que éstas no rebasen los niveles máximos permisibles establecidos en las normas técnicas ecológicas correspondientes;

II.- Integrar un inventario de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, en el formato que determine la Secretaría;

III.- Instalar plataformas y puertos de muestreo;

IV.- Medir sus emisiones contaminantes a la atmósfera, registrar los resultados en el formato que determine la Secretaría y remitir a ésta los registros, cuando así lo solicite;

V.- Llevar a cabo el monitoreo perimetral de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, cuando la fuente de que se trate se localice en zonas urbanas o suburbanas, cuando colinde con áreas naturales protegidas, y cuando por sus características de operación o por sus materias primas, productos y subproductos, puedan causar grave deterioro a los ecosistemas, a juicio de la Secretaría;

VI.- Llevar una bitácora de operación y mantenimiento de sus equipos de proceso y de control;

VII.- Dar aviso anticipado a la Secretaría del inicio de operación de sus procesos, en el caso de paros programados, y de inmediato en el caso de que éstos sean circunstanciales, si ellos pueden provocar contaminación;

VIII.- Dar aviso inmediato a la Secretaría en el caso de falla del equipo de control, para que ésta determine lo conducente, si la falla puede provocar contaminación; y IX.- Las demás que establezcan la Ley y el Reglamento.

(6)

ARTICULO 17 BIS. Para los efectos del presente Reglamento, se consideran subsectores específicos pertenecientes a cada uno de los sectores industriales señalados en el artículo 111 Bis de la Ley, como fuentes fijas de jurisdicción Federal los siguientes:

B) INDUSTRIA QUÍMICA

VII. Fabricación de fertilizantes químicos; sólo incluye su producción mediante reacciones químicas o biológicas;

Reglamento de la Ley General para la Protección y Gestión Integral de los Residuos

Articulo 82. Las áreas de almacenamiento de residuos peligrosos de pequeños y grandes generadores, así como de prestadores de servicios deberán cumplir con las siguientes, además de las que establezcan las normas oficiales mexicanas para algún tipo de residuo en particular.

a) Estar separadas de áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados.

b) Estar ubicadas en zonas donde se reduzcan los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones.

c) Contar con dispositivos para contener posibles derrames, ales como muros, pretiles de contención o fosas de retención para la captación de los residuos en estado líquido o de los lixiviados.

d) Cuando de almacenan residuos líquidos, deberá contar en sus pisos con pendientes y, en su caso, con trincheras o canaletas que conduzcan los derrames a las fosas de retención con capacidad para contener una quinta parte como mínimo de los residuos almacenados o del volumen del recipiente de mayor tamaño

e) Contar con pasillos que permitan el tránsito de equipos mecánicos, eléctricos o manuales, así como el movimiento de grupos de seguridad y bomberos, en casos de emergencia.

f) Contar con sistemas de extinción de incendios y equipos de seguridad para atención de emergencias, acordes con el tipo y la cantidad de los residuos peligrosos almacenados.

g) Contar con señalamientos y letreros alusivos a la peligrosidad de los residuos peligrosos almacenados, en lugares y formas visibles.

h) El almacenamiento debe realizarse en recipientes identificados considerando las características de peligrosidad de los residuos, así como su incompatibilidad, previniendo fugas derrames, emisiones, explosiones e incendios y

i) La altura máxima de las estibas será de tres tambores en forma vertical.

j) No debe existir conexiones con drenajes en el piso, válvulas de drenaje, juntas de expansión, albañales o cualquier otro tipo de apertura que pudieran permitir que los líquidos fluyan fuera del área protegida.

k) Las paredes deben estar construidas con materiales inflamables l) Contar con ventilación natural o forzada. En los casos de ventilación

forzada, debe tener una capacidad de recepción de por lo menos seis cambios de aire por hora.

m) Estar cubiertas y protegidas de la intemperie y, en su caso, contar con ventilación forzada, debe tener una capacidad de recepción de por lo

(7)

menos seis cambios de aire por hora.

n) Estar cubiertas y protegidas de la intemperie y, en su caso, contar con ventilación suficiente para evitar acumulación de vapores peligrosos y con iluminación a prueba de explosión

o) No rebasar la capacidad instalada del almacén.

p) Estar localizados en sitios cuya altura sea, como mínimo, el resultado de aplicar un factor de seguridad de 1.5; al nivel de agua alcanzando en la mayor tormenta registrada en la zona

q) Los pisos deben ser lisos y de material impermeable en la zona donde se guarden los residuos y de material antiderrapante en los pasillos, estos deben ser resistentes a los residuos peligrosos almacenados. r) En los casos de áreas abiertas no techadas, no deberán almacenarse

residuos a granel, cuando éstos produzcan lixiviados, y

s) En los casos de áreas no techadas, los residuos peligrosos deben estar cubiertos con algún material impermeable para evitar si dispersión por viento.

t) En caso de incompatibilidad de los residuos peligrosos se deberán tomar las medidas necesarias para evitar que se mezclen entre sí o con otros materiales.

u) Los residuos peligrosos, una vez captados y envasados, deben ser remitidos al almacén donde no podrán permanecer por un periodo mayor a seis meses.

NOM-002-SEMARNAT-1996

Que Establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillados

NOM-043-SEMARNAT-1993

Que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de partículas sólidas provenientes de fuentes fijas

NOM-085-SEMARNAT-1994

Contaminación Atmosférica- fuentes fijas que utilizan combustibles fósiles sólidos líquidos o gaseosos o cualquiera de sus combinaciones

NOM-052-SEMARNAT-2005

Que establece las características, el procedimiento de identificación y clasificación y los listados de los residuos peligrosos

Otras:

Además le aplican normas relativas a la seguridad e higiene en el ambiente laboral por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; y de la Secretaría de Salud

b) PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO O DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO

EN EL CUAL QUEDA INCLUIDA LA OBRA O ACTIVIDAD.

1. Plan de Director de Desarrollo Urbano del Área Metropolitana de Monterrey 1988-2010 (Uso de Suelo)

2. Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

3. Plan Municipal de Desarrollo del Municipio de San Nicolás de los Garza, N.L.2006-2009 y su Reglamento

(8)

c) AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARÍA DEL PARQUE INDUSTRIAL, EN EL QUE SE UBIQUE LA OBRA O ACTIVIDAD.

La empresa COSMOCEL, S.A. es una empresa privada.

No cuenta con una Manifestación de Impacto Ambiental inicial ya que la planta inicio operaciones en 1978, instalándose en aquel entonces con una autorización por parte del Gobierno del Estado en una zona prevista para industria y de contar con una espuela de FFCC. Es en 1981 cuando solicita una regularización de Uso de Suelo y este es otorgado por derecho por el Gobierno del Estado (anexo), amén de que el área se considera industrial de acuerdo a el Plan Director de Desarrollo Urbano del Área Metropolitana de Monterrey, 1988-2010, el cual fue avalado por la SEDUE ahora SEMARNAT, y también se considera zona industrial en el Plan de Desarrollo del municipio de San Nicolás de los Garza 2006-2009.

La planta se encuentra rodeada de diversas industrias con diferentes giros, como lo son: Al Norte: Empresa Gamesa.

Al Este: Bodegas de Jabón la Corona. Al Oeste: Autotransportes.

Al sur: Cosmocel Química S.A. de C.V.

VI. INFORMACIÓN BÁSICA

Como consecuencia de la escisión que sufrió la empresa Cosmocel en el año 2010 se ve en la necesidad de realizar algunas modificaciones a sus instalaciones como en su proceso, con la finalidad de mejorar en sus procesos productivos así como cumplir con los lineamientos aplicables. Dichas modificaciones consisten en lo siguiente:

a) La instalación de en equipo denominado Kosmos 1 el cual esta conformado por lo siguiente: Tanques de Medición Reactor de Fabricación Tanque de Alimentación Secador de Espreas Colecto de Polvos Espreas

Secador tipo Spray Kosmos I b) Secador - Granulador Piloto.

c) Proceso de fabricación de ácidos fúlvicos.

d) La instalación de una caldera para la generación de vapor.

e) Relocalización de pozo de Agua y tratamiento de la misma para cumplir con condiciones requeridas para ser utilizada en el área de proceso.

(9)

f) Red de tubería de gas Natural, se instalará la tubería que será requerida para aquellos equipos que trabajan con este tipo de combustible y su caseta de medición y control.

g) Planta Tratadora de Agua Residual, con el fin de descargar el agua de proceso con la calidad adecuada y apegada con los parámetros establecidos por la Norma Oficial Mexicana o sus Condiciones Particulares de Descarga.

h) Rediseño de la Red de drenajes de proceso el cual tiene la finalidad de conducir toda el agua proveniente del proceso, a la Planta Tratadora de Agua Residual. i) La relocalización y Construcción del Almacén Temporal de Residuos peligrosos.

a) DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA OBRA O ACTIVIDAD PROYECTADA

Naturaleza del proyecto Modalidad

Obra nueva. X

Ampliación y/o modificación. X

Obra complementaria (asociada o de servicios). X

Otras (describir).

Inciso del Artículo 5° del Reglamento de la LGEEPA en Materia de

Impacto Ambiental aplicable al proyecto. F

Descripción

Instalación de equipo Kosmos 1, instalación una Planta Tratadora de Agua Residual, instalación de una caldera y la relocalización de un Almacén Temporal de Residuos Peligrosos.

Justificación

Con el fin de que Cosmocel S.A. quiere mejorar en sus procesos productivos, se contempla la instalación de nuevos equipos, así como mejorar la calidad de agua de descarga para lo que se pretende la instalación de una planta de tratamiento de agua residual, además del aprovechamiento de espacios por lo que se contempla la relocalización del Almacén Temporal de Residuos Peligrosos, Independizar las líneas de drenaje y de gas.

Objetivos Contar con los elementos necesarios para su buena operación y/o

funcionamiento después de la escisión.

Inversión Total Infraestructura

Prevención y mitigación

(10)

Capacidad productiva o de servicios

Se pretende que en un mediano plazo mejore la productividad (Aumento de) para ello se requiere mejorar sus servicios por ellos la instalación de la caseta, caldera y Planta Tratadora de Agua Residual.

Políticas de crecimiento a futuro

Estas dependerán del crecimiento propio de la Empresa

b) SUSTANCIAS O PRODUCTOS QUE VAN A EMPLEARSE Y QUE PODRÍAN

PROVOCAR UN IMPACTO AL AMBIENTE, ASÍ COMO SUS CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y QUÍMICAS

Nombre

Estado Forma de

Almacenamiento

Comercial Químico N° CAS

Gas natural Metano 74-82-8 Gaseoso N/A

c) IDENTIFICACIÓN Y ESTIMACIÓN DE LAS EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS

CUYA GENERACIÓN SE PREVEA, ASÍ COMO MEDIDAS DE CONTROL QUE SE PRETENDA LLEVAR A CABO

En la etapa de construcción Impacto proyecto Emision es a la atm o sfera Desc ar g a d e Agu a Resi d u al G ener a ción de Resi d u o s P eli g ro sos G ener a ción de No Resi d u o s P eli g ro sos G ener a ción de Ru ido F lora F aun a

Relocalización del Almacén Temporal de

Residuos Peligrosos X X X

Secador tipo Spray Kosmos I X X

Caldera X X X

Planta Tratadora de Agua Residual X X X

Rediseño de red de drenajes de proceso X

Relocalización del pozo de agua así como

el tratamiento de agua para proceso X

Nueva caseta y red de tuberías internas de

Gas Natural X X X

Secador – Granulador piloto X X X

(11)

En la Etapa de Operación Impacto proyecto Emision es a la atm o sfera Desc ar g a d e Agu a Resi d u al G ener a ción de Resi d u o s P eli g ro sos G ener a ción de No Resi d u o s P eli g ro sos G ener a ción de Ru ido Fl o ra F aun a Medidas de control

Relocalización del Almacén Temporal de Residuos Peligrosos

X

Secador tipo Spray Kosmos I X

Caldera X

Planta Tratadora de Agua

Residual X X

Red de drenajes de proceso Pozo de agua así como el tratamiento de agua para proceso

Nueva caseta y red de tuberías internas de Gas Natural

Secador – Granulador piloto X X

Proceso de fabricación de ácidos fúlvicos

X X X

d) DESCRIPCIÓN DEL AMBIENTE Y, EN SU CASO, IDENTIFICACIÓN DE OTRAS

FUENTES DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES EXISTENTES EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

Cosmocel S.A. se localiza en una zona netamente industrial y como se señaló en el inciso “C”, esta se encuentra rodeada de empresas con diversos giros como los de bodegas de jabón, fabricación de galletas, estructuras metálicas, taller de mantenimiento de camiones, gases comprimidos, productos químicos y otros, etc.

e)

La identificación de los impactos ambientales significativos o relevantes y

la determinación de las acciones y medidas para su prevención y

mitigación.

En Cosmocel S.A. no se consideran impactos significativos durante la ejecución del proyecto dado que la zona ya se encuentra impactada desde sus inicios (1978), aquellos impactos que pudieran existir serían solo los propios de una construcción en un área ya impactada, no se

(12)

Los trabajos de construcción se realizaran de tal manera que haya una mínima generación de polvos por el manejo de materiales de construcción, baja generación de residuos tanto no peligrosos como peligrosos y el consumo de agua solo la indispensable para la construcción. Todo eso en apego a los requerimientos del sistema de administración ambiental con el que contamos, al hecho de estar certificados en industria limpia. Así como la aplicación de medidas de seguridad y control necesarias.

Lo que se pretende en todo momento es cumplir con la normatividad dado el compromiso de mantenernos como Industria Limpia.

CONDICIONES ADICIONALES

1. Cumplimiento de los requerimientos del Sistema de Administración Ambiental

establecido y vigente

2. Cumplimiento a los requerimientos del Certificado de Industria Limpia y el sistema de administración

3. Aplicación de medidas de seguridad y control necesarios.

4. Cumplimiento Legal Normativo

VII. ANEXOS

1. Acta Constitutiva de la empresa COSMOCEL S.A.

2. Copia del Registro Federal de Contribuyentes de la empresa COSMOCEL, S.A.

3. Escritura Pública 2,273 del Poder legal otorgado al Lic. Ubaldo Guadalupe Garza Lozano

4. Registro Federal de Contribuyentes del prestador del servicio.

5. Permiso de Uso de Suelo y construcción

6. Programa de obra

7. Requerimiento de materias y personal

Referencias

Documento similar

Proporcione esta nota de seguridad y las copias de la versión para pacientes junto con el documento Preguntas frecuentes sobre contraindicaciones y

La campaña ha consistido en la revisión del etiquetado e instrucciones de uso de todos los ter- mómetros digitales comunicados, así como de la documentación técnica adicional de

dente: algunas decían que doña Leonor, "con muy grand rescelo e miedo que avía del rey don Pedro que nueva- mente regnaba, e de la reyna doña María, su madre del dicho rey,

Y tendiendo ellos la vista vieron cuanto en el mundo había y dieron las gracias al Criador diciendo: Repetidas gracias os damos porque nos habéis criado hombres, nos

Entre nosotros anda un escritor de cosas de filología, paisano de Costa, que no deja de tener ingenio y garbo; pero cuyas obras tienen de todo menos de ciencia, y aun

diabetes, chronic respiratory disease and cancer) targeted in the Global Action Plan on NCDs as well as other noncommunicable conditions of particular concern in the European

Las manifestaciones musicales y su organización institucional a lo largo de los siglos XVI al XVIII son aspectos poco conocidos de la cultura alicantina. Analizar el alcance y

En este sentido, puede defenderse que, si la Administración está habilitada normativamente para actuar en una determinada materia mediante actuaciones formales, ejerciendo