• No se han encontrado resultados

Exp. 2018/ PRIMERO. OBJETO DEL CONTRATO

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Exp. 2018/ PRIMERO. OBJETO DEL CONTRATO"

Copied!
6
0
0

Texto completo

(1)

Exp. 2018/000090

PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ACTUACIONES Y ANIMACIÓN PARA ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES ORGANIZADAS POR EL DISTRITO CERRO-AMATE PARA LOS PLANES INTEGRALES DE TRES BARRIOS, SU EMINENCIA Y PALMETE EN 2018.

PRIMERO. OBJETO DEL CONTRATO

El objeto es el servicio de actuaciones artísticas para amenizar las actividades socioculturales del Distrito Cerro-Amate en el ámbito de Planes integrales: Tres Barrios, Su Eminencia y Palmete, durante el año 2018. Dentro de las competencias que tiene el Distrito Cerro-Amate se encuentra el desarrollo de actividades socioculturales en el ámbito territorial del Distrito. Estas actuaciones son de diversa índole y características: veladas, actuaciones navideñas, fiestas populares tales como la fiesta del agua, el día del libro, etc...por ello se precisa un servicio de actuaciones artístico culturales que dinamicen y amenicen las distintas celebraciones y actividades que se organicen. No contando esta Administración con medios personales y materiales propios al efecto, se hace necesaria la contratación de una empresa que desarrolle las siguientes actuaciones con las características que asimismo se especifican:

A) Dúos de Payasos tradicionales B) Pasacalles

C) Animadores infantiles con equipo de sonido propio. D) Dúos musicales E) Orquestas musicales F) Títeres G) Cantantes de flamenco H) Cuadro flamenco I) Actuación teatral J) Micro teatro K) Disc jockey L) Actuaciones circenses M) Espectáculo de magia

N) Músicos integrantes de banda de música.

Las actuaciones tendrían las siguientes especificaciones técnicas:

A. Dúos de Payasos Tradicionales: Compuesto por dos actores, vestidos con trajes típicos de payasos, que realicen juegos dirigidos al público infantil, números de humor, números musicales, etc...haciendo participar a los niños en el espectáculo. Tendrán que aportar el equipo de música y

(2)

medios técnicos necesarios para el desarrollo de su actuación. La actuación durará 60 minutos mínimo.

B. Pasacalles: compuesto mínimo por cuatro actores/ animadores/ músicos que realicen actividades de representación y animación, fomentando la participación vecinal y un ambiente lúdico y participativo. Duración mínima 60 minutos.

C. Animadores Infantiles con equipo de sonido propio: mínimo tres animadores que ofrezcan actuaciones del tipo: cantajuegos, números de magia, globoflexia, pintacaras, zancudos, malabaristas o payasos. La actuación durará mínimo 90 minutos.

D. Dúos Musicales: Compuesta por dos cantantes, quienes interpretarán un repertorio adecuado en función del perfil del público destinatario. La actuación constará de dos pases de 40 minutos mínimo cada uno de ellos.

E. Orquestas musicales: Integradas por cuatro componentes, de los cuales 2 actuarán como vocalistas y los otros dos, tocarán los distintos instrumentos musicales (órgano, batería y guitarra). El repertorio será el adecuado en cada caso, en función del perfil del público que se concrete. Cada actuación constará de dos pases siendo la duración de cada uno de ellos de 40 minutos mínimo. F. Titeres: compuesto al menos por dos actores que interpretaran obras teatrales con temática dirigida al público infantil con moraleja que inculque valores cívicos y éticos. Duración mínima 60 minutos

G. Cantantes de flamenco: Se tratará de artistas noveles que quieran actuar en las Veladas y Fiestas Populares para que les sirva de promoción en su carrera artística. Cada actuación constará de dos pases siendo la duración de cada uno de ellos de 40 minutos mínimo.

H. Cuadro flamenco: Cuatro personas, al menos una al cante y una al baile. Duración mínima 60

minutos.

I. Actuación teatral : un grupo de al menos tres actores que representarán obras teatrales con temática dirigida al público infantil con moraleja que inculque valores cívicos y ético, así como actuaciones dirigidas al público adulto. La actuación durará 60 minutos mínimo.

J. Microteatro: grupo de al menos dos actores que realicen representaciones con temática dirigida tanto a público infantil como adulto, promoviendo valores cívicos y éticos. Duración minima 35 minutos.

K. Disc jockey: sesión de pincha discos para amenizar distintos eventos con el estilo musical que se precise.Cada actuación constará de dos pases siendo la duración de cada uno de ellos de 40 minutos mínimo.

L. Actuaciones circenses: compuesta al menos por dos personas que realicen números circenses (malabares, acróbatas, saltimbanquis, zancudos, equilibrio, fuego, cuerda, payasos, magia, representaciones…etc). Duración mínima 45 minutos

M. Espectáculo de magia: un mago que ofrezca números de magia dirigidos al público infantil, en los que se procure el ambiente lúdico y participativo. La actuación durará 60 minutos mínimo. N. Músicos integrantes de banda de música: Con los instrumentos de música que en cada caso se especifique. El número de músicos que en cada caso se especifique. Actuaciones de 60 minutos mínimo.

La empresa deberá disponer del equipo de megafonía necesario para las actuaciones musicales que lo requieran, y cumplir en su instalación, utilización y desmontaje la normativa de seguridad que resulte de aplicación. Así mismo deberá cumplir con los límites de emisión de ruidos establecidos en la Ordenanza contra la contaminación acústica, ruidos y vibraciones del Ayuntamiento de Sevilla publicada en BOP nº 251, de 29 de octubre de 2014.

Corresponderá al adjudicatario abonar los pagos correspondientes a la Sociedad General de Autores por la emisión de música y actuaciones en directo, y demás obras protegidas que, en su caso, genere la

(3)

actividad, salvo en el supuesto de que se utilicen obras populares o de dominio público que no generen derechos de autor.

El Ayuntamiento de Sevilla (Distrito Cerro Amate) podrá exigir en cualquier momento la acreditación documental del cumplimiento de esta obligación.

En cualquier caso, el adjudicatario indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.

SEGUNDO. PRECIO

El precio estimado de cada una de las prestaciones objeto del presente contrato asciende al que a continuación se detalla:

· Dúos de payasos tradicionales: 270,00 € · Pasacalles: 385,00 €

· Animadores infantiles con equipo de sonido propio: 250,00 € · Dúos musicales: 270,00 € · Orquesta Musical: 600,00 € · Titeres:300,00€ · Cantantes de flamenco: 270,00 € · Cuadro flamenco: 1000,00 € · Actuación teatral: 1000,00 € · Micro teatro: 385,00€ · Disc jockey: 250,00 € · Actuaciones circenses: 300,00€ · Espectáculo de magia: 250,00 €

· Músicos integrantes de banda de música: por componente: 17,00 €/h

En los precios de los servicios anteriormente relacionados, se entenderán incluidos: el desplazamiento de las personas necesarias hasta el lugar en el que haya de prestarse el servicio, los materiales que requiera la ejecución del servicio, así como cualquier gasto que conlleve la prestación del servicio objeto del presente contrato.

El presupuesto de licitación ascenderá a 13.430,00 € IVA excluido, a lo que habrá que añadir 3.570,00 € en concepto de IVA, ascendiendo, por lo tanto, el presupuesto de licitación a un montante de 17.000,00 €, que se financiará con cargo a las partidas:

70214 33404 22799...10.000... Otros trabajos realizados por otras empresas. (Tres Barrios) 70214 33405 22799...6.000...Otros trabajos realizados por otras empresas. (Su Eminencia) 70214 33407 22799...1.000...Otros trabajos realizados por otras empresas. (Palmete)

La baja porcentual ofertada sobre el importe de licitación supondrá un aumento en el nº de unidades disponibles a demanda, por lo que el importe de adjudicación coincidirá en todo caso con el importe de licitación.

(4)

En cada una de las facturas se especificará: la fecha de celebración y lugar del acto promovido por el Distrito Cerro-Amate, servicio realizado, número de unidades, precio unitario del servicio prestado e importe total.

TERCERO. CACHÉ DE LAS ACTUACIONES CUYA ORGANIZACIÓN EJECUTARÁ LA EMPRESA ADJUDICATARIA

Atendiendo al informe del Director de Programas culturales del ICAS de 29/08/17, según lo solicitado por la Dirección de este Distrito (oficio a ICAS de 29/08/17).

La empresa adjudicataria deberá garantizar el siguiente caché como mínimo respecto de las agrupaciones que destine a la ejecución del servicio:

· Dúos de payasos tradicionales: 200,00 €, I.V.A. Excluido. · Pasacalles: 270,00 €, I.V.A. Excluido

· Animadores infantiles con equipo de sonido propio: 200,00 €, I.V.A. excluido. · Dúos musicales: 200,00 €, I.V.A. excluido.

· Orquestas musicales: 500,00 €, I.V.A. excluido. · Títeres: 250,00 €, I.V.A. Excluido

· Cantantes de flamenco: 200,00 €, I.V.A. Excluido. · Cuadro flamenco: 700,00 €, I.V.A. excluido. · Actuación teatral: 700,00 €, I.V.A. excluido. · Micro teatro: 270,00 €, I.V.A. excluido. · Disc jockey: 200,00 €, I.V.A. Excluido.

· Actuaciones circenses: 240,00 €, I.V.A. Excluido · Espectáculo de magia: 200,00 €, I.V.A. Excluido. En cuanto a:

· Músicos integrantes de banda de música: por componente 13,99 €/h IVA Excluido. Se ha estimado precio mínimo, atendiendo al importe establecido por día de trabajo en concepto de “bolos” establecido en el Convenio colectivo estatal del personal de salas de fiesta, bailes y discotecas, en Resolución de 5 de mayo de 2016 de la Dirección General de Empleo (111,92 € por día).

CUARTO. CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

4.1. Todos los materiales y equipos deberán ser adecuados para el desarrollo de las actividades y deberán contar con las homologaciones exigidas por la normativa vigente, así como las licencias necesarias para la actividad. En cualquier momento la Dirección del Distrito podrá exigir la presentación de las hojas de características y de seguridad de los equipos utilizados, así como las hojas justificativas de las homologaciones y/o certificados que fueran necesarios según la normativa de aplicación.

La prestación del servicio deberá cumplir con los límites de emisión de ruidos establecidos en la Ordenanza contra la contaminación acústica, ruidos y vibraciones vigente. Así mismo con los requisitos que establezca para el ejercicio de la actividad la Ordenanza reguladora de Obras y Actividades (Resolución nº 1191 de 25/06/2013).

(5)

4.2.Corresponderá al adjudicatario abonar los pagos correspondientes a la Sociedad General de Autores por la emisión de música y actuaciones en directo, y demás obras protegidas que, en su caso, genere la actividad, salvo en el supuesto de que se utilicen obras populares o de dominio público que no generen derechos de autor. El Ayuntamiento de Sevilla (Distrito Cerro-Amate) podrá exigir en cualquier momento la acreditación documental del cumplimiento de esta obligación.

En cualquier caso, el adjudicatario indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.

4.3. Transporte, carga y descarga: De forma general, el transporte de los materiales se realizará en un vehículo apropiado y homologado para el transporte de este tipo de mercancías, y cumplirá toda la normativa que le afecte.

4.4. Emplazamiento para el suministro y la carga: Los distintos equipos y servicios serán instalados y prestados en los lugares, dependencias y centros, que indique la Dirección del Distrito a la empresa adjudicataria que, asimismo, comunicará a la empresa adjudicataria el acto o evento en el cual se requiere el servicio. La comunicación se hará con suficiente antelación para que el montaje se realice debidamente. La empresa deberá contar con el equipamiento, material y medios físicos necesarios para la buena marcha del contrato.

4.5. La empresa quedará obligada a prestar el servicio con las máximas garantías, procurando entre su personal una actitud profesional y diligente, y prestando de inmediato el apoyo técnico y refuerzos que las circunstancias demanden.

4.6. Será de exclusiva cuenta del adjudicatario el pago del personal que emplee para la realización de los trabajos objeto de este contrato. En ningún caso el Ayuntamiento de Sevilla asumirá obligación alguna de carácter laboral y de ninguna otra clase con dicho personal, siendo la empresa adjudicataria responsable de las respectivas relaciones jurídicos laborales o de otra índole que puedan existir, sin que en ningún caso alcance al Distrito responsabilidad directa o indirecta por tales conceptos.

El personal que realice los trabajos deberá conocer, bajo responsabilidad del adjudicatario, los siguientes extremos:

-Las características de peligrosidad, fragilidad, apilamiento, etc...de la mercancía.

-Los sistemas de seguridad y contra incendios, en su caso, que deberán estar cualificados para su uso. -Los equipos de protección personal requeridos en la carga y/o descarga y su utilización.

Todos los trabajos necesarios para la instalación deberán contar con la asistencia los técnicos competentes en las materias correspondientes, que supervisarán todo el desarrollo de la actividad; de forma general: -Estarán debidamente cualificados para realizar tales trabajos.

-Conocerán las medidas de prevención para evitar posibles riesgos de accidentes que se puedan producir. -Estarán lo suficientemente cualificados y equipados para actuar ante un incidente o accidente que se pueda producir.

4.7. Seguridad: Serán de aplicación general las condiciones de Seguridad y Salud establecidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales y las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud y señalización, aplicables al transporte y almacenamiento de mercancías.

De forma general, se señalizará de forma adecuada la realización de las operaciones a realizar. La colocación de esta señalización será previa a comenzar los trabajos y se mantendrá mientras que duren los trabajos y sólo se retirará una vez hayan concluido la totalidad de las operaciones.

Los equipos, apoyos y estructuras metálicas que el servicio requiera serán del tipo homologado y quedarán lo suficientemente aseguradas de manera que no supongan riesgo de accidente o incidente.

(6)

Dispondrá de los elementos de extinción de incendios adecuados y suficientes para el tipo de fuego previsible.

Una vez finalizadas las actuaciones y concluidos los servicios, se retirará la señalización y se limpiará la zona, dejándola como estaba antes de los trabajos realizados.

Los equipos utilizados no producirán perturbaciones en las redes eléctricas y además estarán protegidos contra variaciones de los parámetros de alimentación como son tensión y frecuencia, no pudiendo reclamar a este Ayuntamiento los costes ni los perjuicios por ninguna de estas razones. Todo el sistema de alimentación de corriente deberá estar equipado con las protecciones, cumpliendo la normativa vigente que resulte de aplicación.

4.8. El contrato se ejecutará a riesgo y ventura del contratista. Será de cuenta del adjudicatario indemnizar todos los daños que se causen, tanto al Ayuntamiento como a terceros, como consecuencia de las actuaciones que requieran la ejecución del contrato, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración.

Por tanto, el adjudicatario deberá suscribir las pólizas de seguro que cubra las posibles responsabilidades en las que pueda incurrir, incluyendo la responsabilidad civil y accidentes para cubrir las responsabilidades que pudieran derivarse de la prestación del servicio, incluyendo daños a terceros tanto a personas como a cosas, riesgos de incendio y cualquier otro daño que pudiera producirse.

Antes de la adjudicación presentará Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, con una cobertura por importe mínimo de 300.000 euros, o copia de la póliza que tenga suscrita la empresa, aportando el correspondiente recibo.

El Distrito Cerro-Amate no se hará cargo, en ningún caso, de los desperfectos, hurtos o daños causados en el material objeto de las prestaciones del presente contrato.

4.9. La Dirección del Distrito Cerro-Amate podrá cursar cuantas instrucciones sean necesarias al adjudicatario en orden a la buena ejecución del contrato, respecto de todo aquello que no esté expresamente descrito en los presentes pliegos. Asimismo podrá adoptar las medidas de inspección y vigilancia que se estimen necesarias para garantizar el cumplimiento de la normativa sectorial y Ordenanzas locales aplicables a las actividades a desarrollar objeto del servicio que se contrata.

Se comunicará a la empresa adjudicataria por fax o e-mail los servicios que deba realizar, con un mínimo de 48 horas de antelación, salvo supuestos excepcionales, siendo imprescindible que se cumplimente el anexo estableciendo como medio de notificación el fax o el correo electrónico.

Sevilla, a la fecha indicada a pie de firma. La Jefa de Sección del Distrito Cerro Amate Vº Bueno y Conforme

La Directora General del Distrito Cerro Amate

El Adjudicatario Enterado y Conforme

Referencias

Documento similar