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1. OBJETO DEL CONTRATO.

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1. OBJETO DEL CONTRATO.

El objeto del presente contrato es la organización, dinamización y ejecución de actividades socioculturales, artísticas y lúdicas del Distrito de Carabanchel, que se desarrollará entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020, en los centros culturales, socioculturales y otros espacios públicos y al aire libre del distrito, con el fin de otorgar una oferta variada de calidad que propicie un óptimo disfrute del ocio y la cultura entre la población del Distrito y contribuya a caminar hacia una ciudad libre de desigualdades, teniendo los lotes perspectiva de género1.

La programación cultural se realizará a través de su distribución en 2 lotes:

LOTE 1: Actividades en los Centros Culturales, Socioculturales y otros Espacios del Distrito

LOTE 2: Carabanchel en abierto 2. OBJETIVOS BÁSICOS.

La programación de actividades culturales y de ocio deberá atender a los siguientes objetivos:

• Objetivo general: Proporcionar a la ciudadanía actividades en estas parcelas que propicien su bienestar físico e intelectual, contribuyan a cubrir sus necesidades de ocio e incrementen su nivel cultural.

• Objetivos específicos:

• Proporcionar una oferta cultural de ocio variada y atractiva para toda la población del Distrito. Esta oferta ha de contribuir a la igualdad entre mujeres y hombres, adecuándose a sus inquietudes.

• Fomentar la actividad intelectual y física.

• Ajustarse a los cambios y nuevas tendencias que surjan en los ámbitos culturales de forma más inclusiva.

• Acomodarse a las condiciones físicas y estructurales de los espacios donde se van a prestar los servicios.

1Se entiende por perspectiva de género la forma sistemática de observar el impacto diferenciado de programas, proyectos, políticas y piezas legislativas sobre los hombres y mujeres. Su fin es incorporar objetivos y actuaciones específicas dirigidas a eliminar las desigualdades y promover la igualdad en todas las políticas y acciones, a todos los niveles y en todas sus fases de planificación, ejecución y evaluación. La integración de la perspectiva de género se incluye como criterio social de contratación y resulta conforme a lo previsto en los artículos 145.2.1º y 202.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, al artículo 26 de la Directiva 2004/18/CE y el artículo 33 de la Ley 3/2007, de 22 de Marzo para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.

Código de verificación : PY2637631d909722

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• Difundir el programa a través de la realización de los materiales divulgativos indicados por el Distrito, siempre con lenguaje inclusivo.

• Dinamizar con actividades culturales y de ocio en los centros culturales, socioculturales y en la calle y demás espacios públicos (parques, plazas, bulevares, etc.)

• Proporcionar a vecinos y vecinas un mayor conocimiento de la historia del Distrito.

3. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO.

La programación cultural se realizará a través de su distribución en dos lotes:

LOTE 1: Actividades en los Centros Culturales, Socioculturales y otros Espacios del Distrito

LOTE 2: Carabanchel en abierto

El contrato tendrá una duración de 12 meses, desde el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020.

La entidad adjudicataria deberá cumplir la legislación vigente sobre igualdad efectiva entre mujeres y hombres, promoviendo las actuaciones necesarias para su cumplimiento, en especial en lo relativo a planes de igualdad de las empresas y otras medidas de promoción, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

3.1. LOTE 1:ACTIVIDADES EN LOS CENTROS CULTURALES, SOCIOCULTURALES Y OTROS ESPACIOS DEL DISTRITO

La producción y realización del programa cultural en los centros culturales y otros espacios del Distrito de Carabanchel comprenderá las siguientes actividades.

• 18 espectáculos teatrales para personas adultas: clásico, contemporáneo, monólogos o musicales. Tendrán una duración mínima de 50 minutos.

• 18 espectáculos musicales: clásico, zarzuela, moderna, jazz, gospel, danza, recitales, cantautores/as, opera, etc. Tendrán una duración mínima de 50 minutos.

• 18 espectáculos infantiles: teatro, circo, títeres o musical. Tendrán una duración mínima de 50 minutos.

• 10 talleres infantiles con dos monitores como mínimo y dos horas de duración.

• 10 talleres adultos con dos monitores como mínimo y dos horas de duración.

Código de verificación : PY2637631d909722

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• 40 actividades temáticas: conferencias, mesas redondas, lecturas dramatizadas, presentaciones de libros, etc. Tendrán una duración mínima de 40 minutos.

• 32 proyecciones de cine subtituladas: filmoteca en los Centros Culturales y Socioculturales que determine el Distrito. La entidad adjudicataria deberá contar con los medios y recursos precisos para la programación y el correcto desarrollo de la proyección, estando incluida la proyección en formato digital de las películas y la cartelería de cada una.

• 12 conciertos corales en Navidad. Se realizarán en espacios del distrito, como centros culturales, iglesias, colegios, etc. Tendrán una duración mínima de 45 minutos y se compondrán como mínimo de 6 miembros, visibilizando a ambos sexos. Se valorará por el distrito entre diversas propuestas presentadas por la empresa.

• 9 exposiciones; incluirá el apoyo técnico en montaje y coordinación.

Todas las actividades incluirán la asistencia técnica necesaria.

PUBLICIDAD:

La entidad adjudicataria deberá remitir al Distrito la programación aprobada, con los cambios que por causa de fuerza mayor hayan debido realizarse en la misma.

La información deberá suministrarse en soporte digital y comprenderá:

• Un programa mensual que recoja todas las actividades comprendidas en ese período

• Un programa especial de las actividades que determine el Distrito

• 2 carteles, tipo roll-up, que permanecerán expuestos durante la actividad de filmoteca

• 2 carteles, tipo roll-up, que permanecerán expuestos durante la actividad de corales en Navidad

Además, la entidad adjudicataria deberá distribuir, colocar y retirar los elementos publicitarios siguiendo las indicaciones al efecto que reciba de la Unidad de servicios Culturales y Ocio Comunitario del Distrito.

ASISTENCIAS TÉCNICAS A PLENOS Y OTRAS ACTIVIDADES

La entidad adjudicataria debe prestar asistencia técnica y apoyo logístico a los Plenos de la Junta Municipal u otras actividades organizadas por el Ayuntamiento.

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La asistencia técnica podrá incluir, para su correcto desarrollo, además de un técnico de sonido e iluminación, un atril, un ordenador portátil, dos micrófonos inalámbricos o diadema y uno de pie. En el caso de los Plenos incluirá grabación de audio y video y retransmisión en streaming.

Se considerará que una asistencia técnica cubre 4 horas de servicio. En caso de que la actividad demande más tiempo, el exceso de horas pasará a computar en una bolsa de “horas complementarias”. Cuando esa bolsa alcance las 4 horas, se facturará con cargo a la misma una nueva asistencia técnica.

Los tiempos de preparación y desmontaje se sumarán al cómputo total de horas de la actividad, obteniendo así el número de horas totales de la asistencia técnica. A tales efectos, el tiempo de preparación se estima en un máximo de 1 hora y el de desmontaje de 30 minutos.

Se prevé con carácter anual la realización de 50 asistencias técnicas, con este desglose:

• Plenos de la Junta Municipal (a celebrar con carácter ordinario en el centro cultural Fernando Lázaro Carreter): 20 asistencias técnicas.

• Otras actividades realizadas por el Ayuntamiento: 30 asistencias técnicas.

3.2. LOTE 2:CARABANCHEL EN ABIERTO

La producción y realización del programa cultural de eventos de calle tendrá como escenarios diferentes espacios de la vía pública del Distrito de Carabanchel, incluirá la aportación de la infraestructura necesaria (megafonía, iluminación, generadores eléctricos, carpas, tarimas, escenarios, mesas, sillas y cualquier otra que sea necesaria para la correcta realización y visualización de la actividad) y comprenderá las siguientes actividades:

• 12 actuaciones en auditorio municipal o en el lugar que determine el Distrito con las siguientes características:

Las actuaciones serán variadas y dirigidas a diferentes públicos. La duración de las actividades será de, al menos, 1 hora y media. La temática podrá ser:

Infantil: música, teatro, títeres, etc. (llevadas a cabo por grupos de al menos cuatro componentes)

Musical: clásica, jazz, contemporánea, flamenco, etc. (llevadas a cabo por grupos de al menos tres componentes)

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Baile: clásico, contemporáneo, flamenco, etc. (llevadas a cabo por grupos de al menos tres componentes)

Teatro (llevadas a cabo por grupos de al menos cuatro componentes)

Al acabar cada actuación, la empresa adjudicataria se encargará de la limpieza de la zona en la que se haya realizado la actividad.

• 45 actuaciones de tipo circense, teatral, musical, cantautores/as, festivales, conciertos, etc. que se realizarán en diferentes espacios públicos del distrito con las siguientes características:

Las actuaciones serán variadas y dirigidas a diferentes públicos, ahondarán en la visibilización de los logros de las mujeres evitando la reproducción de roles tradicionales de género que ayuden a perpetuar desigualdades entre hombres y mujeres. La duración de las actividades será de al menos una hora. Todas las actividades deberán ir destinadas a público infantil y/o adulto.

La puesta en práctica podrá ser:

Circense, llevadas a cabo por grupos de al menos dos componentes Teatral, llevadas a cabo por grupos de al menos dos componentes Musical, llevadas a cabo por grupos de al menos dos componentes

Cantautores/as, llevadas a cabo por grupos de al menos un/a componente Conciertos, llevadas a cabo por grupos de al menos cuatro componentes.

16 proyecciones de películas de actualidad durante los meses de verano en la realización del “Cine de Verano”. La actividad se realizará en el Parque de Comillas y Parque de la Peseta durante los meses de julio y agosto, si bien se podrá decidir que la prestación se realice en otro lugar al aire libre del Distrito.

La entidad adjudicataria presentará en el plazo requerido una propuesta anual de al menos 25 títulos dirigidos a público infantil y familiar procurando que no tengan una antigüedad superior a 3 años desde su estreno. La propuesta deberá contener los cinco géneros básicos (drama, comedia, acción, aventuras y animación). Cada título deberá ir acompañado de una pequeña ficha que contenga el año de producción, género al que pertenece, elenco protagonista, el país de producción, director o directora, calificación por edades y tres críticas favorables en revistas o foros especializados en cine.

Siempre que sea posible, las proyecciones serán subtituladas en español, como un medio de fomentar la inclusión de personas con diversidad funcional.

El Distrito seleccionará 8 títulos de entre los 25 propuestos, que se proyectarán dos veces cada uno de ellos, sin que el mismo título pueda proyectarse consecutivamente viernes y sábado.

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Las proyecciones se iniciarán a la hora que determine el Distrito, preferentemente a las 22:15 horas.

La entidad adjudicataria deberá producir dos roll-up / carteles en cartón pluma que detallen la programación prevista en las dos ubicaciones incluyendo el logo del Distrito. Su traslado y colocación semanal en cada ubicación correrá a cargo de la entidad adjudicataria. Además, deberá distribuir los programas de mano y carteles en los espacios que decida el Distrito de Carabanchel.

Cada lunes posterior a las proyecciones, se entregará en formato electrónico un informe/memoria con los datos del número de asistentes en cada proyección, desagregados por sexos si es posible, y las incidencias que se hayan podido producir.

La entidad adjudicataria deberá prestar el servicio de acuerdo a las siguientes condiciones técnicas:

Equipo de proyección compuesto por una pantalla hinchable de 12 m x 6 m mínimo y un proyector de 20.000 lúmenes, mínimo.

Equipo de sonido de 10.000 watios especial para proyecciones cinematográficas.

En el Parque de Comillas, la entidad adjudicataria deberá suministrar 200 sillas embridadas, que serán trasladadas, colocadas y recogidas en cada proyección y se distribuirán en filas de 10 sillas embridadas dispuestas en dos columnas con un pasillo central de 3 metros y dos pasillos laterales del espacio disponible. La entidad adjudicataria no permitirá la colocación en el recinto de sillas, asientos u otro tipo de mobiliario diferente del dispuesto expresamente para la prestación de la actividad.

La prestación incluirá además para cada ubicación todos los recursos humanos necesarios para llevarla a cabo (técnicos de proyección, ayudantes etc.), un Plan de evacuación en caso de emergencia si legalmente fuera necesario (que se presentará junto con la propuesta de títulos) y hasta dos generadores de 7.500 WA, en caso de ser necesario.

• 10 viajes culturales, para 50 personas cada uno, fuera del término municipal de Madrid, que deberán versar sobre temas de interés histórico, científico, social, económico, cultural o de actualidad, y tendrán 8 horas de duración como mínimo. Se incluirá el transporte y guía en cada autobús. El/la guía les acompañará durante todo el recorrido dándoles explicación de lo visitado. Cuando el recorrido precise de algún

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pago extraordinario, como cuota de entradas a museos, parques, teatros etc., el coste correrá a cargo de cada participante, igual que el coste de la comida.

• 2 actuaciones que se celebrarán en el emplazamiento que determine el Distrito con las siguientes características:

orquesta de 90 minutos de duración, con megafonía e iluminación de al menos cuatro componentes.

dinamización infantil de 2 horas con megafonía e iluminación de al menos dos componentes.

• 10 talleres infantiles o de adultos, según determine el Distrito, con al menos dos monitores y una duración de dos horas cada uno de ellos, para 20 o 30 participantes.

PUBLICIDAD:

La entidad adjudicataria deberá remitir al Distrito la programación aprobada, con los cambios que por causa de fuerza mayor hayan debido realizarse en la misma.

La información deberá suministrarse en soporte digital y comprenderá:

• Un programa mensual que recoja todas las actividades comprendidas en ese período.

• Un programa especial de las actividades que determine el Distrito.

• 2 carteles, tipo roll-up, que permanecerán expuestos durante todas las actividades

Además el adjudicatario deberá distribuir, colocar y retirar estos elementos publicitarios siguiendo las indicaciones al efecto que reciba de la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario del Distrito.

4. CONDICIONES A CUMPLIR PARA TODOS LOS LOTES.

Será obligación del contratista indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato.

La entidad adjudicataria deberá prestar el servicio del modo dispuesto en el contrato y en todo caso:

4.1. CARACTERÍSTICAS DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

• La empresa adjudicataria presentará varias propuestas por cada actividad. La Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario seleccionará de entre dichas propuestas la que finalmente se realizará.

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• El Distrito de Carabanchel, a través de la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario, aprobará el calendario de programación cultural al menos 15 días antes de la realización de la actividad, reservándose el derecho de suspender, cambiar o modificar cualquier actividad programada por necesidades sobrevenidas de uso de las instalaciones de manera puntual, siempre que concurran razones de interés público que lo justifiquen.

• La empresa adjudicataria deberá hacerse cargo de la producción completa de los eventos programados, incluidos los gastos técnicos, artísticos (cachés), los derechos de autoría correspondientes de la programación, la representación artística y la coordinación de los diferentes elementos, tanto técnicos como humanos y artísticos, así como la organización, desarrollo y asistencia en cada actividad y la aportación de la infraestructura necesaria para la puesta en escena de las actuaciones y cualquier gasto generado de las actividades que se desarrollen, tales como el transporte, montaje y el desmontaje de los mismos o cualquier otro necesario para la correcta realización y visualización de la actividad. En la producción se tendrán en cuenta los derechos de las personas con diversidad funcional y los criterios de accesibilidad universal contemplados en la normativa en vigor (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social).

• El Distrito de Carabanchel se reserva el derecho a formular cuantas objeciones estime convenientes y modificar las orientaciones presentadas según las conveniencias del servicio o actividad, debiendo someterse la entidad adjudicataria en todo momento a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por el responsable del servicio, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación. Se podrán sustituir actividades o representaciones específicas o contenidos puntuales de las mismas cuando, por necesidad de los objetivos a desarrollar, y en beneficio de las personas usuarias de la actividad fuese necesario.

• La empresa adjudicataria deberá presentar mensualmente en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario una memoria de cada una de las actividades realizadas, con datos del número de asistentes, desagregados por sexo y edades.

Una vez finalizado el contrato, deberá presentar una memoria global de toda la programación cultural efectuada, incluyendo siempre fotografías, en formato digital. El diseño y la ejecución contractual deberán contemplar la perspectiva de género (diagnóstico, objetivos, actividades y evaluación) aportando en la justificación final un informe de impacto de género con datos desagregados por sexo.

• La empresa adjudicataria deberá cumplir todas las obligaciones impuestas por la normativa vigente en materia de espectáculos públicos.

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• En su caso se cumplirá con lo dispuesto en la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.

• Los espectáculos o actividades que hubieran de ser suspendidos por cualquier causa no serán abonados en ningún caso. No obstante, por acuerdo entre las partes, podrá aplazarse su ejecución para otra fecha. Asimismo, podrá acordarse el aplazamiento de cualquier actuación o actividad cuando exista causa justificada, o bien, así lo aconseje el mejor desarrollo de la misma y sea comunicada a la empresa adjudicataria con una antelación mínima de 72 horas.

4.2. USO DE ESPACIOS Y EQUIPOS:

Todos los espacios y equipos técnicos puestos a disposición de la entidad adjudicataria para su uso en la ejecución del contrato deberán conservarse en perfecto estado de funcionamiento.

La empresa adjudicataria deberá complementar puntualmente los equipos existentes, en función de los requerimientos técnicos de los espectáculos programados, así como instalar los equipos de sonido e iluminación que fueran necesarios para el desarrollo de las actividades.

El Ayuntamiento se reserva el derecho a ejecutar las obras nuevas o de reforma que considere precisas en las instalaciones y equipos puestos a disposición de la entidad adjudicataria para la ejecución del contrato.

Al inicio del contrato se facilitará a la empresa adjudicataria un listado detallado del equipamiento municipal existente en cada uno de los Centros, así como un informe de su estado. La empresa informará sobre los elementos que consideren que necesitan reparación/sustitución y el presupuesto que conllevaría, detallando su coste unitario, impuestos incluidos.

De igual manera, por lo que se refiere al material fungible, se facilitará una relación del mismo y la empresa adjudicataria periódicamente dará cuenta de las bajas que pudieran producirse y, por tanto, de las correspondientes necesidades de sustitución o reposición.

La empresa adjudicataria será responsable del buen uso y conservación de la maquinaria, aparatos y demás material de propiedad municipal a utilizar en la prestación de la actividad, no pudiendo utilizar las instalaciones municipales ni los equipos para otras actividades diferentes a las de la ejecución del contrato.

Son responsabilidad de la entidad adjudicataria cuantos daños puedan ocasionarse a personas o bienes y sean consecuencia, directa o indirecta, de las actividades desarrolladas en las instalaciones o del uso de las mismas.

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4.3. PERSONAL:

La empresa adjudicataria deberá poner a disposición de la Junta Municipal el equipo de personal adecuado para la planificación y la ejecución de las actividades, que garantice el correcto desarrollo y difusión de la programación cultural planteada.

De conformidad con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el registro central de delincuentes sexuales, no podrán adscribirse a la ejecución del contrato profesionales que hayan sido condenados por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Para acreditar esta circunstancia la entidad adjudicataria deberá estar en posesión de la certificación negativa de estos antecedentes penales, antes de que el profesional tenga contacto con menores. Esta documentación ha de presentarse antes del comienzo de la ejecución de las prestaciones.

La entidad adjudicataria deberá proveerse del personal necesario para ejecutar el contrato. En este sentido deberá disponer al menos de una persona que esté presente para coordinar y supervisar todas las actividades que se realicen en cualquiera de sus fases (carga y descarga del material, montaje, pruebas de sonido, representación, desmontaje, entrega y recogida de los cuestionarios de satisfacción etc.).

La empresa adjudicataria deberá cumplir la legislación laboral y/o mercantil vigente en las relaciones contractuales con el personal a su servicio y proveedores/as que dependerán exclusivamente de ella y no tendrá relación de ninguna índole con el Ayuntamiento de Madrid.

No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo, debiendo la entidad informar debidamente a su personal de dicho extremo, e incluir expresamente esta circunstancia en todos los contratos de las personas que trabajen en la ejecución de este contrato, en su caso.

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4.4. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS

NO.

4.5. PUBLICIDAD

La empresa adjudicataria deberá emplear los elementos de imagen corporativa del Ayuntamiento de Madrid en todo el material publicitario que diseñe, atendiendo a lo estipulado en el Manual de Identidad Corporativa Municipal.

Todo elemento publicitario deberá ser supervisado y contar con la autorización del Distrito de Carabanchel.

5. CLÁUSULAS SOCIALES A APLICAR EN TODOS LOS LOTES

5.1 Cumplimiento de las normativa sociolaboral vigente

Los bienes o servicios objeto del contrato deberán haber sido producidos o desarrollados respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo.

La oferta presentada por los licitadores deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente a todos los costes derivados de la aplicación del Convenio Colectivo que correspondan, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del Convenio más los costes de Seguridad Social. En este sentido, se señala que para la determinación del precio del contrato, se han tenido en cuenta los Convenios que resultan de aplicación respecto al salario base, el complemento de antigüedad, los restantes costes laborales y de Seguridad Social y demás de la prestación del servicio.

5.2 Perspectiva de género

En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.

Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria elabore un informe de impacto de género en relación con la ejecución del contrato, con indicadores y datos desagregados por sexo de las personas beneficiarias o usuarias del contrato.

Este informe deberá aportarse por la empresa adjudicataria a la finalización del

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contrato y, antes de la liquidación del mismo y deberá ser aprobado por las personas responsables del contrato.

El responsable municipal del contrato llevará a cabo actuaciones de seguimiento del mismo mediante reuniones periódicas con el coordinador de la empresa adjudicataria, para el correcto cumplimiento del contrato, dejando constancia de las mismas en acta y, estableciendo las instrucciones y planificación de las actuaciones a realizar.

Al objeto de acreditar el cumplimiento de esta condición especial de ejecución, se adjunta como anexo I a este pliego de Prescripciones Técnicas modelo de impacto de género.

5.3 Seguridad y salud laboral

La entidad adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.

Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:

• La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.

• La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.

• El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.

La entidad adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación que corresponda en cada caso.

Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria designe una persona de contacto, vinculada a la empresa y con formación específica en la materia, para la supervisión y control de la aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito, sin perjuicio de las funciones encomendadas al coordinador de seguridad y salud en aquellos contratos en la que esta figura tenga carácter preceptivo.

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Con el fin de dar cumplimiento a esta condición especial de ejecución la empresa adjudicataria, al inicio de la ejecución del contrato, deberá comunicar a la persona responsable del contrato la persona de contacto designada. Antes de la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar a la persona responsable del contrato un informe detallado sobre las actuaciones realizadas por aquella con determinación de su contenido y alcance.

A la finalización del contrato y, antes de la liquidación del mismo, es condición especial de ejecución que la adjudicataria presente un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente.

5.4 Obligaciones en materia de empleo

La entidad adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a la ejecución del contrato.

A tales efectos, la entidad adjudicataria deberá presentar al inicio de la ejecución del contrato una declaración responsable en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social, ello sin perjuicio de que el órgano de contratación pueda solicitar cuando lo considere oportuno la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable.

5.5 Protección del menor

A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el art. 14 de Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, que establece que será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, la entidad adjudicataria deberá poseer certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales de todas

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aquellas personas que en función del objeto del contrato vayan a relacionarse con menores, documentación que podrá ser requerida por el Distrito en cualquier momento durante la ejecución del contrato.

6. ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

En la realización de las tareas descritas en el contrato consistentes en la prestación de servicios de Organización, dinamización y ejecución de actividades socioculturales, artísticas y lúdicas en el distrito de Carabanchel, no se tratarán datos de carácter personal por parte de la empresa adjudicataria, por lo que no se encuadra entre los contratos de prestación de servicios con tratamiento de datos por cuenta de terceros que regula Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, por lo que no precisa de informe de Protección de Datos ni cláusulas al respecto.

7. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

No procede.

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ANEXO I

MODELO DE INFORME DE IMPACTO DE GÉNERO EN EL QUE SE ACREDITE QUE SE HA DADO CUMPLIMIENTO AL FIN INSTITUCIONAL CONCRETO QUE SE PERSIGUE

SITUACIÓN DE PARTIDA

Situación de partida mujeres / hombres

Relaciones de género Identificación de objetivos de las políticas de igualdad PREVISIÓN DE RESULTADOS

Previsión de resultados cuantitativos

Previsión de impacto en relaciones de género

Contribución a los objetivos de las políticas de igualdad municipales (Carta Europea para la Igualdad de mujeres y hombres en la vida local, Estrategia municipal para la Igualdad)

VALORACIÓN DEL IMPACTO DE GÉNERO POSITIVO

Elimina desigualdades

Contribuye a los objetivos de las políticas de igualdad NEGATIVO

No elimina desigualdades

No contribuye a los objetivos de las políticas de igualdad PROPUESTAS DE MEJORA

Sugerencia de cambios en el servicio o prestación RECOMENDACIONES

Sugerencias de aplicación

Previsión de resultados cuantitativos

Previsión de impacto en relaciones de género

Contribución a los objetivos de las políticas de igualdad

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ANEXO II

CUADRO BASE DE PRECIOS UNITARIOS LOTE I

TIPO DE EVENTO O SERVICIO IMPORTE

(IVA no incluido) Espectáculos teatrales para adultos 1.188,14€

Espectáculos musicales 1.402,26€

Espectáculos infantiles 1.188,14€

Taller infantil 494,62€

Taller adulto 494,62€

Actividades temáticas 866,96€

Proyecciones de cine 385,19€

Conciertos corales 1.295,20€

Exposiciones 1.008,51€

Soporte digital y distribución publicidad 629,63€

Asistencia técnica Plenos y otras actividades 173,14€

CUADRO BASE DE PRECIOS UNITARIOS LOTE II

TIPO DE EVENTO O SERVICIO IMPORTE

(IVA no incluido)

Actuaciones auditorio municipal 2.238,69€

Actuaciones en espacios públicos 1.504,96€

Cine de verano 1.680,56€

Viajes Culturales 1.109,14€

Orquesta y dinamización infantil 2.238,69€

Talleres infantiles/adultos 922,86€

Soporte digital y distribución publicidad 597,51€

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