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1. OBJETO DEL CONTRATO

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR EL PROCEDIMIENTO CONCURSO ABIERTO PARA LA “REALIZACION DE TRABAJOS DE TRAMITACION Y CONTROL DE EXPEDIENTES DEL CANON DEL AGUA”

1.OBJETODELCONTRATO

El objeto del presente pliego es definir las prescripciones técnicas particulares para la realización del contrato de servicios de asistencia técnico-jurídica a Uraren Euskal Agentzia - Agencia Vasca del Agua, para la realización de los trabajos de tramitación y control de expedientes relacionados con el canon del agua.

2.-ALCANCEDELOSSERVICIOS

El objeto de los trabajos a contratar es la presentación de aquellos servicios de apoyo desde el punto de vista técnico, económico-financiero y de asesoramiento legal que la Agencia Vasca del Agua precise para la tramitación y control de los expedientes relacionados con el canon del agua:

En particular estos trabajos incluirán las siguientes tareas:

− Atención a peticiones de información y consultas planteadas por los sujetos pasivos y las entidades suministradoras.

− Propuestas de alimentación de la página web con contenidos útiles respecto al canon.

− Identificación e inventariado de posibles sujetos pasivos, y requerimiento para el cumplimiento de sus obligaciones.

− Validación de la información contenida en las declaraciones iniciales.

− Estudio y propuesta de convenios con entidades suministradoras y realización de informes para el Consejo de Administración.

− Tramitación de solicitudes de exenciones y bonificaciones. − Tramitación de alegaciones y recursos.

− Gestión administrativa de las autoliquidaciones.

− Coordinación con URA en la regularización de los Usos del Agua.

− Tratamiento económico-financiero de datos individuales y conjuntos derivados de la gestión integral del Canon, incluyendo labores de cuadre de saldos bancarios y supervisión de la información suministrada por los sistemas.

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− Aportación de la información necesaria para generación de asientos contables, así como de toda aquella solicitada por la Dirección de Administración y Servicios a efectos de control y procedimientos internos.

− Atención a peticiones de información de auditores y otros agentes de fiscalización externa así como colaboración con los mismos a efectos de realización de pruebas sustantivas procedimientos administrativos y/o de sistemas informáticos.

− Elaboración de propuestas de modificación de los modelos de solicitud derivados del Decreto 181/2008, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Régimen Económico y/o Financiero del Canon del Agua.

− Actuaciones de inspección y comprobación, incluyendo en particular los siguientes aspectos: - Verificación y validación sobre el terreno de la información presentada.

- Detección de usos del agua no declarados.

- Incorporación en formato GIS de la información obtenida sobre el terreno. - Propuesta y Desarrollo de Plan de Inspección (cuyo contenido será el descrito

en el Anexo I de los presentes Pliegos)

- Informes de actuaciones de inspección realizadas. - Mantenimiento y actualización del Inventario de Aprovechamientos. - Tramitación de expedientes sancionadores del Canon del Agua.

- Gestión de facturación y recaudación, incluyendo en particular los siguientes aspectos: - Supervisión de los ingresos declarados.

- Elaboración de listados de cantidades no ingresadas para su reclamación por vía ejecutiva.

- Gestión informática de la documentación generada y tratamiento de información basada en ficheros de tratamiento.

- Asesoramiento en la Reglamentación de la futura implantación del Canon del Agua para los usos domésticos.

- Gestión del Canon del Agua para los Usos domésticos de acuerdo con el futuro Decreto que lo regule.

- Reuniones de seguimiento y elaboración de informes que a requerimiento de la Agencia tengan por objeto el seguimiento y supervisión de los trabajos realizados por el adjudicatario.

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3.-EQUIPO DE TRABAJO

3.1.- Equipo de trabajo con dedicación exclusiva al objeto del contrato:

El equipo de trabajo propuesto deberá aportar personal cualificado, compuesto por al menos siete personas (con disponibilidad para una dedicación plena al contrato durante el periodo de su ejecución) que desarrollará sus actividades en los locales que establezca la Agencia.

El equipo estará integrado por, al menos:

− Un Licenciado o Diplomado en Ciencias Empresariales o Administración y Dirección de Empresas, con experiencia mínima de 3 años en un Departamento Económico-Financiero o de Control de Gestión.

− Dos técnicos superiores en ingeniería (ITOP o equivalentes), geología, biología, Ciencias Ambientales, Químicas o equivalentes, con una experiencia mínima de un año.

− Dos administrativos o auxiliares administrativos, con una experiencia mínima de un año − Dos inspectores con experiencia en trabajo de campo y sistemas de información

geográfica (mínimo FP II) con una experiencia mínima de un año

El equipo deberá poder prestar la atención al público requerida en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma, tanto de forma presencial como telefónica o telemática. Deberá igualmente garantizarse la contestación en el idioma en que el administrado se dirija a la Agencia. Como mínimo deberán poseer un dominio suficiente del euskera para garantizar el contacto con el público uno de los tramitadores, uno de los administrativos y uno de los inspectores (los dos primeros deberán tener acreditado el Perfil Lingüístico 3, o estar en posesión de una titulación equivalente).

3.2.- Equipo de trabajo de apoyo.

Además del equipo de trabajo con dedicación exclusiva al objeto del contrato, se aportará un equipo de apoyo con el que se contará en situaciones concretas o cuando las circunstancias requieran de su colaboración:

Éste equipo estará integrado por:

- Un ingeniero o titulado superior que asumirá la dirección del proyecto, con una experiencia de, al menos, tres años en funciones de dirección y coordinación de proyectos

- Un licenciado en derecho que actuará como letrado asesor y que aporte una experiencia de, al menos, tres años en asesoría en materia de aguas y gestión tributaria

La Agencia podrá exigir en cualquier momento la sustitución de los componentes del equipo de trabajo que estime conveniente, siempre que según su criterio sea necesario para el correcto cumplimiento del objetivo de los trabajos.

El adjudicatario designará en la oferta un representante, que será el responsable ante ésta de la buena marcha de los trabajos. Este titular no podrá ser sustituido sin la conformidad previa de la

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Agencia, será el interlocutor para las cuestiones relativas al contrato y dará cuenta a la Agencia del desarrollo de los servicios contratados, en particular con ocasión de las reuniones periódicas de seguimiento que se realicen.

El equipo de trabajo aportado por el adjudicatario deberá adecuarse al funcionamiento de la Agencia, respondiendo adecuada y puntualmente a las cuestiones que se les plantee.

4.-AMBITO DEL TRABAJO

El ámbito del trabajo es la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Los servicios se prestarán en el lugar que, en cada momento, la Agencia Vasca del Agua estime oportuno para el desarrollo y seguimiento de los trabajos; teniendo en cuenta la necesaria prestación de un servicio de atención al público a desarrollar en principio en los locales de la Agencia en Miñano o en locales anexos a la misma. Los inspectores desarrollarán su labor sobre el terreno en los lugares que en cada momento resulte preciso.

Además de los locales, la Agencia pondrá a disposición del personal que preste estos servicios los medios informáticos, telefónicos, mobiliario, etc. que resulten necesarios. Concretamente, la Agencia pondrá a disposición de la empresa adjudicataria los siguientes medios:

- Puesto de trabajo compuesto por material de oficina como la mesa de trabajo, la silla, los armarios.

- Equipo informático para cada puesto de trabajo con acceso a Internet. - Teléfono fijo para cada puesto de trabajo.

- Impresora/Copiadora en los locales de la Oficina del Canon del Agua. - Material de Oficina.

El resto de medios materiales necesarios para la correcta ejecución del servicio contratado deberá facilitarlo la empresa adjudicataria. En particular, la empresa deberá facilitar a los inspectores los vehículos que precisen para sus desplazamientos a efectos de realizar las verificaciones sobre el terreno necesarias.

5.-ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

El responsable que designe la empresa adjudicataria será el interlocutor único de la Administración en relación con las cuestiones que se susciten con ocasión de la ejecución del contrato.

El equipo de gestión tramitará la documentación que se genere y atenderá un servicio de atención al público, que se desarrollará sustancialmente de forma telefónica y telemática. Las

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dudas que surjan con ocasión del desarrollo de su actividad las podrá contrastar con el equipo de apoyo que ponga a disposición la empresa adjudicataria.

Las consultas entre ambos equipos se efectuarán vía correo electrónico u otro medio susceptible de registro. Estas comunicaciones generadas entre los equipos de gestión y de apoyo se pondrán a disposición y serán comentadas con ocasión de las reuniones periódicas que celebren representantes de la empresa adjudicataria y la Agencia.

Los inspectores desarrollarán su actividad de acuerdo con el Plan de Inspección aprobado por la Agencia.

6.-SUPERVISIÓN, CONTROL Y DIRECCIÓN DEL PROYECTO

Incumbe a la Administración ejercer de una manera continuada y directa la supervisión y control de los trabajos. A este fin, la adjudicataria facilitará la visita o examen a cualquier proceso o fase del trabajo.

La Administración ayudará a la adjudicataria facilitándole la información que posea y colaborará con ella para conseguir el acceso a las fuentes de información que resulten necesarias.

La dirección de los trabajos será ejercida por un representante de la Administración que actuará como coordinador y supervisor, bien directamente, o bien a través de sus delegados, de la efectiva realización de los compromisos contraídos por la adjudicataria. Ésta deberá facilitar la labor de inspección proporcionando cuanta información le sea solicitada y poniendo en conocimiento de la Dirección cuantas incidencias se produzcan en el desarrollo de los trabajos.

Las funciones básicas de la Dirección de Contrato son, entre otras, las siguientes:

• Interpretar las cláusulas contenidas en los pliegos y demás disposiciones establecidas en el contrato.

• Supervisar el desarrollo de los trabajos, valoración y posterior recepción de los mismos. • encargar o formular las revisiones de escritos, informes, consultas, cuestiones y resto de

trabajos objeto del contrato.

• Imponer las penalidades que correspondan, de acuerdo a lo previsto en el apartado 8 de este Pliego.

Con la periodicidad que establezca la Dirección del Contrato, al menos una vez al mes (y quincenalmente si resultara necesaria), se realizarán reuniones de seguimiento. Durante esas reuniones, la empresa adjudicataria presentará informes de seguimiento elaborados a partir de los datos registrados sobre los indicadores señalados, que se evaluarán conjuntamente estableciendo las adecuaciones o medidas correctoras que se consideren adecuadas. Además de datos cuantitativos (volumen de consultas-solicitudes, plazos de resolución…), esos informes deben permitir conocer la tipología de consultas que vienen realizándose y las respuestas que se facilitan.

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Durante esas reuniones se procederá igualmente al análisis y aprobación de los trabajos realizados durante el mes anterior, previamente a la emisión de la correspondiente factura. Igualmente se precisarán los objetivos a cumplir durante el siguiente periodo de certificación.

Todo cambio o modificación sobre la oferta que resulte adjudicataria, deberá contar con la aprobación previa y expresa del Director del contrato que, en todo momento, podrá indicar variaciones en las directrices de los trabajos.

Cuando la adjudicataria, o las personas de él dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del trabajo, la Dirección del contrato podrá exigirle la adopción de medias concretas y eficaces para conseguir restablecer el buen orden en la ejecución del trabajo.

Los trabajadores vinculados a la prestación del servicio dependerán funcional y orgánicamente de la empresa adjudicataria.

7.- OBJETIVOS E INDICADORES DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION

El adjudicatario establecerá, de común acuerdo con el responsable del contrato, un sistema de registro que permita realizar un seguimiento periódico de la actividad desarrollada así como de los plazos de respuesta y del cumplimiento de los objetivos marcados. Ese registro recogerá, para cada uno de los ítems de seguimiento y control que se establezcan la fecha en la que la consulta, solicitud o documento de inicio llega o se plantea ante el equipo de gestión y la fecha en que recibe una respuesta adecuada.

Se señalan a continuación los items mínimos que ese sistema debe contener así como los objetivos a conseguir:

ITEM Objetivo plazo máximo de respuesta /

validación

Consultas recibidas por teléfono, E-Mail o por escrito

7 días

Solicitudes de exención-bonificación de abonados de entidades suministradoras

15 días

Declaración inicial y solicitudes de exención-bonificación para usuarios directos

15 días

Declaración inicial para entidades suministradoras

Un mes

Carga de datos de declaraciones de cantidades impagadas

15 días

Solicitudes de aplicación de sistema de estimación objetiva

15 días

Inventario de usos no declarados Un mes a partir de la contratación con revisión trimestral.

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Propuesta de convenio con entidades suministradoras

2 meses a partir de la presentación de la documentación por parte de las entidades

suministradoras Listado de cantidades impagadas 1/04/2010

Actuaciones de inspección A fijar en Plan de Inspección

En caso de que sea necesario requerir información adicional, los plazos anteriores se suspenderán durante el tiempo que medie entre el requerimiento de información y su respuesta.

En supuestos especiales o excepcionales, los objetivos anteriormente señalados podrán revisarse de común acuerdo en el seno de las reuniones periódicas de seguimiento, teniendo especialmente en cuenta los plazos medios de respuesta.

8.-PENALIDADESALCONTRATO

Siempre y cuando no se cumplan los objetivos de plazo máximo de respuesta / validación referidos en el apartado anterior y si el representante de la Administración que actúe como coordinador y supervisor lo considere oportuno tras el estudio de los casos se aplicarán unas penalidades al contrato.

Estas penalidades se ajustaran a la siguiente fórmula:

P = 50 + 10*t

Siendo P la penalidad en Euros ( € ) y t el tiempo transcurrido en días desde el vencimiento del plazo máximo de respuesta / validación.

9.-CUMPLIMIENTODELALEGISLACIÓNDEPREVENCIÓNDERIESGOSLABORALES

La empresa adjudicataria deberá cumplir escrupulosamente la ley vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, siendo necesario, a modo de comprobación documental, la presentación del Manual de Gestión de la prevención de los riesgos laborales aplicado en el desarrollo de su actividad.

Así mismo el personal de la empresa adjudicataria que realice trabajo de campo deberá ir adecuadamente equipado para realizar estos trabajos y adecuadamente Identificados con los logotipos que URA establezca a tal efecto y que en cada momento estime oportunos.

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10.-VALORACIÓN ECONÓMICA.

La Valoración económica del contrato se realizará anualmente y de la forma siguiente.

El personal de la empresa adjudicataria que tengan dedicación completa al contrato completaran una jornada anual de 1592 horas o su equivalente si no se completa un a anualidad completa.

El personal de apoyo de la empresa adjudicataria completará, como máximo y a afectos de certificación un total de 10 horas semanales.

Los precios máximos por HORA para la prestación de trabajos son los siguientes:

- Responsable del adjudicatario: 64,66 Euros. A esta cantidad le corresponde un IVA de

10,34 Euros, por lo que el precio máximo IVA incluido asciende a 75,00 Euros/hora profesional.

- Asesor equipo de apoyo: 50,86 Euros. A esta cantidad le corresponde un IVA de 8,14

Euros, por lo que el precio máximo IVA incluido asciende a 59,00 Euros/hora profesional.

- Titulado equipo de gestión: 36,21 Euros. A esta cantidad le corresponde un IVA de 5,79

Euros, por lo que el precio máximo IVA incluido asciende a 42,00 Euros/hora profesional.

- Inspector equipo de gestión: 27,58 Euros. A esta cantidad le corresponde un IVA de 4,42

Euros, por lo que el precio máximo IVA incluido asciende a 32,00 Euros/hora profesional

- Administrativo equipo de gestión: 18,10 Euros. A esta cantidad le corresponde un IVA de

2,90 Euros, por lo que el precio máximo IVA incluido asciende a 21,00 Euros/hora profesional.

- Licenciado o Diplomado en Ciencias Empresariales o en Administración y Dirección

de Empresas: 36,21 Euros. A esta cantidad le corresponde un IVA de 5,79 Euros, por lo que

el precio máximo IVA incluido asciende a 42,00 Euros/hora profesional.

En las cantidades anteriores se encuentran incluidos la totalidad de los costes que el adjudicatario deba soportar para la realización de los trabajos, tales como dietas y desplazamientos, adquisición de libros y documentación.

11.-PLAZODEEJECUCIÓN

El plazo de ejecución previsto asciende a DIECIOCHO (18) meses, con posibilidad de una prórroga por el mismo periodo.

Por su parte, la empresa que resulte adjudicataria iniciará la prestación de los servicios objeto del contrato a contar desde el día siguiente a la formalización del mismo, quedando desde esa fecha obligada al cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones dimanantes del contrato.

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12.- PRESUPUESTO

Se establece como presupuesto máximo de licitación de la presente contratación el establecido en la Carátula del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Al estar el presupuesto conformado por precios unitarios, el licitador ofertará el precio unitario relacionado en el Anexo VI del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (consistente en el modelo de proposición económica), no pudiendo rebasar en ningún caso el precio máximo dispuesto.

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ANEXO I

PLAN DE INSPECCIÓN Y PRÁCTICA

1.- ÁMBITO DEL PLAN:

- Entidades Suministradoras de Agua. - Actividades e Instalaciones Industriales.

- Aprovechamientos de Agua.(aprovechamientos propios-particulares, ganaderos, agericultores ..)Tanto los legalizados como los no legalizados.

2.- OBJETIVOS

− Garantizar el cumplimiento del Decreto 181/2008, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Régimen Económico-Financiero del Canon del Agua (BOPV de 18 de noviembre de 2008).

− Comprobar y validar que la información recibida en la oficina del Canon es cierta. − Obtención de los datos necesarios para la validación de las autoliquidaciones.

3.- PRÁCTICA DE LA INSPECCIÓN Y PROTOCOLO

− Trimestralmente se elaborará una propuesta de Plan de Inspección apoyada en los datos de los técnicos facilitados por la Agencia Vasca del Agua.

− Realización de las actuaciones relacionadas con los objetivos contempladas en el Plan de Inspección.

− Realización de inspecciones puntuales en respuesta a denuncias o indicios de irregularidades.

− El protocolo de la inspección se ajustará al siguiente procedimiento orientativo:

A) Aprovechamientos Legalizados.

- Recabar información del área a inspeccionar.

− Presentación en la Empresa Suministradora/Empresa/Finca del Inspector de la Oficina del Canon del Agua.

− Solicitud de la presencia de un representante de la Empresa Suministradora/Empresa/Finca.

− Informar al representante del objeto de la inspección:

− Visita a la zona de la toma del Agua y del Caudalímetro y registro de los datos necesarios.

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− Archivo de los datos tomados y preparación de un informe sobre la inspección.

B) Aprovechamientos No Legalizados

- Recabar información del área a inspeccionar.

− Priorización de las zonas de inspección y programación de las inspecciones. - Detección de posibles Usos no declarados del Agua.

− Realización del correspondiente informe y actualización del Inventario de Aprovechamientos.

− Información a la Oficina de Cuenca correspondiente o a la Confederación Hidrográfica en su caso del Uso detectado

4.- APROBACIÓN Y REVISIÓN DEL PLAN DE INSPECCIÓN

URA o su representante aprobarán y podrán revisar siempre que lo considere oportuno el Plan de Inspección previsto.

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