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PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES CAPITULO I DEL OBJETO

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PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES

CAPITULO I DEL OBJETO

ARTICULO 1º.- OBJETO: Contratar la locación de servicio de desarme, retiro, acarreo y traslado de infraestructuras con publicidad estática, instaladas en todo el Partido de General Pueyrredon, que no se ajusten a lo establecido por el Código de Ordenamiento Territorial (COT), Reglamento General de Construcciones (RGC), Reglamento de Instalaciones Eléctricas, Mecánicas, Térmicas y de Inflamables del Municipio, Código de Publicidad Urbana y por cualquier otra disposición nacional, provincial y/o municipal que le resulte aplicable.

ARTÍCULO 2º.- FORMA DE COTIZAR: El oferente deberá cotizar las cantidades estimadas que por cada renglón se indica seguidamente:

Renglón 1.- Cantidad: 1247

Detalle: Cartelería adosada sobre muros o autoportantes utilizadas como cerramientos sobre Línea Municipal en lotes baldíos y Obras en Construcción.

(Vallado Simple o Séxtuples).

Unidad Básica Referencial (Modulo 2,00 mts x 2,00 mts. – valor $ …….….. x Módulo).

Renglón 2.- Cantidad: 47

Detalle: Cartelería autoportante sobre estructura metálica y/o madera para cerramientos sobre Línea Municipal en lotes baldíos y Obras en Construcción.

(Hasta H=5,00 mts ).

Unidad Básica Referencial - (Módulo 2,00 mts x 2,00 mts. – valor $... x Módulo).

Renglón 3.- Cantidad: 49

Detalle: Cartelería autoportante sobre estructura metálica y/o madera para cerramientos sobre Línea Municipal o en interior de lotes privados y Obras en Construcción. (De H = 5,00 mts. hasta H = 10,00 mts ).

Unidad Básica Referencial- (Módulo 2,00 mts x 2,00 mts. – valor $ ………… x Módulo).

Renglón 4.- Cantidad: 27

Detalle: Cartelería autoportante sobre estructura metálica y/o madera en interior lotes privados - (De mas H = 10,00 mts ).

Unidad Básica Referencial- (Modulo 2,00 mts x 2,00 mts. – valor $ ………… x Módulo).

Renglón 5.- Cantidad: 27

Detalle: Cartelería autoportante sobre terrazas o techos de edificios con estructura metálica - (De H = 5,00 mts).

Unidad Básica Referencial- (Módulo 2,00 mts x 2,00 mts. – valor $ ………... x Módulo).

Renglón 6.- Cantidad: 27

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Detalle: Cartelería autoportante sobre terrazas o techos de edificios con estructura metálica. - (De H = 5,00mts. hasta H=10,00 mts).

Unidad Básica Referencial- (Módulo 2,00mts x 2,00mts. – valor ……… x Módulo).

Renglón 7.- Cantidad: 47

Detalle: Cartelería autoportante sobre terrazas o techos de edificios con estructura metálica. - (De H = 10,00 mts. hasta H=20,00 mts).

Unidad Básica Referencial - (Módulo 2,00 mts x 2,00 mts. – valor $... x Módulo).

Renglón 8.- Cantidad: 16

Detalle: Cartelería autoportante sobre terrazas o techos de edificios con estructura metálica. - (De mas de H=20,00 mts).

Unidad Básica Referencial - (Módulo 2,00 mts x 2,00 mts. – valor $ ……….. x Módulo).

Renglón 9.- Cantidad: 18

Detalle: Cartelería adosada en muros medianeros sobre marco estructural.

Unidad Básica Referencial - (Módulo 2,00 mts x 2,00 mts. – valor $ ……….. x Módulo).

Renglón 10.- Cantidad: 47

Detalle: Cartelería adosada en muros medianeros sobre marco estructural con retiro utilizando silleta.

Unidad Básica Referencial - (Módulo 2,00 mts x 2,00 mts. – valor $ ……….. x Módulo).

Renglón 11.- Cantidad: 45

Detalle: Cartelería sobre monocolumnas metálicas utilizando hidroelevador.

(Hasta H=20,00mts.)

Unidad Básica Referencial - (Módulo 2,00 mts x 2,00 mts. – valor $ ……….. x Módulo).

Renglón 12.- Cantidad: 697

Detalle: Marquesina publicitaria (Hasta H = 3,00 mts.)

Unidad Básica Referencial – (Módulo 1,00 mts x 1,00 mts. – valor $ ……….. x Módulo).

Renglón 13. – Cantidad: 147

Detalle: Marquesina publicitaria (De mas de H = 3,00mts.)

Unidad Básica Referencial – (Módulo 1,00 mts x 1,00 mts. – valor $ ……….. x Módulo).

Renglón 14.- Cantidad: 201

Detalle: Carteles Front Light o Luminosos (Hasta H 3,00 mts.)

Unidad Básica Referencial – (Módulo 1,00 mts x 1,00 mts. – valor $ ……….. x Módulo).

Renglón 15.- Cantidad: 197

Detalle: Carteles Front Light o Luminosos (De mas de H = 3,00 mts.)

Unidad Básica Referencial – (Módulo 1,00 mts x 1,00 mts. – valor $ ……….. x Módulo).

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2.1 DE LA MODALIDAD DE TRABAJO

La DIRECCION GENERAL DE INSPECCION GENERAL dependiente de la Subsecretaría de Control de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de General Pueyrredon requerirá los servicios a la contratista mediante una Orden de Trabajo, en función de las necesidades y/o prioridades que establezca la Autoridad de Aplicación. En dicha Orden de Trabajo se detallarán las características de los elementos de publicidad antirreglamentarios a ser retirados, días y horarios de trabajo, destino de los materiales y modalidad de acopio de los mismos.

2.2. DE LOS EQUIPOS, MANO DE OBRA, GASTOS Y COSTOS:

La contratista deberá incluir, dentro de su cotización, todos los gastos y costos que le irrogue la prestación para cumplir con el objeto del presente llamado. A título ilustrativo se detallan:

a) Vehículos de distinto porte (camiones, hidroelevadores, hidrogrúas, camionetas, etc.) habilitados y con seguros de RC y Técnico para la finalidad a la que están destinados.

b) El relativo al personal, tanto operativo como técnico y/o profesional necesario para asegurar un eficiente y seguro servicio. (incluye ART especifico en virtud de la especialidad o rama).

c) Traslados, combustible, seguros, vallamiento, balizamiento, medidas de seguridad, etc.

d) Equipos de desmonte, desguase, equipos de energía alternativos, etc.

i) Sistema de comunicación del personal.

k) Derechos, tasas, e impuestos que pesen sobre la prestación o para el cometido de ella.

ARTÍCULO 3°.- CAPACIDAD, INFRAESTRUCTURA Y SOLVENCIA TÉCNICA/OPERATIVA:

El oferente deberá estar encuadrado dentro de los comercios habilitados en el rubro GRAFICA, FABRICA DE CARTELES, AGENCIAS DE PUBLICIDAD, EMPRESAS CONSTRUCTORAS. Además deberá probar su capacidad y solvencia, tanto técnica, de infraestructura y operativa, acompañando con su oferta todo instrumento que pueda acreditar tal extremo, como por ejemplo de antecedentes en prestaciones de montaje y desmontaje de estructuras o elementos publicitarios de similares características y envergadura a las que por la presente se licita.

ARTÍCULO 4°.- HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO: La Contratista deberá cumplir para la prestación del servicio con todo lo normado en el Decreto Nacional 911, sus Normas reglamentarias y complementarias que le sean pertinentes.

ARTÍCULO 5°.- PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN: Se establece como periodo de vigencia el de DOS (2) MESES o HASTA CONCLUIR LAS CANTIDADES DE PRESTACIÓN ESTIMADAS EN EL ART. 1º DEL PRESENTE, a partir de la fecha de adjudicación.

ARTÍCULO 6º.- IUS VARIANDI: La Municipalidad se reserva el derecho, a su solo e inapelable juicio, de ampliar o reducir el monto total del contrato en hasta en un veinte por ciento (20%), no generando a favor de la firma contratista derecho alguno o lucro cesante, ni indemnización de naturaleza alguna.

ARTICULO 7° AUTORIDAD DE APLICACIÓN DEL CONTRATO: La supervisión de la ejecución de la prestación y autoridad de aplicación de la presente

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contratación estará a cargo de la DIRECCION GENERAL DE INSPECCION GENERAL dependiente de la Subsecretaría de Control a cargo de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de General Pueyrredon.

La inspección resolverá todas las incidencias que se presentes durante la prestación, debiendo la firma proveedora sujetarse a sus disposiciones, en el marco del contrato.

CAPÍTULO II DE LA COTIZACIÓN

ARTÍCULO 8°.- FORMA DE COTIZAR: El oferente deberá cotizar la totalidad de la prestación, con expresa indicación de cada VALOR UNITARIO PARA CADA TIPO DE MODULO, importe ofertado que será la única y total retribución que se recibirá por la prestación.

ARTÍCULO 9°.- MANTENIMIENTO DE OFERTA: Mínimo TREINTA (30) días hábiles. Se considerará automáticamente prorrogado por igual período, salvo expresa manifestación en contrario, la que deberá presentarse junto con la oferta.

CAPÍTULO III DE LAS PROPUESTAS

ARTÍCULO 10°.-PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: Serán presentadas en la Dirección General de Contrataciones hasta el día y la hora de apertura; en sobre debidamente cerrado e identificado en la cubierta exterior de la siguiente manera:

EXPEDIENTE Nº 6867-8-2012 CUERPO 1

LICITACIÓN PRIVADA Nº 37/12 SEGUNDO LLAMADO

“CONTRATACION PARA EL RETIRO DE INFRAESTRUCTURA CON PUBLICIDAD ESTATICA EN VIA PÚBLICA”

FECHA DE APERTURA: ……….. HORA: ……….

El sobre contendrá la siguiente documentación:

10.1. Declaración jurada, suscripta por el proponente, en donde se manifieste conocer y aceptar íntegramente el contenido del Pliego de Bases y Condiciones de esta licitación y aceptando, para cualquier cuestión que se suscite, la actuación de los Juzgados Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires con asiento en el Departamento Judicial de Mar del Plata renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción inclusive el Federal, y fijando domicilio legal en la ciudad de Mar del Plata en el cual se tendrán como válidas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales que se cursen, conforme Formulario Nº 1.

10.2. El Pedido de Cotización, escrito con letra tipo imprenta, consignando la cotización en números y la cotización total en letras, el que estará debidamente firmado por el oferente o su representante o autorizado debidamente acreditado en los términos del art. 13º y siguientes de la Ordenanza Nº 267/80. Tratándose de cotizaciones de un único ítem, cuando existiera diferencia entre las cifras consignadas en números y letras se tomará como válida la consignada en letras.

Cuando no se correspondan los precios totales con los unitarios, estos se tomarán como base para determinar aquellos y el total de la propuesta. Se entiende que los productos que se cotizan se ajustan en un todo a las características requeridas en el Pedido de Cotización, aún cuando el oferente decida presentar su propuesta en formulario propio y en la descripción de los ítems cotizados no incluya la totalidad de las propiedades que se describen en el Pedido de Cotización. El oferente deberá efectuar aclaraciones a su cotización en hoja aparte, todas las cuales deberán estar debidamente firmadas.

10.3. Documentación que acredite su capacidad técnica operativa /infraestructura

a) Detalle de los equipos que el oferente pondrá en uso para la realización del trabajo y sus reemplazos si correspondiere

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b) Antecedentes y documentación pertinente de prestaciones semejantes en los tres (3) últimos años, equivalentes o superiores a la presente, mediante las copias de los contratos celebrados con el Estado Nacional, Provincial y Municipalidades. Asimismo podrá presentar toda otra documentación que considere conveniente a fin de ampliar la información aportada.

c) Antecedentes de prestaciones de similar o mayor envergadura que por el presente se licita, prestado a particulares en los últimos tres (3) años. El Municipio se reserva el derecho de constatar la veracidad, compulsando con los comitentes.

10.4. Certificado Fiscal para Contratar (AFIP)

10.5. Constancia de haber efectuado el Depósito en Garantía de Oferta.

10.6. Constancia que acredite no encontrarse registrado en el Registro de Deudores Morosos Alimentarios en los términos de la Ley 13.074 (Las personas jurídicas, a los fines de verificar el cumplimiento del presente deberán acompañar, cuando no se encuentre actualizado en el Registro de Proveedores del Municipio, deberán acompañar con la propuesta copia del acta de designación de autoridades e instrumentos que acrediten la personería del firmante de la propuesta.).

Ningún sobre podrá tener en su cubierta exterior señal o inscripción que permita identificar al proponente.

ARTÍCULO 11º.- DÍA INHÁBIL: Si el día fijado para el acto de apertura del sobre fuera declarado feriado o de asueto administrativo, el mismo se realizará el día hábil inmediato siguiente, en el mismo lugar y hora indicados.

ARTÍCULO 12º.- RECEPCIÓN: El sobre será depositado en la Dirección General de Contrataciones hasta el día y hora de la apertura, previa imposición del cargo de dicha dependencia con expresa indicación de fecha y hora de ingreso por parte del funcionario receptor.

ARTÍCULO 13°.- ADMISIÓN DE PROPONENTES Y DE PROPUESTAS:

13.1. PROPONENTES: Para ser admitidos en el presente procedimiento los postulantes deberán estar inscriptos en el REGISTRO DE PROVEEDORES de esta Municipalidad o haber dado inicio al trámite de inscripción y finalizado QUINCE (15) días hábiles posteriores a la fecha de apertura de la licitación.

13.2. PROPUESTAS: Sólo revestirán carácter de oferta válida las que se ajusten a las disposiciones de este pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello, si se comprobara posteriormente algún incumplimiento que no fue advertido al momento de la licitación, será causal de rechazo de oferta.

Se podrá a efectos de su consideración y a absoluto criterio de la Municipalidad, no tomar en cuenta errores, omisiones o imperfecciones de tipo formal y no esenciales de las que adoleciere alguna de las propuestas, salvo en la consignación del precio tanto en números como en letras, donde las enmiendas y/o raspaduras no podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de sobres.

ARTÍCULO 14°.- CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas serán rechazadas cuando:

14.1. El mismo proponente se haya integrado en dos (2) o más propuestas.

14.2. La omisión de cualquiera de los requisitos enunciados en este pliego y su no subsanación, cuando se le intimare a ello, en los plazos que este pliego prevé.

14.3. La existencia de raspaduras, enmiendas o entrelíneas en la propuesta, que no se encuentren debidamente salvadas por todos los responsables de la propuesta, en las condiciones que se fijan en este pliego.

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14.4. Se aparten de las cláusulas del pliego o fijen condiciones incompatibles con éste.

14.5. Presenten falseamiento de datos o información incompleta.

14.6. Falta de constitución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.

Este listado es meramente enunciativo, dando lugar al rechazo de la propuesta cualquier otro requisito no cumplimentado, que a juicio de la Municipalidad revista el carácter de esencial o vulnere los principios del procedimiento licitatorio.

ARTÍCULO 15º.- DESISTIMIENTO DE PROPUESTA O DE LA ADJUDICACIÓN:

Cuando el oferente desistiera de su Resultará de aplicación las disposiciones del Art. 119 y concordantes del Decreto Provincial 2980/00, sin perjuicio de las demás disposiciones que fija el presente pliego.

CAPÍTULO IV

DE LAS MULTAS Y SANCIONES

ARTÍCULO 16º.- MULTAS: Se aplicará multa, que podrá graduarse conforme la importancia del hecho que la motivó entre el cinco por ciento (5%) y el cuarenta por ciento (40%) del importe de la facturación correspondiente, por las siguientes transgresiones:

16.1. Por mora en los plazos de entrega de la prestación o de presentación de documentación que deba acreditar ante la Autoridad de Aplicación

16.2. Por incumplimiento a las órdenes impartidas por la inspección, deficiencias en la calidad de las tareas, y/o cualquier otro vicio o defecto en la ejecución de la tarea.

16.3. Por toda otra contravención a las disposiciones del presente pliego o a las indicaciones de la Autoridad de Aplicación, que no hubieran sido tipificadas específicamente.

El importe de la multa será objeto de retención preventiva en la facturación.

Si el importe resultara insuficiente una vez establecida la sanción definitiva, la suma resultante se percibirá de cualquier importe que tenga la empresa por cobrar.

Por otra parte si el importe retenido preventivamente hubiere resultado excesivo o no correspondiere la aplicación de multa, el monto retenido se devolverá nominal, o sea, sin actualizaciones ni intereses ni ajustes por cualquier concepto que fuere.

ARTÍCULO 17º.- REINCIDENCIA: En caso de reincidencia, las multas a aplicar se incrementaran gradualmente en virtud del rango establecido en el artículo precedente, y llegado al máximo fijado en ellos se duplicarán los porcentajes máximos, en relación a la sanción antecedente.

ARTÍCULO 18º.- SANCIONES: Sin perjuicio de la aplicación de las multas que resulta pasible la contratista por sus incumplimientos, conforme lo indicado en los artículos 16º y 17º del presente, ella podrá ser pasible accesoriamente y a tenor de la gravedad de los incumplimientos de las siguientes sanciones:

- Llamado de atención - Apercibimiento

- Suspensión de hasta tres (3) años del Registro de Proveedores.

- Baja del Registro de Proveedores.

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ARTÍCULO 19º.- PROCEDIMIENTO: Constatada la infracción se labrará por parte de la Autoridad de Aplicación de la prestación, el acta correspondiente, dejándose constancia de la fecha, hora y causa de la infracción.

A los efectos de que la empresa pueda alegar y probar lo que estime pertinente en relación a la infracción que se le imputa, se le otorgará un plazo perentorio de dos (2) días hábiles para efectuar los descargos pertinentes y aportar la prueba. Oídos éstos, se establecerá la sanción definitiva, notificando a la contratista.

Contra el acto administrativo que dicte la autoridad de aplicación imponiendo sanciones, será procedente la interposición de los recursos previstos en la Ordenanza General 267.

De corresponder, el importe de la sanción será objeto de retención preventiva en el pago de la facturación correspondiente al mes de la infracción.

Si el importe retenido resulta insuficiente, una vez establecida la sanción definitiva, la suma resultante será compensada y percibida en los términos de los artículos 818 ss. y conc. del Código Civil, con cualquier importe que tenga la empresa contratista a cobrar y/o podrá efectivizarse también del depósito de garantía, a exclusiva elección de la Municipalidad y sin orden de prioridad alguna. Por otra parte, si el importe retenido preventivamente hubiere resultado excesivo o no correspondiere la aplicación de multa, el mismo se devolverá nominal, o sea, sin actualizaciones ni intereses ni ajustes por cualquier concepto que fuere.

CAPÍTULO V DE LA ADJUDICACIÓN

ARTÍCULO 20º.- SOBRE LA ADJUDICACIÓN: La adjudicación se efectuará por montos totales ponderados por las cantidades estimadas a un solo proveedor, resultando la oferta más conveniente la de menor cotización total.

ARTÍCULO 21º.- ÚNICA OFERTA: En el caso que hubiere una sola oferta válida por falta o rechazo de las restantes, ello no significará obstáculo alguno para que la adjudicación definitiva se lleve a cabo con relación a ella siempre y cuando dicha oferta reúna, a juicio exclusivo de la Municipalidad, las condiciones necesarias como para merecer la adjudicación. La existencia de una única propuesta de ningún modo obligará a la Municipalidad a aceptar la misma de pleno derecho.

ARTÍCULO 22º.- RECHAZO DE TODAS LAS OFERTAS: La Municipalidad no estará obligada a adjudicar a oferta alguna, pudiendo rechazarlas todas si lo estimare conveniente, sin derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes, conforme lo prescribe los artículos 154° de la Ley Orgánica de la Municipalidades y 188° del Reglamento de Contabilidad respectivamente.

CAPÍTULO VI

DE LAS IMPUGNACIONES

ARTÍCULO 23º.- OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES: Se realizarán de la siguiente manera:

23.1 AL ACTO DE APERTURA: Sólo se admitirán impugnaciones y observaciones al acto y al finalizar el mismo.

23.2 A LAS OFERTAS: Deberán presentarse con posterioridad al acto licitatorio por escrito y con copia en forma individual por cada oferente en la Dirección Gral.

de Contrataciones. A los efectos de formular impugnaciones y observaciones a las ofertas, la documentación quedará a la vista de los licitantes a partir del segundo día hábil posterior a la apertura y por el término de dos (2) día. El plazo para la presentación de las impugnaciones será de un (1) día hábil siguiente al de toma de vista de la documentación.

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De las impugnaciones se correrá traslado por (1) un día hábil; en ningún caso se abrirán a prueba las presentaciones, resolviéndose sobre la base de estas, sin perjuicio de las facultades verificadoras de la Municipalidad.

CAPÍTULO VII DE LA INFORMACIÓN

ARTÍCULO 24º.- AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN: La Municipalidad podrá solicitar de cualquier oferente todo tipo de información complementaria o aclaratoria, que considere necesaria a los fines verificatorios.

Sólo se admitirá la incorporación a las actuaciones de la documentación expresamente solicitada por la Municipalidad.

Respecto al plazo para la presentación de la información complementaria o ampliatoria requerida, queda a criterio de la Comisión Asesora de Adjudicación la fijación del mismo teniendo en cuenta la complejidad de la documentación requerida o si la misma requiere de certificaciones, legalizaciones, etc.

Si no se recibiere la respuesta en término o la información suministrada no satisficiese -a juicio de la Municipalidad- los fines requeridos, tendrá derecho la Municipalidad a rechazar la propuesta sin recurso alguno por parte del oferente o se la evaluará con las constancias obrantes en las actuaciones.

En ningún caso se abrirán a prueba las incidencias, resolviéndose la adjudicación sobre la base de las presentaciones, sin perjuicio de las facultades verificadoras de la Municipalidad.

CAPÍTULO VIII

DE LA COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACIÓN

ARTÍCULO 25°.- COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACIÓN: La evaluación de las propuestas, podrá estar a cargo de una Comisión Asesora de Adjudicación, la que será convocada por la Dirección General de Contrataciones conforme los términos del artículo 1° del Decreto N° 2220/78.

Esta Comisión tendrá facultades para requerir a los oferentes documentación que amplíe, complemente, subsane o sanee los documentos presentados al acto licitatorio y todas aquellas facultades necesarias para cumplir eficazmente su cometido.

CAPÍTULO IX DEL PAGO

ARTÍCULO 26°.- FORMA DE PAGO: La prestación se abonará por prestaciones mensuales, dentro de los treinta (30) días de la fecha de la conformación de la factura por parte de la DIRECCION GENERAL DE INSPECCION GENERAL. Si la factura fuera devuelta con observaciones, los plazos establecidos para el pago comenzarán a regir a partir de la nueva presentación.

ARTICULO 27°.- EFECTIVIZACIÓN DEL PAGO: Los pagos se efectuarán en el Departamento de Pagos de la Municipalidad, San Martín Nº 2959 1º Piso, Mar del Plata, mediante cheque a nombre del beneficiario, NO A LA ORDEN y cruzado, los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 8.30 a 14.00.

Los cheques se emiten diariamente en el horario de 8.30 a 13.00, para ser efectivizados en el día siguiente, sin excepciones. No puede bajo ningún concepto ser efectivizado un pago cuya emisión de cheques no haya sido previamente informada al banco.

27.1. COBRO POR UN TERCERO: Para que el trámite de cobro lo pueda efectuar un tercero deberá acreditar un poder que así lo autorice y recibo oficial del proveedor.

27.2. PAGO ELECTRÓNICO: En el caso de implementarse el sistema de pago electrónico a proveedores municipales, el adjudicatario deberá habilitar cuenta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires e informar su tipo y número en planilla

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destinada a tal efecto que deberá retirar de la Dirección General de Compras y Suministros.

CAPITULO X DE LAS GARANTIAS

ARTÍCULO 28º.- FORMAS DE CONSTITUIR LAS GARANTÍAS: Las garantías exigidas en el presente pliego, podrán constituirse en alguna de las siguientes formas:

28.1. Dinero en efectivo, giro o cheque certificado contra una institución bancaria, a la orden de la Municipalidad de General Pueyrredon.

28.2. Fianza bancaria a otorgarse sin reservas ni limitaciones, estableciendo expresamente que las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle, la misma se presentará con certificación hecha por ante Escribano Público, de las firmas de quienes la suscriban y de la personería y facultades que le asisten para obligar a la entidad bancaria; la firma del Escribano actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional, cuando este fuere de jurisdicción distinta a la Provincia de Buenos Aires.

28.3. Póliza de Seguro de Caución, la que deberá cumplir con las condiciones que se enumeran, de conformidad con lo establecido por el Decreto Nacional Nº 411/69 y por el Decreto Municipal Nº 2458/07, debiendo ser emitidas por una Compañía que se halle inscripta en el Registro Municipal de Compañías Aseguradoras, la que deberá constituir domicilio en la ciudad de Mar del Plata. Las pólizas deberán ser acompañadas de la certificación, hecha por Escribano Público, de las firmas de quienes las suscriben y de la personería y facultades que les asisten para obligar a la entidad aseguradora; la firma del Escribano actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional, cuando este fuera de jurisdicción distinta a la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, se deberán tener en cuenta los siguientes recaudos:

28.3.1. Instituir a la Municipalidad de General Pueyrredon como "Asegurado" y presentar conjuntamente con la póliza recibo oficial donde conste haber abonado la prima total por el período de contratación.

28.3.2. Cubrir o participar en forma solidaria, en concurrencia con otros garantes hasta el importe total de la garantía que se exige y mantener su vigencia mientras no se extingan las obligaciones cuyo cumplimiento se cubre.

28.3.3. Establecer que los actos, declaraciones, acciones u omisiones del oferente o adjudicatario del servicio, que actúe como tomador de la póliza, no afectarán en ningún caso los derechos del asegurado frente al asegurador.

28.3.4. Determinar que el asegurador responderá con los mismos alcances y en la misma medida en que, de acuerdo con la legislación vigente, el presente pliego y el contrato respectivo, corresponde afectar total o parcialmente las garantías.

28.3.5. Instituir que, una vez firme la resolución dictada dentro del ámbito de la Municipalidad, que establezca la responsabilidad del oferente o

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adjudicatario por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el asegurado tendrá derecho a exigir del asegurador el pago pertinente, luego de haber resultado infructuosa la intimación extrajudicial de pago hecha a aquél, no siendo necesaria ninguna otra interpelación ni acción previa contra sus bienes.

28.3.6. Estipular que el siniestro quedará configurado reunidos los requisitos del punto anterior al cumplirse el plazo que la Municipalidad establezca en la intimación de cumplimiento hecha al oferente o adjudicatario, sin que se haya satisfecho tal requerimiento y que el asegurador deberá abonar la suma correspondiente, dentro del término de quince (15) días de serle requerida.

28.3.7. Fijar que la prescripción de la acción contra el asegurador, se producirá cuando prescriban las acciones de la Municipalidad contra el oferente o adjudicatario, de acuerdo a las disposiciones legales y contractuales aplicables.

28.3.8. Establecer expresamente que para cualquier cuestión emergente del contrato, las partes se someten a la jurisdicción los Tribunales ordinarios de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.

28.3.9. En caso de existir dos (2) o más instrumentos cubriendo cada uno de ellos en forma parcial la caución exigida por el asegurado, el asegurador participará en forma solidaria en concurrencia con los otros garantes, hasta el importe total de la garantía o suma asegurada.

28.3.10. La compañía aseguradora debe, en la póliza, constituir domicilio legal en la ciudad de Mar del Plata.

ARTICULO 29º.- GARANTIA DE OFERTA: El proponente acompañara, al formular la propuesta, constancia de haber efectuado el Depósito de Garantía de Oferta, por el equivalente al UNO por ciento (1%) del presupuesto oficial, en la forma y en el plazo previsto en el presente pliego.

ARTICULO 30º.- DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Como condición para la firma del contrato o para la emisión de la Orden de Compra en su caso, el adjudicatario deberá afianzar ello con una suma igual al CINCO por ciento (5%) del monto total adjudicado, efectuándolo de acuerdo con lo establecido en este pliego. Esta fianza o garantía deberá extender su vigencia hasta la extinción total de las obligaciones cuyo cumplimiento se cubre.

ARTÍCULO 31º.- VENCIMIENTO PLAZO CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA: Si el adjudicatario no constituyera la garantía de contrato en legal tiempo y forma, perderá la garantía de oferta constituida, quedando sin efecto la adjudicación y configurándose violación a la obligación de mantener la oferta en los términos del presente pliego y lo normado en el Dto. Pcial. 2980/00.

ARTÍCULO 32°.- PLAZO PARA EL DEPÓSITO: El plazo será:

32.1. GARANTIA DE OFERTA: Mediante:

32.1.1. Fianza bancaria o seguro de caución o mediante pagaré certificado hasta dos (2) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura. En caso de presentar póliza y ésta tuviese deficiencias, podrán ser subsanadas hasta un (1) día hábil administrativo anterior a la apertura de la licitación, fecha en que deberá ingresar a Tesorería Municipal.

32.1.2. Dinero en efectivo hasta el último día hábil inmediato anterior a la fecha de apertura.

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32.2. GARANTIA DE CONTRATO: Cualquiera sea el tipo de depósito que realice, dentro de los cinco (5) días hábiles de notificado el acto administrativo de adjudicación.

ARTÍCULO 33°.- PLAZO DE DEVOLUCIÓN: Las garantías serán devueltas:

33.1. GARANTIA DE OFERTA: Esta garantía será devuelta:

33.1.1. A los oferentes, una vez que se encuentre firme y consentido el acto administrativo por el cual se disponga la adjudicación o rechazo de las propuestas o en su defecto, una vez vencido el plazo establecido para el mantenimiento de la oferta.

33.1.2. Al adjudicatario, previo cumplimiento del depósito de garantía de contrato.

33.2. GARANTIA DE CONTRATO: Se formalizará únicamente a pedido de parte y una vez cumplida la totalidad de las prestaciones y probada la inexistencia de deudas o compromisos con el personal, multas aplicadas por la autoridad municipal y/o cualquier otra obligación, a cuyos efectos presentará certificación suscripta por Contador Público y autenticada su firma por el Consejo Profesional respectivo, de que no registra deuda alguna de tipo fiscal, laboral, previsional u otras con el estado nacional y/o provincial y/o municipal.

En ningún caso los depósitos dados en garantía devengarán intereses a cargo de la Municipalidad.

CAPÍTULO XI

DE LA RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

ARTÍCULO 34°.- CLÁUSULA DE INDEMNIDAD: La contratista se compromete y acuerda en forma irrevocable mantener indemne a la Municipalidad por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo o naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica, o dependientes del contratista, cualquiera fuera la causa del reclamo, responsabilidad que se mantendrá aún terminado el contrato por cualquier causa. La responsabilidad se extenderá a indemnización, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa. En estos casos la Municipalidad queda facultada para afectar cualquier suma que por cualquier concepto la Municipalidad adeudara a la contratista, sin que ello limite la responsabilidad de esta última.

CAPITULO XII SEGUROS

ARTÍCULO 35.- RESPONSABILIDAD CIVIL

La contratista asumirá la responsabilidad civil y en consecuencia, deberá contratar un seguro contra todo riesgo por todo el período de contratación hasta cubrir la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000,00), con una compañía reconocida por la Superintendencia de Seguros de la Nación e inscripta en el Registro Municipal respectivo. Dicho seguro deberá cumplir con todas las exigencias detalladas en el artículo 25 del presente Pliego.

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CAPÍTULO XIII

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 36°.- RÉGIMEN LEGAL: Los oferentes de esta licitación quedan comprendidos dentro de los preceptos de la legislación específica en materia de la presente contratación, la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Reglamento de Contrataciones de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, Ordenanza General de Procedimiento Nº 267/80, Decretos Provincial Nº 2980/00 y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas por este Pliego de Bases y Condiciones.

ARTÍCULO 37°- IMPUESTOS: La Municipalidad reviste el carácter de sujeto EXENTO en el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, por lo tanto el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que incluye el citado impuesto.

CAPÍTULO XIV

DEL PRESUPUESTO OFICIAL

ARTÍCULO 38°.- PRESUPUESTO OFICIAL: Se establece en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000). -

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FORMULARIO Nº 1:

A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON:

Por medio de la presente el OFERENTE...

a la LICITACIÓN PRIVADA Nº 37/12 SEGUNDO LLAMADO, declara bajo juramento conocer y aceptar en todos sus términos el pliego de bases y condiciones, Formulario Nº 1, y Pedido de Cotización que rige el presente trámite destinado a la “Contratación para el retiro de infraestructura con publicidad estática en vía pública”, convocada por la Municipalidad de General Pueyrredon y cuyas cláusulas generales y particulares aceptamos sin condicionamiento alguno.

Asimismo, para todas las situaciones emergentes de la citada licitación, se somete a los Juzgados Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires con asiento en el Departamento Judicial de Mar del Plata, con renuncia expresa a todo otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio en la ciudad de Mar del Plata en calle ………..………… Nº……….…

Piso……… Departamento……….-

Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de...

(interesado/s, apoderado/s, representante/s legal/es)

circunstancia que queda acreditada con ...

(este párrafo se cumplimenta cuando no actúa como interesado directo).

Firma/s:

Aclaración de firma/s:

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