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Aplicación de la programación neurolinguística en la materia de leyes orgánicas de la administración de justicia carrera de derecho Uniandes

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Academic year: 2020

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

PROGRAMA DE MAESTRÍA EN DOCENCIA UNIVERSITARIA MENCIÓN CIENCIAS JURÍDICAS

PROYECTO DE EXAMEN COMPLEXIVO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAGISTER EN DOCENCIA UNIVERSITARIA

MENCIÓN CIENCIAS JURÍDICAS

TEMA:

“APLICACIÓN DE LA PROGRAMACION NEUROLINGUISTICA EN LA MATERIA DE LEYES ORGANICAS DE LA ADMINISTRACION DE

JUSTICIA CARRERA DE DERECHO UNIANDES”

AUTORA: DRA. TOAPAXI ALVAREZ PAULINA ELIZABETH ASESOR: DR. JORDAN NARANJO GENARO VINICIO Mg

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APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

CERTIFICACIÓN:

Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado por la DRA. TOAPAXI ALVAREZ PAULINA ELIZABETH, maestrante del programa de MAESTRÍA EN DOCENCIA UNIVERSITARIA MENCIÓN EN CIENCIAS JURÍDICAS, Facultad de Jurisprudencia, con el tema: “APLICACIÓN DE LA PROGRAMACION NEUROLINGUISTICA EN LA MATERIA DE LEYES ORGANICAS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA CARRERA DE DERECHO UNIANDES”, ha sido prolijamente revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de los Andes -UNIANDES-, por lo que apruebe su presentación.

Ambato, Noviembre de 2017

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DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

Yo,DRA. TOAPAXI ALVAREZ PAULINA ELIZABETH, maestrante del programa de MAESTRÍA EN DOCENCIA UNIVERSITARIA MENCIÓN CIENCIAS JURÍDICAS, Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de investigación, previo a la obtención del grado académico de MAGISTER EN DOCENCIA UNIVERSITARIA MENCIÓN CIENCIAS JURÍDICAS, son absolutamente originales, auténticos y personales; a excepción de las citas, por lo que son de mi exclusiva responsabilidad.

Ambato, Noviembre de 2017

_______________________________ Dra. Toapaxi Álvarez Paulina Elizabeth CI. 1803125481

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DERECHOS DE AUTORA

Yo, DRA. TOAPAXI ALVAREZ PAULINA ELIZABETH, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art. 85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice: El Patrimonio de Ia UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual sobre las Investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultaría que se realicen en la Universidad o por cuenta de ella;

Ambato, Noviembre de 2017

_______________________________ Dra. Toapaxi Álvarez Paulina Elizabeth CI. 1803125481

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DEDICATORIA

A Dios, que constituye el pilar fundamental de mi existencia, pues

me ha acompañado en cada paso, bendiciéndome y

proporcionándome la fortaleza para seguir siempre adelante.

A mis padres, quienes han sido mi apoyo incondicional, mis más

grandes maestros, por ser mi guía, por sus consejos, los valores

y principios que me han inculcado, por su amor incondicional y

motivarme a no rendirme y alcanzar mis metas.

A mi esposo Juan Carlos Cortés e hijos Juan Carlos y María

Victoria por ser fuente de inspiración en todos mis proyectos

emprendidos.

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AGRADECIMIENTO

A Dios por su infinito amor quien nos da la vida y nos guía por

el sendero correcto para encaminarme en el bien y la verdad.

A la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Regional

Autónoma de los Andes “UNIANDES”, por permitirme avanzar

día a día en el conocimiento de la Ciencia del Derecho, tengo que

expresar el reconocimiento especial y mi más noble

agradecimiento a mis distinguidos catedráticos, quienes han

sabido compartirme sus conocimientos y experiencias,

haciéndome capaz de aplicar lo teórico y lo práctico, apegado a

los valores éticos, morales, y los servicios a la colectividad.

Un agradecimiento muy especial a mi asesor Dr. Genaro Jordán

Naranjo, por su constante y acertado asesoramiento, apoyo y

compresión.

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INDICE PORTADA

APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

DERECHOS DE AUTORA DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO INDICE

RESUMEN ABSTRACT

a) TEMA: ... 1

b) PROBLEMA QUE SE VA A INVESTIGAR ... 1

c) JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD ACTUALIDAD E IMPORTANCIA DEL TEMA. ... 1

d) OBJETIVOS ... 2

e) LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: ... 3

f) FUNDAMENTACIÓN TEORICO-CONCEPTUAL... 3

EPIGRAFE I ... 3

1. PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE. ... 3

1.1. MODELOS DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE ... 3

1.1.1. EL MODELO PSICOMÉTRICO ... 3

1.1.2. EL MODELO EDUMÉTRICO ... 5

1.1.3. LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA ... 8

1.1.4. LA EVALUACIÓN FORMATIVA:... 9

1.1.5. LA EVALUACIÓN SUMATIVA: ... 9

1.1.6. EVALUACIÓN INTEGRAL DE RESULTADOS DE APRENDIZAJE .... 11

(8)

1.2.1. OBLIGACIÓN DE CALIFICAR. ... 12

1.2.2. PROBLEMAS QUE PUEDE PRESENTAR LA CALIFICACIÓN. ... 12

1.2.3. SISTEMAS DE CALIFICACIÓN. ... 13

1.2.4. DEBE ELEGIRSE EL MÉTODO Y SISTEMA, QUE FACILITE LA COMUNICACIÓN EFICAZ DE LO QUE SIGNIFIQUEN LAS NOTAS. ... 14

EPÍGRAFE II ... 14

2. LA PROGRAMACION NEURO LINGÜÍSTICA ... 14

2.1. CALIBRACION ... 15

2.2. SELECCION DE INFORMACION: ... 16

2.3. RECUERDOS DE EXPERIENCIAS: ... 16

2.4. SELECCION DE INFORMACIONES: ... 16

2.5. COMPARACIÓN DE INFORMACIONES I: ... 17

2.6. COMPARACIÓN DE INFORMACIONES II:... 17

2.7. COMPARACIÓN DE INFORMACIONES III: ... 17

EPÍGRAFE III ... 18

3. LEYES ORGÁNICAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA... 18

3.1. PRINCIPIOS RECTORES: ... 18

3.2. CARRERAS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL ... 23

3.2.1. CONFORMACIÓN DE LA FUNCIÓN JUDICIAL: ... 24

3.2.2. CARRERAS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL: ... 24

3.2.3. EVALUACIÓN DE SERVIDORES JUDICIALES: ... 25

3.2.4. FORMACIÓN CONTINUA:... 25

3.2.5. RÉGIMEN DISCIPLINARIO: ... 25

3.2.6. CESACIÓN Y REMOCIÓN: ... 27

3.3. ÓRGANOS JURISDICCIONALES ... 27

3.3.1. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: ... 28

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g) METODOLOGÍA ... 32

ANALISIS DE UN CASO PRÁCTICO. ... 33

h) PROPUESTA ... 36

DESARROLLO DE LA PROPUESTA ... 36

i) CONCLUSIONES ... 41 j) FUENTES BIBLIOGRÁFICAS

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RESUMEN

En la actualidad la programación Neurolingüística, es uno de los elementos esenciales del currículo en la evaluación, la cual persigue entre otras cosas, valorar el conocimiento, las habilidades y destrezas que han adquirido y desarrollado los alumnos en el programa académico al que están adscritos.

Por lo que se tiene que ver la evaluación como un aspecto integral del proceso enseñanza-aprendizaje y parte esencial de las tareas que el docente lleva a cabo. Esta no sólo afecta a los procesos de aprendizajes de los alumnos, sino también a los procesos de enseñanza desarrollados por los docentes y a los proyectos curriculares de las instituciones educativas de nivel superior.

Se debe realizar un análisis del enfoque general de la problemática existente en los estudiantes del Noveno semestre en la Carrera de Derecho de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, en relación con el proceso de enseñanza - aprendizaje de Cátedra de Leyes Orgánicas de la Administración de Justicia.

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ABSTRACT

Currently, the Neurolinguistics programming is one of an essential element in the evaluation program, which the main objective is to measure the knowledge and the skills that have been acquired and developed by the students along the academic process. It is important to consider as an integral aspect of the Teaching-Learning process and as an essential part of the teacher´s tasks. This not only affects the learning process but also to the teaching ones developed by the teacher and the syllabus project in the higher education.

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1

a) TEMA:

APLICACIÓN DE LA PROGRAMACION NEUROLINGUISTICA EN LA MATERIA DE LEYES ORGANICAS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, CARRERA DE DERECHO UNIANDES.

b) PROBLEMA QUE SE VA A INVESTIGAR

La falta de aplicación de la programación neurolingüística en la materia de Leyes orgánicas de la Administración de Justicia en la carrera de Derecho de UNIANDES, produce desinterés en el aprendizaje.

c) JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD ACTUALIDAD E IMPORTANCIA DEL TEMA.

La educación superior está sujeta a cambios y transformaciones que van de la mano con la Tecnología en la era globalizada, hoy en día la sociedad requiere la introducción de elementos que faciliten la comunicación, el mejor aprendizaje y desempeño profesional.

La asignatura de Leyes Orgánicas de la Administración de Justicia es una ciencia que abarca el contenido del Código Orgánico de la Función Judicial y constituye la base y el soporte del estudio de los demás cuerpos legales que se relacionan con la administración de justicia en el Ecuador, como Ley de Garantía Jurisdiccionales y Control constitucional, Código Orgánico General de Procesos y la Constitución de la República, pues la misma trata de describir aspectos referentes a la organización y estructura de la Función Judicial, sus organismos jurisdiccionales, auxiliares, autónomos y administrativos, la conformación de los Unidades Judiciales y Cortes, sean que administren justicia ordinaria o constitucional. Las atribuciones y deberes de los jueces y más funcionarios de la Función Judicial y sus organismos adscritos.

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necesarias de aprender a aprehender, que les permita desarrollar un aprendizaje flexible, autoconsciente y potenciado para dar respuesta a la nueva sociedad, en la que los procesos de cambio que son una variable constante.

El siglo XX ha sido un periodo decisivo en la evolución educativa. En el ámbito del aprendizaje, desde la primera conceptualización científica de Tyler, seguido por los avances ofrecidos por Bloom y sus colaboradores, - evaluación diagnóstico, formativa y sumativa y la contribución de Popham - la evaluación criterial -, el significado y las prácticas evaluativas han cambiado en un intento por adaptarse a las nuevas demandas educativas y sociales.

Sin embargo a pesar de la eminente necesidad de las Instituciones de Educación Superior de adaptarse a las nuevas demandas educativas en cuanto a evaluación de resultados de aprendizaje, las universidades presentan en muchas ocasiones el viejo sistema evaluativo donde únicamente la evaluación es una forma de medir al individuo mediante una cuantificación y no en realidad una valoración objetiva del proceso educativo en sí.

La percepción sensorial se convierte pues, en el punto de partida de esta herramienta de trabajo, percibir correctamente los procesos interiores es sumamente importante cuando debemos tratar con otras personas.

d) OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

Elaborar una estrategia para la aplicación de la Programación neurolingüística en la materia de Leyes Orgánicas de la Administración de Justicia en la carrera de Derecho de UNIANDES, para evitar desinterés en el aprendizaje.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Fundamentar doctrinariamente la programación neurolingüística, la materia de Leyes Orgánicas de la Administración de Justicia; y el proceso de aprendizaje. 2. Determinar el proceso actual del proceso de aprendizaje de la materia de Leyes

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3. Establecer los parámetros de una estrategia para la aplicación de la programación neurolingüística en la materia de Leyes Orgánicas de la Administración de Justicia en la carrera de Derecho de UNIANDES, para evitar desinterés en el aprendizaje.

e) LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: • Procesos didácticos.

f) FUNDAMENTACIÓN TEORICO-CONCEPTUAL

EPIGRAFE I

1. PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE.

El proceso de enseñanza-aprendizaje durante el transcurso del tiempo ha sido representado de diferentes formas de acuerdo a los distintos enfoques, los más conocidos son: el conductismo, el humanismo, el cognitivismo, el psicogenético y el histórico-cultural. De forma resumida en la siguiente tabla se enfoca cada uno de éstos en cuanto a la noción que tienen de la enseñanza, de los objetivos, del aprendizaje y de la evaluación.

1.1. MODELOS DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE

1.1.1. EL MODELO PSICOMÉTRICO

Este modelo se encuentra plenamente vigente en la actualidad y pese a sus limitaciones - dentro de las cuales hay que destacar sus bajos o medianos logros-, es defendido como el modelo que debe regular todo el proceso instruccional, de manera que si no se logran las expectativas previstas, se juzga que se está facilitando demasiado y sobrestimando los verdaderos logros del aprendizaje.

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Grafico 1. Proceso del modelo Psicométrico

Fuente: Edileusa María Lucena Sampaio Mgs.(2012)

En este modelo existe una alta relación entre aptitud y rendimiento, es decir, los alumnos que poseen baja aptitud obtendrán bajo rendimiento, los de mediana lograrán mediano rendimiento y por último, los de alta aptitud, alto rendimiento; por tanto, el rendimiento depende de la aptitud del alumno y el profesor no influye en ningún aspecto.

Las principales críticas que ha recibido este modelo son las siguientes:

 Limita las metas de alumnos y profesores, ya que reduce sus aspiraciones y las redetermina.

 Por tanto, disminuye o quita a unos la motivación para aprender, y a los otros para enseñar.

 Destruye en el alumno el "concepto de sí mismo", porque lo encasilla como de baja o mediana capacidad.

 Institucionaliza a nivel de alumno la cultura del "aprobado" como aspiración máxima, y a nivel del instructor la de que el único "capaz" es él; por tanto, como consecuencia se presenta una alta o muy alta:

Reprobación de alumnos o Repitencia Deserción

 Lo cual agrega el problema de altos costos.

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5 1.1.2. EL MODELO EDUMÉTRICO

En las décadas de 1950 y 1960 varios psicólogos educacionales norteamericanos, entre los que destacan Skinner, Carroll, Bruner, Bloom, cuestionaron la mediocridad y el fracaso de la educación, y señalaron que en lugar de trabajar para preparar instrumentos y aplicarlos a la selección de alumnos, debía dedicarse el máximo esfuerzo a conocer las causas de este fracaso y tratar de remediarlas.

También éstos determinaron el principio que debía orientar su trabajo:

"Si al inicio de un curso los alumnos están distribuidos en forma normal, respecto a su aptitud para una determinada materia y durante el proceso, se les proporciona una instrucción de acuerdo a las características y necesidades de cada alumno, el rendimiento de ellos al término del proceso mostrará que casi todos logran el dominio del aprendizaje".

Grafico 2. Proceso del modelo Edumétrico

Fuente: Edileusa María Lucena Sampaio Mgs.(2012)

En comparación con el anterior, este modelo puede considerarse como optimista y positivo, ya que tiene como expectativa que casi la totalidad de los alumnos, no sólo aprendan, sino que obtengan un muy alto logro, representado como dominio del aprendizaje; sin embargo, esto conlleva al menos tres desafíos:

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 Encontrar los medios que puedan facilitar el logro del dominio (metodologías y materiales).

 Lograr que el aprendizaje resulte para el alumno exitoso y gratificante.

En este modelo puede distinguirse un autor que hace aportes teóricos y otro que intentó aplicarlo.

El primero es Carrol, el cual por un lado destaca la importancia de dividir las tareas complejas en subtareas más específicas, lo cual facilitará el logro de las primeras.

Además destaca la importancia que tienen cinco variables, para lograr el dominio del aprendizaje. Las variables son las siguientes:

 Aptitud: es la suma de tiempo requerido por el alumno, para lograr el dominio. Por tanto si a cada alumno se le proporciona el tiempo que requiere, todos pueden llegar a lograr el dominio.

 Calidad de la enseñanza: es el grado en que la presentación, explicación y ordenamiento de

los elementos de la tarea de aprendizaje, se acercan al óptimo para un alumno

determinado.Por tanto, se propicia una metodología de enseñanza individualizada.

 Habilidad para comprender la enseñanza: es la habilidad del alumno para comprender la naturaleza de las tareas de aprendizaje y de los procedimientos que ha de seguir para aprender.Carroll destaca aquí la importancia de la comunicación y de la comprensión lectora.

 Perseverancia: es el tiempo que el alumno está dispuesto a dedicar al estudio. 

 Tiempo: asignado por el plan de estudios, a la materia o asignatura determinada.

Hay variables que dependen del alumno, otras del profesor.

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Quien pretendió proyectar estas ideas teóricas a la práctica es Benjamín Bloom, el cual indicó que la estrategia ideal para lograr el dominio es la tutoría; pero al no ser ésta posible, afirmó que había muchas estrategias que podían lograr el dominio, siempre que considerasen debidamente las cinco variables establecidas por Carroll.

Como una de las posibles, él propuso su metodología de la evaluación formativa, la cual implicaba los siguientes pasos y elementos:

 Dividir la unidad programática o anual en pequeñas unidades o temas. 

 Especificar los objetivos en forma operacional. 

 Determinar las situaciones de aprendizaje más adecuadas, para lo cual hay que probar, experimentar e innovar.

 Elaborar materiales de uso corriente para facilitar el aprendizaje y otros alternativos, para ayudar a lograrlo, cuando no es suficiente con los primeros.

 Efectuar la instrucción, empleando como sistema la asignación de tareas, para que el alumno se responsabilice y el trabajo en grupo, como modalidad metodológica, que trata de facilitar y lograr una mayor comunicación con el profesor, a través de los jefes de cada grupo.

 Administrar tests formativos, los cuales son pruebas muy breves, que miden pocos objetivos específicos, los que se aplican con mucha frecuencia y resultan muy fáciles de corregir.

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Grafico 3. Metodología del método Edumétrico

Fuente: Edileusa María Lucena Sampaio Mgs.(2012)

No se trata de tres evaluaciones diferentes, sino de una sola evaluación, que cumple diferentes funciones en el proceso de instrucción.

1.1.3. LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA

Concepto: es la estrategia evaluativa que pretende conocer las conductas de entrada del alumno antes de iniciar su proceso de aprendizaje.

Funciones: la función que utiliza con mayor frecuencia el educador, es la de averiguar las conductas de entrada con que llega el alumno para iniciar en un nivel adecuado su proceso de aprendizaje; pero también puede averiguarse las causas de reiterados problemas de aprendizaje, y aún averiguar el logro previo de objetivos de un curso que posee el alumno antes de iniciarlo; pero estas dos últimas funciones y especialmente la última, tiene poca posibilidad de aplicación por parte del educador.

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Realización del diagnóstico: en la parte operacional debe iniciarse con la planificación, la cual debe considerar las conductas de entrada, para ver luego qué prueba o conjunto de pruebas son más adecuadas para el diagnóstico que se pretende efectuar. Después debe analizarse si estas pruebas se hallan disponibles, o si es preciso adaptarlas o elaborarlas. Una vez aplicadas y corregidas las pruebas, debe entrarse a la fase de análisis de resultados. Esta etapa requiere un trabajo sistemático y específico, cuyo objetivo es obtener información adecuada para orientar la toma de decisiones.

Los diagnósticos en educación deben acabar en un serio análisis de resultados, que permita fundamentar la posterior toma de decisiones, ya que en caso contrario, estaríamos actuando como el médico que realiza el diagnóstico a un enfermo y posteriormente no lo estudia, ni le da tratamiento alguno, sin seguimiento.

El tratamiento implica por un lado que se dé al alumno la ayuda requerida en forma individual, por tanto deben crearse las condiciones para poder efectuarlo, de manera que el profesor tiene que saber manejar técnicas de trabajo de grupo y además disponer de materiales que le permitan atender a esos grupos en forma diferenciada; por otro es importante que el profesor se plantee como un valioso desafío profesional el lograr que el o los alumnos con déficit superen a la brevedad sus limitaciones.

1.1.4. LA EVALUACIÓN FORMATIVA:

Si el alumno posee las conductas de entrada requeridas, se inicia el proceso de instrucción, de acuerdo a la metodología de evaluación formativa, la cual ya fue explicada con anterioridad al hablar del modelo edumétrico y por tanto de ahí puede extraerse la información para llegar a definir esta estrategia, comprender la función que cumple dentro del proceso educativo, determinar el momento de su aplicación, explicar sus características y modo de ejecutarla.

1.1.5. LA EVALUACIÓN SUMATIVA:

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Concepto: es la estrategia evaluativa que pretende calificar, o informar sobre el logro de objetivos del alumno a mediano o largo plazo.

Funciones: las propias como ya se ha indicado son las de calificar o informar logro de objetivos a mediano o largo plazo. Las menos propias: predecir resultados, definir conductas de entrada para iniciar otro curso, comparar resultados de dos o más grupos sometidos a la misma prueba, informar logro obtenido para efectos de retroalimentación.

Momento de aplicación: no puede definirse en forma específica, ya que depende de múltiples factores; pero puede afirmarse que será con mayor frecuencia que la diagnóstica y bastante menor que la formativa.

Características: entre las principales que puede destacarse está el que sus resultados llevan a una toma de decisiones de alta trascendencia (aprobar-reprobar, seleccionar-rechazar.) y que no permiten fácilmente una modificación, por tanto se debe tratar de prever cualquier problema para evitarlo oportunamente.

Otra característica que conviene enfatizar hoy en día -en que se aspira a lograr una alta calidad académica y en consecuencia, excelentes logros como resultado de las evaluaciones sumativas-, es la efectividad de los aprendizajes, lo cual sin duda debe ser la consecuencia lógica de un buen diseño e implementación del proceso educativo, que considere como elementos integrantes el diagnóstico y la evaluación formativa.

Realización: en esta evaluación, por la trascendencia de sus resultados, es necesario preocuparse por la buena planificación de la prueba y diseño de la misma, que garantice alto grado de validez y confiabilidad.

En modelos de aprendizaje efectivo, elaborados posteriormente por Bloom, se enfatizaron otros aspectos relacionados con el área afectiva, por ejemplo, la importancia de que el alumno poseyera las conductas de entrada afectivas, lo cual facilitaría el obtener mayor logro de objetivos cognitivos en menor tiempo.

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en modo alguno de señalar los procedimientos necesarios para colmar las lagunas y deficiencias encontradas en los alumnos y en el propio sistema educativo, con lo que dicho juicio resulta pedagógicamente estéril. Es una evaluación de carácter fiscal, pero que no intenta encontrar las causas y los remedios del fracaso, con lo que malogra el efecto retroactivo que una correcta evaluación puede producir en la organización del proceso educativo, con vistas a sacar el máximo provecho de las aptitudes de cada alumno"

1.1.6. EVALUACIÓN INTEGRAL DE RESULTADOS DE APRENDIZAJE

Sabemos que la evaluación es el proceso sistemático que se ubica en los procesos y se constituye en una acción natural e inherente a la acción educativa, que le posibilita al estudiante, tomar conciencia de los aprendizajes logrados y asumir mayores niveles de responsabilidad frente a las transformaciones y avances alcanzados.

Debe existir relación, comunicación entre docente – estudiantes, los temas u objetivos deben despertar el interés en los educandos, teniendo en cuenta los pre saberes de cada uno de ellos, sin olvidar que la motivación por el aprendizaje debe ser constante, el interés debe estar centrado por conocer el nivel de conocimiento de los educandos, a través de la socialización de pre saberes y tener respuesta oportuna a los cuestionamientos que plantee el alumno sobre la temática relacionada.

Estimular la participación activa de los estudiantes dentro del aula, y utilizar diversas estrategias de evaluación, cuando se evidencia el no alcance del nivel de desempeño propuesto, debe ser un accionar permanente por parte del docente, con el fin de enmarcar las diferentes competencias del saber, y así permitir que el educando desarrolle una capacidad de producción y análisis del conocimiento.

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12 1.2. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN

En el marco de la evaluación sumativa, puede estudiarse el hecho de que algunos profesores establecen un nexo esencial, de manera que para ellos no puede existir evaluación sin calificación; sin embargo, debe enfatizarse que la calificación es sólo una de las diversas decisiones que pueden tomarse, después del análisis de resultados de una prueba. Es más, hay otras como la retroalimentación del aprendizaje en el alumno y la supresión de la prueba por detectar problemas técnicos en ella, que pueden resultar más importantes para un proceso de evaluación efectiva y justa.

1.2.1. OBLIGACIÓN DE CALIFICAR.

Generalmente todo curso debe ser calificado, según lo establecen los reglamentos de evaluación.

1.2.2. PROBLEMAS QUE PUEDE PRESENTAR LA CALIFICACIÓN.

En el momento de calificar, el profesor debe poner en juego toda la fuerza de su autoridad, la justicia de que es capaz, la bondad que anima sus actos y la responsabilidad que entraña su condición de estimulador, motivador, conductor y juez. Por todo ello se debe poseer cierta experiencia y evidentes aptitudes.

El evaluado percibe distintos estilos de calificación en sus profesores: unos se caracterizan por calificar con dureza, otros con excesiva benignidad. Ante la gran diversidad de criterios de calificación, resulta con frecuencia en opiniones diversas.

Dar demasiada importancia a las notas, hace que los evaluados estudien por ellas y no por su formación, puede además crear rivalidades y un clima de estudio y trabajo inconveniente. Ellas pueden generar en la evaluada actitud emocional que pueden resultar perjudiciales, desde producir casos extremos de orgullo y desprecio de los demás, hasta llegar a la depresión, por esto la importancia del docente motivador.

FUNCIONES DE LA CALIFICACIÓN

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maestros, pero destaca que la función primaria consiste en "comunicar a distintos grupos de personas, el grado de competencia alcanzado por cada alumno en los estudios".

Explica que esta comunicación debe ser eficiente, de manera que informe con el menor error posible, sin confundir al que la recibe.

MÉTODOS DE CALIFICACIÓN

Las calificaciones siempre se basan en alguna especie de comparación, ya que resulta imposible el calificar algo en abstracto.

Como pueden establecerse muchas bases diferentes, en consecuencia, surgirán muchos métodos diversos de calificación. Los más conocidos son los siguientes:

 Comparación con un estándar o pauta. 

 Comparación con la aptitud. 

 Medición del progreso 

 Medición del esfuerzo. 

 Combinación de diversas bases de calificación

Hills se inclina por el primero, ya que fomenta más que cualquier otro la comunicación eficiente de lo que se ha medido.

1.2.3. SISTEMAS DE CALIFICACIÓN.

Hay diversos, los más frecuentes son los siguientes:

 Notas en forma de letras (A a F en EE.UU.)  Notas numéricas en porcentaje

 Notas numéricas de 1 a 5, 1 a 7, 1 a 10, etc. 

 Notas conceptuales aprobado - reprobado 

 Listas de lo que el alumno sabe o suele hacer. 

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1.2.4. DEBE ELEGIRSE EL MÉTODO Y SISTEMA, QUE FACILITE LA COMUNICACIÓN EFICAZ DE LO QUE SIGNIFIQUEN LAS NOTAS. Al menos en cada establecimiento educativo, debiera establecerse un método y sistema, que facilitase la comprensión del mismo por todos los que interactúan en el proceso de instrucción. "Las notas deben reflejar el logro de objetivos y no usarse para determinar el valor de la persona como tal".

EPÍGRAFE II

2. LA PROGRAMACION NEURO LINGÜÍSTICA

Es una estrategia de comunicación, desarrollo personal y psicoterapia, creada en la década de 1970. Sus creadores sostienen que existe una conexión entre los procesos neurológicos («neuro»), el lenguaje («lingüística»), y los patrones de comportamiento aprendidos a través de la experiencia («programación»), afirmando que estos se pueden cambiar para lograr objetivos específicos en la vida.

Bandler y Grinder afirman que la metodología de la PNL puede modelar las habilidades de personas excepcionales y luego esas habilidades pueden ser adquiridas por cualquier individuo.

De acuerdo con Jaruffe y Pomares, la Programación Neurolingüística parte de los fundamentos del constructivismo, en los que se define la realidad como una invención y no como un descubrimiento. Es un constructo psíquico basado en el hecho de que el ser humano no opera directamente sobre el mundo en que vive, sino que lo hace a través de representaciones, modelos, mapas, entre otros, a partir de los cuales genera y guía su conducta.

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La PNL asegura ocuparse de la influencia que tiene el lenguaje sobre la denominada «programación mental» y demás funciones atribuidas a nuestro sistema nervioso, como también sobre los «patrones lingüísticos» que empleamos.

Los sentidos como olfato, tacto, gusto, vista y oído nos dan diversa información de otras personas, por lo tanto, una incorrecta utilización de dichos lenguajes hace que la imagen que nos formamos sea imprecisa. La utilización de estos sentidos es diversa en todas las personas. Habrá personas que perciban mejor a través de su sentido de la vista, por lo que buscan situaciones donde este sentido tenga mayor ventaja que los demás.

De acuerdo a esta variación, la PNL clasifica a las personas en visuales, auditivas y kinestésicas.

Las personas visuales perciben mejor su entorno mediante el sentido de la vista, se caracterizan por hablar más rápido de lo normal, su tono de voz es alto, postura rígida, respiración superficial y rápida. Gustan de actividades agradables a la vista: el cine, teatro, las artes, paisajes.

Las personas auditivas perciben mejor su entorno mediante el sentido del oído, se caracterizan por una postura distendida, posición de escucha telefónica, respiración bastante amplia, voz bien timbrada, ritmo mediano, palabras. Gustan de actividades relacionadas con la escucha como: la música, contar historias, interactuar con otras personas.

Finalmente están las personas consideradas kinestésicas ya que perciben el mundo a través de los sentidos del tacto, gusto y olfato. Se caracterizan por su postura muy distendida, movimientos en las palabras, respiración profunda y amplia, voz grave, ritmo lento con muchas pausas. Gustan de actividades físicas, así como del contacto con otras personas. 2.1. CALIBRACION

 Se pide al interlocutor que piense en algo que forme parte importante de su experiencia personal agradable.

 Haga una pausa. 

 Pídale que piense en algo intrascendente. 

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 Formule preguntas y trate de saber si dice la verdad o no. 

 Después de diez preguntas cambie de rol. 

2.2. SELECCION DE INFORMACION:

 Se pide al grupo que mire alrededor distinguiendo el número y secuencia de los colores que pueden ver.

 Pídales que distingan en secuencia los ruidos que pueden escuchar. 

 Pídales que sientan las sensaciones de su cuerpo y las anoten en secuencia. 

 Comparación de las experiencias de dos a dos y en el grupo. 

2.3. RECUERDOS DE EXPERIENCIAS:

 Un participante (1) le pide a otro (2) que recuerde un acontecimiento banal y frecuente, describiendo lo que vio; por ejemplo tomar un autobús, entrar a un cafetín, etc. Un tercer participante (3) lo describe aparte.

 Participante 1 le pide a participante 3, que describa lo que escucho, durante la actividad semejante; mientras participante 2 lo hace aparte 

 Se comparan las respuestas de 2 y 3. 

 Se pide a 2 y 3, que describan lo que sintieron durante la experiencia común. 

 Se destacan las semejanzas y diferencias. 2.4. SELECCION DE INFORMACIONES:

 Se plantea una situación en la cual una persona cita a otra en una plaza, cuando ésta llega le dice que llegó con retraso.

 Se piden referencias para tal afirmación.

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Otra alternativa es plantear la situación de sentirse extraviado en un lugar que no conoce y entonces preguntar: ¿Cómo sabe que está perdido?, ¿Cómo intenta volver a encontrar el camino correcto?, ¿Cómo sabe que lo ha encontrado?.

2.5. COMPARACIÓN DE INFORMACIONES I:

 Se interroga al grupo sobre quienes han visitado un lugar determinado, hasta encontrar por lo menos dos que lo hayan hecho.

 Cómo hace para verificar que la persona realmente ha estado en ese lugar? ¿Cuáles elementos referenciales diferentes utiliza cada uno?.

 Se comparan similitudes y diferencias en el recuerdo.

2.6. COMPARACIÓN DE INFORMACIONES II:

 El participante 1 le explica al participante 2, los detalles de un problema y su solución, mientras el participante 3 está excluido.

 El participante 2 explica al participante 3 lo mismo, el participante 1 está excluido.

 El participante 3 explica el procedimiento a los participantes 1 y 2.

 Se destacan las diferencias y similitudes entre las versiones, estudiando las semejanzas en relación con las referencias a los sistemas de representación, a un sistema de valores o a creencias y suposiciones.

2.7. COMPARACIÓN DE INFORMACIONES III:

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 El participante 2, formula preguntas acerca del suceso.

 El participante 3, formula preguntas que ha olvidado hacer el 2 y completa las respuestas y aporta detalles de las hechas por el 1.

 Entre todas las informaciones eligen las que consideran más útiles y las clasifican por orden de importancia.

 Se somete al grupo para completarlas y se clasifican con relación a: valores, creencias, suposiciones, emociones.

 Meta: Saber Expresar Lo Que Se Quiere

Se debe definir, primeramente el objetivo. Conocer el cómo más que el por qué, es decir, el objetivo definido en forma de proceso y no de racionalización o justificación

EPÍGRAFE III

3. LEYES ORGÁNICAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

A partir de la vigencia de la nueva Constitución del 2008 que fue aprobada por los ecuatorianos y debidamente publicada en el registro oficial el 20 de octubre del 2008, y considerando que la Función Judicial contaba con una ley obsoleta que no estaba acorde con las normas constitucionales y los derechos humanos, el Pleno de la Comisión Legislativa y de Fiscalización, expide el Código Orgánico de la Función Judicial. Norma que comprende la estructura de la Función Judicial, las atribuciones y deberes de los órganos jurisdiccionales, administrativos, auxiliares y autónomos, así como la jurisdicción y competencia de los jueces.

3.1. PRINCIPIOS RECTORES:

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19 SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL:

Las normas constitucionales se aplicarán de forma directa sin que sea necesario que se encuentren desarrolladas en las normas de menor jerarquía,

APLICABILIDAD DIRECTA O INMEDIATA DE LA NORMA

CONSTITUCIONAL:

Los derechos que se encuentran consagrados en la Constitución, son de aplicación inmediata, sin necesidad de que los mismos estén contemplados en una Ley.

INTERPRETACIÓN INTEGRAL DE LA NORMA CONSTITUCIONAL:

La norma constitucional será aplicada en el sentido que más favorezca a la vigencia de los derechos constitucionales, de acuerdo con los principios de interpretación constitucional. LEGALIDAD, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

La potestad jurisdiccional la ejercerán los jueces nombrados legalmente como tal considerando que la jurisdicción y competencia nace de la Constitución y la ley. Para lo cual se tomará en cuenta lo siguiente:

 Que las autoridades indígenas ejercerán las funciones jurisdiccionales que la Constitución y la Ley reconocen;

 Que los jueces de paz resolverán en equidad sobre conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravencionales de acuerdo con la Ley;

 Que los árbitros ejercen funciones jurisdiccionales de acuerdo con la Constitución y la Ley;

INDEPENDENCIA: Los jueces solo están sometidos para el ejercicio de la potestad jurisdiccional a lo que la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos y la Ley establecen.

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20

UNIDAD JURISDICCIONAL Y GRADUALIDAD: Ninguna autoridad de las otras funciones del Estado, podrán desempeñar las funciones de administración de justicia ordinaria.

La justicia ordinaria se desarrolla en instancias y grados, constituyéndose la casación y revisión en recursos extraordinarios de control de legalidad.

ESPECIALIDAD: La potestad jurisdiccional la ejercerán de forma especializada, salvo en los acasos de carga laboral y escases de usuarios.

GRATUIDAD: La administración de justicia es gratuita. Las costas procesales serán fijadas en el caso de que una de las partes haya litigado de forma abusiva, maliciosa o temeraria. PUBLICIDAD: Las actuaciones y diligencias judiciales son públicas excepto aquellas que la ley determina como reservadas. Por lo tanto las audiencias no podrán ser grabadas sino por los medios determinados por el Consejo de la Judicatura.

Los jueces no pueden dar trámite a las informaciones sumarias o diligencias previas que atenten con la honra, dignidad o intimidad de las personas.

AUTONOMÍA ECONÓMICA, FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA.

Administrativamente está regida por su propia Ley, reglamentos y resoluciones emitidas de acuerdo con los criterios de descentralización y desconcentración.

 Financiera y económicamente, el Estado asignará los recursos necesarios para garantizar la seguridad jurídica.

RESPONSABILIDAD. Debido a que la administración de justicia es un servicio público, el Estado es responsable:

 Error judicial;  Detención arbitraria;  Retardo injustificado;

 Inadecuada administración de justicia;

 Violación del derecho a la tutela judicial efectiva; y,  Violación de los principios y reglas del debido proceso.

(32)

21

cual ejercerá la acción de repetición una vez determinará la responsabilidad que tienen los servidores judiciales administrativos o jurisdiccionales.

Todos los servidores judiciales serán responsables civil, administrativa y penalmente por las actuaciones en el ejercicio de sus funciones, en virtud de lo cual deben ejercer su cargo con la debida diligencia que cada caso amerite.

DEDICACIÓN EXCLUSIVA. Las funciones que los servidores ejercen dentro de la Función Judicial, sean estas permanentes o de período fijo, son incompatibles con el libre ejercicio profesional o cualquier otro cargo público o privado, con excepción de la docencia universitaria siempre que sea fuera del horario de trabajo.

Está por lo tanto prohibido:

 La dirección o administración en las universidades o de otros centros de docencia superior;

 Ejercer varios cargos dentro de la Función Judicial, salvo el caso de encargos temporales;

Los jueces no pueden tampoco desempeñar las funciones de dirección de partidos o movimientos políticos, ni participar como candidatos para elecciones populares, excepto cuando renuncien al cargo con seis meses de anticipación a la fecha de las elecciones. SERVICIO A LA COMUNIDAD: Al ser la administración de justicia de la Función Judicial un servicio público y básico del Estado, es la que ayuda a que se cumplan con los derechos garantizados en la Constitución, instrumentos internacionales y las leyes, por lo que la mediación, arbitraje e incluso las funciones de justicia que desempeñan los pueblos indígenas también estaría comprendido dentro de este servicio.

DISPOSITIVO, DE INMEDIACIÓN Y CONCENTRACIÓN: Los procesos judiciales son promovidos de acuerdo con la iniciativa de las partes procesales, por lo que el juez resuelve de acuerdo con lo fijado y aportado por las mismas en la etapa probatoria respectiva. Para lo cual se buscará que los procesos se sustancien con la intervención directa del juez y que en la menor cantidad de actos se reúna la actividad procesal.

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22

CELERIDAD. Los jueces tienen la obligación de tramitar las causas dentro de los términos señalados por la Ley, para lo cual no requerirán de petición alguna de las partes procesales, por lo que el retardo injustificado atribuible a los servidores judiciales administrativos o jurisdiccionales, será sancionado de acuerdo con la ley.

PROBIDAD. En aras de cumplir con la misión sustancial de la Función Judicial, como es la de conservar y recuperar la paz social, los servidores judiciales deben aplicar en sus actuaciones los principios de diligencia, rectitud y honradez.

ACCESO A LA JUSTICIA. El Consejo de la Judicatura es el encargado de coordinar con los organismos de la Función Judicial para que los usuarios puedan acceder a los servicios de justicia sin discriminación y en igualdad de oportunidades.

TUTELA JUDICIAL EFECTIVA DE LOS DERECHOS: Los jueces son los que tienen el deber de garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos constitucionales, por lo que deben resolver tanto las pretensiones como las excepciones alegadas por las partes, basados en la Constitución, tratados internacionales de derechos humanos, la ley y los méritos procesales.

INTERCULTURALIDAD: Considerando que para resolver los jueces deben valorar las costumbres, prácticas y normas de las personas o colectividades, es importante que busque el verdadero sentido de las normas.

SEGURIDAD JURÍDICA: Los jueces son quienes deben velar por el cumplimiento de la Constitución, tratados internacionales, leyes y demás normas jurídicas.

BUENA FE Y LEALTAD PROCESAL: Los jueces deben velar para que durante la tramitación de las causas, los abogados guíen su comportamiento con el respeto debido, la intervención ética, y sin abusar del derecho, por lo cual sancionará los casos en lo que el profesional del Derecho intente sorprender a la autoridad con el empleo de artimañas, engaños o el retardo injustificado del progreso de la Litis o la presentación de prueba deformada.

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23

OBLIGATORIEDAD DE ADMINISTRAR JUSTICIA: Los jueces tienen la obligación de administrar justicia conforme a la Constitución, los tratados internacionales de derechos humanos y las leyes. No podrán en consecuencia alegar oscuridad de la ley, por lo que podrán aplicar los principios generales de derecho.

INTERPRETACIÓN DE NORMAS PROCESALES: Con la finalidad de que se cumplan las garantías del debido proceso, el derecho a la defensa y la igualdad entre las partes, se aplicarán los principio generales del derecho procesal en el que de existir duda sobre las normas procesales, y en el caso de existir vacíos, se los suplirá con casos análogos o con los principios constitucionales del derecho procesal.

COLABORACIÓN CON LA FUNCIÓN JUDICIAL: Todas las instituciones del Estado así como sus funcionarios y servidores públicos y las instituciones del sector privado tienen la obligación de colaborar con la Función Judicial, así como cumplir las providencias emitidas, por lo que quienes no lo haga, incurrirán en el delito de desacato..

IMPUGNABILIDAD EN SEDE JUDICIAL DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS: Las resoluciones emitidas por las instituciones públicas en el ejercicio de sus funciones en las que se restrinjan, declaren o establezcan derechos, no son decisiones jurisdiccionales, constituyen actos de la administración, en virtud de lo cual serán impugnables en sede jurisdiccional.

3.2. CARRERAS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

La carrera de la Función Judicial es el sistema a través del cual se regula el ingreso, capacitación, promoción, estabilidad, evaluación, el régimen disciplinario y permanencia en la Función Judicial.

Para el ingreso y la promoción, se observaran los principios de igualdad, probidad, no discriminación, ´publicidad, oposición y méritos, El perfil que se requerirá será el de un profesional de Derecho con capacidad para razonar jurídicamente y trayectoria ética profesional.

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24

Judicatura- El proceso consistirá en una prueba teórica, práctica y psicológica y con la correspondiente etapa de impugnación.

Quienes superen esta etapa, serán habilitados como candidatos para formación inicial de acuerdo con el número de cupos disponibles y al puntaje obtenido.

El curso de formación inicial se desarrollará en tres etapas:

1. General, en la que participan todos los candidatos para jueces, fiscales y defensores; 2. Específica, de acuerdo con la rama que eligieron;

3. Práctica, de acuerdo a la unidad a la que fueren asignados.

Se conformará un banco de elegibles con quienes aprobaron el curso de formación inicial y fueron declarados ganadores en el concurso de méritos y oposición, del cual serán escogidos para llenar vacantes o reemplazar a los titulares de determinadas unidades. La permanencia en este banco será de seis años.

3.2.1. CONFORMACIÓN DE LA FUNCIÓN JUDICIAL:

 Jueces, conjueces y servidores judiciales que prestan sus servicios en la Corte Nacional de Justicia, cortes provinciales, tribunales y juzgados de primer nivel;  Jueces temporales

 Vocales y servidores de la Función Judicial que prestan sus servicios en el Consejo de la Judicatura.

 Fiscal General del Estado, Defensor Público General, y servidores que prestan sus servicios en la Fiscalía y Defensoría Pública.

 Notarios

 Servidores judiciales provisionales que presten sus servicios en la Función Judicial.

3.2.2. CARRERAS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL:

Perteneces a la carrera judicial los servidores de la Función Judicial, de acuerdo con la siguiente clasificación:

 Los Jueces pertenecen a la carrera judicial jurisdiccional;

(36)

25  Fiscales pertenecen a la carrera fiscal;

 Los demás servidores de la fiscalía pertenecen a la carrera fiscal administrativa;  Defensores Públicos pertenecen a la carrera de la defensoría;

 Los demás servidores de la Defensoría Pública pertenecen a la carrera de la defensoría administrativa.

Los servidores que pertenecen a la carrera judicial, fiscal o de la defensoría pública están regidos por el Código Orgánico de la Función Judicial, en tanto que los que pertenecen a la carrera administrativa, están sujetos a esta norma y subsidiariamente a la Ley Orgánico de Servicio Público.

3.2.3. EVALUACIÓN DE SERVIDORES JUDICIALES:

Todos los servidores judiciales estarán sometidos a una evaluación individual y periódica que tendrá como objetivo medir el nivel de gestión, conocimiento y competencia, para fomentar la eficacia y eficiencia del servidor y tomar las medidas correctivas y preventivas en base a los resultados obtenidos.

En el caso de existir servidores que obtengan resultados inferiores a los esperados, serán evaluados por segunda ocasión en el lapso de tres meses, y de persistir en este bajo rendimiento será causal para ser cesados en sus funciones por remoción.

3.2.4. FORMACIÓN CONTINUA:

Los servidores judiciales deberán participar en cursos de formación y capacitación continuas, ya sea en áreas generales y específicas, lo cual será valorado en los concursos de méritos y oposición.

3.2.5. RÉGIMEN DISCIPLINARIO:

(37)

26

Por lo que, los servidores de la Función Judicial podrán ser sancionados por las infracciones disciplinarias en las que pudieran incurrir en el ejercicio de sus funciones, independiente de la responsabilidad civil y penal que pudiera existir.

Por lo que se establecen como sanciones las siguientes:  Amonestación escrita;

 Sanción pecuniaria que no exceda del diez por ciento de la remuneración mensual del servidor;

 Suspensión del cargo, sin remuneración y que no exceda de treinta días;  Destitución.

La imposición de estas sanciones dependerá del tipo de infracción cometida las mismas que pueden ser: leve, grave y gravísima. Es importante tomar en cuenta que la acción disciplinaria tiene un tiempo de prescripción dependiendo del tipo de infracción disciplinaria.

Los sumarios disciplinarios se iniciarán:

 De oficio, en el caso de que por cualquier medio llegue a conocimiento de la autoridad información confiable sobre el presunto cometimiento de una infracción disciplinaria.

 Por denuncia escrita, cuando proviene de la parte interesada en una causa, la misma que debe reunir los requisitos establecidos en el artículo 113 del Código de la materia.

 Por Queja, que la puede presentar las autoridades de las funciones del Estado, instituciones públicas y órganos autónomos, incluidos los jueces y vocales y Presidente del Consejo de la Judicatura.

Cabe destacar en este punto que las denuncias o quejas que traten temas jurisdiccionales, interpretación de normas o valoración de pruebas, no son admitidas a trámite esto en aplicación al principio de independencia que poseen los servidores para resolver.

(38)

27

la Dirección Provincial es un informe motivado, el que no es vinculante, para conocimiento del Pleno del Consejo de la Judicatura.

De la Resolución del Pleno no existe recurso alguno por la vía administrativa, pero si por la vía judicial ante el Tribunal Contencioso Administrativo, mientras que de la Resolución emitida por la Dirección Provincial se puede interponer recurso de apelación dentro del término de tres días ante el Pleno del Consejo de la Judicatura.

3.2.6. CESACIÓN Y REMOCIÓN:

Cesan en funciones los servidores judiciales por las siguientes causas:  Fallecimiento;

 Los nombrados para un determinado período;  Renuncia legalmente aceptada;

 Cuando se ha posesionado en otro cargo público;  Desempeña funciones de elección popular;  Remoción;

 Destitución.

Las causales para la remoción son resueltas motivadamente por el Director General del Consejo de la Judicatura y no constituyen sanción disciplinaria de tal forma que quien haya sido removido puede presentarse a un concurso de méritos y oposición para reingresar a la Función Judicial, siendo entonces los motivos para remoción los siguientes:

 Cuando está incurso en las inhabilidades;

 Cuando está incurso en incompatibilidad con nepotismo;

 Cuando por segundo ocasión en la evaluación del desempeño no ha obtenido los mínimos requeridos.

3.3. ÓRGANOS JURISDICCIONALES

(39)

28

podrán ser revisadas por las vías judiciales ordinarias y extraordinarias. Por lo que en el caso de interponerse un recurso, los jueces que lo conocen están en la obligación de revisar si las actuaciones de los servidores de la Función Judicial está enmarcado en lo que establece la ley y de no ser así poner en conocimiento de control disciplinario del Consejo de la Judicatura para el trámite correspondiente.

3.3.1. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA:

La jurisdicción es la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, lo cual le corresponde a los jueces quienes conocerán los asuntos que se promuevan dentro del territorio ecuatoriano.

Su ejercicio nace desde el momento en el que se posesiona para realizar sus funciones hasta en día en el que su sucesor asume el cargo.

La jurisdicción se suspende por las siguientes causas;

 Haberse dictado en contra del juez auto de llamamiento a juicio por un delito penal sancionado con pena privativa de la libertad hasta que se dicte sentencia en su contra;  Por licencia;

 Por suspensión de los derechos de participación política.

Mientras que la jurisdicción se pierde:  Muerte;

 Renuncia del cargo;

 Por el transcurso del tiempo para el que fue nombrado;}  Por posesión de otro cargo público;

 Por remoción o destitución.

En virtud de la división territorial del Ecuador, las cortes, tribunales y juzgado, se organizan así;

1. Corte Nacional de Justicia; con jurisdicción en todo el territorio nacional, con las respectivas salas especializadas;

(40)

29

3. Tribunales y juzgados con jurisdicción en el territorio distrital que abarca varios cantones de una provincia o varias parroquias de un cantón;

La competencia es la medida como la potestad jurisdiccional está divida dentro de las diversas cortes, tribunales y juzgados, en razón de la persona, territorio, materia y grados. La competencia en razón de la materia, grados y personas está dada por la Ley, y de forma excepcional el Consejo de la Judicatura podrá modificarla en los casos de creación, traslado, fusión, o supresión de salas de la corte, tribunales y juzgados.

La competencia en cambio en razón del territorio está determinada por el Consejo de la Judicatura, previo al informe técnico de la Unidad de Talento Humano, lo cual será revisada cada cuatro años.

Entre los jueces de la misma clase, un juez excluye a los otros por prevención, de las siguientes formas:

 Por sorteo, cuando existe pluralidad de juzgados o según la fecha de presentación si existe uno solo;

 En las causas de protección de derechos se considerara también para el sorteo a los tribunales penales;

 En materia penal, es competente el juez del lugar en donde se cometió la infracción.

La competencia se suspende en los casos de excusa o recusación; por el recurso de apelación, casación, revisión o de hecho; o cuando existe conflicto de competencia, mientras que se pierde la competencia en las causas en las que ha sido declarado incompetente; en las que se ha admitido la excusa o recusación o cuando se ha ejecutado la sentencia en todas sus partes.

3.4. ESTRUCTURA FUNCIONAL

El Consejo de la Judicatura ejercerá sus funciones a través de: 1. Pleno;

(41)

30

Las unidades administrativas se encargarán de la planificación estratégica, la gestión de talento humano, la transparencia y difusión a la comunidad de los resultados de su gestión. EL PLENO está conformado por cinco miembros elegidos de acuerdo con las ternas enviadas por la Asamblea Nacional, Función Ejecutiva, Defensoría Pública, Corte Nacional y Fiscalía, para lo cual el Consejo de Participación Ciudadano elegirá a los más idóneos junto con los suplentes, los que será posesionados ante la Asamblea Nacional y durarán seis años en funciones, estará presidido por el delegado de la Corte Nacional. Entre las funciones que desempeñan están:

 Nombrar y evaluar a los servidores judiciales jurisdiccional y administrativos, Director General, Directores Provinciales y Directores Nacionales de las Unidades Administrativas;

 Remover libremente al Director General, Directores Provinciales y Directores Administrativos;

 Aprobar, actualizar y supervisar la ejecución del Plan Estratégico de la Función Judicial;

 Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial;  Rendir un informe anual ante la Asamblea;

 Elaborar la proforma presupuestaria;  Nombrar notarios;

 Expedir el Código de ética;

 Imponer sanciones disciplinarias a los jueces de la Corte Nacional de Justicia;  Conocer los recursos de apelación de las sanciones impuestas por las Direcciones

Provinciales; e,

 Imponer sanciones de destitución a los servidores judiciales.

Al Director General entre tanto le corresponden ejercer las siguientes funciones:  Dirigir y supervisar la administración de talento humano;

 Autorizar el gasto de la Función Judicial;

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31

 Imponer las sanciones disciplinarias de suspensión Jueces de las Cortes Provinciales Directores provinciales, y Directores de las Unidades Administrativas y demás servidores de la función judicial;

 Presentar un informe al Pleno.

3.4.1. ÓRGANO AUTÓNOMOS

FISCALÍA GENERAL DE ESTADO

Organismo autónomo de la Función Judicial con autonomía económica, financiera y administrativa, a los que les corresponde:

 Dirigir y promover de oficio o a petición de parte la investigación pre procesal y procesal penal conforme lo señala el COIP;

 Dirigir y coordinar las actuaciones de la Policía Judicial;

 Garantizar la intervención de la defensa de los imputados o procesados en las indagaciones previas e investigaciones procesales de los delitos de acción pública;  Dirigir y coordinar el Sistema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses;,

entre otras

DEFENSORÍA PÚBLICA

Es el Organismo autónomo de la Función Judicial con autonomía económica, financiera y administrativa. Que tiene como función principal, la prestación gratuita y oportuna de servicios de asistencia, asesoría y representación judicial, para las personas que no pueden contar con un abogado en razón de su situación económica o social, garantizando con ella el derecho a una defensa de calidad.

3.4.2. ÓRGANOS AUXILIARES

Dentro de los organismos auxiliares que forman parte de la Función Judicial están:  Notarias;

 Depositarios Judiciales;  Síndicos;

(43)

32  Liquidadores de costas.

g) METODOLOGÍA

Se utilizará los siguientes métodos en la presente investigación: METODO INDUCTIVO-DEDUCTIVO

Se aplica este método debido a que se llega a conclusiones generales a partir de lo particular de las acciones y ejecución de procesos; y, el proceso de ir de lo general a lo particular, permitiendo deducir prácticas y hechos verificables de toda clase de información que interprete la programación neurolingüística en el módulo de LEYES ORGÁNICAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

METODO ANALITICO-SINTETICO

Analítico – sintético. Este método hará posible la comprensión de todos los hechos, casos e ideas, que existen y suceden en la carrera de Derecho de UNIANDES, en el aplicación y evaluación de la materia de LEYES ORGÁNICAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

METODO HISTORICO-LOGICO

Histórico – lógico. La aplicación de este método permitirá recabar y determinar los hechos sucedidos con anterioridad pero con el mismo fondo dentro del proceso enseñanza aprendizaje en la educación superior con la aplicación de la programación neurolingüística, analizando los hechos pasados, comparándolos con los de actualidad.

TECNICA

(44)

33 ANALISIS DE UN CASO PRÁCTICO.

SEGUIMIENTO Y EVALUACION DEL SILABO Período Académica: ABRIL – AGOSTO 2017 AMBATO Carrera: DERECHO

Nivel: 9 Paralelo: A Modalidad: PRESENCIAL Docente: Ab LEÓN BURGOS GABRIELA P

Asignatura: LEYES ORGÁNICAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Criterios de Evaluación

OBJETIVO

Aplicar normas jurídicas relativas a la administración de justicia, con la trascendencia de la superposición de los principios jurídicos para la correcta evolución de un proceso, a fin de llegar a la verdad de los hechos y su influencia en la resolución de los casos, en un Estado de derechos y de justicia constitucional.

Nivel de logro: 8 MEDIO

RESULTADOS DE APRENDIZAJE ARTICULACIÓN 1

Realiza informes, mapas conceptuales y ensayos a base de la investigación ciencia jurídica para el adecuado conocimiento integración, atribuciones y competencia de los Jueces de Primer nivel, Jueces Provinciales y Jueces de la Corte Nacional de Justicia Articulación Nivel de logro: 9 ALTO

ARTICULACIÓN 2

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34 Nivel de logro: 8 MEDIO

ARTICULACIÓN 3

Realiza organizadores gráficos y mapas conceptuales sobre la importancia de los organismos de competencia de la Función Judicial.

Nivel de logro: 8 MEDIO ARTICULACIÓN 4

Aplica la normativa jurídica relativa a la administración de Justicia mediante mapas conceptuales, organizadores gráficos e informes sobre la competencia y estructura de la Corte Constitucional.

Nivel de logro: 9 ALTO

CONTENIDOS

Articulación 1 Impartido

- Principios jurídicos, derechos y garantías SI - Principio de la Administración de Justicia SI - Estructura de la Función Judicial SI - Responsabilidad del Estado en la Administración de Justicia SI

- El Derecho de Repetición NO

- Responsabilidad personal de Jueces y Juezas, Fiscales y Defensores

Públicos NO

- La Potestad Jurisdiccional SI

Articulación 2

- La Corte Provincial de Justicia SI - Juzgados de Primer Nivel y Tribunales SI - Facultades, debes y prohibiciones aplicadas a Jueces y Juezas SI

- Unidades Judiciales NO

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35

- Medios Alternativos de Solución de Conflictos NO Articulación 2

- El Consejo Nacional de la Judicatura SI

- Fiscalía General del Estado SI

- La Defensoría Pública SI

- Los Notarios NO

- Depositarios, Síndicos, Martilladores y Liquidadores SI

- De Costas. NO

Articulación 3

- Naturaleza Jurídica, Integración y requisitos para ser Juez

Constitucional SI

- Competencia, estructura interna de la Corte Constitucional SI - El Pleno, Quórum y Funcionales SI - Presidencia de la Corte Constitucional: Elección y Funciones SI - Del Presidente o Presidenta de la Corte Constitucional SI - Jueces y Juezas de la Corte Constitucional: Selección,

Designación y cesación NO

- Salas que integran la Corte Constitucional NO - Jurisdicción y Competencia de la Corte Constitucional NO - Justicia Constitucional y Justicia Ordinaria NO

(47)

36

h) PROPUESTA

ESTRATEGIA PARA LA APLICACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN NEUROLINGÜÍSTICA EN LA MATERIA DE LEYES ORGÁNICAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA CARRERA DE DERECHO DE UNIANDES, PARA EVITAR DESINTERÉS EN EL APRENDIZAJE

ANTECEDENTES

La Universidad Regional Autónoma de los Andes en su Facultad de Jurisprudencia, Carrera de Derecho modalidad presencial y Semipresencial, tiene un promedio de 300 estudiantes de primero a decimo nivel modalidades, presencial y semipresencial.

La evaluación debe ser analítica, integral, y especializada a las necesidades del docente preocupado por sus alumnos y que intenta ir más allá de encontrar solo una nota cuantitativa, sino lograr un aprendizaje significativo.

La Programación Neuro Lingüística, es considerada una herramienta idónea para la transferencia de conocimientos, objetivo principal requerido por esta catedra. Lo cual se verá reflejado en el proceso evaluativo.

Se tomarán percepciones sensoriales con el fin de relacionarlas a la materia impactando en el conocimiento para lograr una mejor retentiva.

DESARROLLO DE LA PROPUESTA

ESTRATEGIA PARA LA APLICACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN NEUROLINGÜÍSTICA EN LA MATERIA DE LEYES ORGÁNICAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA CARRERA DE DERECHO DE UNIANDES, PARA EVITAR DESINTERÉS EN EL APRENDIZAJE

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37

describir aspectos referentes a la organización y estructura de la Función Judicial, sus organismos jurisdiccionales, auxiliares, autónomos y administrativos, la conformación de los Juzgados y Cortes, sean que administren justicia ordinaria o constitucional. Las atribuciones y deberes de los jueces y más funcionarios de la función judicial y sus organismos adscritos.

OBJETIVO GENERAL

Aplicar normas jurídicas relativas a la administración de justicia, con la trascendencia de la superposición de los principios jurídicos para la correcta evolución de un proceso, a fin de llegar a la verdad de los hechos y su influencia en la resolución de los casos, en un Estado de derechos y de justicia constitucional, para proponer soluciones a los problemas jurídicos de la sociedad.

MÉTODOS Y ESTRATEGIAS.

El método principal del desarrollo del curso de Leyes Orgánicas de la Administración de Justicia será el analítico – sintético, inductivo – deductivo, heurístico, métodos caracterizados por centrarse fundamentalmente en el estudiante y su interactividad en todos los niveles del conocimiento, es decir con participación activa consiente del estudiante. Para el logro de estos propósitos usaremos las siguientes Estrategias:

a. Clases magistrales (Presentaciones y exposiciones).- Este método pedagógico está destinado a dar una orientación general, precisar conceptos y exponer conocimientos actualizados e integrados de la asignatura. Precederán a las actividades prácticas y se estimulará la participación activa del estudiante de derecho. Participaran el docente expositor y alumnos.

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