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Miércoles, 22 de julio de 2009
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de Salud a Paraguay y encargan su Despacho a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCION SUPREMA Nº 186-2009-PCM
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, mediante documento Nº PPTP/FCCP/76/09 del 09 de julio de 2009, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay a través de la Coordinadora Nacional Paraguaya del Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR y Estados Asociados ha convocado a la XXXVII Reunión Ampliada del Consejo Mercado Común para los días 23 y 24 de julio de 2009, en la cual los Ministros de Salud de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados darán a conocer la “Declaración Conjunta sobre las medidas de Protección en Respuesta a la Pandemia de la Influenza A(H1N1)”, que se realizará en la ciudad de Asunción, República del Paraguay;
Que, para tal efecto y demás compromisos protocolares al respecto, es necesaria la concurrencia del señor Ministro de Salud, debiendo ser asumidos los gastos de pasajes, viáticos y tarifa única por uso del aeropuerto el Ministerio de Salud, con cargo a su presupuesto;
Que, en tanto dure la ausencia del titular, se debe encargar la Cartera del Ministerio de Salud;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
Estando a lo acordado; SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, el viaje del Ministro de Salud, señor OSCAR RAUL UGARTE
UBILLUZ, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del día 22 al 26 de Julio de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar la Cartera de Salud a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo,
señora MANUELA ESPERANZA GARCÍA COCHAGNE, del 22 al 26 de Julio de 2009.
Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema,
serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud de acuerdo al siguiente detalle:
- Pasajes US$ 1 243.00
- Viáticos US$ 1 000.00 - Tarifa CORPAC US$ 30.25
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Artículo 4.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de
impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de
Ministros y por el Ministro de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud
Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Paraguay y encargan su Despacho al Ministro de Defensa
RESOLUCION SUPREMA Nº 187-2009-PCM
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional, fortaleciendo su proceso de inserción a nivel global;
Que el Perú es miembro asociado de MERCOSUR desde el 15 de diciembre de 2003 y en esa calidad participa de manera activa en las reuniones de dicho foro, en vista de la importancia que concede el Perú a su integración con los países miembros y asociados de ese bloque, cuya potencialidad se extiende no solo a los aspectos comerciales sino también a los ámbitos de seguridad, político, económico y de integración física, entre otros;
Que, los días 23 y 24 de julio se realizará en Asunción, Paraguay, la XXXVII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común y la Cumbre de los Presidentes de los Estados Parte del MERCOSUR y Estados asociados, respectivamente, siendo éstas las dos reuniones más importantes de dicho sistema de integración;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, a la ciudad de Asunción, República de Paraguay, a fin de representar a nuestro país en las reuniones antes citadas;
De conformidad con el inciso m) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009;
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Artículo 1.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones
Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, a la ciudad de Asunción, República de Paraguay, los días 23 y 24 de julio de 2009, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro de Estado en el Despacho
de Relaciones por concepto de Pasajes US$ 1,298.30; viáticos US$ 600,00; y tarifa por uso de aeropuerto US$ 31,00; serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario al término de la referida comisión.
Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al Ministro de Estado en el
Despacho de Defensa, señor Rafael Rey, en tanto dure la ausencia del titular.
Artículo 4.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de
Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores
Encargan el Despacho del Ministro de Educación al Ministro de Economía y Finanzas RESOLUCION SUPREMA Nº 188-2009-PCM
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 183-2009-PCM de fecha 17 de julio de 2009, se otorgó licencia al ingeniero José Antonio Chang Escobedo, Ministro de Educación, del 20 de julio al 3 de agosto de 2009, por motivos de índole personal;
Que, en consecuencia, corresponde la Encargatura de su cartera;
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, y en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
Estando a lo acordado; SE RESUELVE:
Artículo 1.- Encargar el Despacho del Ministro de Educación al señor Luis Julián Martín
Carranza Ugarte, Ministro de Economía y Finanzas mientras dure la ausencia de su titular.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo
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Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
Designan Asesor del Presidente del Consejo de Ministros RESOLUCION MINISTERIAL Nº 324-2009-PCM
Lima, 20 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM, el Presidente del Consejo de Ministros podrá contar con asesores designados mediante Resolución Ministerial;
Que se ha visto por conveniente designar a uno de los asesores del Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor EDGAR ENRIQUE CARPIO MARCOS en el cargo de
Asesor del Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
AGRICULTURA
Designan Asesor del Despacho Ministerial RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0535-2009-AG
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, se ha visto por conveniente designar a un Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
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Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, con efectividad al 13 de julio de 2009, al señor CARLOS
ENRIQUE TORRES ENRIQUEZ como Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura
Dan por concluida designación de Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0536-2009-AG
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1070-2008-AG se designó a CARLOS ENRIQUE LOZADA GARCIA como Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación antes mencionada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de CARLOS
ENRIQUE LOZADA GARCIA como Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura
Dan por concluida designación de Asesor del Despacho Ministerial RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0537-2009-AG
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
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Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0331-2009-AG se designó a TOMAS MARTIN ZAMUDIO BRICEÑO como Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación antes mencionada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de TOMAS
MARTIN ZAMUDIO BRICEÑO como Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura
Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Ministerial RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0538-2009-AG.
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0188-2009-AG se designó a RICARDO ADOLFO FORT MEYER como Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura;
Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por RICARDO
ADOLFO FORT MEYER al cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura que venía desempeñando, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura
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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0539-2009-AG.
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0189-2009-AG se designó a ALVARO ESPINOZA BENZA como Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura;
Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por ALVARO
ESPINOZA BENZA al cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura que venía desempeñando, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Designan representantes titular y alterna del Ministerio ante la Autoridad Autónoma del Colca y Anexos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 099-2009-MINCETUR-DM
Lima, 14 de julio de 2009
Visto el Memorándum Nº 474-2009-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo. CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 24521, modificada por Ley Nº 28537, se creó la Autoridad Autónoma del “Circuito Turístico Cañón del Colca, Salinas, Aguada Blanca y Valle de los Volcanes”, también denominada Autoridad Autónoma del Colca y Anexos, la misma que está integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR;
Que, por Resolución Ministerial Nº 172-2007-MINCETUR/DM, del 23 de agosto de 2007, se designó a los representantes titular y alterno del MINCETUR, ante la entidad antes referida, designación que es necesario actualizar;
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De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR;
De acuerdo con la propuesta formulada por el Viceministro de Turismo. SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a las señoras Claricia Teresa Tirado Díaz y Gabriela Patricia Rivera
Ojeda, como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Autoridad Autónoma del Colca y Anexos.
Artículo 2.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolución Ministerial Nº
172-2007-MINCETUR/DM.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial Ambiental creada por D. Leg. Nº 1013
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 100-2009-MINCETUR-DM
Lima, 14 de julio de 2009
Visto el Oficio Nº 11-2009-SG/MINAM, de fecha 17 de junio de 2009, del Secretario General del Ministerio del Ambiente;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1013 - Ley de creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente, la Comisión Multisectorial Ambiental es el órgano encargado de coordinar y concertar a nivel técnico los asuntos de carácter ambiental entre los Sectores, cuya composición y funciones se rigen por las disposiciones aplicables a la Comisión Ambiental Transectorial que estuvo regulada por la Ley Nº 28245 - Ley Marco del Sistema de Gestión Ambiental;
Que, por tanto, la Comisión Multisectorial Ambiental está integrada, entre otros miembros, por los Viceministros de los Sectores, conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 28245, antes citada;
Que, en atención a lo solicitado por el Secretario General del Ministerio del Ambiente, mediante el Oficio del Visto, es necesario formalizar la designación de los Viceministros de Comercio Exterior y de Turismo, como representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, ante la Comisión Multisectorial Ambiental;
De acuerdo con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR;
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Artículo Único.- Designar al Viceministro de Comercio Exterior y al Viceministro de
Turismo, como representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, ante la Comisión Multisectorial Ambiental creada por el artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1013.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
Prorrogan delegación de facultad para expedir Certificados de Origen a los exportadores, a instituciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 102-2009-MINCETUR-DM
Lima, 17 de julio de 2009
Vistos los Expedientes Nºs. 014571, 009951, 013866, 007212, 014644, 014726; CONSIDERANDO:
Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 337, 338, 340, 343, 344-2003-MINCETUR/DM, y 319-2005-MINCETUR/DM y sus correspondientes prórrogas, se delegó a la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna, la Cámara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Producción del Cusco, la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto, y la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Del Santa, respectivamente, la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras; delegación que se sujeta a los términos de los Convenios suscritos entre dichas instituciones y el MINCETUR;
Que, mediante los expedientes del Visto, las instituciones citadas en el párrafo anterior, han solicitado que se prorrogue la delegación de la facultad de emitir los Certificados de Origen;
Que, mediante los Informes Nºs. 37, 38, 39, 40 y 42-2009-MINCETUR/VMCE/DNINCI-SACO, de la Subdirectora de Administración de Certificados de Origen y el Subdirector de Integración Regional, el Informe Nº 45-2009-MINCETUR/VMCE/DNINCI-SACO del Subdirector de Integración Regional y el Memorandum Nº 339-2009-MINCETUR-VMCE del Viceministro de Turismo, se ha emitido opinión favorable para el otorgamiento de las prórrogas solicitadas;
Que, se mantienen las razones de orden técnico y territorial por las cuales resulta conveniente continuar con la delegación efectuada en las instituciones antes mencionadas;
Que, el artículo 17 de la Ley Nº 27444 permite que el acto administrativo tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si es más favorable a los administrados, no lesiona derechos fundamentales o intereses de buena fe legítimamente protegidos a terceros, y exista en la fecha a la que se pretende retrotraerse la eficacia el supuesto de hecho justificativo para su adopción, requisitos que se cumplen en el presente caso;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;
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Artículo 1.- Acumular los Expedientes Nºs. 014571, 009951, 013866, 007212, 014644,
014726.
Artículo 2.- Prorrogar con eficacia anticipada al 1 de julio de 2009 y hasta el 15 de agosto de 2009, la delegación de la facultad de expedir Certificados de Origen a los exportadores, otorgada a la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna, la Cámara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Producción del Cusco, la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto, y la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Del Santa.
Artículo 3.- La delegación será ejercida de acuerdo a los términos de los Convenios que
cada una de las instituciones mencionadas han suscrito con el MINCETUR y a las Adendas respectivas que se deben suscribir por efecto de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación
del MINCETUR, las Adendas correspondientes a las prórrogas referidas en el Artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, debiendo cumplir estrictamente con los requisitos exigidos para tal efecto de acuerdo a ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
Prorrogan delegación de facultad para expedir Certificados de Origen a los exportadores, a instituciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 103-2009-MINCETUR-DM
Lima, 17 de julio de 2009
Vistos los Expedientes Nºs. 011139, 013381, 014122, 009384, 011572, 013755, 012795, 014090 y 011695;
CONSIDERANDO:
Que, por Resoluciones Ministeriales Nºs. 041-2002-MINCETUR/DM, 287, 341, 342, 345-2003-MINCETUR/DM, 217, 304-2004-MINCETUR/DM, 159-2005-MINCETUR/DM y 131-2007-MINCETUR/DM y sus correspondientes prórrogas, se delegó a la Asociación de Exportadores, la Cámara de Comercio de Lima, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Cámara de Comercio de La Libertad, la Cámara de Comercio y Producción de Puno, la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de Sullana, la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes, y la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Agricultura; la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras; delegación que se sujeta a los términos de los Convenios suscritos entre dichas instituciones y el MINCETUR;
Que, mediante los expedientes del Visto, las instituciones citadas en el párrafo anterior, han solicitado se prorrogue la delegación de la facultad de emitir los Certificados de Origen;
Que, mediante los Informes Nºs. 25, 26 - A, 29, 30, 31, 32, 33, 34 y 44-2009-MINCETUR/VMCE/DNINCI-SACO, de la Subdirectora de Administración de Certificados de Origen y del Subdirector de Integración Regional y el Memorándum Nº 339-2009-MINCETUR-VMCE del
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Viceministro de Turismo, se ha emitido opinión favorable para el otorgamiento de las prórrogas solicitadas;
Que, se mantienen las razones de orden técnico y territorial por las cuales resulta conveniente continuar con la delegación efectuada en las instituciones antes mencionadas;
Que, el artículo 17 de la Ley Nº 27444 permite que el acto administrativo tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si es más favorable a los administrados, no lesiona derechos fundamentales o intereses de buena fe legítimamente protegidos a terceros, y exista en la fecha a la que se pretende retrotraerse la eficacia el supuesto de hecho justificativo para su adopción, requisitos que se cumplen en el presente caso;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Acumular los Expedientes Nºs. 011139, 013381, 014122, 009384, 011572,
013755, 012795, 014090 y 011695.
Artículo 2 .- Prorrogar con eficacia anticipada al 1 de julio de 2009 y hasta 31 de octubre
de 2011 la delegación de la facultad de expedir Certificados de Origen a los exportadores, otorgada a la Asociación de Exportadores, la Cámara de Comercio de Lima, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Cámara de Comercio de La Libertad, la Cámara de Comercio y Producción de Puno, la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, y la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes. Asimismo, prorrogar con eficacia anticipada al 1 de junio de 2009 y hasta el 31 de octubre de 2011 la delegación de la facultad de expedir Certificados de Origen a los exportadores, otorgada a la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de Sullana y a la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Agricultura.
Artículo 3.- La delegación será ejercida de acuerdo a los términos de los Convenios que
cada una de las instituciones mencionadas han suscrito con el MINCETUR y a las Adendas respectivas que se deben suscribir por efecto de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación
del MINCETUR, las Adendas correspondientes a las prórrogas referidas en el Artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, debiendo cumplir estrictamente con los requisitos exigidos para tal efecto de acuerdo a ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01, Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público
-Enfoque por Resultados-”
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Lima, 17 de julio de 2009.CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección Nacional del Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta normas y establece los procedimientos relacionados a su ámbito;
Que, la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en el marco del Sistema de la Administración Financiera del Sector Público, y conforme al artículo 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, tiene entre sus competencias la de promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;
Que el numeral 79.1 del artículo 79 de la Ley Nº 28411, establece que el Presupuesto por Resultados es una metodología que se aplica progresivamente al proceso presupuestario en una visión de logro de productos, resultados y uso eficaz y eficiente de los recursos del Estado a favor de la población, retroalimentando los procesos anuales de asignación del presupuesto público y mejorando los sistemas de gestión administrativa del Estado.
Que, como parte de las reformas en materia de gestión presupuestaria que viene impulsando la Dirección Nacional del Presupuesto Público a efectos de mejorar la eficacia del gasto público, mediante la Resolución Directoral Nº 022-2009-EF/76.01 se ha aprobado la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público - Enfoque por Resultados”, que contiene disposiciones generales y permanentes orientadas a que las entidades de los niveles del Gobierno Nacional, programen y formulen su presupuesto institucional en base a Productos y Resultados;
Que, a efectos de precisar la aplicación de algunas disposiciones de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público - Enfoque por Resultados”, resulta necesario establecer lineamientos de aplicación de las disposiciones que regulan la imputación de los gastos a nivel producto, así como, realizar algunas precisiones en torno a la identificación de productos y la vinculación con el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Que, asimismo, es necesario modificar el plazo fijado a las entidades para presentar la documentación para la programación de los Programas Estratégicos, señalada en el artículo 8 del Anexo III de la Programación Presupuestaria Estratégica - Presupuesto por Resultados - de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01, Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público - Enfoque por Resultados - en razón a que la información requerida es necesaria para realizar la programación del presupuesto que requerirán los Programas Estratégicos para el 2009.
En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Directiva Nº
002-2009-EF/76.01, Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público - Enfoque por Resultados -.”
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Artículo 2.- Establecer hasta el 07 de agosto de 2009, el plazo que tienen las entidades
para presentar la documentación de los Programas Estratégicos, señalada en el artículo 8 del Anexo III de la Programación Presupuestaria Estratégica - Presupuesto por Resultados - de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01, Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público - Enfoque por resultados -.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MUÑOZ ROMERO
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
APÉNDICE
“LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA Nº 002-2009-EF/76.01, DIRECTIVA GENERAL PARA LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO
DEL SECTOR PÚBLICO - ENFOQUE POR RESULTADOS”
Artículo 1.- Precisión respecto a la identificación de la población beneficiaria de los productos
Para la aplicación de lo señalado en los artículos 4, 5, 6 y 7 de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01, en la determinación de la población beneficiaria de los productos identificados, se tomará en consideración que ésta puede estar constituida por individuos, grupos de individuos, comunidades, instituciones públicas y/o privadas, entre otros, en función de los objetivos de la Entidad.
Artículo 2.- Precisiones respecto a la identificación de productos y a la definición de la Meta Presupuestaria
2.1 Con relación a lo señalado en el literal b) del artículo 5 de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01, las Entidades definen la cantidad de productos en función a sus características y particularidades en el marco de la implementación gradual de la programación y formulación presupuestaria bajo el Enfoque por Resultados.
2.2 Con relación a lo señalado en el artículo 7 de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01, debe entenderse que las metas presupuestarias identifican tanto a los productos como a aquellos gastos no vinculados directamente a los productos, así como a los proyectos de inversión, gastos de asesoramiento y apoyo de la Entidad.
Artículo 3.- Imputación de los gastos de los productos
Con relación a los criterios generales para la determinación de la demanda global de gastos regulada en el artículo 9 de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01 y lo señalado en el Apéndice “Identificación, Determinación y Costeo de Productos” de dicha Directiva, debe precisarse que se reconocen los diferentes mecanismos de identificación de los gastos vinculados a productos utilizados por las entidades, tanto en lo referente a costos directos como indirectos. En dicho contexto, las imputaciones de costos que se realicen durante la etapa de formulación, no son susceptibles de observación conforme al marco de la implementación gradual de la programación y formulación presupuestaria bajo el Enfoque por Resultados.
Artículo 4.- Aplicación del artículo 7 del Anexo III de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01 respecto al uso de los Sistemas de Información para la etapa de formulación presupuestal
El uso del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) en la Formulación Presupuestal sólo es aplicable, de manera facultativa, a las Entidades involucradas en la aplicación
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de los Programas Estratégicos del Presupuesto por Resultados, según lo señalado en el numeral 1.2 del artículo 1 del Anexo III de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01.
ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesión definitiva para desarrollar actividades de transmisión de energía eléctrica a favor de la Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.A. - EDELNOR
S.A.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 056-2009-EM
Lima, 21 de julio de 2009
VISTO: El Expediente Nº 14170908, sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentada por la Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.A. - EDELNOR S.A.A., inscrita en el Asiento B 00001 de la Partida Nº 11008737 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO:
Que, la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 66 kV S.E. Huacho REP - S.E. Huacho EDELNOR, ubicada en los distritos de Hualmay, Santa María y Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 191-2008-MEM/AAE, de fecha 10 de abril de 2008, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de Impacto Ambiental de la Línea de Transmisión en 66 kV S.E. Huacho REP - S.E. Huacho Edelnor;
Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 151-2009-DGE-DCE;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;
Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de la Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.A. - EDELNOR S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 66 kV S.E. Huacho REP - S.E. Huacho EDELNOR, ubicada en los distritos de Hualmay, Santa María y Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.
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Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la
concesión son los siguientes:
Ancho de Faja
Salida / Llegada de la Tensión N° de Longitud de servidumbre que
línea transmisión (kV) Ternas (km) corresponde
(m)
S.E. Huacho REP - S.E. Huacho 66 01 13,41 16
EDELNOR
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 335-2009 a suscribirse con la Empresa
de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.A. - EDELNOR S.A.A., el que consta de 17 cláusulas y 03 anexos.
Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la
Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión Nº 335-2009 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notificada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y
Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
JUSTICIA
Designan Director General Adjunto de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0132-2009-JUS
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Director General Adjunto de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia;
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Que, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo público de confianza;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor economista ANDRÉS PEREZ ROMERO en el cargo de
Director General Adjunto de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.
AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Constituyen Comisión Sectorial encargada de evaluar, analizar y recomendar acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión, así como de elaborar el nuevo proyecto de
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 277-2009-MIMDES
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el artículo 4 de la precitada Ley señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, mediante Ley Nº 28495 se creó el Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA como Organismo Público Descentralizado multisectorial, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES se dispuso la fusión por absorción del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, siendo dicho dispositivo dejado sin efecto con la Ley Nº 29146 que aprobó la fusión del Consejo Nacional para la Integración de la persona con Discapacidad - CONADIS y del INDEPA con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2008-MIMDES se dispuso la adscripción del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, encargándose a este último Ministerio presentar el proyecto de adecuación de su Reglamento de Organización y Funciones y el proyecto
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de nuevo Reglamento de Organización y Funciones del INDEPA, así como gestionar la aprobación de los dispositivos legales que se requieran para el funcionamiento efectivo del INDEPA;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM se aprobó la calificación de Organismos Públicos, estableciendo que el INDEPA, entre otros, tiene la calidad de Organismo Público Ejecutor y disponiendo la adecuación de su Reglamento de Organización y Funciones de acuerdo con lo establecido en el Título IV de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2009-MIMDES se declaró en reorganización al INDEPA por un plazo de sesenta (60) días calendario, facultándose a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social a desarrollar las acciones y dictar las disposiciones que considere necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en el referido Decreto Supremo;
Que, a mérito de los dispositivos precitados y con el fin de implementar las acciones señaladas en el Decreto Supremo Nº 006-2009-MIMDES, es necesario conformar una Comisión Sectorial encargada de evaluar, analizar y recomendar las acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión, así como de elaborar el nuevo proyecto de Reglamento de Organización y Funciones para el INDEPA, y demás dispositivos legales que se requieran para su funcionamiento efectivo;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, la Ley Nº 29146, la Ley Nº 27793, el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, el Decreto Supremo Nº 001-2008-MIMDES y el Decreto Supremo Nº 006-2009-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- De la Comisión Sectorial
Constitúyase una Comisión Sectorial encargada de evaluar, analizar y recomendar las acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión, así como de elaborar el nuevo proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA, y demás dispositivos legales que se requieran para su funcionamiento, efectivo a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 006-2009-MIMDES, la misma que estará conformada por:
- El (la) Viceministro (a) de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES o quien éste delegue, quien la presidirá.
- El (la) Presidente (a) Ejecutivo (a) del INDEPA o quien éste delegue.
- El (la) Director (a) General de la Oficina General Planificación y Presupuesto del MIMDES o quien éste delegue.
Artículo 2.- De las funciones
La Comisión tendrá como funciones evaluar y proponer los cambios y formular recomendaciones necesarias para la optimización de la administración y gestión del INDEPA.
Con este propósito, la Comisión podrá solicitar el apoyo que requiera a las Unidades Orgánicas del Sector Mujer y Desarrollo Social para el adecuado cumplimiento de sus fines.
La Comisión tendrá la facultad de invitar a especialistas y representantes de diversas instituciones del Sector Público y Privado para el cumplimiento de sus fines y solicitar de éstos la información adicional que requiera.
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La Comisión podrá aprobar a través de resolución de su presidente, la conformación de Grupos de Trabajo específicos sobre las acciones de su competencia.
Artículo 4.- Del Informe Final
La Comisión se instalará en el plazo de tres (3) días calendario, computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial, debiendo presentar en el término de treinta (30) días calendario contados desde su instalación tanto el informe final como los proyectos de documentos de gestión y normas necesarios para el funcionamiento efectivo del INDEPA, debiendo estos documentos ser elevados al Despacho Ministerial de la Mujer y Desarrollo Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA
Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
PRODUCE
Aprueban Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Producción RESOLUCION SUPREMA Nº 021-2009-PRODUCE
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1047 del 28 de junio del 2008, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, estableciendo sus competencias en materia de pesquería, acuicultura, industria y comercio interno;
Que, la Ley Nº 29271 del 22 de octubre del 2008, estableció que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y fomento de las cooperativas, transfiriéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa; asimismo, el artículo 6 de dicha Ley, dispuso que el Ministerio de la Producción y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo adecuarán sus respectivos reglamentos de organización y funciones, así como su estructura orgánica a las disposiciones contenidas en la acotada Ley;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2009-PRODUCE, publicado el 21 de mayo de 2009, se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, que en el marco de lo establecido en la Ley Nº 29721, incorpora la Dirección General de MYPE y Cooperativas en el Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, precisando en el numeral 14.1 del artículo 14, que el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal, en el caso de los Ministerios, debe contar con el informe previo de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, de conformidad con el inciso a) del artículo 16 de los Lineamientos citados en el considerando precedente, cuando la Entidad haya sufrido modificaciones en su Reglamento de Organización y Funciones que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional aprobadas conforme a la normativa vigente, la Entidad se encuentra obligada a aprobar un nuevo Cuadro para Asignación de Personal en los términos establecidos en los artículos 14 y 15 de dicho dispositivo; el mismo que debe ser aprobado por Resolución Suprema refrendada por el Titular de la Entidad;
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Que, mediante Resolución Ministerial Nº 057-2005-PRODUCE, se aprueba el Clasificador de Cargos del Ministerio de la Producción, el mismo que ha sido modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 178-2006-PRODUCE, Nº 318-2006-PRODUCE y Nº 025-2009-PRODUCE;
Que, los artículos 4 y 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, prevén la publicación obligatoria de las Resoluciones Supremas en el Diario Oficial El Peruano, y de sus anexos en el portal institucional de la entidad emisora en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial;
Que, en tal sentido corresponde emitir el acto de administración por el cual se apruebe el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de la Producción, formulado en razón a la modificación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE y modificado por el precitado Decreto Supremo Nº 018-2009-PRODUCE, el cual aborda únicamente la incorporación de cargos para el cumplimiento de las nuevas competencias en materia de MYPE y Cooperativas del Ministerio de la Producción;
Con el visado de las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción y contando con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del CAP de PRODUCE
Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Producción.
Artículo 2.- Publicación en el Diario Oficial
La presente Resolución Suprema será publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Producción aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Suprema será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción - PRODUCE (www.produce.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto por el artículo segundo de la Ley Nº 29091 que modifica la Ley Nº 27444.
Artículo 3.- Vigencia
La presente norma entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en los portales institucionales a que se refiere al artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Derogatoria
Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 010-2006-PRODUCE que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Producción; el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 318-2006-PRODUCE; la Resolución Ministerial Nº 332-2008-PRODUCE; Nº 679-2008-PRODUCE; y, la Resolución Ministerial Nº 025-2009-PRODUCE.
Artículo 5.- Refrendo
La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
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MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZMinistra de la Producción
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el CODEMYPE RESOLUCION MINISTERIAL Nº 301-2009-PRODUCE
Lima, 20 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 7 de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, concordado con el artículo 8 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-TR, se crea el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE, como órgano multisectorial y espacio de concertación público privado destinado a contribuir a la promoción y formalización para la competitividad y desarrollo de la micro y pequeña empresa, el mismo que está integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción;
Que, el artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 28015 - Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-TR, establece que la acreditación de los representantes titulares y alternos de los Ministerios que conforman el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE, será efectuada por Resolución Ministerial del Titular del Sector correspondiente y comunicada a la Secretaría Técnica de este órgano;
Que, en dicho marco, mediante Resolución Ministerial Nº 238-2009-PRODUCE del 9 de junio de 2009, se designó al Viceministro de MYPE e Industria y a la señora Lucy Teresa Vásquez Vinces, profesional del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria como representantes Titular y Alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción, ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE;
Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto la Resolución Ministerial antes indicada, designando a los nuevos representantes Titular y Alterno del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE;
Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el artículo 25 inciso 8) y 10) de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Deja sin efecto Resolución Ministerial
Déjese sin efecto la Resolución Ministerial Nº 238-2009-PRODUCE, por la cual se designó al Viceministro de MYPE e Industria y a la señora Lucy Teresa Vásquez Vinces, profesional del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria como representantes Titular y Alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción, ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE, dándosele las gracias por la importante labor realizada.
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Artículo 2.- Designa representantes del Ministerio de la Producción ante el CODEMYPE
Designar a la señora LUCY TERESA VÁSQUEZ VINCES y al señor GUSTAVO JESÚS GONZÁLEZ PRIETO, como representantes Titular y Alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción, ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de la Producción
Designan Presidente del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 302-2009-PRODUCE
Lima, 20 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 7 de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, concordado con el artículo 8 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-TR, se crea el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE, como órgano multisectorial y espacio de concertación público privado destinado a contribuir a la promoción y formalización para la competitividad y desarrollo de la micro y pequeña empresa;
Que, mediante el artículo 3 de la Ley Nº 29271 se transfiere al Ministerio de la Producción las competencias y funciones de la micro y pequeña empresa - MYPE, previstas en la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE, la Ley Nº 28015 y sus modificatorias aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 007-2TR y Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, entendiéndose en consecuencia, que toda referencia al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo será al Ministerio de la Producción;
Que, igualmente mediante el artículo 4 de la Ley Nº 29271 se adscribe el órgano consultivo Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE, al Ministerio de la Producción;
Que, de acuerdo al artículo 74 del Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28015 y en aplicación de la Ley Nº 29271, el representante del Presidente de la República y Presidente del CODEMYPE, es el Ministro de la Producción o quien éste designe;
Que, en mérito a lo expuesto, se ha visto por conveniente designar al señor Edgar Quispe Remón, Viceministro de MYPE e Industria en representación de la Ministra de la Producción, como Presidente del Consejo Nacional de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE;
Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el artículo 25 inciso 8) y 10) de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización
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y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designación
Designar en representación de la Ministra de la Producción, al señor EDGAR QUISPE REMÓN, Viceministro de MYPE e Industria, como Presidente del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de la Producción
Designan Director de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 303-2009-PRODUCE
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil;
Que, con Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos, habiéndose determinado su Política Remunerativa a través del Decreto Supremo Nº 108-2009-EF;
Que, mediante Oficio Nº 135-2009-PRODUCE/DM, la Titular del Sector, solicitó a la Autoridad Nacional del Servicio Civil la asignación de un Gerente Público;
Que, como consecuencia del Primer Proceso de Selección para la Incorporación de profesionales al Cuerpo de Gerentes Públicos, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-2009-ANSC-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ha incorporado al señor Mario Arellano Ramírez al Cuerpo de Gerentes Públicos y ha dispuesto que el mismo sea asignado al Ministerio de la Producción, en el cargo de Director de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la Oficina General de Planificación y Presupuesto;
Que, los Gerentes Públicos son asignados a las entidades solicitantes por períodos de tres años renovables, a pedido de éstas;
Que, en tal sentido resulta necesario emitir el acto administrativo mediante el cual se designe al señor Mario Arellano Ramírez, en el cargo de Director de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de la Producción;
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De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; el Decreto Legislativo Nº 1024 que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designación
Designar, a partir de la fecha, al señor Mario Arellano Ramírez, en el cargo de Director de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de la Producción, por el período de tres (3) años.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de la Producción
Designan Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 304-2009-PRODUCE
Lima, 21 de julio de 2009 CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil;
Que, con Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos, habiéndose determinado su Política Remunerativa a través del Decreto Supremo Nº 108-2009-EF;
Que, mediante Oficio Nº 135-2009-PRODUCE/DM, la Titular del Sector, solicitó a la Autoridad Nacional del Servicio Civil la asignación de un Gerente Público;
Que, como consecuencia del Primer Proceso de Selección para la Incorporación de profesionales al Cuerpo de Gerentes Públicos, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-2009-ANSC-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ha incorporado al señor Dave Gregory Pogois Loayza al Cuerpo de Gerentes Públicos y ha dispuesto que el mismo sea asignado al Ministerio de la Producción, en el cargo de Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería;
Que, el citado cargo es considerado de confianza; sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024, la condición de confianza del cargo se suspenderá durante el periodo de asignación del Gerente Público;
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Que, los Gerentes Públicos son asignados a las entidades solicitantes por períodos de tres años renovables, a pedido de éstas;
Que, en tal sentido resulta necesario emitir el acto administrativo mediante el cual se designe al señor Dave Gregory Pogois Loayza, en el cargo de Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, la Secretaría General y de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y de Planificación y Presupuesto;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; el Decreto Legislativo Nº 1024 que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designación
Designar, a partir de la fecha, al señor Dave Gregory Pogois Loayza, en el cargo de Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, por el período de tres (3) años.
Artículo 2.- Da por concluida encargatura
Dar por concluido, a partir de la fecha, el encargo de puesto efectuado mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 268-2009-PRODUCE a favor del señor Teófilo Guevara Fabián, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de la Producción
SALUD
Designan Director General de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 474-2009-MINSA
Lima, 21 de julio de 2009
Vista la renuncia presentada por el médico cirujano Edward Alcides Cruz Sánchez; CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial Nº 760-2008/MINSA del 23 de octubre de 2008, se designó al médico cirujano Edward Alcides Cruz Sánchez, en el cargo de Director General de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud;
Que con Resolución Ministerial Nº 090-2008/MINSA del 21 de febrero de 2008, se designó al médico cirujano Orlando Martín Clendenes Alvarado, en el cargo de Asesor II del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Salud;
Sistema Peruano de Información Jurídica
Que por convenir al servicio es necesario aceptar la renuncia presentada y designar en su reemplazo al funcionario correspondiente; y,
De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios, en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2009, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el médico cirujano EDWARD ALCIDES
CRUZ SÁNCHEZ, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar al médico cirujano ORLANDO MARTÍN CLENDENES ALVARADO,
en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, dándose término a su designación dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 090-2008/MINSA.
Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud
Designan Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio y encargan funciones de la Dirección Ejecutiva de la Oficina de Logística de la Oficina General
de Administración del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 475-2009-MINSA
Lima, 21 de julio de 2009
Vista la renuncia presentada por el abogado Wilmer Javier Alvarado Bazán; CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial Nº 867-2008/MINSA del 11 de diciembre de 2008, se designó al abogado Wilmer Javier Alvarado Bazán, en el cargo de Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud;
Que con Resolución Ministerial Nº 871-2008/MINSA del 17 de diciembre de 2008, se designó a la licenciada Irene Suárez Quiroz, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud;
Que por convenir al servicio es necesario aceptar la renuncia presentada y designar en su reemplazo al funcionario correspondiente; y,
De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios, en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2009, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;
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SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el abogado WILMER JAVIER ALVARADO
BAZAN, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar a la licenciada IRENE SUÁREZ QUIROZ, en el cargo de Directora
General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, dándose término a su designación dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 871-2008/MINSA.
Artículo 3:- Encargar a la licenciada IRENE SUÁREZ QUIROZ, las funciones de la
Dirección Ejecutiva de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud
Designan Director Ejecutivo de la Oficina de Movilización y Defensa Civil de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 476-2009-MINSA
Lima, 21 de julio de 2009
Visto el Expediente Nº 09-057525-001, que contiene la renuncia formulada por el médico cirujano Luis Ricardo Valle Valverde y la Nota Informativa Nº 098-2009-DG-OGDN/MINSA, del Director General de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial Nº 857-2008/MINSA, del 05 de diciembre de 2008, se designó entre otros al médico cirujano Luis Ricardo Valle Valverde, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina de Movilización y Defensa Civil de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud;
Que estando a lo solicitado en el documento del visto, resulta necesario aceptar la renuncia presentada y designar al profesional propuesto;
Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 y en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en el literal I) del artículo 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;