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CONTRATACION INTERNACIONAL: TIPOLOGIA CONTRACTUAL Y LAS MODALIDADES DE CONTRATOS.

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CONTRATACION INTERNACIONAL: TIPOLOGIA CONTRACTUAL Y LAS

MODALIDADES DE CONTRATOS.

OBJETIVOS:

1- Estudio de los diferentes aspectos de los contratos internacionales

2- Conocimiento de los INCOTERMS

39 PREGUNTAS CON SUS PROPUESTAS DE SOLUCION

1) ¿ Dónde se regula básicamente la Compraventa Internacional ¿

El contrato de compraventa internacional se regula básicamente por la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías de 1980. España se adhirió al Convenio firmado en Viena el 17/07/1990, dicho convenio consta de 4 partes:

- Ámbito de aplicación y disposiciones generales - Formación del contrato

- Compraventa de mercaderías

- Disposiciones finales

2) ¿ Qué se entiende por INCOTERMS ¿.

Los Incoterms siglas del Inglés “ International Commercial terms “, son términos uniformes aplicables a la compraventa internacional para dar solución en los contratos de importación-exportación al hecho de que compradores y vendedores pertenecen a países diferentes y por tanto sometidos a diferentes legislaciones, con distintos usos y costumbre mercantiles así como idiomas. Fueron publicados por primera vez por la Cámara de Comercio Internacional en 1936 con tres particularidades que indicamos: - Se trata de normas consuetudinarias sin rango de ley

- No son normas de carácter obligatorio sino facultativo

- Se recomienda establecer un nexo de unión entre el Incoterms usado y el medio de transporte utilizado.

3) ¿ En cuantós grupos se dividen los INCOTERMS ¿

La última revisión ( bueno la penúltima ya que la más reciente es de 2010 ), es del año 2000, consta de 13 términos que se dividen en 4 grupos soliéndose dar el orden de

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expresión, el de menor a máxima responsabilidad contraída por el vendedor-exportador. Los 4 grupos son: grupo E, grupo F, grupo C y el grupo D.

4) Enumera los grupos en los que se dividen los INCOTERMS. Son 4 grupos:

- Grupo E o grupo de salida con: EXW ( ex work )

- Grupo F o grupo de embarque: FCA ( free carrier at ), FAS ( free alongside ship ), FOB ( free on board )

- Grupo C o grupo de embarque: CFR ( cost and freight ), CIF ( cost insurance and freight ) , CPT ( carrier paid to ) , CIP ( carrier and insurance paid to )

- Grupo D o grupo de llegada: DAF ( delivery at frontier ), DES ( delivery ex ship ), DEQ ( delivery ex quay ), DDU ( delivery duty unpaid ), DDP ( delivery duty paid ). 5) ¿ Para qué se utilizan los términos del grupo F ¿

Como norma general se utilizan para poner a disposición la mercadería en el medio de transporte que haya determinado el comprador-importador, soportando éste a partir de dicho transporte todos los costes y riesgos de pérdidas. Existen tres términos: el FCA que se usa para cualquier tipo de transporte y los FAS y FOB que se usan en el transporte marítimo.

6) ¿ Cuál es el contrato más utilizado tanto en el ámbito del derecho interno como en el internacional, llegando a considerarse como el prototipo o modelo de los contratos ¿

El contrato de compraventa es el más utilizado tanto en el ámbito interno como en ámbito internacional, llegando a considerarse como el prototipo o modelo de los contratos

7) ¿ Qué características son necesarias para calificar un contrato como de compraventa internacional ¿

Las características para calificar un contrato como de compraventa internacional vendrá dada por el Convenio de Viena de 1980 en su articulado 1” cuando las partes tengan sus establecimientos en Estados diferentes , y por tanto ( art 1-3 ) a los efectos de determinar la aplicación del Convenio no se tendrán en cuenta ni la nacionalidad de las partes, ni el carácter civil o comercial de las partes o del contrato “.

8) ¿ Qué se encuentra excluido del ámbito de aplicación del Convenio de Viena ¿ Las exclusiones vienen marcadas en al art. 2 del convenio: “

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a- Las mercaderías compradas para uso personal, familiar o doméstico, salvo que el vendedor en cualquier momento antes de la celebración del contrato o en el momento de su celebración, no hubiera tenido ni debiera haber tenido conocimiento de que las mercaderías se compraban para ese uso.

b- Las compraventas en subastas c- Las ventas judiciales

d- Las compraventas de valores mobiliarios, títulos o efectos de comercio y dinero e- Las compraventas de buques, embarcaciones, aerodeslizadores y aeronaves f- Y las compraventas de electricidad. “ .

9) El precio en el Convenio de Viena. Explique lo que se establece en el mismo sobre el precio.

El precio de las mercaderías contratadas es una obligación del comprador ( arts 53, 54 y 59 del convenio ); dicha obligación de pagar el precio comprende la de adoptar las medidas y cumplir los requisitos fijados por el contrato o por las leyes o reglamentos pertinentes para que sea posible el pago, dicho precio deberá pagarse en la fecha fijada o que pueda determinarse con arreglo al contrato y al Convenio , sin necesidad de requerimiento ni de ninguna formalidad por parte del vendedor. En cuanto al lugar de pago, si éste se haya determinado, el comprador deberá pagar al vendedor a) en su establecimiento o b) si el pago debe hacerse con entrega de las mercaderías o de documentos, en el lugar en donde se efectúe la entrega. En cuanto al momento de pago ( art 58 ) , en todo caso el pago se realiza a la recepción de las mercancías y/o si existe transporte de por medio , el vendedor puede exigir como condición sine qua non, la entrega contra precio, quedando también facultado el comprador de pagar el precio previo examen de las mercancías.

10)¿ La Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías establece la obligación de formular el contrato por escrito ¿:

Según el art. 11 del Convenio “ el contrato de compraventa no tendrá que celebrarse por escrito ni probarse tampoco, ni estará sujeto a ningún otro requisito de forma. Podrá probarse por cualquier medio, incluso por testigos “.

11)Según dicha Convención. ¿ concluido un contrato podrá modificarse ¿ Según el art. 29 de la Convención: “

1- El contrato podrá modificarse o extinguirse por mero acuerdo entre las partes 2- Un contrato por escrito que contenga una estipulación que exija que toda

modificación o extinción por mutuo acuerdo se haga por escrito no podrá modificarse ni extinguirse por mutuo acuerdo de otra forma “

12)Señale algunas obligaciones comunes al vendedor y al comprador establecidas en el Convenio de Viena.

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Señalaremos 4 obligaciones:

1- La obligación de conservación de las mercancías en los casos en que la contraparte haya incumplido alguna de las obligaciones que le son atribuidas.

2- La obligación de abonar intereses por las sumas adeudadas: si una parte no paga el precio o cualquier otra suma adeudada, la otra parte tendrá derecho a percibir los intereses correspondientes, sin perjuicio de la posibilidad de exigir una indemnización de daños y perjuicios

3- La posibilidad de diferimiento del cumplimiento de las obligaciones en caso de incumplimiento por una de las partes.

4- La posibilidad de resolución o extinción del contrato si antes de la fecha de cumplimiento quedase patente que la contraparte incurrirá en incumplimiento esencial del contrato.

13)Según el Convenio de Viena, ¿ cuándo puede entenderse que se ha producido un incumplimiento esencial de contrato ¿ ¿ Qué consecuencias acarrea ¿

El incumplimiento del contrato por una de las partes será esencial cuando cause a la otra parte un perjuicio tal que le prive sustancialmente de lo que tenía derecho a esperar en virtud del contrato, salvo que la parte que haya incumplido no hubiere previsto tal resultado y que una persona razonable de la misma condición no lo hubiere previsto en igual situación. Como consecuencia al incumplimiento esencial, el contrato quedará resuelto, surtiendo efecto la declaración de la resolución del mismo si existe comunicación a la otra parte.

14)Según el Convenio de Viena, ¿ en qué consiste la exigencia de ejecución forzosa de contrato ejercida por el comprador en caso de incumplimiento del vendedor ¿ Cuando el vendedor incumple el contrato el comprador puede exigirle la ejecución forzosa del contrato o sea el cumplimiento de sus obligaciones contractuales a menos que haya ejercitado un derecho o acción incompatible con esa exigencia y previa realización de las oportunas comunicaciones al vendedor dentro de un plazo razonable a partir del momento en que haya o debiera haber descubierto dicho incumplimiento. Dicha ejecución forzosa consistirá en la entrega de las mercaderías, libres de toda cargas en el momento y lugar pactados y acordados.

15)Según el Convenio de Viena, el bien inmaterial relativo al prestigio perdido ¿ sería indemnizable ¿

El convenio de Viena no menciona este aspecto, si bien existen varias sentencias jurisprudenciales y resoluciones arbitrales, que en su gran mayoría abogan a favor de que los daños relativos a bienes inmateriales tienen que indemnizarse, pero solamente por daños patrimoniales no por daños morales ( entendemos obviamente el prestigio perdido como un daño moral ). La indemnización cubrirá pues sólo los daños patrimoniales sufridos por la contraparte que se ha visto perjudicadapor el incumplimiento y el lucro razonable dejado de percibir.

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16)En los INCOTERMS ¿ en qué consiste el término CIP? ¿En qué consiste el término DDP?.

El término CIP ( transporte y seguros pagados hasta ), aquí el riesgo se transmite cuando la mercancía se pone a disposición del transportista debiendo el vendedor contratar tanto el transporte como su seguro.

El término DDP ( entrega derechos pagados , este incoterm representa la obligación máxima para el vendedor que paga todas las cargas y formalidades oficiales hasta el punto de destino pero sin descargar la mercancía.

17)¿ Dentro del término “ mercadería”, establecido en el Convenio de Viena entrarían las patentes? ¿ y las marcas ¿ ¿ y los derechos de cesión relativos a la propiedad intelectual de una obra ¿

El Convenio de Viena no define el concepto mercadería pero obviamente hace mención a los bienes muebles corporales quedándose fuera del término los bienes incorporales o intangibles como patentes, marcas o cesión de los derechos de la propiedad intelectual o industrial.

18)Causas y extinción del contrato de agencia.

En cuanto a las causas tendremos tres: el transcurso del plazo pactado del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, el incumplimiento del contrato por una de las partes y la muerte de alguna de las partes.

Los efectos van a ser igualmente tres: la indemnización por clientela, la prohibición de concurrencia pactada y devolución o negociación del stock en su caso.

19)La diferencia fundamental entre el contrato de concesión mercantil y el contrato de agencia.

En el contrato de concesión mercantil, el denominado concesionario actúa por nombre y cuenta propia mientras que en el contrato de agencia, el denominado agente actúa en nombre y por cuenta del empresario principal.

20)Modalidades del contrato de franquicia: Existen 3 modalidades:

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- La franquicia industrial: destinada a la fabricación de productos para la empresa franquiciadora.

- La franquicia de distribución: orientada a la comercialización de los productos del franquiciado.

- La franquicia de servicios: encaminada a hacer posible la prestación de servicios por el franquiciado.

21)¿ en qué convenio se encuentra regulado el Transporte de mercancías ¿

El transporte de mercancías se encuentra regulado por el Convenio de Transporte de Mercancías por lo que se refiere por carretera, firmado en Ginebra el 19/05/1956 y conocido por las siglas en inglés de CMR, Contract Merchandises Route, convenio de ámbito europeo, y al cual España quedo adherida el 12/09/1973.

22)¡ Qué quedaría excluido del concepto de mercancías ¿ Son cuatro los aspectos excluidos:

- El equipaje de pasajeros

- Los servicios postales cuando estén sometidos a un convenio internacional - Los transportes funerarios en cuanto a su uso principal

- Las mudanzas

23)¿ qué se entiende por vehículos dentro del transporte de mercancías ¿

El vehículo es el que permite el transporte de las mercancías p sea el traslado de la misma se realiza dentro de un vehículo aun cuando no todo el trayecto se realice por carretera y el vehículo viaje también por mar, aire o tren.

24)Según el CMR ¿ qué se entiende por vehículos ¿ ¿ en qué convenio basa su definición ¿

Atendiéndonos al art. 4 del Convenio sobre circulación por carretera de 19/09/1949, son vehículos los automóviles, los vehículos articulados, remolques y semiremolques. 25)En los transportes por carretera. ¿ qué se incluye generalmente en el precio?

El precio del transporte incluye generalmente el porte así como los gastos derivados del mismo.

26)¿ Cómo está establecida la responsabilidad de los transportistas en el CMR ¿.

El transportista responderá según los arts. 3 y 29, del CMR, por sus propios actos y por los actos y omisiones de sus empleados y de todos aquellos a los que recurra para el ejercicio del transporte; responde a su vez por los daños sufridos en la entrega asi

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como la demora en la entrega, no obstante quedará exonerado cuando el daño en el retraso se deban a la culpa de quien posea el derecho sobre la mercancía, por instrucciones del mismo que no se deriven de acciones culposas del transportista o por hechos que el transportista no pudo impedir.

27)El contrato internacional de transporte por carretera. ¿ es un contrato formal ¿ El contrato internacional de transporte por carretera es un contrato de obra por empresa en base a la realización de una actividad y obtención de un determinado resultado, no se trata de un contrato formal si bien ciertos documentos como la carta de porte permiten la formalización del contrato.

28)¿ cual es la función de la Carta de Porte ¿

De acuerdo al art. 9 del CMR la carta de porte asume funciones probatorias: “ la carta de porte da fe, salvo prueba en contrario, de las condiciones del contrato y de la recepción de la mercancía por el transportista “.

29)En la ejecución del contrato de transporte de mercancías por carretera ¿ qué ocurre si el destinatario rehusara la entrega de las mercancías ¿

Según el art 16.2 del CMR, el transportista puede descargar inmediatamente la mercancía por cuenta del que tenga derecho sobre la misma, después de esta descarga , el transporte se considerará terminado, asumiendo el transportista la custodia de la mercancía. Puede sin embargo confiar la mercancía a un tercero y no es entonces responsable más que de la ejecución juiciosa del tercero.

30)Cite algunas excepciones que exoneren de responsabilidad al transportista según el CMR.

El transportista según el art 17 del CMR, quedará exonerado de responsabilidad cuando el daño o en el retraso en la entrega de las mercancías se deben a la culpa de quién tiene el derecho sobre las mercancías, por instrucciones del mismo que no se deriven de una acción culposa del transportista, por vicio propio de la mercancía o por circunstancias que el transportista no pudo evitar y cuyas consecuencias no pudo impedir.

31)¿ Qué plazo de prescripción establece el CMR ¿

Según el art. 32 del CMR, las acciones que pueden dar lugar el transporte regulado por el CMR, prescriben al año de haberse cometidas, sin embargo en caso de dolo o falta equivalente a dolo, según la Ley de la jurisdicción escogida, la prescripción es de tres años.

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Es aquel contrato por medio del cual un fletante, armador o propietario del buque lo pone a disposición de un cargador o fletador para efectuar 1 o varios transportes de mercancías.

33)Enumera las obligaciones y derechos del fletante. Son tres:

- Antes del viaje debe poner a disposición del capitán del buque fletante las mercancías en el plazo para la carga y en le tiempo convenido y sin poder embarcar otras diferentes, guardándose las normas reglamentarias relativas al transporte de mercancías peligrosas.

- Durante el viaje tiene que esperar la reparación del buque en los casos necesarios y pagar el flete junto con los demás gastos si quiere descargar anticipadamente las mercancías.

- Después del viaje debe pagar el flete según el resultado del transporte aunque en la práctica suele estipularse la clausula “ flete a todo evento “.

34)¿ cuales son las características del conocimiento de embarque ¿.

Se trata de un documento probatorio de la realización del cargamento en el buque, sirve de prueba del contrato oneroso y bilateral y es un titulo valor que incorpora el derecho a la entrega de las mercancías en el puerto de destino.

35)¿ Está liberalizado el sector de seguros en cuanto al crédito a la exportación ¿

Efectivamente el asegurador podrá ser cualquier entidad de seguros desde que la Ley 33/1984 sobre la Ordenación del seguro privado estableció la liberalización del mercado de seguros.

36)¿ Qué es el CESCE ¿.

Son las siglas de Compañía Española de Seguros de Créditos a la Exportación, con mayoría de capital estatal, empresa participada por bancos y compañías de seguros que ostentaba hasta la entrada en vigor de la Ley 33/1984 el monopolio del crédito a la exportación.

37)¿ qué tipos de riesgos cubre el seguro de crédito a la exportación ¿.

Son tres tipos de riesgos:

- Riesgo comercial: que cubre la resolución del contrato, el riesgo de crédito y el riesgo comercial en si mismo

- Riesgo político: por incumplimiento cuando el deudor sea una persona jurídica pública del estado de importación.

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- Riesgo extraordinario: cuando la falta de pago tiene su causa en catástrofes fuera del territorio español.

38)¿ Dónde se encuentra regulado el seguro de crédito a la exportación ¿

El seguro del crédito a la exportación se encuentra regulado por la Ley 10/1970, de 4 de julio, por la que se modifica el seguro de crédito a la exportación y por el Real Decreto 3138/1970 de 22 de diciembre por el que se regula el seguro de crédito a la exportación.

39)La Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Deasarrollo ( UNCTAD ) es el órgano principal de la Asamblea General de las Naciones Unidas en el ámbito del comercio y el desarrollo. Fue establecida en 1964, con el mandato de acelerar el desarrollo comercial y económico, haciendo especial énfasis en los países en desarrollo. ¿ Que hizo dicho organismo en 1980, en materia de seguro marítimo ¿. La UNCTAD elaboró el documento TB/B/C/C14/154/27 denominado Marine Insurance Legal and Documentary Aspects of the marine insurance contract.

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