REGULACIÓN DE LA CONTAMINACIÓN LUMÍNICA
DS 43/2012 del MMA
Roberto Quezada B.
Sección de Acústica y Ondas electromagnéticas Departamento de Normas
División de Calidad del Aire
Contenidos
• Contexto de elaboración de la norma • Antecedentes norma actual: DS 686/98
del MINECOM
• Nueva norma: DS 43/12 del MMA
D. S. N°43/2012 del MMA Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica
•
La sociedad en su conjunto debe
establecer qué niveles de
contaminación está dispuesta a
aceptar
•
Una Norma ambiental es un
acuerdo social que establece el
nivel de contaminación que
considera aceptable para la
protección de la población o el
medio ambiente.
¿Qué es una norma ambiental?
● “Aquella que establece los valores de las concentraciones y períodos , máximos o mínimos permisibles de elementos , compuestos, sustancias, derivados químicos, energías, radiaciones, vibraciones, ruidos o combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el medio ambiente pueda constituir un riesgo para la vida o la salud de la población”.
• Su objetivo de protección es la vida y la salud de la población
• Es de aplicación en todo el territorio nacional
Norma Primaria de Calidad
Ambiental
•
La que establecen la cantidad
máxima permitida para un
contaminante medida en el
efluente de la fuente emisora.
•
Puede ser de aplicación local,
regional o nacional.
•
Puede tener distintos objetivos de
protección.
Procedimiento de dictación de
Normas Ambientales
RESOLUCION APROBACION ANTEPROYECTO (Publicación) ANALISIS GENERAL DE IMPACTO ECONOMICO Y SOCIAL PROGRAMA PRIORIZADO DE NORMASANALISIS OBSERVACIONES FORMULADAS
Proceso Elaboración Anteproyecto de Norma Proceso Elaboración Proyecto Definitivo de Norma Proceso Consulta Anteproyecto de Norma
PRESENTACION PROYECTO DEFINITIVO AL CONSEJO DIRECTIVO DE CONAMA RESOLUCION DE INICIO PROCESO
Crea expediente público
FORMACION COMITES
RECOPILA ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNICOS
ELABORACION DEL ANTEPROYECTO
CONSULTA PUBLICA)
CONSULTA A CONSEJOS CONSULTIVOS
ELABORACION DEL PROYECTO DEFINITIVO
• Superintendencia de Electricidad y
Combustibles
• Ministerio de Economía
• Ministerio de Relaciones Exteriores
• Ministerio de Vivienda y Urbanismo
• Comisión Nacional de Energía
• CONAMA (MMA)*
• Ministerio de Salud
• Ministerio de Obras Públicas
Comité Operativo
¿Qué es la Contaminación Lumínica?
Es toda aquella luz que no es aprovechada para iluminar el suelo y las construcciones Esto se debe a 2 razones:
1. El haz luminoso no es dirigido hacia abajo.
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Observatorios: Inversión de 4.728 Millones de USD
Nombre Región Organización Inv.
MM USD Rango
1 Paranal Antofagasta ESO 950 Vis + IR
2 Gemini Sur Coquimbo AURA+ 200 Vis + IR
3 La Silla Coquimbo ESO 270 Vis
4 Las Campanas Coquimbo CIW 830 Vis
5 Tololo Coquimbo AURA 250 Vis
6 SOAR Coquimbo AURA+, MSU, NOAO, UNC, 28 Vis + IR
7 LSST Coquimbo LSST Corp. 450 Vis
8 E‐ELT Antofagasta ESO 1.350 Vis
9 TAO Antofagasta U. Tokio 400 IR
10 Mamalluca Coquimbo Municipalidad Vicuña Vis
11 Collowara Coquimbo Vis
12 Los Cóndores Atacama Vis
13 Mayu Coquimbo Vis
14 Cruz del Sur Coquimbo Vis
15 Pangue Coquimbo Vis
16 Inca de Oro Atacama Vis
17 Cancana, Cochiguaz Coquimbo Vis
18 Hacienda de las Estrellas Coquimbo Vis
19 Mamana e Inti‐Runa Coquimbo Vis
Todos ‐ 4.728
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D.S. Nº686/98 MINECON
Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica
• Objetivo: prevenir la contaminación lumínica de los cielos nocturnos de manera de proteger su calidad astronómica.
• Fuentes Reguladas:Alumbrado de Exteriores(con excepciones)
• Ámbito Territorial:Regiones Antofagasta, Atacama y Coquimbo
• Fiscalización: Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC
• Exigencias:
– Límite general y específicos para tipos de fuentes.
– Horarios de funcionamiento
– Plazos de cumplimiento diferenciados (fuentes nuevas, recambio y existentes)
• Control
– La certificación de luminarias (laboratorio reconocido por la SEC)
– La verificación de la correcta instalación de éstas y de la restricción horaria
•
La
visión
del
cielo
nocturno
(patrimonio)
•
Turismo
astronómico
•
Mayor
luminosidad
en
las
ciudades
•
Ahorro
energético
D.S. Nº686/98
MINECON
Otros beneficios VicuñaAhorro Energético
Al utilizar la energía eficazmente, se reduce el gasto de energía (de un 20% a 40%)
Ejemplo Monte Patria
Ahorro Energético
Al utilizar la energía eficazmente, se reduce el gasto de energía (de un 20% a 40%)
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REVISIÓN DEL DS 686
Principales criterios (2005)
•
Solucionar
falencias
en
la
fiscalización
•
Aumentar
restricciones
de
emisión
hacia
el
cielo
•
Aumentar
restricciones
al
espectro
debido
a
antecedentes
de
impacto
en
salud
y
biodiversidad
•
Incorporar
avisos
y
letreros
luminosos
•
Restringir
la
sobre
iluminación
•
Ampliar
a
todo
el
país
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Nuevos Antecedentes de Impacto de
Luz de Espectro Azul
• Efectos en Salud – Ciclo Circadiano -Melatonina – Riesgo de Cáncer • Efectos en Biodiversidad – Impacto en especies
D. S. N
°
43/2012 del MMA
Norma de Emisión para la Regulación
de la Contaminación Lumínica
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•
Objetivo:
Prevenir la contaminación lumínica de los cielos nocturnos de
manera de proteger su calidad astronómica.
•
Fuentes Reguladas:
Alumbrado de Exteriores (con excepciones)
•
Ámbito Territorial
: Regiones Antofagasta, Atacama y Coquimbo
•
Fiscalización
: Superintendencia del Medio Ambiente, SMA
•
Exigencias
:
–
Límite general y específicos.
–
Plazos de cumplimiento diferenciados (fuentes nuevas, recambio y
existentes)
DS 43/2012 MMA
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DS 43/2012 MMA
Fuentes Emisoras –Alumbrado de Exteriores*
• Lámparas que se instalan en luminarias • Lámparas que se instalan en proyectores • Lámparas (por sí solas)
• Avisos y letreros luminosos • Proyectores
(*): Alumbrado de Exteriores: el alumbrado ambiental, alumbrado deportivo y recreacional, alumbrado funcional, alumbrado industrial, alumbrado ornamental y decorativo y los letreros iluminados.
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DS 43/12 del MMA
Fuentes Reguladas
•
Alumbrado ambiental
•
Alumbrado deportivo y recreacional
•
Alumbrado funcional
•
Alumbrado industrial
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• Las destinadas a la iluminación ornamental utilizada durante festividades populares
oficiales (condicionadas).
• Las que sean necesarias para garantizar la navegación aérea y marítima, salvo los
balizamientos que deben ser de color rojo.
• Las propias de los vehículos motorizados.
• Las de emergencia necesarias para la seguridad en el tránsito de calles y caminos, y las
propias destinadas a la evacuación en caso de eventos catastróficos.
• Las destinadas a la iluminación de espacios cerrados, sin elementos traslúcidos en
techumbres, es decir, sin proyección de luz hacia el hemisferio superior en el exterior. • Los proyectores utilizados para fines astronómicos.
• Las vitrinas que sean iluminadas desde su interior.
DS 43/12 del MMA
Excepciones a las fuentes reguladas
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Vallenar La Serena
Límites de Intensidad Luminosa - “
full cut off”
alumbrado ambiental, funcional, industrial, ornamental y decorativo, deportivo y recreacional, avisos y letreros iluminados
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Ejemplos de Iluminación
Lo feo, lo malo y lo bueno
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Límites de Emisión de Radiancia Espectral
alumbrado funcional, ambiental, industrial y ornamentalGobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente 36 300 nm 380 nm 499 nm 780 nm • Espectro visible
• Regulación del espectro:
Espectro visible: x 15% de x 15% de x 1.000 nm 50% de x 1 nm: 10-9metros 1 micra: 1000 nm
Límites de Emisión de Radiancia Espectral
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Límites de Emisión de Iluminancia
Los avisos y letreros luminosos no podrán tener una luminancia mayor a 50 cd/m2.
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Control
• la certificación, previa a la instalación, del cumplimiento de los
límites de emisión conjunta en el caso de lámparas instaladas en luminarias o proyectores.
• laverificación del cumplimientode los límites de luminancia en el
caso de avisos y letreros luminosos.
• la verificación de la correcta instalación de todas las fuentes
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Plazos de Cumplimiento y Vigencia
• Fuentes emisorasexistentes:
– al momento de ser sustituida la fuente. – a más tardar en el plazo de 5 años.
– En el intertanto, estarán obligadas a cumplir con el D.S. N°686/98 MINECON.
• Fuentes emisorasnuevas
– el momento que sean instaladas.
La presente norma entrará en vigencia 6 meses después de su publicación en el Diario Oficial.
Gracias.
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REGULACIÓN DE LA CONTAMINACIÓN LUMÍNICA
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