SEGUNDA JORNADA SOBRE
SEGUNDA JORNADA SOBRE
REGION, TERRITORIO Y NORMATIVA
REGION, TERRITORIO Y NORMATIVA
LEY 12257
LEY 12257
AUTORIDAD DEL AGUA DE LA
AUTORIDAD DEL AGUA DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Rese
Rese
ñ
ñ
a hist
a hist
ó
ó
rica
rica
•
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La Provincia de Buenos Aires, ha intentado promulgar, desde mediLa Provincia de Buenos Aires, ha intentado promulgar, desde mediados de la ados de la ddéécada del cada del ’’30, una ley que permita el manejo integral del recurso h30, una ley que permita el manejo integral del recurso híídrico.drico.
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Sucesivos proyectos han quedado en el camino y reciéSucesivos proyectos han quedado en el camino y recién a fines de los n a fines de los ’80 se ’80 se instalinstalóó con cierta fuerza el tema, a partir de la presentacicon cierta fuerza el tema, a partir de la presentación de un proyecto, ón de un proyecto, que cerca estuvo ce convertirse en ley.
que cerca estuvo ce convertirse en ley.
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Desde ese momento, la cuestióDesde ese momento, la cuestión hn híídrica paso a ser tema de debate frecuente. drica paso a ser tema de debate frecuente. AsAsíí llegamos al añllegamos al año 1997, momento en que se presento 1997, momento en que se presentóó un proyecto de Cóun proyecto de Código digo de Aguas, al que se denominaba
de Aguas, al que se denominaba ““CCóódigo Migliarodigo Migliaro””, en alusi, en alusióón al entonces n al entonces diputado impulsor del mismo.
diputado impulsor del mismo.
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La propuesta fue revisada y trabajada en diversos La propuesta fue revisada y trabajada en diversos ámbitos, hasta que en ámbitos, hasta que en diciembre de 1998, con una serie de modificaciones y agregados adiciembre de 1998, con una serie de modificaciones y agregados a su versiósu versión n original, fue convertido en ley.
original, fue convertido en ley.
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Posteriormente, en el BoletíPosteriormente, en el Boletín Oficial de fecha 9 de febrero de 1999, se publica n Oficial de fecha 9 de febrero de 1999, se publica el Decretoel Decreto ’95, que promulga el texto aprobado, quedando as’95, que promulga el texto aprobado, quedando asíí en vigencia en vigencia efectiva con el n
Nuevo Paradigma
Nuevo Paradigma
Se consumen inimaginables vol
Se consumen inimaginables volúúmenes de agua, bajo el concepto, socialmente menes de agua, bajo el concepto, socialmente aceptado, de inagotabilidad, invulnerabilidad y gratuidad de los aceptado, de inagotabilidad, invulnerabilidad y gratuidad de los R
Recursos ecursos HíHídricos.dricos. Tal concep
Tal conceptoto debe ser cambiado, a partir de un sistemdebe ser cambiado, a partir de un sistemático y permanente trabajo ático y permanente trabajo de extensi
de extensión, por un nuevo paradigma que expresa que el agua es un ón, por un nuevo paradigma que expresa que el agua es un elemento vulnerable, finito, renovable bajo ciertas condiciones
elemento vulnerable, finito, renovable bajo ciertas condiciones de de explotaci
Principios Rectores
Principios Rectores
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Entender el agua como una unidad (ciclo hidrol
Entender el agua como una unidad (ciclo hidrol
ó
ó
gico).
gico).
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Sustentar
Sustentar
las decisiones en el inventario y el conocimiento del recurso
las decisiones en el inventario y el conocimiento del recurso
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Dar respuesta
Dar respuesta
a los aspectos sociales, pol
a los aspectos sociales, pol
í
í
ticos y econ
ticos y econ
ó
ó
micos y no
micos y no
solamente los t
solamente los té
écnicos.
cnicos.
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Considerar el agua, como un bien econó
Considerar el agua, como un bien econ
ómico adem
mico ademá
á
s de social
s de social
•
Gesti
Gesti
ó
ó
n y planificaci
n y planificaci
ó
ó
n Del Recurso H
n Del Recurso H
í
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drico
drico
Definimos
Definimos
la gesti
la
gesti
ó
ó
n
n
, como un elemento que atañ
, como un elemento que ata
ñe al presente, con visi
e al presente, con visi
ón
ó
n
de futuro, en tanto que la
de futuro, en tanto que la planificaci
planificaci
ó
ó
n
n
se dirige al futuro, considerando el
se dirige al futuro, considerando el
presente.
presente.
Tal definici
Tal definició
ón, cobra singular importancia cuando nos referimos a los
n, cobra singular importancia cuando nos referimos a los
recursos h
recursos h
ídricos, pues la
í
dricos, pues la gesti
gesti
ó
ó
n
n
sobre los mismos, no se concibe, sino es
sobre los mismos, no se concibe, sino es
en el marco de una adecuada
Promulgaci
Promulgació
ó
n de la Norma.
n de la Norma.
Organismo de Aplicaci
Organismo de Aplicaci
ón
ó
n
Ley 12257. C
Ley 12257. Cóódigo de aguas de la Provincia de Buenos Aires.digo de aguas de la Provincia de Buenos Aires.
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Art 1ºArt 1º: El presente C: El presente Cóódigo establece el rdigo establece el réégimen de proteccigimen de proteccióón, conservacin, conservacióón y n y manejo del recurso hmanejo del recurso híídrico de la Provincia de Buenos Aires.drico de la Provincia de Buenos Aires.
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Art 3ºArt 3º : Cré: Créase un ente autase un ente autáárquico, de derecho prquico, de derecho púúblico y naturaleza blico y naturaleza multidisciplinaria que tendrmultidisciplinaria que tendráá a su cargo la planificacióa su cargo la planificación, el registro, la n, el registro, la constituci
constitucióón y la proteccin y la proteccióón de los derechos, la policn de los derechos, la policíía y el cumplimiento y a y el cumplimiento y ejecuci
ejecucióón de las demn de las demáás misiones de este Cs misiones de este Cóódigo y las leyes que lo modifiquen, digo y las leyes que lo modifiquen, sustituyan o reemplacen.
sustituyan o reemplacen. Por v
Por víía reglamentaria se dispondra reglamentaria se dispondráá su organizacisu organización y funcionamiento sobre la ón y funcionamiento sobre la base de la descentralizaci
base de la descentralizacióón operativa y financiera.n operativa y financiera. Cumplir
Cumpliráá sus objetivos, misiones y funciones bajo la dependencia directsus objetivos, misiones y funciones bajo la dependencia directa del a del Poder Ejecutivo.
Poder Ejecutivo. Se denominar
Misi
Misi
ón y Visi
ó
n y Visi
ón del Organismo
ó
n del Organismo
L
La
a misi
misió
ón
n. Es la de satisfacer las demandas presentes sin
. Es la de satisfacer las demandas presentes sin
comprometer las necesidades futuras. Si tal objetivo se consigue
comprometer las necesidades futuras. Si tal objetivo se consigue,
,
habremos logrado que las medidas de protecci
habremos logrado que las medidas de protecció
ón implementadas
n implementadas
y el desarrollo econ
y el desarrollo econó
ómico sean complementarios y no antag
mico sean complementarios y no antagó
ónicos
nicos
La
La visi
visió
ón
n. Vincula absolutamente a un Organismo cuyas pol
. Vincula absolutamente a un Organismo cuyas polí
íticas
ticas
h
hí
ídricas respeten los Principios Rectores enunciados,
dricas respeten los Principios Rectores enunciados,
trascendiendo los Gobiernos de turno, con los conceptos de
trascendiendo los Gobiernos de turno, con los conceptos de
Planificaci
Planificació
ón y Gesti
n y Gestió
ón, necesarios para el manejo, preservaci
n, necesarios para el manejo, preservació
ón
n
y conservaci
C
C
ó
ó
digo de Aguas
digo de Aguas
-
-
TITULO I:
TITULO I:
PRINCIPIOS GENERALES
PRINCIPIOS GENERALES
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Autoridad de AplicacióAutoridad de Aplicación: Autoridad del Aguan: Autoridad del Agua•
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Atribuciones conferidas por el Poder Ejecutivo:Atribuciones conferidas por el Poder Ejecutivo:–
– Formular la PolFormular la Política del Aguaítica del Agua
–
– Decretar Reservas que prohiDecretar Reservas que prohiban o limiten el aprovechamientoban o limiten el aprovechamiento
–
– FijarFijar CanonCanon
–
– Acordar con la NacióAcordar con la Nación y otras Provincias el estudio, planificacin y otras Provincias el estudio, planificación y ón y preservaci
preservacióón de cuencas n de cuencas íínter jurisdiccionalesnter jurisdiccionales
–
– Imponer restricciones al dominio privadoImponer restricciones al dominio privado
–
C
C
ó
ó
digo de Aguas
digo de Aguas
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TITULO I:
TITULO I:
PRINCIPIOS GENERALES
PRINCIPIOS GENERALES
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PlanificaciPlanificacióón Hidroln Hidrolóógicagica: Confeccionar planes hidroló: Confeccionar planes hidrológicos para ordenar las gicos para ordenar las actividades queactividades que utilicenutilicen el recurso híel recurso hídrico a partir de una gestidrico a partir de una gestión ón m
múúltidisciplinaria que optimiza la relaciltidisciplinaria que optimiza la relacióón entre el uso y la proteccin entre el uso y la proteccióón del n del recurso, teniendo como premisas:
recurso, teniendo como premisas:
Conocer la disponibilidad y preservar el recursoConocer la disponibilidad y preservar el recurso
Armonizar su uso y manejoArmonizar su uso y manejo
Inducir al ordenamiento territorialInducir al ordenamiento territorial
Proteger la calidadProteger la calidad
Establecer zonas de reservasEstablecer zonas de reservas
C
C
ó
ó
digo de Aguas
digo de Aguas
-
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TITULO II:
TITULO II:
DEL INVENTARIO Y CONOCIMIENTO DEL AGUA
DEL INVENTARIO Y CONOCIMIENTO DEL AGUA
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ConstruccióConstrucción de la Red Hidromn de la Red Hidroméétrica Provincial (Agua Pluvial, Superficial y trica Provincial (Agua Pluvial, Superficial y SubterrSubterráánea)nea)
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ElaboracióElaboración del Registro Real y Pn del Registro Real y Púúblico de Derechos al Aprovechamiento de blico de Derechos al Aprovechamiento de Obras y Recursos PObras y Recursos Púúblicosblicos
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RelacióRelación recn recíproca con el Registro de la Propiedad; otorgamiento de derecho íproca con el Registro de la Propiedad; otorgamiento de derecho sobre el uso del agua, restricciones al Dominio y Servidumbressobre el uso del agua, restricciones al Dominio y Servidumbres
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LíLínea de Ribera: Fijar y demarcar la lnea de Ribera: Fijar y demarcar la línea de ribera, publicar en el Boletínea de ribera, publicar en el Boletíín n Oficial los lOficial los líímites de playas, riberas, mares y cuerpos de aguamites de playas, riberas, mares y cuerpos de agua
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CreacióCreación de Registros Pn de Registros Púúblico de Uso del Agua otorgados mediante concesiblico de Uso del Agua otorgados mediante concesióón n o permisoo permiso
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CreacióCreación de otros Registros (Perforistas, Profesionales, Obras Hidrn de otros Registros (Perforistas, Profesionales, Obras Hidrááulicas, ulicas, Vertidos, etc)C
C
ó
ó
digo de Aguas
digo de Aguas
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TITULO III:
TITULO III:
Uso y Aprovechamiento del Agua y los Cauces P
Uso y Aprovechamiento del Agua y los Cauces P
ú
ú
blicos
blicos
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Aprovechamiento ComúAprovechamiento Común (para Bebida e Higiene) como derecho adquirido: n (para Bebida e Higiene) como derecho adquirido: Verificar las caracterVerificar las caracteríísticas constructivas de las Obras de Captacisticas constructivas de las Obras de Captación, Control ón, Control Sanitario
Sanitario
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Usos Especiales: Otorgamiento y extincióUsos Especiales: Otorgamiento y extinción de Permisos y Concesionesn de Permisos y Concesiones–
– Abastecimiento de Agua Potable: Otorgamiento de ConcesiAbastecimiento de Agua Potable: Otorgamiento de Concesióón de Uso de Agua n de Uso de Agua
P
Púública para Consumo Humanoblica para Consumo Humano –
– Uso Agropecuario: Uso del Agua Potable o no de dominio PUso Agropecuario: Uso del Agua Potable o no de dominio Púúblico destinado a Riegoblico destinado a Riego –
– Uso Industrial: Otorgamiento de ConcesiUso Industrial: Otorgamiento de Concesióón para cualquier establecimiento por n para cualquier establecimiento por medio de un Sistema de Captaci
medio de un Sistema de Captacióónn –
– Uso Recreativo, Deportivo y EsparcimientoUso Recreativo, Deportivo y Esparcimiento –
– Uso EnergUso Energééticotico –
– Uso de Aguas con Propiedades TerapUso de Aguas con Propiedades Terapééuticas, Medicinales o Termalesuticas, Medicinales o Termales –
C
C
ó
ó
digo de Aguas
digo de Aguas
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TITULO IV:
TITULO IV:
Normas Aplicables al Agua Subterr
Normas Aplicables al Agua Subterr
á
á
nea
nea
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Para otorgar permiso de concesióPara otorgar permiso de concesión para explotacin para explotacióón del recurso, la Autoridad n del recurso, la Autoridad del Agua solicitardel Agua solicitaráá un Estudio Hidrogeolun Estudio Hidrogeológico de convalidaciógico de convalidacióón tn téécnica, como cnica, como condici
condicióón para la aprobacin para la aprobacióón del proyecto de captacin del proyecto de captacióón (Caudal, Calidad, n (Caudal, Calidad, Explotaci
Explotacióón Sustentable)n Sustentable)
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•
Permisos y licencias para Perforar y Estudiar áPermisos y licencias para Perforar y Estudiar áreasreas•
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Fijar las restricciones y derechos del uso del propietario del terreno (Art 2340 Fijar las restricciones y derechos del uso del propietario del terreno (Art 2340 del CMANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
Decreto
Decreto
-
-
Ley 8912/77
Ley 8912/77
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Articulo 6: DefiniciArticulo 6: Definición de ón de ““Subarea UrbanizadaSubarea Urbanizada”” Lugar donde existen servicios pLugar donde existen servicios púúblicos como para garantizar su modo de vida blicos como para garantizar su modo de vida pleno.
pleno.
Los servicios m
Los servicios míínimos listados son: energnimos listados son: energíía ela elééctrica, pavimento, agua corriente y ctrica, pavimento, agua corriente y cloacas.
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
Decreto
Decreto
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-
Ley 8912/77
Ley 8912/77
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Articulo 15: CreaciArticulo 15: Creación y ampliación y ampliación de nón de núúcleos urbanos o centros cleos urbanos o centros poblacionales.poblacionales. Inc. d.
Inc. d.-- DemostracióDemostración de la existencia de fuentes de abastecimiento de agua n de la existencia de fuentes de abastecimiento de agua potable en cantidad y calidad para satisfacer las necesidades
potable en cantidad y calidad para satisfacer las necesidades de la poblacide la poblacióón n potencial a servir.
potencial a servir. Inc. e.
Inc. e.-- ¿factibilidad real de dotar de servicios esenciales?¿factibilidad real de dotar de servicios esenciales? Inc. f.
Inc. f.-- ¿Plan Director Red Primaria de servicios p¿Plan Director Red Primaria de servicios púúblicos?blicos? Inc. g.
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
Decreto
Decreto
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-
Ley 8912/77
Ley 8912/77
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Articulo 17: AmpliacióArticulo 17: Ampliación de an de aééreas urbanas.reas urbanas. Inc. b.Inc. b.-- Repite inciso d del Articulo 15.Repite inciso d del Articulo 15. Inc. f.
Inc. f.-- Repite inciso e del Articulo 15.Repite inciso e del Articulo 15. Inc. h.
Inc. h.-- Repite inciso g del Articulo 15.Repite inciso g del Articulo 15.
Dentro de los servicios esenciales deber
Dentro de los servicios esenciales deberíía definirse claramente:a definirse claramente:
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
Decreto
Decreto
-
-
Ley 8912/77
Ley 8912/77
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Articulo 37: Intensidad de la ocupacióArticulo 37: Intensidad de la ocupación. Referida a Densidad Poblacional.n. Referida a Densidad Poblacional. ParaPara ““Zona parcialmente dotada de serviciosZona parcialmente dotada de servicios””
Si las parcelas son pre existencia de la ley sin servicio de a
Si las parcelas son pre existencia de la ley sin servicio de agua corriente y cloacas, se gua corriente y cloacas, se autoriza una vivienda unifamiliar por parcela.
autoriza una vivienda unifamiliar por parcela.
Si existe agua corriente pero no cloacas se permite 150 hab./hec
Si existe agua corriente pero no cloacas se permite 150 hab./hecttáárea.rea. En ning
En ningúún caso se hace referencia a las condiciones hidrogeoln caso se hace referencia a las condiciones hidrogeológicas del entorno.ógicas del entorno. Para
Para ““Zona totalmente dotada de servicios esencialesZona totalmente dotada de servicios esenciales””
Cuando hace referencia a Residencial extraurbano limita a 150 ha
Cuando hace referencia a Residencial extraurbano limita a 150 hab./hectb./hectáárea, area, aúún n con servicios.
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
Decreto
Decreto
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Ley 8912/77
Ley 8912/77
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Articulo 62: Referencia a Infraestructura. Define Servicios EsencialesArticulo 62: Referencia a Infraestructura. Define Servicios Esenciales ÁÁrea urbana, si o si agua corriente y cloacas.rea urbana, si o si agua corriente y cloacas.
Zona residencial extraurbana, agua corriente, cloacas para densi
Zona residencial extraurbana, agua corriente, cloacas para densidad poblacional dad poblacional mayor de 150 hab/hect
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS Y
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
SU RELACION CON EL USO DEL SUELO
Decreto
Decreto
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Ley 8912/77
Ley 8912/77
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Articulo 65: Clubes de CampoArticulo 65: Clubes de CampoEn el punto 2.1 hace referencia a los servicios esenciales. En el punto 2.1 hace referencia a los servicios esenciales.
En el 2.1.1 Exige asegurar el suministro de agua para uso human
En el 2.1.1 Exige asegurar el suministro de agua para uso humano y los o y los requerimientos de instalaciones de uso com
requerimientos de instalaciones de uso comúún.n. Indica adem
Indica ademáás que se podrs que se podráá autorizar perforaciones individuales segautorizar perforaciones individuales según condiciones ún condiciones hidrogeol
hidrogeolóógicas y densidades.gicas y densidades.
En el 2.1.2 exige cloacas cuando las napas puedan contaminarse p
En el 2.1.2 exige cloacas cuando las napas puedan contaminarse por condiciones or condiciones hidrogeol